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PROPUESTA PEI INSTITUCIÓN EDUCATIVA DE LA SABANA

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PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL (PEI)
CICLOS LECTIVOS ESPECIALES INTEGRADOS (CLEI)
PROPUESTA: PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL (PEI)
CICLOS LECTIVOS ESPECIALES INTEGRADOS (CLEI)
DIEGO FERNANDO REINA CABALLERO 
COORDINADOR ACADÉMICO
INSTITUCIÓN EDUCATIVA DE LA SABANA
AÑO 2022
Presentación
La Institución Educativa de la Sabana es una entidad educativa que ofrece una educación el programa de educación para jóvenes y adultos en el nivel básica, ciclo secundaria y nivel de media académica mediante Ciclos Lectivos Especiales Integrados (CLEI) de proyección comunitaria sin distingo de raza, credo, lengua, origen familiar, opinión política o filosófica; que promueve el acceso a la educación como soporte básico para el desarrollo humano que facilite la aproximación al conocimiento, la ciencia y el desarrollo tecnológico de los pueblos, para interpretar su contexto y motivar la superación personal y colectiva, así como la capacidad transformadora de sus recursos sin el menoscabo de su medio. ´
El Proyecto Educativo Institucional (PEI) de la Institución Educativa de la Sabana, se presenta como un proyecto que responde a las necesidades de jóvenes y adultos desescolarizados y en extraedad de la ciudad de Villavicencio y el departamento del Meta, direccionado a aportar significativamente a procesos educativos y culturales. Su reestructuración se ostenta como resultado del análisis constante de las problemáticas de la comunidad escolar y la evaluación de la labor educativa. Así, la comunidad educativa asume el reto de repensar de manera reiterativa el Proyecto Educativo Institucional (PEI) en pro de alcanzar una educación de calidad. El Proyecto Educativo Institucional (PEI), encauza a nuestra institución a asumir de manera autónoma, participativa y responsable los procesos educativos; constituyéndose, así como gestora de transformaciones sociales, asumiendo de manera consciente los cambios que enfrenta nuestro territorio.
El Proyecto Educativo Institucional (PEI) de nuestra Institución Educativa de La Sabana está basado y estructurado mediante un modelo educativo desarrollista ya que la educación que se imparte en el plantel es de alguna manera por decirlo así de carácter flexivo teniendo en cuenta nuestra población de jóvenes y adultos.
El conocimiento es la principal fuerza productiva del entendimiento y la educación es el órgano maestro del cambio social: así lo han entendido los pueblos desarrollados y los que viven logrando importantes niveles de crecimiento. Por ello, en la Institución Educativa de la Sabana le daremos a los procesos formativos y educativos el lugar de preeminencia que les corresponde. Nuestro Proyecto Educativo Institucional (PEI) ha de ser un instrumento que permita la movilización de la comunidad a favor de su propia superación, mediada por un proceso administrativo y pedagógico que permita un desempeño creativo de las personas comprometidas en el proceso formativo. 
Nuestra propuesta pedagógica es un compromiso orientado a formar personas competentes en el saber, en el saber hacer y en el saber ser, para saber servir, lo cual constituye ciudadanos integrales, comprometidos consigo mismos, con su familia y con el país; seres humanos con objetivos y metas claras en su proyecto de vida, para que aporten al crecimiento de la sociedad colombiana. El Proyecto Educativo Institucional (PEI), de nuestra institución se basa en fundamentos de tipo legal, filosófico, antropológico, pedagógico, sociológico y psicológico, para responder a las expectativas de quienes demandan nuestro servicio educativo. Por lo tanto, es muy importante que esté articulado con los proyectos de vida de cada uno de nuestros estudiantes para fortalecer su sentido de pertenencia con la institución y con el entorno.
El Proyecto Educativo Institucional (PEI) es la carta de navegación para el direccionamiento estratégico institucional de la Institución Educativa de la Sabana, el mismo estará en permanente revisión y ajustes a través del trabajo en equipos organizados por el Gobierno Escolar (Consejo Directivo y Consejo Académico) con el aporte de los organismos de base (Equipo docente y Consejo de los estudiantes) una vez conformada la comunidad educativa. Este promueve la democracia participativa hacia la consolidación de una propuesta educativa pertinente y autónoma que responda a las necesidades del contexto local, regional y nacional, como un compromiso constante en el desarrollo integral de nuestros educandos.
Por lo anterior, el presente Proyecto Educativo Institucional (PEI) busca fortalecer el horizonte institucional (Filosofía, Visión, Misión, Objetivos y Políticas de Calidad), el plan de estudios, los proyectos pedagógicos y de área, ejes transversales e intercambio de saberes; encauzados a mejorar la calidad, eficacia y eficiencia de nuestros educandos, reconociéndoles como sujetos únicos e irrepetibles que deben ser instruidos y enseñados dentro del Ciclos Lectivos Especiales Integrados (CLEI).
El Proyecto Educativo Institucional (PEI) se elabora como un proyecto de desarrollo dinámico que pretende realizarse a través de un proceso permanente y vivencial de construcción colectiva, en aras de enriquecer el diario vivir institucional; siendo la educación la clave para generar cambios sociales que fortalezcan el desarrollo económico, la sustentabilidad democrática y la creación de paz y equidad, presentando desde la enseñanza habilidades para la vida. El Proyecto Educativo Institucional (PEI), contribuye a dar respuestas a la crisis que afronta el país en todos los órdenes sociales, como alternativa para garantizar la formación integral de jóvenes y adultos. La investigación es también una herramienta vital en el aprendizaje autónomo, en ella el estudiante es protagonista, con el acompañamiento responsable y oportuno del docente.
1. Caracterización de la Institución
La Institución Educativa de la Sabana, ubicado en la ciudad de Villavicencio, departamento del Meta. Es de carácter privado, aprobada legalmente por la Secretaría de Educación de Villavicencio para ofrecer a la comunidad en general los Ciclos Lectivos Especiales Integrados (CLEI).
	Nombre
	Institución Educativa de la Sabana
	Dirección:
	Calle 40 No 31-42 Centro, Villavicencio
	Página Web
	www.fundetec.edu.co/villavicencio/
	Correo Electrónico:
	dirección general@fundetec.edu.co
coordinacionsabana@fundetec.edu.co 
	Teléfonos de Contacto:
	3213995426 – 3133244596
	Naturaleza:
	Privado 
	Carácter:
	Mixto
	Aprobación:
	Resolución No 1500-56.03/No 3698 del 8 de Noviembre de 2019
	Calendario:
	A
	Jornadas:
	Matinal entre semana y Sábados en la mañana
	Horarios:
	7:00 am a 12:00 m
	Modalidad:
	Ciclos Lectivos Especiales Integrados (CLEI).
	Nit:
	901300730-4
	Dane:
	350001800346
1.1. Escudo. 
Sobre el borde del escudo azul aguamarina está el color blanco de fondo que simboliza la paz, la pureza y la competitividad. Encima del escudo se levanta un engranaje amarillo que simboliza la trasmisión de conocimientos, la fortaleza y la lucha por el ideal. Dentro del escudo esta una antorcha que representa el emblema de iluminación espiritual, la sabiduría y la victoria.
1.2. Bandera. 
La bandera consta de tres franjas, azul aguamarina la integridad como virtud esencial del desarrollo de las personas que se forman en la Institución, la amarilla simboliza la luz del sol, Representa la alegría, la felicidad, la inteligencia y la energía, y una blanca, que simbolizan la justicia como virtud fundamental de la formación impartida por la institución.
1.3. Misión Institucional. 
La Institución Educativa de la Sabana tiene como Misión ofrecer una educación integral para jóvenes y adultos en el nivel básica, ciclo secundaria y nivel de media académica mediante Ciclos Lectivos Especiales Integrados (CLEI) espacios de conocimientos significativos y constructivos que garanticen la satisfacción de las Necesidades Básicas de Aprendizaje de los jóvenes y adultos, posibilitando su formación integral, desarrollandosus capacidades colectivas mediante la adquisición de competencias sustentadas en una cultura de valores como la responsabilidad, el respeto mutuo, la honestidad para que les permita desenvolverse con eficiencia y eficacia en su entorno.
1.4. Visión Institucional. 
Para el año 2024, la Institución Educativa de la Sabana pretende llegar a ser una de las mejores instituciones educativas por ciclos lectivos de todo el departamento del Meta. Hoy en día somos una Institución Educativa que lucha día a día por orientar jóvenes y adultos a crear espíritus con responsabilidad social por medio de nuestro modelo desarrollista que procura intervenir al alumno en sus conceptos previos, influyéndolos y modificándolos a través de sus experiencia en la escuela, mediante experiencias confrontadoras y prácticas contextualizadas .seguirá ofreciendo una educación el programa de educación para jóvenes y adultos en el nivel básica, ciclo secundaria y nivel de media académica mediante Ciclos Lectivos Especiales Integrados (CLEI) y se consolidara como una entidad educativa con excelentes procesos académicos que garanticen la permanencia, la continuidad del educando, desde los niveles de educación básica y media, con una clara concepción constructivista, de servicio a la comunidad, en el departamento y el país.
1.5. Filosofía. 
El Proyecto Educativo Institucional (PEI) para jóvenes y adultos de la Institución Educativa de la Sabana en los nivel básica, ciclo secundaria y nivel de media académica mediante Ciclos Lectivos Especiales Integrados (CLEI) propone un escenario en el que educadores y educandos construyen una ruta de aproximación a los conocimientos que permitan el desarrollo del compromiso ético y social, que se manifiesta como el proceso de reconocimiento del individuo como agente de transformación de su entorno, desde esta perspectiva la acción educativa constituye un acto de voluntad y madurez sustentado en la autodirección y la autonomía. 
Este enfoque posibilita el desarrollo del educando como sujeto crítico y responsable de su proyecto de vida, en una sociedad permanentemente cambiante en el que debe considerarse no sólo el ambiente inmediato del alumno sino también la influencia de los factores sociopolíticos, ecológicos y culturales del contexto nacional e internacional.
1.6. Principios. 
La esencia de esta propuesta se sustenta en los siguientes principios:
· Principio de las Perspectivas. Implica que el aprendizaje ocurre cuando los educandos son iniciadores, seguidores, actores, transformadores, observadores y evaluadores, porque cada una de las perspectivas les proporciona diferente información y les presentan oportunidades para descubrir e interpretar su propia realidad y construir su conocimiento.
· Principio Productivo. Implica que el nuevo conocimiento se organiza y se presenta de tal forma que los alumnos puedan relacionarlo con su propio conocimiento y experiencias previas y que, a su vez, los conocimientos previos permitan anticipar y planificar nuevos eventos.
· Principio de Reflexión. Este principio se refiere a la capacidad de los alumnos para analizar sus acciones y comprender qué hicieron y cómo lo hicieron. Trata el problema de la retroalimentación por medio de la cual los alumnos llegan a entender el significado y las consecuencias de sus acciones y cómo manejarlas.
· Principio de Flexibilidad. Implica que el educando debe ejercer cierto control en su interacción con el ambiente. Los alumnos son quienes mejor pueden decidir cuándo comenzar una actividad y determinar cuándo tienen dificultades, cuándo está decayendo su interés, qué tan rápido actuar y cuáles recursos utilizar. Este principio está relacionado con los grados de libertad y las alternativas que tienen los alumnos para regular su aprendizaje; las alternativas y la libertad tienen que darse dentro de un contexto que proporcione ciertos límites, así como acciones de dirección y guía.
1.7. Políticas de Calidad
Nuestro compromiso es socializar y garantizar una educación de calidad desde la integralidad, en el marco de la formación por competencias y en el aprendizaje por proyectos, desarrollando saberes a partir de los estándares dados por el Ministerio de Educación Nacional y en las asignaturas establecidas en el plan curricular Institucional, la evaluación escolar y la autoevaluación, a través de la Cobertura, Calidad, Eficiencia y Pertinencia en la prestación del servicio institucional; nuestra propuesta pedagógica permite la aceleración y flexibilidad del proceso de aprendizaje en nuestros estudiantes, brindando y orientando una respuesta objetiva y eficaz en la prestación de los servicios institucionales, contribuyendo así con la inserción al mundo laboral, social y a la educación superior, a través de:
· La Institución Educativa de la Sabana asegura la accesibilidad sin discriminación y protección contra toda forma de discriminación.
· Educación mediante Ciclos Lectivos Especiales Integrados (CLEI) para la comunidad en general.
· Adoptar y aplicar un Plan de Mejoramiento Institucional (PMI).
· Asegurar el acceso a la educación a la educación básica y media para toda la población en extraedad.
· Garantizar el acceso a los servicios educativos que ofrece la Institución Educativa de la Sabana.
· Prohibición de actos discriminatorios.
1.7.1. Objetivos de Calidad 
· Mejorar continuamente nuestros procesos formativos, siendo eficientes y eficaces en el desarrollo del conocimiento y en la humanización de nuestros niños, niñas y jóvenes estudiantes.
· Fortalecer procesos formativos y cognitivos por proyectos de aprendizaje y la incorporación de diversas fuentes de conocimientos, estableciendo metodologías que privilegien la solución de problemas reales, el trabajo en equipo, la relación directa con el entorno como el mundo productivo y el ingreso de las Tic.
· Los ejes articuladores del proceso de formación en desarrollo humano (Democracia, Autonomía, Flexibilidad, Valoración de la Propia Identidad, la Apertura y la Lúdica). 
· Desarrollar nuestro plan de estudio desde los estándares, las competencias básicas, los indicadores de logro, una didáctica activa, innovadora y flexible para aprendizajes significativos de los estudiantes.
· Dinamizar el horizonte institucional desde las gestiones: administrativa, directiva, académica y de la comunidad destacando valores institucionales como la puntualidad, la actitud proactiva y positiva, excelencia estudiantil y laboral, sentido humanista y visión futurista, la pluralidad e inclusividad y la responsabilidad con los conocimientos por parte de la Institución Educativa de la Sabana.
1.8. Ciclos Lectivos Especiales Integrados (CLEI).
Los parámetros de la educación para jóvenes y adultos aplican para que las Instituciones Educativas que ofertan el bachillerato por ciclos dentro de los Ciclos Lectivos Especiales Integrados (CLEI), entendiendo esta clase de educación, a nivel normativo como el conjunto de procesos y de acciones formativas organizadas para atender de manera particular las necesidades y potencialidades de las personas que por diversas circunstancias no cursaron los niveles o grados del servicio público educativo, durante las edades aceptadas regularmente para cursarlos o de aquellas personas que deseen mejorar sus aptitudes, enriquecer sus conocimientos y mejorar sus competencias técnicas y profesionales.
1.8.1. Duración. 
En los Ciclos Lectivos Especiales Integrados (CLEI), el estudiante de la Institución Educativa de la Sabana cursa dos grados por año. Esta modalidad se ofrece en las jornadas de la mañana y los sábados todo el día. 
1.8.2. Modalidad. 
La metodología a utilizar es la Presencialidad como opción para continuar la prestación del servicio, después de normalizarse el sistema educativo debido a la emergencia sanitaria declarada por la pandemia del covid-19. 
1.8.3. Parámetros de la Educación. 
Son parámetros que sirven como base de comparación e interpretación del desempeño del estudiante con respecto a su progreso de aprendizaje.Los criterios deben ser conocidos por los educandos, para que puedan tomar conciencia de aquellos aprendizajes que deben ser reforzados y se comprometan a lograr mejores resultados.
Los estudiantes que hacen parte de la Institución Educativa de la Sabana, en los Ciclos Lectivos Especiales Integrados (CLEI), a nivel normativo como el conjunto de procesos y de acciones formativas organizadas para atender de manera particular las necesidades y potencialidades de las personas que por diversas circunstancias no cursaron los niveles o grados del servicio público educativo, durante las edades aceptadas regularmente para cursarlos o de aquellas personas que deseen mejorar sus aptitudes, enriquecer sus conocimientos y mejorar sus competencias técnicas y profesionales.
1.8.3.1. Descripción. 
En los Ciclos Lectivos Especiales Integrados (CLEI), el estudiante de la Institución Educativa de la Sabana cursa dos grados por año. Esta modalidad se ofrece en las jornadas de entre semana en la mañana y los sábados en las mañanas. 
	Ciclo
	Duración
	Equivalencia Bachillerato Tradicional
	Edad Mínima Requerida
	3
	Dos (2) semestres
	6° y 7°
	15 años
	4
	Dos (2) semestres
	8° y 9°
	16 años
	5 (I de Media)
	Un (1) semestre
	10°
	17 años
	6 (I de Media)
	Un (1) semestre
	11°
	18 años
Para obtener la aprobación del Ciclo se debe cursar y aprobar completamente el Ciclo académico estipulado, de lo contrario se deberá reiniciar el ciclo.
1.9. Manual de Convivencia Escolar.
El Manual de Convivencia Escolar implica un compromiso de los diferentes estamentos educativos, que permita la formación de personas responsables, autónomas que fomentan el desarrollo de los valores, la autoestima, el racionalismo y la creatividad, puesta al servicio de la sociedad.
1.9.1. Objetivos del Manual de Convivencia Escolar. 
Dentro de la formación integral se pretende:
· Convertir el Manual de Convivencia Escolar en herramienta pedagógica para la promoción de una convivencia sana, asertiva y constructiva entre diversos estamentos pedagógicos.
· Convertir el Manual de Convivencia Escolar en una Herramienta-Guía, que de manera constructiva y práctica permita al estudiante, a los padres y/o acudientes, a los docentes y al resto de la comunidad educativa; encontrar un punto de partida asertivo dentro de estándares universales de socialización y comportamiento y que le brinden pautas para la convivencia, la búsqueda de la calidad de vida, la identificación social positiva y productiva; el respeto por las normas como ejercicio de ciudadanía activa y participativa. 
· Velar por una educación integral teniendo en cuenta los valores asociados con la convivencia comunitaria, la interrelación, y la convivencia productiva.
· Respetar la dignidad y la condición socio-humanista del educando ofreciéndole acompañamiento, respeto, comprensión, tolerancia y buen trato.
· Orientar con equilibrio integral el comportamiento del educando tanto al interior como al exterior de la Institución Educativa de la Sabana, de sus expectativas sociales y dimensiones de personalidad.
· Promover con los estudiantes valores tales como: La excelencia, la tolerancia, la solidaridad, la responsabilidad, el respeto, el trabajo productivo, la constancia, entre otras.
1.10. Responsabilidades de la Institución Educativa de la Sabana.
· Garantizar a sus estudiantes, educadores, directivos docentes y demás personal del establecimiento el respeto a la dignidad e integridad física y moral en el marco de la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos.
· Implementar el comité escolar de convivencia y garantizar el cumplimiento de sus funciones acorde con lo estipulado en los artículos 11,12 y 13 de la presente Ley.
· Desarrollar los componentes de prevención, promoción y protección a través del Reglamento Escolar o Manual de Convivencia Escolar, y la aplicación de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar, con el fin de proteger a los estudiantes contra toda forma de acoso, violencia escolar y vulneración de los derechos humanos sexuales y reproductivos, por parte de los demás compañeros, profesores o directivos docentes.
· Revisar y ajustar el Proyecto Educativo Institucional (PEI), el Manual de Convivencia Escolar, y el Sistema Institucional de Evaluación de Estudiantes anualmente, en un proceso participativo que involucre a las estudiantes y en general a la Comunidad Educativa, a la luz de los enfoques de derechos, de competencias y diferencial, acorde con la Ley General de Educación, la Ley 1098 de 2006 y las normas que las desarrollan.
· Revisar anualmente las condiciones de convivencia escolar del establecimiento educativo e identificar factores de riesgo y factores protectores que incidan en la convivencia escolar, protección de derechos humanos, sexuales y reproductivos, en los procesos de autoevaluación institucional o de certificación de calidad, con base en la implementación de la Ruta de Atención Integral y en las decisiones que adopte el Comité Escolar de Convivencia.
· Emprender acciones que involucren a toda la Comunidad Educativa en un proceso de reflexión pedagógica sobre los factores asociados a la violencia y el acoso escolar y la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos y el impacto de los mismos incorporando conocimiento pertinente acerca del cuidado del propio cuerpo y de las relaciones con los demás, inculcando la tolerancia y el respeto mutuo.
· Desarrollar estrategias e instrumentos destinados a promover la convivencia escolar a partir de evaluaciones y seguimiento de las formas de acoso y violencia escolar más frecuentes.
· Adoptar estrategias para estimular actitudes entre los miembros de la Comunidad Educativa que promuevan y fortalezcan la convivencia escolar, la mediación y reconciliación y la divulgación de estas experiencias exitosas.
· Generar estrategias pedagógicas para articular procesos de formación entre las distintas áreas de estudio.
2. Marco Legal.
2.1. Constitución Política de Colombia.
· Artículo 67. La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social: Con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás bienes y valores de la cultura. La educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia; y en la práctica del trabajo y la recreación, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente. El Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación, que será obligatoria entre los cinco (5) y los quince (15) años de edad y que comprenderá como mínimo, un año de preescolar y nueve de educación básica. Corresponde al Estado regular y ejercer la suprema inspección y vigilancia de la educación con el fin de velar por su calidad, por el cumplimiento de sus fines y por la mejor formación moral, intelectual y física de los educandos. 
· Artículo 70. El Estado tiene el deber de promover y fomentar el acceso a la cultura. 
2.2. Ley 115 del 8 de Febrero de 1994.
· Artículo 5. Fines de la Educación. De conformidad con el artículo 67 de la Constitución Política, la educación se desarrollará atendiendo a los siguientes fines: 
Numeral 9. El desarrollo de la capacidad crítica, reflexiva y analítica que fortalezca el avance científico y tecnológico nacional, orientado con prioridad al mejoramiento cultural y de la calidad de la vida de la población, a la participación en la búsqueda de alternativas de solución a los problemas y al progreso social y económico del país.
· Artículo 20. Objetivos generales de la educación básica. Son objetivos generales de la educación básica:
Literal c. Ampliar y profundizar en el razonamiento lógico y analítico para la interpretación y solución de los problemas de la ciencia, la tecnología y de la vida cotidiana.
· Artículo 22. Objetivos específicos de la educación básica en el ciclo de secundaria. Los cuatro (4) grados subsiguientes de la educación básica que constituyenel ciclo de secundaria, tendrán como objetivos específicos los siguientes:
Literal c. El desarrollo de las capacidades para el razonamiento lógico, mediante el dominio de los sistemas numéricos, geométricos, métricos, lógicos, analíticos, de conjuntos de operaciones y relaciones, así como para su utilización en la interpretación y solución de los problemas de la ciencia, de la tecnología y los de la vida cotidiana.
Si estas reglas establecen un vínculo directo con los objetivos, contenidos y habilidades que los estudiantes deben adquirir en el campo de las matemáticas, desde el aprendizaje cotidiano (creatividad, intuición, pensamiento analítico y crítico) hasta los desarrollos tecnológicos y científicos que les permitan encontrar su lugar. el campo de las matemáticas. contexto y pensar en los nuevos desafíos del futuro, también puede ayudar a formar hábitos positivos y una actitud de trabajo que promueva el enfoque en las tareas, la determinación para encontrar soluciones a los problemas y la flexibilidad necesaria para cambiar las cosas. acercarse a la situación. Esto contribuye al desarrollo de la autoestima del alumno, pues comienza a considerarse capaz de afrontar diferentes y diversos problemas de forma independiente.
La Institución Educativa de la Sabana debe promover prácticas democráticas para conocer los principios y valores de la participación y organización ciudadana y fomentar la autonomía y la responsabilidad; deben promover una sexualidad sana, que promueva la autoconciencia y la autoestima, la formación de la identidad sexual, el respeto a la igualdad de género, el poder afectivo, el respeto mutuo y preparar para una convivencia familiar armoniosa y responsable, crear y promover una conciencia de solidaridad internacional; desarrollar actividades relacionadas con la orientación escolar, profesional y vocacional; formar una conciencia educativa para el esfuerzo y el trabajo; promover el interés y el respeto por la identidad cultural de los grupos étnicos.
2.3. Decreto 1075 de 2015 (Decreto Único Reglamentario del Sector Educación).
Este decreto nos encamina al qué, al por qué, al cómo, criterios, órdenes, lineamientos, lineamientos, modelos y procedimientos de los procesos de enseñanza y aprendizaje que se implementan en una institución educativa, que en general contribuyen a fortalecer los planes de estudios orientados al incremento del conocimiento y la competitividad, lo que requiere una educación y un desarrollo de alta calidad. del proceso de formación integral de cada estudiante.
· Artículo 2.3.3.1.6.1. Áreas. En el plan de estudios se incluirán las áreas del conocimiento definidas como obligatorias y fundamentales en los nueve grupos enumerados en el artículo 23 de la Ley 115 de 1994. Además, incluirá grupos de áreas o asignaturas que adicionalmente podrá seleccionar el establecimiento educativo para lograr los objetivos del proyecto educativo institucional, sin sobrepasar el veinte por ciento de las áreas establecidas en el plan de estudios. 
Las áreas pueden concursarse por asignaturas y proyectos pedagógicos en períodos lectivos anuales, semestrales o trimestrales. Estas se distribuirán en uno o varios grados. 
· Artículo 2.3.3.1.6.2. Desarrollo de Asignaturas. Las asignaturas tendrán el contenido, la intensidad horaria y la duración que determine el proyecto educativo institucional, atendiendo los lineamientos del presente material y los que para su efecto expida el Ministerio de Educación Nacional. 
En el desarrollo de la asignatura se deben aplicar estrategias y métodos pedagógicos activos y experienciales que involucren exposición, observación, experimentación, práctica, laboratorio, taller, informática educativa, aprendizaje personal y otros elementos que conduzcan a un mejor desarrollo y desarrollo cognitivo. mayor desarrollo de la capacidad crítica, reflexiva y analítica del alumno.
· Artículo 2.3.3.1.6.8. Materiales Didácticos Producidos por los Docentes. Los docentes podrán elaborar materiales didácticos para uso de los estudiantes con el fin de orientar su proceso formativo, en los que pueden estar incluidos instructivos sobre el uso de los textos escolares, guías pedagógicas, lecturas, bibliografía, ejercicios, simulaciones, pautas de experimentación y demás ayudas. Los establecimientos educativos proporcionarán los medios necesarios para la producción y reproducción de estos materiales.
· Artículo 2.3.3.3.3.1. Evaluación de los Estudiantes. La evaluación de los aprendizajes de los estudiantes se realiza en los siguientes ámbitos: 
1. Internacional. El Estado promoverá la participación de los estudiantes del país en pruebas que den cuenta de la calidad de la educación frente a estándares internacionales. 
2. Nacional. El Ministerio de Educación Nacional (MEN) y el Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación (ICFES) realizarán pruebas censales con el fin de monitorear la calidad de la educación en los establecimientos educativos con fun­damento en los estándares básicos. Los exámenes de Estado que se aplican al finalizar el grado once (11) permiten, además, el acceso de los estudiantes a la educación superior. 
Para la evaluación de los estudiantes con discapacidad, el Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación (ICFES) realizará una adaptación equiparable a la prueba empleada en la aplicación censal de población general, para lo que deberá: 
a) Diseñar formatos fáciles de usar con modificaciones razonables a las pruebas estatales para garantizar una evaluación adecuada y justa del desarrollo de habilidades de las personas con discapacidades-
 
 b) Aprobar el tipo de adecuación necesaria para el examen según el informe de las instituciones educativas para la planificación y organización del examen a realizarse con el alumno.
 c) Asegurar los ajustes razonables necesarios para el registro de las personas con discapacidad y la presentación de los exámenes estatales, que deben corresponder al tipo de discapacidad declarada en el registro del usuario, ser comprobables y no deben interferir con la seguridad de los protocolos de prueba. 
 
Estos apoyos significan recursos humanos, técnicos, tecnológicos o físicos que permitan implementar procesos de comunicación adicionales o alternativos; también la brindada por Lectores, Intérpretes e Intérpretes de Lengua de Señas Colombiana en español, según la situación o entregada a personas con impedimentos de movilidad durante la prueba.
3. Institucional. La evaluación del aprendizaje de los estudiantes realizada en los establecimientos de educación básica y media es el proceso permanente y objetivo para valorar el nivel de desempeño de los estudiantes. 
2.4. Decreto 1290 del 16 de Abril De 2000.
Por el cual se reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles de Educación Básica y Media.
· Artículo 3. Propósitos de la Evaluación Institucional de los Estudiantes. Son propósitos de la evaluación de los estudiantes en el ámbito institucional:
 
1. Identificar las características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de aprendizaje del estudiante para valorar sus avances. 
2. Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos educativos relacionados con el desarrollo integral del estudiante.
3. Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para apoyar a los estudiantes que presenten debilidades y desempeños superiores en su proceso formativo. 
4. Determinar la promoción de estudiantes. 
5. Aportar información para el ajuste e implementación del plan de mejoramiento institucional. 
2.5. Ley 715 de 2001.
· Artículo 76. Competencias del municipio en otros sectores. Además de las establecidas en la Constitución y en otras disposiciones, corresponde a los Municipios, directa o indirectamente, con recursos propios, del Sistema General de Participaciones u otros recursos, promover, financiar o cofinanciar proyectos de interés municipal y en especial ejercer las siguientes competencias:· Numeral 76.14. Fortalecimiento Institucional.
Literal 76.14.1. Realizar procesos integrales de evaluación institucional y capacitación, que le permitan a la administración local mejorar su gestión y adecuar su estructura administrativa, para el desarrollo eficiente de sus competencias, dentro de sus límites financieros.
2.6. Lineamientos Curriculares.
Son los lineamientos epistemológicos, pedagógicos y curriculares determinados por el Ministerio de Educación Nacional (MEN) con el apoyo de la comunidad académica educativa, que sustentan el establecimiento y planificación de las áreas obligatorias y básicas definidas en el artículo 23 de la Ley General de Educación. 
Durante la elaboración de los Proyectos Educativos Institucionales (PEI) y los currículos correspondientes según período, nivel y región, las guías curriculares forman referentes sustentadores y orientadores con los aportes obtenidos a través de las experiencias de las instituciones educativas y sus docentes. y educación. y la investigación.
· Artículo 23. Áreas Obligatorias y Fundamentales. Para el logro de los objetivos de la educación básica se establecen áreas obligatorias y fundamentales del conocimiento y de la formación que necesariamente se tendrán que ofrecer de acuerdo con el currículo y el Proyecto Educativo Institucional (PEI).
Los grupos de áreas obligatorias y fundamentales que comprenderán un mínimo del 80% del plan de estudios, son los siguientes:
1. Ciencias naturales y educación ambiental.
2. Ciencias sociales, historia, geografía, constitución política y democracia.
3. Educación artística.
4. Educación ética y en valores humanos.
5. Educación física, recreación y deportes.
6. Educación religiosa.
7. Humanidades, lengua castellana e idiomas extranjeros.
8. Matemáticas.
9. Tecnología e informática.
2.7. Estándares Básicos de Competencias (EBC).
Los Estándares Básicos de Competencias (EBC) son de los criterios que todo niño, niña y joven debe entender y poder alcanzar el nivel de calidad que espera durante su etapa en el sistema educativo, las evaluaciones externas e internas son excelentes herramientas para saber cuánto tiempo o cuánto de tiempo. una calidad casi estándar. A partir de esta información, se definen objetivos nuevos o mejorados en el plan de mejora y los procesos que conducen a la armonización de los estándares e incluso a la superación de los estándares en el contexto de la construcción y ejercicio de la autonomía escolar.
2.8. Derechos Básicos de Aprendizaje (DBA).
En el Decreto 501 de 2016 (Decreto Único Reglamentario del Sector Educación) se establece los Derechos Básicos de Aprendizaje (DBA) permite estructurar el aprendizaje como un todo que los estudiantes construyen a través de interacciones con el mundo y a través de experiencias y entornos pedagógicos que incluyen el juego, la expresión artística, la exploración de medios y la literatura.
· Artículo 2.3.3.6.1.8. Derechos Básicos de Aprendizaje (DBA). Los Derechos Básicos de Aprendizaje (DBA) son una herramienta formulada por el Ministerio de Educación Nacional dirigida a toda la comunidad educativa para identificar los saberes básicos que han de aprender los estudiantes en cada uno de los grados de la educación preescolar, básica y media, con el fin de fortalecer las prácticas escolares y mejorar los aprendizajes. 
La estructuración de los Derechos Básicos de Aprendizaje (DBA) se organizará de acuerdo con las directrices de los Lineamientos Curriculares y los Estándares Básicos de Competencias (EBC) y se pondrán a disposición elementos cada año para crear vías de aprendizaje para que los estudiantes alcancen el nivel específico que cada clase debe ofrecer en el aula. Los Derechos Básicos de Aprendizaje (DBA) apoyan el desarrollo de recomendaciones curriculares sobre cada enfoque, enfoque, estrategia y contexto que la institución define, en el marco de los Proyectos Educativos Institucionales (PEI).
2.9. Proyecto Educativo Institucional (PEI).
La Institución Educativa de la Sabana es una entidad educativa que ofrece una educación el programa de educación para jóvenes y adultos en el nivel básica, ciclo secundaria y nivel de media académica mediante Ciclos Lectivos Especiales Integrados (CLEI) de proyección social independientemente de la raza, credo, lengua, origen familiar, opiniones políticas o filosóficas; Fomenta el acceso a la educación como soporte esencial para el desarrollo humano, facilita el acceso al conocimiento y al desarrollo científico y tecnológico, explica sus antecedentes e inspira el progreso de las personas y colectivos y la capacidad de transformar sus recursos sin perjudicar a su entorno.
El Proyecto Educativo Institucional (PEI) de nuestra Institución Educativa de La Sabana se basa y construye a través del modelo de educación para el desarrollo, ya que la educación que se imparte en el campus es de naturaleza flexible, teniendo en cuenta a la población joven y adulta. El conocimiento es la principal fuerza productiva de la comprensión y la educación es el principal agente de cambio social: lo han hecho los países desarrollados y los que viven por un crecimiento notable. Por ello, en la Institución Educativa de la Sabana le daremos a los procesos formativos y educativos el lugar de preeminencia que les corresponde. Nuestro Proyecto Educativo Institucional (PEI) debe ser una herramienta mediadora del proceso administrativo y educativo que movilice a la sociedad para la autosuperación y posibilite las actividades creativas de los implicados en el proceso educativo.
2.10. Manual de Convivencia Escolar. 
La Institución Educativa de la Sabana acoge la reforma educativa de la Ley 115 de 1994 y plantea principios reguladores para cumplir los objetivos institucionales estipulados. La aceptación y el compromiso serán el fundamento esencial para lograr los ideales de esta comunidad educativa.
El Manual de Convivencia Escolar es un documento que regula y orienta la convivencia de los diferentes estamentos institucionales dentro de una política formativa; se constituye en la norma legal interna acorde con la Constitución, la Ley de Infancia y Adolescencia 1098 de 2006, Ley 1620 del 15 de marzo del 2013, Decreto reglamentario 1965 de 2013 y a las reglamentaciones específicas de la Institución Educativa de la sabana en la ciudad de Villavicencio.
2.11. Sistema de Evaluación
La evaluación y promoción de los estudiantes de la Institución Educativa de la Sabana, se fundamenta en los derechos consagrados en la Constitución Política de Colombia principalmente en aquellos artículos que se refieren a los derechos del niño, lo mismo que los lineamientos generales emanados del Ministerio de Educación Nacional (MEN), tales como la Ley General de Educación (Ley 115 de 1994), los principios de evaluación y promoción estudiantil, lo contemplado en el decreto 1860/94 y decreto 1290 del 16 de abril de 2009.
3. Servicio Educativo
3.1. Condiciones para ser Educando de la Institución Educativa de la Sabana.
· Cumplir con los requisitos exigidos por el Ministerio de Educación Nacional (MEN) y las normas propias de la Institución Educativa de la Sabana.
· Estar respaldado por el padre de familia y/o acudiente para asistirlo en las situaciones que lo requiera la Institución Educativa de la Sabana.
· Presentar los documentos legales auténticos requeridos, así como la paz y salvo de la Institución Educativa de la Sabana de procedencia del año anterior.
· Realizar y aprobar el proceso de admisión.
· Conocer, comprometerse con sentido de pertenencia a vivenciar la filosofía, Manual de Convivencia Escolar de la Institución Educativa de la Sabana.
Parágrafo. La Institución Educativa de la Sabana se reserva el derecho a la información cuando un estudiante no aprueba el proceso de admisión.
3.2. Proceso de Matrícula. 
De conformidad con el artículo 95 de la Ley 115 de 1994, la matrícula es el acto que formaliza la vinculación del educando al servicio educativo que presta la Institución Educativa de la Sabana y se realizaráal ingresar el estudiante para cada periodo semestral académico.
Por lo anterior, y de conformidad con el artículo 201 de la misma Ley, el carácter jurídico de la matrícula es el de un contrato, o acuerdo bilateral de voluntades, regido por las reglas de derecho privado en que se estipulan los derechos y obligaciones de las partes, las causales de terminación y las condiciones para su renovación.
Tres (3) son los aspectos fundamentales de esta relación contractual:
1. La formación del educando como prestación del contrato.
2. La aceptación y cancelación de las tarifas establecidas de acuerdo a la Resolución de Costos emanada por la Secretaría de Educación como la contraprestación del mismo, así como la cancelación de los otros cobros periódicos.
3. La existencia física y permanencia del educando como supuesto básico de la relación establecida por los derechos y obligaciones de las partes.
Por mandato legal, hace parte integral de dicho contrato el Proyecto Educativo Institucional (PEI) y el Manual de Convivencia Escolar, con sujeción de uno u otro al respecto de los derechos fundamentales de los educandos, padres, comunidad, establecimientos o acuerdos educativos y las normas naturales o jurídicas que determinan los mismos.
Se entiende que hay incumplimiento del contrato por parte de la Institución Educativa de la Sabana cuando falte o falle de alguna manera sustancial expresa en el contrato establecido, y por parte de los educandos o sus padres, cuando se viole alguna de las normas del presente reglamento previstas como causales de resolución del contrato.
Entendido el costo en tarifas como la contraprestación conmutativa del servicio educativo que se recibe por el contrato de matrícula, el pago de los otros cobros periódicos y la puntualidad en el pago de pensiones se considerará, y así se admite con su suscripción, que es una condición resolutoria del mismo y un requisito esencial para la permanencia del alumno en el plantel.
En el contrato de matrícula de la Institución Educativa de la Sabana o instituto no estará obligado a la prestación del servicio educativo mientras la otra parte no cumpla con su contraprestación, sin perjuicio del procedimiento que habrá de seguirse en cada caso particular de acuerdo al presente reglamento.
Se determina que serán tres (3) las cantidades de citaciones verbales y/o escritas, dependiendo cada caso particular de acuerdo al presente reglamento; para reclamar el pago oportuno de sus obligaciones económicas, al representante del estudiante. Ante el incumplimiento de este pago, el estudiante no podrá ingresar a las instalaciones sino viene con la persona quien suscribió el contrato con la Institución Educativa de la Sabana para definir su situación o acordar modos y plazos para cumplir lo requerido por la Institución Educativa de la Sabana en el cumplimiento de su contrato.
Parágrafo. Legalizar la matrícula es firmar el contrato educativo en la fecha señalada por la Institución y así vincularlo al sistema de registros y control de matrículas de la Secretaría de Educación. Cancelar en el banco no significa que el estudiante esté matriculado en nuestra Institución Educativa de la Sabana.
3.2.1. Requisitos de Matrícula para Estudiantes Nuevos.
· No estar inscrito en el Simat como estudiante en otra institución.
· Presentar certificado de estudio de 5° de Primaria.
· Presentar certificados de estudios de grados de bachillerato (si los ha cursado).
· Presentar copia del documento de identidad del educando.
· Presentar copia de Fosyga o Afiliación de Eps.
· Una (1) copia de un recibo de servicio público (agua, luz o gas).
· Una (1) foto de tamaño de 3x4, fondo azul.
3.2.2. Requisitos de Matrícula para Estudiantes Antiguos. 
Presentar el certificado de Paz y Salvo académico y financiero del ciclo anterior.
3.2.3. Clases de Matrícula.
 
a. Matrícula Ordinaria: Realizada en las fechas programadas por la Institución Educativa de la Sabana.
b. Matrícula Extraordinaria: Para aquellos que no hayan cumplido con las fechas señaladas para la Matrícula Ordinaria.
c. Matrícula por Traslado o Cambio de Institución: La Institución Educativa de a Sabana se reserva el derecho de admitir las solicitudes (previo cumplimiento de los requisitos definidos en este Manual de Convivencia Escolar) de estudiantes que vienen trasladados de ciudad o que cambian de institución por razones que deben ser expuestas ante la dirección de la Institución Educativa de la Sabana.
d. Matrícula en Observación: Esta matrícula se realizará a aspirantes que al terminar el proceso de admisión lo ameriten y a estudiantes que durante y/o al finalizar el ciclo académico, con el fin de realizar un proceso de acompañamiento durante el ciclo académico a través del director de grupo y si es necesario el Coordinador de Bienestar Institucional para garantizar el mejoramiento en sus desempeños y/o convivencia. Esta matrícula puede ser académica o convivencial, siempre y cuando se den uno o varios de los siguientes criterios:
· Académica: Cuando en los informes valorativos el estudiante haya obtenido desempeño básico y/o bajo en varias áreas, pero su convivencia la mantuvo en desempeño superior y/o alto en los cuatro periodos del año escolar que culminó.
· Convivencial: cuando en los informes valorativos el estudiante haya obtenido desempeño básico y/o bajo en su seguimiento convivencial en uno o varios periodos y su desempeño académico sea alto y/o superior en las diferentes áreas.
Parágrafo. En caso de que el aspirante registre desempeños básicos y/o bajos en sus informes valorativos, tanto en lo académico y convivencial y haya sido admitido se le realizará matrícula en observación académica y convivencial.
3.3. Valores Académicos. 
El Consejo Directivo de la Institución Educativa de la Sabana como máximo organismo del Gobierno Escolar quien bajo la normatividad vigente emanada por el Ministerio de Educación y Secretaría de Educación el que fije el valor, la forma, el sistema de pago, la entidad bancaria a través de la cual se llevará a cabo el pago del valor de la matrícula, otros cobros periódicos y pensiones, dando estricto cumplimiento al Contrato Educativo que en cada ciclo académico se firmará entre las partes.
3.4. Compromiso de los Estudiantes al Matricularse. 
Todo estudiante al firmar la matrícula se compromete a:
1. Asistir puntualmente al plantel dentro de los horarios establecidos en el presente Manual de Convivencia Escolar, así como a las actividades planeadas por la Institución Educativa de la Sabana.
2. Disponer del tiempo necesario para cumplir debidamente con las tareas y demás obligaciones académicas y formativas que le señale la Institución Educativa de la Sabana.
3. El estudiante se compromete a cumplir con las obligaciones del Ministerio de Educación Nacional (MEN), Código del Menor, Ley General de la Educación, Constitución Nacional, Proyecto Educativo Institucional (PEI) y su Manual de Convivencia Escolar y demás disposiciones legales vigentes relacionadas con la educación.
4. El Estudiante se compromete a tener buena presentación personal y portar el uniforme de la Institución Educativa de la Sabana de acuerdo a lo contemplado en este Manual de Convivencia Escolar y exclusivamente para las actividades académicas o planeadas por la Institución Educativa de la Sabana.
3.5. Duración y Renovación del Contrato de Matrícula. 
El contrato de Matrícula tiene una vigencia de un (1) semestre académico, contando a partir del día de la Iniciación de Clases del ciclo académico hasta el día de la Finalización según lo determine el Calendario Escolar del mismo año. Podrá renovarse para el siguiente ciclo siempre y cuando el Educando y cuando los Padres y/o Acudientes (si es menor de edad) hayan cumplido estrictamente las condiciones estipuladas en el presente contrato y en el Manual de Convivencia Escolar de la Institución Educativa de la Sabana. Si el estudiante es mayor de edad realizará personalmente el proceso de renovación de la matrícula.
3.6. Causales de Terminacióndel Contrato de Matrícula.
· Tanto a la familia (Padres de Familia) en el caso de que el estudiante sea menor de edad, como a la Institución Educativa de la Sabana les asiste el derecho de poder cancelar unilateralmente el contrato de matrícula en cualquier época del ciclo académico por una de las siguientes causas:
· Expiración del término fijado, o sea, el ciclo académico. Mutuo consentimiento de las partes.
· Retiro o Traslado.
· Suspensión de actividades de la Institución Educativa de la Sabana por más de sesenta (60) días o por clausura definitiva del establecimiento.
· Retraso en el pago de pensiones por tres o más meses.
· Cuando el estudiante no cumpla con uno o varios de los compromisos establecidos en la matricula en observación.
· Reprobar por dos años consecutivos el mismo grado, con el debido seguimiento y según el concepto del Consejo Directivo.
· Cuando así se crea conveniente en decisión y aprobación del consejo Directivo de la Institución Educativa de la Sabana y en cualquier época del año escolar y de acuerdo a lo contemplado y estipulado en este Manual de Convivencia Escolar.
· Cuando el Consejo Directivo determine un cambio de ambiente escolar a aquellos estudiantes con problemáticas convivenciales o académicas, con el fin de contribuir en la formación, buscando un ambiente saludable que permita mejorar la calidad de vida de la comunidad educativa.
Parágrafo. La finalidad de esta medida es beneficiar al estudiante, ya que, en otro escenario académico, de características diferentes a las de la Institución Educativa de la Sabana, y acorde a sus necesidades y expectativas pueda encontrar un ambiente que facilite su desarrollo integral, su proceso de adaptación, asimilación y construcción de nuevos referentes que redundarán en la construcción de su proyecto de vida.
Los padres de familia o acudientes deben estar enterados, con suficiente antelación de la situación particular de su niño, niña o adolescente, así mismo como de las acciones que se estén realizando para mejorar su compromiso con las obligaciones académicas, convivenciales y pedagógicas de la Institución Educativa de la Sabana.
3.7. Carné Estudiantil. 
De acuerdo con el artículo 98 de la Ley 115 de 1994 se define como el documento por el cual el estudiante acredita su condición, facilita su participación y asistencia a eventos de carácter científico, cultural, artístico, deportivo y recreativo, el cual debe ser renovado al momento de la matrícula en cada grado.
4. Comunidad Educativa
4.1. Integrantes de la Comunidad Educativa. 
La comunidad educativa de la Institución Educativa de la Sabana está conformada por:
· Educandos matriculados para el periodo escolar.
· Profesores, padres de familia, y/o acudientes responsables de la educación de los estudiantes matriculados.
· Directivos docentes y personal administrativo y de servicios que cumplen funciones en la prestación del servicio educativo.
· Ex alumnos y demás colaboradores.
4.2. Organización y Gobierno Escolar de la Institución Educativa de la Sabana. 
El gobierno escolar es una estrategia formativa para la participación de la comunidad educativa, creada para promover valores cívicos y democráticos; donde serán consideradas las iniciativas de los estudiantes, de los educadores, de los administradores y de los padres de familia en aspectos tales como la adopción y verificación del reglamento escolar, la organización de las actividades académicas, sociales, deportivas, culturales, artísticas y comunitarias, y demás acciones que redunden en la práctica de la participación democrática en la vida escolar; que garanticen el desarrollo de la autonomía, la libertad, la solidaridad, el respeto y la Comunicación entre todos los actores de la comunidad educativa.
El Gobierno Escolar de la Institución Educativa de la Sabana se organiza con la participación democrática de todos los estamentos de la comunidad educativa, según el artículo 68 de la Constitución Política y en armonía con lo dispuesto para ellas en los incisos 2o y 3o del artículo 142 de la Ley 115 de 1994. Se organiza cada año escolar de acuerdo a las fechas establecidas por la Secretaría de Educación.
4.2.1. Consejo Directivo. 
Esta instancia tiene la responsabilidad de velar por el adecuado cumplimiento de los objetivos de la Institución Educativa de la Sabana y por su concordancia con el Proyecto Educativo Institucional (PEI). El Consejo Directivo de la Institución Educativa de la Sabana estará integrado por:
· El Rector, quien presidirá y convocará dos (2) representantes del personal docente.
· Dos representantes de los padres de familia.
· Un representante de los estudiantes que debe estar cursando el último grado Un representante de los egresados.
· El representante de los sectores productivos o entidades patrocinadoras sólo actuará en el Consejo Directivo correspondiente al año lectivo.
· Las decisiones del Consejo Directivo se tomarán por mayoría simple de quienes lo conforman. El rector convocará con la debida anticipación, a los diferentes estamentos para efectuar las elecciones correspondientes.
4.2.1.1. Funciones del Consejo Directivo. 
Las funciones del Consejo Directivo de la Institución Educativa Educativo en los Ciclos Lectivos Especiales Integrados (CLEI) son las siguientes:
a. Tomar las decisiones que afectan el funcionamiento de la Institución Educativa de la Sabana.
b. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes, administrativos y con los estudiantes de la Institución Educativa de la Sabana después de haber agotado los procedimientos previstos en el presente reglamento.
c. Adoptar el Manual de Convivencia Escolar como reglamento de la Institución Educativa de la Sabana.
d. Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos estudiantes.
e. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la Comunidad Educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado.
f. Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente presentado por el rector.
g. Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional (PEI), del currículo y del plan de estudio y someterlos a la consideración de la secretaría de Educación respectiva o del organismo que haga sus veces para que verifiquen el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley y los reglamentos.
h. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la Institución Educativa de la Sabana.
i. Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del estudiante que han de incorporarse al presente Manual de Convivencia Escolar. En ningún caso puede ser contrarios a la dignidad del estudiante.
j. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas y la conformación de asociaciones de padres de familia y de estudiantes.
De cada reunión del Consejo Directivo se levantará un acta firmada por cada uno de los miembros del Consejo Directivo dejando constancia de las decisiones tomadas.
4.3. El Rector. 
	Representante de la Institución Educativa de la Sabana ante las autoridades educativas y ejecutor de las decisiones del gobierno escolar serán elegidos para períodos anuales, pero continuarán ejerciendo sus funciones hasta cuando sean reemplazados. En caso de vacancia, se elegirá su reemplazo para el resto del período.
4.3.1. Funciones del Rector. 
El inmediato superior de los docentes es el Rector o Director de la Institución Educativa de la Sabana, lo anterior en virtud a las facultades establecidas en el artículo 25 del decreto 1860 de 1994 el cual establece entre las funciones del rector o director entre otras:
a. Orientar la ejecución del Proyecto Educativo Institucional (PEI) y aplicar las decisiones del Gobierno Escolar.
b. Velar por el cumplimiento de las funciones docentes y administrativas el oportuno aprovisionamiento de los recursos necesarios para el efecto.
c. Promover el proceso continuo de mejoramientode la calidad de la educación en la Institución Educativa de la Sabana.
d. Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas, con los patrocinadores o auspiciadores de la Institución Educativa de la Sabana y con la comunidad local para el continuo progreso académico de la Institución Educativa de la Sabana y el mejoramiento de la vida comunitaria.
e. Efectuar la rendición de cuentas y formatos y fechas establecidos por los entes de control.
f. Publicar en un lugar de la Institución Educativa de la Sabana, visible y de fácil acceso, el informe de ejecución de los recursos del Fondo de Servicios Educativos, con el período del tiempo que indique el Consejo Directivo.
g. Presentar un informe de ejecución presupuestal al final de cada vigencia fiscal a las autoridades educativas de la entidad territorial que tiene a su cargo el establecimiento educativo estatal, incluyendo el excedente de recursos no comprometidos si los hubiere.
h. Liderar el comité de convivencia escolar acorde con lo estipulado en los artículos 11, 12 y 13 de la Ley 1620 del 15 de marzo de 2013.
i. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el Proyecto Educativo Institucional (PEI).
j. Todos los demás establecidos en la Constitución, Leyes, Decretos, Ordenanzas y acuerdos.
Parágrafo. Siendo la Institución Educativa de la Sabana de carácter privado quienes ejercen el cargo de representante legal y los cargos de Directores de la Institución Educativa tendrán autonomía respecto al Consejo Directivo, en el desempeño de sus funciones administrativas y financieras. En este caso el Director Administrativo podrá ser una persona natural distinta del Rector.
4.3.2. Responsabilidades del Rector.
· Liderar el Comité Escolar de Convivencia acorde con lo estipulado en los artículos 11,12 y 13 de la presente Ley.
· Incorporar en los procesos de planeación institucional el desarrollo de los componentes de prevención y de promoción, y los protocolos o procedimientos establecidos para la implementación de la ruta de atención integral para la convivencia escolar.
· Liderar la revisión y ajuste del Proyecto Educativo Institucional (PEI), el Manual de Convivencia Escolar, y el Sistema Institucional de Evaluación anualmente, en un proceso participativo que involucre a las estudiantes y en general a la Comunidad Educativa, en el marco del Plan de Mejoramiento Institucional.
· Reportar aquellos casos de acoso y violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes del establecimiento educativo, en su calidad de presidente del Comité Escolar de Convivencia, acorde con la normatividad vigente y los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral y hacer seguimiento a dichos casos.
4.4. Consejo Académico. 
Es un órgano consultivo, asesor del Director, responsable de la organización, Orientación pedagógica y mejoramiento continuo de los planes de estudio Conforme con la Ley 115 de 1994, Artículo 145 y Decreto 1860 de 1994
4.4.1. Miembros del Consejo Académico. 
En la Institución Educativa de la Sabana existirá un Consejo Directivo integrado por: 
· El Rector de la Institución Educativa de la Sabana, quien lo convocará y presidirá.
· Dos representantes de los docentes de la Institución Educativa de la Sabana. 
· Dos representantes de los padres de familia.
· Un representante de los estudiantes que debe estar cursando el último grado de educación que ofrezca la Institución Educativa de la Sabana (estudiante de Ciclo 6, Grado 11°).
· Un representante de los exalumnos de la Institución Educativa de la Sabana.
· Un representante de los sectores productivos del área de influencia del sector productivo. 
Para la elección de los representantes a que se refiere este artículo, el Gobierno Nacional establecerá la reglamentación correspondiente que asegure la participación de cada uno de los estamentos que lo integran y fije el período para el cual se elegirán.
4.4.2. Funciones del Consejo Académico. El Consejo Académico cumplirá las siguientes funciones:
1. Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del Proyecto Educativo Institucional (PEI).
2. Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes de acuerdo con el procedimiento previsto en el presente Manual de Convivencia Escolar.
3. Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución.
4. Participar en la Evaluación Institucional Anual.
5. Recibir y decidir reclamos sobre desacuerdos académicos, de aplicación pedagógica o no conformidades de los alumnos sobre la evaluación educativa.
6. Las demás funciones afines complementarias con las anteriores que le contribuya el Proyecto Educativo Institucional (PEI).
7. Elaborar y presentar al Consejo Directivo, durante el tiempo de planeación institucional anual, el programa de capacitación docente y las necesidades de ayudas y recursos didácticos requeridos por cada uno de las secciones y áreas.
8. Establecer estímulos de carácter académico para docentes y alumnos, y colaborar en la búsqueda de recursos económicos para su cubrimiento cuando ello sea necesario.
4.5. Directivos Docentes. 
Todos los establecimientos educativos de acuerdo con su Proyecto Educativo Institucional (PEI), podrán crear medios administrativos adecuados para el ejercicio coordinado de las siguientes funciones:
1. La atención a los alumnos en los aspectos académicos, de evaluación y de promoción. Para tal efecto los educandos se podrán agrupar por conjuntos de grados.
2. La orientación en el desempeño de los docentes de acuerdo con el plan de estudios. Con tal fin se podrán agrupar por la afinidad de la disciplina o especialidades pedagógicas.
3. La interacción y participación de la comunidad educativa para conseguir el bienestar colectivo de la misma. Para ello podrá impulsar programas y proyectos que respondan a necesidades y convivencias.
4.6. Consejo Estudiantil.
 
El Consejo de Estudiantes es el máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte de los educandos. Está integrado por un delegado de cada uno de los grados que funciona en la Institución Educativa de la Sabana, según el artículo 29 del Decreto 1860.
El Consejo Directivo convocará en una fecha dentro de las cuatro primeras semanas del Calendario Académico sendas Asambleas integradas por los estudiantes que cursa en cada grado para que elijan, mediante votación secreta un representante por cada nivel.
4.6.1. Funciones del Consejo Estudiantil. 
Corresponde al Consejo Estudiantil cumplir las siguientes funciones:
1. Darse su propia organización interna, eligiendo Presidente, Vicepresidente, Tesorero, Secretario(a), de Curso.
2. Elegir el representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo; éste deberá ser estudiante de 11º Grado.
3. Escoger y Autorizar a los estudiantes que podrán ser candidatos a Personero de la Comunidad Discente.
4. Invitar a sus deliberaciones aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil.
5. Comunicar al estudiantado sobre disposiciones, acontecimientos u otros que pertenezcan a la vida de la Institución Educativa de la Sabana.
6. Sancionar, realzar, felicitar u otra reacción o conducta que sea necesaria asumir para sancionar o reconocer la conducta no asertiva o asertiva de los estudiantes del curso, su rendimiento académico y su productividad.
7. Las demás actividades afines y las que le atribuya el Manual de Convivencia Escolar.
4.7. Personero Estudiantil.
Según el artículo 28 del decreto 1860 de 1994, "en todos los establecimientos educativos el personero de los estudiantes será un alumno que curse el último grado que ofrezca la institución encargada de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes, consagrados en la Constitución Política, las Leyes, los reglamentos y el Manual de Convivencia Escolar". Se elige mediante el voto secreto de los estudiantesmatriculados en el plantel por el sistema de mayoría simple.
4.7.1. Funciones del Personero Estudiantil.
1. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes en la Institución Educativa de la Sabana, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación interna del establecimiento, pedir la colaboración del Consejo de Estudiantes, organizar foros u otras formas de deliberación.
2. Presentar ante el Rector de la Institución Educativa de la Sabana las solicitudes que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes.
3. Recibir y evaluar quejas y reclamos que presenten los estudiantes sobre lesiones a sus derechos y a las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los estudiantes.
4. El ejercicio del cargo de Personero de los estudiantes es incompatible con el de representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo o el organismo que haga sus veces, las decisiones del Rector respecto a las peticiones hechas por su intermedio.
4.7.2. Requisitos para ser Personero Estudiantil. 
1. Ser estudiante de Ciclo 6, Grado 11º de la Institución Educativa de la Sabana.
2. No estar involucrado en ningún evento, situación o caso de convivencia que se encuentre tipificado en el presente Manual de Convivencia Escolar.
3. Solicitud escrita de inscripción y su propuesta debidamente la cual será analizada para su aceptación por los Directivos Docentes para lo cual el aspirante debe ser un estudiante serio, responsable que tenga buen comportamiento, buen rendimiento académico y/o técnico y se dejará constancia firmada en caso de aprobarse o no su inscripción.
Parágrafo. Se pierde la categoría de Personero al involucrarse de manera culposa en cualquier evento que se encuentre tipificado en el Presente Manual de Convivencia Escolar como falta grave o gravísimas. Igualmente, por abandono del cargo o de los compromisos por los cuales fue elegido. Por enfermedad permanente o cualquier dificultad que le permita cumplir a cabalidad su cargo y funciones. Por retiro de la Institución Educativa de la Sabana o por retiro permanente.
En este caso se posesionará el que en las elecciones haya quedado en el segundo lugar de las votaciones.
4.8. Asociación de Padres de Familia. 
La participación de los padres está normada en el Decreto 1286 del 2005, el cual establece las normas sobre la participación de los padres de familia en el mejoramiento de los procesos educativos. En este decreto se establecen los derechos y deberes de los padres de familia en relación con la educación impartida en los establecimientos educativos. También se establecen mecanismos de participación para el mejoramiento de la calidad, entre ellos el consejo de padres, con representantes de cada grado que se esté dando en la Institución Educativa de la Sabana y de afiliación gratuita, y la Asociación de Padres, que debe constituirse en cámara de comercio, y puede cobrar cuota a sus afiliados, de acuerdo con sus estatutos.
4.8.1. Funciones de la Asociación de Padres de Familia.
La Asociación de Padres de Familia de la Institución Educativa de la Sabana además de las funciones que sus estatutos y Reglamentos determinan, podrán desarrollar actividades como las siguientes:
 
· Velar por el cumplimiento del Proyecto Educativo Institucional (PEI) y su continua evaluación, por lo cual la asociación de padres de familia con el apoyo de la Institución Educativa de la Sabana organiza las actividades de campo con el objetivo de reducir los costos y maximizar los logros, adelantando gestiones con empresas de transporte, guías turísticos, y entradas a los lugares de interés a visitar, logrando buenos descuentos.
· Lo anterior como mecanismos para facilitar el pago de estas actividades se ha acordado con la Institución Educativa de la Sabana que su cancelación se efectúe a través del recibo de la pensión, evitando así que los estudiantes se queden sin el derecho de participar en estas actividades académico recreativas.
· Promover programas de formación de padres para cumplir adecuadamente la tarea educativa que les corresponde.
· Promover el proceso de Constitución del Consejo de Padres de Familia como apoyo a la función pedagógica que les compete.
· La Junta Directiva de la Asociación de Padres de Familia velará por la participación de los padres ante el Consejo Directivo.
4.8.2. Consejo de Padres de Familia. 
El Consejo de Padres de Familia de la Institución Educativa de la Sabana, como órgano de la Asociación de Padres de Familia del mismo, es un medio de participación de los Padres de Familia destinado a asegurar su continua participación en el mejoramiento educativo y búsqueda de la calidad y excelencia. Artículo 5 del Decreto 1286 de 2005.
Estará integrado por los voceros de los padres de los estudiantes que cursan cada uno de los diferentes grados en los ciclos que la Institución Educativa de la Sabana ofrece. Siendo dos representantes mínimos por grado y estos a la vez pueden ser elegidos como miembros de la Junta Directiva.
4.8.3. Estructura y Funcionamiento del Consejo de Padres de Familia. 
El Consejo de Padres de Familia deberá conformarse en todos los establecimientos educativos. Podrá organizar los comités de trabajo que guarden afinidad con el Proyecto Educativo Institucional (PEI) y el plan de mejoramiento del establecimiento educativo, de conformidad con los planes de trabajo que acuerde con el rector o director. Los comités podrán contar con la participación de un directivo o docente del establecimiento educativo designado por el rector o director para tal fin.
El Consejo de Padres es un órgano de participación educativa que no requiere registro ante ninguna autoridad y para pertenecer a él no se podrán establecer cuotas de afiliación o contribución económica de ninguna especie. Se reunirá como mínimo tres veces al año por convocatoria del rector o director, o por derecho propio. Las sesiones del consejo de padres serán presididas por un padre de familia, elegido por ellos mismos. Artículo 6 del Decreto 1286 de 2005.
4.8.4. Responsabilidades de la Familia.
· Proveer a sus hijos espacios y ambientes en el hogar, que generen confianza, ternura, cuidado y protección de sí y de su entorno físico, social y ambiental.
· Participar en la formulación, planeación y desarrollo de estrategias que promuevan la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos, la participación y la democracia, y el fomento de estilos de vida saludable.
· Acompañar de forma permanente y activa a sus hijos en el proceso pedagógico que adelante el establecimiento educativo para la convivencia y la sexualidad.
· Participar en la revisión y ajuste del Manual de Convivencia Escolar a través de las instancias de participación definidas en el Proyecto Educativo Institucional (PEI).
· Asumir responsabilidades en actividades para el aprovechamiento del tiempo libre de sus hijos para el desarrollo de competencias ciudadanas.
· Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en el Manual de Convivencia Escolar y responder cuando su hijo incumple alguna de las normas allí definidas.
· Conocer y seguir la Ruta de Atención Integral cuando se presente un caso de violencia escolar, la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos o una situación que lo amerite, de acuerdo con las instrucciones impartidas en el Manual de Convivencia Escolar del respectivo establecimiento educativo.
· Utilizar los mecanismos legales existentes y los establecidos en la Ruta de Atención Integral a que se refiere esta Ley, para restituir los derechos de sus hijos cuando éstos sean agredidos.
4.8.5. Derechos de los Padres de Familia y/o Acudientes. 
Los padres o acudientes de los estudiantes de la Institución Educativa de la Sabana gozan de todos los derechos y garantías civiles reconocidas en la Legislación Colombiana, frente a este tienen especialmente los siguientes:
1. Ser atendidos por el personal directivo, docentesy administrativos de la Institución Educativa de la Sabana., en los horarios establecidos para tal fin.
2. Recibir un trato cortés y respetuoso por todos los demás miembros de la Comunidad educativa.
3. Recibir información académica o de convivencia (disciplinaria), aclarar dudas, Resolver inquietudes, presentar reclamos y hacer las sugerencias que consideren pertinentes.
4. Recibir periódicamente el informe detallado del rendimiento y comportamiento de su(s) hijo(s).
5. Beneficiarse de los servicios de acompañamiento psicosocial ofrecidos por la Institución Educativa de la Sabana.
6. Hacer parte de la Asociación de padres de familia de la Institución Educativa de la Sabana del Consejo de padres y demás comités Existentes en el plantel.
7. Participar en las actividades programadas para padres de familia.
8. Participar en la elaboración y evaluación de Proyecto Educativo Institucional (PEI) y del Manual de Convivencia Escolar.
9. Representar a su hijo o acudido en todas las actuaciones en las que sea necesario o conveniente y, especialmente en las audiencias en las que se juzgue faltas graves.
10. Enterarse de los logros que debe alcanzar su hijo o acudido en cada período y de cada área.
11. Presentar propuestas a través del Consejo de Padres o de la directiva de la Asociación de Padres que tienda a mejorar el proceso educativo de la Institución Educativa de la Sabana.
12. Estar representado como constituyente de un estamento de la comunidad en el gobierno escolar.
13. Elegir y ser elegido en las organizaciones representativas de la comisión de evaluación y promoción y de la asociación de padres de familia.
14. Todos los demás establecidos en la Constitución, Leyes, Decretos, Ordenanzas y Acuerdos.
4.8.6. Deberes de los Padres de Familia o Acudientes. 
De acuerdo con la Constitución, Leyes, Decretos, Ordenanzas, Acuerdos y con la filosofía de la Institución Educativa de la Sabana, los padres de familia son los primeros y principales educadores de sus hijos, artífices de la unidad familiar y responsables de la formación de los valores humanos. Por tales razones, la Institución Educativa de la Sabana, propende por una integración y participación activa de los padres en el proceso educativo, que sea proactivo, no interferente y de ejemplo vivencial permanente.
En consecuencia, al legalizar la matrícula, el padre de familia o acudiente adquiere con la Institución Educativa de la Sabana y con sus hijos los siguientes compromisos y responsabilidades:
1. Acatar los acuerdos y las disposiciones legales, económicas y morales de todo orden; que rigen las relaciones de mutuo acuerdo con la comunidad educativa a la que pertenecen sus representados.
2. Cancelar oportunamente los compromisos económicos que adquieren con la Institución Educativa de la Sabana., dentro de los plazos señalados por éste para cada evento.
3. Participar, atender y cumplir las programaciones curriculares, resoluciones, circulares, directivas, memorandos, oficios y llamados que emanen de la Institución Educativa de la Sabana como resultado de su organización interna.
4. Gestionar por su cuenta con diligencia y prontitud en la entidad Gubernamental autorizada para tal fin, cualquier documento que sea exigido por la Institución Educativa de la Sabana para efectos de su legalización ante organismos representativos del Estado Colombiano.
5. Orientar a sus hijos en los aspectos éticos, morales, sociales; proporcionándoles un ambiente de comprensión, cariño, respeto y buen ejemplo, corrigiéndolos en forma oportuna y adecuada.
6. Controlar el cumplimiento de los deberes escolares de los hijos, dando oportunidad para que asuma sus propias responsabilidades.
7. Suministrar oportunamente a sus hijos o acudidos los uniformes, textos y útiles exigidos por la Institución Educativa de la Sabana
8. Acatar de manera disciplinada los procedimientos establecidos en el presente Manual de Convivencia Escolar y el Proyecto Educativo Institucional (PEI).
9. Solicitar los permisos de sus hijos para no asistir a la Institución Educativa de la Sabana o retirarse dentro de la jornada excepcionalmente, sabiendo que estos quedan a juicio del Coordinador o del Rector, y acepta las decisiones a bien tomadas se tramitarán solicitudes de permisos comunicados telefónicamente o personalmente.
10. Enviar al coordinador la excusa correspondiente a la asistencia de su(s) hijo(s) al siguiente día hábil al regreso del alumno al plantel, debidamente firmada y presentarse personalmente cuando la Institución Educativa de la Sabana lo requiera en la forma y formato que lo establezca.
11. Analizar y controlar en forma continua los resultados académicos y técnicos de sus hijos, estimular sus logros, establecer correctivos a situaciones que así lo requieran y solicitar los informes pertinentes en el horario establecido para la atención a padres de familia.
12. Evitar agresiones físicas o verbales entre los miembros del grupo familiar, puesto que van en contra de la integridad física, moral y psicológica de sus propios hijos.
13. No permitir a sus hijos traer a la Institución Educativa de la Sabana elementos diferentes a los útiles escolares y vestuario reglamentario. La Institución Educativa de la Sabana no responderá por la pérdida de joyas, grabadoras, juguetes, celulares, calculadoras, o cualquier aparato electrónico.
14. Devolver a la Institución Educativa de la Sabana cualquier objeto que lleven sus hijos a casa que no sea de su propiedad, realizando el respectivo seguimiento familiar en apoyo con coordinación con los docentes de la Institución Educativa de la Sabana.
15. Fortalecer los valores de la Institución Educativa de la Sabana, evitando críticas o comentarios destructivos que desfavorecen el buen nombre de la misma.
16. Aportar a la Institución Educativa de la Sabana en el momento de la matrícula el soporte del Seguro contra accidente obligatorio de su hijo (a) y/o acudido (a).
17. Participar en las actividades de la Asociación de padres de familia, apoyando la consecución de recursos y la proyección formativa, asistiendo a sus encuentros, actividades diversas y promociones.
18. Representar a su hijo y/o acudido y firmar matrícula, cancelar los derechos académicos y otros costos educativos establecidos por el Consejo Directivo.
19. Responder por los daños que su hijo o representado ocasione en la Institución Educativa de la Sabana.
20. Identificarse con padres de familia de la Institución Educativa de la Sabana, dar un trato cortés y respetuoso a todos los miembros de la comunidad educativa.
21. No involucrarse directa o indirectamente en falsificar o adulterar certificado de calificaciones, registros de asistencia, sellos del plantel, firmas, recibos de pago o cualquier otro documento, igualmente suplantar padres o acudientes por particulares, mentir sobre inasistencias, excusas o realidades del estudiante o de sí mismo.
22. No frecuentar los salones de clases, laboratorios y demás áreas dedicadas a asuntos pedagógicos si no están autorizados por las directivas de la Institución Educativa de la Sabana.
23. Proveer a sus hijos espacios y ambientes en el hogar que generen confianza, ternura, cuidado y protección de si y de su entorno físico, social y ambiental.
24. Participar en la formulación, planeación y desarrollo de estrategias que promuevan la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos, la participación y la democracia y el fomento de estilos de vida saludables.
25. Participar en la revisión y ajuste al Manual de Convivencia Escolar a través de las instancias de participación.
26. Asumir responsabilidades para el aprovechamiento del tiempo libre de sus hijos para el desarrollo de competencias ciudadanas.
27. Conocer el procedimiento de atención integral cuando se presente un caso de violencia escolar, la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos o una situación que lo amerite, de acuerdo con los procedimientos establecidos en este Manual de Convivencia Escolar.
28. Todo lo demás establecidos

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