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Adolescentes consideraciones_en la violencia

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Prevención de las violencias contra las adolescencias y su participación para la 
Reconstrucción del Tejido Social
Módulo 2. Las violencias contra las adolescencias: tipos, causas y consecuencias
¿Cómo considerar el enfoque de derechos de las adolescencias?
Tener en cuenta al o la adolescente como titular de derechos, y 
a las personas adultas como quienes están obligadas a crear las 
condiciones para que accedan al ejercicio de sus derechos.
Revisar si se está propiciando la participación efectiva de las y los 
adolescentes en toda decisión o intervención que les afecte.
Considerar si se tienen en cuenta las características particulares, caso 
por caso.
Razonar sobre la consideración de la integralidad de derechos de las 
y los adolescentes que podrían estar siendo vulneradas/os o que se 
requiere proteger.
Tener en cuenta el principio de autonomía progresiva, es decir, que se 
considere la etapa de desarrollo y características específicas de la o el 
adolescente.
Si quiere ver un ejemplo sobre la consideración del principio de autonomía progresiva en 
el contexto judicial, consulte el siguiente video:
Las obligaciones del Estado frente a la autonomía progresiva de la infancia
https://www.sitios.scjn.gob.mx/videoteca/reproduccion/823/M%C3%B3dulo%203
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¿Cómo considerar el derecho a la vida, a la supervivencia y al desarrollo de las y los 
adolescentes en la máxima medida posible?
Asegurar que ningún adolescente sea privado/a de la vida.
Tomar todas las medidas posibles para disminuir la 
mortalidad adolescente; aumentar la esperanza de vida; 
en especial, medidas para eliminar la malnutrición y las 
epidemias.
Diseñar medidas especiales para disminuir el riesgo de 
captación de adolescentes en pandillas y/o actividades 
del crimen organizado, redes de trata, explotación 
sexual, etc.
Proteger a las adolescencias contra malos tratos y 
cualquier forma de violencia de las ya mencionadas, 
ya sean ejercidas por familiares, pares o instituciones 
privadas o del Estado.
Considerar intervenciones específicas dirigidas a 
detectar conductas suicidas, incluyendo autolesiones, 
pensamientos e intentos suicidas.
Registrar, documentar y atender de manera especializada 
los embarazos adolescentes y brindar información sobre 
prevención del embarazo y salud reproductiva.
Considerar acciones para proteger los derechos de 
adolescentes en situación de migración, especialmente 
quienes sean separadas/os de sus familias o se encuentren 
no acompañadas/os.
En principio, implica 
reconocer que “todo 
individuo tiene derecho 
a la vida, la libertad, la 
seguridad de su persona”, 
de acuerdo al artículo 3 de 
la Declaración Universal de 
Derechos Humanos; para 
ello, se requiere:
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Existen situaciones asociadas a violencias contra las adolescencias que requieren un 
enfoque altamente especializado, es decir, que para garantizar el derecho a la vida, 
libertad y seguridad, las personas adultas a cargo de diseñar intervenciones y políticas 
públicas deben conocer aspectos particulares de las situaciones que amenazan la vida, 
supervivencia y desarrollo de las y los adolescentes. Un ejemplo de ello es la realidad que 
viven las y los adolescentes captadas/os en redes de trata con fines de explotación sexual.
Si desea conocer más información al respecto, revise el siguiente material:
Consideraciones particulares del impacto de la explotación sexual comercial infantil
https://www.sitios.scjn.gob.mx/videoteca/reproduccion/815/M%C3%B3dulo%201
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¿Cómo considerar el principio de no discriminación contra las adolescencias?
Considerar el principio de no discriminación implica tener en cuenta que existen muchos 
contextos en los que las y los adolescentes pueden no acceder de manera efectiva a 
medidas que garanticen el ejercicio de sus derechos, en razón de la etapa de desarrollo 
en la que se encuentran o de alguna condición específica propia del contexto en el que 
se desarrollan. Para apegar acciones o estrategias al principio de no discriminación, será 
necesario, como mínimo:
CNFDH. (2017). Se libre [fotografía]. Tomada de: http://cnfdh.ipn.mx/ganadores2017a.html 
Asegurar que las estrategias no hagan exclusiones por formas de vestir que las y los 
adolescentes escogen, que responden a la reestructuración de su identidad.
Considerar el momento evolutivo para encuadrar de manera congruente respuestas, 
conductas o prácticas de las y los adolescentes, para que no sean leídas como desafío, 
agresividad, oposicionistas, mala conducta o incluso como cuadros psicopatológicos, 
cuando en realidad son lo esperado ante la inmadurez del sistema nervioso y los 
desafíos evolutivos que enfrentan.
Asegurar la inclusión y el respeto a la diversidad de orientaciones sexuales, preferencias 
sexuales, identidades o expresiones de género entre las y los adolescentes.
Tener en cuenta especialmente el enfoque de género, es decir, considerar las 
situaciones específicas en las que niñas y adolescentes mujeres podrían estar 
viviendo situaciones de exclusión, violencias específicas o dificultades para acceder 
al ejercicio de sus derechos, basadas en estereotipos o normas de género sostenidas 
cultural y socialmente.
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Construir acciones y estrategias proactivas para detectar y asegurar el acceso de las 
y los adolescentes a servicios especializados cuando sus derechos están en riesgo, 
o son vulnerados. Es frecuente que las instituciones asuman que una persona 
adolescente se acercará a solicitar el servicio como lo haría una persona adulta, 
cuando lo apropiado es que se construyan estrategias para detectar y propiciar el 
acceso de las adolescencias a los espacios de protección y restitución de derechos, 
en donde puedan ser sujetos activos del ejercicio de sus derechos.
Detectar prejuicios acerca de la posibilidad de decidir de las y los adolescentes, como 
sustento para criminalizarles o negar el acceso a la protección. Por ejemplo, pensar 
que un adolescente en conflicto con la ley delinque “porque lo decide”, porque “sabe 
bien lo que hace”, o que un adolescente en situación de migración decide viajar 
porque lo motiva la vida fácil, porque “no quiere trabajar” en su lugar de origen, etc.
Garantizar la accesibilidad para adolescentes con discapacidad y el acceso a la justicia 
para adolescentes cuya lengua materna no es el español.
Si desea conocer más información sobre el desarrollo mental de las y los adolescentes, 
revise el siguiente material:
OMS, 2018. Salud mental del adolescente
https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/adolescent-mental-health
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¿Cómo considerar el derecho a la participación?
Para considerar el derecho a la participación de las y los adolescentes, las personas 
adultas deben crear el contexto adecuado para que ejerzan sus derechos, considerando 
lo siguiente:
Tener en cuenta edad y 
grado de madurez del o la 
adolescente.
Ofrecer información a la o al 
adolescente, de acuerdo a 
su grado de madurez, sobre 
cualquier situación que le afecte.
Ofrecer medidas de auxilio o 
rescate emocional si se encuentra 
en una situación de temor o 
angustia.
Permitir y facilitar que el o 
la adolescente se cree una 
opinión propia sobre la 
situación que está viviendo.
Ofrecer espacios para que 
puedan expresar libremente 
sus opiniones, sin limitaciones, 
presiones ni coerciones.
Asegurar que las personas 
adultas que interactúan o 
entrevistan a adolescentes 
cuenten con las herramientas 
para hacerlo de manera 
adecuada a su nivel de desarrollo.
Valorar la participación 
adolescente según el contexto, 
el caso particular y el grado de 
madurez.
Lo anterior implica que el derecho a la participación no se garantiza solamente preguntando 
a la o el adolescente qué opina, o haciendo un interrogatorio, sino creando el contexto 
adecuado para que pueda participar y tomar en cuenta su opinión.
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Para más información sobre el derecho a la participación, revise el siguiente material:
Derecho a la participación y sus dimensiones
La participacióninformada de niños, niñas y adolescentes
https://www.youtube.com/watch?v=DjJpmOZTyjY
https://www.sitios.scjn.gob.mx/videoteca/reproduccion/930/M%C3%B3dulo%203

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