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Curso: GESTIÓN DE PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN Docente: Ing. Keila Junchaya Donayre GESTIÓN INTEGRAL DE PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN PRESTACIONES ADICIONALES DE OBRAS Curso: GESTIÓN DE PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN PRESTACIONES ADICIONALES DE OBRAS Curso: GESTIÓN DE PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN ADICIONALES DE OBRAS Prestación Adicional de Obra Es aquella no considerada en el expediente técnico, ni en el contrato original, cuya realización resulta indispensable y/o necesaria para dar cumplimiento a la meta prevista de la obra principal y que da lugar a un presupuesto adicional (RESO. 147- 2016-CG / DIRECTIVA 011-2016-CG/PROD) Prestación Nueva de Obra La no considerada en el expediente técnico, ni en el contrato original, cuya realización no es indispensable y/o necesaria para dar cumplimiento a la meta prevista de la obra principal. Estas prestaciones se ejecutan mediante un nuevo, aplicándose los procedimientos establecidos en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento (Ley Nº 30225 y D.S. Nº 350-2015-EF). Presupuesto Adicional de Obra Es la valoración económica de la prestación adicional de obra. Curso: GESTIÓN DE PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN ADICIONALES DE OBRAS Ejemplo de Prestación Adicional de Obra Encofrado de sostenimiento. Partida nueva Partidas existentes Curso: GESTIÓN DE PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN ADICIONALES DE OBRAS Procedimiento Las prestaciones adicionales menores o iguales al 15% del MCO, autoriza su ejecución y pago la Entidad. Las prestaciones adicionales mayores del 15% del MCO, aprueba el Adicional la Entidad, pero la Contraloría es quien autoriza su ejecución y pago. Curso: GESTIÓN DE PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN ADICIONALES DE OBRAS OBRAS ADICIONALES MENORES AL 15% en el La necesidad de su ejecución debe ser anotada cuaderno de obra (Residente o Supervisor o Inspector). Supervisor tiene 5 días (después de la notación) para comunicar a la Entidad adjuntando informe técnico que sustente su posición respecto de la necesidad de ejecutar la prestación adicional. La Entidad debe definir quién elabora el expediente técnico de la prestación adicional de obra: Entidad, consultor externo o supervisor o inspector. Si adicional es elaborado por la Entidad o por un consultor externo, el supervisor tiene 5 días hábiles para remitir a la Entidad el informe pronunciándose sobre la viabilidad de la solución técnica planteada en el expediente técnico. Curso: GESTIÓN DE PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN La Entidad en 12 días hábiles debe emitir y notificar la resolución donde se pronuncia sobre al procedencia de la ejecución de la prestación adicional. La demora de la Entidad puede se causal de ampliación de plazo. Cuando en contratos a Precios Unitarios se requiera ejecutar mayores metrados no se requiere autorización previa para su ejecución, pero sí para su pago (Titular de la Entidad). Prestación adicional de obra con carácter de emergencia. Prestación adicional que comprende obras cuya no ejecución puede afectar el ambiente o poner en peligro a la población,los trabajadores o a la integridad de la misma obra. En este caso, la Entidad mediante comunicación escrita al inspector o supervisor, autoriza la ejecución de la prestación adicional de obra, sin perjuicio de la verificación que debe efectuar previo a la emisión de la resolución correspondiente. ADICIONALES DE OBRAS Curso: GESTIÓN DE PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN ADICIONALES DE OBRAS La aprobación de prestaciones adicionales de obra por causas no previsibles en el expediente técnico, no enerva la responsabilidad del contratista de revisar la información que la Entidad pone a su disposición y de formular las consultas y observaciones correspondientes, de modo que se complete, de ser el caso, la información necesaria para cumplir con la finalidad pública de la contratación; en consecuencia, la ejecución de las actividades que comprende la prestación adicional de obra procede respecto de aquello que no pudo ser advertido de la revisión diligente del expediente técnico. Los adicionales, reducciones y los menores o mayores metrados que se produzcan durante la ejecución de proyectos de inversión pública deben ser comunicados por la Entidad a la autoridad competente del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. Curso: GESTIÓN DE PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN Presupuestos Adicionales: 1) Obras a Precios Unitarios 2) Obras a Suma Alzada Para el cálculo de los gastos generales propios del adicional (fijos y variables), debe tomarse como referencia los gastos generales del presupuesto original contratado (para P.U.), y los gastos generales del valor referencial multiplicado por el factor de relación (para Suma Alzada). De no existir P.U. de una determinada partida, se pactarán nuevos P.U., considerando precios de insumos, tarifas o jornales del presupuesto de obra y de no existir, con precios del mercado debidamente sustentados. ADICIONALES DE OBRAS Ppto. Adic. = [(Metrado Adic. x P.U. Ofert.) + G.G. (F y V) propio + Utilidad Ofert.] + IGV Ppto. Adic. = [(Metrado Adic. x P.U. V.R. x F.R.) + G.G. (F y V) propio VR x FR + Utilidad V.R. x F.R.] + IGV Curso: GESTIÓN DE PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN OBRAS ADICIONALES MAYORES AL 15% DIRECTIVA Nº 011-2016-CG/GPROD CGR autoriza mediante Resolución la ejecución y pago. Adicionales con carácter de emergencia, la autorización de la CGR será previa al pago. CGR en 15 días hábiles emite pronunciamiento. CGR solicita información complementaria en 5 días hábiles. Entidad atiende en 5 días hábiles; plazo se interrumpe luego se reinicia al día siguiente de fecha de presentación de documentación complementaria. Vencido el plazo el Adicional queda autorizado. ADICIONALES DE OBRAS Curso: GESTIÓN DE PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN ADICIONALES DE OBRAS Las prestaciones adicionales de obra y los mayores metrados que no provengan de una variación del expediente, en contratos a precios unitarios, en conjunto, no podrán ser mayores al 50% del monto del contrato original. Si se supera el límite anterior, se procede a la resolución de contrato. Para ejecutar el saldo de obra se convoca un nuevo proceso. Los adicionales, reducciones y los menores o mayores metrados que se produzcan durante la ejecución de proyectos de inversión pública deben ser comunicados por la Entidad a la autoridad competente del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. Curso: GESTIÓN DE PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN DEL PORCENTAJE DE INCIDENCIACÁLCULO ACUMULADA. a) Para contratos que aplica el Decreto Legislativo Nº 1017 – Ley de Contrataciones del Estado, modificatorias y su Reglamento. Donde: I% = Porcentaje de incidencia acumulada de un presupuesto adicional de obra, respecto del monto del contrato original. ADICIONALES DE OBRAS Curso: GESTIÓN DE PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN ADICIONALES DE OBRAS PA = Presupuestos adicionales de obra (incluye mayores metrados) aprobados previamente por la Entidad, los autorizados por la Contraloría, y el presupuesto adicional en trámite. PDV = Presupuestos deductivos vinculados aprobados previamente por la Entidad y, de ser el caso, el vinculado al que se encuentre en trámite. MC = Monto del contrato original Curso: GESTIÓN DE PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN ADICIONALES DE OBRAS b) Para contratos que aplica Ley Nº 30225 y su Reglamento a partir del 9 de enero de 2016). Donde: I% = Porcentaje de incidencia acumulada de un presupuesto adicional de obra, respecto del monto del contrato original. Curso: GESTIÓN DE PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN ADICIONALES DE OBRAS PAO= Presupuestos adicionales de obra aprobados previamente por la Entidad, los autorizados por la Contraloría, y el presupuesto adicional en trámite. MM = Mayores metrados aprobados previamente por la Entidad, en obras bajo el sistema de contratación a precios unitarios. PDV = Presupuestos deductivosvinculados aprobados previamente por la Entidad y, de ser el caso, el vinculado al que se encuentre en trámite. MC = Monto del contrato original
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