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nacionalidad de las personas fisicas

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Universidad de Margarita
Alma Mater del Caribe
Prof. Abg. Galbarino Sarmiento
El Valle del Espíritu Santo
TEMA III 
LA NACIONALIDAD DE 
LAS PERSONAS FÍSICAS
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Derecho a la nacionalidad y apátrida
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Derecho a la nacionalidad
El derecho a la nacionalidad es un derecho humano fundamental, que comprende el derecho de cada persona a adquirir, cambiar o retener una nacionalidad.
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El derecho internacional de los derechos humanos estipula que el derecho de los Estados a decidir quiénes son sus nacionales no es una prerrogativa absoluta y que, en particular, los Estados deben cumplir con sus obligaciones de derechos humanos en lo tocante a la concesión o la retirada de la nacionalidad.
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Privación arbitraria de nacionalidad
“
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El derecho a mantener una nacionalidad se corresponde con la prohibición de la privación arbitraria de la nacionalidad. 
Por consiguiente, la privación arbitraria de la nacionalidad coloca a las personas afectadas por esta medida en una situación más desfavorable en cuanto al disfrute de sus derechos humanos. 
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Porque algunos de esos derechos pueden estar sujetos a limitaciones que de otro modo no se les aplicarían.
Pero además porque dichas personas se encuentran en una situación de creciente vulnerabilidad ante las violaciones de derechos humanos.
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Marco jurídico internacional
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El derecho a la nacionalidad está reconocido por un conjunto de instrumentos jurídicos internacionales:
La Declaración Universal de Derechos Humanos.
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La Convención Internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial.
El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos La Convención sobre los derechos del niño.
La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.
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La Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad .
La Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares. 
La Convención sobre la nacionalidad de la mujer casada.
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La Convención para reducir los casos de apátrida.
La Convención sobre el estatuto de los apátridas. 
La Convención sobre el estatuto de los refugiados.
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En numerosos instrumentos internacionales figura una prohibición general y explícita de la privación arbitraria de la nacionalidad. En particular, cabe señalar que el artículo 15 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.
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Estipula explícitamente que a nadie se le privará arbitrariamente de su nacionalidad. En su resolución 50/152 la Asamblea General también reconoció la índole fundamental de la prohibición de privación arbitraria de nacionalidad
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Apátrida
La Convención de 1954 sobre el estatuto de los apátridas define como apátrida a “toda persona que no sea considerada como nacional suyo por ningún Estado, conforme a su legislación.
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Se desconoce el número exacto de apátridas, pero el ACNUDH calcula hay no menos de 10 millones en el mundo entero. Además de la vulneración de su derecho a la nacionalidad, las personas apátridas padecen otras violaciones de derechos humanos. 
Apátrida
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Los Estados deben aplicar medidas para prevenir la apátrida mediante la concesión de su nacionalidad a las personas que de otro modo serían apátridas y que han nacido en su territorio o en el extranjero, si uno de sus padres tenía la nacionalidad de dicho Estado en el momento del nacimiento. Los Estados también deben evitar la apátrida por pérdida o privación de la nacionalidad.
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El derecho a la nacionalidad y el Consejo de Derechos Humanos
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El Consejo de Derechos Humanos ha abordado la cuestión del derecho a la nacionalidad y la prevención de la apátrida en varias resoluciones relativas a “los derechos humanos y la privación arbitraria de nacionalidad”.
Proporciona asesoramiento técnico en materia de leyes y políticas relativas a la nacionalidad, de manera que éstas se armonicen con las normas internacionales de derechos humanos
Especialmente en lo relacionado al derecho de las mujeres a la nacionalidad, el ACNUDH promueve la reforma de las leyes relativas a la nacionalidad que las discriminan y repercuten en el ejercicio de los derechos de sus hijos y cónyuges.
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La labor del ACNUDH en lo relacionado al derecho a la nacionalidad y la apátrida
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En el informe del ACNUDH al Consejo de Derechos Humanos sobre “la discriminación contra la mujer en cuanto a la nacionalidad, incluidas las repercusiones en los niños” se examina la situación de las mujeres de determinados países, 
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Que no tienen el mismo derecho que los hombres de adquirir, cambiar o conservar la nacionalidad y a las que tampoco se les permite transferir su nacionalidad a sus hijos o cónyuges en las mismas condiciones, lo que a menudo da lugar a casos de apátrida. 
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El ACNUDH apoya la campaña del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) orientada a poner fin a la apátrida. 
El ACNUDH es miembro de la Coalición en defensa del derecho de todo niño a una nacionalidad.

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