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GUIA VIII RAZONABILIDAD Y LEGALIDAD - 3 HOJAS

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Guía clase 8 – RAZONABILIDAD Y LEGALIDAD 
Confeccionó: Laura Clérico y Sergio Mohadeb 
CONTENIDOS: 
• Bibliografía: Cayuso, S., Constitución comentada, arts. 14, 76, 99 inc. 2/3; 
art. 28 CN. 
• Guía de preguntas para el análisis de la Opinión Consultiva 6 y el Informe 
Argentina sobre inspecciones vaginales. 
BIBLIOGRAFÍA - MATERIAL 
• OC Nro. 6 
• “Informe Argentina sobre Inspecciones Vaginales” (caso “Arena”). 
• Normas de la CN y tratados: artículos que se refieren a la reglamentación 
de los derechos: arts. 14, 75 inc. 18 y 19 CN 
l 
1. El principio de legalidad en materia constitucional tiene distintas 
aplicaciones. La formulación general emerge de los arts. 19, 14 CN y 30 
CADH. 
Otras aplicaciones específicas de este mismo principio son las siguientes: 
• Legalidad penal: art. 19, 18, 75 inc. 12, 99 inc. 3 CN; art. 7 y 8 
CADH. 
• Legalidad tributaria: art. 4, 17, 75 inc. 2, 3; 99 inc. 3 CN. 
• Legalidad especiales referidas a cada uno de los artículos de los 
derechos afectados: por ejemplo, art. 23 CADH. 
2. Preguntas para el análisis de la OC Nro. 6 
2.1. ¿El principio de legalidad es un principio o es una regla? 
2.2. La cuestión central es la siguiente: ¿Qué significa el término "ley" cuando 
el art. 30 CADH habla de restricciones a los derechos? ¿Es "ley en 
sentido material" (cualquier norma) y/o "ley en sentido formal"? (ver 
más abajo sobre el significado de “ley en sentido formal). 
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2.3. ¿Qué significa que los derechos constitucionales sean o funcionen como 
barreras frente a las limitaciones a los derechos? (consid. 21). 
2.4. La Regla que surge de dicha opinión consultiva es que: cuando se trata 
de la restricción a los derechos se exige que sea por medio de "ley en 
sentido formal". 
2.5. ¿Esta regla es absoluta o admite algún tipo de excepción? 
2.6. Preguntas: ¿qué significa "ley en sentido formal" respecto del órgano 
(consid. 24) y del procedimiento (consid. 22)? Y, ¿en la Const. Arg.? 
¿Qué significa "reserva de ley" (consid. 23)? 
2.7. ¿Qué significa legitimidad? (consids. 32 y 37). 
2.8. Excepción a la regla: está permitida la delegación legislativa cuando se 
trata de la restricción a los derechos? Pero, ¿cualquier delegación? 
¿tiene que ser por tiempo determinado y permitir un control eficaz? y 
cómo, ¿a través de una pauta de delegación clara y precisa? Compare 
esta regla con el art. 76 CN. 
2.9. ¿Qué relación establece la OC Nro. 6 entre restricciones a los derechos, 
principio de legalidad y concepciones de la democracia? 
2.10. Compare las reglas establecidas por la Corte Interamericana en la OC 
Nro. 6 y los arts. 14, 19, 76, 99 incs. 2 y 3 CN. 
3. Examen de razonabilidad/proporcionalidad: 28, 18 CN; 30 CADH; 4 y 5 
PDESC; 4 y 5 PDCP. 
Guía para el análisis y discusión del Informe Argentina sobre Inspecciones 
 
 
Vaginales 
3.1. ¿Cuáles son los hechos relevantes en el caso sobre inspecciones 
vaginales? (consid. 2-7; 8-12). 
3.2. ¿Cuál es el acto que produce la restricción a los derechos de la mujer y 
de la niña? Pero, ¿de cuáles derechos? 
3.3. ¿Cuál es el fin estatal que alega el estado? 
3.4. Con todas las respuestas a estas preguntas reconstruya la cuestiónproblema 
que se discute en el Informe (consid. 5, 13, 33, 47, 54). 
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3.5. ¿Cuáles son las obligaciones estatales respecto del respeto, protección y 
fomento de los derechos? (consid. 51 y 52). Ello puede implica haber 
contestado la siguientes pregunta: ¿Qué significa que el Estado esté 
obligado? 
3.6. ¿Cuáles son las exigencias de forma y de fondo que debe cumplir una 
limitación al derecho para ser compatible con la CADH? consid. 32.2; 
55, 59 60. 
3.7. Pregunta de repaso de la primera parte de la clase: ¿aprueba la norma en 
virtud de la cual se realizan las inspecciones el examen de legalidad? 
¿Es aplicable la OC Nro. 6 (compare las reglas de la OC 6 con las de 
este caso)? ¿Por qué la ley debe ser además clara y precisa? consid. 61- 
64. 
3.8. Examen de razonabilidad (examen del peso de la razones a favor de 
una mejor protección del derecho y del peso de las razones del fin 
estatal). 
3.9. ¿Cuál es el medio de la norma? ¿Cuál es el fin? ¿Cuáles son los derechos 
afectados? 
3.10. ¿Qué tan intensiva es la restricción a los derechos de la mujer y la niña? 
¿Por qué? consid. 68, 71, 76, 93. 
3.11. Examen de adecuación técnica: si por hipótesis la persona tiene que 
soportar la restricción, por lo menos, el medio debe ser idóneo para 
alcanzar o incluso promover el fin que el Estado persigue. Y, ¿lo 
promueve en el caso concreto? consid. 75. 
3.12. Examen de medios alternativos menos lesivos para los derechos 
afectados: las razones a favor de la restricción al derecho pierden 
fuerza si la limitación pudo haberse evitado por otros medios (es decir, 
medidas, acciones, etc. que no perjudiquen a la persona en tan alto 
grado). ¿Existen otros medios alternativos que logran fomentar el fin 
pero que a suvez limitan menos el derecho? Pero, ¿qué tan necesaria 
era la limitación en el caso concreto? consid. 74-76. 
3.13. Examen de razonabilidad o proporcionalidad en sentido estricto: Ley 
de la ponderación, cuánto más intensiva sea la restricción al derecho 
tanto más importantes deben ser las razones que hablan a favor del fin. 
Si se trata de una restricción muy intensiva no alcanza con un fin 
legítimo. (consid. 28, 68, 71, 76, 93, 73). 
3.14. Requisitos de legalidad del acto (inspección) en cada uno de los casos 
concretos: orden judicial (consid. 81) y personal de la salud (consid. 
84). 
3.15. ¿Qué método de interpretación utiliza la Comisión en su informe? 
(consids. 57, 101.) 
4 
3.16. Para seguir pensando en relación con los contenidos de las siguientes 
 
 
clases: ¿cuál es la estructura del examen de 
razonabilidad/proporcionalidad cuando se trata de analizar 
restricciónes a los derechos por omisión y/o acción estatal insuficiente? 
Y, ¿por acción estatal por comisión? ¿Y al aplicar sanciones (multas,clausura, etc.) o penas?

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