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Derecho tributario en el Perú

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Año de la Unidad, la Paz y el Desarrollo
UNIVERSIDAD PRIVADA SAN JUAN BAUTISTA FACULTAD COMUNICACIÓN Y CIENCIAS ADMINISTRATIVAS 
ESCUELA ADMINISTRACIÓN DE NEGOCIOS
DOCENTE: Jorge Augusto Castillo C.
LRPD-III
INTEGRANTES:
· Huamani Urbano María
· Oré Quispe Docelin
· Estrella Condori Jennifer
· Guerrero Osorio Marlene 
SEMESTRE: 2023 – l
LIMA-PERÚ
2023
DEDICATORIA
Dedicamos este trabajo a Dios y nuestras familias por el apoyo dado en nuestras vidas. Al profesor Jorge Augusto Castillo Castillo por sus horas de docencia y darnos sus conocimientos los bases en derecho que sabemos que son de mucha ayuda para nuestra carrera elegida.
ÍNDICE
Contenido
INTRODUCCIÓN	5
CAPITULO l	6
1.	El Tributo	6
1.2. Elementos del tributo:	6
1.3. Funciones del Tributo:	7
1.4. Las Fuentes del Derecho Tributario en Perú	8
1.5	El Sistema Tributario Peruano	9
1. 6. Elementos del Sistema Tributario Peruano	13
1.7. Los Regímenes Tributarios	18
1.8. Importancia de las fuentes de derecho tributario:	18
CAPITULO ll	22
LOS TRIBUTOS GOBIERNO CENTRAL	22
2.1. Clases de Tributos en el Perú	22
2.2. ¿Cómo se calculan los tributos?	23
2.3. Impuestos que pagan los bancos	24
2.4. Recaudación de Impuesto a la renta del BBVA	25
2.5. Impuesto Fiscal del BBVA	26
2.6. Impuestos de Terceros y Propios (Margen Bruto)	26
2.7. Contribución económica del BBVA a la sociedad	27
2.8. Impuestos Pagados por el BBVA	27
2.9. Impuesto a las transacciones financieras (ITF) del BBVA	28
2.10. Impuesto temporal de los activos netos del BBVA	29
CAPITULO III	30
IMPORTANCIA DEL CODIGO TRIBUTARIO	30
Ventajas del Código Tributario	30
Desventajas del Código Tributario	31
3.1. La Evasión Tributaria	32
3.2 Elusión Tributaria	34
3.3 Se presenta que la SUNAT revela los cinco esquemas de elusión tributaria más usadas por las empresas peruanas:	36
3.4 Caso en donde se presenta la evasión tributaria y elusión tributaria dentro de la vida de una empresa hipotética.	37
CONCLUSIONES	38
ANEXOS	39
WEBGRAFIA	41
INTRODUCCIÓN
El objetivo principal del proyecto informativo presente se abarca en tres capítulos, primero, describir los conceptos aprendidos en clase sobre el derecho en el Perú, pero nos enfocaremos en una de sus ramas, lo cual es el tributario ya que existen varios. Además, aquí se detallarán algunos puntos determinantes en el trabajo. También se detalla las fuentes de este tipo de derecho y mostraremos casos en los qué se aplica en nuestro país.
El derecho tributario en el Perú es la rama del derecho que se encarga de regular las relaciones fiscales entre el Estado y los contribuyentes, estableciendo las obligaciones tributarias de los ciudadanos y las empresas, así como los derechos y garantías que les corresponden en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
Después, hablaremos sobre los tributos en el banco del BBVA del Perú, en donde estos se dividen en impuestos, contribuciones y tasas. Solo el gobierno central puede crear, cambiar o suprimir los primeros, mientras que el resto del poder recae en las autoridades regionales y locales.
Los impuestos, las donaciones y los gravámenes son las principales fuentes de financiación de un país moderno, y el Perú no es la excepción.
A través de la recaudación, el Estado peruano puede atender las necesidades de la sociedad (sistema de salud, orden interior, defensa nacional).
Pero como señala Francisco Ruiz de Castilla, profesor de derecho tributario de la Pontificia Universidad Católica del Perú, los impuestos también son instrumentos del Estado para imponer ciertos efectos al sector privado, particularmente en términos de inversión, ahorro y consumo.
El sistema peruano está organizado por clases de recaudadores de impuestos, es decir, los poderes públicos que recaudan impuestos. Por lo tanto, los impuestos pueden ser recaudados por el estado o los municipios.
Por último, se tocará el tema de la evasión y elusión tributaria, sus definiciones y sus diferencias, asimismo, se mostrará mediante un caso ficticio de una empresa ficticia, donde se ha incurrido estas faltas tributarias.
CAPITULO l
¿Qué es el derecho tributario?
Se trata de una serie de leyes, normas, principios e instituciones que regulan la creación, modificación y extinción de los tributos del país. La recaudación de impuestos es una potestad del Estado y su principal forma de recaudar fondos. Los mismos luego serán utilizados para el bien común y desarrollo social. Debido a su importancia, se encuentra fuertemente regulado. Por tanto, las fuentes del derecho tributario son contadas e importantes.
1. El Tributo
En el ámbito económico, el tributo es entendido como un tipo de aportación que todos los ciudadanos deben pagar al Estado para que este los redistribuye de manera equitativa o de acuerdo a las necesidades del momento. Conocer qué son los impuestos, contribuciones y tasas, cuándo y por qué se pagan, y tener una adecuada planificación fiscal es importante para mejorar la salud financiera de empresas y familias.
1.2. Elementos del tributo:
Elementos del Impuesto.
En el impuesto como fenómeno de la actividad financiera distinguimos los siguientes elementos:
1.2.1. Sujeto Activo: 
Es a quién le corresponde el derecho de exigir el pago del tributo. La figura del sujeto activo recae normalmente sobre el Estado, sin embargo, la ley puede atribuir la condición de sujeto activo a otros entes u organismos públicos. Por lo tanto, sólo la ley puede designar el sujeto activo de la obligación tributaria.
1.2.2. Sujeto Pasivo: 
Es la persona física o jurídica, que contrae la obligación.
La materia imponible u objeto de la imposición: es el elemento económico sobre el que se asienta el impuesto y en el que directa o indirectamente tiene su origen. Es decir, es el objeto gravado por el impuesto y de donde este por lo general, toma su nombre. La materia u objeto de la imposición puede ser:
· Un bien (Bienes inmuebles o bienes muebles).
· Un producto.
· Una renta.
· Un capital.
1.2.3. Hecho Imponible: 
Son aquellos actos o circunstancias que generan la obligación de pagar un impuesto.
1.2.4. Base Imponible: 
Es la cuantificación económica del hecho imponible, es decir, es el valor sobre el cual se aplica la tarifa para obtener el impuesto respectivo.
1.2.5. Tasa o Cuota Tributaria: 
Es el porcentaje que debe aplicarse a la base gravable para calcular el impuesto.
1.2.6. La fuente del impuesto: 
Se refiere a la fuente económica de donde el sujeto pasivo obtiene los medios para hacer efectivo el impuesto al sujeto activo (Estado).
1.3. Funciones del Tributo:
El tributo es el pago en dinero, establecido legalmente para cubrir los gastos que demanda el cumplimiento de sus funciones.
1.3.1. Función fiscal: 
Es la recaudación de los tributos en busca de los ingresos del estado en el gasto público, este gasto es función del presupuesto público para cada año.
1.3.2. Función económica: 
Son los tributos en busca orientar la economía en un sentido, por ejemplo, en nuestro país, se busca promover las exportaciones lo que estas no pagan impuestos y tienen un sistema de devolución por los impuestos pagados. 	
 
1.3.3. Función social: 
Los tributos que pagan los contribuyentes retornan a la ciudad bajo la forma de obras públicas, servicios públicos y programas sociales.
1.4. Las Fuentes del Derecho Tributario en Perú
Las fuentes peruanas del derecho tributario son aquellas que se refieren específicamente a la legislación tributaria en el Perú y que se aplican en el territorio peruano. Las principales fuentes peruanas del derecho tributario son las siguientes:
· Constitución Política del Perú: La Constitución establece las bases para la creación y aplicación de las normas tributarias en el Perú.
· Código Tributario: Es la principal ley tributaria en el Perú. Regula las normas y procedimientos para la determinación, liquidación y cobranzade los tributos.
· Leyes tributarias específicas: El Perú cuenta con leyes tributarias específicas para cada tipo de tributo, como la Ley del Impuesto a la Renta, la Ley del Impuesto General a las Ventas, entre otras.
· Reglamentos y resoluciones emitidos por la SUNAT: La SUNAT es la entidad encargada de la administración tributaria en el Perú y emite reglamentos y resoluciones que complementan las leyes tributarias.
· Jurisprudencia: Las decisiones de los tribunales, como el Tribunal Fiscal y el Poder Judicial, son una fuente importante para la interpretación y aplicación de las normas tributarias en el Perú.
· Doctrina tributaria: La doctrina tributaria es un conjunto de teorías y conceptos elaborados por especialistas en derecho tributario y que pueden ser utilizados para interpretar y aplicar las normas tributarias en el Perú.
1.5 El Sistema Tributario Peruano
Es el conjunto ordenado de normas, principios e instituciones que regulan las relaciones procedentes de la aplicación de tributos en el país. Se rige bajo el Decreto Legislativo N° 771 (enero de 1994), denominado como la Ley Marco del Sistema Tributario Nacional.
Según la Constitución de 1993, el Estado es el poder político organizado en tres niveles de gobierno: nacional, regional y local, y cada uno de ellos agrupa diferentes unidades ejecutoras o productoras de bienes y servicios públicos cuyos costos operativos deben ser financiados con tributos.
1.5.1. Principios Generales de la Tributación
A. Principios Explícitos:
El Artículo 74 de la Constitución Política del Perú indica lo siguiente:
“Los tributos se crean, modifican o derogan, o se establece una exoneración, exclusivamente por ley o decreto legislativo en caso de delegación de facultades, salvo los aranceles y tasas, los cuales se regulan mediante decreto supremo. Los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción, y con los límites que señala la ley. El Estado, al ejercer la potestad tributaria, debe respetar los principios de reserva de la ley, y los de igualdad y respeto de los derechos fundamentales de la persona. Ningún tributo puede tener carácter confiscatorio. Las leyes de presupuesto y los decretos de urgencia no pueden contener normas sobre materia tributaria. Las leyes relativas a tributos de periodicidad anual rigen a partir del primero de enero del año siguiente a su promulgación. No surten efecto las normas tributarias dictadas en violación de lo que establece el presente artículo”.
Por un lado, podemos notar que el artículo nos habla de un principio base en el Derecho Tributario, hablamos del Principio de Legalidad, el cual busca limitar la Potestad Tributaria del Estado regulando la creación del tributo únicamente mediante la ley o Decreto Legislativo en caso de una delegación de facultades entre los poderes del Estado. Generando así la expresión “No hay tributo sin ley”.
Por otro lado, en el presente artículo, contemplamos la existencia de cuatro principios explícitos en el Derecho Tributario; La Reserva de ley, igualdad, respeto de los derechos fundamentales de la persona y no confiscatoriedad.
B. Principio de Reserva de ley
En gran parte el fin de este principio consiste en distribuir la Potestad Tributaria. Lo que busca el Principio de Reserva de Ley en materia tributaria es que la regulación de los tributos se da únicamente por medio de la ley. Asimismo, mediante dicha reserva el principio rechaza una regulación de naturaleza jurídica distinta a la ley.
Es importante aclarar que a criterio de este Tribunal Constitucional expresado mediante Sentencia 042-2004-AI/TC. “No existe identidad entre el principio de legalidad y el de reserva de ley. Mientras que el principio de legalidad, en sentido general, se entiende como la subordinación de todos los poderes públicos a las leyes generales y abstractas que disciplinan su forma de ejercicio y cuya observancia se halla sometida a un control de legitimidad por jueces independientes; el principio de reserva de ley, por el contrario, implica una determinación constitucional que impone la regulación, sólo por ley, de ciertas materias.”
C. Principio de Igualdad Tributaria
A fin de poder tener un correcto análisis del principio de igualdad en materia tributaria debemos relacionar dicho principio con el entendimiento de la capacidad contributiva. Siendo así que lo que se busca lograr mediante este principio es que las obligaciones de contribuir sean gravadas de manera equitativa. Ante ello, es necesario comprender que no toda persona en la sociedad puede contribuir de la misma forma y en igualdad de cantidades, esto basado en los ingresos y bienes que disponen. De modo que lo que se propone con este principio no se trata de una igualdad en un sentido horizontal en el que todos los contribuyentes perciben lo mismo, por lo tanto, contribuyen de igual manera. Por el contrario, lo que plantea el legislador mediante el principio de igualdad en materia tributaria es generar una igualdad vertical, de modo que al tener ingresos desiguales el tratamiento tributario que recibiremos será expresado de manera desigual, generando de este modo una equidad entre los contribuyentes basándose en su capacidad de contribuir. A modo de resumen y coincidiendo con la idea del abogado Roberto Curasi este principio podría ser resumido en una simple frase: “Tratar igual a los iguales, y desigual a los desiguales.” 
D. Respeto por los Derechos Fundamentales
Las primeras páginas de la Constitución Política del Perú nos hablan directamente de los derechos fundamentales de la persona humana. El texto constitucional mediante su segundo artículo enumera una serie de derechos tales como la vida, la igualdad, entre otros, a los cuales todo ser humano tiene acceso sin distinción alguna. Sin embargo, lo planteado por nuestra Constitución comprende una enumeración de dichos derechos, lo cual nos plantea las siguientes interrogantes. ¿Qué son los Derechos Fundamentales y por qué estos deben ser respetados como parte de los Principios del Derecho Tributario?
Los Derechos Fundamentales son aquellos inherentes al ser humano, incluso podemos mencionar, según la corriente Iusnaturalista que dichos derechos fluyen en la naturaleza de todo ser humano, motivo por el cual la defensa de la persona y sus Derechos Fundamentales es el fin supremo del Estado. Asimismo, partiendo de la dignidad, la sociedad y el Estado se colocan al servicio del hombre para reconocer su excelencia y promover su desarrollo. Estos deben ser reconocidos por una comunidad política. Están clasificados en orden cronológico y divididos en tres generaciones de derechos. La primera generación está compuesta por los Derechos Civiles y Políticos; la segunda por los Derechos Económicos, Sociales, y Culturales; finalmente, la tercera generación es la de los Derechos de Solidaridad.
Teniendo en consideración la respuesta a la primera interrogante y la definición de los Derechos Fundamentales, resaltando su inherencia al ser humano y que estos parten de la dignidad de la persona es que podemos comprender sin mayor dificultad la respuesta de la segunda pregunta y la razón de ser del Principio de Respeto por los Derechos Fundamentales en el Derecho Tributario.
E. Principio de No Confiscatoriedad
Al igual que en el principio de igualdad, para analizar la no confiscatoriedad en materia tributaria debemos vincular dicho principio con el principio implícito de capacidad contributiva de la persona. Partimos de la idea de que la obligación de contribuir no puede sobrepasar a la persona y ciertos aspectos materiales de esta. En ese sentido una obligación tributaria no debería sobrepasar los límites razonables de la capacidad contributiva, por lo que el contribuyente no debería de tener que invertir una parte sustancial de sus ingresos para poder cumplir con esta, sino que debería poder soportar la carga económica de cumplir con dichos pagos.
Este principio por lo general puede tener ámbitos en loscuales no se permite un total entendimiento general que sea aplicable a todo caso. Por esa razón, el Tribunal Constitucional ha precisado que el análisis del Principio de No confiscatoriedad no puede ser analizado en términos generales, sino que este amerita ser visto en cada caso y con sus determinadas particularidades a tomar en cuenta.
F. Principios Implícitos
A diferencia de los principios explícitos, los principios implícitos no se ven tipificados en el texto constitucional, sino que dichos principios son aquellos que podemos extraer de los principios ya mencionados o estos son aclarados en sentencias del Tribunal Constitucional. Cabe mencionar que muchos de los principios del Derecho Tributario que hoy en día resultan ser principios implícitos fueron considerados como principios explícitos por las constituciones de 1933 o la Constitución de 1979. En la actualidad existe una cantidad considerable de principios implícitos la cual resultaría poco eficiente analizar para efectos de esta investigación académica, por lo que analizaremos únicamente el Principio de Capacidad Contributiva, el Principio de Certeza y Simplicidad.
G. Principio de Capacidad Contributiva
Tal como menciona el tributarita Raúl Barrios, al referirnos al Principio de Capacidad Contributiva hablamos de aquella capacidad económica de poder contribuir a los gastos públicos que originan los servicios generales proporcionados por el Estado y benefician a la colectividad. Además, la entendemos como aquella aptitud económica que posee todo contribuyente para poder soportar la carga tributaria. Por nuestra parte, consideramos el Principio de Capacidad Contributiva como uno de los pilares fundamentales que se deben considerar para el correcto funcionamiento del Derecho Tributario. Con el análisis anterior que realizamos a los principios explícitos pudimos notar el fuerte vínculo que poseen la gran mayoría de estos con el Principio de Capacidad Contributiva, sobre todo al relacionarlos con los principios de Igualdad y No Confiscatoriedad. Continuando con nuestro análisis de los Principios Implícitos, podemos vincular de igual manera el principio de Capacidad Contributiva con el Deber de Contribuir y la Solidaridad del contribuyente, siendo que ambos principios surten como efecto el uno del otro.
Un ejemplo claro de cómo el Estado considera el Principio de Capacidad Contributiva al aplicar su Potestad Tributaria en la creación y modificación de las normas lo encontramos en la Ley del Impuesto a la Renta (LIR). Tal como lo indica en su artículo 46, de las rentas de cuarta y quinta categoría podrán deducirse un monto equivalente a 7 Unidades Impositivas Tributarias anualmente. ¿A qué se debe dicha deducción? Consideramos que la razón por la cual la ley permite dicho acto se debe a la consideración de la capacidad contributiva, entendiendo así que las personas que perciben ingresos menores a dicho monto no se encuentran en las facultades para soportar la carga tributaria pertinente. Motivo por el cual se considera que el monto equivalente a las siete Unidades Impositivas Tributarias son lo necesario para cubrir gastos médicos, de alimentación, entre otros necesarios para la subsistencia.
H. Principio de Certeza y Simplicidad
La norma tributaria debe ser clara y precisa, debe determinar con precisión el sujeto, el hecho imponible, la base imponible, la alícuota, fecha, plazo y modalidades de pago, exenciones y beneficios en general, infracciones posibles, sanciones aplicables y recursos legales que proceden frente a una actuación ilegal de la administración.
1. 6. Elementos del Sistema Tributario Peruano
 El Sistema Tributario está constituido por los siguientes elementos:
El Código Tributario
MARCO CONSTITUCIONAL 1993
Constitución Política del Perú - Artículo 74º
MARCO LEGAL
 Decreto Legislativo nº 771
· Los Tributos: clasificados en Impuestos, Tasas y Contribuciones
Tributos del Gobierno Central
· Impuestos
· Impuesto a la Renta
· Impuesto General a las Ventas
· Impuesto Selectivo al Consumo
· Derechos Arancelarios
· Régimen Único Simplificado
· Impuesto de Solidaridad a favor de la Niñez Desamparada.
· Impuesto a los Juegos de Casinos y Máquinas Tragamonedas
· Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional
· Impuesto a las Transacciones Financiera
· Impuesto Temporal a los Activos Netos
Contribuciones
· Contribución de la Seguridad Social.
· Contribución al Servicio Nacional de Adiestramiento Técnico Industrial – SENATI.
· Contribución al Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO.
Tasas
Tasas por la prestación de servicios públicos, tales como los derechos por tramitación de procedimientos administrativos
Del Gobierno Municipal
MARCO CONSTITUCIONAL 1993 - Constitución Política del Perú - Artículos 74º y 196º
Los gobiernos locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley. Constituyen rentas de las municipalidades, entre otros, los tributos creados por ley a su favor, las contribuciones, tasa, arbitrios, licencias y derechos creados por Ordenanza Municipal, conforme a ley y los recursos asignados del Fondo de Compensación Municipal.
MARCO LEGAL- Decreto Legislativo Nº 776- Los ingresos municipales se sustentan en:
· Los impuestos municipales
· Las contribuciones y tasas que determinen los Concejos Municipales mediante Ordenanzas
· Los impuestos nacionales creados a favor de las Municipalidades distribuidos mediante el Fondo de Compensación Municipal - FONCOMUN
· Participación de la recaudación de tributos a favor de las municipalidades.
· Otros ingresos que perciban las municipalidades
Impuestos Municipales
· Administración Distrital
· Impuesto Predial
· Impuesto a los Juegos (pimball, bingo, rifas y similares)
· Impuesto de Alcabala
· Impuesto a los Espectáculos Públicos no deportivos
· Administración Provincial
· Impuesto al Patrimonio Vehicular
· Impuesto a las Apuestas
· Impuesto a los Juegos (loterías)
Contribuciones y Tasas Municipales
· Contribuciones Municipales
· Contribución Especial de Obras Públicas
· Tasas Municipales
· Tasas por servicios públicos o arbitrios.
· Tasas por servicios administrativos o derechos.
· Tasa por las licencias de apertura de establecimientos.
· Tasas por estacionamiento de vehículos.
· Tasa de Transporte Público.
· Otras tasas por la realización de actividades sujetas a fiscalización o control municipal extraordinario.
Tributos Nacionales Creados a Favor de Las Municipalidades
· Impuesto de Promoción Municipal: 2% de las operaciones afectas al IGV.
· Impuesto al Rodaje: aplicable a las gasolinas, con tasa del 8% sobre el precio ex-planta en el caso de venta al país; o del valor CIF tratándose de la importación.
· Impuesto a las Embarcaciones de Recreo: 5% del valor de las embarcaciones.
· PARTICIPACIÓN DE LA RECAUDACIÓN DE TRIBUTOS A FAVOR DE LAS MUNICIPALIDADES.
· Participación en Renta de Aduanas: 2% de las rentas que recauden las Aduanas. Adicionalmente el Concejo Provincial del Santa percibe el 20% de los ingresos de la Aduana de Chimbote.
· Impuesto a los Juegos de Casino y Máquinas y Tragamonedas: tasa del 12% sobre los ingresos netos mensuales deducidos los gastos por mantenimiento. El 60% del rendimiento del Impuesto es destinado a los gobiernos locales.
Otros Ingresos que Perciban las Municipalidades
· El Fondo de Compensación Municipal – FONCOMUN. Se constituye con los siguientes recursos:
· El rendimiento del Impuesto de Promoción Municipal
· El rendimiento del Impuesto al Rodaje
· El impuesto a las Embarcaciones de Recreo
· Recursos asignados por concepto de Canon: Canon Minero, Canon Pesquero, Canon Hidroenergético, Canon Gasífero, Canon Forestal, Canon y Sobrecanon Petrolero.
· Programa de Vaso de Leche
· Derecho de Vigencia Minera
Del Gobierno Regional
Marco Constitucional 1993
· Constitución Política del Perú - Artículo 193º
· Constituyen rentas de los Gobiernos Regionales, entre otros, los tributoscreados por ley a su favor.
Marco Legal
· Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783
· Los tributos regionales cuya recaudación y administración será de cuenta directa de los gobiernos regionales serán propuestos por el Poder Ejecutivo al Congreso de la República para su aprobación.
Ley Orgánica de Gobiernos Regionales
· Sexta Disposición Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Nº 27867
· En concordancia con la Ley de Bases de la Descentralización, el Poder Ejecutivo, dentro de los 180 días de vigencia de la Ley Nº 27867, presentará al Congreso de la República el proyecto de Ley de Descentralización Fiscal, el mismo que considerará los tributos regionales cuya recaudación y administración será de cuenta directa de los gobiernos regionales, como parte de una propuesta integral de reforma tributaria.
Decreto Legislativo N° 955
Ley de Descentralización Fiscal
Es objeto de esta ley:
· Regular la asignación de recursos a los Gobiernos Regionales y Locales, a fin de asegurar el cumplimiento de los servicios y funciones de su competencia. 
· Establecer mecanismos de gestión e incentivos al esfuerzo fiscal para lograr un aumento y mayor eficiencia en la recaudación tributaria y el uso eficiente de los recursos públicos.
· Implementar reglas de responsabilidad fiscal aplicables a las Circunscripciones Departamentales o Regiones y Gobiernos Locales para que contribuyan, conjuntamente con el nivel de Gobierno Nacional, con la estabilidad macroeconómica y la sostenibilidad de las finanzas públicas.
· Estimular el proceso de integración territorial para conformar Regiones competitivas y sostenibles.
1.7. Los Regímenes Tributarios
Hay cuatro regímenes tributarios: Nuevo Régimen Único Simplificado (NRUS), Régimen Especial de Impuesto a la Renta (RER), Régimen MYPE Tributario (RMT) y Régimen General (RG). Puedes evaluar cuál es el ideal para tu negocio.
1.8. Importancia de las fuentes de derecho tributario:
Los impuestos, tasas y otras contribuciones especiales forman parte del estudio del derecho tributario. El pago de estos impuestos no es la tasa que todos queremos pagar, pero es fundamental para el buen funcionamiento de los servicios públicos como hospitales, escuelas, alumbrado público y semáforos. 
Por eso, aunque no nos guste todo el proceso fiscal, es importante pagar nuestros impuestos a tiempo y no evitarlo, ya que esto puede acumular multas y, en casos graves, la cárcel. De ello se trata el código fiscal, estableciendo las normas y leyes que tratan los impuestos y las tasas.
Empresa estudiada para el presente trabajo de investigación 
1.9. El Banco Bilbao Vizcaya Argentaria
Aspectos Generales:
· RAZÓN SOCIAL: Banco BBVA Perú
· RUC: 20100130204
· NOMBRE COMERCIAL: BBVA
· FECHA DE INICIO: 09/Oct./1951
· ESTADO: Activo
· TIPO DE EMPRESA: SOCIEDAD ANÓNIMA ABIERTA
· DIRECCIÓN LEGAL: Av. República de Panamá 3055
· DISTRITO/ CIUDAD: San Isidro
· DEPARTAMENTO: Prov. Lima
· PAÍS: Perú
· TELÉFONO: 511 209 1923
Historia
BBVA, antes conocido como BBVA Continental o simplemente Banco BBVA, es un banco peruano cuyos accionistas incluyen a BBVA Perú Holding S.A.C. (Grupo BBVA), que posee el 46,12%, Holding Continental S.A. (Grupo Breca), que posee el 46,12% y el 7,76% restante está en manos de inversores minoritarios.
El Banco Continental inició operaciones el 9 de octubre de 1951, con sede en la calle General La Fuente de Lima, su capital inicial consistía de unos 45 millones de soles, el Banco Continental abrió su primera sucursal en la calle Capón.
En 1967 comenzó a trabajar utilizando procesadores IBM siendo el primero en el país. Para 1973, su fortaleza era evidente en un capital de 600 millones de dólares y la firmeza de sus operaciones respaldada por la confianza de sus muchos clientes.
El banco apuntó hacia una visión futura en 1982 al instalar el primer cajero automático del país.
El Banco Continental fue adquirido en 1995 por el Banco Bilbao Vizcaya (BBV) y el Grupo peruano Brescia, lo que resultó en que BBV Continental poseyera el 22,57% de los activos totales del sistema bancario del país. BBVA Continental, formado por la fusión del Banco Argentaria en 1999, es la segunda entidad financiera más grande del país, con más de 300 oficinas en todo el país y más de 6.000 empleados. 
Estatuto
Primera Sección: Social
Denominación, Domicilio, Objeto y Duración
· PRIMERO:
BBVA S.A.A Es una Sociedad Anónima Abierta por acciones de responsabilidad limitada (S.R.L.) que inició sus actividades y operaciones el 9 de octubre de 1951. Su objetivo es tener un gran número de accionistas que participen con acciones negociables en bolsa. 
· SEGUNDO:
El domicilio de la sociedad es la ciudad de Lima, su oficina central se ubica en la Av. República de Panamá (San Isidro). Se desconoce el tiempo de duración de la sociedad y su liquidación se efectuará de conformidad con lo dispuesto en este estatuto y las leyes aplicables al momento de la liquidación.
· TERCERO: 
El objetivo de la sociedad es comprometerse a proporcionar las mejores soluciones financieras para las necesidades, con sencillez y responsabilidad a sus diversos grupos de interés: brindando asistencia a los clientes, procurando el crecimiento de sus empleados, inversores y proveedores y apoyando el crecimiento sostenible de la sociedad.
Como parte del objeto social, la prestación de servicios y la asistencia administrativa, la sociedad podrá realizar, sin reserva ni limitación, todos los actos administrativos y contratos, disposiciones necesarias y convenientes para el cumplimiento de su objeto social y para llevar a cabo los negocios acordados por la Junta de Accionistas.
Segunda Sección: Capital Social
· CUARTO: El capital social de la compañía totalmente suscrito y pagado es de S/6,758,466,728.00 (Seis mil setecientos cincuenta y ocho millones cuatrocientos sesenta y seis mil setecientos veintiocho y 00/100 soles) representado por 6’758’466’728 acciones nominativas con derecho a voto de S/.1.00 cada una, gozando todas de iguales derechos y prerrogativas.
· QUINTO:
La responsabilidad de cada accionista en la empresa se limita a la cantidad que corresponde al valor nocional de las acciones a las que tiene derecho.
Las transferencias de acciones estarán registradas por inscripciones que se darán en la Caja de Valores y Liquidaciones de la Bolsa de Valores de Lima o por la entidad autorizada para prestar el mencionado servicio.
El traspaso de acciones se realizará en cualquiera de las formas permitidas por la ley apegándose a lo dispuesto en la vigente Ley General de Sociedades, o la Ley General de los Sistemas Financieros y de Seguros, la Ley General de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Ley General de la Bolsa de Valores, todas estas transferencias tendrán valor y efecto para el BBVA después de haber sido legalmente validada.
CAPITULO ll
LOS TRIBUTOS GOBIERNO CENTRAL
Los tributos son impuestos que deben pagar las empresas y los ciudadanos al Estado. Estos impuestos sirven como fuente de financiamiento para el gobierno, quien a su vez utiliza estos recursos para financiar proyectos y programas en beneficio del país.
En el Perú, existen diferentes tipos de tributos que se aplican según la actividad económica realizada por cada empresa. Entre ellos, destacan los impuestos a la renta, el IGV (Impuesto General a las Ventas), aranceles aduaneros y contribuciones sociales.
Es importante destacar que todos los ciudadanos tienen la obligación de pagar sus tributos correspondientes en tiempo y forma establecidos por ley. El incumplimiento de este deber puede generar multas e incluso sanciones penales.
Los tributos son un componente esencial para mantener el funcionamiento del Estado peruano y permitir la inversión en infraestructura pública y otros programas sociales. Es vital conocer cuáles son las clases de tributos que les corresponden a los empresarios o ciudadanos para poder cumplir con nuestras responsabilidades fiscales adecuadamente.
2.1. Clases de Tributos en el Perú
IMPUESTOS 
•Impuesto a la Renta
•ImpuestoGeneral a las Ventas
•Impuesto Selectivo al Consumo
•Derechos Arancelarios
•Régimen Único Simplificado
•Impuesto de Solidaridad a favor de la Niñez Desamparada. 
•Impuesto a los Juegos de Casinos y Máquinas Tragamonedas 
•Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional
•Impuesto a las Transacciones Financiera
•Impuesto Temporal a los Activos Netos
CONTRIBUCIONES 
•Contribución de la Seguridad Social. 
•Contribución al Servicio Nacional de Adiestramiento Técnico Industrial – SENATI. 
•Contribución al Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO.
TASAS 
Tasas por la prestación de servicios públicos, tales como los derechos por tramitación de procedimientos administrativos.
En el Perú, existen diferentes tipos de tributos que deben ser pagados por todas las empresas que operan en el país. Es importante que se conozcan cada uno de ellos para poder establecer una gestión financiera efectiva y evitar problemas legales. El primer tipo son los impuestos, los cuales se dividen en directos e indirectos. 
Los impuestos directos son aquellos que deben ser pagados por las personas y empresas según su nivel de renta o ingreso, como es el caso del Impuesto a la Renta. Por otro lado, los impuestos indirectos recaen sobre productos y servicios específicos, como el Impuesto General a las Ventas (IGV).
Otro tipo de tributo es la Contribución Social, cuyo objetivo es financiar programas sociales del Estado peruano. Este tributo aplica únicamente a aquellas empresas con un número significativo de empleados (ESSALUD)
Asimismo, hay las Tasas o Derechos Municipales que tienen como finalidad financiar obras públicas dentro del distrito donde se encuentra la empresa. Estas tasas pueden variar dependiendo de la ubicación geográfica.
Finalmente se encuentran los Aportes al Sistema Nacional de Pensiones (SNP), que consiste en un porcentaje retiro mensual destinado a cubrir una pensión para sus trabajadores durante su jubilación (ONP y AFP)
2.2. ¿Cómo se calculan los tributos?
Para calcular los tributos en Perú, primero debes entender qué impuestos se aplican a tu empresa. Luego, se debe determinar la base imponible de cada uno de ellos y aplicar el porcentaje correspondiente según las tarifas establecidas por la ley. Por ejemplo, si quieres conocer cuánto pagarás de Impuesto a la Renta (IR), debes restar los gastos deducibles del total de ingresos obtenidos durante el ejercicio fiscal. A continuación, aplicas las tasas IR que varían dependiendo del nivel de renta anual declarada y obtienes el monto final que deberás cancelar al Estado.
En cuanto al IGV o Impuesto General a las Ventas, este se calcula multiplicando el valor neto de venta del bien o servicio prestado por una tasa fija del 18%. Es importante tener en cuenta que existen ciertas exenciones y reducciones para algunos productos específicos. Cabe destacar que es fundamental mantener un registro preciso y actualizado de todas tus transacciones financieras para poder realizar correctamente los cálculos tributarios. Además, siempre es recomendable contar con asesoría especializada en materia contable y fiscal para evitar posibles errores o sanciones económicas por parte del Estado.
2.3. Impuestos que pagan los bancos
Los bancos en Perú están sujetos a diversos impuestos y contribuciones. Algunos de los impuestos más relevantes que pagan los bancos en el país incluyen:
1. Impuesto a la Renta: Los bancos están sujetos al impuesto a la renta, que grava las ganancias producidas por sus actividades. El impuesto a la renta se calcula sobre la base de los ingresos menos los gastos deducibles y está sujeto a una tasa progresiva.
2. Impuesto General a las Ventas (IGV): Los bancos también deben pagar el Impuesto General a las Ventas sobre los servicios financieros que brindan. El IGV es un impuesto al consumo que se aplica a la mayoría de las transacciones de bienes y servicios en Perú.
3. Impuesto Especial a la Minería: Este impuesto se aplica a las instituciones financieras que realizan operaciones con empresas mineras. Grava los intereses generados por los préstamos otorgados a estas empresas y se destina a financiar el Fondo de Estabilización Fiscal.
4. Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF): Es un impuesto que se aplica a las transacciones financieras, como retiros en efectivo, transferencias y pagos con tarjeta. La tasa del ITF varía según el tipo de transacción.
5. Contribución al Fondo de Seguro de Depósitos (FSD): Los bancos también deben hacer una contribución al Fondo de Seguro de Depósitos, que es administrado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) y tiene como objetivo proteger los depósitos de los clientes.
Es importante tener en cuenta que los detalles específicos y las tasas de impuestos pueden estar sujetos a cambios en la legislación tributaria. Por lo tanto, es recomendable consultar fuentes actualizadas o asesoramiento profesional para obtener información precisa sobre los impuestos que pagan los bancos en Perú. 
2.4. Recaudación de Impuesto a la renta del BBVA
En el año 2022
· 1,429 millones de soles en impuestos devengados y recaudados por la actividad de BBVA Perú.
· El impuesto a la renta tiene un valor económico distribuido en 734 millones en el mes de diciembre.
2.5. Impuesto Fiscal del BBVA
Durante el año 2022, el Grupo de BBVA ha aumentado hasta los 10.948 millones de euros, a las finanzas públicas a través del pago de impuestos. Esta cantidad de 5.023 millones de euros se destinaron a impuestos personales, mientras que 5.925 millones de euros fueron impuestos de terceros. En 2020 el BBVA pagó 3.576 millones de euros en impuestos, 1.556 millones de euros se pagaron al Impuesto sobre Sociedades, lo que significa que el banco ha dedicado el 43,51% de sus ganancias antes de impuestos para pagar este impuesto.
2.6. Impuestos de Terceros y Propios (Margen Bruto)
Si comparamos la contribución económica del BBVA a las finanzas públicas en el año del 2020 (8.325 millones de euros) con el ingreso bruto total generado del trabajo del mismo año (22.973 millones de euros), se puede expresar que por cada 100 € generados por el BBVA, han pagado impuestos de un valor de 36 €. De esos 36 €, 14 € son impuestos que se han pagado a nombre propio. Los impuestos que se han pagado a nombre de terceros son de unos 22€.
2.7. Contribución económica del BBVA a la sociedad
BBVA contribuyó a la sociedad mediante el pago de impuestos propios y de terceros al gobierno, el reparto de dividendos a los accionistas y la remuneración de sueldos y salarios a sus empleados. En términos de contribución económica que generó por estos medios, el 64.04% proviene de aquellos impuestos que pago a las administraciones públicas, el 27.77% es de los sueldos y salarios se entregaron a sus trabajadores, el 8.19% fue aquel monto de dividendos que se pagó a los accionistas.
2.8. Impuestos Pagados por el BBVA
Fundado desde 1857, BBVA es un grupo financiero multinacional, cuenta con un negocio diversificado que brinda servicios financieros a más de 80 millones de clientes en 30 países, emplea a 123.000 personas y tiene más de 879.000 accionistas. BBVA goza de una sólida posición de liderazgo en el mercado hispanohablante, ella también es la institución financiera más grande en México y cuenta con franquicias líderes en Sudamérica y de los Estados Unidos (Sunbelt). Además, opera en una amplia red de oficinas en todo el mundo y fue el primer inversor de Garanti BBVA en Turquía.
El equilibrio adecuado entre mercados desarrollados y emergentes permite que BBVA diversifique sus fuentes de ingresos y tenga resultados previsibles. El gráfico muestra la cantidad total de impuestos pagados por BBVA en diferentes áreas geográficas
2.9. Impuesto a las transacciones financieras (ITF) del BBVA
Impuesto que grava básicamente todos los retiros o depósitos en cualquier modalidad de cuenta abierta en alguna de las empresas del sistema financiero nacional, así como la adquisición de cheques de gerencia,giros, certificados bancarios u otros instrumentos financieros que no estén expresamente exoneradas, además de otras operaciones, con la tasa del monto total de la transacción, según sea el caso y el porcentaje que se apliquen de acuerdo a la ley vigente.
El Importe a las Transacciones Financieras (ITF) es el 0.005% del monto de la operación. Se encuentran inafectas al ITF, a partir del 27 de marzo de 2004, la acreditación, débito o transferencia entre cuentas de un mismo titular mantenidas en una misma Empresa del Sistema Financiero o entre sus cuentas mantenidas en diferentes Empresas del Sistema Financiero. 
Además, se encuentran exonerados del ITF, entre otras operaciones, tanto los abonos de remuneraciones, pensiones y CTS, así como cualquier pago o retiro que se realice desde estas cuentas hasta por el monto de la remuneración y/o pensión, independientemente de si se realiza por ventanilla, cajero automático, Internet o banca telefónica.
2.10. Impuesto temporal de los activos netos del BBVA
El Banco está afecto al Impuesto Temporal a los Activos Netos, cuya base imponible está constituida por el valor de los activos netos ajustada al cierre del ejercicio anterior al que corresponda el pago, deducidas las depreciaciones, amortizaciones, el encaje exigible y las provisiones específicas por riesgo de crédito. La tasa del impuesto es de 0.4% para los ejercicios 2022 y 2021, aplicable al monto de los activos netos que excedan de S/1 millón. El citado impuesto podrá ser pagado al contado o en nueve cuotas mensuales sucesivas. El monto pagado puede ser utilizado contra los pagos a cuenta del Régimen 
General del Impuesto a la Renta de los períodos tributarios de marzo a noviembre del ejercicio gravable por el cual se pagó el impuesto hasta la fecha de vencimiento de cada uno de los pagos a cuenta y contra el pago de regularización del impuesto a la renta del ejercicio gravable al que corresponda. 
En caso de quedar un saldo remanente sin aplicar podrá ser solicitado en devolución. El Banco ha calculado el Impuesto Temporal a los Activos Netos para el año 2022 en S/359 millones (S/381 millones en el año 2021).
CAPITULO III
IMPORTANCIA DEL CODIGO TRIBUTARIO
Dentro de la ley se establece una pieza clave que se denomina hecho imponible. Se trata de un hecho que, una vez realizado, genera el nacimiento de la obligación del pago del tributo. Es decir, algunos de los hechos del ciudadano generan la obligación de pagar impuestos, o cualquier otro tributo. Los hechos imponibles pueden ser de diverso tipo. Por ejemplo, en el caso de los impuestos sobre la renta (IRPF en España o IRS en México) esta obligación surge de la obtención de una renta por parte del contribuyente.
Pero una cosa es que surja esa obligación y otra cosa es que se pague. Puede haber personas que decidan que no van a pagar impuestos. Por ello, la ley prevé mecanismos para evitar que los ciudadanos dejen de pagar los tributos que les correspondan. Una vez clarificado lo que debe ser según la ley, el contribuyente debe cumplir con lo que dicta la Administración. Pero, no obstante, puede discrepar. Existen mecanismos para ello. Se pueden plantear diversos tipos de recursos ante la Administración y, después, ante la justicia.
Ventajas del Código Tributario
Los beneficios tributarios están constituidos por aquellas exoneraciones, deducciones y tratamientos tributarios especiales que implican una reducción en las obligaciones tributarias para ciertos contribuyentes. Estas herramientas significan una reducción en los recaudos del Estado. Sin embargo, su aplicación está vinculada a ciertos objetivos como el desarrollo de algunas regiones, la promoción de algunos sectores económicos, la generación de empleo y el fomento de la inversión extranjera y nacional.
En teoría, los beneficios tributarios constituyen incentivos, otorgados por el Estado con la finalidad de ayudar a conseguir objetivos económicos y sociales que incrementen el crecimiento y el desarrollo del país. No obstante, cabe mencionar que la aplicación de estos beneficios disminuye la eficiencia recaudatoria, aumenta los costos de recaudación y, de no ser aplicadas correctamente, pueden reducir la equidad y transparencia del sistema tributario. A pesar de sus efectos negativos para el fisco, en un gran número de países se aplica este tipo de herramientas.
En el Perú, la región amazónica es la que cuenta con el mayor número de beneficios tributarios; en 1998 el Estado promulgó la Ley de la Inversión en la Amazonia en la cual se otorga un conjunto de beneficios tributarios con el objetivo de mejorar los indicadores de bienestar de esta región. Lo que no se debe perder de vista es el carácter temporal que debería tener este tipo de mecanismos, de modo que una continua renovación de estos, como ocurre en el Perú, termina siendo perjudicial para la economía.
Desventajas del Código Tributario
La evasión fiscal es uno de los principales problemas en el Perú, ya que se extiende del 80 % del sector informal hacia los empresarios formales. El nivel de evasión es épico y poco o nada se hace para enfrentarlo. Las medidas represivas no funcionan en contextos donde el incumplimiento es masivo. Por ello, se recomienda emplear políticas más inteligentes, que planteen a quienes las incumplen que es más ventajoso ser formal que informal
Una desventaja de los códigos tributarios es su importante complejidad y falta de claridad en su redacción esto quiere decir que los códigos suelen estar escritos en un lenguaje técnico y legal que es difícil de entender para la mayoría de las personas, incluidas aquellas con conocimientos fiscales. La terminología especializada y las estructuras legales complicadas pueden dar lugar a confusión e interpretaciones ambiguas.
Otra desventaja de los códigos tributarios es que pueden ser costoso para los contribuyentes, las empresas deben asignar con frecuencia recursos significativos para garantizar el cumplimiento de las regulaciones fiscales, esto significa la contratación de expertos fiscales, como contadores o asesores fiscales, para garantizar la exactitud de los informes y declaraciones presentados dentro de los plazos especificados.
3.1. La Evasión Tributaria 
Se refiere a la acción consciente y deliberada de eludir, evadir o evitar el pago total o parcial de los impuestos establecidos por la legislación de un país, utilizando métodos ilegales, fraudulentos o engañosos. Implica manipular información financiera y transacciones con el objetivo de reducir la carga impositiva y evitar cumplir con las obligaciones fiscales correspondientes. La evasión tributaria constituye una violación de las leyes fiscales y puede conllevar sanciones legales y administrativas.
Principales formas de evasión tributaria:
· Subdeclaración de ingresos: Consiste en ocultar o subdeclarar los ingresos obtenidos por una persona o entidad, evitando así pagar impuestos sobre la totalidad de sus ganancias.
· Facturación falsa o duplicada: Se realiza emitiendo facturas falsas o duplicadas con el objetivo de inflar o disminuir los ingresos declarados, manipulando así la base imponible y reduciendo los impuestos a pagar.
· Uso de paraísos fiscales: Los paraísos fiscales son territorios con una regulación tributaria favorable donde los contribuyentes pueden depositar su dinero o establecer empresas para evitar pagar impuestos en sus países de origen.
· Transferencia de beneficios: Las empresas multinacionales pueden mover sus beneficios de un país a otro utilizando técnicas de precios de transferencia, de manera que los beneficios se registren en jurisdicciones de baja tributación, reduciendo así su carga impositiva.
· Evasión en el Impuesto General a la Ventas: Implica la manipulación de las declaraciones del impuesto al valor agregado (IVA) llamado así en otros países mediante la falsificación de facturas, la no declaración de operaciones o la creación de estructuras de empresas ficticias.
· Evasión en el impuesto de sociedades: Se produce al manipular las cuentas y registros contablesde una empresa para reducir sus beneficios declarados y, por lo tanto, el impuesto a pagar.
· Evitar la retención de impuestos: Algunos contribuyentes intentan evitar la retención de impuestos mediante el uso de estructuras legales o falsas, o mediante la ocultación de información relevante.
Es importante tener en cuenta que la evasión tributaria es ilegal y puede conllevar sanciones legales, multas e incluso penas de prisión en muchos países. Se recomienda cumplir con las obligaciones tributarias y buscar asesoramiento profesional en materia fiscal.
En Perú, la evasión tributaria está regulada por diversas leyes y normativas. 
Leyes relevantes relacionadas con la evasión tributaria en Perú:
· Código Tributario (Ley N° 2492): Establece las normas generales en materia tributaria, incluyendo disposiciones para prevenir, detectar y sancionar la evasión tributaria.
· Ley del Impuesto a la Renta (Ley N° 28194): Regula el impuesto a la renta en Perú y establece las obligaciones tributarias de las personas naturales y jurídicas. Contiene disposiciones para combatir la evasión fiscal y las sanciones correspondientes.
· Ley General de Operaciones Aduanas (Decreto Legislativo N° 1053): Establece las normas relacionadas con el control aduanero y la tributación de las exportaciones de importación y exportación. Incluye medidas para prevenir la evasión en el ámbito aduanero.
· Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo (Ley N° 27785): Regula el impuesto a las ventas y al consumo en Perú. Contiene disposiciones para combatir la evasión y elusión tributaria en relación con el IGV y el ISC.
· Ley de Delitos Aduaneros y Contrabando (Ley N° 28008): Establece los delitos aduaneros y las sanciones correspondientes, incluyendo el contrabando y otras actividades ilegales relacionadas con el comercio internacional.
Estas son solo algunas de las leyes más relevantes en Perú relacionadas con la evasión tributaria.
3.2 Elusión Tributaria 
La elusión tributaria se refiere a la práctica de aprovechar lagunas legales o ambigüedades en las leyes fiscales para reducir la carga tributaria de manera lícita, aunque contraviniendo el espíritu de la normativa fiscal. Se diferencia de la evasión fiscal, que implica acciones ilegales para evitar el pago de impuestos.
La elusión tributaria implica el diseño y la implementación de estrategias y estructuras legales complejas con el propósito principal de minimizar el pago de impuestos, utilizando interpretaciones favorables de las leyes fiscales o aprovechando incentivos y beneficios específicos.
Aunque la elusión tributaria se basa en acciones legalmente permitidas, puede esperar una práctica controvertida y éticamente cuestionable, ya que puede socavar la equidad y la justicia en el sistema tributario. Como resultado, los gobiernos suelen tomar medidas para cerrar las brechas legales y limitar las prácticas de elusión tributaria más agresivas.
A continuación, se presenta un compendio de algunas técnicas comunes utilizadas en la elusión tributaria:
· Planificación fiscal agresiva: Los contribuyentes estructuran sus transacciones y operaciones de manera compleja para aprovechar vacíos legales o incentivos fiscales. Esto puede incluir la creación de estructuras empresariales complejas, la transferencia de activos a jurisdicciones con menor carga tributaria o el uso de paraísos fiscales.
· Precios de transferencia: Las empresas multinacionales ajustan los precios de los bienes, servicios o derechos transferidos entre sus filiales ubicadas en diferentes jurisdicciones, con el objetivo de trasladar beneficios a países con tasas impositivas más bajas.
· Uso de paraísos fiscales: Las personas o empresas autorizadas entidades legales en países con bajos impuestos o nula tributación, como las Islas Caimán o las Islas Vírgenes Británicas. Estas entidades se utilizan para canalizar ingresos y activos, impidiendo así la tributación en sus países de origen.
· Estructuras de propiedad complejas: Los contribuyentes crean estructuras de propiedad complejas que involucran compañías, fideicomisos y otras entidades legales para desviar ingresos o activos y evitar la tributación.
· Aprovechamiento de incentivos y exenciones: Los contribuyentes aprovechan los incentivos y exenciones fiscales otorgados por los gobiernos para reducir su carga tributaria. Esto puede implicar la reubicación de actividades económicas en áreas designadas como zonas francas o la inversión en sectores específicos con beneficios fiscales.
En el Perú, la legislación relativa a la elusión tributaria se encuentra principalmente en el Código Tributario y en normas determinadas por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT).
A continuación, se mencionará algunas disposiciones legales relevantes:
· Código Tributario (Ley N° 2492): El Código Tributario establece las normas generales relacionadas con el sistema tributario en el Perú. Contiene disposiciones que abordan la elusión tributaria, como el deber de los contribuyentes de cumplir con las obligaciones tributarias de manera efectiva y la facultad de la SUNAT para determinar y regular las acciones elusivas.
· Normas anti elusivas generales: La SUNAT ha publicado normativas específicas para prevenir y combatir la elusión tributaria. Entre ellas se encuentra la Resolución de Superintendencia N° 011-2006/SUNAT, que establece los criterios para determinar los actos u operaciones que constituyen la elusión tributaria y establece las consecuencias tributarias correspondientes.
· Precios de transferencia: El Perú cuenta con normas sobre precios de transferencia específicos, que regulan las transacciones entre partes vinculadas económica o financieramente. Estas normas tienen como objetivo evitar la transferencia artificial de utilidades a jurisdicciones con menor carga tributaria. La Ley del Impuesto a la Renta y su Reglamento contienen disposiciones al respecto.
3.3 Se presenta que la SUNAT revela los cinco esquemas de elusión tributaria más usadas por las empresas peruanas:
1ero: Una empresa intenta evadir el pago indebido del Impuesto a la Renta (IR) de tercera categoría relacionado con el uso de una marca. La estrategia utilizada implica dejar que el registro de la marca en Indecopi expire sin renovarlo, permitiendo así que el accionista mayoritario de la empresa registre la marca a su nombre. Luego, esta persona concede el uso de la marca a la empresa y le cobra regalías, es así que las regalías están sujetas únicamente a un IR del 5%, en contraste con lo que normalmente habría pagado la empresa (29.5%), lo cual resulta en un ahorro neto de impuestos de un 24.5% para la empresa.
2do: Una empresa con sede en Perú adquiere acciones de otra empresa peruana y las transfiere a un patrimonio autónomo establecido en el extranjero, esta figura legal permite acumular activos con el propósito de venderlos en el futuro, es así como la venta de un patrimonio autónomo no está sujeta al Impuesto a la Renta debido a regulaciones bancarias que buscan fomentar el uso de esta figura. Una vez que las acciones se encuentran dentro del patrimonio autónomo, son vendidas a una empresa en Perú. Dado que no se aplican las normas tributarias al patrimonio autónomo, la venta no genera ingresos gravables y la empresa vendedora puede ahorrarse un 29.5% en impuestos.
3ro: Una empresa extranjera que posee acciones en una compañía peruana decide trasladar su sede a un país con el que Perú ha firmado una Convención para Evitar la Doble Imposición (CDI). El único propósito de este cambio es evitar el pago de impuestos sobre las ganancias obtenidas de la venta de estos valores en Perú, asimismo en el nuevo país de residencia, los beneficios fiscales están disponibles para las empresas que comienzan a operar, incluidas las exoneraciones fiscales por hasta un año.
4to: Se da cuando una empresa peruana otorga marcas que explota a una empresa en el extranjero. Esta segunda compañía explota las marcas y cobra la retribución correspondiente y posteriormenterealiza préstamos a la empresa peruana en cuestión, los cuales son pagados mediante acciones en la empresa peruana. Mediante este esquema se evita pagar el IR en el Perú por la explotación de las marcas, pero igual es remunerada mediante los aportes de la compañía en el extranjero.
5to: De acuerdo a Pablo Sotomayor, socio del estudio Miranda & Amado, en la última modalidad de elusión contemplada en el catálogo una empresa “transfiere todo su equipo gerencial a una compañía vinculada que tiene pérdidas tributarias, la cual le otorgará el servicio de gerenciamiento con ese mismo personal y a un valor considerablemente mayor que el que se pagaba a través de las planillas por dicho equipo. Así, la primera deduce un mayor gasto para la determinación de su IR, mientras que la segunda compensa las rentas obtenidas con las pérdidas tributarias arrastrables existentes, evitándose el pago del IR por este ingreso”.
3.4 Caso en donde se presenta la evasión tributaria y elusión tributaria dentro de la vida de una empresa hipotética.
· La empresa hipotética llamada "Comercial Bal ", dedicada a la importación y venta al por mayor de productos electrónicos. Esta empresa ha implementado prácticas tanto de evasión como de elusión tributaria para reducir su carga impositiva y maximizar sus ganancias.
· En primer lugar, la empresa ha optado por evadir impuestos mediante la subdeclaración de ingresos. Manipula los registros contables para ocultar una parte de sus ventas y, por lo tanto, paga menos impuestos sobre el total de sus ganancias, esto se logra mediante la emisión de facturas falsas o la omisión de ciertas transacciones en los libros contables.
· Además de esta evasión tributaria, "Comercial Bal" también emplea ciertas estrategias de elusión tributaria es así como establece relaciones comerciales con empresas ficticias ubicadas en paraísos fiscales donde la carga impositiva es baja o inexistente. 
· A través de estas entidades ficticias, la empresa canaliza ingresos y activos, evitando así la tributación en su país de origen. Esta práctica se basa en el aprovechamiento de lagunas legales y la utilización de estructuras complejas de propiedad.
CONCLUSIONES
· Las principales fuentes peruanas del derecho tributario son la Constitución Política del Perú, el Código Tributario, las leyes tributarias específicas, los reglamentos y resoluciones emitidos por la SUNAT, la jurisprudencia y la doctrina tributaria.
· Los impuestos y tributos en el Perú desempeñan un papel fundamental en la financiación del Estado y en el desarrollo económico del país. El sistema tributario peruano está compuesto por diversos impuestos, como el Impuesto a la Renta, el Impuesto General a las Ventas, el Impuesto Selectivo al Consumo, entre otros.
· Estos impuestos permiten al Estado recaudar los recursos necesarios para financiar servicios públicos, infraestructuras y programas sociales. Además, contribuir a reducir la desigualdad y promover la redistribución de la riqueza, ya que se aplica de acuerdo con la capacidad contributiva de cada individuo o empresa.
· Sin embargo, el sistema tributario peruano también presenta desafíos y áreas de mejora. La evasión y elusión fiscal son problemas significativos que aumentan la ganancia y generan inequidad en el cumplimiento de las obligaciones tributarias. Es necesario fortalecer los mecanismos de control y fiscalización para garantizar un cumplimiento más eficiente y equitativo de los impuestos.
· Además, se requiere simplificar y agilizar los procedimientos tributarios, especialmente para las pequeñas y medianas empresas, con el fin de fomentar la formalización y facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
· En resumen, los impuestos y tributos en el Perú son fundamentales para el funcionamiento del Estado y el desarrollo económico del país. Sin embargo, es necesario abordar los desafíos existentes y buscar constantemente mejoras en el sistema tributario para lograr una mayor eficiencia, equidad y transparencia en la recaudación y adquisición de recursos.
ANEXOS
WEBGRAFIA
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· Salini, G. O. (2020, 7 febrero). Sunat revela los cinco esquemas de elusión tributaria más usadas por las empresas peruanas. Gestión. https://gestion.pe/economia/sunat-revela-los-cinco-esquemas-de-elusion-tributaria-mas-usadas-por-las-empresas-peruanas-noticia/?ref=gesr#google_vignettehttps://www.ipe.org.pe/portal/beneficios-tributarios/ 
· https://www-euroinnova-pe.cdn.ampproject.org/v/s/www.euroinnova.pe/cual-es-la-importancia-delderechotributario/amp?amp_gsa=1&amp_js_v=a9&usqp=mq331AQIUAKwASCAAgM%3D#conoce-cuaacutel-es-la-importancia-del-derecho-tributario-en-nuestra-sociedad=&ampshare=https%3A%2F%2Fwww.euroinnova.pe%2Fcual-es-la-importancia-del-derecho-tributario

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