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DERECHO ECONÓMICO

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DERECHO ECONÓMICO
El derecho económico es el derecho de la economía política. Esto, que puede parecer un trabalenguas, quiere decir que el derecho económico es un conjunto de normas y conceptos del derecho público, destinados a facilitar la labor del Estado de la planificación económica. Para ello, esta disciplina se relaciona, por ejemplo, con el derecho mercantil.
El derecho económico puede definirse, así, como el derecho que tiene el Estado para regular el concierto de las actividades económicas de un país, siempre de acuerdo a lo contemplado en la Constitución Nacional y las leyes. En ese sentido, es una evidencia del estrecho vínculo existente entre el derecho y la economía.
Características del derecho económico
El derecho económico responde a las siguientes características:
· Tradicionalmente se clasifica en dos vertientes: la europea tradicional, que valoraba el conocimiento teórico por encima de la práctica; y la norteamericana que valora, justamente, lo contrario.
· Establece un conjunto neutral de “reglas de juego” para los actores económicos de la sociedad, en lo relacionado a lo bursátil, monetario, financiero, y comercial y mercantil en general.
· Posee un carácter multidisciplinario, dado el conjunto diverso de acciones de la esfera económica de los que se ocupa.
Fuentes del derecho económico
Las fuentes del derecho económico son los principios económicos básicos contemplados en la Constitución.
Sus fuentes primarias son los principios mismos que orientan los sistemas económicos de una sociedad, es decir, las leyes que constituyen el Orden Público Económico, y junto a ellas los lineamientos de los tratados internacionales suscritos por la nación.
Sujetos del derecho económico
El derecho económico atañe a un número de sujetos, o sea, de actores económicos que intervienen de distinta manera y en distinta proporción en la labor productiva y mercantil.
Es decir, es toda persona humana o jurídica que sea capaz de realizar actos jurídicos e intervenir en el proceso económico, independientemente de su naturaleza y condición, serán considerados sujetos del derecho económico. Son ejemplos de ello:
· El Estado,
· Las instituciones bancarias,
· Los agentes de valores,
· Las empresas,
· El público consumidor.
· Derecho económico internacional
Por su parte, el derecho económico internacional es una rama del derecho internacional que se ocupa de normar las relaciones comerciales y mercantiles entre los entes públicos y privados de los distintos países del mundo, de acuerdo a los lineamientos y especificaciones de los tratados internacionales que dichas naciones suscriban.
Se ocupa de regular el intercambio de bienes, servicios y activos financieros entre naciones, organizaciones internacionales múltiples y otro tipo de organizaciones económicas multilaterales.

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