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PARTE ESPECIAL Libro 2 del Código Penal - Cada capítulo pretende tutelar un bien jurídico particular Delitos contra las personas Homicidio ARTICULO 79 = “siempre que en este código no se establezca una pena mayor” (SUBSIDIARIEDAD) ARTICULO 80 = Homicidios agravados Inciso 1: - ascendientes - descendientes - cónyuge y ex cónyuge - pareja y ex pareja (medie o no convivencia) Inciso 2: · Ensañamiento = matar, buscando prolongar el sufrimiento. Modo cruel de matar. Si la persona ya está muerta, y se maltrata el cadáver, no hay ensañamiento. - Tiene que haber una finalidad de hacer sufrir (elemento subjetivo del tipo distinto del dolo) - Tiene que haber agonía (se analiza en la tipicidad – modo) · Alevosía = estado de indefensión, el cual es aprovechado por el agente. El aprovechamiento es subjetivo, y el estado de indefensión es objetivo. Aprovechar – conocer el estado y querer aprovecharse (se analiza en la referencia de modo) · Veneno u otro procedimiento insidioso (se analiza en la referencia de modo) de manera oculta, que el otro no sepa que lo hizo Inciso 3: alude a los femicidios. Se incorporó en el año 2012. Media violencia de género. Lesiones ARTICULO 89 = “que no esté previsto en…” SUBSIDIARIEDAD. Tiene que haber un daño en el cuerpo y la salud del afectad ARTÍCULO 90 = -debilitamiento permanente: · salud · sentidos · órgano (sentido funcional) · miembro (lo que se adhiere al tronco) · posibilidad de palabra · “puesto en peligro de la vida” · “inutilizado para el trabajo por más de un mes” · “deformación permanente del rostro” ARTÍCULO 91 = perdida: · sentido · órgano · miembro · palabra · posibilidad de engendrar o concebir
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