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Ramas del derecho

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Ramas del derecho
El derecho es una disciplina de gran alcance, que se divide en las siguientes ramas y subramas:
· Derecho público. Que se ocupa de la regulación y el estudio de las relaciones entre el sector privado (los individuos y las entidades privadas que componen) con los distintos órganos del poder público (Estado), o incluso de estos últimos entre sí mismos. Se compone de las siguientes subramas:
· Derecho político. Dedicado al estudio de las formas de gobierno, los métodos electorales, las relaciones de mando y obediencia, y otras formas de participación y relación política.
· Derecho constitucional. Ocupado en el estudio de las leyes fundamentales que componen a todo Estado, especialmente las que tienen que ver con derechos básicos y con la organización misma del poder público.
· Derecho administrativo. Centrada en la administración pública, obviamente. Esto quiere decir que analiza la regulación del Estado y sus organismos, así como de los servicios públicos, y el manejo financiero del sector público.
· Derecho migratorio. Dedicado al cuerpo de normas que regulan el tránsito y la radicación de personas provenientes del extranjero, así como la emigración y repatriación de personas y bienes nacionales
· Derecho procesal. Dedicado a la revisión de los mecanismos de solución de conflictos que establece la Ley, es decir, del llamado “proceso” y sus actores: tribunales, organizaciones, etc.
· Derecho internacional público. Cuyo centro de interés lo constituye la relación entre los distintos Estados del mundo, así como de la conducción de los organismos internacionales multilaterales, como la ONU.
· Derecho penal. Encargado del aspecto punitivo del Estado, o sea, de la determinación de la sanción para los delitos y de la prevención de la criminalidad.
· Derecho tributario. También llamado “derecho financiero”, tiene que ver con la recaudación, clasificación e implementación de los tributos o impuestos por parte del Estado.
· Derecho privado. Que se ocupa de las relaciones civiles, mercantiles o del tipo que sea que atañen a los actores privados en situación de igualdad, sin que el Estado sea uno de ellos. Su propósito es garantizar la justicia en el trato entre privados. Se compone también de diversas subramas:
· Derecho civil. Encargado de regular las relaciones jurídicas de la vida cotidiana de los individuos, tales como los vínculos familiares, los matrimonios y los divorcios, la patria potestad, el registro civil, la propiedad, las sucesiones, etc.
· Derecho mercantil. Encargado similarmente de velar por la regulación de los actos comerciales o financieros entre privados, tales como ventas, compras, alquileres, traspasos, inversiones, etc.
· Derecho internacional privado. Cuya diferencia respecto del derecho internacional público está en que su atención se centra en la actividad privada (comercial, por ejemplo) que no involucra a los Estados como actores, sino a privados, pero que tiene lugar entre países o regiones diferentes.
· Derecho social. Por último, abarca el conjunto de regulaciones que velan por la defensa de los débiles dentro de la sociedad, en miras de hacer de ella un lugar más justo, y sostener la convivencia y la paz social entre las clases sociales. Abarca las siguientes subramas:
· Derecho laboral. También llamado Derecho del trabajo, se centra en la regulación de las relaciones laborales, para garantizar que se den de acuerdo a la ley y a las distintas convenciones entre los sectores involucrados.
· Derecho económico. Cuyo interés se centra en los métodos y las medidas en que el Estado puede intervenir en la actividad económica, para aplicar regulaciones, incentivos u otro tipo de mecanismos de promoción del consumo, y brindando justicia a la cadena productiva toda.
· Derecho agrario. Encargado de regular los problemas que tengan que ver con la propiedad y la explotación de la tierra, especialmente en los ámbitos agrícolas y pecuarios.
· Derecho ambiental. O Derecho ecológico, el cual vela por la defensa del medio ambiente y la flora y fauna de una nación, protegiéndola de los abusos y las irresponsabilidades de la actividad económica (o de cualquier otro tipo) humana.

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