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1. La parte actora en un proceso civil por daños y perjuicios, presenta un escrito luego de celebrada la audiencia preliminar, por el que desiste del proceso. El juez provee a dicho escrito: “Téngase por desistido del proceso al actor, sin especial condenación procesal”. ¿Es correcta la resolución judicial? 2. En un proceso civil por responsabilidad médica, la parte demandada, que fue condenada en la sentencia de primera instancia al pago del 30% del importe reclamado en la demanda, desiste luego del recurso de apelación interpuesto. ¿Qué consecuencias tiene ese desistimiento? 3. ¿Es necesario el consentimiento o aceptación de la contraparte, para la eficacia del desistimiento de la pretensión? ¿Qué consecuencias tiene tal desistimiento? 4. En un proceso civil por daños y perjuicios, se designó a un perito contable, que fue notificado de su designación el 19 de setiembre de 2009, sin que hubiera comparecido a aceptar el cargo. Desde la notificación, el expediente no registró ninguna otra actuación, hasta que el 15 de setiembre de 2010 comparece un nuevo apoderado de la parte actora constituyendo nuevo domicilio procesal. El 21 de setiembre de 2010, el demandado presenta un escrito solicitando se declare la perención de la instancia. ¿Considera que en ese caso, procede declarar la perención de la instancia?
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