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conocimientos básicos de farmacología (57)

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38 Manual de conocimientos básicos de farmacología
tas denominaciones. Se genera un acuerdo con las organizaciones 
reguladoras en materia de salud de cada país y así se genera un 
acuerdo global para el nombramiento de los diversos principios 
activos. Para esto, se hace uso de reglas de prefijos y sufijos que 
sirven para identificar a un gran grupo farmacológico específico 
con características similares.3, 4
Con esto se busca que se eliminen la mayor cantidad de confu-
siones que puedan surgir con la mención de un nuevo fármaco, y 
que además facilite el uso de los medicamento de manera univer-
sal. En caso de no tener una denominación común internacional, 
se utiliza la denominación común usual o la científica del com-
puesto, acompañada del nombre o marca del titular o el laborato-
rio fabricante.3, 4
Ejemplo de esto sería el siguiente: la cefalexina utiliza el prefi-
jo “cef”, que indica que es un antibiótico derivado del ácido cefa-
losporánico, al igual que la cefradrina. Pero también existe el uso 
de sufijos como “bactam”, utilizado para los fármacos inhibidores 
de las β-lactamasas como el sulbactam o el tazobactam.
Nomenclatura comercial
Es el nombre dado por la empresa farmacéutica encargada de su 
distribución y venta, una vez que logra su patente y pasa por todas 
las pruebas necesarias para su aprobación de uso clínico. Durante 
esta etapa, hablando sobre todo del desarrollo de nuevos fárma-
cos, la fórmula puede no ser revelada completamente para prote-
gerla del plagio.1, 4
Esta patente debe ser respetada por aquellas naciones que in-
tegren el convenio respectivo, y generalmente tiene una duración 
máxima de 20 años. Durante este tiempo, ningún otro laboratorio 
podrá reproducir un fármaco a partir de ese compuesto, lo que 
permite la exclusividad del aprovechamiento económico para el 
laboratorio que la desarrollo.1, 4 
Una vez terminado el tiempo de la patente, aquellas empresas 
farmacéuticas que lo deseen y tengan la capacidad para reprodu-
cirlo, podrán elaborar el fármaco, distribuirlo y venderlo de mane-
ra nacional o internacional, promoviendo así la competencia eco-
nómica. El dueño original de la fórmula puede decidir si vende su

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