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Formulación de caso en psicología_WEB_3-05-22

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Formulación de caso 
en Psicología Jurídica 
Perspectiva penal
El presente libro cumple con la finalidad de describir 
un modelo de formulación de caso que permite a 
los profesionales de la psicología jurídico-penal y 
sus subcampos, organizar, sistematizar y analizar la 
información obtenida a partir de diversos métodos 
de recolección que son propios de la ciencia y 
práctica psicológica, tales como la entrevista directa, 
la entrevista con colaterales y los instrumentos de 
evaluación psicológica, entre otros. De igual modo, 
le permite la formulación adecuada de informes de 
evaluación e intervención que sean de utilidad para 
el sistema de justicia penal colombiano. Se espera que 
este modelo de formulación sirva como base para los 
psicólogos jurídicos que ejercen su actividad profesional 
en los campos criminológicos, victimológicos, 
penitenciarios, y de la mediación y conciliación, 
no solo en la identificación de los constructos de 
evaluación, sino también en la explicación de los 
fenómenos psicológicos a intervenir y en el desarrollo 
de procedimientos interventivos idiográficos ajustados 
a factores (precipitantes, predisponentes, protectores 
y mantenedores) propios de las víctimas, de los 
criminales, de las personas privadas de la libertad y de 
las personas en conflicto judicial en general.
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Formulación 
de caso en 
Psicología Jurídica. 
Perspectiva penal
JOSÉ RAÚL JIMÉNEZ-MOLINA
Psicólogo, Magíster en Psicología y Doctor en Psicología por 
la Universidad Católica de Colombia. Docente, investigador y 
asesor en psicología jurídica y forense, en ética y deontología de la 
psicología. Exmagistrado y expresidente Tribunales Deontológicos y 
Bioéticos de Psicología Centro y Sur Oriente, Colegio Colombiano 
de Psicólogos. Miembro honorario de la Asociación Internacional 
de Criminología y Ciencias Forenses. Profesor Honorífico en 
Madrid, España. Conferencista nacional e internacional. Premio 
Nacional de Psicología 2020 en Colombia. Docente de planta de la 
Facultad de Psicología de la Universidad Católica de Colombia. 
LUIS ORLANDO JIMÉNEZ-ARDILA
Psicólogo, especialista en Derecho Penal y Ciencias Forenses, 
Magíster en Psicología, Doctor en Psicología por la Universidad de 
La Laguna – Islas Canarias (España), exfuncionario de la Fiscalía 
General de la Nación y la Procuraduría General de la Nación, 
docente universitario e investigador en temas de Psicología 
Jurídica, exmagistrado de los Tribunales Deontológicos y 
Bioéticos de Psicología Centro y Sur Oriente del Colegio 
Colombiano de Psicólogos. Actualmente, coordinador de 
la Especialización en Psicología Jurídica y Criminológica 
de la Universidad Católica de Colombia. 
ELÍAS DEVIA-VEGA 
Psicólogo Universidad Nacional de Colombia, Especialista en 
Psicología Jurídica Universidad Católica de Colombia, Magíster 
(c) en Resolución de Conflicto y Mediación. Estudios adicionales 
en Psicología Forense y Psicología del Testimonio, exfuncionario 
del programa SIVIM de la Secretaría Distrital de Salud; docente 
universitario en diferentes ámbitos de la Psicología, especialmente, 
en Psicología Jurídica. Investigador y coordinador del semillero 
de investigación en Psicología Jurídica de la Universidad Incca de 
Colombia. Perito privado en diferentes ámbitos del derecho.
ÉVER JOSÉ LÓPEZ-CANTERO
Psicólogo, Máster en Justicia Transicional, Desplazamiento 
Forzado, Paz, Desarrollo y Cooperación, Magister en Derecho, 
Especialista en Administración Pública y Doctorando en 
Psicología. Docente de planta de la Facultad de Psicología 
de la Universidad Católica de Colombia.
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Fondo blanco
Vigilada Mineducación
Vigilada Mineducación
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LOGOS
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José Raúl Jiménez-Molina (Comp.)
Luis Orlando Jiménez-Ardila (Comp.)
Elías Devia-Vega
Ever José López-Cantero
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La colección editorial Logos Signum contiene la 
producción escrita elaborada en el marco de la 
docencia como apoyo fundamental al proceso de 
formación de los estudiantes; una tarea relevante 
en la que se rescatan tradiciones y nuevos 
planteamientos, extensas reflexiones y conclusiones 
sobre determinados temas que estimulan y 
propician las virtudes del ser humano, entre ellas, y 
de manera principal, la studiositas. En este contexto 
educativo, Signum destaca la enseñanza como el 
camino para estimular la inteligencia y facilitar la 
inteligibilidad de la psicología, lo mismo que la 
posibilidad de congelar en el tiempo las señales que 
se construyen en el ejercicio de la docencia, lo cual 
no es tarea fácil. Pasar de la tiza y el tablero como 
primera señal, un poco menos que efímera, al 
documento escrito que perpetúa la producción del 
maestro, tampoco lo es, por la misma naturaleza de 
la profesión: activa, cambiante e innovadora.
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ISBN 958513393-8
9 789585 133938
Formulación de caso 
en Psicología Jurídica 
Perspectiva penal
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José Raúl Jiménez-Molina (Comp.)
Luis Orlando Jiménez-Ardila (Comp.)
Elías Devia-Vega
Éver José López-Cantero
Facultad de psicología 
Avenida Caracas # 46-22 
Bogotá, D. C., Colombia
psicologia@ucatolica.edu.co
Editorial
Universidad Católica de Colombia 
Av. Caracas 46-72, piso 5
Bogotá, D. C., Colombia 
editorial@ucatolica.edu.co
Hecho el depósito legal
Licencia Creative Commons Atribución-CompartirIgual 4.0 
Internacional (CC BY-SA 4.0)
© Universidad Católica de Colombia 
© José Raúl Jiménez-Molina (Comp.)
© Luis Orlando Jiménez-Ardila (Comp.)
© Elías Devia-Vega
© Éver José López-Cantero
Primera edición, Bogotá, D.C. 
Marzo de 2022
Dirección Editorial 
Stella Valbuena García
Coordinación Editorial 
María Paula Godoy Casasbuenas
Corrección de estilo
Juana Les Esguerra
Diseño de colección
Juanita Isaza
Diagramación 
Andrés Mauricio Enciso Betancourt
Publicación digital
Hipertexto Ltda.
www.hipertexto.com.co
Impresión
Xpress Estudio Gráfico y Digital S. A. S.
www.xpress.com.co
Bogotá, D.C., Colombia
Devia-Vega, Elías
Formulación de caso en Psicología Jurídica. Perspectiva penal / Elías Devia-Vega, Luis 
Orlando Jiménez-Ardila, José Raúl Jiménez-Molina y Ever José López-Cantero; con la 
colaboración de: Gabriela Arias-Cáceres, Karen Lorena Ruiz-Pérez, Daniela Chinchilla- 
Rosales, Daniela Chaparro-Restrepo y Laura Estefany Corredor-Santana; compilado por: 
José Raúl Jiménez-Molina y Luis Orlando Jiménez-Ardila — Bogotá : Universidad Católica de 
Colombia, 2022
84 páginas; 17 x 24 cm--- (Logos Signum ; no. 7)
ISBN: 978-958-5133-93-8 (impreso)
 978-958-5133-94-5 (digital)
I. Título II. Serie. III. Jiménez-Ardila, Luis Orlando IV Jiménez-Molina, José Raúl V. 
López-Cantero, Ever José 
1. PSICOLOGÍA DEL DERECHO-CASOS
Dewey: 343.312 SCDD ed. 21
Cómo citar en APA
Versión impresa
Jiménez-Molina, J.R., & Jiménez-Ardila, L.O. (Comps.). 
(2022). Formulación de caso en Psicología Jurídica. 
Perspectiva penal. Universidad Católica de Colombia.
Versión digital
Jiménez-Molina, J.R., & Jiménez-Ardila, L.O. (Comps.). 
(2022). Formulación de caso en Psicología Jurídica. 
Perspectiva penal. Universidad Católica de Colombia. 
https://doi.org/10.14718/9789585133945.2022
https://creativecommons.org/licenses/by-sa/4.0/deed.es
3
Con la colaboración de:
Gabriela Arias-Cáceres
Psicóloga de la Fundación Universitaria Konrad Lorenz, con experiencia en el estudio 
sistemático del comportamiento humano, procesos de aprendizaje, Psicología Clínica 
y Psicología Jurídica aplicada e interpretación de normas, con competencias en evalua-
ción, formulación e intervención individual. Con conocimientos en Psicología Jurídica, 
investigación aplicada y en análisis de datos científicos y psicológicos, sistematización 
y tratamiento de datos confidenciales. Con habilidades de liderazgo, comunicación, ge-
neración de rapport, búsqueda y análisis de información en bases de datos científicas,trabajo colaborativo, toma de decisiones, resiliencia, conocimiento y pensamiento ético.
Karen Lorena Ruiz-Pérez
Psicóloga egresada de la Fundación Universitaria Konrad Lorenz con conocimientos en 
el área de Psicología Jurídica y Forense en actividades como: Evaluación y diagnóstico, 
análisis documental e intervención en el ámbito individual y grupal con población in-
fantil, adolescentes y/o adulta, que estén involucrados en algún proceso jurídico.
Daniela Chinchilla-Rosales
Psicóloga egresada de la Universidad Autónoma de Bucaramanga. Especialista en 
Violencia Intrafamiliar, Niñez y Adolescencia. Con conocimientos en el área de 
Psicología Jurídica y Forense en actividades como: Evaluación y diagnóstico, análisis 
documental e intervención en el ámbito individual y grupal con población infantil, 
adolescente y/o adulta que estén involucrados en algún proceso jurídico.
Daniela Chaparro-Restrepo
Psicóloga y estudiante de la Maestría en Psicología, egresada de la Universidad 
Católica de Colombia, con conocimientos en el área de Psicología Jurídica y Forense 
en actividades como: Evaluación y diagnóstico, análisis documental e intervención 
en el ámbito individual y grupal con población infantil, adolescente y/o adulta que 
estén involucrados en algún proceso jurídico.
Laura E. Corredor-Santana 
Psicóloga egresada de la Fundación Universitaria Konrad Lorenz con conocimientos en 
el área de Psicología Jurídica y Forense en actividades como: Evaluación y diagnóstico, 
análisis documental e intervención en el ámbito individual y grupal con población in-
fantil, adolescente y/o adulta que estén involucrados en algún proceso jurídico.
Introducción ..........................................................................................7
Capítulo I 
La Psicología Jurídica............................................................................11
Capítulo II 
Evaluación en Psicología Jurídica .......................................................23
Capítulo III 
Formulación de caso en Psicología Jurídica ......................................43
Capítulo IV 
Aplicaciones de la formulación de caso en Psicología Jurídica .......57
Referencias ...........................................................................................69
CONTENIDO
5
RESUMEN
La formulación de casos en psicología jurídica tiene como objetivo establecer, de 
manera sistemática y organizada, información sobre los aspectos psicológicos y con-
ductuales de personas y grupos que tienen implicaciones judiciales; esta informa-
ción relacionada con el estado mental, personalidad, historia personal, interacciones 
grupales, dinámica relacional, motivación, etc., es utilizada para fundamentar las 
decisiones de los operadores jurídicos. Recientemente, la formulación de caso se ha 
convertido en un método clave para el desarrollo de procesos de sistematización, 
organización, formulación y análisis explicativo de la información en la práctica psi-
cológica, especialmente, para quienes ejercen su actividad desde el campo aplicado 
de la psicología clínica, ya que esta se vincula directamente con procedimientos in-
terventivos. No obstante, es importante considerar que la actividad profesional del 
psicólogo no se reduce exclusivamente al área de la salud, y por tanto, su ejercicio 
desde otros campos, como el de la psicología jurídico-penal, exige también una for-
ma ordenada y esquemática que permita la realización de intervenciones ideográficas 
más objetivas. De acuerdo a lo anterior, en la presente investigación se propone un 
modelo de formulación de caso para la psicología jurídico-penal basada en la expe-
riencia práctica y en el conocimiento teórico y científico de psicólogos jurídicos en el 
sistema de administración de justicia penal colombiano.
Palabras clave: Formulación, psicología, penal, caso, subcampo, derecho.
ABSTRACT
The formulation of cases in legal psychology aims to establish, in a systematic and 
organised way, information on the psychological and behavioural aspects of people 
and groups who have judicial implications. This information, which is related to the 
mental state, personality, personal history, group interactions, relational dynamics, 
motivation, etc., is used to support the decisions of legal operators. Recently, case 
formulation has become a key method for the development of processes of systema-
tisation, organisation, formulation and explanatory analysis of information within 
the psychological practice, especially for those who carry out their activities from 
the applied field of clinical psychology, as it is directly related to interventional pro-
cedures. Nevertheless, it is important to consider that the professional activity of a 
psychologist is not exclusively limited to the area of health, therefore their roles in 
other fields, such as that of legal-criminal psychology, also requires an orderly and 
schematic form which allows for more objective and ideographic interventions to 
be carried out. In accordance with the aforementioned, this investigation proposes a 
case formulation model for legal-criminal psychology based on the practical expe-
rience and on the theoretical and scientific knowledge of legal psychologists in the 
administration of the Colombian criminal justice system.
Keywords: Formulation, psychology, criminal, case, subfield, law.
7
INTRODUCCIÓN
La psicología jurídica ha sido un campo novedoso en el últimos tiempos, Garrido 
(1982) citado por Caballero y Prada (2014) afirma que en EE.UU. solo hasta el siglo 
XIX, psicólogos de la época le dedicaron tiempo y esfuerzo a este subcampo de la 
psicología; asimismo Jiménez (1986), citado por estos mismos autores, hace alusión 
a los cuatro periodos en los que se dividió en este país la historia de la psicología 
jurídica: el primer periodo está comprendido desde los inicios del siglo XX hasta 
finales de los años 20: Hacia 1900 aparecen diversas publicaciones de autores como 
Stern y Munsterberg, quienes hacen énfasis en diferentes aspectos que giran en torno 
a la psicología del testimonio, y autores como Bose y Brie que trabajaron arduamente 
en lo referente a los procesos de memoria, psicología del testimonio y psicología del 
delito. El segundo periodo va aproximadamente desde finales de los años 20 hasta 
comienzos de los años 50. Se caracterizó por la aparición de diferentes trabajos mo-
nográficos relacionados con la psicología legal, de los cuales traigo a colación, los 
escritos por Mc Carty, quien publicó Psicología para juristas y, Robinson, quien rea-
lizó alegatos a favor de la utilidad de la psicología para el derecho. En este periodo se 
extendió la aplicación de la psicología a diversos ámbitos jurídicos, lo que favoreció 
los cuestionamientos de algunas decisiones judiciales.
Adicionalmente, entre los años 40 y 50, se realizaron diferentes trabajos en torno a la 
psicología del testimonio y el delito. En el tercer periodo, en parte de la década de los 
años 50, la psicología clínica y social hizo innumerables aportes en campos referidos 
a los trastornos mentales, así como reflexiones acerca de la influencia que ejerce la 
publicidad sobre la opinión antes de la celebración de un juicio, y sobre los problemas 
que se derivaron a partir de la segregación racial y la falta de derechos civiles de los 
ciudadanos. Finalmente, en el cuarto periodo, desde el año 1970 hasta la actualidad, 
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Introducción
LOGOS S I G N U M
autores como Vargas y Beltrán (1993) refieren que se ha presentado un aumento sig-
nificativo de publicaciones, lo que incluye libros, artículos, revistas, conferencias y 
cursos que tienen como eje el área de derecho penal, lo cual ha generado un interés 
en los procesos de socialización legal. Con respecto a Latinoamérica se tiene cono-
cimiento de que Argentina, en la facultad de psicología de la Universidad Nacional 
de Cuyo, el profesor Placido Alberto Horas, creó la cátedra de Psicología Jurídica y, 
actualmente, esta se ha convertido en un área deespecialización en el pregrado de la 
misma universidad.
La psicología es una de las profesiones de mayor impacto social; por ello, la forma-
ción del psicólogo requiere de diferentes competencias en cada área de la psicología 
(clínica, jurídica, social, organizacional, etc.) para llevar a cabo su intervención. En 
este sentido, una de las competencias profesionales que siempre se ha buscado poten-
ciar es el rol como evaluador, ya que este implica sistematizar la información con base 
en las necesidades específicas de los evaluados y de las instituciones que requieren de 
sus servicios. Para este fin es indispensable contar con una metodología que posibilite 
organizar dicha información para la realización del trabajo psicojurídico o forense 
conducente a apoyar la toma de decisiones de los operadores jurídicos.
En este marco, la formulación de caso constituye esa metodología que facilita el abor-
daje de los casos judiciales en los que se solicita la intervención del psicólogo jurídico. 
Estas intervenciones implican un enfoque basado en la evidencia, que facilita el co-
nocimiento del contexto en que se da la conducta o proceso psicológico, motivo del 
análisis psicojurídico; e integral, con lo cual contribuye a una mejor comprensión de 
las variables psicológicas implicadas, lo que aporta al uso de la información obtenida 
de manera más confiable. En fin, se trata de una manera más efectiva para el trata-
miento de la información. Sus ventajas son: 1) Obtener información basada en la evi-
dencia, de manera que se muestre la importancia del psicólogo en la administración 
de justicia, 2) Describir y explicar sistemáticamente los procesos psicojurídicos de los 
diferentes actores jurídicos, lo que pretende mejorar la administración de justicia y 
3) Fomentar la recolección de información válida y confiable para apoyar la toma de 
decisiones judiciales por parte de los operadores jurídicos.
Todo lo anterior se desarrolla dentro de la perspectiva epistemológica de la psicolo-
gía jurídica, lo que conduce necesariamente a mirar la psicología dentro del derecho 
penal, y cuya tarea básica consiste en la evaluación y formulación de un diagnóstico 
psicológico de personas implicadas en procesos penales, servirá de asesoramiento a 
los jueces y tribunales para determinar las circunstancias que puedan modificar la 
responsabilidad criminal, daño moral, secuelas psíquicas, etc.
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José Raúl Jiménez-Molina, Luis Orlando Jiménez-Ardila, Elías Devia-Vega, Éver José López-Cantero
LOGOS S I G N U M
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LOGOS S I G N U M
Existen algunos profesionales de la psicología jurídica que trabajan en las clínicas 
forenses a disposición de juzgados y tribunales, y también ejercen sus funciones en 
los juzgados de vigilancia penitenciaria. Fundamentalmente, estos psicólogos hacen 
un diagnóstico-pericial de presuntos delincuentes y de víctimas. De igual manera, su 
actividad tiene que ver con la emisión de informes sobre psicología del testimonio, 
para jueces y tribunal de acusados y víctimas; con la selección y dinamización de 
jurados , y el asesoramiento y mediación en asuntos de vigilancia penitenciaria. En 
el ámbito privado fungen como peritos expertos en casos de familia y procesos de 
derecho laboral, así como del contencioso administrativo. De igual manera, pueden 
ser asesores de litigantes en derecho penal y civil, colaborar con el abogado penal de 
la defensa (trabajo interdisciplinar en todo el procedimiento), y ser útiles en procesos 
de mediación y conciliación judicial civil y penal.
Por lo anterior, es necesario mencionar que la formulación de caso que aquí se plan-
tea está en el marco del derecho penal, que es una de las formas del derecho público 
que regula las relacionas de los ciudadanos con el Estado, el cual no se somete a las 
voluntades de las partes del litigio sino, por el contrario, es quien, asumiendo el con-
trato social (subordinación del ciudadano a los fines del Estado Social de Derecho), 
interviene con su aparato judicial para administrar justicia y evitar la impunidad y el 
consecuente conflicto social.
Teniendo en cuenta lo anterior, el rol del psicólogo jurídico plantea un doble escena-
rio: por un lado, la actividad psicojurídica, que se refiere al desempeño como asesor, 
consultor, investigador, docente, etc., sin que se le requiera en el foro judicial; y por 
otro, la aplicación forense, que es el papel del perito psicólogo, encargado de realizar 
los dictámenes periciales que sirven de elementos probatorios en los tribunales de 
justicia. La propuesta de modelo aquí presentada se refiere a la actuación psicojurí-
dica y no a la forense; pues, de alguna manera, en psicología forense hay un referente 
de formulación en la estructura de los informes periciales, mientras que en lo psico-
jurídico no se cuenta con una metodología claramente establecida.
El presente libro plantea una propuesta de modelo de formulación de caso en psico-
logía jurídica para la valoración/evaluación y diagnóstico de casos psicojurídicos y 
forenses, con aplicación al sistema de administración de justicia penal, esto es, en el 
ámbito del derecho público. Aborda los conceptos de evaluación psicológica, caso y 
formulación.
Según la Clasificación Internacional Normalizada de la Educación (CINE) (2013) 
de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación la Ciencia y la Cultura 
(UNESCO), la psicología pertenece a las Ciencias Sociales, y dentro de este grupo, 
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LOGOS S I G N U M
al sector 31 de Ciencias Sociales y del Comportamiento; y de acuerdo con el Colegio 
Colombiano de Psicólogos (COLPSIC) es una disciplina del área de la salud.
Sin embargo es importante considerar que la psicología y la actividad profesional del 
psicólogo no son exclusividad del área de la salud, ni que metodológicamente toda 
intervención psicológica implica necesariamente la práctica clínica, pues el ámbito 
de su actuación es más amplio, con problemáticas muy variadas, muchas de las cua-
les se abordan desde enfoques aplicados diferentes al de la clínica, y que de hecho 
corresponden a formas de instrumentalizar la psicología, más allá de una concepción 
de anormalidad o psicopatología.
Así como la aplicación de la psicología tiene gran variabilidad, los métodos que em-
plea para la investigación también son muy variados. Estos tienen como función sis-
tematizar la información y organizar los datos para esquematizar la adquisición de 
conocimiento derivado de los resultados de la observación, las entrevistas, la apli-
cación de pruebas psicológicas, etc., sobre la conducta y los procesos cognoscitivos 
del ser humano, y gracias a los cuales se pueden establecer las causas de estos, sus 
correlaciones y consecuencias (Pawlik y Rosenzweig, 2000). Uno de tales métodos 
es la formulación de caso, que tampoco es un método exclusivo del campo clínico, 
dado que se puede implementar para la valoración, evaluación, diagnóstico y aseso-
ría de procesos en los que participa el psicólogo jurídico en desarrollo de su actividad 
profesional.
Introducción
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LOGOS S I G N U M
LA PSICOLOGÍA JURÍDICA
La psicología jurídica es definida por Hernández y Tapias (2010) como la disciplina 
encargada de describir, explicar, predecir y controlar el comportamiento humano en 
torno a ambientes legales o jurídicos, así como sus consecuencias. Tiene como fin 
último la búsqueda de la justicia y el bienestar social de la persona dentro del ámbito 
jurídico. Adicionalmente, la razón de ser de esta psicología está en que, así como 
hay diversos estudios en torno al derecho donde señalan que esta ciencia concibe al 
hombre, más como sujeto y objeto de derechos, también hay autores y estudios que 
consideran que el acercamiento de una persona al ámbito jurídico no está completo, 
si no se tiene en cuenta las motivaciones internas y psicológicas. A partir de esto, se 
afirma que la psicología jurídica permite, de cierta forma, interpretar al hombre des-
de una mirada holística, y esa visión va más allá de todas las consideracionesjurídico 
legales de su actuar; así mismo, esta psicología permite auxiliar al sistema de admi-
nistración de justicia, donde se tiene en cuenta a la persona como un ser con historia, 
motivaciones, sueños y esperanzas, lo que permite obtener una visión más completa 
de la dimensión interna y externa que rodea al individuo. 
Ahora bien, en algunos países se le conoce con otros términos debido a la diversidad 
de su campo investigativo y aplicativo: psicología legal, piscología forense, psicología 
criminológica, entre otros ejemplos. Cabe resaltar que son los países de habla inglesa 
donde se conoce esta disciplina como psicología forense y legal, a diferencia de los 
países hispanos en los que se emplea el término de psicología jurídica, y se le diferen-
cia por subáreas como la psicología forense o la psicología criminológica (Quintero 
y López, 2010). 
El Colegio Oficial de Psicólogos de España (COP) la define como “el área de tra-
bajo e investigación especializado, cuyo objetivo es el estudio del comportamiento 
1
12
La Psicología Jurídica
LOGOS S I G N U M
de los actores jurídicos en el ámbito del derecho, la ley y la justicia. Además, esta 
especialidad comprende el estudio, explicación, promoción, evaluación, prevención, 
asesoramiento y tratamiento de aquellos fenómenos conductuales y relacionales que 
inciden en el comportamiento legal de las personas, mediante la utilización de méto-
dos propios de la psicología científica” (COP, 2010; Escaff, 2002, citado por Quintero 
y López, p. 238). 
Esta disciplina se ha desarrollado por la necesidad de intervenir ante demandas sociales 
específicas dentro del ámbito jurídico, lo que le ha permitido consolidar , haciendo uso 
del método científico, un cuerpo organizado de conocimientos (Clemente, 1989). Según 
Morales y García (21010), la psicología jurídica es un campo de carácter científico, empí-
rico, interdisciplinario e interprofesional que colabora en la construcción de un sistema 
legal, racional, justo y equilibrado en sus decisiones (Morales y García, 2010).
Relación entre la psicología y el derecho
La psicología jurídica puede dividirse en tres ámbitos en la relación entre psicología y 
derecho. De acuerdo con la conceptualización que introduce Muñoz Sabaté, citado en 
Soria (2006), la relación entre psicología y derecho se establece de la siguiente forma:
Psicología del derecho. Se encarga del estudio de las leyes como el producto de un 
consenso que se establece de manera colectiva. Asimismo, se comparte interés por 
ciertos motivos, principalmente, la necesidad de estudiar actitudes y valores de la jus-
ticia. La temática que se aborda principalmente es la edad de responsabilidad legal.
Psicología en el derecho. La psicología analiza las normas jurídicas como estímulos 
sociales que provocan determinadas conductas. La utilidad está centrada en los pro-
cesos psicológicos que afectan a la toma de decisiones judiciales, y el desarrollo de 
técnicas útiles por profesionales del derecho.
Psicología para el derecho. Psicología como ciencia auxiliar del derecho que permite 
recabar información sobre determinados hechos o acciones sociales, abarca diferen-
tes aspectos como la credibilidad de testimonio, trastornos mentales y predicción de 
conducta violenta, entre otros tipos de comportamientos.
Diferencias entre la psicología y el derecho
Ambas disciplinas proceden de la filosofía, sin embargo, la psicología se fue cen-
trando en el positivismo mientras que el derecho ha permanecido en el seno de la 
filosofía. Según Soria (2006), dos de las diferencias entre estas disciplinas, se po-
drían resumir en: 1) La naturaleza de la ciencia, la cual confirma que la psicología 
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José Raúl Jiménez-Molina, Luis Orlando Jiménez-Ardila, Elías Devia-Vega, Éver José López-Cantero
LOGOS S I G N U M LOGOS S I G N U M
enfatiza y se encarga de lo que concierne a la investigación científica, y a leyes que 
regulan los comportamientos humanos y facilitan su predicción, mientras que el de-
recho se fundamenta en la aplicación de la ley con una perspectiva de realidad social, 
2) El campo de elaboración empírica-teórica. De cierta forma la psicología crea sus 
conocimientos a partir del ámbito operacional y, finalmente, en cuanto al sustrato 
teórico, se toma la psicología desde el positivismo, a diferencia del derecho que pro-
viene de la filosofía; de esta forma la psicología jurídica se fundamenta en los hallaz-
gos científicos para demostrar elementos de la conducta criminal.
Actividades profesionales
Según Martínez (1995), algunas de las funciones que el psicólogo jurídico ejerce en 
su rol profesional son las siguientes: la evaluación y diagnóstico de las condiciones 
psicológicas de los actores; el asesoramiento, la intervención y el diseño de programas 
para favorecer a los actores jurídicos en la comunidad; la formación y educación de 
profesionales del sistema legal en contenidos y técnicas psicológicas, e investigación 
y mediación. Asimismo, este autor hace alusión a unas funciones específicas entre 
las cuales se encuentran: la evaluación y diagnóstico, que giran en torno a la relación 
de las diferentes condiciones psicológicas de las partes que conforman lo jurídico; 
el asesoramiento que tiene como finalidad orientar, asesorar y auxiliar al sistema de 
administración de justicia a través de la experticia que se tiene; la intervención, que 
tiene como fin último diseñar y realizar diferentes programas para la prevención, 
tratamiento y rehabilitación de los actores jurídicos dentro de la comunidad o centro 
penitenciario, por lo cual esto se puede realizar a nivel colectivo o individual; la for-
mación y educación encaminada a entrenar y seleccionar a profesionales que hacen 
parte del órgano jurídico, como los jueces, fiscales, policías, abogados, etc. en los di-
versos contenidos y técnicas psicológicas que serán útiles para ser más eficaces en su 
trabajo; así mismo el psicólogo jurídico tiene destinada una función relevante y es la 
elaboración y asesoramiento de campañas de prevención social ante la criminalidad, 
donde se busca psico-educar a la población en general y a población que se encuentra 
en riesgo; la investigación centrada en el estudio e investigación científica respecto a 
problemáticas propias de la psicología jurídica.
Subcampos de la psicología jurídica
La psicología jurídica cuenta con unos subcampos que tienen como objetivo general 
compartido la evaluación, diagnóstico, intervención, tratamiento y entrenamiento 
a los diferentes autores jurídicos en el escenario legal, así como asistir de auxiliar 
al sistema de administración de justicia. Los campos que se abordarán con mayor 
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La Psicología Jurídica
LOGOS S I G N U M
profundidad en este libro son: la psicología forense, psicología del testimonio, psi-
cología criminal, psicología criminológica, psicología penitenciaria, psicología victi-
mal, psicología de la mediación y psicología policial y de las fuerzas militares.
Psicología forense
Etimológicamente el término “forense” deriva del latín forensis, referido al forum 
de las ciudades romanas; la plaza donde se trataban los negocios públicos y donde el 
pretor celebraba los juicios. Por tanto, la palabra refiere al “foro” como lugar donde 
se administra justicia. En ese orden de ideas, la psicología forense “es la ciencia que 
enseña la aplicación de todas las ramas y conocimientos de la psicología ante las pre-
guntas de la justicia y coopera en todo momento con la administración de justicia, 
actuando en el tribunal, mejorando el ejercicio del Derecho” ( Urra, 1993, citado por 
Arch & Jarne, 2009, p. 5).
 Según Macedo (2017), “la Psicología Forense consiste en la aplicación de la Psicología, 
(métodos y conocimientos), a la realización de pruebas periciales en al ámbito del 
Derecho” (p.1370). Es un subcampo de la psicología jurídica aplicada a la recolección 
de análisis y presentación de evidencia psicológica meramente para propósitos jurí-
dicos y legales. Por lo tanto, implicauna comprensión lógica, concisa y sustantiva del 
derecho procesal en la jurisdicción que corresponda, para poder realizar así evalua-
ciones y análisis psicológicos, legales, así como también tener interacción apropiada 
y oportuna con los órganos judiciales.
Por otra parte, según Arch y Jarne (2009) en cada país, los psicólogos forenses deben 
entender la psicología, reglas y estándares del sistema jurídico nacional para que sean 
considerados como testigos creíbles. Es fundamental el entendimiento del modelo 
acusatorio bajo el cual funciona el sistema. Un aspecto importante de la psicología 
forense es la capacidad de testificar ante un juzgado en condición de perito experto, 
reformulando hallazgos psicológicos en el lenguaje legal de los juzgados para proveer 
información al personal legal de una forma que pueda ser entendida y aprovechada. 
También existen reglas sobre la presentación oral de la pericia, e incluso, la falta de 
una comprensión firme de los procedimientos judiciales resultará en la pérdida de 
credibilidad del psicólogo forense en el juzgado y su eventual recusación para ex-
cluirlo del proceso.
Rol del psicólogo forense
La función principal del psicólogo en esta área es auxiliar al sistema de administra-
ción de justicia, colaborando con los jueces en la toma de una decisión más concreta 
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LOGOS S I G N U M LOGOS S I G N U M
y eficaz; así mismo, el psicólogo que es solicitado en juicio asiste en varias ocasiones 
como testigo experto, quien da respuestas puntuales a preguntas que realiza el juez, 
según los propios conocimientos o experiencia que tenga en un campo determinado. 
El psicólogo juega aquí un papel importante en la medida que apoya a los jueces y 
abogados, gracias a que tiene conocimientos técnicos especializados sobre el com-
portamiento humano y los procesos cognitivos, de ahí que su intervención se dirige 
a apoyar la toma de decisiones y medidas judiciales efectivas para la adecuada admi-
nistración de justicia.
El psicólogo forense aplica, a las partes involucradas en un juicio, métodos y técnicas, 
para identificar la conexión entre pensamiento, sentimiento y acción , por tanto, debe 
evaluar a las presuntas víctimas y presuntos victimarios (Rodríguez, 2010). El psicó-
logo en este campo debe tener un conocimiento adecuado del código penal, pues la 
tipificación del delito a indagar se basa en la conducta que se debe valorar. Cuando 
se habla de valorar se refiere a la parte inicial del proceso, que va acompañado de 
una entrevista de máximo 30 minutos en la que se pretende recoger los datos más 
relevantes del caso. Hablar de evaluación es referirse una indagación a profundidad, 
que va acompañada de la entrevista forense o cognitiva (observación, examen men-
tal) y, en lo posible, junto con un test o una batería de pruebas psicológicas que se 
determinan y aplican conforme a las características de la persona; para ello se tiene 
en cuenta edad, nivel educativo, ocupación, demás condiciones psicosociales, y el 
delito a investigar. Además, de acuerdo con la naturaleza del caso, se puede consi-
derar la evaluación de la veracidad del testimonio, en caso de falsas denuncias; o 
metodologías de la investigación como es la autopsia psicológica, la elaboración de 
perfiles criminales, los abordajes en psicopatología, criminología y daño psicológico 
(Rodríguez, 2010). Todo esto con el fin de emitir opiniones objetivas y científicamen-
te sustentables, útiles para las conclusiones del caso. 
Psicología del testimonio
Es la disciplina que tiene por objeto el estudio de la exactitud y credibilidad del tes-
tigo. Aborda al testigo: aquel que tiene presencia sobre el conocimiento de un hecho 
delictivo, y al testimonio: aquello que se argumenta como visto o percibido por los 
sentidos en relación con un delito (Urra, 2002, citado en Albarrán, 2003).
La psicología del testimonio es el resultado investigativo de la psicología experimen-
tal y social, en su búsqueda de determinar la exactitud y credibilidad de los testimo-
nios sobre los delitos (Mira & Diges, 1991). Esta área es de vital importancia puesto 
que la información que proporciona un testigo o víctima de un delito es utilizada 
dentro de las investigaciones criminales y pueden dar apertura a la indagación de 
16
La Psicología Jurídica
LOGOS S I G N U M
evidencia y ser presentada en el foro. En este contexto, la psicología del testimonio 
también estudia la injerencia que tiene el testimonio de los testigos con la policía, 
las instituciones sociales y gubernamentales para evitar la victimización secundaria, 
perjudicando y agravando las consecuencias del hecho criminal ,y por lo tanto, el 
proceso que conlleva el esclarecimiento de la verdad (Arellano y Rivera, 2020). 
La psicología del testimonio es considerada por la Universidad de Alicante (2009) 
como la aplicación de psicología experimental al sistema de justicia, ya que lo que se 
pretende con ello es valorar las funciones cognitivas implicadas en los testimonios 
judiciales: atención, percepción, memoria; especialmente en esta última, tienen en 
cuenta las teorías de memoria, los procesos de codificación, almacenamiento y recu-
peración de información y, así mismo, integrar su objeto de estudio sobre la exactitud 
y credibilidad del testigo. 
Rol del psicólogo del testimonio: Evaluar la exactitud y credibilidad de los testigos 
presenciales de conducta punibles, para que el operador jurídico tenga la certeza de 
que la información proveniente de fuentes humanas es verídica y fiable.
Psicología criminal
En la actualidad no existe un consenso respecto al concepto de psicología criminal / 
criminológica, pues algunos autores la denominan como psicología criminal, otros 
como psicología criminológica, e incluso se le suele confundir con el concepto de 
criminalística o la misma criminología, las cuales son áreas de conocimiento rela-
cionadas con el descubrimiento del delito, el estudio del delincuente, así como con 
la posibilidad de poder explicar y reconstruir el crimen (Jiménez et al., 2020); sin 
embargo, cada una conserva su propio paradigma explicativo.
Según Marchiori (2015), es la rama de la psicología jurídica que tiene por objeto de 
estudio al criminal, por lo que investiga todos los elementos relacionados que llevan 
al sujeto a delinquir, así como el significado de esa conducta, y del por qué la idea 
de castigo no le atemoriza y no le hace renunciar a sus conductas criminales. Para 
Soria y Saiz (2006), la psicología criminal es “ la ciencia que estudia las causas y los 
motivos, normales o patológicos, que conducen a una persona a convertirse en un 
delincuente” ( p.28); además de que constituye el conocimiento de los procesos cog-
noscitivos y comportamentales que explican la génesis, desarrollo y mantenimiento 
de la conducta criminal, y tiene como objetivo desarrollar técnicas dirigidas al con-
trol previo o detección de dichas causas.
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LOGOS S I G N U M LOGOS S I G N U M
Para Guardiola (2011), es el estudio descriptivo de las aptitudes, procesos mentales, 
personalidad, motivación del criminal y de su crimen. Desde esta perspectiva pode-
mos entender parte del ahondamiento en el individuo y en la psicología de los grupos 
sociales y antisociales (Soria, 2006). Esta es colaboradora en el aparato jurídico y 
penal en el que se enmarcan los factores endógenos y exógenos para considerar a al-
guien como culpable de un delito, o en otros casos, inimputable; para ello esta psico-
logía estudia factores exógenos y endógenos del individuo, desde sus características 
biológicas hasta marcos de sentido culturales como la situación o circunstancia del 
delito, su género y el contenido de lo que ha de entenderse como tal.
Jiménez et al. (2020) afirman que la psicología criminal se entiende como un campo 
de la psicologíajurídica que explica, describe y predice el comportamiento humano 
asociado al delito, sus causas, sus consecuencias, así como su control y mantenimien-
to. Por su parte, Macedo (2014), de igual modo afirma que la psicología criminal 
“profundiza en el conocimiento de aquellos procesos psicosociales que influyen en la 
génesis, desarrollo y mantenimiento de la conducta criminal” (p. 136).
Rol del psicólogo criminológico
El experto en psicología criminal tiene como actividades propias: 
• Elaboración de teorías sobre el conflicto. Se fundamenta principalmente en dos 
grandes teorías que son: las integrativas y las predictivas de riesgo. Las teorías 
integrativas se refieren tanto a la síntesis completa de la teoría y los métodos de 
investigación utilizados con respecto a lo afectivo, lo conductual, lo cognitivo y 
lo fisiológico como al resultado de la evaluación. Las teorías predictivas de riesgo 
se definen como aquellas que se centran en estudios que predicen el comporta-
miento humano, teorías relacionadas con la criminalidad que permiten identi-
ficar el comportamiento que una persona puede volver a presentar o no frente a 
un hecho criminal.
• Investigación criminal. La policía opta por la investigación criminal para poder 
realizar perfiles criminales, negociación con criminales y trabajos relacionados 
con aspectos psicológicos con base en pruebas o actos criminales. De igual ma-
nera, se trabaja para indagar en grupos organizados criminales, cómo se encuen-
tran organizados, de qué manera operan, dónde realizan los actos criminales y 
qué características tiene el lugar.
• Prevención del delito. Es importante conocer los aspectos biopsicosociales que 
pueden permitir que aparezca o se desarrolle un acto delictivo y, de esta manera, 
buscar estrategias en beneficio de todas las personas. 
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La Psicología Jurídica
LOGOS S I G N U M
Psicología penitenciaria
La psicología penitenciaria es la rama de la psicología jurídica encargada del análisis 
investigativo, evaluación, diagnostico e intervención de las personas privadas de la 
libertad, con el fin de acompañar procesos de custodia, condena, espera de juicio, 
permisos, procesos comunitarios y/o individuales como la reeducación, reinserción 
social y el desarrollo de estrategias para el mejoramiento del ambiente carcelario 
(García, 1998).
En 1919, se creó el primer servicio psicológico en una prisión de los EE. UU, hecho 
que produjo como consecuencia un crecimiento de la intervención psicológica en 
las instituciones penales en la mayoría de los países desarrollados. Será el Decreto 
162/1968 (España) sobre modificación de determinados artículos del reglamento de 
prisiones, el que señalará la necesidad de contar con una serie de especialistas para 
la clasificación y el tratamiento penitenciario. Fue a partir de la Ley 38/70, sobre 
Reestructuración de los Cuerpos Penitenciarios (España) que se creó el cuerpo téc-
nico de instituciones penitenciarias, cuerpo multiprofesional de funcionarios (psicó-
logos, psiquiatras, juristas-criminólogos, pedagogos y sociólogos) que consolida de 
manera definitiva la incorporación de especialistas en ciencias humanas y sociales a 
esta parte de las instituciones sociales. Actualmente, un gran número de psicólogos 
en el mundo trabajan en instituciones penitenciarias como especialistas, subdirecto-
res y directores de los servicios periféricos, o como personal adscrito a la Dirección 
General de Instituciones Penitenciarias en sus servicios centrales (González, 2005). 
Rol del psicólogo penitenciario
Según Nieto-González (2001) “la psicología penitenciaria que está destinada al trata-
miento de los delincuentes, y en general todo el sistema penitenciario para alcanzar la 
rehabilitación del delincuente, teniendo en cuenta: el contexto del sistema carcelario, 
los efectos psicológicos del encarcelamiento, las alternativas al encarcelamiento, el 
Derecho Penitenciario, la evaluación psicológica, los programas de intervención y 
evaluación psicológica forense en el contexto penitenciario” (p.82).
Para la intervención que realiza el psicólogo en esta área se hace hincapié en la indi-
vidualización de la persona privada de la libertad que, según Clemente (2005), está 
caracterizada por su flexibilidad y adaptación al contexto penitenciario. A partir de 
esta caracterización se le ubica en: primer grado o régimen cerrado, segundo grado o 
régimen ordinario, tercer o régimen abierto y cuarto o libertad condicional. Por otra 
parte está la observación directa de la conducta de la persona, esta es una técnica que 
pretende obtener datos que permitan deducir los rasgos de personalidad a través del 
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LOGOS S I G N U M LOGOS S I G N U M
punto de vista que se tiene del comportamiento delictivo. A partir de la observación, 
el psicólogo tiene la responsabilidad de evaluar el temperamento, constitución, ca-
rácter, aptitud, actitud, motivaciones y el aspecto evolutivo de la personalidad. Así 
mismo, otra de las funciones asignadas al psicólogo es la clasificación penitenciaria, 
cuyo objetivo principal es separar a las personas privadas de la libertad, de acuerdo a 
los antecedentes penales y rasgos característicos de personalidad que pueden resultar 
negativos. 
Clemente y Núñez (1997) señalan que dentro del campo de actuación se encuentran 
actividades como el diagnóstico y clasificación penitenciaria, informes a juzgados 
y audiencia, elaboración y ejecución de programas de tratamiento, intervención en 
las áreas educativas y funciones de dirección e inspección de los establecimientos 
penitenciarios. 
Psicología victimal
La psicología victimal, según Jiménez (2010) , “se encarga de estudiar las consecuen-
cias psicológicas del delito y la conducta de la víctima, al entrar ella (la víctima), en 
una situación psicológica de no autocuidado (no autodefensa) y de sometimiento a 
su victimario” (p.63).
Para Tamarit (2006), la psicología victimal puede entenderse como “el subcampo de 
la psicología jurídica que se centra en los procesos de victimización y des-victimiza-
ción de una persona que ha sido afectada en sus derechos por una conducta delictiva” 
(p.37). La víctima de delitos es una persona que ha sido afectada o a la que se le ha 
puesto en riesgo su integridad física, patrimonial, moral y/o psicología por la acción 
intencionada u omisiva de una tercera persona. En este sentido, la psicología victimal 
se interesa por el conjunto de respuestas que a nivel social, jurídico y asistencial se 
le ofrecen a la víctima, con el fin de buscar reparación y resarcimiento de los daños 
ocasionados a nivel psicológico, así como también implementar estrategias de reinte-
gración y prevención del delito.
Adicional a lo anterior, Alegría y Augusto (2011) afirman que la víctima no siempre 
coincide con el sujeto pasivo del delito, entendiendo que también pueden ser vícti-
mas las personas más cercanas, como familiares y amigos. 
Victimización
De acuerdo con Instituto Nacional de Estadística y Geografía, INEGI (2017), que 
es una entidad de la República de México cuya misión es la de normar y coordinar 
el Sistema  Nacional  de Información  Estadística y Geografía en toda la República, 
20
La Psicología Jurídica
LOGOS S I G N U M
(https://www.inegi.org.mx/inegi/contenido/infoest.html), la victimización es enten-
dida como una conducta delictiva que sucederá si un victimario tiene las condiciones 
favorables para la realización del delito. La psicología investiga a partir de diferentes 
campos los diversos factores que condicionan la aparición de este tipo de conductas. 
Rol del psicólogo victimal
La atención a víctimas debería abarcar los siguientes aspectos (Soria, 1991): inicial-
mente, la intervención global sobre el conjunto del proceso de victimización, abar-
cando desde los aspectos preventivos hasta los de segunda victimización. Por otra 
parte, realizar una atención integral que brindeun apoyo a la víctima desde las áreas 
de psicología, trabajo social y derecho, dando respuesta oportuna y efectiva a las 
necesidades de la persona. Es fundamental realizar valoración psicológica, esta se 
podría realizar a través del modelo CASIC propuesto por Slaikeu (1996), la cual tiene 
como finalidad identificar cómo a partir del hecho victimizante se han visto afectadas 
las áreas de ajuste de la persona, con el fin de actuar de manera eficaz en pro de la 
prevención e intervención especializada de forma inmediata.
Psicología de la mediación y la conciliación
Es el subcampo de la psicología jurídica que ayuda a las partes implicadas en un con-
flicto judicial a encontrar una solución que satisfaga sus necesidades. Para Jiménez 
(2021) “la mediación y la conciliación son alternativas extrajudiciales en procesos pe-
nales de tipo querellable, de familia, civiles de separación y divorcio, etc. Son maneras 
de resolver conflictos con la asistencia de una persona neutral, que ayuda a la solu-
ción pacífica del problema judicial, cuando el caso así amerita y permite” (p. 171). 
Osorio (2002) denomina al conciliador como la persona que actúa por decisión de 
terceros o porque la ley así lo ordena; de esta forma es el que propone soluciones, 
pero no las impone por la fuerza; es el que llega a un acuerdo que se debe comprobar 
y, de esta manera, el conciliador obliga a las partes a cumplir dicho acuerdo. 
Por otra parte, Mazo (2013) precisa que el proceso de mediación es entendido como 
un espacio donde las partes deben estar en disposición a establecer y crear solucio-
nes, y en el cual se busca la aceptación y la ayuda de una tercera persona neutral. 
Tapias (2021), afirma que la mediación es un proceso de relación social en el cual las 
partes son asistidas por un tercero imparcial, que en este caso sería el psicólogo. Este 
coadyuva en el diálogo para encontrar un acuerdo psico-jurídico que sea avalado por 
la ley. De esta manera, la mediación se comprende como un mecanismo preventi-
vo al intervenir de forma temprana en un conflicto, agilizando las determinaciones 
https://www.inegi.org.mx/inegi/contenido/infoest.html
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LOGOS S I G N U M LOGOS S I G N U M
judiciales, preservando las relaciones sociales y, sobre todo, evitando los mecanismos 
violentos de las partes (pp.19-20).
Rol del psicólogo de la mediación y la conciliación
De acuerdo con lo expuesto por Flórez, Sánchez, Sapuy y Carolina (2017) el psicó-
logo pone al servicio del proceso herramientas y técnicas psicológicas para facilitar 
la búsqueda de soluciones en un conflicto. Este se lleva a cabo mediante un proceso 
de mediación, en el cual el psicólogo ejecuta el rol de un tercero, como una persona 
neutral e imparcial. 
Psicología policial
Es entendida como el estudio de las dinámicas individuales y colectivas de los miem-
bros de la Policía y las Fuerzas Militares (FFMM) a través de la aplicación de los 
principios de la psicología organizacional, criminológica, clínica, forense, educativa 
y social, y en términos de formación y capacitación, en cuanto a la interacción de las 
fuerzas con la ciudadanía. 
La psicología militar es la encargada de fomentar la investigación y aplicación psico-
lógica a los problemas militares. Las funciones del psicólogo comprenden actividades 
de administración, investigación, prestación de servicios de salud mental, psicoedu-
cación, consultoría y asesoramiento a altos mandos militares y trabajo con comités 
del Congreso Nacional (American Psychological Association, 2020). 
De acuerdo con Bandrés, Llavona y Zubieta (2013), la psicología policial es la aplica-
ción de la psicología jurídica dirigida a estudiar todo lo relacionado con los procesos 
administrativos, organizativos, de formación, capacitación, consulta organizacional y 
de apoyo operativo, dentro de las estructurantes interacciones que se realizan en las 
fuerzas de seguridad del Estado, es decir, fuerza de seguridad civil y militares. Los psi-
cólogos policiales tienen conocimientos especializados sobre el trabajo policial, como 
los entornos de trabajo, los objetivos de las agencias, los factores estresantes en torno 
al trabajo y los traumas que experimenta como producto de su rol, sus respuestas y las 
intervenciones empleadas para tratar con los síntomas del trastorno de estrés postrau-
mático; así mismo, el psicólogo policial profundiza en el proceso de evaluación que está 
encaminado a la vinculación de posibles candidatos a la institución, ya sea en función 
de aptitudes físicas y psicológicas, personalidad y competencias (Soria, 2005). 
Además de esto, Bandrés, Llavona y Zubieta (2013) refieren que es relevante destacar 
que dentro de la capacitación de funcionarios para dar respuesta a las necesidades del 
contexto, también se incluye todo lo relacionado con la investigación de la eficacia y 
22
La Psicología Jurídica
LOGOS S I G N U M
de las diferentes limitaciones de las intervenciones de las crisis asociadas al personal 
policial y de las fuerzas militares. Adicionalmente, la psicología policial incluye la 
revisión de asuntos como la intervención en crisis, negociación de rehenes, perfil cri-
minal, autopsia psicológica y factores epidemiológicos que involucran el desempeño 
y los resultados de las diversas situaciones a las que se debe enfrentar el agente.
Lanas (2007) afirma que la importancia de la psicología policial se enfatiza en la in-
fluencia de la transformación y optimización de la estructura interna y externa de la 
mentalidad policial, evitando el aislamiento de sus miembros, las visiones estereotipa-
das endogrupales o exogrupos (no policías activos) y la contraposición al bien común. 
La idea es encaminar esta psicología a una cultura democrática y cercana al ambiente 
social en el que se desenvuelve y la relación que existe entre el policía y el ciudadano.
Rol del psicólogo policial
De acuerdo con Bandrés, Llavona, Zubieta( 2013) el psicólogo que se desempeña en 
esta área tiene funciones de diagnóstico y tratamiento que están ampliamente re-
lacionadas con las situaciones de crisis; actualmente su campo de acción se ha ex-
tendido en todos los procesos de formación y selección del personal. Es relevante 
mencionar que un aspecto fundamental para tomar el cargo de psicólogo policial o 
de las fuerzas militares implica contar con conocimientos en las ciencias del compor-
tamiento junto con técnicas enfatizadas en la institución, por lo cual, implica tener 
un título de doctorado.
Cultura policial
Uno de los componentes de trabajo del psicólogo policial es su papel dentro la cultura 
policial, Casenave (2009) afirma que la cultura policial está basada en un sistema de 
creencias y, de cierta forma, valores que son compartidos por la mayoría de funcio-
narios de la policía o las fuerzas militares, todo esto con el fin del mantenimiento de 
la institución.
Dentro de esta cultura podemos detectar eventos de la cotidianidad que son impor-
tantes estudiar y tratar, por ejemplo, con frecuencia los policías experimentan un 
sentimiento de soledad o aislamiento al momento de desempeñar su trabajo, ya que 
la mayoría de los procesos de comunicación dentro de la organización policial son 
estrictamente verticales y muy jerarquizados, lo que genera otro tipo de consecuen-
cias, como la dificultad para apoyarse (por parte del policía) en sistemas eficaces para 
incentivar la motivación laboral (Casenave, 2009) .
23
LOGOS S I G N U M
EVALUACIÓN EN 
PSICOLOGÍA JURÍDICA
Evaluación psicológica 
Es conveniente recordar lo que implica todo el procedimiento de evaluación en psi-
cología. Partiendo de que se remonta al francés évaluer, es lo que nos permite valo-
rar, establecer, apreciar o calcular la importancia de una determinada cosa o asunto. 
Siendo un acto donde debe emitirse un juicio y/o decisión con base a un conjunto de 
información recolectada (Pérez y Gardey, 2008).
Fernández-Ballesteros(2013) sostiene que “La evaluación psicológica es aquella dis-
ciplina de la psicología científica que se ocupa de la exploración y análisis del com-
portamiento (a los niveles de complejidad que se estime oportunos) de un sujeto 
humano (o grupo especificado de sujetos) con distintos objetivos aplicados (descrip-
ción, diagnóstico, selección/predicción, explicación, cambio y/o valoración de los 
tratamientos o intervenciones aplicadas)” (p.21).
Ahora bien, el campo evaluativo en psicología jurídica cumple diferentes funcio-
nes, como: verificación de pruebas para el ámbito del Sistema de Administración de 
Justicia, el desarrollo continuo del estado del arte y la aplicación de pruebas en térmi-
nos de estimación y medida con el objetivo de elaborar conocimientos confiables y 
validos acerca de la realidad psicológica dentro del espacio regulado por la ley. 
La responsabilidad que tiene el psicólogo jurídico dentro del proceso de evaluación 
lleva a que el profesional cuente y/o desarrolle herramientas tecnológicas específicas 
y validadas para responder ante la necesidad y demanda psicojurídica de forma efi-
ciente y útil. De tal forma que el especialista tenga un acervo teórico, metodológico 
2
https://definicion.de/juicio/
24
Evaluación en Psicología Jurídica
LOGOS S I G N U M
y práctico que le permita tomar decisiones acerca de cuál instrumento puede utilizar 
que sea validado científicamente para el ámbito jurídico en el que se desenvuelve 
(Parra et al., 2003). 
Además de las pruebas psicométricas, técnicas e instrumentos, en el proceso evaluati-
vo es de vital importancia que el profesional cuente con entrenamiento y habilidades 
de análisis de información, para que así pueda tener claridad sobre lo que se intenta 
explicar y, por tanto, qué preguntas son las que se intentan responder, teniendo en 
cuenta las necesidades focalizadas que tenga el aparato jurídico. El proceso evaluati-
vo permite sacar a la luz los elementos que subyacen y se relacionan con el funciona-
miento cognitivo, emocional y conductual y así, ayudar a establecer la consecuencia 
jurídica del comportamiento del imputado (Parra et al., 2003).
La evaluación psicológica es un procedimiento técnico-profesional que es clave para la 
psicología y que debe ser realizado por un psicólogo. Tiene como propósito explicar el 
funcionamiento psicológico de un individuo y la relación del mismo con el comporta-
miento delictivo, a partir de herramientas profesionales como la entrevista semiestruc-
turada y las técnicas de evaluación psicométricas y proyectivas (Macedo, 2017).
La información obtenida, luego de la evaluación exhaustiva de quien comete un acto 
criminal, deberá ser consignada por el profesional en un informe de enfoque intra-
disciplinar, es decir, desde el paradigma explicativo de la psicología. Este informe po-
dría considerarse como un auxilio al sistema judicial en la toma de decisiones según 
lo requiera el caso (Jiménez, 2020). El informe psicológico podría también llegar a ser 
una importante guía de orientación en la perfilación criminal e, incluso, representar 
la base para la creación y formulación de estrategias y planes de intervención que 
permitan controlar y disminuir la delincuencia.
De acuerdo con González (2005) existen unas variables que son importantes a la hora 
de la evaluación. Entre estas se encuentran el análisis de la conducta delictiva en cada 
caso, y la evaluación de aspectos personales biográficos y sociales relevantes en la vida 
delictiva de la persona privada de la libertad. Así mismo, entre los métodos y técni-
cas que se utilizan para la evaluación de los contextos penitenciarios se encuentran: 
La observación directa de la conducta de las personas privadas de la libertad, datos 
documentales que se obtengan en las diferentes entrevistas, con la propia persona y 
con los familiares, reuniones de grupo, aplicación de test o cuestionarios de acuerdo 
al criterio que da el psicólogo del establecimiento. Bajo estos criterios la finalidad del 
proceso evaluativo es poder realizar la clasificación penitenciaria, la cual está relacio-
nada con la propuesta de grado de cumplimiento de la pena. Es importante aclarar 
25
José Raúl Jiménez-Molina, Luis Orlando Jiménez-Ardila, Elías Devia-Vega, Éver José López-Cantero
LOGOS S I G N U M LOGOS S I G N U M
que dicha clasificación debe tener en cuenta no solo la personalidad y la historia 
individual, sino también los diferentes ámbitos familiar, social y delictivo personales, 
la duración de la pena y las medidas penales propias del caso.
Análisis funcional de la conducta 
En dado caso, si dentro del proceso de evaluación se requiere o es posible utilizar el 
análisis funcional de la conducta, se deberá realizar teniendo en cuenta las instruc-
ciones que aparecen a continuación. 
El análisis Funcional de la Conducta (AFC) es una técnica fundamentada científica-
mente para la evaluación y formulación de casos clínicos. Es utilizada para identificar 
las conductas blanco o problema, las variables que influyen en la problemática y las 
relaciones funcionales entre la conducta y consecuencia que son sujetas a modifica-
ción. Entre las características más destacadas del AFC se encuentra su utilidad para 
casos ideográficos, es decir, que el análisis funcional se debe practicar de manera ex-
clusiva a cada consultante debido a las particularidades de cada individuo e indepen-
dientemente de que las problemáticas sean las mismas. Además, el AFC es dinámico, 
conceptual y metodológicamente flexible, no se limita a una clase particular de varia-
bles o estrategias de evaluación. Cabe destacar que la información que se diligencia 
dentro del análisis funcional se evidencia través de diferentes estrategias y técnicas de 
recolección de datos (Kaholokula, J. K., Godoy, A., Haynes, S. N., & Gavino, A, 2013).
Con el análisis funcional de la conducta, se busca establecer relaciones funcionales 
y/o causales (causa – efecto) entre el ambiente y la conducta humana, es decir entre 
variables; dichas relaciones funcionales implican que las variables están funcionando 
relacionalmente. Algunos autores sostienen que es más adecuado usar el término 
relaciones funcionales en lugar de causa, para evitar la dificultad del concepto. Una 
variable es todo aquello que varía en algún parámetro, por ejemplo, cantidad, fre-
cuencia, tipo, etc.; esa variación consta de dos condiciones: presencia o ausencia.
Cómo diligenciar el análisis funcional 
El AF está hecho con el fin de recolectar información para establecer relación entre 
eventos y conducta, es por esto por lo que al momento de evaluar se debe siempre 
organizar las preguntas en torno al ABC (Antecedent-Behavior-Consequence) (ver 
Tabla 1), que vienen siendo: antecedentes, conducta y consecuencia. A continuación, 
26
Evaluación en Psicología Jurídica
LOGOS S I G N U M
se presenta un caso hipotético para facilitar la forma en que se debe diligenciar el 
análisis funcional específicamente en cada elemento.
Caso: SRJR de 27 años, llega a la Fiscalía a reportar un caso de estafa. Manifiesta ha-
ber participado en una campaña laboral por parte de una IPS a través de una página 
de empleo. A los 3 días contactan a SRJR para agendar la entrevista. La entrevista de 
trabajo se realiza vía zoom y durante esta, el reclutador le menciona que las capaci-
taciones son certificables y que estas tienen un costo de 478 mil pesos. SRJR reporta 
que después de haber depositado el dinero no se han vuelto a comunicar con él, desde 
hace 3 meses. 
Tabla 1. Elementos del Análisis Funcional de la Conducta 
¿Qué ocurrió? 
Contextualización de la situación 
previa
¿Cuál fue la conducta?
Respuestas operacionalizadas
¿Cuáles fueron las consecuencias? 
Respuestas, cambios ambientales 
posteriores
Antecedente Conducta (behavior) Consecuencia
Fuente: Elaboración propia.
Conceptualización de los elementos del análisis funcional
Eventos antecedentes
Entiéndase como el conjunto de variables distales y proximalesque desencadena 
una conducta, como situaciones particulares, historia de aprendizaje individual, 
predisposición biológica, contexto sociocultural y normas (sociales y creencias 
individuales). Dentro de estos eventos, se encuentran los antecedentes discrimi-
nativos que funcionan como carteles, recordatorios o modelamiento de conducta 
para hacer más probable la presentación de las mismas (Daamen, Staats, Wilke, 
& Engelen, 2001; McMakin, Malone, & Lundgren, 2002 citado por Corral , V. y 
Domínguez , R. L, 2011).
Predisponente y precipitante
Los predisponentes son aquellos factores que aumentan la vulnerabilidad de una per-
sona, contribuyendo a la aparición de enfermedades, trastornos, dificultades u otro 
tipo de eventos. Por otro lado, los precipitantes son eventos que aparecen justo antes 
de la problemática en cuestión, como un detonante (Pérez y Merino, 2013). 
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Tabla 2. Eventos antecedentes 
Distales
• Obtención de primer empleo a través de la misma página.
Proximales
• Anuncio de vacante disponible para x cargo con todas las prestaciones laborales.
Fuente: Elaboración propia.
Estímulos discriminativos (ocasión de reforzamiento)
Los estímulos discriminativos, como se había mencionado, funcionan como un 
anuncio sobre la disponibilidad de una consecuencia al emitir una conducta deter-
minada. Puede hablarse de una ocasión y/o situación, un estímulo ambiental, etc. 
(Zanón, et al., 2016).
Tabla 3. Estímulos discriminativos (ocasión de reforzamiento)
Oferta laboral sobre cargo buscado, home office y salario por encima de los dos millones.
Nota: Es decir, este sería un antecedente de ocasión, cada vez que Pedro visualice una oferta de este tipo la 
posibilidad de que envíe su hoja y participe en el proceso así incluya un coste económico es más alta.
Fuente: Elaboración propia.
Operaciones de establecimiento
Una operación de establecimiento es “un evento ambiental, operación o condición 
estimular que afecta a un organismo alterando momentáneamente (a) la efectivi-
dad como reforzamiento de otros eventos, y (b) la frecuencia de ocurrencia de aque-
lla parte del repertorio del organismo que tiene esos eventos como consecuencias” 
(Michael, 1993, p. 192).
Tabla 4. Operaciones de establecimiento
• Privación de dinero
• Presión por parte de familiares (mamá y hermano menor) para conseguir trabajo (sociedad)
Nota: En este caso, un factor predisponente podría considerarse el contexto familiar de Pedro por las dinámicas 
conflictivas que genera la presión de obtener trabajo. Esto dificulta el tiempo de análisis en la toma de decisiones 
de Pedro. 
 Fuente: Elaboración propia.
Reglas
Las reglas pueden surgir a partir de dos formas, la primera es a través de descrip-
ciones verbales, donde se especifica la contingencia (ABC) y así la persona decide 
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si emitir o no la conducta. Y la segunda, es por exposición a dichas contingencias y 
así se crea la regla. La persona ha podido identificar cómo funciona un sistema de 
contingencias (es decir, relación de dependencia entre eventos) y ha formulado una 
regla verbal que utiliza como guía para actuar (Ribes, 2000, citado por Clavijo, 2004). 
Tabla 5. Reglas
• “Me arriesgo porque existe la posibilidad de que consiga lo que quiero”.
Modelos de imitación: Colegas que consiguen trabajo a través de páginas.
Nota: Los modelos de imitación hacen parte de la historia de aprendizaje del individuo, por lo que se puede 
incluir dentro de los antecedentes distales. Recordemos que dentro de las frases que refieren las personas se debe 
establecer la consecuencia para que sea considerada una regla. En el caso de Pedro, el “arriesgarse” implica como 
consecuencia obtener, en este caso, trabajo.
Fuente: Elaboración propia.
Antecedentes estructurales
Se refiere al contexto histórico-socio-cultural amplio en el que se encuentra inmerso 
el individuo.
Tabla 6. Antecedentes estructurales
• Aumento significativo en la búsqueda de empleo a través de portales web.
• Consecuencias de pandemia afectando las tasas de desempleo; el aumento de la modalidad de reclutamiento 
de forma virtual que elevó significativamente las estafas y fraudes cibernéticos.
Fuente: Elaboración propia.
Tres canales de respuesta
Conducta motora: “Es todo lo que el individuo “hace”, por tanto, son respuestas visi-
bles u observables; se incluyen las respuestas no verbales” (Pérez y Borda, 1997, p.49).
Subjetivo-Cognitivo (verbal): “Incluye pensamientos, opiniones o ideas, sentimientos, 
decisiones o creencias” (Pérez y Borda, 1997, p.50). 
Fisiológico-somático: “Son las respuestas del organismo dirigidas a regular su equili-
brio interno, como llorar, sonrojarse o palpitaciones” (Pérez y Borda, 1997, p.50) En 
otras palabras, son todas las alteraciones biológicas que se producen por la activación 
del sistema nervioso autónomo (Orozco y Baldares, 2012). 
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Operacionalización
Es el procedimiento que ayuda a transformar las variables abstractas y generales en 
variables concretas, específicas, observables y medibles (Tintaya Condori, 2015).
Función y topografía de la conducta
La función es la relación que hay entre la conducta y el consecuente, lo que se obtiene 
al ejecutar determinada conducta. Diferentes conductas descritas topográficamente 
pueden compartir la misma función (Domínguez y Rodríguez, 2003). La topografía 
alude a la forma en que se manifiesta el comportamiento, dicha forma de respuesta se 
describe y define de manera que no pueda confundirse con ninguna otra. 
Tabla 7. Conducta
Motora 
• Enviar HdV con todos los datos personales a portales web, estén o 
no verificados
• Depositar dinero
Subjetiva-cognitiva (verbal)
• “Si no consigo trabajo no voy a llegar a fin de mes, tengo que 
proveer a mi familia”
• “Todos tienen trabajo, menos yo”
• “Tengo que conseguir trabajo como sea y donde sea”
• Preocupación excesiva acerca del futuro laboral
Fisiológica-somática • Sudoración, dolores de cabeza y ritmo cardiaco acelerado• Insomnio
Fuente: Elaboración propia.
Consecuencias
Según Figueroba (2014) “una consecuencia es el resultado de una respuesta, esta 
puede incrementarse (mantenerse) o no, según el tipo (reforzamiento o castigo); en 
el primer caso la probabilidad de que se dé la respuesta aumentará y en el segundo 
disminuirá afectando su emisión” (p.2). 
Tabla 8. Consecuencias
A corto plazo • Disminución inmediata del malestar emocional producido por la posible oportunidad de conseguir trabajo
A largo plazo
• Robo de información personal
• Pérdida de dinero
• Frustración
• Dificultad para denunciar debido a la “vergüenza” producida por la estafa y 
comentarios de señalamiento por “haber caído” y ser “tan confiado”
Fuente: Elaboración propia.
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Repertorio
Hace referencia al conjunto de habilidades conductuales y emocionales que es capaz 
de emitir el individuo. 
Tabla 9. Repertorios
• Habilidades sociales: 
Identifica y reconoce la importancia de hacer uso de sus derechos e instituciones gubernamentales en 
procedimientos legales 
• Habilidades emocionales: 
Es resiliente con la experiencia, valida sus emociones y toma decisiones respecto su situación
Fuente: Elaboración propia.
Factores protectores
Los factores protectores son aquellos que reducen los efectos negativos de la exposi-
ción a riesgos y al estrés (Benard, 2004; Rutter; 2007; Uriarte, 2006 citado por Aguiar 
y Tomasini, 2012). También se trata de recursos internos y externos que modifican el 
riesgo (Fraser, Kirby & Smokowski, 2004, citado por Aguiar y Tomasini, 2012). 
Tabla 10. Factores protectores
• Redes de apoyo: Padre y pareja sentimental 
• Habilidades socioemocionales paraafrontar situaciones negativas 
Fuente: Elaboración propia.
Perito psicólogo
De acuerdo con Arch y Jarne (2009) es aquella persona que emite un juicio frente 
a un hecho que pudo presenciar, con el fin de que a partir de esto pueda efectuar 
deducciones que finalmente se exterioricen en forma de conclusiones, de acuerdo a 
la información brindada por el perito. Adicionalmente a esto, la Ley 906 de 2006, en 
su artículo 408, especifica que quienes pueden ser peritos, inicialmente, son aquellas 
personas que tiene un título legalmente reconocido en alguna ciencia, técnica o arte. 
Así mismo establece que para los efectos de la cualificación que se realiza, podrán 
utilizarse todos los medios de prueba, incluido el propio testimonio de una persona 
que se encuentra como declarante y se presenta como perito.
Sin embargo, y de acuerdo con Sicard (2011), existe un psicólogo perito que no es 
partícipe del sistema judicial en forma directa, pero que en el momento en que se 
requiera se tendrá en cuenta para aspectos relacionados que sustenten el caso como 
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aspectos clínicos, ya sea brindando información de la historia clínica del sujeto en 
cuestión y/o siendo testigo de referencia a la hora del juicio. 
El dictamen pericial en psicología jurídica
 Con la evaluación psicológica forense, técnica que pertenece a la psicología jurídica, 
se tiene como objetivo dar respuesta a interrogantes del sistema de administración de 
justicia para que los operadores puedan tomar decisiones. Esta evaluación se plasma 
en el informe pericial o dictamen.
Esta técnica es conocida comúnmente como peritaje o peritación. De acuerdo con 
Arch y Jarne (2009) quienes definen el dictamen como la opinión objetiva e impar-
cial que realiza un técnico o especialista, esta persona debe contar con unos conoci-
mientos científicos, artísticos o prácticos acerca de los hechos y la naturaleza de este. 
Ibáñez y Ávila (1989) complementan afirmando que esta tiene una finalidad objetiva 
que es lograr determinar los hechos, manifestaciones y las diferentes consecuencias 
que derivan del evento investigado.
Peritaje e informe pericial
Tal y como afirma Rodríguez (2010) de acuerdo al Código del Procedimiento Penal 
(2004), el peritaje se define como una acción procedimental en la que el técnico o 
especialista se basa para responder ante el tribunal; es decir, es la metodología que 
emplea, el examen previo, un estudio riguroso del caso para poder emitir una ex-
plicación consistente de una persona, conducta, hecho o cosa, dando un dictamen 
que contiene razón técnica sobre la materia o problema sobre el que se la ha pedido 
hacer una intervención (Rodríguez, 2010). Por otro lado, cuando se hace referencia 
al informe pericial se debe tener en cuenta que son los resultados del peritaje, un 
documento formal que se presenta como sustento al caso que se debe resolver ante 
el tribunal. 
Acerca del informe pericial
Al ser un medio probatorio, el informe pericial se rige frente al principio de contra-
dicción. Del Río (2005) afirma que esto significa que las partes puedan examinarlo 
y someterlo a crítica, de la cual puede derivar un contra informe. Por lo tanto, en el 
dictamen pericial resulta imprescindible abarcar en detalle la metodología aplicada, 
los resultados de las distintas pruebas suministradas y los resultados de estas. Es im-
portante comprender que el informe pericial no es estático ya que las circunstancias 
del caso pueden ser cambiantes, lo cual altera el valor de la relación establecida de los 
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datos al momento de la exploración. Por lo tanto, el perito debe explicar el alcance de 
su informe y realizar las ampliaciones y aclaraciones oportunas ante los funcionarios 
jurídicos (Illescas, 2005, citado por Echeburúa, Muñoz y Loinaz, 2011). Es por esto 
que la metodología empleada debe estar siempre en relación con el estado actual de 
los conocimientos científicos. 
Sustentación del informe pericial
En este apartado se desarrolla la sustentación a partir de una revisión de elementos 
teóricos y empíricos que soportan la acción. La información que se consigne aquí 
debe ser coherente, entendida y estar soportada en un modelo teórico que responda 
a la problemática planteada; con conceptos y terminología acorde a dichos modelos y 
que correspondan a una revisión actualizada de documentos, libros o artículos, pre-
feriblemente, de revistas indexadas y textos científicos (aún seleccionados en la red). 
Lo anterior con base en un marco teórico, un marco legal y un marco ético.
Conclusiones del informe pericial
Se refiere a toda la información y los aportes que generó la revisión teórica (teorías, 
conceptos, modelos, estudios de caso, investigaciones, etc.) y la evaluación analítica 
del caso psicojurídico, que contribuyen a la intervención de la problemática y a la 
toma de decisiones judiciales. 
Referencias bibliográficas del informe pericial
El final del documento o informe pericial termina con las referencias, que son los da-
tos bibliográficos de cada fuente de información citada en el cuerpo del texto. Deben 
estar en el formato estandarizado de normas APA última edición. 
Ámbitos que abarca el peritaje
Las infracciones del bien jurídico y de código penal se pueden distribuir en varios 
aspectos de orden social, como lo es en el ámbito civil: divorcio, testamentario, adop-
ción, lesiones personales (conflictos que ocurren entre personas); en el ámbito penal: 
responsabilidad criminal, daño psicológico, crímenes de lesa humanidad (el Estado 
presenta un conflicto con las personas); en el ámbito administrativo: incapacidades, 
despidos, accidentes laborales (establecer acuerdos entre la empresa y el empleado); 
el ámbito militar: exclusión del servicio militar, responsabilidad militar, indemniza-
ciones, y en el ámbito canónico: nulidad matrimonial (Sicard, 2011).
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Como se sabe, la técnica esencial de evaluación en psicología forense es la entrevista 
pericial semiestructurada, la cual permite abordar, de una manera sistematizada, la 
exploración biográfica de la persona, el examen del estado mental actual y aspec-
tos que son relevantes en relación con el objetivo del dictamen pericial. Echeburúa, 
Muñoz y Loinaz (2001) afirman que las entrevistas son de mayor utilidad que los 
test, en casos en los cuales las personas presentan dificultades de concentración o 
con problemas para entender el lenguaje escrito. Así mismo, la detección del engaño 
es fundamental, esta se puede realizar a través del polígrafo o diferentes instrumen-
tos que permiten la medición de este constructo. Masip y Alonso (2006) citados por 
Echeburúa, Muñoz y Loinaz (2001) afirman que la detección del engaño se ha esta-
blecido principalmente en tres ámbitos de investigación: inicialmente en el estudio 
de cambios fisiológicos, en investigación sobre correlatos conductuales que son di-
rectamente observables y son meramente de naturaleza no verbal y, por último, en el 
análisis de los contenidos verbales.
Adicional a lo anterior, es de mencionar que en la evaluación psicológica forense se 
deben respetar los derechos constitucionales, legales y reglamentarios del evaluado, 
independientemente de quien se trate, una víctima o un procesado, un testigo o cual-
quier persona en situación judicial.
Aspectos éticos y deontológicos 
De acuerdo con Urra (2007), los informes psicológicos periciales deben cumplir cier-
tas obligaciones legales derivadas de la normativa vigente y de las exigencias deonto-
lógicas. Por ello es que el psicólogo en el ámbito forense debe ser precavido a nivel de 
competencias y concreción, ya que en este ámbito se acentúan bastante los dilemas 
éticos. Es por esto que en esta

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