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TUTAB006-2015

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UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES 
“UNIANDES” 
 
 
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA 
CARRERA DE DERECHO 
TESIS DE GRADO PREVIA A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADO DE 
LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA 
 
Tema: Argumentación Jurídica sobre el establecimiento de la Maternidad Subrogada en 
la Legislación Civil ecuatoriana. 
 
AUTOR. JONATHAN FERNANDO HIDALGO PADILLA 
 
TUTOR: DR. VICTOR HUGO LUCERO 
 
TULCÁN-2015 
 
II 
 
 
 
CERTIFICACIÓN DEL TUTOR 
En calidad de asesor de tesis de grado, certifico que el Señor Jonathan Fernando Hidalgo 
Padilla, elaboró su trabajo de titulación sobre el tema: Argumentación Jurídica sobre el 
establecimiento de la Maternidad Subrogada en la Legislación Civil ecuatoriana. Este 
estudio es importante ya que en base a la investigación tanto teórica como práctica 
realizada se ha permitido considerar que: siendo el Ecuador un Estado de derechos, 
consagrados en la Constitución, la Ley, los Pactos, Convenios, Declaraciones y demás 
Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos y que tiene como objetivo el desarrollo 
del ser humano y su buen vivir, se ha evidenciado que la Maternidad Subrogada es una 
práctica muy eficaz que conlleva a la conformación del núcleo familiar debido a problemas 
que padecen las parejas como es la fertilidad y esterilidad, por ende es un tema viable y 
necesario que se reconozca la Maternidad Subrogada como figura jurídica y su 
incorporación en el código civil ecuatoriano, lo que permitirá garantizar el derecho de 
familia, procreación y conformación, por ende a su protección y conservación de la misma. 
En base a lo expuesto y a los lineamientos académicos de la Universidad, se aprueba el 
presente trabajo de tesis, pudiendo ser sometido a presentación pública y evaluación por 
parte del jurado calificador que se designe. 
 
 
 
 
III 
 
 
 
DECLARACIÓN DE AUTORÍA 
 
Jonathan Fernando Hidalgo Padilla, egresado de la Facultad de Jurisprudencia, Carrera de 
Derecho, de la Universidad Regional Autónoma de los Andes “UNIANDES”, declaro en 
forma libre y voluntaria que el presente trabajo de grado que versa sobre el Tema: 
Argumentación Jurídica sobre el establecimiento de la Maternidad Subrogada en la 
Legislación Civil ecuatoriana, así como las expresiones vertidas son autoría del mismo, 
quien he realizado sobre la base de la investigación práctica y teórica; de igual manera se da 
la potestad a la Universidad, a fin de que emplee el presente trabajo de tesis como 
bibliografía para futuras investigaciones sobre el tema planteado. 
 
En consecuencia asumo la responsabilidad de la originalidad y el cuidado respectivo al 
remitir a las fuentes bibliográficas respectivas para fundamentar el contenido expuesto. 
 
 
 
 
 
 
 
IV 
 
 
 
 
DEDICATORIA 
 
A Dios, quien en los momentos más difíciles de mi existencia me brindó consuelo y 
esperanza para seguir adelante. 
 
A mis padres Nancy Padilla y Vicente Hidalgo, quienes me apoyaron en mis estudios, 
inculcando valores y formando un hombre de bien. 
 
A todos quienes me dieron apoyo al inicio de mi carrera profesional porque con ello 
fortalecieron mi espíritu para superarme de todas las adversidades. 
 
 
 
 Jonathan Fernando Hidalgo Padilla 
 
 
 
 
 
 
 
 
V 
 
 
 
AGRADECIMIENTO 
 
Al Doctor Víctor Hugo Lucero, Catedrático de la Universidad Regional Autónoma de los 
Andes “Uniandes” por su paciencia y dedicación, así como su respetable labor en la 
dirección del desarrollo de este trabajo. 
 
A todos los profesores de la Universidad Regional Autónoma de los Andes “Uniandes”, 
que desde el primer semestre de mi carrera estudiantil supieron brindar sin egoísmo sus 
conocimientos. 
 
A mi querida Universidad Regional Autónoma de los Andes “Uniandes”, extensión Tulcán, 
por brindarme la oportunidad de superarme, impartiendo conocimientos de alta calidad y 
calidez. 
 
 
 
 
 Jonathan Fernando Hidalgo Padilla 
 
 
 
 
 
Índice General 
 
VI 
 
 Contenido Pág. 
 Portada 
 Certificación del Tutor II 
Declaración de Autoría de la Tesis III 
Dedicatoria IV 
Agradecimiento V 
Resumen Ejecutivo VIII 
 INTRODUCCIÓN 
 Antecedentes de la Investigación 1 
Planteamiento del Problema 1 
Formulación del Problema 2 
Delimitación del Problema 2 
Objeto de Investigación y Campo de Acción 2 
Identificación de la Línea de Investigación 2 
Objetivos 
 Objetivo General 3 
Objetivos Específicos 3 
Idea a Defender 3 
Justificación del Tema 4 
Metodología Investigativa a Emplear 5 
Resumen de la Estructura de la Tesis 6 
Elementos de Novedad, Aporte Teórico y Significación Práctica 7 
 CAPÍTULO I. MARCO TEÓRICO 
 
 Concepto y Terminología de Maternidad Subrogada. 9 
Definiciones de Hans Kelsen 9 
La Maternidad como Don 10 
Referencias Históricas 10 
Origen y Evolución 
 12 
Primeros casos de Maternidad Subrogada en EEUU 
 13 
Tipos de Maternidad Subrogada 14 
Reproducción Artificial Una técnica clave en la Maternidad 
Subrogada 15 
Causas de Esterilidad e Infertilidad 15 
La Maternidad Subrogada como Figura Jurídica 16 
Organización Mundial de la Salud y sus Derechos Reproductivos 18 
Legislaciones comparadas / situación Actual 21 
México 21 
India 22 
Ucrania 22 
Grecia 22 
 
VII 
 
Rusia 23 
La Maternidad Subrogada a la Luz 23 
Maternidades Inmersas dentro de la Maternidad Subrogada 24 
La Maternidad Subrogada como solución a la esterilidad e 
infertilidad 25 
Admisibilidad de la Maternidad Subrogada 26 
Requisitos de validez de la Maternidad Subrogada en la Legislación 
ecuatoriana 
Reconocimiento de la maternidad subrogada y su naturaleza jurídica 
del contrato de Gestación conforme a la doctrina 29 
Posible encasillamiento de la Maternidad Subrogada como un 
contrato gratuito 29 
La Maternidad legal según la Legislación ecuatoriana 
 
 30 
Conclusiones parciales 31 
 
 
CAPÍTULO II. MARCO METODOLÓGICO 
 
 
Caracterización de la Investigación 32 
Descripción del Procedimiento Metodológico 33 
Modalidad de la Investigación 33 
Tipos de Investigación 33 
Población y Muestra 34 
Métodos, Técnicas e Instrumentos 35 
Análisis e interpretación de Resultados 37 
Conclusiones Parciales del Capítulo 43 
 
 
CAPÍTULO III. DESARROLLO DELA PROPUESTA 
Título 44 
Caracterización de la Propuesta 44 
Desarrollo de la Propuesta 44 
Validación de la Propuesta 50 
Interpretación de Resultados 51 
Conclusiones Parciales del Capítulo 52 
 
Conclusiones Generales 53 
Recomendaciones 54 
 
Bibliografía 
Terminología 
Anexos 
 
 
 
 
 
 
 
 
VIII 
 
 
 
 
RESUMEN EJECUTIVO 
El presente trabajo de investigación es de actualidad y de gran importancia, ya que siendo 
el Ecuador un Estado de Derecho y Justicia Social, en el cual se reconoce, el pleno ejercicio 
de sus derechos consagrados en la Constitución y demás instrumentos internacionales 
teniendo como objetivo la Argumentación Jurídica sobre el establecimiento de la 
Maternidad Subrogada en la legislación civil ecuatoriana y su incorporación en el Código 
Civil, ya que no existe ninguna normativa en el Ecuador. Esta investigación está 
encaminada al estudio de esta problemática a fin de plantear una propuesta que viabilice 
una solución. Para el desarrollo del presente trabajo de investigación se van a emplear 
métodos empíricos como la observación científica, el análisis documental y la validación de 
expertos, métodos teóricos como el método inductivo, método deductivo, método histórico-
lógico, método analítico-sintético y el método jurídico. La línea de investigación aplicada 
en el desarrollo del presente trabajo es la protección de derechos constitucionales. Los 
resultados que se alcanzarán con la presente investigación es que se efectivice el derecho a 
la conformación familiar en lo referente a salud reproductiva ya que en el Ecuador existen 
parejas que padecen de esterilidad e infertilidad lo cual es necesario que se reconozca la 
Maternidad Subrogada en el Ecuador, lo que permitirá garantizar el derecho de familia, y 
por ende a su protección y promoción en salvaguarda los principios consagrados en la 
norma constitucional. 
Los conceptos y principios en nuestra legislación ecuatoriana sobre derechos de familia, 
ciertamente han ido cambiando de acuerdo a los avances científicos y tecnológicos, por ello 
ahora hablamos y defendemos la Maternidad Subrogada como técnica que se ha ido 
desarrollando de acuerdo a los avances de la ciencia médica brindando la oportunidad a las 
parejas que padecen de esterilidad e infertilidad puedan tener una familia, por ende han 
elegido tratamientos que no han cumplido con su expectativas. Por eso es importante que se 
reconozca como norma legal y su incorporación al cuerpo legal del Código Civil 
ecuatoriano, problema que conlleva a la limitación de derechos de familia establecidos y 
reconocidos en la Constitución y demás instrumentos internacionales. 
 
 
IX 
 
 
EXECUTIVE SUMMARY 
The present research is topical, important as being not the Ecuador a State of rights, social 
justice, which recognizes the full exercise of their rights under the Constitution and other 
International Human Rights aiming to establish the statute as Surrogacy therefore not being 
legally recognized, nor has norm in Ecuador. Why this research is aimed at the study of this 
issue to raise a proposal that would facilitate a solution. For the development of this 
research are to use empirical methods such as scientific observation, document analysis and 
validation of experts. Theoretical methods as the inductive method, deductive method, 
historical and logical method, analytic-synthetic method and the legal method. The line of 
applied research in the development of this research is on the Rights of Persons. The results 
achieved with this research is that the right of persons suffering from sterility and 
infertility, so that the Surrogacy in Ecuador recognition is effected, thereby safeguarding 
the right to equality. And therefore their protection, promotion, safeguarding the principles 
enshrined in the Constitutional requirement. 
The concepts and principles in our Ecuadorian Family Rights legislation certainly have 
changed by scientific and technological advances; therefore now speak and defend the new 
techniques of human reproduction techniques have been developed according to the 
progress of medical science providing the a chance to couples suffering from infertility and 
infertility can have a family, therefore they have chosen treatments who have not fulfilled 
their expectations so it is important to recognize as legal norm and its incorporation into the 
legal body of the Ecuadorian Civil Code, a problem that leads to the violation of family 
rights established and recognized in the Constitution and Declaration of Human Rights. 
 
 
 
 
 
 
1 
 
INTRODUCCIÓN 
Antecedentes de la Investigación 
El presente trabajo es de actualidad y de gran importancia, ya que luego de haber realizado 
una investigación en las diferentes organismos gubernamentales se pudo constatar que: 
siendo el Ecuador un Estado de Derechos y de Justicia Social, en el cual se reconoce la 
salud reproductiva, procreación, conformación y conservación del núcleo familiar, 
consagrados en la Constitución, la ley, los pactos, convenios, declaraciones y demás 
instrumentos internacionales, y que tiene como objetivo fortalecer el buen vivir del ser 
humano, se ha evidenciado que la Maternidad Subrogada es una técnica eficaz y esencial 
para la conformación de la familia en casos de esterilidad e infertilidad, al no encontrarse 
reconocido como norma legal en nuestro Código Civil ecuatoriano, se está vulnerando este 
derecho por lo que esta investigación está encaminada al estudio de esta problemática a fin 
de plantear una propuesta que viabilice una solución, sin que así mismo se haya podido 
encontrar trabajos de grado u otros proyectos de la materia en la Universidad Regional 
Autónoma de los Andes Unidades-Tulcán, ni en las demás extensiones y matriz, ni en las 
demás bibliotecas locales. No obstante se ha realizado una investigación en las 
universidades a nivel nacional donde existen proyectos referente a temas de nuevas formas 
de reproducción asistida, aspecto que va vinculado al tema a investigarse por lo que es 
menester que sea considerado como objeto de estudio de análisis para lograr establecer una 
solución a la problemática como es la esterilidad e infertilidad que padecen las parejas en 
base a una investigación básica. 
 
Planteamiento del Problema 
En nuestro Código Civil ecuatoriano existen normas que deben ser actualizadas para 
mejorar el bienestar de la sociedad en virtud que la Constitución de la República del 
Ecuador es muy garantista, ya que en ella se encuentra establecido un sin número de 
derechos y obligaciones de las personas en donde el derecho debe estar entrelazado de 
acuerdo a las necesidades del ser humano y a la evolución del mismo, pues la normativa 
debería acoplarse a la realidad de la misma. La Declaración Universal de los Derechos 
Humanos expresa que la familia es elemento natural y fundamental de la sociedad, siendo 
 
2 
 
necesaria que la Maternidad Subrogada sea reconocida como figura jurídica en la 
legislación civil ecuatoriana. 
 
Formulación del Problema 
La falta de reconocimiento de la Maternidad Subrogada como figura jurídica en la 
legislación ecuatoriana, limita el derecho de familia que se encuentra reconocido en la 
Constitución de la República del Ecuador a personas que padecen de esterilidad e 
infertilidad. 
 
Delimitación del Problema 
 Lugar: Se va a desarrollar la presente investigación en la ciudad de Tulcán, Provincia 
del Carchi. 
 Tiempo: Para la elaboración de la presente investigación se toma en cuenta siete meses 
y medio contados desde octubre del 2014 a abril del 2015. 
 
Objetode Investigación y Campo de Acción 
Objeto de Investigación 
El objeto de investigación es el Código Civil ecuatoriano. 
Campo de Acción 
La Maternidad Subrogada como nueva figura jurídica del cuerpo legal del Código Civil 
ecuatoriano. 
 
Identificación de la línea de Investigación 
La línea de investigación del presente trabajo es protección de derechos constitucionales. 
 
 
 
 
 
 
 
 
3 
 
Objetivos 
Objetivo General 
Argumentar jurídicamente sobre la necesidad del reconocimiento de la Maternidad 
Subrogada en la legislación ecuatoriana y su incorporación en el Código Civil para 
garantizar el derecho de familia. 
 
Objetivos Específicos 
 Fundamentar teóricamente sobre la importancia de la maternidad subrogada a fin de 
establecer su incorporación mediante un contrato de gestación como solución a la 
esterilidad e infertilidad que padecen las parejas ecuatorianas. 
 Diagnosticar la situación actual de la maternidad subrogada con el fin de establecer el 
grado de importancia para su implementación como figura jurídica en el Código Civil 
ecuatoriana. 
 Establecer los requisitos esenciales de la maternidad subrogada y su validez mediante 
un contrato de gestación para su incorporación en el código civil ecuatoriano. 
 validando la propuesta por la vía de expertos. 
 
Idea a Defender 
Mediante el reconocimiento e incorporación de la Maternidad Subrogada en el cuerpo legal 
del Código Civil ecuatoriano, se efectivizarían y garantizarían derechos reconocidos por la 
Constitución de la República del Ecuador como son derechos buen vivir, la familia y la 
conformación, procreación, y reproducción sexual, permitiendo garantizar el derecho al 
goce y disfrute de la familia, tal como lo establece la Constitucional de la República del 
Ecuador. 
 
 
 
 
 
 
 
 
4 
 
 
Justificación del Tema 
La justificación del presente tema de investigación se da por cuanto siendo el Ecuador un 
Estado de Derechos y Justicia Social, en el que se reconoce el derecho de familia 
consagrado en la Constitución, la ley, los pactos, convenios, declaraciones y demás 
instrumentos internacionales, teniendo como objetivo fortalecer el bien común de la 
sociedad junto al bienestar familiar. La Maternidad Subrogada es una técnica nueva e 
innovadora que ayuda a la obtención de una familia dando soluciones a parejas que tiene 
problemas de esterilidad e infertilidad, lo cual no existir una norma legal que lo reconozca 
en el Ecuador. Con la presente investigación se realizará un estudio de principios y 
derechos del buen vivir, familia, procreación, y los derechos de las personas para establecer 
su reconocimiento como figura jurídica en la legislación actual. 
 
Con la propuesta planteada, se fortalecerá su reconocimiento como norma legal, facilitando 
a parejas que tiene esta problemática logrando así un beneficio: 
 
 A la sociedad en general porque al reconocer la Maternidad Subrogada como figura 
jurídica en nuestra legislación ecuatoriana, permitiría que esta técnica se practique 
legalmente, utilizando tecnología de punta y práctica científica, promocionándose a 
nivel nacional por medio de las instituciones públicas del Estado. 
 
 A las parejas que padecen de infertilidad y esterilidad, porque con su reconocimiento 
como figura jurídica, ayudará a estas parejas en la posibilidad de tener una familia ya 
que la Maternidad Subrogada garantiza esta técnica de reproducción. 
 
 Al autor perteneciente a la Universidad Regional Autónoma de los “Uniandes” por 
cuanto esta investigación fortalecerá el conocimiento en el área del derecho, tanto en la 
teoría, práctica y análisis de la ciencia jurídica. 
 
 
 
 
5 
 
 
Metodología Investigativa a emplear 
Para el desarrollo del presente trabajo de investigación se van a emplear métodos 
empíricos y teóricos. Entre los métodos empíricos a proponerse se tiene la observación 
científica, el análisis documental y la validación de expertos. 
 
Observación científica 
Se utiliza para observar el problema a investigarse, y además nos ayudará a argumentar 
jurídicamente sobre la falta de reconocimiento de la Maternidad Subrogada en la 
legislación ecuatoriana y frente a ello, presentar una solución adecuada. Con este método 
empírico se permite recopilar datos necesarios para plantear y formular el problema y, al 
mismo tiempo, proponer una alternativa de solución que padecen las parejas estériles e 
infértiles. 
 
Análisis Documental 
En la presente investigación este método empírico permite la recopilación de información 
en libros, códigos, leyes, determinando y analizando el criterio de expertos sobre los 
derechos constitucionales del buen vivir, derecho de familia, con el fin de plantear una 
solución que viabilice el reconocimiento de la Maternidad Subrogada en la legislación 
ecuatoriana. 
 
Validación por la vía de expertos 
Este método empírico permite confirmar la existencia así como la importancia del presente 
tema de investigación por parte de profesionales expertos, haciendo que la propuesta 
planteada sea la mejor solución. 
 
Entre los métodos teóricos a utilizarse en el desarrollo de esta investigación está el 
inductivo, el deductivo, el histórico-lógico y él analítico-sintético. 
 
Método Histórico-Lógico. Se utiliza para realizar la investigación sobre el origen de los 
derechos de familia, derechos consagrados en la Constitución de la República en cuya 
 
6 
 
normativa constan los derechos de las personas, y a su vez permite la aplicación, y 
efectivización del derecho de reproducción que debe imperar entre las diferentes 
manifestaciones sociales, así como su desarrollo y adaptación para su funcionamiento 
lógico. 
 
Método analítico-sintético. Se utiliza para analizar la información teórica de derechos 
constitucionales como es la conformación familiar a la procreación, en cuya normativa 
consta el derecho de las personas para que se reconozca La Maternidad Subrogada como 
figura jurídica en la Legislación ecuatoriana tomando en consideración los criterios de 
expertos para llegar a establecer conclusiones. 
 
Método deductivo-inductivo. Se utiliza porque parte de lo general a lo particular o 
viceversa, en el presente proyecto de investigación se aplica partiendo de teorías generales 
sobre los derechos constitucionales referentes a la familia, conformación del núcleo 
familiar y procreación, llegando a particularizar el problema motivo de investigación, como 
es la falta de reconocimiento de la Maternidad Subrogada en la legislación civil 
ecuatoriana. 
 
Las técnicas 
La técnica a utilizar en el presente trabajo investigativo es la siguiente: 
Encuesta.- Permite realizar el diagnóstico mediante un instrumento que tabula 
estadísticamente los datos recopilados. 
 
Resumen de la estructura de la tesis 
El presente trabajo de investigación es de actualidad y de gran importancia en la evolución 
histórica, científica y tecnológica de la Maternidad Subrogada, ya que en la Constitución de 
la República se garantiza los derechos a la procreación, conformación, conservación de un 
núcleo familiar, en donde se estarían limitando derechos a parejas que padecen de 
esterilidad e infertilidad, a fin de que se reconozca como figura jurídica en la legislación 
ecuatoriana y su incorporación en el Código Civil. 
 
 
7 
 
El capítulo I del presente trabajo de investigación determina el marco teórico, es decir, trata 
sobre los aspectos teóricos conceptuales partiendo de los antecedentes sobre derechos 
constitucionales como es el de la familia, conformación y procreación, que buscan el buen 
vivir. 
 
El capítulo II trata sobre al marco metodológico y el planteamiento de la propuesta de 
investigación, donde se describen los métodos y tipos de investigación utilizados que 
permiten el diagnóstico del problema y la recopilación de información para la elaboración 
de lapropuesta. 
 
El capítulo III hace relación al desarrollo de la propuesta siendo para el caso del presente 
trabajo de investigación, así como el reconocimiento de la Maternidad Subrogada en la 
legislación ecuatoriana la aplicación de los derechos de familia, conformación del núcleo 
familiar, procreación y conservación de la misma. 
 
Elementos de novedad, aporte teórico, significación práctica y novedad científica 
Aporte teórico 
Con la presente investigación se plantea el reconocimiento de la Maternidad Subrogada en 
la legislación civil ecuatoriana, siendo este tema novedoso y a la vez práctico por lo que 
viabilizará la aplicación de los derechos a la conformación del núcleo familiar, procreación 
y conservación y buen vivir. 
Significación práctica 
Con el reconocimiento de la Maternidad Subrogada como figura jurídica en la legislación 
ecuatoriana se efectivizarían derechos constitucionales reconocidos por la Constitución del 
República del Ecuador, en cuya normativa consta el derecho de familia y la conformación 
del núcleo familiar, la cual una vez argumentado jurídicamente permitirá tener como 
significación práctica el que pueda establecer la Maternidad Subrogada, con lo que se hará 
efectivo el derechos de las personas. 
Novedad 
La creación de la Maternidad Subrogada como figura jurídica en la legislación ecuatoriana 
garantizará y permitirá a las parejas que padecen de esta problemática (esterilidad e 
 
8 
 
infertilidad), ya que en ello se les estaría limitando sus derechos constitucionales como son 
el derecho a la procreación, que conlleva a la obtención de una familia con el fin de 
conservarla y protegerla, garantizándose con ello el pleno ejercicio del derecho de familia y 
buen vivir de las personas tal como lo establece nuestra Constitución de la República del 
Ecuador, convenios, pactos, y resoluciones internacionales. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
9 
 
CAPÍTULO I. MARCO TEÓRICO 
En el Ecuador el código civil ecuatoriano inicia a regir en 1861 por lo cual ha sido objeto 
de varias codificaciones debido a las necesidades de la sociedad por ende el tema de la 
Maternidad Subrogada es de gran importancia su incorporación como norma legal ya que 
los avances científicos y tecnológicos han evolucionado facilitando a personas que padecen 
de esta problemática como es la esterilidad e infertilidad limitando a la obtención de una 
familia. 
Concepto y Terminología de Maternidad Subrogada. 
La Maternidad Subrogada se define como el proceso en el cual una mujer ofrece su vientre 
para gestar el bebé de otra pareja hasta el momento de su nacimiento. Tras su nacimiento, 
es entregado a la pareja en cuestión, y la “madre de alquiler” que lo ha gestado durante todo 
el embarazo, debe renunciar a cualquier derecho legal que pudiera tener sobre el recién 
nacido a cambio de un beneficio económico. 
 
A continuación analizaremos varios conceptos de Maternidad Subrogada. 
Definiciones de Hans Kelsen: 
-Jurídicamente la subrogación no tiene otra significación que la de la palabra misma: 
remplazar, sustituir algo o alguien por otra cosa o persona. 
-En consecuencia, consiste en sustituir una persona o cosa por otra persona o cosa, en 
términos tales que la nueva pase a ocupar la misma situación jurídica de la anterior. 
-Se llama maternidad subrogada, gestación de sustitución o alquiler de útero el acto 
reproductor que genera el nacimiento de un niño gestado por una mujer sujeta a un pacto o 
compromiso mediante el cual debe ceder todos los derechos sobre el recién nacido en favor 
de otra mujer que figurará como madre de éste. 
-Desde una perspectiva más jurídica, define como: 
Aquel contrato oneroso o gratuito, por el cual una mujer aporta únicamente la gestación, o 
también su óvulo, comprometiéndose a entregar el nacido a los comitentes (una persona o 
pareja, casada o no), que podrán aportar o no sus gametos; en este último caso, los gametos 
procederán de donante (masculino y/o femenino).(pucesi.edu.ec, 2012) 
 
De acuerdo a los conceptos de los autores, es un tema de gran interés social y de gran 
importancia en nuestra legislación ecuatoriana ya que a medida que avanza la ciencia y la 
tecnología, el ser humano debe de acoplarse a esa realidad, por lo que el derecho civil 
debería de hacer una actualización de la normativa en donde la Constitución garantiza 
derechos como son a la procreación, conformación, conservación de la familia, 
efectivizándose así derechos como son el buen vivir e igualdad de las personas. 
http://es.wikipedia.org/wiki/Hans_Kelsen
 
10 
 
 
La Maternidad como Don 
“La realidad biológica y psíquica de la mujer la constituye en el ser al que Dios ha elegido 
desde el inicio de los tiempos para darle el don de la Maternidad. 
Ser madre está unido a la estructura personal de la mujer, que es vivida en la dimensión 
personal del don, se traduce en su manera de expresar el amor, de vivir las relaciones 
interpersonales y en la misión que Dios le confiere en la vida”. (enciclopediadebioetica, 
2011, pág. 34) 
La afectividad entendida como capacidad de amar y ser amado es una dimensión 
fundamental en la persona humana, que anclada en la sexualidad, se manifiesta en la mujer 
con características propias de expresión. Su delicada intuición, su capacidad de empatía y 
comprensión, le posibilitan encontrar formas de realización personal aún en la circunstancia 
donde no hay generación biológica. 
 
Referencias Históricas 
Analizaremos ahora los casos de Maternidad Subrogada desde un prisma histórico lo que 
nos permitirá comprobar que no es una cuestión reciente. Debido a la falta de las técnicas 
de reproducción avanzadas la gente se veía obligada a recurrir a la fecundación natural de 
la donante que a la vez era madre de alquiler, por ello la modalidad que se empleaba era la 
tradicional y de manera carnal. 
 
Génesis 
La primera madre de alquiler conocida en la historia se remonta unos dos mil años antes de 
Cristo en la tierra árida de Canaán, cerca de Hebrón. He aquí lo que dice al respecto el 
Antiguo Testamento (Génesis 16), libro sagrado de los judíos, cristianos y musulmanes. 
“Y Sarai, mujer de Abram no le paría: y ella tenía una sierva egipcia, que se llamaba Agar. 
Dijo, pues, Sarai a Abraham: ya ves que Jehová me ha hecho estéril: ruego que entres a mi 
sierva; quizá tendré hijos de ella”. (Reina C. d., 2012, pág. 45) 
Esto es un ejemplo de un caso de infertilidad que a consecuencia de ello deciden recurrir a 
otra mujer que geste y para a la criatura de los padres comitentes. Siendo en este caso una 
maternidad subrogada tradicional por lo que los óvulos son aportados por la madre 
gestante. 
 
 
11 
 
Otro ejemplo de Maternidad Subrogada tradicional es la que aparece en el Antiguo 
Testamento. 
“(Génesis 30): Y viendo a Raquel que no daba hijos a Jacob y ella dijo: he aquí mi sierva 
Bilha; entra a ella, y parirá sobre mis rodillas, y yo también tendré hijos de ella. Y concibió 
Bilha, y parió a Jacob un hijo. Y dijo Raquel: júzgame Dios, y también oyó mi voz, y dio 
un hijo”. (Reina C. d., 2012, pág. 47) 
Se pone de manifiesto que los padres comitentes pasan a ser padres legales entonces y el 
hijo nacido de la madre gestante, es por tanto, hijo de los padres comitentes. 
 
Código de Hammurabi 
El segundo programa de gestación subrogada del que tenemos conocimiento se desarrolló 
en: 
La Mesopotamia sumeria a mediados del siglo XVIII a.C. Cabe destacar que en el Reino de 
los Sumerios la maternidad subrogada tradicional fue una práctica corriente y, más aún, 
consolidada legalmente a través del Código de Hammurabi (1792-1750) creado en 1780 
a.C. A menudo se le señala como el primer ejemplo del concepto jurídico de que algunas 
leyes son tan fundamentales que ni un rey tiene la capacidad de cambiarlas. Las leyes, 
escritas en piedra, eran inmutables. Esteconcepto pervive en la mayoría de los sistemas 
jurídicos modernos. Estas leyes, como casi todas las de la Antigüedad, son consideradas de 
carácter divino. (http://surrogacy.ru/) 
 
Respecto al tema que nos atañe, en el Código de Hammurabi las mujeres estériles que 
quería tener hijos debían dar una esclava a su marido con fines de procreación sin que éste 
pudiera buscarse a otra concubina a menos que la primera no lograra concebir un hijo 
varón. Asimismo, el Código establecía garantías sociales para las madres subrogadas que 
tuvieran hijos, las cuales no se podía vender por dinero. 
. 
Antiguo Egipto 
Se consideraba que los gobernadores del Antiguo Egipto descendían directamente de Ra, el 
dios del Sol. Para que la sangre divina no se mezclara con la de personas normales se 
casaban entre familiares (hermanos). Claro está que los niños procreados en ese matrimonio 
incestuoso no gozaban de una salud de hierro. Por ello muchos faraones egipcios se servían 
de sus criadas para tener hijos. 
Un ejemplo es el de Amemhotep I, el faraón del Reino Nuevo, que gobernó en el siglo XVI 
a.C. y no tenía un heredero. Tuvo que recurrir a una esposa secundaria para procrear al 
futuro gran faraón Tutmosis I. 
Los nacidos de concubinas se consideraban hijos del faraón aunque se veían menoscabados 
en sus derechos y sólo podían pretender al trono a falta de herederos más legítimos. 
 
12 
 
Tutmosis tuvo a Tutmosis II dado a luz por una esposa secundaria, e incluso un nieto nacido 
igualmente el futuro gran guerrero Tutmosis III, padre de Amenhotep II. La monarquía 
egipcia se heredaba por línea “solar” femenina así que el hijo del faraón, 
independientemente de su filiación, no podía ascender al trono sin haberse casado con su 
hermana o hermanastra. (http://prezi.com/, 2014, pág. 14) 
 
 
 
Antiguas Grecia y Roma 
“En las Antiguas Grecia y Roma también se empleaba la maternidad subrogada tradicional 
y fue muy extendida. Plutarco describe el caso de Deyotaro, rey de Galacia, y su esposa 
estéril, Estratónica, que personalmente seleccionó entre las prisioneras a la bella Electra 
para su marido y crió a los niños fruto de esta relación como a sus propios hijos” 
(Surrogacy, 2012, pág. 67). 
 
Edad Media 
La institución de concubinas también fue conocida en la Europa medieval. Carlomagno que 
quedó viudo, en el año 800, mantuvo relaciones amorosas con varias concubinas. La verdad 
es que los hijos nacidos de estas uniones se consideraban extramatrimoniales y, por tanto, 
ilegítimos. Sin embargo, ello no les impidió hacer una buena carrera. Este hecho se debió en 
mucho a que su padre les había dado una educación excelente para aquella época. 
En esta época, como en otras, a los hijos nacidos de una madre subrogada no se le reconocía 
los derechos propios de un hijo de la relación matrimonial pero adquirían ciertos derechos. 
Las diferencias culturales y religiosas no fueron un obstáculo para que en la Edad Media la 
maternidad subrogada tradicional se utilizara en China, Corea y Japón. Uno de tales casos 
que se hizo patrimonio de la historia está descrito en la película talentosa del célebre 
director coreano Im Kwon-taek que se llama de igual manera, “The Surrogate Mother”. La 
esposa de Li, heredero de una familia noble, era estéril y le ofrecieron como concubina a 
una chica campesina que no alcanzaba la mayoría de edad. (Kwon-taek, 1970, pág. 23) 
 
En este caso volvemos a la necesidad de que otra mujer geste a la criatura debido a la 
infertilidad de la mujer comitente. 
 
Origen y Evolución 
“Desde la antigüedad más remota el hombre siempre ha soñado con tener hijos y, pese a la 
infertilidad incurable en aquellos tiempos, ha procurado por todos los medios conseguir un 
heredero tan anhelado. La primera madre de alquiler conocida en la historia nació hace 
unos dos mil años antes de Cristo”. (http://surrogacy.ru/, 2012, pág. 18) 
 
 
13 
 
La principal razón que lleva a una pareja a recurrir a esta opción es la infertilidad o mujeres 
con deformidad o carencia de útero la motivación que pueden llevar a una pareja o 
persona, a solicitar esta práctica es: 
Esterilidad/Infertilidad de la persona o pareja, para llevar a término un embarazo, que 
manifiesta el deseo de tener un hijo. 
Primeros caso de Maternidad Subrogada en Estados Unidos 
a)“En el año 1976, en Estado Unidos se concretó el primer acuerdo de maternidad 
subrogada, a través de una inseminación artificial, quién lo patrocinó fue el abogado Noel 
Keane, quién creó el Surrogate Family Service Inc”. (enciclopediadebioetica, 2011, pág. 
76) 
b)“Caso Baby M- la mujer gestante Mary Beth Whitehead de 29 años de New Jersey, firmó 
un contrato el 6 de febrero de 1985, de tener un hijo para William y Elizabeth Stern”. 
(Basterra, 1987, pág. 89) 
 
La Declaración Universal de los Derechos Humanos en su Artículo 16°expresa: 
“Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen Derecho, sin restricción alguna 
por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y a fundar una familia; y disfrutarían 
de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución 
del matrimonio. 
La familia es elemento Natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección 
de la sociedad y del Estado”. (ohchr.org, 2011, pág. 8) 
 
El Derecho de Familia afronta una evolución social incesante ya que es una de las ramas 
del derecho que ha evolucionado de una forma más profunda en los últimos años. En dicha 
evolución, se requiere que el Derecho Civil dé una respuesta actualizada y útil a las nuevas 
realidades que ello conlleva en un ejercicio multidisciplinar, en el que el ámbito jurídico 
está entrelazado y especialmente marcado por la medicina. La maternidad subrogada es 
una opción cada vez más real como medio de conformar una familia, resulta especialmente 
interesante abrir una ventana al mundo y observar la respuesta jurídica de otros 
ordenamientos a esta novedosa realidad. 
 
14 
 
Tipos de Maternidad Subrogada. 
Según la genética del bebé, la Maternidad Subrogada puede ser de dos tipos: 
 Tradicional – “La madre gestacional aporta también su óvulo, pero el espermatozoide 
proviene del padre que solicita la subrogación o de un donante. El bebé es concebido por 
medio de inseminación artificial o fecundación in vitro”. (embarazoyparto, 2014, pág. 
11) 
 Gestacional – “Cuando el óvulo y espermatozoide son aportados por la pareja que 
solicita la subrogación. En estos casos, la mujer embarazada no tiene ninguna relación 
genética con el bebé, y se le conoce como madre portadora o madre gestacional. Este 
embarazo se alcanza mediante fecundación in vitro. 
 
La maternidad subrogada también puede dividirse en dos tipos, según la capacidad 
económica de las personas que se van a someter a esta práctica. 
 Altruista – “Cuando la mujer que lleva el embarazo lo hace sin ánimo de lucro, es decir, 
no obtiene remuneración o pago por sus servicios. Los padres biológicos se 
responsabilizan por todos los gastos médicos y legales, y es posible que se incluya 
compensación por otros aspectos que afectan el bienestar del embarazo y la madre 
portadora, como atención psicológica y alimentación, o son necesidades directamente 
relacionadas con el embarazo, como ropa maternal”. (embarazoyparto, 2014, pág. 16) 
 
 Lucrativa – “Cuando la madre gestacional ofrece llevar el embarazo a cambio de una 
suma de dinero. En este caso, las madres suelen trabajar por medio de una agencia 
especializada en maternidad subrogada. El monto a recibir varía según el contrato 
negociado, y suele contemplar pagos adicionales para embarazos múltiples y de alto 
riesgo”. (embarazoyparto, 2014, pág. 20) 
 
 
 
 
http://embarazoyparto.about.com/od/QuedarEnEmbarazo/a/Como-Puedo-Quedar-Embarazada-Inseminacion-Artificial.htm
http://embarazoyparto.about.com/od/QuedarEnEmbarazo/a/Como-Quedar-Embarazada-Fecundacion-In-Vitro.htmhttp://embarazoyparto.about.com/od/QuedarEnEmbarazo/tp/Fecundacion-In-Vitro-Paso-A-Paso.htm
http://embarazoyparto.about.com/od/PreparateParaLaLlegadaDelBebe/u/Gu-Ias-De-Compras-Productos-Para-Beb-E-Reci-En-Nacido-Y-Para-Mujeres-Embarazadas.htm#s1
 
15 
 
Reproducción Artificial: Una Técnica clave en la Maternidad Subrogada 
Las mismas se definen como: Conjunto de técnicas que tienen como objetivo, lograr un 
embarazo a término, permitiendo asistir a un proceso generativo que por diferentes razones 
no se produce en forma espontánea y natural. 
 
En la literatura científica, la situación de una pareja que presenta incapacidad para tener 
hijos se clasifica del siguiente modo: 
 
 Esterilidad: La pareja nunca logró un embarazo. Primaria: Después de intentarlo durante 
un año. Secundaria: Luego de tener el primer hijo, la pareja no logra otro embarazo, tras 
intentarlo dos años. 
 
 Infertilidad: El embarazo se logra, pero no llega a término. Primario: La pareja consigue la 
gestación, pero el embarazo no llega a término. Secundaria: Tras haber logrado un 
embarazo y parto, la pareja no consigue otro embarazo a término. 
 
“La Organización Mundial de la Salud (OMS) considera que la esterilidad y la infertilidad 
si son patologías, y si las padecen deberán las parejas recibir tratamiento o acudir a 
prácticas o técnicas científicas”. (Enfermedad Esterilidad e Infertilidad, 2011, pág. 43). 
 
Causas de Esterilidad / Infertilidad 
Dentro de las causas médicas mencionamos aquí, las más frecuentes que impiden la 
gestación: 
En la mujer: alteraciones en la ovulación, disfunción glandular, infecciones, 
malformaciones, consumo de drogas, causas inmunológicas, utilización de anticonceptivos, 
alteraciones en la motilidad y permeabilidad de las trompas uterinas. Una trompa ocluida 
no permite la unión de los gametos femenino y masculino. 
En el hombre: la ausencia y baja producción de espermatozoides junto a la anormalidad en 
su estructura, configuran dos de las causas más comunes en el hombre. Se calcula 
100.000.000 de espermatozoides por ml de semen, una disminución por debajo de 20 
millones /ml es considerada causa de esterilidad. 
(enciclopediadebioetica, 2011, pág. 78) 
 
16 
 
Análisis de la La Maternidad Subrogada su reconocimiento como figura jurídica y su 
Derecho a la procreación y conformación de la familia 
Constitución Ecuatoriana. 
 Derecho de Familia 
La Constitución de la República del Ecuador en su capítulo 4, sección tercera “Derecho de 
Familia” en su artículo 37 menciona: 
 
“El Estado reconocerá y protegerá a la familia como célula fundamental de la sociedad y 
garantizará las condiciones que favorezcan integralmente la consecución de sus fines. Esta 
se constituirá por vínculos jurídicos o de hecho y se basará en la igualdad de derechos y 
oportunidades de sus integrantes”. (ecuanex, 2008, pág. 47) 
 
Es muy importante que se reconozca como figura jurídica ya que quienes acuden a la 
maternidad subrogada, lo hacen inspirados en el deseo de ejercer sus derechos 
reproductivos, del mismo modo de quienes procrean de una manera natural. 
 
Existen casos en los que la Maternidad Subrogada, es el único medio al alcance de una 
persona o una pareja para tener un hijo cuando ellos mismos no lo puedan engendrar 
biológicamente o la mujer medicamente carece de la posibilidad de llevar a cabo un 
embarazo a buen término. 
 
El deseo de dar continuidad a su genética los lleva a intentar la oferta de técnicas ofrecidas 
por la ciencia. 
 
En vez de adoptar niños que les son ajenos, prefieren procrear con los gametos de la pareja 
o al menos con los de uno de ellos. 
 
Es de gran importancia que se reconozca la maternidad subrogada o gestante cuando esta 
práctica sirva de instrumento para hacer efectivo el derecho a la procreación, garantizado 
por la Constitución de la República del Ecuador. 
 
 
17 
 
Los solicitantes serían los padres biológicos que estaría haciendo efectivo su derecho a 
reproducirse, auxiliados por una mujer encargada de gestar el embrión de la madre 
biológica. 
 
El origen del concepto de Derechos Reproductivos, en el marco de Naciones Unidas y 
la Organización Mundial de la Salud aparece en la Conferencia de Teherán de 1968 y en 
la definición de Bucarest (Conferencia sobre Población de 1974) como un derecho 
fundamental tanto de las parejas como de los individuos. La inclusión e integración de la 
planificación familiar dentro del campo de los derechos reproductivos y de la salud 
reproductiva se produce por primera vez en la Conferencia Internacional para mejorar la 
salud de las Mujeres y los Niños por medio de la Planificación Familiar. 
(wikipedia.org, 2015, pág. 32) 
 
Los derechos reproductivos abarcan ciertos derechos humanos que ya están reconocidos en 
los convenios internacionales sobre derechos humanos. Estos derechos se basan en el 
reconocimiento del derecho básico de todas las parejas e individuos a decidir libre y 
responsablemente el número de hijos, el espaciamiento de los nacimientos y a disponer de 
la información, así como el derecho a alcanzar el nivel más elevado de salud sexual y 
reproductiva. También incluye el derecho a adoptar decisiones relativas a la reproducción 
sin sufrir discriminación, coacciones o violencia, de conformidad con lo establecido en los 
documentos de derechos humanos. 
 
“Por derechos reproductivos se entienden aquellos derechos que buscan proteger 
la libertad y autonomía de todas las personas para decidir con responsabilidad si tener hijos 
o no, cuántos, en qué momento y con quién. Los derechos reproductivos dan la capacidad a 
todas las personas de decidir y determinar su vida reproductiva. (wikipedia.org, 2015, pág. 
21) 
 
Los derechos reproductivos, al igual que los derechos humanos, son inalienables y no están 
sujetos a discriminación”. (wikipedia.org, 2014, pág. 41) 
 
 
 
 
http://es.wikipedia.org/wiki/Naciones_Unidas
http://es.wikipedia.org/wiki/Organizaci%C3%B3n_Mundial_de_la_Salud
http://es.wikipedia.org/wiki/Teher%C3%A1n
http://es.wikipedia.org/wiki/1968
http://es.wikipedia.org/wiki/Planificaci%C3%B3n_familiar
http://es.wikipedia.org/wiki/Salud_reproductiva
http://es.wikipedia.org/wiki/Salud_reproductiva
http://es.wikipedia.org/wiki/Derechos
http://es.wikipedia.org/wiki/Libertad
http://es.wikipedia.org/wiki/Autonom%C3%ADa_(filosof%C3%ADa_y_psicolog%C3%ADa)
http://es.wikipedia.org/wiki/Proelecci%C3%B3n
http://es.wikipedia.org/wiki/Hijos
http://es.wikipedia.org/wiki/Reproducci%C3%B3n_sexual
http://es.wikipedia.org/wiki/Derechos_humanos
 
18 
 
Organización Mundial de la Salud y los Derechos Reproductivos 
“La Constitución de la Organización Mundial de la Salud, expresa que todos tenemos el 
derecho fundamental a gozar el grado máximo de salud que se pueda lograr. Es decir, 
tenemos el derecho fundamental de acceder a las técnicas, procesos y descubrimientos de la 
ciencia médica y así brindar facilidades a la conformación de una familia”. (wikipedia.org, 
2014, pág. 2) 
La ciencia médica permite, desde hace años, suplir la infertilidad biológica o estructural, 
mediante la gestación por sustitución. De modo que todos tenemos el derecho fundamental 
a utilizar dicha técnica. 
Algunos de los Derechos reproductivos son los siguientes: 
 A la vida. 
 A la salud reproductiva. 
 A la procreación. 
 
El derecho a la vida es un derecho universal, es decir que le corresponde a todo ser 
humano. Es un derecho necesario para poder concretizar todos los demás derechos 
universales. El derecho a la vida significa tener la oportunidad de vivir nuestra propia vida. 
Si no hay vida, no tiene sentido que existan los demás derechos fundamentales. 
 
Para los niños el derecho a la vida es la oportunidad de vivir su infancia y poder crecer, 
desarrollarse y llegar a la edad adulta. 
El derecho a la vida de los niños está compuesto por dos derechos fundamentales:el 
derecho inherente a la vida y el derecho a la supervivencia y al desarrollo. 
El derecho a la vida es el derecho que se reconoce a cualquier ser humano se considera 
un derecho fundamental de la persona, y es recogido no sólo entre los derechos del 
hombre sino la abrumadora mayoría de legislaciones de forma explícita. 
http://es.wikipedia.org/wiki/Organizaci%C3%B3n_Mundial_de_la_Salud
http://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_a_la_vida
http://es.wikipedia.org/wiki/Salud_reproductiva
http://es.wikipedia.org/wiki/Procreaci%C3%B3n
http://es.wikipedia.org/wiki/Ser_humano
http://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_fundamental
http://es.wikipedia.org/wiki/Persona
http://es.wikipedia.org/wiki/Derechos_del_hombre
http://es.wikipedia.org/wiki/Derechos_del_hombre
 
19 
 
La Declaración Universal de Derechos Humanos en su artículo 25 manifiesta: 
 
“Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su 
familia, la salud y el bienestar, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene 
asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez 
y otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de 
su voluntad. 
La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los 
niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección 
social”. (ichrp.org, 2012, pág. 32) 
“La salud reproductiva es reconocida como un derecho en la cual “Para la Organización 
Mundial de la Salud (OMS), la salud reproductiva es la condición de bienestar físico, 
mental y social vinculada al sistema reproductivo”. (Enfermedad Esterilidad e Infertilidad, 
2011, pág. 9). 
 
Por lo tanto, la salud reproductiva promueve que las personas puedan gozar de una vida 
sexual segura y que decidan cuándo quieren tener hijos. En este sentido, supone el derecho 
de hombres y mujeres de estar informados acerca del funcionamiento de sus propios 
cuerpos y de los métodos anticonceptivos existentes. 
 
De esta forma, la salud reproductiva está conformada por diversos servicios y técnicas, 
incluyendo la educación y los cuidados vinculados a las enfermedades de transmisión 
sexual. 
 
Es importante señalar que el desarrollo de la sexualidad y la capacidad de procrear son dos 
derechos estrictamente vinculados con la dignidad de la persona y el desarrollo de sus 
capacidades, por eso, es necesario que esos derechos sean defendidos a nivel estatal, 
garantizando la integridad física y psíquica de la persona. 
La decisión de tener hijos y cuándo tenerlos constituye uno de los asuntos más íntimos y 
personales que una persona debe afrontar y es fundamental que en tal ocasión no 
http://definicion.de/derecho
http://www.who.int/es/
http://www.who.int/es/
http://definicion.de/persona
http://definicion.de/educacion
http://definicion.de/sexualidad/
http://definicion.de/organismo-gubernamental/
 
20 
 
exista coacción ni ningún tipo de presión que puedan afectar la decisión de la misma. Por 
eso, es fundamental apoyar tanto la educación reproductiva para que las personas desde 
pequeñas sean conscientes de que no es éste un tema para tomarse a la ligera y sepan tomar 
precauciones a tiempo y las leyes respecto a la salud reproductiva. 
 
La Constitución de la República en el Capítulo Sexto artículo 66 numeral 10 nos indica los 
Derechos de Libertad en donde manifiestan: 
 
“El derecho a tomar decisiones libres, responsables e informadas sobre su salud y vida 
reproductiva y a decidir cuándo y cuántas hijas e hijos tener”. (eruditos.net, 2013, pág. 17) 
 
El derecho a procrear no es más que el derecho natural de concebir un ser; derecho que al 
igual que los derechos a la maternidad y paternidad suponen obligaciones en los sujetos que 
los encabezan, y el ejercicio de estos derechos supone el libre desenvolvimiento de la 
personalidad, sin más limitaciones que las que derivan del derecho de las demás y del orden 
público y social. 
 
La Constitución de la Republica en el Capítulo Sexto artículo 66 numeral 9, nos indica los 
Derechos de Libertad en donde manifiesta: 
 
“El derecho a tomar decisiones libres, informadas, voluntarias y responsables sobre su 
sexualidad, y su vida y orientación sexual. El Estado promoverá el acceso a los medios 
necesarios para que estas decisiones se den en condiciones seguras”. (uasb.edu.ec, 2012, 
pág. 25) 
 
 
 
 
 
 
 
http://definicion.de/educacion/
 
21 
 
Legislaciones Comparadas y su Situación Jurídica Actual 
En cuanto a la legislación comparada, en las Constituciones de otros países también se 
encuentra tipificado el derecho a la procreación y su derecho a la conformación del 
núcleo familiar como principio fundamental de las personas; entre ellas tenemos a los 
siguientes países: 
 
1. En México 
 
Artículo 1°. La presente Ley es de orden público e interés social, y tiene por objeto 
establecer y regular los requisitos y formalidades para efectuar la Maternidad Subrogada. 
La Maternidad Subrogada se efectúa a través de la práctica médica mediante la cual, una 
mujer gesta el producto fecundado por un hombre y una mujer unidos por matrimonio o 
que viven en concubinato, en cuyo caso, la mujer casada o que vive en concubinato padece 
imposibilidad física o contraindicación médica para llevar a cabo la gestación en su útero y 
es subrogada por una mujer gestante que lleva en su útero el embrión de los padres 
subrogados, cuya relación concluye con el nacimiento. Esta práctica médica deberá 
realizarse protegiendo en todo momento la dignidad de la persona y el interés superior del 
menor. 
 
Artículo 2°. “La aplicación de las disposiciones establecidas en la presente Ley, son 
relativas a la Maternidad Subrogada como práctica médica auxiliar para la procreación 
entre un hombre y una mujer. La Maternidad Subrogada se realizará sin fines de lucro para 
los padres subrogados y la mujer gestante, además procurará el bienestar y el sano 
desarrollo del producto de la fecundación durante el periodo gestacional”. 
 
 
 
 
 
 
 
22 
 
2. En India 
“El proceso de gestación subrogada tiene un coste de entre 20.000 y 40.000 dólares. Su 
legislación es muy flexible desde 2002 e incluso en 2008 la Corte Suprema de la India en el 
caso Manji sentenció que la maternidad comercial estaba permitida. De esta forma India se 
convirtió en receptor de numerosos procesos de subrogación, sin embargo desde julio de 
2013 una nueva directriz prohíbe la gestación subrogada a homosexuales, solteros 
extranjeros y parejas de países en los que esté prohibida esa práctica”. (Jimenez, 2013, pág. 
21) 
 
3. En Ucrania 
La maternidad subrogada, incluso la comercial, es plenamente legal en Ucrania. El 
nuevo Código de Familia de Ucrania (art. 123, punto 2) dispone que, en caso de que 
el embrión generado por los cónyuges sea transferido a otra mujer, precisamente los 
cónyuges serán los padres del niño, incluso en los programas de gestación por 
sustitución. El punto 3 de dicho artículo consagra a los cónyuges la posibilidad de 
realizar la fecundación in vitro con ovocitos donados. En cualquier caso, se 
considerará que el embrión procede de los cónyuges. De tal modo, habiendo dado su 
consentimiento a la aplicación de las técnicas de reproducción asistida, los cónyuges 
ejercerán sin limitación alguna la patria potestad sobre los niños nacidos a 
consecuencia de dichas técnicas. El aspecto médico de esta cuestión viene regulado 
por la Orden del Ministerio de Salud de Ucrania nº 771, de 23.12.2008. 
Después del nacimiento la pareja obtiene el certificado ucraniano de nacimiento, en 
el cual los dos constan como padre y madre. En caso de que han recurrido a una 
donación, no tiene importancia alguna la relación genética “incompleta” con el 
nacido. (vientredealquiler, 2013, pág. 14) 
 
4. En Grecia 
“En 2002 se introdujo en Grecia la ley 3089/2002sobre reproducción humana asistida 
médicamente que incorporaba reglas específicas para permitir la subrogación, dándole un 
marco legal y regulando la transferencia de filiación. 
Las leyes griegas regulan esta técnica solamente en el caso de que no haya ningún vínculo 
genético entre la gestante y los embriones. Además solo pueden acceder a ella mujeres con 
pruebas médicas que confirmen la imposibilidad de gestar por sí mismas. Adicionalmente 
 
23 
 
ambas mujeres implicadas en el proceso deben ser residentes en Grecia”. (Reina L. , 2012, 
pág. 23) 
 
5. En Rusia 
La Maternidad Subrogada, incluso la comercial, es legal en Rusia y es accesible para 
prácticamente todos los mayores de edad que desean ser padres. Hay ciertas indicaciones 
médicas para acudir a la gestación por sustitución: ausencia del útero, malformaciones del 
útero o del cérvix, uterina, enfermedades somáticas en las cuales está contraindicado el 
embarazo, se generan embriones de alta calidad pero, una vez transferidos, no se consigue 
el embarazo. 
En Rusia el primer programa de gestación por sustitución fue llevado a cabo en 1995 en el 
en el Instituto de Obstetricia y Ginecología de San Petersburgo. Los rusos ven con buenos 
ojos la Maternidad Subrogada: los recientes casos de un célebre cantante y una famosa 
mujer de negocios que acudieron abiertamente a madres de alquiler recibieron una 
cobertura mediática favorable. 
La inscripción registral de los niños nacidos a través de la Maternidad Subrogada se rige 
por el Código de Familia de Rusia (artículos 51 y 52) y la Ley de Actos del Estado Civil 
(artículo 16). La madre de alquiler tiene que dar su consentimiento para que sea registrado 
el nacido. No se requiere para tal efecto ni una resolución judicial ni el procedimiento de 
adopción. El nombre de la madre de alquiler nunca consta en el certificado de 
nacimiento.(surrogacymed, 2013, pág. 11) 
 
La Maternidad Subrogada a la Luz. 
“Son varios los especialistas que sostienen que la posibilidad de realizar la Maternidad 
Subrogada en varios países es muy factible ya que con su reconocimiento se brindaría a las 
parejas que padecen de esterilidad e infertilidad la oportunidad y el deseo de tener una 
familia, teniendo conciencia de los grandes avances y descubrimientos de la ciencia sobre 
todo en el campo médico”. (bibliotecavirtual, 2010, pág. 78) 
“Otros autores por su lado sostienen que la ciencia debe ir de la mano con el derecho, ya 
que es justamente el derecho el que debe acoplarse a los avances tecnológicos y científicos, 
http://es.wikipedia.org/wiki/Rusia
 
24 
 
con el objetivo de alcanzar el desarrollo del ser humano; a afectos de irse adecuando a los 
tiempos y a las necesidades”. (bibliotecavirtual, 2010, pág. 84) 
 
Dar un criterio rígido al respecto es posible debido a la variedad de factores que influyen en 
el modo de vida de cada individuo, sistema político y económico, creencias religiosas, 
arraigo cultural y ancestral, concepción de la vida, organización social y familiar, ente 
otros, estos procedimientos médicos propenden y traen consigo un beneficio único: la Vida 
de los seres humanos. Es por esto que se plantea el estudio progresivo de estas temáticas 
con el fin del desarrollo de la sociedad, en la cual es un tema muy analítico, académico y 
social en los foros, cátedras, medios de comunicación, sólo a partir de esto el Ecuador 
podrá empezar a discutir legislativamente verdaderas realidades sociales, y que se centran 
en la evolución de la persona. 
 
 
Maternidades inmersas dentro de la Maternidad Subrogada 
“Maternidad genética: Recae sobre aquella mujer que aporta el material genético (óvulo). 
Maternidad de gestación o portante: Se le atribuye a la mujer que gesta al niño durante 
los nueve meses que dura el embarazo. 
 
Maternidad biológica: Es aquella que abarca las dos anteriores, es decir aportando el 
óvulo y la gestación. 
Madre legal o jurídica: Aquella que la ley reconoce como tal. 
Madre comitente o de deseo: Es aquella que quiere y anhela al niño, con algunas de las 
maternidades anteriores”. (sites.google.com, 2014, pág. 59) 
 
Esta clase de distinción será aquella que nos servirá en el transcurso de esta investigación. 
 
 
 
 
 
 
25 
 
La Maternidad Subrogada como solución a la esterilidad e infertilidad 
 
El problema que se deriva del hecho que las parejas no puedan tener hijos, se debe a dos 
factores básicamente, los cuales se les ha considerado sinónimos, a pesar de ser estos dos 
factores distintos, la esterilidad e infertilidad. 
 
“La esterilidad por un lado es la incapacidad definitiva e irreversible para concebir” además 
manifiesta acerca de la esterilidad: 
 
Sólo en 1997, 335 clínicas de esterilidad en EE.UU. comunicaron la realización de 71.826, 
que concluyeron en 17.054 nacimientos de uno o más fetos vivos y un total de 24.582 
niños.” (Larousse, 2011, pág. 65) 
 
El diagnóstico diferencial de la esterilidad implica cinco categorías principales: factor 
masculino, factor cervical, alteraciones uterinas, pélvicas o ambas, trastornos ovulatorios y 
esterilidad de origen desconocido. Además, existen factores inmunológicos que implican la 
presencia de anticuerpos antiovario o antiesperma que pueden afectar de forma adversa a la 
fertilidad, impidiendo la fecundación, destruyendo los gametos e interfiriendo con la 
división del embrión o su implantación. El significado de estos factores es controvertido. 
“En nuestro país, alrededor del 15% de las parejas son estériles, lo que lleva a que ellas 
estén dispuestas a utilizar los adelantos de la ciencia a favor de su bienestar, en formación 
de una familia, ya que es necesario de que sea reconocida como Figura Jurídica La 
Maternidad Subrogada y su incorporación en el Código Civil Ecuatoriano”. (Pedegrin, 
2013, pág. 43) 
 
 
 
 
 
 
 
 
26 
 
Admisibilidad de la Maternidad Subrogada 
Al tratarse evidentemente de una práctica muy usual en varios países desarrollados, tanto 
científicamente como tecnológicamente, debido que constituye un tema de gran interés 
social y jurídico, existen varias posturas unánimes en cuanto a su admisibilidad, y 
regulación como figura jurídica en nuestra legislación actual. 
 
 
Argumentos a favor 
 
El derecho a la procreación, ubicado por algunos autores dentro de los derechos 
económicos, sociales y culturales y por otros dentro de la denominada cuarta generación de 
derechos fundamentales, tiene sus orígenes de discusión en el derecho anglosajón. La 
Jurisprudencia Norteamericana es rica al momento de abordar y profundizar el alcance de 
este derecho. 
La Corte Suprema de esta nación se pronuncia por primera vez en 1942 con el caso 
“Skinner vs. Oklahoma , donde se declaró a la procreación como derecho, y se enunció 
como inconstitucional una ley de esterilización de los delincuentes sosteniendo que uno de 
los derechos civiles básicos del hombre es el derecho a estar libre de interferencias en su 
capacidad de procreación y proclamó que el derecho a procrear es fundamental para la 
existencia y supervivencia de la raza”. 
“En 1965 en el caso "Griswold vs. Connecticut" la Corte reconoció el derecho de usar 
anticonceptivos a las personas casadas, discurriendo que el derecho a la privacidad 
involucra tener o no tener un hijo”. 
"Eisenstadt vs. Baird" fue el caso donde la Corte declaró la inconstitucionalidad de una ley 
del Estado de Massachusetts que impedía la distribución de anticonceptivos a las personas 
solteras. En esa oportunidad se dictaminó: "Si el derecho a la privacidad significa algo, es el 
derecho de una persona, soltera o casada, a estar libre de interferencias del Estado en 
asuntos tan fundamentales como gestar o procrear un hijo". (Crespo, 2014, pág. 33) 
 
En la constitución de la República del Ecuador sección séptima articulo 32 manifiesta: 
 
“El estado garantizara este derecho mediante políticas económicas,sociales, culturales, 
educativas, y ambientales; y el acceso permanente, oportuno y sin exclusión a programas, 
acciones y servicios de promoción y atención integral a la salud, salud sexual, y salud 
reproductiva. La prestación de estos servicios de salud se regirán por los principios de 
equidad, universalidad, solidaridad, interculturalidad, calidad, eficiencia, precaución 
bioética, con enfoque de género y generacional”. (Salud, 2008, pág. 48) 
 
27 
 
La maternidad subrogada en nuestra legislación ecuatoriana 
Requisitos de Validez de la Maternidad Subrogada en la legislación ecuatoriana: 
Para que sea efectiva la Maternidad Subrogada, se deben seguir rigurosamente pasos 
indispensables para la aprobación de esta técnica, en donde la falta de incumplimiento de 
las partes que intervienen en dicha práctica no debe existir en nuestra legislación debido a 
la protección y conservación del ser. Estos requisitos son: 
1) Debe existir una aprobación judicial. La revisión judicial tiene como propósito que el 
juez verifique que el padre biológico y su esposa tienen la capacidad o aptitud necesaria 
para adoptar, que las partes celebraron voluntariamente el contrato de subrogación y que 
entienden sus términos, naturaleza, significado y el efecto de su ejecución. 
2) Las partes que intervienen deberán ser necesariamente mayores de edad, deben otorgar 
su consentimiento por escrito autorizando la ejecución del procedimiento médico de 
inseminación. 
3) Solamente podrán tener la calidad de madres subrogadas aquellas mujeres que puedan 
demostrar documentalmente que ya han dado a luz anteriormente en al menos una 
oportunidad. 
4) Es obligatoria la realización de una evaluación médica a la madre subrogada. Esta tiene 
como propósito, no solo demostrar que la madre tiene la capacidad médica para someterse 
al procedimiento quirúrgico, sino también que tiene las condiciones fisiológicas para dar a 
luz, sin que ello implique un riesgo para su salud o la del recién nacido. 
5) Adicionalmente, todas las partes que interviene deben someterse a una evaluación 
sicológica realizada por un siquiatra, sicólogo, consejero pastoral, o trabajador social. El 
evaluador deberá mantener un registro de los resultados y conclusiones de la evaluación y 
entregar una copia de los resultados de su evaluación debidamente certificada. La 
realización de este examen sicológico tiene como objetivo verificar, por una parte, la 
capacidad de la persona evaluada para dar amor, afecto y guía al bebé, y por el otro, su 
capacidad para asumir los riesgos inherentes al contrato de maternidad subrogada. 
 
28 
 
6) La autoridad competente “juez” deberá delegar a una persona para que realice una visita 
a los hogares con el propósito valorar la capacidad y disposición de las partes para proveer 
al recién nacido con comida, vestido, techo, cuidado médico y, en general, sus necesidades 
básicas. 
7) En el contrato no puede establecer el pago de una compensación económica a favor de la 
madre subrogada. Si ello es así, el acuerdo se considerará nulo. Sin embargo, en caso de 
que la madre subrogada reciba una compensación, la cláusula de pago estará limitada a 
cubrir los gastos médicos relacionados con el embarazo, la elaboración de evaluaciones 
médicas y no médicas, la pérdida de los salarios de la madre cuando la ausencia del trabajo 
sea recomendada por escrito por un médico, la celebración de un contrato de seguro de 
salud, incapacidad y vida durante el término del embarazo y hasta seis semanas después, y 
los gastos legales razonables que se deriven del contrato. 
8) El contrato de maternidad subrogada debe incluir además una manifestación de cada una 
de las partes, indicando que ellas han leído y entendido el contrato, que conocen y 
entienden sus derechos y responsabilidades y que fue celebrado de manera voluntaria y con 
pleno conocimiento de su contenido. 
9) En el contrato se deberá contener el acuerdo que exprese el consentimiento de la madre 
subrogada de renunciar a los derechos de custodia y tenencia del menor, y así tener certeza 
y la probabilidad de reclamos sobre el menor. 
 
 
 
 
 
 
29 
 
Reconocimiento de la Maternidad Subrogada y su Naturaleza Jurídica del Contrato 
de Gestación conforme a la Doctrina 
 
“El artículo 1454 del código civil Ecuatoriano da una corta definición del contrato o 
convención, tomando como “un acto por la cual una parte se obliga para con otra a dar, 
hacer o no hacer alguna cosa. Cada parte puede ser una o muchas personas”. (Diaz, 2005, 
pág. 43) 
Todo contrato, cualquiera que sea, debe de ser estudiado desde el punto de vista funcional 
contenido y finalidad y desde el punto de vista estructural elementos y modo de formación. 
La Maternidad Subrogada viene a ser un contrato entre dos partes, encaminadas a crear 
obligaciones reciprocas, la una de gestar y entregar el niño o niña al momento de su 
nacimiento y la otra dar algo a cambio, lo que podría ser una compensación económica en 
la mayoría de los casos, dependiendo si el contrato seria oneroso o gratuito. 
 
 
Posible Encasillamiento de la Maternidad Subrogada como un Contrato Gratuito 
El contrato de maternidad subrogada pude ser gratuito, siendo en éste caso un contrato 
unilateral como que la madre subrogada, se obliga a entregar al niño o niña al momento del 
nacimiento a los comitentes, sin recibir retribución económica alguna. 
 
La mayoría de legislaciones a nivel mundial que acepta la maternidad subrogada, lo hace en 
la modalidad gratuita; es decir, con fines altruistas. Sin embargo, pese a tener este carácter, 
existe un consenso en que la madre gestante por las molestias o los estragos del embarazo 
durante los nueve meses, debe percibir una retribución económica, y subsanar loa gastos 
médicos, de asistencia, alimentarios y de nutrición (de ella y de la criatura). 
 
30 
 
Otros entendidos en la materia señalan que este contrato posee el carácter de gratuito, 
puesto que no se recibe una retribución por los servicios prestados, sino más bien se 
constituiría en una especie de indemnización por el embarazo, por los cambios físicos, 
fisiológicos y hormonales que ha sufrido la portadora durante los nueve meses. 
 
 
 
La Maternidad legal según la Legislación Ecuatoriana 
 
El artículo 60 del Código Civil establece que el nacimiento es el hecho que fija la existencia 
legal de una persona. Cuando el niño o niña se encuentra todavía en el vientre materno, sin 
negar que tenga derechos, su existencia legal se encuentra suspensa hasta que la criatura sea 
separada completamente de su madre. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
31 
 
Conclusiones Parciales del Capítulo I 
 
 En el primer capítulo de este novedoso trabajo investigativo, se desarrolló el marco 
teórico, en el cual con todo lo recopilado se puede dar cuenta de que la Maternidad 
Subrogada una vez reconocida como figura jurídica en la legislación ecuatoriana y su 
incorporación en el código civil, brindara esas facilidades a la procreación, 
conformación, conservación de la familia a parejas que padecen de esta problemática 
como es la esterilidad e infertilidad ya que es un problema a nivel mundial en donde el 
Estado Ecuatoriano deben de adoptar medidas en donde se garanticen esta práctica. 
 
 También se pudo constatar que en la actualidad el 15% de las parejas padecen de 
esterilidad e infertilidad en el Ecuador, en la cual la Constitución como ley fundamental 
para el desarrollo de una sociedad, garantizará derechos como son del buen vivir, 
procreación, conformación de un núcleo familiar y en los demás instrumentos, pactos 
internacionales de aplicación directa entre estos derechos se encuentra el de igualdad 
que les permite ser tratados por igual sin ninguna limitación de derechos, lo que ha 
contribuido en forma positiva para el adelanto y crecimiento de estas personas. 
 
 En la MaternidadSubrogada se estudió su evolución tanto científica como y 
tecnológicamente. A su vez se hizo un estudio comparado con otras legislaciones en su 
situación jurídica legal, entre las cuales nos ayudaron a que sea valorada y reconocida 
como figura jurídica en nuestra legislación ecuatoriana y su incorporación, 
investigación que beneficiará a las parejas que padecen de esterilidad e infertilidad, ya 
que por años han acudido a rigurosos tratamientos medicamentos, técnicas o 
procedimientos que no han satisfecho su necesidad de obtener una familia. Se puede 
afirmar que la Maternidad Subrogada no es una técnica actual si no que ha venido 
evolucionando de acuerdo a los avances de la ciencia y tecnología, técnicas y prácticas 
que han sido transmitidas de generación en generación, desde su antiguo testamento 
bíblico. 
 
 
 
32 
 
 
CAPÍTULO II. MARCO METODOLÓGICO 
 
Caracterización de la investigación en Profesionales de Derecho, como Jueces, 
Fiscales, Defensores Públicos, Abogados en libre ejercicio, Médicos Cirujanos y 
Sicólogos del Hospital “Luis G Dávila” 
 
La presente investigación se la realizó en la Ciudad de Tulcán, Provincia del Carchi, con 
una población de 86.498 habitantes en los que están incluidos hombres mujeres, adultos 
mayores, niños, niñas y adolescentes. A su vez se encuentran profesionales del Derecho 
como Jueces, Fiscales, Defensores Públicos, Comisarios, Abogados en libre ejercicio, 
Médicos Cirujanos, Sicólogos del Hospital “Luis G Dávila”, en donde se ve plasmada la 
importancia de la Maternidad Subrogada en la legislación civil ecuatoriana, lo cual se ha 
tomado en cuenta para efectos de realizar el análisis de la normativa jurídico-social sobre el 
derechos del buen vivir, familia, reproductivos, igualdad constitucional, en procura de 
establecer su importancia en el reconocimiento de la Maternidad Subrogada en la 
legislación civil ecuatoriana, ya que su establecimiento brindaría las facilidades a las 
parejas que padecen de esta problemática como es la esterilidad e infertilidad, teniendo 
como única finalidad es la conformación de un núcleo familiar y es ahí donde se ha 
observado el problema del presente trabajo de tesis. 
 
De acuerdo con las investigaciones realizadas se ha evidenciado que la Maternidad 
Subrogada es una técnica muy factible realizarla en donde la ciencia médica presta todas las 
facilidades tanto científica y tecnológica para que conlleve a feliz término esta práctica por 
ende su incorporación en el Código Civil Ecuatoriano garantizaría ese derecho de las 
personas derecho de familia, igualdad, buen vivir, en donde se encuentran consagrados y 
reconocidos en la Constitución de la República del Ecuador. 
 
 
 
 
 
33 
 
Descripción del procedimiento metodológico para el desarrollo de la investigación 
Modalidad de la investigación 
 
La presente tesis se fundamenta en las modalidades de la investigación cuantitativa y 
cualitativa. Es cuantitativa porque el trabajo se basa en una población y una muestra. 
Utiliza cuadros y gráficos estadísticos para expresar los resultados de las variables 
investigadas. Es cualitativa porque se basa en el análisis de investigación teórica, 
definiciones, leyes orgánicas, leyes ordinarias, principios, y en las características de la 
propuesta. 
 
 
 
Tipos de investigación 
 
El tipo de investigación que se utilizó en el desarrollo de la tesis fue: 
 
Investigación Descriptiva. Porque sé hizo un análisis descriptivo del derecho de igualdad 
constitucional, derecho constitucional del buen vivir, derechos de libertad, derechos de 
familia, derechos reproductivos, en procura de establecer la Maternidad Subrogada y su 
incorporación en el código Civil Ecuatoriano. 
 
Investigación Bibliográfica. Porque las variables de la investigación independiente y 
dependiente y el problema planteado necesitan de un sustento científico, es así que la 
investigación se fundamentó en la Constitución del Ecuador, libros, códigos, y artículos 
jurídicos, los cuales se los utilizo en la realización del marco teórico y del desarrollo de la 
propuesta. 
 
Investigación de Campo. Permitio trabajar en el lugar de los hechos, ayudando a 
establecer la opinión de la sociedad y de los expertos frente a la problemática objeto del 
estudio. Esta investigación se realizó en la ciudad de Tulcán Provincia del Carchi, y se 
aplicó a Médicos Cirujanos de Clínicas de la Ciudad de Tulcán, Sicólogos del Hospital Luis 
 
34 
 
G Dávila y Abogados en libre ejercicio de la Provincia del Carchi entre otros mediante el 
uso de la observación científica y encuestas aplicadas en el lugar de trabajo. 
 
Investigación Aplicada. Los conocimientos teóricos adquiridos se los situará en la práctica 
para dar soluciones a la falta de reconocimiento de la Maternidad Subrogada como figura 
jurídica en la legislación ecuatoriana. 
 
 
Población y muestra 
 
Población 
Para la presente investigación se toma en cuenta a Médicos Cirujanos de Clínicas de la 
Ciudad de Tulcán, Sicólogos del Hospital Luis G Dávila, Abogados en libre ejercicio de la 
Provincia del Carchi. 
 
 
 
Tabla 1 Caracterización de la Investigación a profesionales de Derecho 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 Fuente: Investigación de campo 
 Elaborada por: Jonathan Fernando Hidalgo Padilla 
 
Muestra. La población de Medico Cirujanos de Clínicas de la ciudad de Tulcán, Sicólogos 
del Hospital Luis G Dávila, Abogados en libre ejercicio es pequeña, por lo tanto se va a 
trabajar con todo el universo, es decir, con 30 personas 
 
Extracto Población 
Médicos Cirujanos ciudad Tulcán 5 
Defensores Públicos 5 
Jueces 5 
Sicólogos del Hospital Luis G Dávila 5 
Fiscales 5 
Abogados en libre ejercicio 5 
Total 30 
 
35 
 
Métodos, técnicas, instrumentos de investigación 
Métodos 
Los métodos que se utilizaron en la investigación son: 
 
Métodos empíricos 
 
Observación científica. Este método se emplea para desarrollar el problema en la ciudad 
de Tulcán Provincia del Carchi, en donde la falta del reconocimiento de la Maternidad 
Subrogada como figura jurídica ha generado vulneración de derechos reconocidos por la 
Constitución, en contradicción con el derecho de igualdad, reproductivos, familia, buen 
vivir, libertad respecto a la conformación de la familia. 
 
Análisis Documental. Este método empírico se ha realizado a través de la recopilación de 
información obtenida en códigos, leyes, textos jurídicos mediante los análisis de los 
criterios de expertos sobre el presente problema a investigarse, referente a la falta de 
reconocimiento de la Maternidad Subrogada como figura jurídica en nuestra legislación, 
permitiendo poder plantear la solución más idónea a dicho problema. 
 
Validación por la vía de expertos. Además de ser un método empírico, dentro de la 
presente investigación, constituye uno de los objetivos específicos ya que ayuda a validar 
la propuesta planteada en la tesis de grado, teniendo dentro de los expertos los Doctores: al 
Dr. Romel Omar Cotacachi, Abogado en el libre ejercicio; Dr. Edison Bayardo García, Juez 
segundo de Garantías Penales del Carchi; Dr. Pedro Ramiro Velasco, Director del Consejo 
de la Judicatura; y al Dr. Rolando Jiménez Sicólogo del Hospital Luis G Dávila. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
36 
 
Métodos teóricos 
 
Histórico- Lógico. Este método permite hacer un análisis del devenir de los hechos de 
manera cronológica, estructurando la regularidad del problema y estableciendo de manera 
lógica como ocurrieron los hechos, para la presente tesis se estudió los antecedentes 
históricos y avances de la ciencia y tecnología de la Maternidad Subrogada y a futuro su 
incorporación en el código civil ecuatoriano. 
 
Analítico- Sintético. Este método permite el estudio de un fenómeno, del todo a las partes 
que lo componen y de éstas al fenómeno en general, la tesis se enfocó en

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