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Guía de actividades 
 
División de Ciencias Sociales y Administrativas / Derecho 7 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Módulo 2 
Estado, Constitución y gobierno 
 
Unidad 2 
Panorama del Derecho Administrativo y 
nociones de Derechos Humanos 
 
Sesión 4 
Administración pública en México 
 
Texto de apoyo 
 
Módulo 2. Estado, Constitución y gobierno 
Unidad 2. Panorama del Derecho Administrativo y nociones de Derechos 
Humanos 
Sesión 4. Administración pública en México 
Texto de apoyo 
División de Ciencias Sociales y Administrativas / Derecho 8 
Índice 
 
Presentación .......................................................................................................................................... 9 
Antecedentes de la Administración Pública y del Derecho Administrativo............................................ 10 
Concepto de Derecho Administrativo ................................................................................................... 13 
Fuentes del Derecho Administrativo .................................................................................................... 14 
¿En dónde se desarrolla el Derecho Administrativo? ........................................................................... 15 
La Administración Pública en México ................................................................................................... 16 
Cierre ................................................................................................................................................... 18 
Fuentes de consulta ............................................................................................................................ 19 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Módulo 2. Estado, Constitución y gobierno 
Unidad 2. Panorama del Derecho Administrativo y nociones de Derechos 
Humanos 
Sesión 4. Administración pública en México 
Texto de apoyo 
División de Ciencias Sociales y Administrativas / Derecho 9 
Presentación 
 
 
Administración pública en México 
Fuente: http://bit.ly/2tjrqo6 
 
La Administración Pública en nuestro país ha tenido una creciente evolución derivada del esfuerzo que 
realiza el gobierno mexicano para alcanzar mayores índices de eficiencia y honestidad en el ejercicio 
de sus funciones. En la presente sesión analizarás las funciones que realiza la administración pública y 
el papel del Derecho Administrativo, partiendo desde sus inicios y antecedentes. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
http://bit.ly/2tjrqo6
Módulo 2. Estado, Constitución y gobierno 
Unidad 2. Panorama del Derecho Administrativo y nociones de Derechos 
Humanos 
Sesión 4. Administración pública en México 
Texto de apoyo 
División de Ciencias Sociales y Administrativas / Derecho 10 
Antecedentes de la Administración Pública y del Derecho Administrativo 
 
Aunque en realidad no se ha logrado tener un criterio unificado de la administración pública y del 
Derecho Administrativo, menos uno que sintetice a ambos, se presenta a continuación la definición de 
Serra Rojas sobre Derecho Administrativo: “Conjunto de normas que rigen a la administración pública, 
a los servicios públicos y demás actividades relacionadas con dicha función” (Serra, 1981:58). 
Respecto a la administración pública señala: 
 
Es necesaria una organización que ejecute la ley, que la concrete a los casos particulares, que la 
actualice determinando el momento, modos y circunstancias de su aplicación. Para este propósito la 
administración pública dispone de medios jurídicos (Serra, 1981:59). 
 
Por lo anterior, se considera que la administración pública, es el conjunto de instituciones a través de 
las que federación, entidades federativas, municipios y órganos descentralizados atienden a la 
población con el propósito de ejercer sus facultades, sea en su interrelación con otros órganos 
constituidos o bien en su interacción con los particulares. El Derecho Administrativo es el derecho 
específico de los servicios públicos; es el orden jurídico especial para regular las actividades del 
Estado, así como la organización y atribuciones que le han sido conferidas a las instituciones que 
forman parte de la administración pública para llevar a cabo servicios públicos y tutelar las relaciones 
existentes entre el Estado y los ciudadanos. En otras palabras, la existencia del Derecho 
Administrativo depende de la existencia de la administración pública. 
 
Si dentro de un orden jurídico solo es posible hacer leyes y aplicarlas, justo toca a los órganos 
ejecutivos aplicarlas administrativamente, es decir, de modo residual con exclusión de la función 
judicial (aplicación de las leyes para dirimir litigios) y legislativa (la elaboración de normas generales, 
abstractas, impersonales, heterónomas y coactivas), dentro de la labor administrativa se encuentra la 
prestación de servicios públicos a través de las instituciones, es decir, que organiza la vida de la 
sociedad para satisfacer intereses generales. Como se puede observar el Estado justifica su existencia 
ante la sociedad, no por su poder como muchos pueden creer, sino por los servicios que para ella 
realiza. 
 
Los antecedentes de la administración pública y el Derecho Administrativo realmente son recientes, ya 
que si bien es cierto que desde la existencia de la civilización se tienen sistemas políticos y de alguna 
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Unidad 2. Panorama del Derecho Administrativo y nociones de Derechos 
Humanos 
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manera han tenido reglas para regir las relaciones entre quienes ostentaban el poder y los súbditos, no 
se podía considerar la existencia del Derecho Administrativo. Si bien ya había órganos contenciosos y 
recursos en materia administrativa, carecían de un verdadero carácter jurisdiccional, puesto que se 
trataba de una especie de tribunal dependiente del rey que aparentaba impartición de justicia, aunque 
eso no fuera realidad. Francia Fernández comenta lo siguiente: 
 
La historia demuestra que el fenómeno estatal se ha desarrollado con apoyo en las instituciones 
administrativas, las cuales han quedado sujetas en su organización y funcionamiento a una regulación 
jurídica conformada por las órdenes, reglas y disposiciones correspondientes, lo cual pudiera significar 
que, como conjunto de normas, el Derecho Administrativo proviene de tiempo inmemorial. Continuando 
en éste mismo orden de ideas, el nacimiento de este Derecho en Francia, encuentra su mayor auge 
durante la época de la asamblea constituyente como producto de la sistematización de los principios 
racionales que fundan la acción administrativa, las atribuciones del poder público, los caracteres 
esenciales de las instituciones administrativas, así como los intereses y derechos del hombre 
(Fernández, 2009:81-86). 
 
Una de las instituciones jurídicas francesas, que más empuje proporcionó al desarrollo del Derecho 
Administrativo fue el consejo de Estado Francés. Cuando surge dicho consejo, goza de una faculta de 
justicia retenida, consistente, en el derecho que tenía el rey de resolver él mismo la última instancia en 
cualquier proceso. 
 
En México, el antecedente más antiguo del derecho administrativo se encuentra en el año 1810, 
cuando Miguel Hidalgo y Costilla inició el movimiento de Independencia y contó con la necesidad 
de nombrar a lo que en la actualidad se consideran como los primeros secretarios de Estado que 
serían el del despacho de hacienda, y el de gracia y justicia (Tena, 2002:23). 
 
A través del tiempo la administración pública mexicana ha sufrido diversas transformaciones, las 
cuales se han visto plasmadas en las diferentesleyes orgánicas. Pareciera que la estructura de la 
administración pública cambiará en la misma medida de la sucesión presidencial, pues regularmente 
trae consigo modificaciones en la misma y, por ende, en el Derecho Administrativo. 
 
Mediante estos artículos se concibió originalmente un esquema de administración pública, distribuido 
en aquello que se conoce como “tres niveles de gobierno”: Federal, estatal y municipal. A pesar del 
trato diferenciado que siempre se ha querido dar, de manera errónea e infundada, el Distrito Federal, 
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hoy Ciudad de México, es y siempre ha sido una entidad perteneciente a la Federación como 
cualquiera otra, con la única diferencia de que en su territorio se tiene el asiento de los órganos 
federales. Cuando se habla de tres niveles, se hace referencia al ámbito territorial, pues hay quienes 
incluyen un cuarto nivel en el otrora Distrito Federal y uno más en la labor: el constitucional, lo cual no 
es así, pues son los mismos órganos federales (Congreso General) y locales (Legislaturas de las 
entidades federativas) quienes en conjunción realizan una función. 
 
Asimismo, la administración pública se diseñó bajo dos tipos de unidades administrativas: la secretaría 
de Estado y el departamento administrativo. Tiempo después mediante las respectivas reformas se 
incorporó el esquema de la descentralización administrativa y la empresa de participación estatal. 
 
Para que el Estado lleve a cabo su función administrativa, debe hacerlo bajo un orden jurídico, en 
virtud de que ningún órgano de gobierno puede tomar una decisión bajo su libre albedrío, sino que 
debe de hacerlo conforme a las disposiciones legales previamente expedidas que hay para tales 
efectos existen (Fraga, 2000:99). 
 
 
En la Constitución Política de 1917, se previeron diversos artículos que hacen 
alusión o tienen injerencia con la administración pública y son la base constitucional 
del Derecho Administrativo Mexicano, entre otros, dichos artículos son: 3, 16, 21, 
27, 28, 89, 90, 92, 115, 124, 126, 127, 128 y 134 
 
Para comprender a mayor detalle las diferencias entre administración pública y administración privada, 
se presenta a continuación el siguiente cuadro: 
 
Cuadro 1. Diferencias entre administración pública y administración privada 
Diferencias significativas 
Administración pública Administración privada 
La infraestructura es del Estado La infraestructura es de la empresa 
Objetivo: 
Satisfacer las necesidades de la población o 
concretar el tipo de Estado, recuerde la 
justificación del Estado. 
Objetivo: 
Tiene fines de lucro. 
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Unidad 2. Panorama del Derecho Administrativo y nociones de Derechos 
Humanos 
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División de Ciencias Sociales y Administrativas / Derecho 13 
Su sistema incluye a toda la población. Su sistema está enfocado a un grupo de 
consumidores. 
Sin perjuicio de lo anterior, es un sistema que 
requiere de la administración pública para su 
subsistencia. 
Se distingue por su amplio radio de acción y el 
contenido político de los actos ejecutados. 
Su campo de acción es punto limitado y sin 
política alguna más que la de negocios. 
Desarrolla proyectos con presupuesto público. Proyectos financiados por capital privado. 
Difícilmente acepta un cambio. Utiliza eficientemente los métodos y técnicas de 
la ciencia administrativa. 
Su personal está sujeto a los cambios e 
influencias políticas. 
A su personal casi no le afectan los cambios 
políticos. 
La ley le sirve para darle facultades en las 
materias generales y comunes a todos. 
La ley le dice lo que puede y no hacer. 
 
En resumen, la administración pública está relacionada con la política y direcciona los recursos del 
Estado, en tanto que la administración privada se ocupa de las personas y el patrimonio de los 
particulares, bajo el concepto general de administración, buscan lo mismo, pero sus diferencias son 
evidentes. 
 
Concepto de Derecho Administrativo 
 
Para tener un mayor entendimiento sobre el Derecho Administrativo, se presentan a continuación las 
siguientes definiciones: 
 
 Para Gabino Fraga (2000), el Derecho Administrativo regula: 
- La estructura y organización del poder encargado normalmente de realizar la función 
administrativa (poder ejecutivo). 
- Los medios patrimoniales y financieros que la administración necesita para su sostenimiento y 
para garantizar la regularidad de su actuación. 
- El ejercicio de las facultades que el poder público debe realizar bajo la forma de la función 
administrativa. 
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Humanos 
Sesión 4. Administración pública en México 
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División de Ciencias Sociales y Administrativas / Derecho 14 
- La situación de los particulares con respecto a la administración. 
 Para Jorge Fernández el Derecho Administrativo es el conjunto de normas y principios del 
Derecho Público que rigen la estructura, organización y funcionamientos de las diversas áreas de 
la administración pública de las relaciones entre sí, así como de sus relaciones con las demás 
instituciones del Estado y con los particulares. 
 Para Rafael de Piña y Vara, establece: 
 
Totalidad de las normas positivas destinadas a regular la actividad del Estado y de los demás 
órganos públicos, en cuanto se refiere al establecimiento y realización de los servicios de esta 
naturaleza, así como a regir las relaciones entre la administración y los particulares, y de las 
entidades administrativas entre sí (1995:85). 
 
De lo anterior, se advierte que las relaciones jurídicas en que interviene la administración con motivo 
de su organización y funcionamiento están regidas por las normas del Derecho Administrativo, es 
decir, por normas del Derecho Público. 
 
Por otra parte, el Derecho Administrativo, regula las relaciones entre las personas y entidades privadas 
con los órganos que ostentan el poder público, cuando éstos últimos actúan en ejercicio de sus 
potestades públicas y de acuerdo con el procedimiento legalmente establecido. 
 
Fuentes del Derecho Administrativo 
 
Como recordaremos de nuestro estudio del primer módulo, en Derecho existen tres fuentes, las 
formales, reales e históricas. Al considerar el hecho de legislar como fuente del Derecho 
Administrativo, es necesario expresar que la ley se deriva del principio de legalidad, el cual consiste en 
que ningún otro órgano del Estado puede tomar una decisión individual que no sea conforme a una 
disposición general anteriormente creada. 
 
Debido a este principio los órganos del Estado sólo pueden realizar aquellas atribuciones que están 
expresamente señaladas en la ley, logrando la protección a los particulares para que no se presente 
ningún tipo de abuso por parte de cualquier autoridad administrativa. A esto se le conoce como el 
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principio de autoridad, que suele oponerse al principio de libertad que enuncia que un particular puede 
hacer todo lo que desee, excepto lo que la ley expresamente le prohíba. 
 
Otra fuente del Derecho Administrativo es la costumbre, la cual es una norma de conducta creada en 
forma espontánea por una colectividad o grupo social, y aceptada voluntariamente por los individuos 
que la constituyen como rectora de determinadas relaciones. 
 
La jurisprudenciadesde luego constituye una fuente formal en cualquier rama del derecho y el 
administrativo no es la excepción. Recordará que la jurisprudencia son los criterios y razones vertidas 
en las resoluciones judiciales y constituyen jurisprudencia obligatoria cuando se conforma ya sea por 
reiteración de 5 casos en el mismo sentido; por contradicción de tesis y figuras novedosas empleadas 
por el “Poder Judicial Federal”, como la modificación o sustitución de la jurisprudencia; a lo que debe 
sumarse la que se crea vía acción de inconstitucionalidad y controversia constitucional, en donde un 
solo caso crea jurisprudencia, al igual que en materia internacional, cuando ésta emana de un caso 
contencioso en el que México sea parte. 
 
¿En dónde se desarrolla el Derecho Administrativo? 
 
Hablar sobre el origen, la integración y tareas del Estado es un terreno difícil, pues existen un gran 
número de acepciones con las que se pretenden describir qué es el Estado, señalando lo siguiente: 
 
El Estado es un sistema integrado por un conjunto de seres humanos asentado permanentemente en 
una circunscripción territorial, organizado mediante la coincidencia constantemente renovada de 
voluntades de sus integrantes de mayor influjo, sujeto a un orden jurídico y a un poder soberano, cuyos 
objetivos básicamente variables son establecidos por la parte dominante del conjunto, aun cuando con 
alguna eventual influencia de los demás (Fernández, 1982:53). 
 
 
 
 
 
 
 
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La Administración Pública en México 
 
El Estado se organiza adecuadamente y sin perjuicio de otras organizaciones para realizar la función 
administrativa satisfaciendo los intereses colectivos. Esta organización es lo que conocemos como 
administración pública, la cual se ve desde dos puntos de vista: 
 
 Formal: En tanto “el organismo público que ha recibido del poder político la competencia y los 
medios necesarios para la satisfacción de los intereses generales” (Fraga, 2000:119). 
 Material: Entendida ésta como: “la actividad de este organismo considerado en sus problemas de 
gestión y de existencia propia tanto en sus relaciones con otros organismos semejantes como con 
los particulares para asegurar la ejecución de su misión” (Fraga, 2000:119). 
 
Es evidente que la administración pública ha ido creciendo a la par que ha crecido la población, puesto 
que las necesidades también evolucionan. Las funciones del Estado también han tenido que 
evolucionar y lo han enfrentado con su administración, y han tenido que actuar en los asuntos de la 
sociedad. Al principio con una administración reducida con pocas secretarías de Estado y 
departamentos administrativos, que con el tiempo fueron creciendo de acuerdo a las necesidades de la 
población, lo que dio paso a nuevas leyes organizativas y en consecuencia a nuevas instituciones, 
mismas que se les llegó a cambiar de nombre. Fraga hace pronunciamiento al respecto y menciona: 
 
Este constante movimiento en la creación de las secretarías de Estado no puede ser atribuido al 
simple capricho de los gobernantes, sino que con la gradual transformación del Estado ha habido 
necesidad de aumentar y especializar aquellos organismos (Fraga, 2000:184). 
 
Por otra parte para Serra Rojas: 
 
Lo que el Estado debe hacer se define por el conjunto de normas que crean órganos, fijan su 
funcionamiento y los fines que deben alcanzar. La exigencia lógica del Estado se precisa por los 
fines o propósitos que una sociedad organizada le ha venido señalando de acuerdo a su propia 
naturaleza (Serra, 1981:23). 
 
De lo anterior se desprende la existencia de organismos gubernamentales con finalidades distintas en 
virtud de que se trata de satisfacer las necesidades de la sociedad, a través de los cuales el Estado 
cumple sus funciones y a su vez se encarga de administrarlas y organizarlas, actualmente en la Ley 
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Orgánica de la Administración Pública Federal, se encuentra la estructura de la administración pública 
y delimita perfectamente las funciones de cada organismo de acuerdo a lo establecido en sus artículos 
26 al 43. De manera enunciativa se señalan las secretarías de Estado que existen para el despacho de 
los asuntos del orden administrativo: 
 
 Secretaría de Gobernación 
 Secretaría de Relaciones Exteriores 
 Secretaría de la Defensa Nacional 
 Secretaría de Marina 
 Secretaría de Hacienda y Crédito Público 
 Secretaría de Desarrollo Social 
 Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales 
 Secretaría de Energía 
 Secretaría de Economía 
 Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación 
 Secretaría de Comunicaciones y Transportes 
 Secretaría de Educación Pública 
 Secretaría de Salud 
 Secretaría del Trabajo y Previsión Social 
 Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano 
 Secretaría de Turismo 
 Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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División de Ciencias Sociales y Administrativas / Derecho 18 
Cierre 
 
 
Cierre 
Fuente: Flaticon 
 
En esta sesión conociste las funciones que realizan la administración pública y el Derecho 
Administrativo y que la función ejecutiva, fuerza a distinguir entre administración pública, privada y 
Derecho Administrativo, entendido éste último como rama del Derecho Público que se encarga de 
regular las relaciones de los órganos de gobierno entre sí y su actuación con los particulares. 
 
Habrás advertido que si bien el Titular del Ejecutivo Federal es el Presidente de la República como 
órgano unipersonal, no significa que ejerza la administración pública por sí solo, pues en términos del 
artículo 90 constitucional, la administración pública es centralizada y paraestatal, establecida en la Ley 
Orgánica de la Administración Pública Federal que regula las diversas Secretarías de Estado. 
 
A modo de apéndice, merece la pena hacer mención que contrario a lo que sucede en los regímenes 
parlamentarios, donde el Jefe de Gobierno es responsable políticamente ante el Parlamento, en el 
presidencialismo, su autoridad no es responsable ante el Congreso General, aunque controle al 
legislativo a través del derecho de veto legislativo. 
 
 
 
 
 
 
 
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Humanos 
Sesión 4. Administración pública en México 
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División de Ciencias Sociales y Administrativas / Derecho 19 
Fuentes de consulta 
 
 
Fuentes de consulta 
Fuente: Flaticon 
 
 Serra Rojas, A. (1981). Derecho Administrativo. México: Porrúa. 
 Fernández Ruíz, J. (2009). Derecho Administrativo y administración pública. México: Mc Graw Hill 
 Tena, F. (2002). Leyes fundamentales de México 1808-2002. México: Porrúa. 
 Fraga, G. (2000). Derecho administrativo. México: Porrúa. 
 De Pina Vara, R. (1995). Diccionario de Derecho. México: Porrúa. 
 Fernández Ruiz, J. (1982). El Estado empresario. México: UNAM. 
 
Legislación 
 
 Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. 
 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 
http://www.flaticon.com/free-icon/three-books_74982

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