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Universidad Abierta y a Distancia
de México
Juan Carlos Aguilar Santos
Matrícula: ES1611303199
Asignatura: Enfoque de género aplicado a la
labor policial (SP-SEGP-2002-B1-001)
Unidad 2
Docente: KARIME VILLANUEVA ESPINOSA
U2. Actividad 1. Régimen constitucional
01/08/2020
Análisis del artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
 Funciones que se otorgan a la policía.
Con la reforma constitucional del año 2008 en materia penal se dio lugar a un
cambio de paradigma en la función de la policía respecto a la investigación de
delitos, cabe señalar que en el sistema de justicia inquisitivo las corporaciones
sólo eran auxiliares en las investigaciones del MP, sin embargo, con dicha
reforma, se dotó a los cuerpos de policía de nuevas atribuciones en materia de
investigación de los delitos, el fundamento legal se sustenta en el artículo 21
constitucional párrafo primero que a la letra cita “La investigación de los delitos
corresponde al Ministerio Público y a las policías, las cuales actuarán bajo la
conducción y mando de aquél en el ejercicio de esta función”. 
Para que las policías del país pudieran cumplir con las disposiciones que marcaba
la ley se han impartido cursos y capacitaciones intensivas a los cuerpos de policía
de todo el país, con el objetivo de certificar a dichas instituciones policiales en sus
nuevas atribuciones con la finalidad que éstas sean desempeñadas de acuerdo al
marco normativo vigente.
 Qué carácter tienen las instituciones policiales.
Las policías del país son de carácter civil, disciplinas y profesionales, lo antes
citado está fundamentado en el artículo 21 Constitucional y a su vez en el artículo
6 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
 Bajo qué bases se sujeta el Sistema Nacional de Seguridad Pública.
El Sistema Nacional de Seguridad Pública es quien sienta las bases de
coordinación y distribución de competencias, en materia de seguridad pública,
entre la Federación, los Estados y municipios, bajo la directriz del Consejo
Nacional de Seguridad Pública (Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de
Seguridad Pública, 2017)
Tiene su fundamento jurídico en el artículo 21 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos. El artículo 7 de la Ley General de Sistema Nacional
de Seguridad Pública señalan sus atribuciones tales como:
 Formular y evaluar las políticas y estrategias en materia de seguridad
pública.
 Proponer y evaluar el Programa Nacional de Procuración de Justicia, el
Programa Nacional de Seguridad Pública y demás instrumentos
programáticos en la materia.
 Regular los procedimientos de selección, ingreso, formación, capacitación,
permanencia, evaluación, certificación y registro de los servidores públicos
de las instituciones de Seguridad Pública.
Conclusión.
La reforma en materia penal del año 2008 llegó para la implementación de
diversos cambios necesarios en dicha asignatura que abonaran a lograr justicia
rápida y expedita tal como lo determina la propia ley.
Capacitar y certificar a la mayoría de cuerpos de policía en el país no fue tarea
fácil, ya que el cambio requerido lejos de las antiguas prácticas (violatorias de
derechos humanos) demostró resistencia en algunos sectores, no obstante, se
alcanzó el objetivo en lo general. Dentro de las nuevas atribuciones de los cuerpos
de policías se dio lugar a la investigación de los delitos bajo el mando del M.P
como una figura participativa y crucial; no solo como un auxiliar de éste último.
Es necesario destacar que todos los cuerpos de policías del país son de carácter
civil y por tal motivo su mando también será civil y no de las fuerzas armadas; en
la actualidad se tiene un caso muy reciente con la aprobación de la Guardia Civil,
la cual es de carácter civil y también debe contar con un mando civil.
El país experimenta altos niveles de violencia e inseguridad, principalmente por los
grupos de delincuencia organizada que tienen presencia en todo el territorio
nacional, es por ello que es necesario que el país cuente con el Sistema Nacional
de Seguridad Pública, ya que éste formula las políticas y estrategias en materia de
seguridad pública con la intensión de mitigar la incidencia delictivo del país. 
Bibliografía.
 Material de apoyo UnADM. 2020. Enfoque de género aplicado a la labor policial Unidad 2.
Marco normativo que regula el servicio de seguridad pública. Recuperado el 27 de julio de
2020.
 CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN. CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. Recuperado el 29 de julio de 2020
en: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf_mov/Constitucion_Politica.pdf
 CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN. LEY GENERAL DEL
SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA. Recuperado el 30 de julio de 2020 en:
http://www.oas.org/juridico/PDFs/mesicic4_mex_sc_anex23.pdf
 Gobierno de México. ¿Qué es el Sistema Nacional de Seguridad Pública (SNSP)?
Recuperado el 01 de agosto de 2020 en: https://www.gob.mx/sesnsp/acciones-y-
programas/que-es-el-sistema-nacional-de-seguridad-publica
http://www.oas.org/juridico/PDFs/mesicic4_mex_sc_anex23.pdf
https://www.gob.mx/sesnsp/acciones-y-programas/que-es-el-sistema-nacional-de-seguridad-publica
https://www.gob.mx/sesnsp/acciones-y-programas/que-es-el-sistema-nacional-de-seguridad-publica
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf_mov/Constitucion_Politica.pdf

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