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1. La parte actora en un proceso civil por daños y perjuicios, presenta un 
escrito luego de celebrada la audiencia preliminar, por el que desiste del 
proceso. El juez provee a dicho escrito: “Téngase por desistido del 
proceso al actor, sin especial condenación procesal”. ¿Es correcta la 
resolución judicial? 
 
2. En un proceso civil por responsabilidad médica, la parte demandada, 
que fue condenada en la sentencia de primera instancia al pago del 30% 
del importe reclamado en la demanda, desiste luego del recurso de 
apelación interpuesto. ¿Qué consecuencias tiene ese desistimiento? 
 
3. ¿Es necesario el consentimiento o aceptación de la contraparte, para la 
eficacia del desistimiento de la pretensión? ¿Qué consecuencias tiene 
tal desistimiento? 
 
4. En un proceso civil por daños y perjuicios, se designó a un perito 
contable, que fue notificado de su designación el 19 de setiembre de 
2009, sin que hubiera comparecido a aceptar el cargo. Desde la 
notificación, el expediente no registró ninguna otra actuación, hasta que 
el 15 de setiembre de 2010 comparece un nuevo apoderado de la parte 
actora constituyendo nuevo domicilio procesal. El 21 de setiembre de 
2010, el demandado presenta un escrito solicitando se declare la 
perención de la instancia. ¿Considera que en ese caso, procede 
declarar la perención de la instancia?

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