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Programa Derecho Internacional Privado 2020 docx

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CARRERA: Abogacía 
Plan​: 2017 
Departamento​: Departamento de Derecho Privado 
Área​: Área de Formación Jurídica Disciplinaria 
ASIGNATURA:​ Derecho Internacional Privado 
CÁTEDRA: A 
AÑO LECTIVO: 2020 
 
 
EQUIPO DOCENTE 
Titular: Raúl Gustavo Lozano 
Adjunto/s: Rubén Alfredo Cundom 
Jefe/s de Trabajos Prácticos: Laura A. Leonardi y Raúl Justo Lozano 
 
CARGA HORARIA TOTAL (Hs. Reloj): ​80 
CARGA HORARIA SEMANAL (Hs. Reloj):​ 4. 
FUNDAMENTACION 
El cambio de paradigmas en el Derecho Internacional Privado Argentino, motivado por la 
imperiosa necesidad de ajustar y actualizarlo conforme a las costumbres y al Derecho Privado 
en el mundo, a la Doctrina internacional y a los fallos de las Cortes Internacionales, hace 
imperioso el abandono de los modelos y estereotipos que venían forzadamente condicionando 
a la legislación, doctrina y jurisprudencia Argentina.- Los tratados internacionales, la 
integración, las comunicaciones y los nuevos estándares en las relaciones civiles, comerciales, 
laborales y procesales, requerían de la actualización del Derecho y en particular del DIPr. 
Argentino. - En nuevo CC y Com. Argentino, traduce esos cambios, y concreta las aspiraciones 
de toda la Doctrina y Jurisprudencia local e internacional, que ya venía forzando 
interpretaciones, a partir de los Derechos Humanos, de la Jurisprudencia de las Cortes 
Internacionales, la Constitución Argentina y la integración con el resto de los países del 
mundo.- 
La asignatura se encuentra incluida dentro de la rama del Derecho privado, en la tradicional 
distinción que desde el Derecho romano se hace entre Derecho público y Derecho privado. Sin 
 
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embargo, a pesar del título, se trata de una disciplina que también guarda una evidente y cada 
día más estrecha relación con la rama pública del Derecho. En tal sentido, se hace necesario 
adoptar una posición abierta y sin prejuicios de cara a su estudio, pues encontraremos 
vinculaciones entre el Derecho internacional privado y materias ajenas al ámbito privado 
como, por ejemplo, el Derecho internacional público, el Derecho administrativo o el Derecho 
del trabajo. Reflejo de la influencia de esas ciencias jurídicas y frente a la necesidad de contar 
con un derecho que responda a una concepción orientada a integrar el bloque cultural 
latinoamericano, se innova el sistema vigente mediante la constitucionalización del derecho 
privado y por tanto del Derecho internacional privado, y se establece una comunidad de 
principios entre la Constitución Nacional, el derecho público y el derecho privado. Por ello es 
preciso contar con soluciones acordes a los tiempos actuales, especialmente por el auge de las 
relaciones privadas internacionales. La creciente internacionalización de las relaciones de 
derecho privado, se debe tanto a la facilidad de las personas para trasladarse al extranjero como 
a los adelantos tecnológicos que permiten una comunicación cada vez más intensa con otros 
países.- Todas estas circunstancias dan como resultado un nuevo Código Civil y Comercial, 
cuyo Título IV sistematiza las disposiciones de Derecho internacional privado para brindar las 
soluciones más adecuadas a las situaciones privadas internacionales. 
En consecuencia, resulta conveniente modificar el programa de estudio de esta disciplina, para 
recoger los avances producidos a partir de la vigencia del nuevo cuerpo jurídico que consigna 
la unificación de los derechos civil y comercial, adoptando soluciones eficaces y sencillas para 
regular las situaciones jurídicas de tráfico externo. Cada unidad del programa debe reflejar de 
forma meridiana los principios que inspiran las normas y los objetivos que persiguen, 
profundizando el estudio en función de los nuevos campos y dimensiones, bajo un tratamiento 
integrador. La intensa y profusa bibliografía, así como la integración por medio de Tratados y 
Directivas de Organismos Internacionales, incorpora al estudio, elementos y soluciones cada 
vez más específicas y determinadas por su evolución dinámica y propia del DIPr.- 
 
OBJETIVOS GENERALES 
● Brindar una sólida formación jurídica para adquirir capacidades para la resolución de 
casos con contenidos internacional privatista, identificando y comprendiendo los 
elementos fundamentales del conflicto jurisdiccional. 
● Conocer y analizar el orden público y la fuente normativa argentina tanto interna como 
convencional internacional, fomentando el análisis y conocimiento de la jurisprudencia 
específica y comparada. 
● Formar un profesional idóneo para participar eficientemente en el tratamiento de las 
cuestiones de derecho internacional privado. 
● Ofrecer un abordaje completo de las tendencias actuales del Derecho internacional 
privado, sea en materia de las relaciones familiares, en el incremento del comercio 
internacional, las nuevas modalidades de contratación, entre otras. 
 
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● Acercar al alumno a la realidad social y jurídica que conforman los supuestos de 
carácter privado en los que haya presente, al menos, un elemento extranjero, así como 
la riqueza que supone la diversidad cultural y jurídica. 
● Coadyuvar en la formación de los alumnos para que puedan tener una alta comprensión 
teórico-práctica de la asignatura y que estén facultados para satisfacer las necesidades 
actuales y crecientes en materia de tráfico internacional a través de los conocimientos, 
habilidades y actitudes. 
● Comprender el diálogo intercultural que supone el Derecho internacional privado. 
● Estimular la investigación y la exposición de sus resultados. 
 
OBJETIVOS ESPECÍFICOS 
● Reconocer los principios y axiomas sobre los cuales se construye el Derecho 
internacional privado actual. 
● Relacionar las instituciones propias del Derecho internacional privado que fundamentan 
su autonomía científica. 
● Distinguir los sectores del Derecho internacional privado: jurisdicción internacional, 
derecho aplicable, reconocimiento de sentencias y laudos arbitrales extranjeros y 
cooperación jurisdiccional internacional. 
● Identificar los elementos extranjeros relevantes en el caso iusprivatista internacional. 
● Distinguir y utilizar los distintos métodos y normas del Derecho Internacional Privado. 
● Encuadrar la solución de los casos en las fuentes normativas aplicables, respetando la 
supremacía de los tratados internacionales. 
● Ejercitar la correcta aplicación de los tratados internacionales, desde sus ámbitos 
material, espacial y temporal. 
● Advertirla incidencia que tiene el proceso de integración del MERCOSUR, en la 
multiplicación de las fuentes normativas de la materia. 
● Detectar las dificultades que presenta el funcionamiento de las normas de conflicto y 
reconocer sus problemas. 
● Individualizar, dominar e integrar el objeto y las fuentes del Derecho internacional 
privado, que resultan aplicables para resolver los casos mixtos. 
● Distinguir los criterios determinantes de competencia judicial internacional y de 
derecho aplicable. 
 
Contenidos mínimos: 
Derecho internacional privado. Concepto, evolución y características. Conflictos de leyes y 
jurisdicción: la problemática jurídica originada por el intercambio de ordenamientos jurídicos 
pertenecientes a diferentes soberanías legislativas. Las disposiciones del Código Civil y 
Comercial argentino. Las fuentes convencionales internacionales específicas en sus variables 
de hardlaw y softlaw. La personalidad internacional del hombre como sujeto pleno de derechos 
adquiridos. Análisis de los grandes problemas del derecho privado en su perspectiva 
internacional: jurídica persona física y jurídica, forma, propiedad material e inmaterial, familia 
y sus nuevas manifestaciones (uniones civiles, concubinato, entre otras), obligaciones, 
contratos, sucesiones, reglas procesales internacionales. Dimensiones del derecho internacional 
privado a través del conflicto de jurisdicción, del conflicto de ley y del mecanismo de 
 
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cooperación internacional. Reconocimiento de ejecución de sentencias y laudos. El derecho 
privado en perspectiva internacional. Implicaciones del derecho tributario, administrativo y 
penal en perspectiva internacional privada. 
 
 
 
PROGRAMA 
 
UNIDAD Iº 
 
DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO: OBJETO, CONTENIDO Y CARACTERES 
 
I. LOS PRESUPUESTOS DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO. 
 
1. Pluralidad y diversidad de ordenamientos jurídicos. 
2. El sentido internacional de la vida humana de relación. 
II. OBJETO DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO 
 
1. Objeto, Funcionalidad y Caracteres.- 
III. CONTENIDO DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO 
 
1. Jurisdicción internacional. 
2. Derecho aplicable. 
3. Eficacia extraterritorial de actos y decisiones extranjeras. 
4. Cooperación jurisdiccional internacional. 
IV. LAS FUENTES DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO 
 
1.- Aspectos generales. Las dimensiones normativas del DIPr Argentino.- 
2.- Jerarquía entre las fuentes normativas.- 
3.- Otras fuentes del DIPr. La jurisprudencia, la Costumbre, Doctrina y la 
Interpretación.- 
4.- Jurisprudencia y Doctrina nacional anteriores a la reforma de la Constitución 
Nacional. 
5. Convención sobre el Derecho de los Tratados, Viena, 1969. 
6. La jerarquía normativa en la reforma constitucional de 1994. 
7. Convención interamericana sobre Normas Generales de Derecho Internacional 
Privado, Montevideo, 1979. 
 
V. FENÓMENOS CONDICIONANTES DEL DERECHO INTERNACIONAL 
PRIVADO 
 
 Globalización y DIPr.- 
 
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1. Influencia de los Derechos Humanos. 
2. Incremento de las relaciones económicas internacionales. 
3. Integración económica y política: formas y grados. 
4. Aumento de los movimientos internacionales de las personas. Formación de una 
sociedad multicultural. 
5. Desarrollo de la cooperación internacional. 
6. Auge de la autonomía de la voluntad. 
7. Convergencia entre el Derecho Internacional Público y el Derecho Internacional 
Privado.- 
 
Bibliografía Básica de la Unidad 
 
Adriana Dreysin de Klor “El Derecho Internacional Privado”, Tº 
Iº, Ed. Zavalia Bs. As. 2015. Werner Goldschidt “Derecho Internacional Privado”, 9na 
edición. LexisNexis-Depalma, Bs. As. 2002; María Elsa Uzal “Derecho Internacional 
Privado”, LL, Bs. As. 2016; Antonio Boggiano “Derecho Internacional Privado”, 5ta Edición, 
Abeledo Perrot, Bs. As. 2008. Luciana B. Scotti “Manual de Derecho Internacional Privado”, 
Ed. LL. Bs. As. 2017.- 
 
 
UNIDAD IIº 
 
DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO 
 
I. MÉTODO 
1. El DIPr. y sus Métodos. Métodos instrumentales para aproximarse al caso. El método 
de comparación y el método de análisis, (comparación y comprensión de los términos a 
comparar, la comparación como síntesis, el pluralismo metodológico y los métodos 
principales y específicos de cada tipo de norma).- 
 
II. NORMAS DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO 
1. Norma de conflicto (indirecta), norma material (directa) y norma de policía (de 
aplicación inmediata). Características. 
2. La norma de conflicto: concepto y elementos fundamentales. Estructura: a) supuesto 
de hecho o tipo legal; b) punto de conexión; c) consecuencia jurídica. 
3. La conexión y el punto de conexión: a) concepto; b) criterios utilizados; c) directrices 
de selección; d) clasificación. 
4. Clasificación de las normas de conflicto según: a) su procedencia; b) el supuesto de 
hecho o tipo legal; c) la consecuencia jurídica; d) el punto de conexión. 
5. Las normas de conflicto materialmente orientadas​. - 
6. Normas materiales especiales: a) estructura; b) funcionamiento. Normas materiales 
imperativas y normas internacionalmente imperativas: estructura y funcionamiento. - 
 
 
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III. AMBITO TEMPORAL DE LA NORMA DE CONFLICTO​: sucesión en el tiempo, 
retroactividad de la norma, covigencia legislativa. - 
 
Bibliografía Básica de la Unidad 
 
- Adriana Dreysin de Klor “El Derecho Internacional Privado”, Tº Iº, Ed. Zavalia Bs. 
As. 2015. María Elsa Uzal “Derecho Internacional Privado”, Ed. La Ley, Bs. As. 2016, 
p. 56 y ss.- ; Luciana B. Scotti “Manual de Derecho Internacional Privado”, Ed. La 
Ley, Bs. As. 2017; Werner Goldschidt “Derecho Internacional Privado”, 9na edición. 
LexisNexis- Depalma, Bs. As. 2002.- 
 
 
UNIDAD III. 
 
JURISDICCIÓN INTERNACIONAL 
 
I. ASPECTOS GENERALES. 
 
1. Diferencia entre jurisdicción internacional y competencia judicial interna. 
2. Naturaleza federal de la jurisdicción internacional. 
3. Limitación de la jurisdicción internacional: principios. 
Institutos de la Jurisdicción Internacional: Foros constitutivos y prórroga de 
jurisdicción.- 
4. Fuentes de Jurisdicción Internacional. ​Protocolos de Bs. As. en materia contractual; 
de Santa María sobre jurisdicción Internacional en materia de relaciones de consumo; 
Acuerdo entre los Estados parte del MERCOSUR y ESTADOS ASOCIADOS sobre 
jurisdicciónInternacionalmente competente. Ley aplicable y Cooperación Jurídica 
internacional en materia de Matrimonios.- 
5.- Tratados de Montevideo (2). Las CIDIP y la Jurisdicción Internacional. La 
Conferencia de la Haya.- 
6. Principios sobre los que se construye la jurisdicción internacional: Litispendencia, 
elección del foro, prórroga de jurisdicción, exclusividad de la elección del foro, 
prórroga expresa y tácita.- 
 
II. CRITERIOS DE ATRIBUCIÓN DE LA JURISDICCIÓN INTERNACIONAL EN 
EL CCCN.- 
 
1. Concepto. Fundamento. Fuentes de la jurisdicción internacional. Foro de necesidad, 
medidas provisionales y cautelares, litispendencia, prórroga de jurisdicción. Rol de la 
autonomía de la voluntad. Cuestión procesal en nuestro Derecho, acciones personales, 
jurisdicción exclusiva, acciones contractuales, foros, acciones patrimoniales.- 
2. Clasificación. A. Según la naturaleza de los criterios utilizados: a) foros personales; 
b) foros territoriales; c) foro de la autonomía de la voluntad; d) foros funcionales: 
paralelismo; foro de necesidad; ​forum non conveniens​. 
 
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B. Según los valores protegidos: a) foros de protección; b) foros neutros. 
C. Según el alcance de la soberanía del Estado en la determinación de la jurisdicción 
internacional: a) foros exclusivos; b) foros concurrentes; c) foros generales; d) foros 
especiales por razón de la materia; e) foros exorbitantes; f) foros razonables. 
 
 
III​. ​INMUNIDAD DE JURISDICCION Y DE EJECUCIÓN DE LOS ESTADOS 
EXTRANJEROS Y ORGANISMOS INTERNACIONALES 
1. Fundamento de la inmunidad de jurisdicción. 
2. Teoría amplia o de la inmunidad absoluta y teoría moderna o diferencial. 
3. Legislación argentina. Excepciones a la inmunidad de jurisdicción. 
4. Inmunidad de ejecución de la sentencia dictada contra un Estado extranjero. 
Criterios jurisprudenciales. 
 
VI. NORMAS DE JURISDICCIÓN INTERNACIONAL 
1. Litispendencia y conexidad internacional. 
2. Control de oficio de la competencia.- 
3. Formas alternativas de solución de controversias: Buenos Oficios – Mediación, 
Conciliación, Arbitraje pericial, procedimiento. Convenciones sobre arbitraje comercial 
internacional, clausula compromisoria, Derecho aplicable, Control del laudo, 
Reconocimiento y ejecución del laudo arbitral.- 
 
VII. EL SISTEMA DEL MERCOSUR: Ley aplicable y Juez competente.- 
 
1. Introducción.- Algunos Instrumentos de integración, Protocolo de Las Leñas, 
Ouro Preto sobre medidas cautelares. Protocolo de Buenos Aires sobre jurisdicción 
internacional, Jurisdicción directa y Prórroga de Jurisdicción. (María Elsa Uzal, LL 
2017, DIPr. p.312 y ss).- 
 
Bibliografía Básica de la Unidad 
Adriana Dreysin de Klor “El Derecho Internacional Privado”, Tº Iº, Ed. Zavalia Bs. As. 
2015. Werner Goldschidt “Derecho Internacional Privado”, 9na edición. LexisNexis-Depalma, 
Bs. As. 2002; Antonio Boggiano “Derecho Internacional Privado”, 5ta Edición, Abeledo 
Perrot, Bs. As. 2008. María Elsa Uzal “Derecho Internacional Privado”, Ed. La Ley, Bs. As. 
2016, p. 56 y ss.- Luciana B. Scotti “Manual de Derecho Internacional Privado”, Ed. La Ley 
Bs- As. 2017.- 
 
 
UNIDAD IV 
 
PROBLEMAS DE APLICACIÓN DE LA NORMA DE CONFLICTO Iº 
 
 
 
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I. AMBITO DE APLICACIÓN: ​sucesión en el tiempo en el CCCN y en el Derecho 
Extranjero, covigencia de normas aplicables al conflicto en el tiempo y en el espacio.- 
 
II. LAS CALIFICACIONES 
 
1. Concepto. Planteo del ​problema de las calificaciones en el Derecho 
Internacional Privado.- ----------------------------------------------------------------------------- 
2. Técnicas posibles de solución: a) Teoría de la ​"lex civilis fori​"; b) Teoría de la 
"​lex civilis causae​"; c) Teorías eclécticas; d) soluciones autárquicas. Casos de 
Jurisprudencia histórica (casos de la viuda Maltesa, y otros) y actuales. ( Goldschmidt 
p.86 y ss).- 
 
II. CUESTIÓN PREVIA 
 
1. Concepto. Delimitación del problema. Teorías de la jerarquización, material y 
procesal, casos jurisprudenciales históricos (Caso de la Señora 
 Ponnoucannamalle c. Nadiimoutoupoulle, caso Grimaldi W. Goldschmidt p 
 102 y ss.-) y actuales.- 
2. -Condiciones de existencia de la cuestión previa. 
3. Alternativas de solución.- 
 
III. LA ALTERACIÓN FÁCTICA DE LA CONEXIÓN 
1. Conflicto móvil. Concepto. Criterios de solución. (W Goldschmidt p. 108 y ss).- 
2. El fraude a la ley. Caso 
3. Elementos constitutivos del fraude a la ley en el Derecho Internacional Privado. 
Delimitación de figuras afines. 
4. Efectos del fraude a la ley en el Derecho Internacional Privado.- 
 
 
Bibliografía Básica de la Unidad 
Adriana Dreysin de Klor “El Derecho Internacional Privado”, Tº Iº, Ed. Zavalia Bs. As. 
2015. Werner Goldschidt “Derecho Internacional Privado”, 9na edición. LexisNexis-Depalma, 
Bs. As. 2002; Antonio Boggiano “Derecho Internacional Privado”, 5ta Edición, Abeledo 
Perrot, Bs. As. 2008.- 
 
 
UNIDAD Vº 
 
 
PROBLEMAS DE APLICACIÓN DE LA NORMA DE CONFLICTO IIº 
 
I. REENVÍO: CANTIDAD DE DERECHO EXTRANJERO APLICABLE 
 
 
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1. Concepto. Presupuestos para que se produzca el reenvío. Clases de reenvío. 
2. Argumentos favorables al reenvío. Críticas. Casos jurisprudenciales históricos y 
actuales. Caso Forgo. (W. Goldschmidt p. 114 y ss.).- 
 
II. EL DERECHO EXTRANJERO: NATURALEZA 
 
1. Teorías sobre la naturaleza del Derecho extranjero: a) El Derecho extranjero como 
hecho; b) El Derecho extranjero como derecho; c) El Derecho extranjero como "hecho 
notorio": teoría del uso jurídico. Características. Teorías de la nacionalización, de la 
extranjería y realistas. Críticas. Solución del nuevo CCCN.- 
2. Remisión de la norma de conflicto al derecho de un Estado en el que existen varios 
sistemas legislativos (sistemas pluri legislativos). Caracterización. 
 
III. ORDEN PÚBLICO: EXCLUSIÓN DE LA LEY MATERIAL 
EXTRANJERA.- 
 
1. Concepto. Caracteres. 
2. Los principios constitucionales en la configuración del orden público. 
3. Efectos de la excepción de orden público. 
4. Orden público y normas de policía o de aplicación inmediata. Contenido y calidad, 
teorías, criterio de nuestro CCCN. Jurisprudencia Argentina.- 
 
IV. PUNTOS DE CONEXIÓN: 
 
1. Personales, reales y conductistas.- Nacionalidad: concepto, problemas, aplicación en 
el Derecho Argentino. Domicilio: concepto, problemas. Residencia: vigencia en elDerecho Argentino. Autonomía de la voluntad: Clases. CCom. Argentino. Lugar de 
situación de los bienes: concepto, variantes, CCom. Argentino. Lugar de celebración y 
lugar de ejecución del Contrato: concepto, aplicación en el Derecho Argentino.- 
 
Bibliografía Básica de la Unidad 
Adriana Dreysin de Klor “El Derecho Internacional Privado”, TºIº, Ed. Zavalia Bs. As. 2015. 
Werner Goldschidt “Derecho Internacional Privado”, 9na edición. LexisNexis-Depalma, Bs. 
As. 2002; Antonio Boggiano “Derecho Internacional Privado”, 5ta Edición, Abeledo Perrot, 
Bs. As. 2008; Etella Maris Biocca “Derecho Internacional Privado” – Nuevo Enfoque”, TºIº, 
Ed. Lajouane, Bs. As., 2004.- 
 
 
UNIDAD VI 
 
EL DERECHO PROCESAL CIVIL Y PENAL INTERNACIONAL Iº 
 
I. LA LEY APLICABLE AL PROCESO 
II. 
 
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1. La regla ​lex fori regit processum: ​su significado, fundamento.- 
 
III. DELIMITACIÓN DE MATERIAS INCLUIDAS Y EXCLUIDAS DE LA REGLA 
LEX FORI REGIT PROCESSUM. 
 
1. Capacidad. Legitimación procesal. Representación procesal. 
2. La prueba: objeto de la prueba, carga de la prueba, presunciones legales, 
admisibilidad de los medios de prueba y fuerza probatoria. 
 
IV. CONDICION PROCESAL DEL LITIGANTE EXTRANJERO 
 
1. El acceso a la justicia como derecho humano y constitucional 
2. El beneficio de justicia gratuita. 
3. Caución de arraigo en juicio. 
4. Embargo preventivo. 
 
IV. TRATAMIENTO PROCESAL DEL DERECHO EXTRANJERO 
 
1. Alegación y prueba del derecho extranjero. Distintas teorías. 
2. Información del derecho extranjero. Aplicación del Derecho extranjero, Co 
-vigencia y adaptación jurídica.- 
 
 
 
EFICACIA EXTRATERRITORIAL DE DOCUMENTOS, ACTOS Y DECISIONES IIº 
 
I​. DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTRANJERO 
 
1. Reconocimiento de la fuerza probatoria, registral y ejecutiva de los documentos 
públicos otorgados ante autoridad extranjera. 
2. Reconocimiento de actos públicos extranjeros.- 
 
II. LAS DECISIONES EXTRANJERAS 
 
1. Reconocimiento de decisiones judiciales y laudos arbitrales extranjeros. 
2. Presupuestos de la validez extraterritorial de decisiones extranjeras. 
3. Declaración de ejecutividad: el procedimiento de exequátur. Requisitos formales, 
procesales y sustanciales. 
 
COOPERACIÓN JURISDICCIONAL INTERNACIONAL IIIº 
 
I. COOPERACIÓN JURISDICCIONAL INTERNACIONAL 
1. Concepto y objeto de la cooperación. Fundamentos. 
2. Asistencia procesal internacional. 
 
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3. Niveles o grados de cooperación jurisdiccional internacional. 
 
II. COOPERACIÓN DE MERO TRÁMITE Y PROBATORIA 
1. Notificaciones de actos judiciales en el extranjero. 
2. Recepción y obtención de pruebas en el extranjero. 
3. Información del Derecho extranjero. 
4. Diligenciamiento: a) la modalidad extra jurisdiccional b) la modalidad jurisdiccional. 
5. El exhorto: requisitos formales, procesales y sustanciales. 
6. Las vías para la transmisión de exhortos. 
7. La autonomía del acto cooperativo. 
 
III. LA COOPERACIÓN CAUTELAR INTERNACIONAL​. 
 
1. Fundamento. Requisitos. 
2. Las vías de transmisión de la solicitud de cooperación cautelar. 
 
 
 
Bibliografía Básica de la Unidad Bibliografía Básica de la Unidad 
Adriana Dreysin de Klor “El Derecho Internacional Privado”, Tº Iº, Ed. Zavalia Bs. As. 2015. 
Werner Goldschidt “Derecho Internacional Privado”, 9na edición. LexisNexis-Depalma, Bs. 
As. 2002; Stella Maris Biocca “Derecho Internacional Privado” – Nuevo Enfoque”, TºIº, Ed. 
Lajouane, Bs. As., 2004; María Elsa Uzal “Derecho Internacional Privado”, Ed. La Ley, Bs. 
As. 2016; Luciana B. Scotti “Manual de Derecho Internacional Privado”, Ed. La Ley, Bs. As. 
2017. Derecho Internacional Privado – Antonio Boggiano, 5ta Edición, Abeledo Perrot. Bs. 
As. 2008, p. 679 y ss.- 
 
 
 
SEGUNDA PARTE 
INSTITUTOS EN PARTICULAR 
 
 
UNIDAD VII 
 
 
 
I​. PERSONAS HUMANAS 
 
1. Domicilio y residencia habitual. Domicilio de personas menores de edad. 
Domicilio de los incapaces. 
2. El nombre de las personas humanas. 
3. Capacidad: derecho aplicable. Situaciones de incapacidad. 
 
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4. Ausencia y presunción de fallecimiento: a) jurisdicción internacional; b) derecho 
aplicable. 
5. Dimensión convencional: Tratados de Montevideo de 1889-1940. 
6. Dimensión autónoma.- 
 
II. PERSONAS JURÍDICAS 
1. Aspectos generales. Personas jurídicas de carácter público. Personas jurídicas de 
carácter privado: asociaciones y fundaciones: a) reconocimiento y funcionamiento de 
las personas jurídicas extranjeras b) capacidad de actuación. 
2​. ​Actividad internacional de las sociedades comerciales: a) reconocimiento de la 
personalidad jurídica b) capacidad de actuación en la República. 
3. Dimensión convencional: Tratados de Montevideo de 1889-1940; CIDIP II sobre 
Conflictos de leyes en materia de sociedades mercantiles, Montevideo, 1979. 
4. Dimensión autónoma.- Dimensión convencional, autónoma y Jurisprudencia.- 
 
Bibliografía Básica de la Unidad 
Adriana Dreysin de Klor “El Derecho Internacional Privado”, TºIIº, Ed. Zavalia Bs. 
As. 2015; María Elsa Uzal “Derecho Internacional Privado”, Ed. La Ley, Bs. As. 
2016; Luciana B. Scotti “Manual de Derecho Internacional Privado”, Ed. La Ley, Bs. 
As. 2017; Werner Goldschidt “Derecho Internacional Privado”, 9na edición. 
LexisNexis-Depalma, Bs. As. 2002.- 
 
 
UNIDAD VIII 
 
CUESTIONES GENERALES DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO Y 
DERECHO DE FAMILIA.- 
 
 
Derecho Internacional de Familias en su contexto actual. Criterios. Foros. 
Derecho aplicable. Particularidades del Derecho de Familia. Las partes, igualdad, 
gratuidad, Interés superior del Niño, Cooperación Internacional, Compatibilidad de 
las fuentes, ​softlaw​, exhortos. CIDIP, Panamá, Montevideo. La prueba en el 
Extranjero, La paz 1984.- MERCOSUR Las Leñas 1992; Fuente Interna.- 
 
REGIMEN INTERNACIONAL DEL MATRIMONIO 
 
1. Jurisdicción Internacional; fuente interna, derogada y actual. Tratados de 
Montevideo, casos de la CSJN. (Luciana Scotti – p. 312 y ss).- 
2. Validez del matrimonio, casos de la CSJN. (L. Scotti p. 334 y ss).- 
Matrimonio a distancia. Efectos Personales y Patrimoniales. Divorcio y Unión 
Convivencial.- 
 
FILIACIÓN 
 
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1. Filiación por naturaleza y por técnicas de reproducción humana asistida: a) 
Jurisdicción internacional y derecho aplicable; b) reconocimiento de hijo: 
condiciones, capacidad y forma; c) reconocimiento de emplazamiento filial 
constituido en el extranjero. 
2. Filiación por adopción: a) Jurisdicción internacional y derecho aplicable; b) 
reconocimiento de una adopción internacional en la República; c) conversión de la 
adopción otorgada en el extranjero. 
3. Dimensión convencional: Tratados de Montevideo de 1889-1940. 
4. Dimensión autónoma.- 
 
RESPONSABILIDAD PARENTAL Y OTRAS INSTITUCIONES. 
 
1. Jurisdicción competente. Derecho aplicable. Convenio de la Haya del 19 
de octubre de 1996. Funciones, Niños beneficiarios, Medidas provisionales, Contacto 
transfronterizo (L. Scotti p. 503 y ss). Protección del Incapaz, Responsabilidad 
Parental, Tutela y Curatela, Medidas urgentes. (Dreysin de Klor Tº IIº, p. 45 y ss).- 
 
OBLIGACIONES ALIMENTARIAS​: 
 
1. Fuente interna y convencional (Nueva York s/ convención de 
reconocimiento y ejecución en el extranjero de la obligación de prestar alimentos de 
1956 y Montevideo de 1989), conflicto entre convenciones. (L. Scotti p. 541 y ss).- 
 
 
SUSTRACCION INTERNACIONAL DE NIÑOS 
 
I. RESTITUCIÓN INTERNACIONAL DE NIÑOS 
 
1. Aspectos generales: a) delimitación conceptual de los términos; b) principios 
tuitivos; c) descripción de las situaciones problemáticas; d) alcance de las 
obligaciones de localizar y restituir al niño; e) excepciones. 
2. Dimensión convencional: Convención de los Derechos del Niño de 1989; 
Convención de La Haya de 1980 sobre Aspectos civiles de la sustracción 
internacional de menores. CIDIP IV sobre Restitución internacional de menores, 
Montevideo, 1989. 
3. Dimensión autónoma. 
 
II. TRÁFICO INTERNACIONAL DE MENORES 
 
1. Causas. Aspectos penales y civiles. 
2. La cooperación jurídica internacional entre los Estados parte para prevenir y 
sancionar el tráfico. 
3. Dimensión convencional: CIDIP V Tráfico internacional de menores, México, 
1994. 
 
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Bibliografía Básica de la Unidad 
Nieve Rubaja “Derecho Internacional Privado de Familia”, Abeledo Perrot, Bs. As. 
2012, Adriana Dreysin de Klor “El Derecho Internacional Privado”, Tº Iº, Ed. Zavalia 
Bs. As. 2015 María Elsa Uzal “Derecho Internacional Privado”, Ed. La Ley, Bs. As. 
2016; Luciana B. Scotti “Manual de Derecho Internacional Privado”, Ed. La Ley, Bs. 
As. 2017; Werner Goldschidt “Derecho Internacional Privado”, 9na edición. 
LexisNexis-Depalma, Bs. As. 2002.- 
 
 
UNIDAD IXº 
 
 
DERECHO REALES: 
 
1. Jurisdicción internacional: a) acciones reales sobre inmuebles; b) acciones reales sobre 
bienes registrables; c) acciones reales sobre bienes no registrables. La ​lex situs​. Derecho 
aplicable, en el CCCN.- 
2. Derecho aplicable: Las calificaciones establecidas con relación a los bienes y el CCCN., 
a) derechos reales sobre inmuebles; b) derechos reales sobre bienes registrables; c) 
derechos reales sobre muebles de situación permanente y de los que carecen de situación 
permanente.- 
3. Dimensión convencional: Tratados de Montevideo de 1889-1940. 
4. Dimensión autónoma.- 
5. Capitulaciones y Régimen Patrimonial del Matrimonio.- 
6. Derechos reales de garantía. CCCN., ​lex rei sitae​, Ley Modelo sobre garantías 
Mobiliarias CIDIP VIº) Autonomía de la voluntad, conclusiones. (Uzal M. E. p. 701 y 
ss).- 
II. DIMENSIÓN CONVENCIONAL, INSTITUCIONAL Y AUTÓNOMA. RECEPCIÓN 
JURISPRUDENCIAL 
 
 ​DERECHO SUCESORIO - SUCESIÓN INTERNACIONAL 
 
1. Sistemas de regulación. ¿Cuándo estamos ante un caso de sucesión internacional?, 
diversos sistemas sucesorios en el Derecho comparado; Sistema de la Unidad y del 
fraccionamiento; CCCN., Sucesión convencional y liberalidades entre vivos; Convención 
de la Haya de 1961 – testamentos – y de 1989.- 
 2. Jurisdicción internacional y derecho aplicable. 
3. Sucesiones testamentarias: a) forma de los testamentos; b) capacidad para testar; c) 
testamento consular. 
4. Herencia vacante y otras cuestiones. Ley 163/1985 intervención de los Cónsules. 
MERCOSUR.- Jurisdicción y legislación aplicable.- 
 
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5. Dimensión convencional: Tratados de Montevideo de 1889-1940. 
6. Dimensión autónoma. 
II. DIMENSIÓN CONVENCIONAL, INSTITUCIONAL Y AUTÓNOMA. RECEPCIÓN 
JURISPRUDENCIAL 
 
Bibliografía Básica de la Unidad 
Adriana Dreysin de Klor “El Derecho Internacional Privado”, Tº IIº, Ed. Zavalia Bs. 
As. 2015; María Elsa Uzal “Derecho Internacional Privado”, Ed. La Ley, Bs. As. 
2016; Luciana B. Scotti “Manual de Derecho Internacional Privado”, Ed. La Ley, Bs. 
As. 2017; Werner Goldschidt “Derecho Internacional Privado”, 9na edición. 
LexisNexis-Depalma, Bs. As. 2002.- 
 
 
UNIDAD Xº 
 
FORMA DE LOS ACTOS JURIDICOS 
CONTRATOS INTERNACIONALES 
 
I. FORMA DE LOS ACTOS JURÍDICOS, REPRESENTACIÓN Y MANDATO. 
 
1. Regla ​locus regit actum​: soluciones. (Uzal M. E p.607 y ss – L. Scotti p. 713 y ss) 
2. Dimensión convencional: Tratados de Montevideo de 1889-1940. Caracterización del 
contrato internacional. Dimensión autónoma. Autonomía de la voluntad. (Dreyzin de 
Klor p.289 y ss.) 
3. Fuente interna e internacional, representación, gestión, mandato, poder, calificación 
lex fori​. Tratados de Montevideo, La Haya sobre contratos y CIDIP Iº Panamá 1975. 
Derecho aplicable, ley del país que otorga, equivalencia funcional, Clausula de reserva. 
(Uzal M. E. p. 697 y ss.).- 
5. Apostilla. Convención de la Haya 1961. Protocolo sobre uniformidad del régimen 
legal de los poderes. (Uzal M.E. p. 631 y ss).- 
 
II. CONTRATOS INTERNACIONALES 
 
1. Caracterización. (Dreyzin de Klor Tº IIº, p. 292 y ss).- 
2. Autonomía de la voluntad. 
3. Jurisdicción Internacional. 
4. Derecho aplicable: a) elección o creación del derecho aplicable; b) límites; c) 
reglas para la interpretación de la voluntad de las partes; d) materias excluidas. 
Convención Interamericana sobre ley aplicable a los Contratos Internacionales, México 
1994 (Uzal M.E. p. 508 y ss).- 
5. Derecho aplicable en defecto de elección por las partes. 
6. Cláusulas de excepción. 
7. Dimensión convencional: Tratados de Montevideo de 1889-1940. 
 
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8. Dimensión institucional: Protocolo de Jurisdicción internacional en materia 
contractual, Buenos Aires, 1994. 
9. Dimensión transnacional. 
10. Dimensión autónoma.- 
 
IIIº. CONTRATOS ESPECIALES: 
 
1. ​Contrato de Trabajo Internacional​, Organismos Regionales e Internacionales. OIT. 
Funciones, competencias. Autonomía de la Voluntad. Organización Internacional del 
Trabajo, Historia, Estructura y Funcionamiento.- 
2. ​Contrato de Transporte Internacional​. Tratado de Varsovia. UNCITRAL, 
UNIDROP, principios, funciones, competencias.- 
3​. Lex mercatoria: ​principios sobre contratos comerciales. Doctrina de la CSJN. 
Convención de Roma 1980 (Uzal M.E. p. 490 y ss.).- 
4. Contratos Internacionales de forma electrónica, (L. Scotti p. 814 y ss).- La Convención 
sobre la utilización de las comunicaciones electrónicas en los Contratos Internacionales 
de 2005 (CNUDMI).- 
5. ​Compraventa Internacional de Mercaderías: ​Análisis de la Convención de Viena 
sobre los contratos de compraventa internacional de mercaderías de 1980: a) ámbitos de 
aplicación material, espacial y temporal; b) caracteres; c) admisibilidad de la autonomía 
de la voluntad; d) principios de interpretación de la Convención. (Dreysin de Klor T IIº, 
p. 333 y ss).- 
6. ​Contratos de Consumo internacional: ​(Dreyzin de Klor Tº IIº, p. 343 y ss).- 
Caracteres, elementos. La protección Internacional del Consumidor. Compraventa, 
responsabilidad civil por el producto elaborado, publicidad, competencia desleal, 
fenómenos societarios, poder de negociación en los contratos. Jurisdicción internacional 
y derecho aplicable. (Uzal M.E. p.529 y ss.)- 
 Bibliografía Básica de la Unidad 
Adriana Dreysin de Klor “El Derecho Internacional Privado”, Tº IIº, Ed. Zavalia Bs. 
As. 2015; María Elsa Uzal “Derecho Internacional Privado”, Ed. La Ley, Bs. As. 
2016; Luciana B. Scotti “Manual de Derecho Internacional Privado”, Ed. La Ley, Bs. 
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UNIDAD XIº 
 
RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL 
 
1. Nociones Generales de la Responsabilidad Civil. (Dreyzin de Klor Tº IIº, p. 361 
y ss).- 
 2. Heterogeneidad de las situaciones. 
 3. Jurisdicción internacional y derecho aplicable. 
 4. Dimensión convencional: Tratados de Montevideo de 1889-1940. 
 
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5. Dimensión institucional: Protocolo de San Luis en Materia de responsabilidad 
civil emergente de accidentes de tránsito entre los Estados Partes del Mercosur, 1997. 
Tratado de Roma.- 
6. Dimensión autónoma, puntos de conexión, Derecho aplicable, a) La Lex fori.- b) 
La lex loci delicti, Lex actus, “Place of injury – Place or acti”.- c) Solución en la 
fuente interna del actual Código Civil y Comercial de la Nación. Arts. 2656 y 2657.- 
(Uzal M.E p. 656 y ss).- 
7. ​Lex communis​: competencia desleal, responsabilidad por el hecho del producto, 
Convenio de la Haya 02/10/1973; Ley aplicable a la responsabilidad civil por 
productos elaborados. (M.E. Uzal 661 y ss.) 
8. Accidentes de circulación por carretera, Convenio de la Haya 1971. Buques y 
Aeronaves. Daños Ambientales.- 
 
Bibliografía Básica de la Unidad 
Adriana Dreysin de Klor “El Derecho Internacional Privado”, Tº IIº, Ed. Zavalia Bs. 
As. 2015; María Elsa Uzal “Derecho Internacional Privado”, Ed. La Ley, Bs. As. 
2016; Luciana B. Scotti “Manual de Derecho Internacional Privado”, Ed. La Ley, Bs. 
As. 2017; Werner Goldschidt “Derecho Internacional Privado”, 9na edición. 
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UNIDAD: XII 
 
Iº TITULOS VALORES 
 
 
1. ​C​oncepto. Caracteres. (Dreysin de Klor Tº IIº p. 435 y ss. L. Scotti p.845 y ss).- 
2. Jurisdicción internacional y Derecho aplicable a las obligaciones resultantes del 
título valor. Letras de Cambio. Pagarés. Cheques.- 
3. Sustracción, pérdida o destrucción del documento. 
4. Dimensión convencional: Tratados de Montevideo de 1889-1940; CIDIP I sobre 
Conflicto de leyes en materia de letras de cambio, pagarés y facturas, Panamá, 1975. 
5. Dimensión autónoma. 
 
IIº SOCIEDADES MULTINACIONALES: ​(Uzal M.E. p.745 y ss).- 
1. Personalidad de las Sociedades, Derecho aplicable art. 118 LGS. 
Emplazamiento en juicio de una Sociedad Extranjera.- 
2. Sociedades ​Off Shore​. Fraude a la ley en materia societaria. Grupos Societarios.- 
3. Reconocimiento de la personalidad jurídica. Actuación de la sociedad extranjera en 
el territorio Argentino. Actos aislados, capacidad para estar en juicio. Emplazamiento de una 
sociedad constituida en el extranjero, en territorio Nacional (Dreysin, de Klor Tº IIº, p. 389 y 
ss).- 
 
III. INSOLVENCIA TRANSFRONTERIZA – concurso y quiebra internacional: 
 
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1. Aspectos generales. 
2. Criterios de regulación: sistemas y modalidades. 
3. Jurisdicción internacional y derecho aplicable. 
4. Dimensión convencional: Tratados de Montevideo de 1889-1940. 
5. Dimensión transnacional. 
6. Dimensión autónoma.- 
V. ALBITRAJE COMERCIAL INTERNACIONAL: 
1. Ley modelo sobre arbitraje comercial internacional de la comisión de las Naciones 
Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI). 
2. Reconocimiento y ejecución de Laudos Arbitrales Extranjeros. Nuevo Art. 519 bis 
del CPCC de la Nación.- (L. Scott p.855 y ss).- 
3. ​Lex mercatoria​ en el Arbitraje comercial internacional. 
4. Orden Público y los principios internacionalmente aceptados sobre derecho 
contractual.- 
VI. Derecho Penal Internacional: 
1. Derecho Penal Internacional y Derecho internacional penal. Principio Territorial 
del Derecho Penal Argentino. (L. Scotti p.1007 y ss).- 
2. La extradición. Ley Nacional del acusado.- 
3. Delitos Iuris Gentium, caso Pinochet.- 
VII. Derecho Fiscal Internacional​.- 
1. Concepto y sistema.- 
2. Ingresos provenientes de paraísos fiscales.- 
 
Bibliografía Básica de la Unidad 
Adriana Dreysin de Klor “El Derecho Internacional Privado”, Tº IIº, Ed. Zavalia Bs. 
As. 2015; Antonio Boggiano “Derecho Internacional Privado”, 5ta Edición, Bs. As. 
2008, Abeledo Perrot, p 627 y ss.- María Elsa Uzal “Derecho Internacional Privado”, 
Ed. La Ley, Bs. As. 2016; Luciana B. Scotti “Manual de Derecho Internacional 
Privado”, Ed. La Ley, Bs. As. 2017; Werner Goldschidt “Derecho Internacional 
Privado”, 9na edición. LexisNexis-Depalma, Bs. As. 2002.- Inés M. Weinberg, 
“Derecho Internacional Privado”, 3ra Edición, LexisNexis, Depalma, Bs. As. 2004.- 
 
 
METODOLOGÍA DE ENSEÑANZA 
La explicación de la asignatura se realiza en cuatro horas semanales. Cada clase seestructurará 
en dos partes: la primera, en la que se expondrá el tema de la unidad del programa, con sus 
caracteres, requerimientos, obstáculos y ventajas; la segunda, en la que se trabajará en un taller 
en la faz aplicativa o práctica de lo expuesto en la primera parte. 
 
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El cursado es cuatrimestral. La clase práctica permitirá la aplicación de los contenidos teóricos 
desarrollados y estudiados a un caso determinado. Dichas actividades pueden consistir en: 
análisis de documentos, fallos jurisprudenciales, resolución de casos reales o hipotéticos. Los 
trabajos se realizarán en forma individual o grupal según el tema. Se brindará a los alumnos las 
estrategias necesarias para habilitarlos a buscar, seleccionar y sistematizar los conocimientos, 
fomentando su autonomía para la construcción de respuestas jurídicas. - Se promoverá trabajos 
en grupo para seleccionar y analizar sentencias atinentes a las distintas unidades del programa, 
de manera que los alumnos tengan una participación activa en las clases y logren formar un 
espíritu crítico y comprometido con la realidad. Se aplicarán diversos recursos metodológicos, 
como guías de aprendizaje, mapas conceptuales, power point, redes, para tener un acceso más 
ágil y dinámico a los diversos materiales bibliográficos, instrumentos normativos, fallos 
jurisprudenciales, entre otras herramientas a utilizar. 
MODALIDAD DE EVALUACIÓN 
Para el cursado: 
Para la promoción de la asignatura los alumnos deberán aprobar las dos instancias de 
evaluación. Las instancias de evaluación serán un examen parcial promediando el cuatrimestre 
y un examen integrador al finalizar el cuatrimestre. El examen parcial, que incluirá el 
desarrollo de temas teóricos fundamentales de cada unidad del programa y la resolución de un 
caso práctico. El examen final integrador consistirá en un coloquio en el cual deberán aprobar 
para promocionar la materia. Cada instancia de evaluación cuenta con su respectivo 
recuperatorio. 
Para los exámenes libres: 
De conformidad a la Reglamentación vigente de la Universidad Nacional del Nordeste 
y de la Facultad de Derecho Ciencias Sociales y Políticas de la UNNE., el examen es oral y 
teórico, con bolillero, el alumno desarrolla el tema sorteado, y luego el tribunal hace preguntas 
relacionadas a las Unidades del programa que fueran seleccionadas.- 
Para la promoción de los alumnos se aplica el régimen vigente en la UNNE (Res. C.S. Nº 
473/08) se aplica la siguiente escala de calificación: 0 (Reprobado); 1, 2, 3, 4, 5 
(Insuficiente); 6 (Aprobado); 7 (Bueno); 8 (Muy Bueno); 9 (Distinguido); 10 (Sobresaliente). 
Solo se aplicará el 0 (reprobado) en caso de falta grave o conducta inadecuada por parte del 
alumno. 
 
BIBLIOGRAFÍA GENERAL: 
● ABARCA JUNCO, Ana P. (Directora), Derecho Internacional Privado, UNED, 
Madrid, 2013. 
● ALFONSIN, Quintín, Curso de Derecho Privado Internacional, tomos I, Montevideo, 
Uruguay, 1955 y tomo II, Montevideo, Uruguay, 1961. 
 
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● AUDIT, Bernard / D’AVOUT, Louis, Droit International Privé 7ª édition refondue, 
Economica, Paris, 2013. 
● BASEDOW, Jürgen / KONO, Toshiyuki, Legal Aspects of Globalization. Conflict of 
Laws, Internet, Capital Markets and Insolvency in a Global Economy, Kluwers Law 
International, The Hague/ London/ Boston, 2000. 
● BASSEDOW, J./MEIER, I./ SCHNYDER, A./ EINHORN, Talia/ GIRSBERGER, D., 
Private Law in the International Arena, From National Conflict Rules Towards 
Harmonization and Unification - Liber Amicorum Kurt Siehr. T.M.C. Asser Institute, 
2000. 
● BOGGIANO, Antonio, Derecho internacional privado en la estructura jurídica del 
mundo, ed. Abeledo Perrot, Buenos Aires, 2011. 
● CALVO CARAVACA, A. L. /CARRASCOSA GONZALEZ, J. Derecho Internacional 
Privado, vol. I y II, 14ª ed. Comares, Granada, 2013. 
● CARRILLO SALCEDO, Juan A., Derecho internacional privado Introducción a sus 
problemas fundamentales, 3ª ed. Tecnos, Madrid, 1983. 
● CIURO CALDANI, Miguel Ángel, "Aportes de la axiología dikelógica para la 
comprensión de los casos jusprivatistas internacionales”, en "Boletín del Centro de 
Investigaciones de Filosofía Jurídica y Filosofía Social de la Facultad de Derecho de la 
Universidad Nacional de Rosario”, No.15, 1992, ps. 9/10. “Métodos constitutivos del 
Derecho Internacional Privado", Rosario, Fundación para el Estudio del Derecho 
Internacional Privado (hoy Fundación para las Investigaciones Jurídicas ), 1978. 
"Aspectos axiológicos del Derecho Internacional Privado", Rosario, Fundación para las 
Investigaciones Jurídicas, 1979.- 
● CHESHIRE/ NORTH /FAWCETT, Private International Law, Fourteenth Edition, 
Oxford, New York, 2008. 
● De ARAUJO, Nadia, Direito Internacional Privado. Teoria e prática brasileira, 3ª 
Edição Atualizada e Ampliada, Renovar, Rio de Janeiro/São Paulo / Recife, 2006. 
● DREYZIN DE KLOR, Adriana, Derecho Internacional Privado actual. Zavalía, Buenos 
Aires, 2015. 
● DREYZIN DE KLOR, Adriana, Private International Law in Argentina, Kluwers 
International Law, The Hague, 2011. 
● DREYZIN DE KLOR, A. SARACHO CORNET Teresita, Tramites judiciales 
internacionales, Zavalía, Buenos Aires, 2006 
● ESPINAR VICENTE, José M. Tratado elemental de Derecho Internacional Privado, 
Universidad de Alcalá / Escuela Superior de Humanidades y Negocios, Madrid, 2008. 
● ESPLUGUES MOTA, Carlos /IGLESIAS BUHIGUES, José L./ PALAO MORENO, 
Guillermo, Derecho internacional privado, 8ª ed. Tirant lo Blanch, Valencia, 2014. 
● FELDSTEIN DE CARDENAS, Sara Derecho Internacional Privado, Parte especial, 
Buenos Aires, 2000. 
● FERNANDEZ ROZAS, J.C./ SANCHEZ LORENZO, S., Derecho Internacional 
Privado, 6ª ed. Civitas / Thomson Reuters, Pamplona, 2011. 
 
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● FRESNEDO de AGUIRRE, Cecilia, Tomos I y II, Curso de Derecho Internacional 
Privado, 2ª ed. FCU, 2013. 
● GARCIMARTIN ALFEREZ, Francisco J., DERECHO INTERNACIONAL 
PRIVADO, Civitas / Thomson Reuters, España, 2012. 
● GOICOECHEA Ignacio – SEOANE DE CHIODI María del C. “Convenio de la Haya 
sobre los Aspectos civiles de la sustracción internacional de menores”, em DerechoProcesal de Familia. Tras las premisas de su teoria” Editorial Jurídica Continental, San 
José, Costa Rica 2008. p. 155 y ss.- 
● GOLDSCHMIDT, Werner, Derecho Internacional Privado. Derecho de la tolerancia. 
Basado en la teoría trialista del mundo jurídico, 10ª ed. Actualizada por Alicia M. 
● Perugini Zanetti, Abeledo Perrot, Buenos Aires/Bogotá/México/Santiago, 2009. 
● GONZALEZ MARTIN, Nuria, (coordinadora) Lecciones de Derecho Internacional 
Privado, Porrúa /UNAM, México, 2007 
● HAY, Peter /BORCHERS, Patrick J./SYMEONIDES, Symon C. Conflict of Laws, 
Fifth Edition, Thomson Reuters, USA, 2010. 
● HOOFT Eduardo R. “La Jurisdicción Internacional de Menores en la República 
Argentina en las acciones de divorcio. El reconocimiento de las sentencias dictadas por 
un Tribunal extranjero razonablemente conectado con el caso”, JÁ. 2010-I-854 a 866.- 
● KALLER DE ORCHANSKY, Berta, Nuevo Manual de Derecho Internacional Privado. 
Corregido, aumentado y actualizado, Ed. Plus Ultra, Buenos Aires, 1991. 
● IÑIGUEZ, Marcelo, D., Curso de Derecho internacional privado- Parte General, 
Induvio, 2010. 
● LORENZETTI, Ricardo, Las normas fundamentales de derecho privado, Santa Fe, 
Rubinzal Culzoni, 1995 
● MAYER, Pierre /HEUZÉ, Vincent, Droit international privé, 11ª édition, LGDJ, 
Francia, 2014. 
● MORELLI, Gaetano, Elementi Di Diritto Internazionale Privato Italiano, XII Edizione, 
Jovene – Napoli, 1986.-NAJURIETA, M. S., NOODT TAQUELA, M. B., “Recent 
private International Law codifications”, en Informes de la Asociación Argentina de 
Derecho Comparado al XVIII Congreso de la Academia Internacional de Derecho 
Comparado/Rapports de l’AssociationArgentine de Droit Comparé a XVIIIèmeCongrès 
de l’AcadémieInternationale de Droit Comparé/Reports of theArgentineAssociation of 
ComparativeLawtothe XVIII Congreso of the International Academy of 
ComparativeLaw, Buenos Aires, Asociación Argentina de Derecho Comparado, 2010, 
p. 219/266. Referato: SI.- 
● NAJURIETA, M. S., “El fenómeno de las migraciones y la estabilidad del vínculo 
adoptivo en un contexto internacional”, en Las personas frente a la dinámica y las 
exigencias del mundo globalizado, Jornadas de la ASADIP 2010, Fresnedo de Aguirre 
(Coordinadora), Asunción Paraguay, Ediciones Asociación Americana de Derecho 
Internacional Privado y Centro de Estudios de Derecho, Economía y Política CEDEP, 
2010, p. 103/124.Referato: SI. 
 
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● NAJURIETA, M. S., “Jurisdicción internacional argentina y cooperación internacional 
en procedimientos de insolvencia. Una reforma necesaria”, capítulo XIX, en Derecho 
Procesal Transnacional. Homenaje al Profesor Doctor Gualberto Lucas Sosa, Oyarzábal 
Mario (Coordinador), Buenos Aires, Editorial Abaco de Rodolfo Depalma, 2012, p. 
517/539.Referato: No. 
● NAJURIETA, M. S., “Elección por las partes de la ley aplicable al contrato” en 
Contratos y arbitraje en la era global, Julio César Rivera/Diego P. Fernández Arroyo 
(Directores), Jornadas franco-sudamericanas de Derecho Comparado, Buenos Aires, 
2011. Asunción, Paraguay, Editado por CEDEP y ASADIP, 2012, p. 345/369.Referato: 
si. 
● NAJURIETA, M. S., “Interpretación uniforme de las excepciones a la restitución de un 
niño en el marco de las convenciones internacionales vigentes”, en Integración y 
derecho internacional privado. Libro en homenaje al Profesor Dr. Roberto Ruíz Díaz 
Labrano, Asunción, Paraguay, Editado por ASADIP, 2014, p.419/441. Referato: 
SI.NAJURIETA, S., «La codification du droit international privé dans la République 
argentine», en Codification du droit privé et évolution du droit de l’arbitrage, Journées 
franco sudamericaines de droit comparé (3-4 octobre 2013), París, Société de 
Législation Comparée, 2014, p. 65/81. Referato : SI.- 
● NAJURIETA, M.S., “Adopción internacional viciada y protección del niño mediante el 
despliegue de la cooperación internacional”, en Estudios de Derecho internacional. En 
homenaje a la Dra. ZlataDrnas de Clément, Ernesto Rey Caro/María Cristina Rodríguez 
de Taborda (Directores), Córdoba, Advocatus. 
● PEREZ VERA, Elisa, Opera selecta, Estudios de Derecho internacional, (Juan A. 
Carrillo Salcedo /José Ma. Espinar Vicente, coordinadores) UNED, España, 2012. 
● PEREZNIETO CASTRO, Leonel, SILVA, Jorge, A. Derecho Internacional Privado, 
Parte general. Ed. Oxford University Press - México.10a ed. 2015. 
● PEREZNIETO, Leonel y Silva, Jorge, A. Derecho Internacional privado. parte especial. 
Ed. Oxford University Press México. 2a ed. 2010. 
● PICAND ALBONICO, Eduardo (ed.), Estudios de Derecho Internacional Privado 
chileno y Comparado, Thomson Reuters/La Ley, 2014. 
● PICONE, Paolo, La Riforma Italiana del Diritto Internazionale Privato, CEDAM, Italia, 
1998. – 
● PERUGINI, Alicia, “Sistematización normológica del Derecho Internacional Privado”. 
El Derecho, 1-285.- 
● RODRIGUEZ BENOT, Andres, (Director), Manual de Derecho internacional privado, 
Tecnos, Madrid, 2014. 
● RUBAJA Nieve. Derecho Internacional Privado de Familia”, Bs. As. 2012. Abeledo 
Perrot.- 
● RUIZ DIAZ LABRANO, Roberto, Derecho Internacional Privado. Parte general. Parte 
especial. Derecho procesal internacional. La Ley Paraguaya / Thomson Reuters, 2010. 
● SAMTLEBEN, Jürgen, Derecho internacional privado en América Latina –Teoría y 
práctica del Código Bustamante. Depalma, Buenos Aires, 1983.- 
 
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● SOTO, Alfredo Mario, "Antropología social y filosófica y Derecho Internacional 
Privado", en "Investigación y docencia”, No.23, 1994, ps.65 y ss.(en colaboración) 
"Fundamentos del Derecho Internacional Privado", en "Investigación...”cit., Nº 15, 
Rosario, FIJ, 1990, ps. 59.- 
● SYMEONIDES, Simeon, American Private International Law, Kluwers International 
Law, The Hague, 2008. 
● URIONDO DE MARTINOLI, Amalia (Directora) ZAVATTI DE ROUIGIER, Adriana 
(Coordinadora) Estudios de jurisprudencia- Temas de Derecho internacional privado, 
Ed. Lerner, Córdoba, junio 2011 
● UZAL MARIA ELSA - Derecho Internacional Privado”, La Ley 2016.- 
● WEINBERG, Inés, Derecho Internacional Privado, Buenos Aires, Abeledo Perrot, 
Buenos Aires, 2011. 
 
 
 
 
 
 
 
CARRERA:​ Abogacía 
Plan​: 2020 
Ciclo​: Ciclo jurídico disciplinar 
Departamento​: Departamento de derecho privado 
Área:​ Área de formación jurídica disciplinaria 
ASIGNATURA​: Derecho Civil de las familias y Derecho Civil de las sucesiones.- 
CÁTEDRA​: B 
AÑO LECTIVO​: 2020 
 
EQUIPO DOCENTE 
 
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Titular: Lozano Raúl Gustavo 
Adjunto/S: Beneventano Andrea Elizabeth y Leonardi De Vidal Laura Argentina 
Jefe/S De Trabajos Prácticos: Jimena Salazan.- 
 
CARGA HORARIA TOTAL​ (Hs. Reloj): 80HS 
CARGA HORARIA SEMANAL​ (Hs. Reloj): 4HS 
 
FUNDAMENTACION 
La asignatura Derecho de Familia y Sucesiones, se encuentra 
ubicada dentro del Área de Derecho Positivo, en sexto Año del Proyecto Formativo 
Institucional de las Carreras de Abogacía y Notariado, su cursado es Semestral, con un mínimo 
de 60 clases, que se dictan dos días a la semana y cada una de ellas es de hora y media.- 
 Su ubicación curricular como la última de los Derechos Civiles, 
da a la materia un posicionamiento doctrinario y filosófico, como Derecho privado y dentro de 
este como Derecho Civil. Marco teórico este, que identifica a la Materia dándole lineamientos 
específicos del Derecho Privado y Civil, distantes del Derecho Público no obstante que su 
contenido es mayoritariamente de orden público, y que la autonomía de la voluntad, es muy 
limitada.- 
Existen otras Universidades como UNAN de Méjico, y otras 
legislaciones de Países Latinoamericanos y Europeos, que o la consideran como parte del 
Derecho Público, “Derecho Familiar”, o separan los contenidos como el caso de los Derechos 
del Niño, incluso con códigos especiales de la Niñez.- 
Este posicionamiento, tiene es muy importante, pues constituye 
una valla difícil de sobrepasar a aquellas doctrinas que sostienen el carácter de Derecho 
Familiar e incluir a la materia dentro del Derecho Público o en una tercera rama del Derecho.- 
 
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Su contenido como disciplina del Derecho Privado y Civil, toma 
como punto de partida a la Persona humana, desde que nace, como transcurre por la vida civil 
en sus primeros pasos, luego cuando se une en matrimonio o en unión convivencial, en sus 
relaciones paterno filiares, matrimoniales o extramatrimoniales, y parentales.- 
Las relaciones de familia, son reguladas por la ley Civil, 
actualmente rige un nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, que ha introducido 
cambios profundos y sustanciales en la materia, así como la producción copiosa y sistemática 
de toda una nueva doctrina y jurisprudencia, vinculada fuertemente con los DD.HH con las 
convenciones internacionales y con el Derecho Comparado; en sus consecuencias personales y 
patrimoniales, conforme a la tipología legal que la política legislativa y las experiencias 
judiciales y doctrinarias, han considerado como dignas de una regulación legal, estableciendo 
conceptos, con un marcado orden público, limitaciones, prohibiciones y sanciones.- 
El Derecho Sucesorio, está comprendido por la materia Derecho 
Civil Vº, dictándose sus contenidos como segunda parte de la misma, y en relación a la 
transmisión universal de los bienes por causa de muerte, en sus distintas modalidades, 
voluntaria – testamento o legal.- 
En el Derecho Sucesorio, la mayor parte de sus normas son de 
orden público, casi todas las relaciones que tienen por finalidad asegurar, garantizar y dar 
claridad jurídica, a la transmisión de los bienes, tanto activos como pasivos de una persona, 
dando certeza a la comunidad, y a los terceros interesados, acreedores y sucesores, de lo que 
sucederá con todas las relaciones patrimoniales que tenían por una de las partes al causante, en 
el caso de su muerte.- 
Cabe si tener presente que en la nueva legislación civil Argentina 
a partir del nuevo Código Civil y Comercial, consagra en algunos Institutos, como la 
administración extrajudicial, la denuncia de bienes, la partición privada, la indivisión 
poscomunitaria concertada, excepcionalmente la autonomía de la voluntad.- 
A casi cinco años de la Reforma del Código Civil y Comercial de 
la Nación, la jurisprudencia Argentina, está encausando a los nuevos institutos y 
 
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modificaciones introducidas por la nueva legislación, conforme a la casuista y a los nuevos 
paradigmas que el conjunto del Derecho Público Constitucional y Privado, han incorporado.- 
El Derecho Civil constituye el sustrato de las instituciones 
jurídicas fundamentales; sus disposiciones penetran las diversas ramas del Derecho, 
aplicándose supletoriamente a la normativa específica. Abordamos una asignatura 
perteneciente al Derecho Privado, sin desdeñar su estrecha conexión con el Derecho 
Constitucional, con el que siempre estuvo directamente vinculado, y con los nuevos espacios 
que abrió la reforma de nuestra Carta Magna en 1994, tanto por los nuevos derechos y 
garantías incorporados- en especial los arts. 41,42 y 43 C.N.- como por la incorporación de los 
Tratados Internacionales de Derechos Humanos, tema del que no se puede soslayar su 
trascendencia jurídica, política, social y cultural, lo que se trata de poner de manifiesto en la 
selección de los contenidos formativos.- 
Su estudio, intenta ser secuencial y analítico, organizado a partir 
de dificultades progresivas, de menor a mayor complejidad, de propedéutica para posteriores 
asignaturas y formativa del perfil del futuro graduado; se presentan relacionados a partir de dos 
ejes troncales: la persona física o de existencia visible y la persona jurídica o de existencia 
ideal y comprende el estudio de un conjunto de temas-problemas considerados trascendentes 
en las relaciones de familia y en la transmisión de bienes por causa de muerte.- 
Se pretende que el universitario y el futuro profesional, 
obtenga las herramientas esenciales del discernimiento jurídico, para conocer y aplicar el 
Derecho Civil Vº con un espíritu crítico de la legislación y la doctrina, de modo que pueda 
enfrentar la realidad actual, con inteligencia, razonamiento jurídico, pero por sobre todo 
humanístico y respetuoso de la persona, de sus distintas cualidades, dentro de un espectro 
amplio flexible, sin limitaciones dogmáticas, conceptuarles y teóricas que respondan a 
estereotipos determinados o de otras Épocas y realidades distantes a la de nuestros días.- 
Busca el dictado de la materia, el análisis y la síntesis de 
textos jurídicos, de razonamiento crítico sobre los mismos, y de búsqueda de informaciónrelevante con relación a los innumerables conflictos de intereses que las normas jurídicas 
deben afrontar, desde una perspectiva general de los preceptos así como desde una posición 
 
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axiológica que garantice la justicia, siempre partiendo del respeto a la dignidad de la persona 
humana en sus distintos segmentos de su vida personal y patrimonial, sus relaciones de familia 
y una visión actual u flexible de la realidad y de las diferencias familiares y personales, 
marcando como parte esencial del análisis la comprensión de esta realidad, y evitando todo tipo 
de discriminación e intolerancia a los nuevos paradigmas del Derecho de Familia y su visión 
cosmopolita de los contenidos esenciales de la materia.- 
El derecho de las Sucesiones, es tan antiguo como la 
propiedad misma. Todos los pueblos lo han admitido, aún las civilizaciones primitivas y su 
aceptación está consustanciada con la naturaleza humana. En esta unidad se busca introducir al 
alumno en conceptos básicos y fundamentales de la materia, que le permitan adquirir los 
conocimientos y la técnica especial de la temática.- 
A través de ella se otorga al educando una primera 
apreciación de cómo ha operado en la historia, como opera hoy en nuestro sistema y en las 
legislaciones comparadas la transmisión mortis causa; cuáles son los elementos necesarios de 
toda sucesión y cuál es su contenido.- 
Se introduce en esta unidad una cuestión propia del Derecho 
Internacional Privado, cual es el problema del sistema de la unidad o pluralidad de sucesiones, 
pero cuyo tratamiento se torna necesario a fin de conocer las soluciones que han prevalecido en 
nuestro derecho y en las legislaciones comparadas en cuanto a qué ley rige el derecho de las 
sucesiones.- 
Y por último se abordan cuestiones procesales relacionadas con 
el juicio sucesorio, que permiten comprender al estudiante cómo opera el proceso sucesorio.- 
Objetivos generales establecidos en el plan (se sugiere seguir estos): 
 
● Brindar una sólida formación jurídica para comprender y aplicar la regulación actual 
del derecho de familia y sucesorio, ante las nuevas realidades de las diversas familias y 
los cambios nuevos paradigmas, así como la tensión existente entre orden público y 
 
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autonomía de la voluntad en materia de sucesiones, resolviendo los problemas jurídicos 
planteados en la complejidad de esta disciplina del derecho privado. 
● Dominar la normativa y aplicar las herramientas del Código Civil y Comercial de la 
Nación en la solución de problemas jurídicos en el ámbito del derecho de las familias y 
sucesorio.- 
● A cinco años de la reforma del CCCN y fundamentalmente lo que corresponde al 
Derecho de Familia y de Sucesiones, la jurisprudencia ha iniciado un camino muy rico 
en la interpretación y aplicación de los nuevos paradigmas e institutos creados a partir 
de la reforma, siendo de vital importancia, para su estudio y práctica la consideración 
de este aspecto jurisprudencial.- 
● La casuística y conflictos sociales y familiares, y la aplicación de la nueva legislación y 
jurisprudencia, hacen de aplicación necesaria, la práctica y en estudio de la materia, a 
partir de los casos reales e imaginativos que permitan una mayor comprensión de la 
materia.- 
 
Contenidos mínimos: 
Derecho de familia. Conceptos fundamentales. Estado de familia. Parentesco y alimentos. 
Matrimonio. Nulidad e inexistencia del matrimonio. Separación personal y disolución del 
vínculo matrimonial. Régimen patrimonial del matrimonio. Disolución, liquidación y partición 
del régimen de comunidad de ganancias. Uniones convivenciales. Filiación, parte general. 
Acciones de filiación (incluye la problemática de la reproducción humana asistida). Adopción. 
Responsabilidad parental. Tutela. Curatela. Régimen jurídico de la niñez y adolescencia. 
Violencia familiar. Derecho de sucesiones. Capacidad para suceder. Posesión hereditaria. 
Aceptación y renuncia de la herencia. Separación de patrimonios. Derechos y obligaciones del 
heredero. Indivisión hereditaria. Cesación del estado de indivisión. Partición. Sucesión 
intestada. Legítima. Vocación testamentaria. Forma de los testamentos​. Disposiciones 
testamentarias. Ineficacia de las disposiciones testamentarias. Albaceas. Legados. Colación. 
 
PROGRAMA 
 
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DERECHO CIVIL DE FAMILIA 
UNIDAD I 
 
LA FAMILIA 
 
1º) Familia y Derecho; Definición.- Concepto jurídico de Familia; 
Naturaleza Jurídica de la Familia; Teorías de la Institución y de la Personalidad.- Evolución 
Histórica de la Familia Argentina; Concepto amplio y restringido; Clasificación comparada de 
los principales sistemas jurídicos familiares; Las estructuras familiares, funciones sociales y 
económicas Familia monoparental, familia ensamblada.- Familia matrimonial y 
extramatrimonial.- Origen de la familia. Concepto de familia en el Derecho argentino. Familia 
y Estado; Función del Derecho Natural; las nuevas fronteras y la crisis del concepto de 
Familia.- Fecundación Asistida.- Uniones de hecho de homosexuales, Registro de Uniones 
Civiles.- Familia Aborigen, sus connotaciones Jurídicas; Violencia Familiar y Violencia de 
Género, legislación Nacional, Provincial y jurisprudencia.- 
2º) El Derecho de familia.- Concepto.- Caracteres; Familia y Derecho.- 
Ubicación entre las ramas del Derecho.- Caracteres peculiares.- Contenido.- Derechos 
subjetivos familiares.- Orden público e interés familiar; Principios del Derecho de Familia 
Argentino.- Derechos Humanos y Derecho de Familia.- La reforma del Derecho de Familia.- 
Principio de la Autonomía de la Voluntad y la cuestión del Carácter Público o Privado del 
Derecho de Familia.- Derechos de familia, especialidad, jerarquía, fundamento moral.- 
3º) El Derecho de Familia y asimetrías entre las legislaciones de los 
Países que integran el MERCOSUR.- Protección de la familia en la Constitución Nacional y 
Tratados Internacionales.- Protección de la familia. Intervención Estatal. Tribunales

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