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CÁTEDRA HISTORIA DE LAS INSTITUCIONES ARGENTINAS. TRABAJO PRÁCTICO Nº 3. ANÁLISIS HISTÓRICO Y COMPARATIVO DE LAS CONSTITUCIONES DE 1819, 1826 Y DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL DE 1853. OBJETIVOS Contextualizar históricamente las constituciones de 1819, 1826 y 1853 para su mejor comprensión. Comparar los rasgos principales de la parte dogmática y la parte orgánica de las constituciones de 1819, 1826 y 1853. PARTE A: CONSTITUCIONES DE 1819 Y 1826. ACTIVIDADES 1. Realice una síntesis del contexto histórico en el que se sancionaron las constituciones de 1819 y 1826. Constitución de 1819: Profesor: Desde 1816 a 1819 sesiona del Congreso de Tucumán que dicta la Constitución del 19. Desde Mayo de 1817 tuvo sede en Buenos Aires. Durante el periodo congresal, la Banda Oriental soporta a partir de 1816 una segunda invasión portuguesa al mando de Lecor, que entra en Montevideo en enero de 1817. La resistencia oriental por Artigas tuvo como efecto preservar el estuario de la dominación lusitana, y defender la independencia del Río de La Plata. La Constitución se dictó en el gobierno de Pueyrredón. La política del Directorio y el Congreso de Tucumán; la invasión portuguesa a la Banda Oriental; el monarquismo de raíz europea y la Constitución del 19 (unitaria) encendieron la oposición republicana y la reacción federal. El centralismo porteño está en jaque. No tuvo vigencia, resultó ajena a las necesidades reales de la nación, quedó enteramente divorciada de las instituciones que el país necesitaba y que, por lo demás, constituían su propia médula. Si bien fue jurada, llevaba de inmediato los gérmenes de su propia destrucción. Pueyrredón renunció, y ante su insistencia el congreso aceptado la dimisión y designó director a José Rondeau (10 de junio de 1819). Pero estábamos en los inicios de la liquidación del directorio. Pocos meses después, a principios de 1820, se levantaban las provincias y el 11 de febrero del mismo año cesaban las autoridades nacionales. Constitución de 1826: Profesor: Estaba funcionando el congreso constituyente de 1824, se había sancionado la ley fundamental, y la ley de consulta, de presidencia, capitalización, nacionalización del puerto. Durante el gobierno de las Heras en la provincia de buenos aires se instala el Congreso de 1824. Esta asamblea tiene la importancia de haber restaurado la unidad de política y la autoridad General para todas las provincias (sobre bases erradas y con fracaso). Se trata de la República Unitaria. El 24 de diciembre se sanciona la famosa Constitución (inspirada en la del 19). Constitución unitaria, centralista, absorbente, no respondía para nada , monarquistas a porfía a la realidad de su momento. Estaba la espalda al país real y de Allí su fracaso . Al ser comunicada la constitución, las provincias se pronunciaron, por aplastante mayoría, en contra de la obra del congreso. E el partido federal, que dominaba en buenos aires, al disolverse el congreso, restablecería en las relaciones con las provincias del interior. Las provincias formulan su más absoluta repulsa, en franca revancha contra el congreso y la acción rivadaviana. 2. Indique los antecedentes y las fuentes de la constitución de 1819: Constitución de Cádiz 1812, Constitución francesa de 1791, Constitución de Estados Unidos y estatutos de 1815 y 1817. 3. Señale y establezca la relación entre el artículo 6 de la ley fundamental y la ley de consulta el 21 de junio de 1825. Ley fundamental: Artículo 6º: se refería a la constitución que sancionare el congreso (que por el artículo dos se declaraba constituyente) la cual debería ofrecerse a la consideración de las provincias y no podía ser promulgada ni establecida en ella hasta no haber sido aceptada. La discusión del artículo versó sobre sí la aceptación que emanaría de las legislaturas provinciales o de la consideración de las provincias mismas. De tal manera la cláusula ”en la forma que prevendrá la constitución ” no debería referirse, como lo expresa el diputado agüero, a las formas que estableciera la constitución sino a la que determinarán las provincias. Ley de consulta: completa la ley fundamental, en el sentido que ésta se refería a la aceptación por las provincias de la constitución a dictarse. Esta ley determinaba que debía consultarse previamente la opinión de las provincias acerca de la forma de gobierno que creyeran más conveniente para afianzar el orden, la libertad y la prosperidad nacional. Sería la base para conformar la constitución aunque dejando a salvo el derecho de aceptarla o no conforme con el artículo seis de la ley fundamental. 4. Puntualiza en los aspectos fundamentales relativos a la declaración de derechos y ciudadanía de: Constitución de 1819 (sección V): Dividida en dos capítulos, uno acerca de los derechos de la nación, el otro sobre los que denominada “derechos particulares”, sobre los derechos de la nación anotaba expresamente que la soberanía residía en la nación, tenía derecho para formar su constitución cuando lo exigiera el interés común. (el principio de la voluntad General y de la soberanía popular, está ausente). Protegía el derecho a la vida, reputación, libertad, seguridad y propiedad. Principios de igualdad ante la ley, libertad de prensa, imparcialidad e igualdad frente al proceso, inviolabilidad del domicilio y de la propiedad, etc. Constitución de 1826 (sección 2ª): Sección 2ª: Art 4º: establecía quienes eran ciudadanos: todos los nombres libres nacidos en su territorio y los hijos de éstos, donde quiera que nazcan. Los extranjeros hubieren combatido en los ejércitos de la república. Los extranjeros establecidos en el país desde antes de 1816 inscriptos en el registro cívico. Los que se establecieron después de dicha fecha, que obtengan carta de ciudadanía. Protegidos en el goce de su vida, reputación, libertad, seguridad y propiedad. Eran iguales ante la ley, libertad de publicar las ideas sin censura previa. Las acciones privadas de los hombres están exentas de la autoridad de los magistrados y nadie puede ser obligado a hacer lo que la ley no mande ni privado de lo que ella no prohíba. También se declaraban las normas generales referentes al debido proceso y las garantías de defensa en juicio. 5. Complete el siguiente cuadro comparativo referido a las constituciones de 1819 y 1826. TEMAS CONSTITUCIÓN 1819 CONSTITUCIÓN 1826 FORMA DE GOB No lo menciona, se adecuaba a una monarquía. Representativa republicana y consolidada en mitad de régimen. No es totalmente unitaria. PODER LEGISL A-TIVO Cámara de Represen -tantes Diputados elegidos en proporción 1 cada 25.000, 7 años de su ciudadanía, 26 de edad, fondo no menor de 4000 pesos. Duraban en su cargo cuatro años renovándose por mitades cada dos. Diputados elegidos directamente a simple pluralidad de sufragios. 1 cada 15.000 hab. 7 años de ciudadanía, 25 de edad. Senado Estamental. Compuesta por los senadores de provincia en número igual al de las provincias; tres senadores militares; un Obispo y tres eclesiásticos; un senador por cada universidad, y el director del estado saliente. Duran en el cargo 12 años renovándose por 3ªs partes cada cuatro. Senadores nombrados por la capital y provincias, mediante elecciones que se determina; nueve años de ciudadanía; 36 años cumplidos. Durán nueve años en el cargo. Debe juzgar en juicio público a los acusados por la cámara de representantes. PODER EJECUTIVO Ejercido por el director del estado. Ciudadano; natural del territorio de la Unión; seis años de residencia; 35 años de edad, duraba cinco años. Elegido por las dos cámaras reunidas por mayoría de votos. Ciudadano con título de Presidente, duraba cinco años, no podía ser reelecto; condiciones iguales a las exigidas para ser senador. Elegido por junta de electores, que votarían reunidos, requiriéndosedos terceras partes del total de votos. PODER JUDICIAL Ejercido por una Alta Corte de Justicia, compuesta de siete jueces y dos fiscales, designados por el director del estado con consentimiento del senado. Ocho años como abogados y 40 años de edad. Ejercido por la Alta Corte de Justicia, tribunales superiores y demás juzgados. Corte: nueve jueces y dos fiscales designados por el Presidente con acuerdo del senado. Debían ser letrados, con ocho años de abogados y 40 de edad. GOBIERNOS DE PROVINCIA No aparecen en la constitución como entidades del derecho público. Absorción centralista de la nación como única depositaria de la soberanía. Administración provincial: gobernador: funcionario bajo inmediata dependencia del ejecutivo, designado a propuesta en terna del consejo de administración. 30 años de edad. /Tribunal de justicia: jueces letrados, etc. OTROS CONSIDERANDOS Llevaba los gérmenes de su propia destrucción. Renuncia de Pueyrredón / José Rondeau / inicios de la liquidación del directorio / unitaria y monarquista. Unitaria. No respondía a la realidad del país. Daba la espalda al país real y de allí su fracaso. PARTE B: ANÁLISIS DE CONSTITUCIÓN DE 1853 1. Reconstruya el proceso histórico e intelectual que culmina en la sanción de la constitución de 1853 teniendo en cuenta las siguientes instancias: Pronunciamiento de Urquiza (1ºde mayo de 1851). Objetivos: asegurar que el sistema federal y restablecer la paz. Urquiza se alía secretamente con Brasil. Alianza con Uruguay. Urquiza asume las facultades delegadas a Rosas inherentes a su soberanía y el manejo de las relaciones exteriores. Liberar a la nación de la dictadura. Que Entre Ríos faculte por sí misma sus propios tratados. Reconstrucción nacional. Tratados de alianza (29 de mayo de 1851 Y 21 de noviembre de 1851). 1: Firma una alianza con el Brasil y Montevideo. Invade la Banda Oriental y destruye a Oribe. 2: alianza con Brasil, Montevideo, Uruguay y el gobierno de Entre Ríos. Buscan sostener el gobierno legítimo y salvar a la existencia política, libertad, honor y gloria del suelo uruguayo. Los aliados declaraban que no pretendían hacer la guerra contra la confederación, ni coartar la plena libertad de los pueblos en el ejercicio de los derechos soberanos que deriven de las leyes. El artículo 1 agregaba: el objetivo único es libertar al pueblo argentino de la opresión que sufre bajo la dominación de Rosas y auxiliarlo. Caseros (3 de febrero de 1851). Caída del régimen rosista: la caída de Juan Manuel de Rosas después de un extenso período estuvo en manos del denominado ejército grande, a cuyo mando se encontraba Urquiza. Este ejército estuvo integrado por entrerrianos, correntinos, brasileños, uruguayos, y habitantes de Buenos Aires. El ejército atravesó el arroyo morón y se situó frente a las tropas de Rosas que se hallaban en caseros. Ante la derrota, Rosas marchó a gran Bretaña (lugar de su muerte). Tanto antes como después de caseros, se observa la persistencia de un lenguaje grato a los hombres de la generación de mayo: el olvido de los agravios, la fusión de ideas, el perdón General, “ni vencedores, ni vencidos” (Urquiza), eran premisas necesarias para el logro de la paz y tranquilidad. Se buscó sostener principios y poner en vigencia al pacto federal, se fomentó la creación de partidos políticos. Medidas: Confiscar los bienes de Rosas, devolver las propiedades confiscadas por Rosas, ejecución de personas que participaron en campañas rosistas. Protocolo de Palermo (6 de abril de 1852). Firmado por las cuatro provincias del litoral (Buenos Aires, Corrientes, Entre Ríos, Santa Fe). Se reúnen para analizar la situación Argentina, se le da a Urquiza el manejo de las relaciones exteriores y se lo designaba plenipotenciario para concurrir en la formación de la comisión representativa para poner en movimiento las cláusulas del pacto federal para organizar el congreso. Pautas: elección de las provincias de un representante, bases para el futuro congreso, cumplir los pactos. Circular del 8 de abril de 1852. Esta circular convocar a las provincias a una reunión que tendría lugar en San Nicolás con el objeto de ponerse de acuerdo sobre los intereses generales de la nación. Todos los gobernadores aceptan. Acuerdo de San Nicolás (31 de mayo de 1852). Destaque sus artículos. Fundamentado en el pacto federal. Objetivos: 1: organización del gobierno provisorio: se lo encomienda al encargado de las relaciones exteriores, con el título de director provisorio de la confederación Argentina. 2: fundamentos de la constitución a dictarse: administración General del país bajo el sistema federal, reglar el comercio interior y exterior, la navegación etc. 3: organización del congreso: se determina la organización del congreso General constituyente, con sede en Santa Fe, donde las provincias tendrían representación igualitaria, aunque predominando los intereses nacionales por sobre los localismos o particularismos. El acuerdo tiene las características de lo que podríamos denominar una pre constitución, declara ley fundamental al pacto federal y organiza el poder provisorio hasta la reunión del congreso. Proyectos: Vélez y Pico; Pujol y Derqui. Definitivo: Pujol, Pico, López y Leiva. Artículos: pacto federal como ley fundamental. Artículo 1º: dicho pacto el cual habían adherido las provincias de la confederación sería religiosamente observado en sus cláusulas, facultándose al encargado de las relaciones exteriores para ponerlo en ejecución en todo el territorio de la república. Artículo 2º: se declaraba que las provincias se encontraban en el estado de libertad y tranquilidad a que se aludía en el artículo dieciséis, esto es, la convocatoria a un congreso General federativo para la administración General del país bajo el sistema federal. Artículo 3º: se invocaba al artículo 9º del pacto (referido a los frutos y efectos que se importaren o exportaren del territorio o puerto de una provincia a otra por mar o tierra). Además se establecía que también serían libres los carruajes, buques o bestias en que transporten. 2. Con relación a la constitución explicite: Fuentes: Constitución de 1826: había adoptado alguna de sus instituciones. Constitución de Cádiz 1812: influye en toda una secuela de constituciones y ensayos tanto argentinos como sudamericanos. Constitucionalismo norteamericano: influencia más o menos directa en el proyecto de la comisión de negocios constitucionales, aportaba otras notas muy importantes de temas concretos. También los comentarios de el Federalista, que fue traducido en la constitución de 1826. Alberdi: revisa y critica las constituciones de Chile, Perú, Colombia, México y Paraguay. Exalta la de Uruguay. Admira las constituciones de California y Massachusetts, impresionado por esta última, adoptó su método para sus “Bases ”. Lineamientos ideológicos: Generación del 37: (forma mixta) mucha relación con los pactos preexistentes y el sistema federal. Alberdi: en su obra fundamental “Bases y punto de partida para la organización política de la república Argentina” expresa su conocimiento jurídico. Sostiene que después de Caseros, la Argentina se encuentra en una situación similar a la de 1810 y necesita una constitución para su organización y consolidación. Al tiempo de las bases, comienza una nueva etapa de evolución con la idea de “progreso”, con necesidades dadas por la modernización. Consideraba necesario crear un gobierno central. Echeverría: expresa sus ideas en el “ dogma socialista”, hablan de dos fracciones: unitarios (vencidos, minoría) y federales (apoyados por las masas, los vencedores). También expresa que había crecido una nueva generación (sin mezclarse con las fracciones) porque por su edad, educación, posición debían ocuparsede lo público. Hasta librarse de toda influencia española. Debía plasmarse la Democracia y el Estado de Derecho en contra del Absolutismo: igualdad, libertad y fraternidad. Desentrañar la verdad de los hechos históricos para la creación de una cultura nacional. Acento en la sociedad industrial. La Constitución como resultante del constitucionalismo, como sistema normativo y vigencia del concepto racional normativo: La constitución de 1853 es la culminación mediante un texto escrito como summa y compendio de la organización jurídica e institucional de nuestro país, a través de un modelo, transmutado en lo que se denomina “constitucionalismo”, según el cual la única forma (y también la valedera) de la estructuración del estado debería darse mediante un texto constitucional como sistema perdurable y sistemático. Basado en el iusnaturalismo, concretan los ideales del estado liberal porque es, lo que sustentó el llamado Estado de Derecho (sistema en el cual se encierra la vida del estado y en el que se subsumen todos los casos particulares posibles). Constitución: eterna, fija y cristalizada. Divorcio entre el país legal y el país real. 3. Con relación al congreso constituyente plantee: Las tendencias de la convención: Liberal: necesidad de tratar el proyecto constitucional. Superar el estado conservador. Progresista. Necesidad de instituciones y derechos. Conservadora: aplazar la sanción de la constitución y su promulgación hasta la pacificación y reincorporación de Buenos Aires. La discusión del proyecto de constitución con relación artículos más debatidos: Artículo 2°: Relación del estado con la iglesia. Conservadores: católica, todos le deben respeto, no a la libertad de cultos. Liberales: la católica merece tratado especial por ser la más profesada, el estado la sostiene económicamente; los bienes de la iglesia son públicos, no embargables. Artículo 3°: buenos aires como capital del estado. Conservadores: en contra porque no es parte de la confederación. Liberales: a favor de darle continuidad a la vida mercantil y política. Artículo 4°: tesoro nacional por medio de rentas aduaneras. Conservadores: en contra porque quita fondos para las instituciones provinciales. Liberales: visto como única forma para solventar los gastos de una gran nación. Artículo 14°: derechos individuales de los habitantes (libertad de cultos). Conservadores: en contra porque el congreso no tiene las atribuciones. Liberales: consideran que sí le compete al congreso. Artículo 36°: diputados y el congreso (requisitos para su elección). Conservadores: necesidad de residencia para que conozca la realidad de su provincia. Liberales: debían residir en el momento de la elección porque muchos habían sido exiliados por Rosas. 4. Analice la estructura de la constitución de 1853 teniendo en cuenta: Preámbulo: En la constitución las finalidades resultan de menor amplitud y más generales (lo mismo que el preámbulo de estado unidos, pero con una génesis histórica diferente). 1°: afianzar la justicia (EEUU: establecer la justicia) 2°: consolidar la paz interior (afianzar la tranquilidad interior). 3°: proveer a la defensa común. 4°: promover al bienestar General. Se trata de nociones inherentes al derecho constitucional propio de la mitad del siglo xix, el concepto de bienestar General para adaptarlo al utilitarismo, fue empleado con antelación en nuestra historia constitucional (por ejemplo: Rivadavia). Parte dogmática (declaraciones, derechos y garantías): Art. 1º: Forma de gobierno: republicana representativa y federal. Art. 2º: Culto: católico apostólico romano. Art. 3º: El gobierno federal reside en la ciudad que se declare capital. Art. 4º: Gastos de la nación con los fondos del tesoro nacional. Art. 5º: Cada provincia dictará una constitución bajo el sistema representativo y republicano. Art. 6º: El gobierno federal interviene territorio de las provincias para garantizar la forma republicana. Art. 7º: Art. 8º: Los ciudadanos de cada provincia gozan de todos los derechos, privilegios e inmunidades. Art. 9º: Aduanas nacionales. Art. 10º: En el interior de la república: libere derecho de circulación, a los efectos de producción o fabricación nacional. Art 18: ningún habitante de la nación puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso. Esta parte dogmatica está compuesta por 35 artículos. Con relación a la parte orgánica complete el siguiente cuadro: Temas Constitución de 1853 Poder legislativ o Cámara de diputado s Ejerce el derecho de acusar ante el senado, al Presidente, vicepresidente y ministros. Elegidos directamente por el pueblo de la provincia la capital a simple pluralidad de sufragios. Uno cada 20000 habitantes. 25 años de edad, 4 de ciudadanía y ser natural de la provincia que lo elija. Duración del cargo: 4 años. Reelegible. En caso de vacante, se procede a la elección de un nuevo miembro Cámara de senadore s Al senado corresponde juzgar en juicio público a los acusados por la cámara de diputados. Su fallo no tendrá más efecto que destituir al acusado y aun declararle incapaz. El senado debe autorizar al Presidente de la nación para declarar estado de sitio. Dos senadores de cada provincia elegidos por su legislatura a pluralidad de sufragios. 30 años de edad, 6 de ciudadanía, tener una renta anual de $6000 y ser natural de la provincia que lo elija. Duración del cargo: 4 años. Reelección indefinida, el senado se renovará por terceras partes cada tres años. El vicepresidente de la nación será el Presidente del senado. En caso de ausencia del senado nombrará un Presidente provisorio. Poder ejecutivo Jefe supremo de la nación. Administración General del país. Jefe inmediato y local de la capital de la nación. Nombra magistrados de la corte suprema y los demás tribunales. Puede indultar o conmutar a las personas. Desempeñado por un Presidente de la nación Argentina. En caso de ausencia del Presidente el poder ejecutivo será ejercido por el vicepresidente. Requisitos: nacer en territorio argentino, nativo, pertenecer a la comunidad católica. Duración del cargo: seis años, no puede ser reelegido. Cesan en el poder el día mismo en que expira su periodo de seis años. Prestarán juramento en manos del Presidente del senado. Junta de electores: no podrán ser electores los diputados y senadores, ni empleados a sueldo del gobierno federal Ministros: interior, relaciones exteriores, hacienda, justicia y guerra. No pueden tomar por sí solos resoluciones, no pueden ser senadores y diputados, pueden concurrir a las sesiones del congreso. Poder judicial Conocimiento y decisión de todas las causas. Ejerce su jurisdicción por apelación. La traición contra la nación consistirá en tomar armas contra edad o unirse a sus enemigos prestándoles ayuda. Ejercido por una corte suprema y los tribunales inferiores que el congreso estableciera. El Presidente no puede ejercer funciones judiciales. Los jueces durarán en sus funciones mientras dure su buena conducta. No pueden ser miembros, sin ser abogado de la nación con ocho años de ejercicio. Prestarán juramento ante el Presidente. Gobierno de provincia Conservarán todo el poder no delegado por esta constitución al gobierno federal. Se dan sus propias instituciones y se rigen por ellas (elige gobernador, legisladores y demás funcionarios). Pueden celebrar tratados parciales administrativos, económicos, etcétera. No ejercen el poder delegado a la nación. No pueden celebrar tratados parciales políticos, ni expedir leyes sobre comercio o navegación. No puede establecer aduanas, ni derechos de tonelaje, etcétera. No pueden declarar ni hacer la guerra a otra. Los gobernadores son agentes del gobierno federalpara hacer cumplir la constitución y las leyes. Otros considerandos Elección del poder ejecutivo: reunidos los electores en la capital de la nación y en las de sus provincias, cuatro meses antes que concluya el Presidente cesante, procederán a elegir Presidente y vicepresidente de la nación por cédulas firmadas. Se harán listas de todos los individuos para Presidente y vicepresidente. Estas listas serán firmadas y se remitirán selladas y cerradas, dos de ellas al Presidente de la legislatura provincial y en la capital al Presidente de la municipalidad. Los que reúnan la mayoría absoluta de todos los votos, serán proclamados inmediatamente Presidente y vicepresidente. En caso de división de la votación, elegirá del congreso entre las dos personas que hubieran obtenido mayor número de sufragios. Esta elección se hará a pluralidad absoluta de sufragios y por votación nominal.
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