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Tarea Academica 4

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FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN Y NEGOCIOS
TEMA:
Tarea Académica 4.- Procedimiento coactivo Régimen Mype tributario.
CURSO:
Legislación Comercial y Tributaria
PROFESOR:
Gonzalo Miguel Vizcarra Zorrilla
INTEGRANTE:
Iván Jesús Ttupa Quispe - U18308754
AREQUIPA – 2022
SEMANA 16 - TAREA ACADÉMICA 4
El procedimiento coactivo para un Régimen Mype tributario
El método empleado por la SUNAT para exigir el cumplimiento de las facturas tributarias que
no has podido pagar se conoce como cobranza coactiva. El funcionario encargado de la
cobranza, conocido como Ejecutor Coactivo, trabaja con la ayuda de otras autoridades,
conocidas como Auxiliares Coactivos, para realizar las acciones de cobranza. Los regímenes
tributarios establecen la manera en la que se pagan los impuestos y los niveles de pagos de
los mismos. Por lo tanto el régimen que más me parece conveniente es el Régimen Mype
Tributario, ya que está dirigido especialmente para micro y pequeñas empresas, con el
objetivo de impulsar el crecimiento al brindar condiciones más simples para cumplir con las
obligaciones tributarias. Como todo régimen tiene sus ventajas y desventajas según cómo va
el negocio o servicio que se brinda. Para dar inicio del Procedimiento de cobranza coactiva en
el Régimen Mype Tributario se debe de cumplir varios procedimientos, sin embargo si no
pagas los impuestos y/o multas en los plazos establecidos, la SUNAT dará notificará de la
deuda impaga a través de documentos de cobro como órdenes de pago para deudas declaradas
por el propio contribuyente o resoluciones de determinación si la obligación resulta de una
fiscalización. Transcurrido el plazo y si la deuda sigue impaga, se iniciará el procedimiento
de cobranza coactiva. La Resolución de Ejecución Coactiva (REC), que establece un plazo de
siete (07) días hábiles para el pago total de la deuda, se entrega electrónicamente en el buzón
electrónico (SOL) al inicio del procedimiento de cobranza coactiva.
Imagen 1.- Régimen MYPE tributario creado para promover el crecimiento
Imagen 2.- Inicio del procedimiento de cobranza coactiva
Por otro lado el RMT tiene sus ventajas en todo sus procesos, ya que los contribuyentes se
beneficien de tasas reducidas para el pago de los impuestos, se puede contar con libre
actividad económica para tener la posibilidad de emitir todo tipo de comprobantes (facturas,
boletas y todo lo permitido), así mismo se puede contar con la gestión de libros contables en
base de los ingresos y montos a pagar en base a las ganancias obtenidas. Además, las
empresas podrán realizar cualquier tipo de actividad económica, pero tributarán de acuerdo a
las ganancias que han obtenido. Las declaraciones son mensuales y solo se determina el pago
de dos tributos: el IGV y el IR. Pero al no cumplir con los impuestos o se realiza actos fuera a
ley, como se mencionó en el párrafo uno se inicia el procedimiento de cobranza coactiva y en
consecuencia se puede realizar embargos. El Ejecutor podrá ordenar las diligencias de
embargo que considere oportunas para lograr el cobro de la obligación tributaria en cualquier
momento, sin atender a la prioridad, una vez transcurrido el plazo de 7 días hábiles previsto
en el REC. El procedimiento de cobranza coactiva puede prolongarse hasta que se cumpla
con recaudar importes suficientes para extinguir la deuda en cobranza (incluyéndose sus
intereses). Para realizar y regular, lo siguiente que se debe hacer es revisar a detalle el origen
de la deuda en cobranza coactiva y contrastar con las declaraciones, pagos, libros contables,
entre otros; si hubo un error en la declaración y pago corrígelo de inmediato, la deuda es
conforme regularizar el pago a la brevedad, es necesario evaluar solicitar el fraccionamiento,
por último si la deuda no es conforme se debe de comunicar en la Central de Consultas o
redes sociales para que orienten respecto a las acciones que se pueda tomar, ya que se debe
mantener una comunicación constante con el Auxiliar y/o Ejecutor Coactivo designado.
Imagen 3.- Procedimiento de Cobranza Coactiva
Para llegar a la RMT, hay que considerar inicialmente dos puntos significativos: ¿Es la
organización nueva y proviene de algún otro sistema de evaluación? Además de resolver las
dos cuestiones, una variable decisiva es que la remuneración de la organización no supere las
1.700 UIT. En todo caso, si se trata de otra organización, será imprescindible para la RMT la
afirmación mes a mes del mes en que comenzó a ejercer. En conclusión, suponiendo que
tenga una plaza con otro sistema de derechos, en realidad querrá ser esencial para el RMT
con la introducción del testimonio relativo. Si supero el límite de ingresos RMT durante un
mes determinado supera el límite de ingresos netos, el Impuesto a la renta se determinará de
acuerdo al régimen general. No obstante, si se identifica que hay una organización que tiene
una conexión directa o indirecta y de capital con otra organización que en conjunto tengan
ingresos netos superiores a los 1,700 UIT pasará a determinarse el IR en base al régimen
general.
En conclusión, Perú no es una excepción a la regla de que una gran proporción de todas las
empresas son pequeñas y medianas. Una parte importante de las actividades económicas del
país son llevadas a cabo por las PYMES. Se sugiere que una empresa siempre comienza con
una estructura pequeña para que pueda crecer a través del tiempo y convertirse en una
organización masiva. Dado que las empresas familiares constituyen la mayoría de las PYME,
siempre hay que mencionarlas al hablar de ellas. Cuando se trata de empresas que llevan
tiempo operando, ya han pasado por una serie de ajustes que les permiten funcionar a partir
de ahora. La mayoría de ellas ya operan como importantes empresas familiares peruanas.
Según el estudio, las empresas de servicios desempeñan un papel importante en la economía.
Dado que el mercado actual exige un servicio eficaz, la compra de un producto de calidad ya
no es la única decisión crítica. Por último, en las siguientes situaciones, la operación se
termina o se levanta: Se puede presentar un recurso de reclamación o un recurso contra la
Resolución de Determinación o Resolución de Multa que contenga la deuda tributaria objeto
de recaudación, si se presentó en tiempo, o dentro del plazo legal. Si se presentó un recurso
de reclamación o de apelación contra la resolución que anuncia la pérdida de un pago
fraccionado en tiempo, es decir, dentro del plazo legal, siempre que los pagos fraccionados se
sigan realizando en tiempo.
Referencias
https://emprender.sunat.gob.pe/tributando/interactuando-con-sunat/cobranza-coactiva
https://www.gob.pe/279-registro-de-la-micro-y-pequena-empresa-remype
https://twitter.com/sunatoficial/status/1280130715221471234
https://emprender.sunat.gob.pe/tributando/interactuando-con-sunat/cobranza-coactiva
https://www.gob.pe/279-registro-de-la-micro-y-pequena-empresa-remype
https://twitter.com/sunatoficial/status/1280130715221471234

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