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1 | P á g i n a LEGISLACIÓN APLICABLE A LA EMPRESA CONSTRUCTORA 2 | P á g i n a LEGISLACIÓN APLICABLE A LA EMPRESA CONSTRUCTORA ÍNDICE 1. LEGISLACIÓN APLICABLE A LA EMPRESA CONSTRUCTORA .................................................. 3 1.1 NOCIONES GENERALES DEL DERECHO .................................................................................... 3 1.1.1 Ordenamientos Federales, Estatales y Municipales .................................................................. 4 1.1.1.1 Ordenamiento Federal ........................................................................................ 4 1.1.1.2 Ordenamiento Estatal ......................................................................................... 4 1.1.1.3 Ordenamiento Municipal .................................................................................... 6 1.1.2 Derecho Fiscal, Laboral, Mercantil y Ambiental ....................................................................... 9 1.1.2.1 Derecho Fiscal ...................................................................................................... 9 1.1.2.2 Derecho Laboral ................................................................................................ 12 1.1.2.3 Derecho Mercantil ............................................................................................. 15 1.1.2.4 Derecho Ambiental ............................................................................................ 17 1.1.3 Marco Legal Del Proyecto Urbano Arquitectónico ................................................................. 21 1.1.3.1 Leyes Federales: ................................................................................................. 21 1.1.4 Marco Legal Y Normativo De Obras Públicas Y Privadas ....................................................... 24 1.1.4.1 Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas .................. 24 1.1.4.2 Plan Municipal De Desarrollo Urbano. ............................................................ 26 1.1.4.3 Reglamento De Construcción Para Los Municipios Del Estado De Guerrero. ......................................................................................................................................... 27 1.1.4.4 Reglamento De Construcción Para El Municipio De Acapulco De Juárez .... 28 1.1.5 Autorías De Proyectos Y Derechos De Autor .......................................................................... 30 1.1.5.1 Ley Federal del Derecho de Autor .................................................................... 30 CONCLUSIÓN ........................................................................................................................33 BIBLIOGRAFÍA ........................................................................................................................ 37 3 | P á g i n a LEGISLACIÓN APLICABLE A LA EMPRESA CONSTRUCTORA 1. LEGISLACIÓN APLICABLE A LA EMPRESA CONSTRUCTORA 1.1 NOCIONES GENERALES DEL DERECHO El derecho es un conjunto o sistema de normas jurídicas, de carácter general, que se dictan para gobernar sobre toda la sociedad, que se imponen de forma obligatoria a los ciudadanos y cuyo incumplimiento debe, trae consigo una sanción restrictiva o la respuesta del estado a tales acciones. Partiendo de esta base, podemos decir que un ordenamiento u orden jurídico, es un sistema de normas que conduce la organización legal de un lugar y época, naturalmente varía según las ciudades, provincias, o países. Un ejemplo muy común de estas normas, mezcladas que trae como base los derechos, se da en las empresas constructoras, en las cuales se manejan reglas de vestimenta, protección, así como capacitaciones en las cuales se identifican peligros, se evalúan riesgos relacionados con su trabajo para evitar accidentes de consecuencias catastróficas que termine con la vida de uno o dos empleados, con esto se está salvaguardando sus vidas y permite reducir la taza de accidentes. Gráfico 1.1.1. Cuadro sinóptico. Nociones Generales del Derecho Nociones del Derecho Sistema de normas Se dictan para gobernar sobre toda la sociedad cuyo incumplimiento, trae consigo una sanción Orden jurídico Es un sistema de normas conduce la organización legal de un lugar y época 4 | P á g i n a LEGISLACIÓN APLICABLE A LA EMPRESA CONSTRUCTORA 1.1.1 Ordenamientos Federales, Estatales y Municipales 1.1.1.1 Ordenamiento Federal Ley Federal del Trabajo Dentro de esta ley se pueden rescatar los siguientes artículos: Art 20.- Definición de trabajo. Art 53 - Terminación de relaciones de trabajo. Art 58.- Jornada de trabajo. Art 69; 74. Días de descanso. Art 134 - Obligaciones de los trabajadores. Código Fiscal de la Federación Compendio de diversos aspectos fiscales, cuyo objetivo es determinar las contribuciones y las diversas obligaciones que se deben cumplir en relación con los impuestos federales Fiscal gira en torno a los entes económicos y las personas físicas. Obligaciones. Llamamos obligaciones fiscales a los impuestos que pagamos (obligaciones reglamentadas a través del código fiscal de la federación), entonces estos impuestos son los ingresos económicos que aportamos los ciudadanos al país. Ley del Seguro Social Art 15.- obligación de patrones a inscribir trabajadores derecho de los trabajadores al seguro social cotizaciones para cuotas derechos y obligaciones del seguro social tratos y servicios Ley Del Infonavit 1. Obligación de patrones respecto a inscripción y aportación. 2. Transferencia de aportaciones al fondo de retiro. 3. Derechos de trabajadores respecto a aportaciones. 1.1.1.2 Ordenamiento Estatal Constitución Política Del Estado Libre Y Soberano Del Estado De Guerrero. • La Constitución es la carta magna del estado, donde se establecen los derechos y obligaciones como ciudadano de Guerrero, establece el territorio del Estado y las 5 | P á g i n a LEGISLACIÓN APLICABLE A LA EMPRESA CONSTRUCTORA instituciones por las cuales está compuesto el poder del Estado. Da autonomía a los municipios para que estos administren sus respectivos territorios. Ley 790 de Asentamientos Humanos del Estado de Guerrero • La presente Ley es de orden público e interés social y de observancia general en el territorio del Estado de Guerrero; sus disposiciones tienen por objeto: • Establecer las normas básicas para regular el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y el desarrollo urbano de los centros de población, con pleno respeto a los derechos humanos y sociales, así como el cumplimiento de las obligaciones que tiene el estado y los municipios; • Determinar las normas conforme a las cuales el Estado y los municipios ejercerán de manera concurrente y coordinada la planeación y regulación del ordenamiento territorial de los asentamientos humanos. • Establecer mecanismos de gestión para el financiamiento de obras públicas de interés social para el desarrollo urbano. Código Civil del Estado de Guerrero • Son un conjunto unitario, ordenado y sistematizado de normas de Derecho privado, es decir, un cuerpo legal que tiene por objetivo regular las relaciones civiles de las personas físicas, jurídicas, privadas o públicas. • Titulo primero: habla sobre las personas, las diferencias entre personas físicas y moral. Reglamento De Construcción Para Los Municipios Para El Estado De Guerrero • Comprende la reglamentación, así como apartados y normas técnicas complementarias que van dirigidas a mantener la seguridad e higiene dentro de las construcciones que se desarrollan en los distintos municipios del estado, de igual forma aporta información para la realización del proyecto arquitectónico, instalaciones, etc. Ley de Haciendo 419 del Estado de Guerrero • Tiene por objeto regularlos impuestos, contribuciones, derechos, productos, aprovechamientos, participaciones y demás ingresos tributarios y no tributarios 6 | P á g i n a LEGISLACIÓN APLICABLE A LA EMPRESA CONSTRUCTORA que corresponden al Estado, que estén previstos en esta Ley y en las disposiciones fiscales aplicables, para cubrir el gasto público. • Los impuestos, contribuciones, derechos, productos, aprovechamientos, participaciones y demás ingresos tributarios que deben percibir la Hacienda Pública Estatal o las entidades paraestatales de carácter fiscal, se causarán y recaudarán conforme a las disposiciones de ésta y de las demás leyes fiscales aplicables. • Capítulo 2 “derechos de cooperación para obras públicas”. Art. 99.- los derechos de cooperación por la construcción de obras públicas, se causarán y pagarán de conformidad con los ordenamientos o decretos que se expidan al efecto. • Titulo segundo “de los derechos”. 1.1.1.3 Ordenamiento Municipal Reglamento de Ecología y Protección al Ambiente Capítulo Decimosegundo Evaluación Del Impacto Ambiental Artículo 128.- Toda obra o actividad pública o privada que pueda causar o cause desequilibrio ecológico o rebasar los límites y condiciones señaladas en las leyes de la materia y las normas oficiales emitidas por la Federación o el estado, deberán sujetarse a la autorización del H. Ayuntamiento, así como al cumplimiento de los requisitos que se les imponga una vez evaluado el impacto ambiental que pudiere originar. Artículo 174.- Cuando la gravedad de la infracción lo amerite, el Ayuntamiento promoverá la suspensión, revocación a cancelación de la concesión, permiso, licencia y en general de toda autorización otorgada para la realización de actividades comerciales industriales o de servicio, o para el aprovechamiento de recursos naturales. Artículo 175.- Para la imposición de las sanciones señaladas en el artículo anterior, se tomará en cuenta lo siguiente: I.- La gravedad de la infracción, considerando principalmente el criterio de impacto en la salud pública y la generación de desequilibrio ecológico; II.- Las condiciones económicas del infractor y; III.- La reincidencia. 7 | P á g i n a LEGISLACIÓN APLICABLE A LA EMPRESA CONSTRUCTORA Plan Director de Desarrollo Urbano del Municipio de Acapulco Se comprende dentro este toda la normativa, el ordenamiento de usos de suelo en el municipio. Reglamento De Construcción Del Municipio Comprende reglas específicas de la construcción en las distintas tipologías de edificaciones dentro del municipio del estado. A si como recomendaciones técnicas de la misma. Ley 492 Hacienda Municipal PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO No. 96 ALCANCE I, DE FECHA VIERNES 01 DE DICIEMBRE DE 2017 por el Gobernador Héctor Astudillo que comprenden artículos desde el impuesto predial como el impuesto por construcción y reconstrucción de obras públicas. Ley 676 Catastro Municipal de Guerrero Ultima reforma publicada en el periódico oficial del gobierno del estado no. 105 alcance IX, de fecha viernes 31 de diciembre de 2010. Capítulo IV de la Valuación Catastral Articulo 20.- La valuación catastral tiene por objeto determinar el valor catastral de los bienes inmuebles ubicados dentro del Municipio de conformidad con la presente Ley y su Reglamento. Artículo 22.- Para determinar el valor catastral de cada predio, se aplicarán los valores unitarios para el terreno y para los diferentes tipos de construcción que al efecto elabore la Dirección o Área de Catastro Municipal mismos que previamente estarán aprobados y autorizados por el H. Congreso del Estado. Capítulo V de las Obligaciones Catastrales Artículo 37.- Todo propietario o poseedor de predios, tiene la obligación de manifestarlo (s) ante la Dirección o Área de Catastro Municipal, dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que sucedan los hechos o actos que le den origen, en las formas oficiales expedidas para el efecto, señalando sus características físicas, dimensionales, urbanísticas, de uso, de ubicación, legales y valorativas; debiendo anexar los documentos y planos que se indiquen en las mismas. 8 | P á g i n a LEGISLACIÓN APLICABLE A LA EMPRESA CONSTRUCTORA ORDENAMIENTOS FEDERALES, ESTATALES Y MUNICIPALES ORDENAMIENTO MUNICIPAL REGLAMENTO DE ECOLOGIA Y PROTECCION AL AMBIENTE PLAN DIRECTOR DE DESARROLLO URBANO REGLAMENTO DE CONSTRUCCIÓN CAPITULO lV CAPITULO V ORDENAMIENTO ESTATAL REGLAMENTO DE CONSTRUCCIÓN PARA LOS MUNICIPIOS PARA EL ESTADO DE GUERRERO CÓDIGO CIVIL DEL DEL ESTADO DE GUERRERO LEY 790 DE ASENTAMIENTOS HUMANOS DEL ESTADO DE GUERRERO CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE GUERRERO. ORDENAMIENTO FEDERAL CODIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN LEY FEDERAL DEL TRABAJO LEY DEL SEGURO SOCIAL LEY DE INFONAVIT Gráfico 1.1.1.3.1. Mapa conceptual. Ordenamientos federales, estatales y municipales 9 | P á g i n a LEGISLACIÓN APLICABLE A LA EMPRESA CONSTRUCTORA 1.1.2 Derecho Fiscal, Laboral, Mercantil y Ambiental 1.1.2.1 Derecho Fiscal Los mexicanos tenemos como obligación contribuir al gasto público. Esta obligación se encuentra contemplada en el artículo 31 fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que establece: “Artículo 31: Son obligaciones de los mexicanos… IV. Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como de los Estados, de la Ciudad de México y del Municipio en que residan de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes”. Y es en esta disposición constitucional que tiene su fundamento el Derecho Fiscal y en la cual se encuentran consagrados los principios de capacidad contributiva, igualdad tributaria, reserva de ley y destino del gasto público. El Derecho Fiscal lo definimos como la rama del Derecho Público que comprende el conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones jurídicas entre el Estado, en su carácter de autoridad fiscal y los gobernados en su carácter de contribuyentes. El Derecho Fiscal establece las normas que determinan los tributos. Esto es, a través de los diversos ordenamientos fiscales el Estado grava las actividades de los gobernados sin importar la naturaleza civil o mercantil de las mismas. En el Derecho Fiscal el Estado, en virtud de su Potestad Tributaria: Determina los Ingresos para cubrir el Presupuesto de Egresos de la Federación, de los Estados y de los Municipios. Administra los recursos provenientes de las contribuciones y las aplica en el gasto público. Goza de facultades de comprobación para vigilar el cumplimiento de las obligaciones fiscales a cargo de los contribuyentes. Atiende y resuelve los medios de defensa fiscal interpuestos en virtud de las controversias que se susciten derivados de las relaciones jurídico-tributarias. En el Sistema Fiscal Mexicano resultan aplicables las disposiciones contenidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los Tratados Internacionales de los que México sea parte; el Código Fiscal de la Federación; la Ley de Coordinación Fiscal; los Códigos 10 | P á g i n a LEGISLACIÓN APLICABLE A LA EMPRESA CONSTRUCTORA Fiscales de las Entidades Federativas y de los municipios; las Leyes de Hacienda de los Estados y de los Municipios; la Ley de Comercio Exterior; la Ley Aduanera; diversas legislaciones en materia de impuestos como la Ley del Impuesto al Valor Agregado, la Ley del Impuesto Sobre la Renta, entre otras; así como diversos reglamentos, decretos y circulares. A falta de una norma fiscal expresa, se aplicarán supletoriamente las disposiciones del derecho federal común. Sujetos del Derecho Fiscal En la relación tributaria encontramos al sujeto activo y al sujeto pasivo. El sujeto activo es el Estado, quien en ejercicio de su potestad establece y exige el pago de tributos. Elsujeto activo son las autoridades fiscales por ejemplo la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el Servicio de Administración Tributaria, las Secretarías de Finanzas de los Estados y Municipios, las Delegaciones y Subdelegaciones del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y del Instituto del Fondo Nacional para la Vivienda de los Trabajadores (INFONAVIT). El sujeto pasivo es el contribuyente, que puede ser una persona física o moral. El Código Fiscal de la Federación establece que las personas físicas y morales están obligadas a contribuir para los gastos públicos conforme a las leyes fiscales respectivas. La Federación también está obligada a pagar contribuciones, pero únicamente cuando las leyes lo señalen expresamente, los Estados Extranjeros en casos de reciprocidad no están obligados a pagar impuestos. Además, el Código establece la posibilidad de que ciertas personas no estén obligadas a pagar contribuciones y únicamente tendrán las otras obligaciones que expresamente establezcan las leyes. Los tributos en la época antigua En las épocas antiguas de la humanidad existían diversas jerarquías sociales en las que era común que el más fuerte gobernara. Posteriormente, con el paso del tiempo surgieron los tributos, en donde tenemos como primer antecedente a la cultura egipcia, pues ellos manejaban desde entonces un sistema de recaudación sistematizado en donde los ciudadanos tenían que pagar tributos al faraón y existía un registro de dichas retribuciones. Pero fue hasta los años de la antigua Roma que se pudieron consolidar los tributos. Al pueblo romano se le considera como el primero en conseguir llevar un control de sus bienes y de 11 | P á g i n a LEGISLACIÓN APLICABLE A LA EMPRESA CONSTRUCTORA haber fundado órganos recaudadores jurídicos. A partir de la edad media, surgieron los señores feudales, las personas trabajaban para él y el tributo era aplicado a todo el pueblo sin excepción. En la cultura azteca también se dieron los sistemas de tributación. Después, durante la época colonial en estas tierras, la monarquía española instituyó diversos tributos para recaudar alimentos y joyas. En estos tiempos, algunos países se pusieron en contra de los impuestos y sentaron aranceles para el gobierno. Para qué sirve el Derecho Tributario Conocer qué es derecho fiscal y para qué sirve es de suma importancia, pues éste es el encargado de establecer un conjunto de normas jurídicas que regulan la constitución, determinación y forma de aplicarse los tributos, los derechos y las responsabilidades u obligaciones que tienen los contribuyentes con el Estado. A través de estas normativas jurídicas el gobierno ejecuta su poder tributario para recaudar un fondo público. Por lo tanto, el Estado tiene como fin la recaudación y la gestión del capital tributado. Se ocupa de exigir al contribuyente el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y de comparecer ante el fisco cuando recibe notificaciones de diversa índole, en las cuales se solicitan diferentes aspectos como presentar libros o documentos contables y facilitar la presencia de auditores en el domicilio fiscal, entre otras cosas. Características del Derecho Fiscal • Para entender qué es derecho fiscal necesitamos conocer sus características básicas, las cuales indican lo siguiente: • Requieren de normativas legales que las puedan regular. • Son de carácter obligatorio, por lo que no existe libertad de los administrados en cuanto a acatarlas o no. • Nos dictaminan que al generarse ciertos sucesos o circunstancias es correspondiente el pago de tributos y de algunas responsabilidades auxiliares que requieren cumplir los obligados, y algunos terceros no deudores, pero que deben brindar soporte al Estado. • Las normas tributarias cuentan con imposiciones. • El fisco puede emplear medios que están permitidos legalmente para juzgar a los individuos que no cumplen con sus obligaciones fiscales. 12 | P á g i n a LEGISLACIÓN APLICABLE A LA EMPRESA CONSTRUCTORA • Dentro de la legislación mexicana los impuestos deben cumplir con los principios fundamentales que son con la equidad tributaria, proporcionalidad y legalidad tributarias, estos principios son los básicos, con independencia de los demás que derivan de nuestra propia Constitución. • Una vez entrando al fondo del derecho fiscal, se debe conocer que los elementos esenciales de las contribuciones que se pretenden cobrar por el Estado y que deben estar previstas expresamente en la Ley respectiva son: sujeto, objeto, base, tasa, cuota, tarifa, época y lugar de pago. 1.1.2.2 Derecho Laboral Los derechos laborales son derechos sociales que tienen como objetivo tutelar el trabajo humano realizado libremente. Para ello existe un sistema de normas que regula los diferentes tipos de trabajo y las distintas relaciones laborales. Estos derechos son resultado de muchas luchas y reivindicaciones que han buscado mejorar las condiciones en las que se desempeñan las personas. Ley Federal de Trabajo es la máxima ley de Derecho Laboral en México y solo está por encima de ella la Constitución Política, en la cual se consagró el derecho al trabajo en su artículo 123. Aunque el derecho y la protección del trabajo están presentes en dicha Constitución desde su promulgación en 1917, fue hasta el 18 de agosto de 1931 que se entregó al Ejecutivo la Ley Federal del Trabajo, y se publicó en el Diario Oficial del 28 de agosto de 1931, entrando en vigencia a partir de su publicación. Artículo 123. Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto se promoverán la creación de empleos y la organización social del trabajo, conforme a la ley. • La duración de la jornada será de 8 horas. • Queda prohibida la utilización del trabajo de los menores de 14 años… • Por cada seis días de trabajo deberá disfrutar el operario de un día de • descanso cuando menos. • XIV. Los empresarios serán responsables de los accidentes del trabajo y de las enfermedades profesionales de los trabajadores, sufridas con motivo o en el ejercicio de la profesión o trabajo que ejecuten. 13 | P á g i n a LEGISLACIÓN APLICABLE A LA EMPRESA CONSTRUCTORA • XIV. Tanto los obreros como los empresarios tendrán derecho a coaligarse en defensa de sus respectivos intereses, formando sindicatos, asociaciones profesionales, etc... Artículo 1°. La presente ley es de observancia en toda la república y rige las relaciones de trabajo comprendidas en el artículo 123, apartado A, de la constitución. Artículo 2°. Se tiene acceso a la seguridad social y se percibe un salario remunerador; se recibe capacitación continua para el incremento de la productividad con beneficios compartidos y se cuenta con condiciones óptimas de seguridad e higiene para prevenir riesgos de trabajo. Artículo 7°. En toda empresa o establecimiento, el patrón deberá emplear un noventa por ciento de trabajadores mexicanos, por lo menos. Artículo 10°. El patrón es una persona física o moral que utiliza los servicios de uno o más trabajadores. Ley de Seguro Social Artículo 1. La presente Ley es de observancia general en toda la República, en la forma y términos que la misma establece, sus disposiciones son de orden público y de interés social. Artículo 2. La seguridad social tiene por finalidad garantizar el derecho a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo, así como el otorgamiento de una pensión que, en su caso y previo cumplimiento de los requisitos legales, será garantizada por el Estado. Artículo 52. El patrón que oculte la realización de un accidente sufrido por alguno de sus trabajadores durante su trabajo o lo reporte indebidamente como accidente en trayecto, se hará acreedor a las sanciones quedetermine esta Ley y el reglamento respectivo. El derecho de huelga establece que las y los trabajadores tenemos derecho a realizar una suspensión temporal de labores en demanda del cumplimiento de nuestros derechos como trabajadores. El derecho de huelga se encuentra en el artículo 123 constitucional (Apartado A, fracciones XVI – XVIII) y está regulado en los artículos 440 a 471 de la Ley Federal del Trabajo. No obstante, una huelga puede considerarse ilegal cuando la mayoría de los huelguistas realizan actos de violencia contra personas o bienes. Se entiende por trabajo digno aquél en el que se respeta plenamente la dignidad humana del trabajador o trabajadora; no existe discriminación; se tiene acceso a la seguridad social; se 14 | P á g i n a LEGISLACIÓN APLICABLE A LA EMPRESA CONSTRUCTORA percibe un salario remunerador; se recibe capacitación continua; y se cuenta con condiciones óptimas de seguridad e higiene para prevenir riesgos de trabajo. El trabajo me debe permitir tener una vida decorosa, esto es realizarme en todas las esferas de la vida humana, como el acceso al arte, cultura, esparcimiento, deporte, desarrollo espiritual y salud. En cualquier trabajo merezco ser tratada/o con respeto, sin importar la labor que desempeñe. Tengo derecho a un trabajo en el que se me pague de acuerdo a mis habilidades, conocimientos, aptitudes y responsabilidades. Tengo derecho a gozar de las prestaciones laborales mínimas necesarias, tales como: protección a la salud y capacitación para el trabajo. (Artículo 123 constitucional; artículo 23 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y artículo 1 del Convenio 111 de la Organización Internacional del Trabajo). La discriminación laboral es recibir un trato diferente por cuestiones de sexo, raza, clase social, orientación sexual, identidad de género, religión, nacionalidad, opinión política, discapacidad, o cualquier otra forma que haga una distinción, exclusión o preferencia, que anule o altere mis oportunidades laborales o el trato que se me da en el trabajo. (Artículo 123 constitucional; artículo 23 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y artículo 1 del Convenio 111 de la Organización Internacional del Trabajo). Trabajar una jornada máxima de ocho horas. Si por alguna razón debo trabajar horas extra, éstas se pagarán con un ciento por ciento más del salario, es decir el doble, que corresponda a las horas de jornada, y no deberán exceder nunca tres horas diarias, ni tres veces en una semana (Artículo 123 constitucional y artículo 24 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos). Todas las personas tenemos derecho a descansar después de una jornada de trabajo, a tener vacaciones y a ocupar nuestro tiempo libre haciendo lo que nos gusta e interesa, por ejemplo: practicar algún deporte, ir al cine, visitar un museo, pasar tiempo con nuestra familia, salir con amigos, entre otros (Artículo 123 constitucional y artículo 24 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos). Mi derecho a asociarme consiste en el derecho que tengo a reunirme y formar grupos con otros trabajadores para la defensa de nuestros intereses. 15 | P á g i n a LEGISLACIÓN APLICABLE A LA EMPRESA CONSTRUCTORA La libertad sindical es el derecho de todas y todos los trabajadores a formar y unirse libremente al sindicato de su preferencia para defender nuestros intereses. La libertad sindical implica que los trabajadores se organicen de forma independiente, sin intervención del gobierno o los patrones. La libertad sindical incluye: • Elegir libremente a sus representantes. • Constituir y afiliarse a federaciones, confederaciones y organizaciones internacionales (Artículos 2, 3, 4 y 5 del Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo; artículo 123 constitucional; artículo 23 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos). 1.1.2.3 Derecho Mercantil Conjunto de normas que regulan las actividades de los comerciantes, los actos de comercio y las relaciones jurídicas; Tiene su origen en la Edad Media; por ello, la mayoría de sus normas son consuetudinarias y corporativas. Actualmente, con la mayor complejidad de la actividad comercial podemos decir que el Derecho mercantil es el Derecho privado del tráfico económico o de mercado, es decir, del conjunto de actividades que realizan la producción de bienes o servicios para el mercado o el intercambio de estos entre operadores, profesionales. Bajo ese concepto, se denomina rama del derecho privado. Su finalidad es regular o reglamentar las relaciones particulares. Sus principios básicos del derecho mercantil no son estéticos, sino que se adapta a las necesidades cambiantes del mercado, las compañías y la comunidad en general. De todas formas, siempre se respetan los 5 principios básicos las cuales son: • Derecho individualista (Porque se centra los vínculos particulares). • Profesional (Porque está en constante cambios). • Progresivo (Porque está en constante cambio). • Internacionalizado (Porque se integra al comercio internacional). • Consuetudinario (Porque está basado en costumbres). 16 | P á g i n a LEGISLACIÓN APLICABLE A LA EMPRESA CONSTRUCTORA ¿Cuál es su importancia? Su papel es importante en el desarrollo económico, político y social de todos los países, debido a su intervención directa en la producción en intermediación de bienes y servicios necesarios para la satisfacción de las necesidades humanas. En otras palabras, están en todos los productos que podemos comercializar. Fuente de Derecho Mercantil Las fuentes de derecho comercial se originan a base de segur normas o reglas de conducta, en la cual se transmutan en norma de derecho. Las reglas de derecho son: • La ley: es la legislación comercial que rige únicamente en los tratados de libre comercio, también se le conocen como legislación comercial. Estos tratados son firmados por naciones en la cual se les denomina convenciones internaciones, porque son aprobados por el senado de la república. • Usos y costumbres: son el resultado de prácticas comerciales que siguen vigentes como fuente directa, ya que el derecho mercantil, es un derecho basado en tradiciones comerciales. Se le define como la repetición constate y generalizada de un hecho, con la convicción de que ese actúa es jurídicamente obligatorio. A los usos de disposiciones autónomas e independientes se clasifican como: • Convencionales: Son los contrates las cuales nos permiten conocer la voluntad de las partes en las relaciones comerciales. • Normativa: Se refiere a la práctica habitual o constante de los comerciantes. Características de las costumbres: • Está relacionado con la vida diaria. • No se da universalmente, sino sólo en un determinado espacio y con un determinado grupo de individuos. • Jurisprudencia: Doctrina establecida por los órganos judiciales del estado y que se repiten en más de una resolución. Se le denomina una interpretación de la ley. 17 | P á g i n a LEGISLACIÓN APLICABLE A LA EMPRESA CONSTRUCTORA ¿Qué es una Sociedad Mercantil? Es una sociedad que tiene como objetivo la realización de actos de comercio o, en general, una actividad sujeta al derecho mercantil. Por eso, como toda sociedad, significa que son entidades a los que la ley reconoce como personalidad jurídica propia y distinta de sus miembros. Y que, contando también con patrimonio propio, canalizan su esfuerzo a la realización de una finalidad lucrativa que es común. Leyes complementarias: • Ley general de sociedades mercantiles. • Ley de sociedades de Responsabilidad limitada de intereses públicos. • Ley general de sociedades cooperativas. • Ley que establece requisitos para la venta al público. • Ley de asociaciones productores • Ley general de títulos y operaciones de crédito. 1.1.2.4 DerechoAmbiental El Derecho Ambiental es el conjunto de normas que regulan las relaciones de derecho público y privado, tendientes a preservar el medio ambiente libre de contaminación, o en todo caso, darle mejoría a la situación afectada. Con el fin de vivir en un medio ambiente sano y libre de contaminación. Por otro lado, es el conjunto de principios y normas jurídicas, que regulan las conductas individuales y colectivas con incidencia en el ambiente. Se le ha definido también como el conjunto de normas que regulan las relaciones de derecho público y privado, tendientes a preservar el medio ambiente libre de contaminación o mejorarlo en caso de estar afectado. Esta especialidad surge a mediados del siglo XX y se encuentra en pleno desarrollo. A medida en que se conocen nuevos aspectos sobre el impacto del ser humano en el ambiente y se prueban diferentes sistemas de gestión de los recursos, se diseñan nuevas normas jurídicas que integran esta especialidad. 18 | P á g i n a LEGISLACIÓN APLICABLE A LA EMPRESA CONSTRUCTORA Derecho Ambiental en México La legislación local contempla la protección ambiental desde el Constituyente de 1917, en su artículo 27. De hecho, a medida en que pasa el tiempo se crean nuevas ordenanzas que permiten ampliar el marco jurídico local en torno al ambiente. De acuerdo con tratados firmados por el país, los estados locales deben comprometerse a preservar, proteger y mejorar el medio ambiente, por tratarse este de un bien público. Importancia del Derecho Ambiental en México De acuerdo con la Comisión Nacional de los Derechos Humanos de México, en 2018 los niveles de ozono alcanzaron un 80% más de los parámetros normales, causando así cerca de 20.000 muertes por motivos de contaminación. La calidad del aire, la mala gestión de los residuos, los problemas con la organización del transporte y un uso poco consciente de los recursos naturales locales han llevado a México a posicionarse en un estado de crisis ambiental. A tal punto, que diversos ránquines lo califican como uno de los países más contaminados de Latinoamérica. Como especialidad y opción formativa, el Derecho Ambiental cuenta con las herramientas necesarias para revertir esta situación. Para ello, se hace necesario que los profesionales del Derecho opten por especializarse en el área y así constituir una fuerza profesional cualificada para tomar en sus manos el futuro ambiental del país. Fundamentos Legales • CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Art 4. párrafo 4. toda persona a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar. • LEY GENERAL DE EQUILIBRIO ECOLÓGICO ART. 3 ° l. Ambiente: El conjunto de elementos naturales y artificiales o inducidos por el hombre que hacen posible la existencia y desarrollo de los seres humanos y demás organismos vivos que interactúan en un mismo espacio. • Vll: Contingencia ambiental: Situación de riesgo derivada de las actividades humanas o naturales que puede poner la integrad de uno o varios sistemas. 19 | P á g i n a LEGISLACIÓN APLICABLE A LA EMPRESA CONSTRUCTORA • XX: Impacto ambiental: Modificación del medio ambiente ocasionada por la acción del hombre o naturaleza Economía sostenible Leyes relacionadas: • LEY GENERAL DE CAMBIO CLIMÁTICO: Observancia en todo el territorio nacional en la cual establece disposiciones para enfrentar al cambio climático. Reglamentación en materia de protección ambiental, desarrollo sustentable, preservación y restauración del equilibrio ecológico. • LEY GENERAL DE EQUILIBRIO ECOLÓGICO: Establece los presupuestos mínimos para la preservación y restauración del equilibrio ecológico, así como la protección del medio ambiente en las zonas donde ejerce jurisdicción nacional. • LEY GENERAL DE VIDA SILVESTRE: Establece la concurrencia entre los 3 niveles de gobierno en sus respectivas competencias. Como el aprovechamiento sustentable de los recursos forestales, especies cuya vida vital sea el agua. Serán reguladas por leyes federales y pesca. • LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDAD AMBIENTAL: Regula la responsabilidad ambiental que nace de los daños ocasionados al ambiente. Así como su reparación y compensación de dichos daños cuando sea exigible a través de los procesos judiciales • LEY GENERAL DE LA PERSERVACIÓN Y GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS: Tiene como objetivo garantizar el derecho de toda persona al medio ambiente adecuado. 20 | P á g i n a LEGISLACIÓN APLICABLE A LA EMPRESA CONSTRUCTORA Tabla 1.1.2.4.1. Cuadro comparativo. Derecho Fiscal, Laboral, Mercantil y Ambiental. OBJETIVO CARACTERÍSTICAS DERECHO FISCAL Establecer las normas que determinan los tributos. Esto es, a través de los diversos ordenamientos fiscales, el Estado grava las actividades de los gobernados sin importar la naturaleza civil o mercantil de las mismas. - Requieren de normativas legales que las puedan regular. - Son de carácter obligatorio. - Las normas tributarias cuentan con imposiciones. - Deben de cumplir con el principio de la equidad tributaria, proporcionalidad y legalidad tributarias. DERECHO LABORAL Tutelar el trabajo humano realizado libremente. Acompañado de normas que regulan los diferentes tipos de trabajos. Establecer normas específicas como son: cubrir una jornada laboral de 8 horas. Por cada 6 días de trabajo, el operario deberá disfrutar un día de descanso. Responsabilizar al empleador por accidentes del trabajo, o enfermedades sufridas por motivo o en el ejercicio de la profesión o trabajo que se ejecute. Garantizar el derecho a la salud, asistencia médica. Así como también garantizar una pensión. DERECHO MERCANTIL Regular o reglamentar las relaciones particulares, en el desarrollo económico, político y social del país. Debido a la intervención directa en la producción e intermediación de bienes o servicios. Sus principios básicos del derecho mercantil no son estéticos, sino que se adapta a las necesidades cambiantes del mercado, las compañías y la comunidad en general. Siempre se respetan los 5 principios básicos las cuales son: • Derecho individualista (Porque se centra los vínculos particulares.) • Profesional (Porque está en constante cambios.) • Progresivo (Porque está en constante cambio.) • Internacionalizado (Porque se integra al comercio internacional. • Consuetudinario (Porque está basado en costumbres.) DERECHO AMBIENTAL Preservar el medio ambiente libre de contaminación, o en todo caso, darle mejoría a la situación afectada. Con el fin de vivir en un medio ambiente sano y libre. Regulando estas, por medio de normas y sanciones. Cuenta con leyes que le dan mayor importancia para el cumplimiento de su objetivo general como la son • Ley general de cambio climático • Ley general de equilibrio ecológico • Ley general de vida silvestre • Ley federal de responsabilidad ambiental • Ley general de la preservación y gestión integral de residuos 21 | P á g i n a LEGISLACIÓN APLICABLE A LA EMPRESA CONSTRUCTORA 1.1.3 Marco Legal Del Proyecto Urbano Arquitectónico El Marco Legal de un Proyecto Urbano Arquitectónico es el que regula las actividades de la construcción, sus competencias y responsabilidades. Es de fundamental importancia apegarse al marco legal y normativo, donde regularmente se encuentran un buen número de provisiones regulatorias interrelacionadas entre sí a las cuales debemos apegarnos con la finalidad de generar proyectos adecuados y viables. 1.1.3.1 Leyes Federales: - Ley Orgánica de la Administración Pública Federal Establece las bases de organización de la Administración Pública Federal, centralizada y paraestatal. - La Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano Fija las normas básicas e instrumentosde gestión para ordenar el uso del territorio y los Asentamientos Humanos en el país. Esta Ley fija los criterios para que exista una definición de competencias, así como una efectiva congruencia, coordinación y participación entre los distintos niveles de gobierno para la planeación del territorio. - Ley General de Equilibrio Ecológico La ley establece los presupuestos mínimos para la preservación y restauración del equilibrio ecológico, así como a la protección al ambiente, en el territorio nacional y las zonas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción. - Ley Federal de Vivienda Tienen por objeto establecer y regular los instrumentos y apoyos para que toda familia pueda disfrutar de vivienda digna y decorosa. - Programa Nacional de Vivienda Garantizar el ejercicio del derecho a la vivienda adecuada a todas las personas, especialmente a los grupos en mayor condición de discriminación y vulnerabilidad, a través de soluciones financieras, técnicas y sociales, de acuerdo con las necesidades específicas de cada grupo poblacional. 22 | P á g i n a LEGISLACIÓN APLICABLE A LA EMPRESA CONSTRUCTORA - Ley de Obras Públicas y Servicios Tiene por objeto reglamentar la aplicación del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de contrataciones de obras públicas, así como de los servicios relacionados con las mismas. - Ley Agraria Devolver a los pueblos los terrenos de que han sido despojados como un acto de elemental justicia y como la única forma efectiva de asegurar la paz y de promover el bienestar y mejoramiento de nuestras clases pobres. - Ley de Planeación busca crear las bases para el desarrollo sustentable de la ciudad y el ejercicio pleno de los derechos de todos sus habitantes - Reglamento de Construcción de México El Reglamento de Construcción es el conjunto de normas que te da toda la información que necesitas para las construcciones públicas o particulares, desde la planeación del proyecto y su construcción hasta su mantenimiento. - Ley de Propiedad en Condominio Permite regular los derechos, deberes y obligaciones para la convivencia dentro del conjunto. También considera las obligaciones que tendrán los condóminos para garantizar el fondo de mantenimiento del inmueble, que se utilizará para eventos extraordinarios. - Ley Federal de Metrología y Normalización Esta ley establece las disposiciones de orden público y de interés social en materias como Metrología, Normalización, Certificación, Acreditamiento y Verificación. Con base en esta ley se establece el sistema general de unidades de medida, conceptos de metrología, requisitos para la fabricación, importación, reparación, venta, verificación y uso de instrumentos para medir y patrones de medida. 23 | P á g i n a LEGISLACIÓN APLICABLE A LA EMPRESA CONSTRUCTORA PROYECTO URBANO ARQUITECTÓNICO LEYES FEDERALES: Ley Orgánica de la Administración Pública Federal Establece las bases de organización de la Administración Pública Federal, centralizada y paraestatal. Ley General de Asentamientos Humanos Fija las normas básicas e instrumentos de gestión para ordenar el uso del territorio Ley General de Equilibrio Ecológico Establece los presupuestos mínimos para la preservación y restauración del equilibrio ecológico Ley Federal de Vivienda Establecer y regular los instrumentos y apoyos para que toda familia pueda disfrutar de vivienda digna y decorosa Programa Nacional de Vivienda Garantizar el ejercicio del derecho a la vivienda adecuada Ley de Obras Públicas y Servicios Reglamentar la aplicación del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Ley Agraria Devolver a los pueblos los terrenos de que han sido despojados Ley de Planeación Crear las bases para el desarrollo sustentable de la ciudad Reglamento de Construcción de México Conjunto de normas que necesitas para las construcciones públicas o particulares Ley de Propiedad en Condominio Permite regular los derechos, deberes y obligaciones para la convivencia dentro del conjunto Ley Federal de Metrología y Normalización Establece las disposiciones de orden público y de interés social en materias como metrología, normalización, certificación, acreditamiento y verificación Gráfico 1.1.3.1.1. Cuadro sinóptico. Marco Legal Del Proyecto Urbano Arquitectónico 24 | P á g i n a LEGISLACIÓN APLICABLE A LA EMPRESA CONSTRUCTORA 1.1.4 Marco Legal Y Normativo De Obras Públicas Y Privadas 1.1.4.1 Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas La presente Ley es de orden público y tiene por objeto reglamentar la aplicación del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de contrataciones de obras públicas, así como de los servicios relacionados con las mismas, que realicen - Las unidades administrativas de la Presidencia de la Republica. - Las Secretarías de Estado y la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal. - La Procuraduría General de la República. - Los organismos descentralizados. - Las empresas de participación estatal mayoritaria y los fideicomisos en los que el fideicomitente sea el Gobierno Federal o una entidad paraestatal. - Las entidades federativas, los municipios y los entes públicos de unas y otros, con cargo total o parcial a recursos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal. No quedan comprendidos para la aplicación de la presente Ley los fondos previstos en el Capítulo V de la Ley de Coordinación Fiscal Las obras asociadas a proyectos de infraestructura que requieran inversión a largo plazo y amortizaciones programadas estarán sujetas a la aprobación de la Cámara de Diputados conforme a sus facultades constitucionales, la Ley General de Deuda, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad. Hacendaria, así como las demás disposiciones presupuestarias aplicables. En lo relativo a los principios que deben contener los contratos, los procedimientos de contratación y ejecución, así como las condiciones de difusión pública, se atenderán conforme a la presente Ley y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. Artículo 3. Para los efectos de esta Ley, se consideran obras públicas los trabajos que tengan por objeto construir, instalar, ampliar, adecuar, remodelar, restaurar, conservar, mantener, modificar y demoler bienes inmuebles. 25 | P á g i n a LEGISLACIÓN APLICABLE A LA EMPRESA CONSTRUCTORA Artículo 4. Para los efectos de esta Ley, se consideran como servicios relacionados con las obras públicas, los trabajos que tengan por objeto concebir, diseñar y calcular los elementos que integran un proyecto de obra pública; las investigaciones, estudios, asesorías y consultorías que se vinculen con las acciones que regula esta Ley; la dirección o supervisión de la ejecución de las obras y los estudios que tengan por objeto rehabilitar, corregir o incrementar la eficiencia de las instalaciones. Artículo 26. - Las dependencias y entidades podrán realizar las obras públicas y servicios relacionados con las mismas por alguna de las dos formas siguientes: I. Por contrato, o II. II. Por administración directa Artículo 27. En las licitaciones públicas, cuyo monto rebase el equivalente a diez millones de días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal y en aquellos casos que determine la Secretaría de la Función Pública atendiendo al impacto que la contratación tenga en los programas sustantivos de la dependencia o entidad, participarán testigos sociales conforme a lo siguiente: I. La Secretaría de la Función Pública tendrá a su cargo el padrón público de testigos sociales, quienes participarán en todas las etapas de los procedimientos de licitación pública, a los que se refiere estaLey, con voz y emitirán un testimonio final que incluirá sus observaciones y en su caso recomendaciones, mismo que tendrá difusión en la página electrónica de cada dependencia o entidad, en CompraNet y se integrará al expediente respectivo. II. Los testigos sociales serán seleccionados mediante convocatoria pública, emitida por la Secretaría de la Función Pública. III. III. La Secretaría de la Función Pública, acreditará como testigos sociales a aquellas personas que cumplan con los siguientes requisitos: a) Ser ciudadano mexicano en ejercicio de sus derechos o extranjero cuya condición migratoria permita la función a desarrollar. 26 | P á g i n a LEGISLACIÓN APLICABLE A LA EMPRESA CONSTRUCTORA b) Cuando se trate de una organización no gubernamental, acreditar que se encuentra constituida conforme a las disposiciones legales aplicables y que no persigue fines de lucro. c) No haber sido sentenciado con pena privativa de libertad; d) No ser servidor público en activo en México y/o en el extranjero. Asimismo, no haber sido servidor público Federal o de una Entidad Federativa durante al menos un año previo a la fecha en que se presente su solicitud para ser acreditado. 1.1.4.2 Plan Municipal De Desarrollo Urbano. El municipio de Acapulco ha presentado un crecimiento poblacional que va de 593,212 hab., en 1990; 722,499 en 2000 y 789,971 hab., en 2010, lo cual se refleja en una superficie urbana mayor, así como un incremento en las demandas de infraestructura y servicios urbanos. Adicionalmente, la zona urbana de Acapulco presenta una extensión hacia las localidades del Km.30 y hacia los límites de los municipios de Coyuca de Benítez y San Marcos, Gro. La propia dinámica económica y demográfica, ocasionó una demanda de zonas nuevas para vivienda, lo que dio lugar a un crecimiento de la zona urbana, incluso en lugares con limitantes para el desarrollo urbano, la dotación de infraestructura urbana y servicios públicos, así como en zonas vulnerables ante contingencias naturales. Es importante destacar que esta expansión del área urbana incluso propició el deterioro de las áreas naturales protegidas y elementos naturales los cuales es indispensable su permanencia para la sustentabilidad del territorio, especialmente tratándose de un destino con vocación turística con características privilegiadas como su ubicación física y el atractivo paisaje de su entorno natural. Derivado de lo anterior, la identificación del suelo apto para el crecimiento urbano, así como la ordenación de los usos del suelo acorde con su vocación y la actualización de la normatividad particular son inminentes en respuesta a las necesidades de mejoramiento del estado actual del Desarrollo Urbano. Para ello, los programas de ordenamiento territorial son fundamentales. 27 | P á g i n a LEGISLACIÓN APLICABLE A LA EMPRESA CONSTRUCTORA 1.1.4.3 Reglamento De Construcción Para Los Municipios Del Estado De Guerrero. Que el Reglamento de Construcciones de fecha 28 de junio de 1978, que desde su primera publicación demostró ser un instrumento técnico-jurídico, idóneo para resolver los problemas inherentes al proceso de desarrollo que observa el Estado teniendo su antecedente más inmediato, la última reforma y actualización, el 27 de diciembre de 1988. Que, en el proceso de modernización administrativa, la actualización de los ordenamientos jurídicos vigentes y la reordenación de las disposiciones reglamentarias es necesaria para imprimir mayor agilidad y transparencia a los procedimientos y trámites previstos en ellos. Que, por las experiencias adquiridas debido a los sismos de 1985, es necesario reducir el nivel de riesgo para los habitantes de los Municipios del Estado de Guerrero, introduciendo elementos que refuercen la estabilidad de las edificaciones e instalaciones para garantizar un grado óptimo en su utilización. - Titulo primero: Disposiciones generales. - Titulo segundo: Vías públicas y otros bienes de uso común. - Titulo tercero: Directores Responsables de Obra y Correspondientes. - Titulo cuarto: Licencias y autorizaciones. - Titulo quinto: Proyecto Arquitectónico. - Titulo sexto: Seguridad estructural de las construcciones. - Titulo séptimo: Construcción. - Titulo octavo: Uso, operación y mantenimiento. - Titulo noveno: Ampliaciones de obra para mejoramiento. - Titulo décimo: Demoliciones. - Titulo décimo primero: Explotación de yacimientos de materiales pétreos. - Titulo décimo segundo: Medidas de seguridad. - Titulo décimo tercero: Visitas de inspección, sanciones y recursos. 28 | P á g i n a LEGISLACIÓN APLICABLE A LA EMPRESA CONSTRUCTORA 1.1.4.4 Reglamento De Construcción Para El Municipio De Acapulco De Juárez Es de orden público e interés social el cumplimiento y observancia de las disposiciones de este Reglamento, de sus Normas Técnicas Complementarias y de las demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables en materia de desarrollo urbano, planificación, seguridad, estabilidad e higiene, así como las limitaciones y modalidades que se impongan al uso de los terrenos o de las edificaciones de propiedad pública o privada, en los programas parciales y las declaratorias correspondientes. Las obras de construcción, instalación, modificación, ampliación, reparación y demolición, así como el uso de las edificaciones y los usos, destinos y reservas de los predios del territorio del Municipio, se sujetarán a las disposiciones de la Ley del Desarrollo Urbano Estatal, de este Reglamento y demás disposiciones aplicables. Artículo 3. De conformidad con lo dispuesto por la Ley y por la Ley Orgánica, la aplicación y vigilancia del cumplimiento de las disposiciones de este Reglamento corresponderán al Ayuntamiento. Artículo 6. Vía pública, es todo espacio de uso común que, por disposición del Ayuntamiento, se encuentre destinado al libre tránsito, de conformidad con las Leyes y Reglamentos de la materia, así como todo inmueble que de hecho se utilice para ese fin. Es característica propia de la vía pública el servir para la iluminación y asoleamiento de los edificios que la limiten, para dar acceso a los predios colindantes, o para alojar cualquier instalación de una obra pública o de un servicio público. Artículo 11. Se requiere de autorización del ayuntamiento para: I. Realizar obras, modificaciones o reparaciones en la vía pública. II. Ocupar la vía pública con instalaciones de servicio público, comercios semifijos, construcciones provisionales, o mobiliario urbano. III. Romper el pavimento o hacer cortes en las banquetas y guarniciones de la vía pública para la ejecución de obras públicas o privadas. IV. Construir instalaciones subterráneas o aéreas en la vía pública. 29 | P á g i n a LEGISLACIÓN APLICABLE A LA EMPRESA CONSTRUCTORA Tabla 1.1.4.4.1. Cuadro comparativo. Marco Legal y Normativo De Obras Públicas y Privadas CONTENIDO NIVEL DE ORDENAMIENTO OBJETIVO LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS 3 capítulos. 104 artículos. 10 transitorios. Federal Reglamentar la aplicación del artículo 134 de la constitución en materia de contrataciones de obras públicas, así como de los servicios relacionados con las mismas. REGLAMENTO DE CONSTRUCCIÓN PARA MUNICIPIOS DEL ESTADO DE GUERRERO 13 títulos. 47 capítulos. 9 artículos transitorios. 348 artículos. Estatal Resolver los problemas inherentes al proceso de desarrollo que observa el estado. PLAN MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO Introducción. Diagnostico Pronóstico. Nivel normativo. Nivel estratégico. Nivel programático y de corresponsabilidad sectorial. Nivel instrumental. Municipal Regular el desarrollo urbano de Acapulco de Juárez, por medio de la aplicación de lineamientos de la NuevaAgenda Urbana. REGLAMENTO DE CONSTRUCCIÓN PARA EL MUNICIPIO DE ACAPULCO DE JUÁREZ 13 títulos 33 capítulos 6 artículos transitorios. 355 artículos Municipal Regular las actividades de construcción, seguridad, higiene, planificación y desarrollo urbano que se desarrollan dentro del municipio de Acapulco 30 | P á g i n a LEGISLACIÓN APLICABLE A LA EMPRESA CONSTRUCTORA 1.1.5 Autorías De Proyectos Y Derechos De Autor ¿Quién es el autor? El autor es la persona natural que crea una obra literaria, artística o científica, a quién le corresponde la propiedad intelectual de la obra por el mero hecho de su creación. ¿Qué es el derecho de autor? Son los derechos de los creadores sobre sus obras literarias y artísticas. Las obras que se prestan a la protección por derecho de autor van desde los libros, la música, la pintura, la escultura y las películas hasta los programas informáticos, las bases de datos, los anuncios publicitarios, los mapas y los dibujos técnicos. ¿Qué es una obra? Es toda creación original susceptible de reproducirse por cualquier medio o firma 1.1.5.1 Ley Federal del Derecho de Autor La presente Ley, reglamentaria del artículo 28 constitucional, tiene por objeto la salvaguarda y promoci6n del acervo cultural de la Nación; protección de los derechos de los autores, de los artistas intérpretes o ejecutantes, as! como de los editores, de los productores y de los organismos de radiodifusión, en relaci6n con sus obras literarias o artísticas en todas sus manifestaciones, sus interpretaciones 0 ejecuciones, sus ediciones, sus fonogramas o videogramas, sus emisiones, así como de los otros derechos de propiedad intelectual. Las obras objeto de protección pueden ser: Según su autor - Conocido: Contienen la menci6n del nombre, signa a firma con que se identifica a su autor. - Anónimas: Sin mención del nombre, signa 0 firma que identifica al autor, bien por voluntad de este, bien por no ser posible tal identificación. - Seudónimas: Las divulgadas con un nombre, signa 0 firma que no revele la identidad del autor. 31 | P á g i n a LEGISLACIÓN APLICABLE A LA EMPRESA CONSTRUCTORA Según su comunicación - Divulgadas: Las que han sido hechas del conocimiento público par primera vez en cualquier forma o medio, bien en su totalidad, bien en parte, bien en 10 esencial de su contenido o, incluso, mediante una descripci6n de la misma; - inéditas: Las no divulgadas. - Publicadas: - Las que han sido editadas, cualquiera que sea el modo de reproducci6n de los ejemplares, siempre que la cantidad de estés, puestos a disposición del público, satisfaga razonablemente las necesidades de su explotación, estimadas de acuerdo con la naturaleza de la obra. - Las que han sido puestas a disposición del público mediante su almacenamiento por medios electr6nicos que permitan al público obtener ejemplares tangibles de la misma. cualquiera que sea la índole de estos ejemplares. Según su origen - Primigenias: Las que han sido creadas de origen sin estar basadas en otra preexistente, o que, estando basadas en otra, sus características permitan afirmar su originalidad. - Derivadas: Aquellas que resulten de la adaptación, traducción u otra transformación de una obra primigenia. 32 | P á g i n a LEGISLACIÓN APLICABLE A LA EMPRESA CONSTRUCTORA Gráfico 1.1.5.1.1. Mapa conceptual. Autorías De Proyectos Y Derechos De Autor AUTORIA DE PROYECTOS Y DERECHOS DE AUTOR ¿Quién es el autor? Es la persona natural que crea una obra literaria, artística o científica, a quién le corresponde la propiedad intelectual ¿Qué es una obra? Es toda creación original susceptible de reproducirse por cualquier medio o firma ¿Qué es el derecho de autor? derechos de los creadores sobre sus obras literarias y artísticas 33 | P á g i n a CONCLUSIÓN CONCLUSIÓN La legislación de la empresa constructora nos permite conocer las leyes que regularán determinada materia o al conjunto de leyes a través del cual se ordena la vida en un país, y nosotros como entidad, ofertando cierto servicio de construcción, debemos, en primera, conocer, para poder adaptarnos a este cierto territorio en el cual se van a llevar a cabo las actividades y operaciones. Todo esto para no infligir las normas que nos competen dentro de nuestra área. Saber qué leyes debe cumplir una empresa es fundamental para evitar problemas y situaciones inesperadas que pueden perjudicar su crecimiento. Es inevitable: todas las empresas deben observar la legislación del país en el que están establecidas, desde las normativas generales hasta aquellas más específicas que pueden afectar solo a determinados sectores. Nociones Generales del Derecho Si bien, el derecho, son conjuntos de normas jurídicas, que dictan a la sociedad de forma obligatoria, la manera en que deben comportarse y cuáles son sus límites, dentro del ámbito social y jurídico, estas son las que han permitido la correcta evolución del ser humano, un correcto sentido de moralidad propio o impuesto, por sus progenitores o el exterior que lo influencia. Actualmente en las empresas constructoras, como ser humano tienes derechos y obligaciones, mismas que si no cumples adecuadamente, recibes una reprimenda al nivel del incumplimiento de estos, las empresas tienen obligación de hacer valer esos derechos con los que cuentas, puesto que realizas una labor, por una retribución monetaria, misma que trae beneficios a la empresa, de esta forma ambas partes resultan beneficiadas. En labores de todo tipo, hay riesgos, riesgos que pueden poner en peligro la integridad de los seres humanos, por esta razón, las empresas están obligadas a instruirte en el camino laboral, para evitar algún tipo de tragedia, que acabe con la reputación de esta, siendo mayormente catastrófico en el mundo de la construcción. Ordenamientos Federales, Estatales y Municipales El ordenamiento es el conjunto del derecho de una sociedad, es decir, el conjunto de normas jurídicas que rigen en un lugar determinado en una época concreta. 34 | P á g i n a CONCLUSIÓN En este caso se expusieron y dieron a conocer las leyes, normas y reglamentos que conforman el ordenamiento aplicable a la empresa constructora, dichas normativas tienen la función de regular las actividades que desempeña una corporación en la actividad de la construcción. Algunas normativas son aplicables a empresas de distintos rubros no limitándose solamente a la antes mencionada. Los distintos niveles gubernamentales expiden leyes o reglamentos que para regular ciertas actividades dentro de los territorios que componen sus respectivas jurisdicciones, sin embargo, es importante mencionar el orden jerárquico que tienen las regulaciones, podemos entender que ninguna norma puede estar por encima de un reglamento y ningún reglamento puede estar por encima de una ley, aunado a esto ninguna ley puede estar por encima de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos la cual es la carta magna de donde emanan todas la leyes. El Constitución faculta a los estados para la elaboración de leyes que regulen sus respectivas demarcaciones jurídicas y territoriales. Es de suma importancia el conocimiento de la normativa dirigida a regular la actividad de una empresa debido a que esto nos permitirá evitar problemas legales en el ejercicio de nuestra actividad profesional, de igual forma existen ordenamientos que son de interés público debido a que todo ciudadano mexicano y guerrerense debería tener conocimiento sobre ciertas leyes, esto con el propósito de vigilar, cuidar y exigir el cumplimiento y aplicación de estas a nuestros representantes. Derecho Fiscal, Laboral, Mercantil y Ambiental Podemos conocer leyes que son fundamentalesdentro del marco referencial a la empresa constructora y a su constitución legal. Dejando en claro que esta, tiene obligaciones que mantener y también derechos. Desde el pago de impuestos pertinente, el derecho laborar que debe ejercer a sus empleados, que tengo a cargo. Como el derecho mercantil que goza. Dejando muy en claro que la parte ambiental es fundamental para los proyectos a realizar, generar el impacto ambiental más sutil posible. Dando resultados positivos para la empresa misma, como a todos sus colaboradores y lugar donde la misma se desarrolla. 35 | P á g i n a CONCLUSIÓN Marco Legal Del Proyecto Urbano Arquitectónico Es el encargado de regular las actividades de la construcción, sus competencias y responsabilidades, de esta forma es fundamental apegarse a este, junto con la normativa que esto conlleva, la finalidad de este marco legal es la de generar proyectos adecuados y viables Este marco legal enlista leyes de vital importancia para la viabilidad de una edificación, de cualquier tipo, puesto que este listado, conlleva a una normativa correspondiente a su ámbito respectivo, mismas que definen los límites, permisos, tramites, restricciones, opciones adicionales, derechos, obligaciones, bases, normas, regulaciones, instrumentos, organismos responsables, etc. Este listado se compone de diferentes leyes como son: Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, Ley General de Asentamientos Humano, Ley General de Equilibrio Ecológico, Ley Federal de Vivienda, Programa Nacional de Vivienda, y muchas más aplicables a zonas específicas, dentro del rango que la normativa permita y limite. Marco Legal Y Normativo De Obras Públicas Y Privadas Es el conjunto de leyes, normas, reglamentos o acuerdos que deben ser respetados por una entidad o dependencia en el ejercicio de las funciones que tenga encomendadas, en este caso se estudió la industria de la construcción con las distintas leyes y reglamentaciones vigentes para la ejecución de las obras tanto públicas como privadas. El apego a la normativa garantiza que el proceso de construcción se realice de una forma eficiente, de igual forma se puede estar seguro de que el resultado del proceso será una edificación de calidad que pueda ser funcional y segura para el uso de su propietario, de esta forma se certifica una mejora en la calidad de vida de los individuos. El tener conocimiento de estas reglamentaciones, expedidas por las distintas instancias y dependencias gubernamentales, permite disminuir la incidencia de una empresa ante la ley, es decir, que los problemas legales que pudiesen existir en el proceso de construcción o administración de obra sean nulos o por lo menos muy pocos a los que se pudiesen presentar si no se tiene conocimiento de la legislación aplicable. 36 | P á g i n a CONCLUSIÓN Autorías De Proyectos Y Derechos De Autor Al ser el autor de una obra, de cualquier tipo, ya sea artística, musical, arquitectónica, literaria, etc. Hay leyes que te protegen siendo tú el autor, así como la ley federal de derechos de autor, misma que esta reglamentada en el artículo 28 constitucional, la cual tiene por objeto salvaguardar y promover el acervo cultural de la nación, protecciones de los derechos de autores, artistas o intérpretes. La obra que están sujetas a protección se puede ser, gracias a, su autor, si es conocido, anónimo, seudónimo; según su comunicación, si esta es divulgada, publicada o inédita; según su origen, si esta obra en cuestión es primigenia, derivada, entre otros. Es importante conocer estas leyes puesto que, si eres el autor de un proyecto que pueda trascender a lo largo de la historia, seas reconocido por ello y recibas la importancia y relevancia que merece tu esfuerzo. Por supuesto, no es tarea del gerente de la empresa conocer a fondo la legislación que le afecta, teniendo en cuenta que esta cambia con frecuencia. Mantenerse al tanto de todos los cambios, hacer sugerencias y velar por la adecuación de las actividades de la empresa a la normativa vigente es trabajo de la asesoría legal, fiscal, contable y financiera que se haya escogido. No obstante, también es cierto que cualquier gerente de empresa puede beneficiarse de saber, en líneas generales, la legislación a la que está sujeto su negocio. También es buena idea conocerla, aunque sea superficialmente, si nos encontramos en el paso previo y estamos pensando en crear una empresa, esa sería una buena decisión. La finalidad de apegarse a las leyes, normas y reglamentos es regular a las empresas constructoras en lo que concierne a su operación, funcionalidad y éxito con los entes que representen al Gobierno Nacional, Estatal y Municipal en donde se va a establecer. 37 | P á g i n a BIBLIOGRAFÍA BIBLIOGRAFÍA Ayuntamiento, H. (2001). Portal de Transparencia. Obtenido de https://acapulco.gob.mx/transparencia/marco-normativo-y-juridico/ Instituto Tecnologico de Morelia. (26 de 11 de 2017). Docsity. Obtenido de https://www.docsity.com/es/legislacion-aplicable-a-la-empresa-constructora/2309880/ SDUOPOT. (2015). Gobierno municipal. Recuperado el 2021, de https://www.acapulco.gob.mx/transparencia/wp- content/uploads/marcojuridico/planes/PLAN_DIRECTOR_DE_DESARROLLO_URBANO_2015.p df UNIÓN, C. D. (2016). Obtenido de http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/56_130116.pdf
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