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96 Personalidad Jurídica Se refiere a la aptitud legal para ser sujeto de derechos y obligaciones que la Ley otorga a todo individuo que llega a los 18 años de edad: Con ella adquiere la capacidad para comparecer en un juicio y ser responsable jurídicamente de todos los actos que realice. Ejemplo: El heredero de un difunto es el único que tiene personalidad jurídica, para rechazar la herencia El abogado de una compañía es el único con la personalidad jurídica necesaria para representar a la compañía en un juicio Si una persona fallece y en su seguro de vida señala como beneficiario a su esposa, ella de estar con vida, será la única persona con personalidad jurídica para reclamar el seguro, otra persona que pretenda cobrar el seguro no podrá hacerlo, debido a que no cuenta con la personalidad jurídica necesaria. Capacidad Jurídica Se divide en capacidad de goce y capacidad de ejercicio. Capacidad de Goce: Es un atributo de la personalidad que se adquiere con el nacimiento y se pierde con la muerte en virtud de la cual una persona puede ser titular de derechos y obligaciones. Capacidad de Ejercicio: Es la aptitud que requieren las personas para ejecutar por si mismas sus derechos y cumplir sus obligaciones, se adquiere con la mayoría de edad. Cuestiones legales sobre el testamento Derecho Sucesorio Es el conjunto de normas jurídicas, que dentro de derecho privado, regulan el destino del patrimonio de una persona, después de su muerte.
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