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LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA - LA DEUDA TRIBUTARIA. Al finalizar la sesión, el estudiante, aprende Las Obligaciones Tributarias que están obligados a pagar los contribuyentes peruanos en un marco de implementación de normas tributarias. ¿Hay algún tema que no haya quedado claro de la sesión anterior? ¿Que tanto sabemos de la Administración Tributaria? - Reflexión - Lluvia de Ideas UTILIDAD DEL TEMA • Conocer de este tema resulta importante ya que la administración tributaria constituye el eje transversal del desarrollo estatal, bajo la implantación de normativas permite el desarrollo de las operaciones y procesos del sistema tributario. • OBLIGACIÓN TRIBUTARIA La obligación tributaria es: • El drenaje; • El transporte público; • La red de alcantarillado; • La construcción y el mantenimiento de centros de salud; • El cuerpo de bomberos; • Las obras de construcción y reparación de edificios y de la vía pública, lo cual incluye los caminos, túneles y puentes; • Diseño y puesta en marcha de proyectos y programas específicos para apoyar a los empresarios, tanto a los micro, como a los pequeños y medianos; • Entrega de subsidios de diversos tipos, imprescindibles para muchos emprendimientos educativos y laborales. OBLIGACIONES TRIBUTARIASMATERIALES • Obligación tributaria principal: Consiste en el pago de la cuota tributaria. Si se produce el hecho imponible, deberá pagarse el tributo, a menos que se dé uno de los supuestos de exención recogidos en la legislación. • Obligaciones entre particulares resultantes del tributo: Surgen como consecuencia de una prestación tributaria entre obligados tributarios. • Obligación de realizar pagos a cuenta: Supone abonar pagos a la Administración Tributaria. Se adelantan importes de la cuota tributaria antes de que tenga lugar el hecho imponible. • Obligaciones tributarias accesorias: Son obligaciones de hacer o no hacer. Nacimiento de la Obligación Tributaria - IGV En el siguiente cuadro se puede apreciar el momento a partir del cual un contribuyente se encuentra obligado a cumplir con el pago del IGV:
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