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1 Prevención de las violencias contra las adolescencias y su participación para la Reconstrucción del Tejido Social Módulo 2. Las violencias contra las adolescencias: tipos, causas y consecuencias ¿Cómo considerar el enfoque de derechos de las adolescencias? Tener en cuenta al o la adolescente como titular de derechos, y a las personas adultas como quienes están obligadas a crear las condiciones para que accedan al ejercicio de sus derechos. Revisar si se está propiciando la participación efectiva de las y los adolescentes en toda decisión o intervención que les afecte. Considerar si se tienen en cuenta las características particulares, caso por caso. Razonar sobre la consideración de la integralidad de derechos de las y los adolescentes que podrían estar siendo vulneradas/os o que se requiere proteger. Tener en cuenta el principio de autonomía progresiva, es decir, que se considere la etapa de desarrollo y características específicas de la o el adolescente. Si quiere ver un ejemplo sobre la consideración del principio de autonomía progresiva en el contexto judicial, consulte el siguiente video: Las obligaciones del Estado frente a la autonomía progresiva de la infancia https://www.sitios.scjn.gob.mx/videoteca/reproduccion/823/M%C3%B3dulo%203 2 ¿Cómo considerar el derecho a la vida, a la supervivencia y al desarrollo de las y los adolescentes en la máxima medida posible? Asegurar que ningún adolescente sea privado/a de la vida. Tomar todas las medidas posibles para disminuir la mortalidad adolescente; aumentar la esperanza de vida; en especial, medidas para eliminar la malnutrición y las epidemias. Diseñar medidas especiales para disminuir el riesgo de captación de adolescentes en pandillas y/o actividades del crimen organizado, redes de trata, explotación sexual, etc. Proteger a las adolescencias contra malos tratos y cualquier forma de violencia de las ya mencionadas, ya sean ejercidas por familiares, pares o instituciones privadas o del Estado. Considerar intervenciones específicas dirigidas a detectar conductas suicidas, incluyendo autolesiones, pensamientos e intentos suicidas. Registrar, documentar y atender de manera especializada los embarazos adolescentes y brindar información sobre prevención del embarazo y salud reproductiva. Considerar acciones para proteger los derechos de adolescentes en situación de migración, especialmente quienes sean separadas/os de sus familias o se encuentren no acompañadas/os. En principio, implica reconocer que “todo individuo tiene derecho a la vida, la libertad, la seguridad de su persona”, de acuerdo al artículo 3 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; para ello, se requiere: 3 Existen situaciones asociadas a violencias contra las adolescencias que requieren un enfoque altamente especializado, es decir, que para garantizar el derecho a la vida, libertad y seguridad, las personas adultas a cargo de diseñar intervenciones y políticas públicas deben conocer aspectos particulares de las situaciones que amenazan la vida, supervivencia y desarrollo de las y los adolescentes. Un ejemplo de ello es la realidad que viven las y los adolescentes captadas/os en redes de trata con fines de explotación sexual. Si desea conocer más información al respecto, revise el siguiente material: Consideraciones particulares del impacto de la explotación sexual comercial infantil https://www.sitios.scjn.gob.mx/videoteca/reproduccion/815/M%C3%B3dulo%201 4 ¿Cómo considerar el principio de no discriminación contra las adolescencias? Considerar el principio de no discriminación implica tener en cuenta que existen muchos contextos en los que las y los adolescentes pueden no acceder de manera efectiva a medidas que garanticen el ejercicio de sus derechos, en razón de la etapa de desarrollo en la que se encuentran o de alguna condición específica propia del contexto en el que se desarrollan. Para apegar acciones o estrategias al principio de no discriminación, será necesario, como mínimo: CNFDH. (2017). Se libre [fotografía]. Tomada de: http://cnfdh.ipn.mx/ganadores2017a.html Asegurar que las estrategias no hagan exclusiones por formas de vestir que las y los adolescentes escogen, que responden a la reestructuración de su identidad. Considerar el momento evolutivo para encuadrar de manera congruente respuestas, conductas o prácticas de las y los adolescentes, para que no sean leídas como desafío, agresividad, oposicionistas, mala conducta o incluso como cuadros psicopatológicos, cuando en realidad son lo esperado ante la inmadurez del sistema nervioso y los desafíos evolutivos que enfrentan. Asegurar la inclusión y el respeto a la diversidad de orientaciones sexuales, preferencias sexuales, identidades o expresiones de género entre las y los adolescentes. Tener en cuenta especialmente el enfoque de género, es decir, considerar las situaciones específicas en las que niñas y adolescentes mujeres podrían estar viviendo situaciones de exclusión, violencias específicas o dificultades para acceder al ejercicio de sus derechos, basadas en estereotipos o normas de género sostenidas cultural y socialmente. 5 Construir acciones y estrategias proactivas para detectar y asegurar el acceso de las y los adolescentes a servicios especializados cuando sus derechos están en riesgo, o son vulnerados. Es frecuente que las instituciones asuman que una persona adolescente se acercará a solicitar el servicio como lo haría una persona adulta, cuando lo apropiado es que se construyan estrategias para detectar y propiciar el acceso de las adolescencias a los espacios de protección y restitución de derechos, en donde puedan ser sujetos activos del ejercicio de sus derechos. Detectar prejuicios acerca de la posibilidad de decidir de las y los adolescentes, como sustento para criminalizarles o negar el acceso a la protección. Por ejemplo, pensar que un adolescente en conflicto con la ley delinque “porque lo decide”, porque “sabe bien lo que hace”, o que un adolescente en situación de migración decide viajar porque lo motiva la vida fácil, porque “no quiere trabajar” en su lugar de origen, etc. Garantizar la accesibilidad para adolescentes con discapacidad y el acceso a la justicia para adolescentes cuya lengua materna no es el español. Si desea conocer más información sobre el desarrollo mental de las y los adolescentes, revise el siguiente material: OMS, 2018. Salud mental del adolescente https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/adolescent-mental-health 6 ¿Cómo considerar el derecho a la participación? Para considerar el derecho a la participación de las y los adolescentes, las personas adultas deben crear el contexto adecuado para que ejerzan sus derechos, considerando lo siguiente: Tener en cuenta edad y grado de madurez del o la adolescente. Ofrecer información a la o al adolescente, de acuerdo a su grado de madurez, sobre cualquier situación que le afecte. Ofrecer medidas de auxilio o rescate emocional si se encuentra en una situación de temor o angustia. Permitir y facilitar que el o la adolescente se cree una opinión propia sobre la situación que está viviendo. Ofrecer espacios para que puedan expresar libremente sus opiniones, sin limitaciones, presiones ni coerciones. Asegurar que las personas adultas que interactúan o entrevistan a adolescentes cuenten con las herramientas para hacerlo de manera adecuada a su nivel de desarrollo. Valorar la participación adolescente según el contexto, el caso particular y el grado de madurez. Lo anterior implica que el derecho a la participación no se garantiza solamente preguntando a la o el adolescente qué opina, o haciendo un interrogatorio, sino creando el contexto adecuado para que pueda participar y tomar en cuenta su opinión. 7 Para más información sobre el derecho a la participación, revise el siguiente material: Derecho a la participación y sus dimensiones La participacióninformada de niños, niñas y adolescentes https://www.youtube.com/watch?v=DjJpmOZTyjY https://www.sitios.scjn.gob.mx/videoteca/reproduccion/930/M%C3%B3dulo%203
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