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MÉTODOS DE EVALUACIÓN DE RIESGOS LABORALES JUAN CARLOS RUBIO ROMERO MÉTODOS DE EVALUACIÓN DE RIESGOS LABORALES © Juan Carlos Rubio Romero, 2004 Reservados todos los derechos. «No está permitida la reproducción total o parcial de este libro, ni su tratamiento informático, ni la transmisión de ninguna forma o por cualquier medio, ya sea electrónico, mecánico, por fotocopia, por registro u otros métodos, sin el permiso previo y por escrito de los titulares del Copyright». Ediciones Díaz de Santos, S. A. Doña Juana I de Castilla, 22. 28027 MADRID E-mail: ediciones@diazdesantos.es Internet://http:www.diazdesantos.es/ediciones ISBN: 84-7978-633-7 Depósito legal: M. 27.736-2004 Diseño de Cubierta: Ángel Calvete Fotocomposición: Fernández Ciudad, S. L. Impresión: Fernández Ciudad, S. L. Encuadernación: Rústica-Hilo, S. L. Impreso en España mailto:ediciones@diazdesantos.es http://www.diazdesantos.es/ediciones A mi querida hija Carmen Prólogo ............................................................................ Presentación.................................................................... Introducción ................................................................... Capítulo 1. La evaluación general de riesgos ............. 1.1. Antecedentes de la evaluación de riesgos ................ 1.1.1. Antecedentes desde un punto de vista técni- co................................................................... 1.1.2. Los planes de seguridad e higiene en el tra- bajo en los proyectos de edificación y obras públicas ......................................................... 1.1.3. La evaluación de riesgos mayores o graves .. 1.1.4. Otros antecedentes en la reglamentación ...... 1.2. El proceso de evaluación general de riesgos............ 1.2.1. Procesos de evaluación general de riesgos y de evaluación específica de riesgos ............... 1.2.2. El proceso de evaluación de riesgos ............. 1.2.2.1. El proceso de evaluación del riesgo como elemento del proceso de ges- tión del riesgo .................................. Índice IX XIII XVII XXI 1 1 2 3 7 7 9 9 16 19 1.2.2.2. Acciones y principios durante el pro- ceso de evaluación de riesgos .......... 1.2.2.3. Tareas previas o preparatorias a la evaluación de riesgos ....................... 1.2.2.4. Tareas posteriores a la evaluación de riesgos ......................................... 1.2.2.5. Imposiciones legales en el procedi- miento de evaluación de riesgos ...... Capítulo 2: Métodos simplificados de evaluación de riesgos ......................................................... 2.1. Concepto de peligro y riesgo.................................... 2.2. Tipos de evaluación de riesgos................................. 2.3. Métodos simplificados de evaluación de riesgos ..... 2.3.1. Valoración simple o método ABC. ................ 2.3.2. El método binario .......................................... 2.3.3. El método William T. Fine............................ 2.3.4. Métodos de más de tres factores.................... Capítulo 3: Métodos complejos de evaluación de ries- gos. Seguridad industrial .......................... 3.1. Métodos de evaluación de riesgos de accidente....... 3.2. Métodos cualitativos................................................. 3.2.1. Métodos cualitativos específicos para riesgos mayores o graves y todo tipo de riesgos de accidentes en general..................................... 3.2.1.1. Análisis histórico.............................. 3.2.1.2. Análisis preliminar de riesgos ......... 3.2.1.3. ¿Qué ocurriría si?............................ 3.2.1.4. Listas de comprobación (Check List). Inspecciones o auditorías de seguridad.......................................... 3.2.1.5. Análisis de seguridad de los trabajos . 3.2.1.6. Análisis de riesgos y operabilidad (Hazop)............................................. X ÍNDICE 21 27 37 41 49 49 57 61 61 62 69 76 79 79 79 81 84 85 86 87 90 93 3.2.1.7. Análisis de modos de fallo y efectos (AMFE) ............................................ 3.2.1.8. Análisis de modos de fallo, efectos y criticidad (AMFEC) ...................... 3.2.1.9. Método UCSIP ................................. 3.2.1.10. Índice de Dow de incendio y explo- sión e índice de toxicidad............... 3.2.1.11. Índice de fuego, explosión y toxici- dad de MOND ................................ 3.2.1.12. Otros métodos: MOSAR, DELPHI, Simulación de fallos....................... 3.2.2. Métodos cualitativos específicos el cálculo del riesgo de incendio ................................... 3.2.2.1. Cálculo del riesgo intrínseco ........... 3.2.2.2. Método Gretener.............................. 3.2.2.3. Método de Gustav-Purt.................... 3.2.2.4. Método Meseri ................................. 3.2.2.5. Métodos de estimación de pérdidas máximas en siniestros (PML-EML) . 3.2.2.6. Método FRAME ............................... 3.2.2.7. Otros métodos de cálculo del riesgo de incendio ....................................... 3.2.3. La evaluación del riesgo en máquinas UNE- EN-1050:1997............................................... 3.3. Métodos cuantitativos .............................................. 3.3.1. Métodos para el cálculo de la frecuencia ...... 3.3.1.1. Análisis del árbol de fallos (FTA).... 3.3.1.2. Análisis del árbol de sucesos (ETA).. 3.3.1.3. Métodos para la determinación del fallo de modo común o causa co- mún................................................... 3.3.2. Métodos para el cálculo del alcance de efec- tos .................................................................. 3.3.3. Métodos para el cálculo de daños ................. 3.3.4. Métodos para el cálculo del riesgo total re- sultante .......................................................... ÍNDICE XI 99 101 101 107 118 121 122 126 131 135 139 139 141 159 160 168 170 173 177 180 182 184 188 Capítulo 4: Métodos complejos de evaluación de riesgos. Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada ........................... 4.1. Los riesgos higiénicos. La Higiene Industrial .......... 4.2. El proceso de evaluación del riesgo higiénico ......... 4.3. Evaluación de la atmósfera en el lugar de trabajo.... 4.4. La evaluación de otros agentes higiénicos ............... 4.5. La evaluación de los agentes ergonómicos y psico- sociológicos .............................................................. 4.6. La carga física y mental............................................ 4.7. El diseño y evaluación geométrica del puesto de tra- bajo ........................................................................... 4.8. Las condiciones ambientales .................................... 4.9. Métodos globales de evaluación de los puestos de trabajo....................................................................... Bibliografía ..................................................................... XII ÍNDICE 191 191 195 207 210 213 227 238 247 252 261 La evaluación del riesgo constituye una etapa fundamental que va a permitir establecer líneas de actuación válidas y efi- caces, tomar decisiones, fijar criterios, etc., etc., en múltiples ámbitos de lo social, entendiendo esto último en su acepción más amplia; en el deporte, en el plano militar, en el económico- financiero, en el arte (taurino), etc., etc., resulta esencial partir de una buena evaluación de riesgos; en caso contrario, el fra- caso está prácticamente asegurado. La evaluación de riesgos derivados de la actividad laboral, in- cluyéndose por tanto los relacionados con la seguridad industrial, ha tomado, conceptual y metodológicamente, una importancia capital en los últimos años. Ello ha sido así, a mi juicio, como consecuencia de la relevancia que ha adquirido, a su vez, la pre- vención de riesgos laborales, industriales y medio-ambientales. Y para prevenir hay que conocer —anticipadamente—. Los motivos de esta consideración creciente de lo preventi- vo son varios: exigencia moral—la más importante—, exi- gencia legal, repercusión económica y social, etc., etc. Lo cier- to es que la evaluación de riesgos, y ya me centro únicamente en los derivados de la actividad laboral tal cual recoge esta publicación, es una tarea esencial en los planos técnico y orga- nizativo, sea cual fuese la motivación que nos impulse. Prólogo XIII Pero: ¿qué es evaluar?, ¿por qué y para qué hay que eva- luar? Existen muchas definiciones al uso; desde las recogidas en los diccionarios de la lengua española hasta la más elabora- da incluida en la extinta norma «UNE 81902 EX. Sistemas de Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales. Definiciones». De una forma simplista pero sumamente clarificadora, puede decirse que «Evaluar supone conocer anticipadamente una si- tuación como paso previo para abordar medidas que, en caso necesario, mejoren esa situación». Y ya está. Esta definición tiene dos componentes: conocimiento anticipado y actuación subsiguiente. En consecuencia, la evaluación de riesgos deri- vados de la actividad laboral, no constituye una fase finalista, no tiene sentido en sí misma, sino como instrumento, como paso previo a «hacer cosas» orientadas a mejorar la situación preventiva. Por tanto, puede ser conveniente, y diría que indis- pensable, un abordaje gradual del proceso de evaluación pero que siempre nos permitiera desarrollar actividades, implantar medidas correctoras que supusieran, con carácter inmediato, mejorar la situación. En caso contrario, y con independencia de la salvaguarda del cumplimiento legal, se podría caer (¿se ha caído ya?) en un cumplimiento meramente documental y bu- rocrático de la legislación vigente. La Unión Europea, a través de su publicación «Directrices para la evaluación de riesgos en el lugar de trabajo», se acerca con esta filosofía al proceso de evaluación. La Ley 31/1995, de 28 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, el R.D. 39/1997, de 17 de enero, por el que aprobaba el Reglamento de los Servicios de Prevención, la Reglamentación (Reales Decretos) derivada de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales citada y, más recientemente, la Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de re- forma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales y el R.D. 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el ar- tículo 24 de la mencionada Ley de Prevención de Riesgos Labo- rales, patentizan la importancia de la evaluación de riesgos. Pero, para llevarla a cabo de la forma anteriormente apun- tada, hay que conocer los distintos métodos existentes para, de XIV PRÓLOGO esta manera, seleccionar y aplicar el más apropiado. Este libro aporta este conocimiento. El simple recorrido por los apartados que configuran su contenido permite colegir que manifiesta perfectamente el «estado de la cuestión» en lo que respecta a la evaluación de riesgos. Su autor, el profesor Juan Carlos Rubio Romero, es una persona que, en su todavía corta pero ya muy fructífera vida docente, ha mostrado un fuerte compromiso con lo preventivo-laboral; compromiso éste que comparte con todo lo relacionado con la organización y gestión de sistemas. Esta simbiosis es perfecta, ya que permite el establecimiento de líneas de actuación que supongan la integración de la preven- ción en el sistema general de gestión de las empresas, tal cual preconiza la ya mencionada Ley de Prevención de Riesgos Laborales e intenta facilitarla la reciente normativa. Queda mucho camino por recorrer en el fascinante mundo de la prevención de riesgos laborales. Este camino deberá ver- se facilitado por libros como éste que iluminen, faciliten y ayuden lo que exige la sociedad en el siglo XXI: unas condicio- nes de trabajo con el mínimo nivel de riesgo que permitan a las personas realizarse como tales. Le felicito sinceramente por la publicación de este libro, al mismo tiempo que me permito emplazarle —y animarle— a que continúe en esta línea. Sin duda que lo hará. SEBASTIÁN CHACÓN BLANCO Subdirector de Prevención de Riesgos Laborales Dirección General de Trabajo y Seguridad Social Consejería de Empleo Junta de Andalucía PRÓLOGO XV Me complace realizar la presentación del libro del catedráti- co EU de la UMA el Dr. Ingeniero Industrial profesor D. Juan Carlos Rubio Romero quien ofrece en esta publicación una com- pleta exposición de una de las cuestiones fundamentales en la gestión de la seguridad en las empresas cual es el análisis y valoración de los riesgos laborales. La preocupación por la prevención de la siniestralidad y por la seguridad laboral en la actividad productiva ha sido una cuestión que ha estado siempre presente, en mayor o menor grado, tanto entre los empleados, como entre los empleadores y en los dos últimos siglos, de forma relevante, en las institucio- nes públicas. No cabe duda que esta cuestión es de suma importancia. En un reciente informe se indicaba que España registra más de un millón de accidentes laborales al año y que, más allá del dolo- roso drama personal que ello implica, además, las numerosas bajas laborales y las jornadas perdidas como causa de esos ac- cidentes tienen un elevado coste económico para la sociedad y para las empresas que, entre gastos explícitos y gastos implíci- tos, se estimó fue en el año 2002 de 12.000 millones de euros lo que representó el 1,72% del PIB. La reducción de la siniestralidad y la mejora de la seguridad Presentación XVII en el trabajo es una tarea ardua y compleja que se ha venido desarrollando a lo largo de los años y que se ha visto condi- cionada e instrumentada por y con diversos factores y medios de carácter técnico, legal, social, económico, etc. Desde el punto de vista de la Administración de Empresas esta problemática ha experimentado últimamente una evolución radical, gracias a la acumulación de un cuerpo de conocimien- tos sobre planificación, organización y control en la gestión de los riesgos laborales, sobre técnicas de prevención y sobre el propio entorno empresarial, cultura y valores. Así, hoy en día se concibe la gestión de la prevención de los riesgos laborales según un modelo de gestión integrada y pro- activa con la que se pretende, implicando en ello a todos los ámbitos de la empresa, adelantarse a los acontecimientos y hechos indeseados en el trabajo para evitar que ocurran, apli- cando medios de prevención convenientes y desarrollando en la entidad una cultura organizativa de seguridad. Elemento clave de esta gestión es la evaluación de los ries- gos, lo que supone la identificación, análisis y descripción de estos, así como su valoración en función de su probabilidad de acaecimiento y de la entidad de sus consecuencias y también su caracterización según su controlabilidad y su tolerabilidad. Esta evaluación se estructura de modo que se estudian todos los elementos peligrosos y riesgos importantes, lo que permite la pormenorización de las actuaciones y examinar si los riesgo puede eliminarse, incidiendo en sus causas. Por consiguiente es este un proceso dirigido a estimar la magnitud de aquellos riesgos que no hayan podido evitarse, obteniendo la informa- ción necesaria para que el empresario este en condiciones de tomar una decisión apropiada sobre la necesidad de adoptar medidas preventivas y, en tal caso, sobre el tipo de medidas que deben adaptarse. Algunos autores apuntan que la metodología de evaluación de riesgos laborales tiene su antecedente en los trabajos, en 1962, de la Bell Telefhone Laboratories y la Air Force´s Mi- nuteman Missile System sobre el análisis de riesgos mediante XVIII PRESENTACIÓN árboles de fallos. Lo cierto es que a lo largo de estas últimas décadas han sido numerosas las aportaciones en este campo y que en la actualidad existen numerosos métodos con diversa entidad de aplicación, ya sea global, general o especifica, y de diferentes grados de complejidad que permiten adecuarse a las necesidades de cada perspectiva y circunstancia de evaluación (métodos ABC, HAZOP, AMFE, MOSAR, USCIP, etc). Los métodos de evaluación de riesgos, vienen siendo utili- zadostanto por imperativo legal, como por motivos técnicos, con el fin de ayudar a los profesionales de la seguridad a la toma de decisiones, pudiéndose afirmar de ellos que, están asociados al estudio de la fiabilidad de los sistemas, subsiste- mas y componentes, al estudio del comportamiento humano y, más recientemente, a través de la ISO 18001, al paradigma de Calidad Total, asociación que ofrece la expectativa de un inte- resante efecto sinérgico con la gestión de la calidad y con la gestión medioambiental y sus respectivas normas ISO 9001 e ISO 14001. El trabajo del profesor Rubio Romero sobre estos temas es encomiable por la facilidad con que combina en su tratamiento y exposición rigor y profundidad con accesibilidad y amenidad. Se trata de un libro bien documentado y actualizado, cuya ela- boración y contenido deja entrever un conocimiento profundo y muy meditado de la realidad de la evaluación de los riesgos la- borales en la actividad productiva. El autor de esta obra tiene una amplia experiencia, por haber desarrollado parte de su vida profesional en el sector, como ingeniero responsable del servicio de prevención de riesgos la- borales de una mutua y un extenso conocimiento sobre el tema por sus estudios e investigaciones plasmadas en variadas apor- taciones, comunicaciones y ponencias, a jornadas y congresos así como artículos y libros (Las normas OHSAS 18001 de ges- tión de la seguridad y salud laborales, Prevención n.o 156, 2001, Organización y gestión de la prevención de riesgos la- borales en fabricas,Capital Humano n.o 155, 2002, etc; La pre- vención de riesgos laborales, Ed. COIIAO, Málaga, 2002, etc). PRESENTACIÓN XIX Así, la actualización permanente del autor ha quedado de manifiesto en sus publicaciones previas, siempre en vanguardia de esta temática. Este libro, pues, no es algo fortuito sino el re- sultado de un esfuerzo continuado, durante años dedicado al es- tudio de la prevención de riesgos laborales en las empresas industriales, la metodología de su evaluación y el diseño de los sistemas de gestión adecuados. He de decir, por último, que la presentación de este libro su- pone para mi un doble motivo de satisfacción: el de haber te- nido la oportunidad de acceder a un manuscrito, redactado con rigor, sobre un tema de suma actualidad y que me interesa de modo particular y el de poder haber apreciado la calidad de este trabajo lo que me ha enorgullecido por la amistad que me une con su autor y la estima que le tengo. Málaga, Febrero, 2004 A. ALFREDO AGUIRRE SÁDABA Catedrático de Organización de Empresas Universidad de Málaga XX PRESENTACIÓN El actual marco normativo en prevención de riesgos labo- rales subraya la importancia que la evaluación de riesgos la- borales tiene como instrumento para planificar la prevención de riesgos laborales. Y esto a pesar de que la Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales, en su artículo segundo, punto dos, modi- fica el título del artículo 16 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, que ahora pasa a denominarse «Plan de prevención de riesgos laborales, evaluación de riesgos laborales y planifi- cación de la actividad preventiva» cuando antes se denominaba a secas «evaluación de riesgos laborales». Sin embargo la nue- va situación no minora la importancia de la evaluación de ries- gos, ya que siempre tuvo la misma, es decir mucha. No obs- tante en demasiados casos, tanto los técnicos como los empresarios y las autoridades, todos, le otorgamos una impor- tancia desmedida a la simple posesión del documento donde se registraba tal evaluación. La importancia de la evaluación es real, a pesar de esta so- brevaloración del «papel», y a pesar de las muchas evaluacio- nes de baja calidad que el mercado dirigido con este enfoque ha facilitado. Creemos que la evaluación continúa siendo la acti- vidad preventiva por excelencia, y su correcta elaboración si- Introducción XXI gue siendo el paso imprescindible para una ejecución de las ac- tividades posteriores de forma eficaz y coherente con los ries- gos existentes en los lugares de trabajo. Es más, el técnico de prevención de riesgos laborales es además de un asesor de gestión de la prevención, sobre todo un técnico especialista en la evaluación de riesgos, siendo otros los especialistas en el diseño del control de riesgos. Por esto creemos oportuna la publicación de este libro, ya que en consonancia con la importancia de tal técnica preventi- va echamos en falta un texto enfocado exclusivamente a la misma. Sin embargo este libro surgió en primera instancia mo- tivado por dotar de un soporte escrito a la asignatura de Segu- ridad Industrial que imparto en 4.o Curso de las titulaciones im- partidas en la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Industriales de Málaga. Por este motivo, por denominarse la asignatura como Seguridad Industrial, y por estar esta centrada en la seguridad, es por lo que este libro trata con cierta profun- didad dichos métodos y con menor profundidad los métodos relacionados con la higiene y la ergonomía y psicología. No obstante, no nos parecía oportuno dejar de tratar aspectos de la evaluación de riesgos referidos a la higiene industrial y a la er- gonomía y psicosociología aplicada, por eso y aunque solo sea a modo de introducción, hemos creído oportuno dedicar el último capítulo a introducir las particularidades de la evalua- ción de riesgos laborales en dichas disciplinas. Así, en el primer capítulo se profundiza en la evaluación ge- neral de riesgos, ya que esta constituye el elemento fundamen- tal de ordenación de la gestión de la prevención de los riesgos laborales, a partir de la cual se planificará la actividad en esta materia en la empresa. El objetivo fundamental de este capítulo es pues la eva- luación general de riesgos y los métodos simplificados de evaluación de riesgos. Para abordar este tema se lleva a cabo una revisión de los antecedentes históricos de los métodos de evaluación, comenzando por los métodos impuestos por la le- gislación, de los que se destacan los Planes de Seguridad e XXII INTRODUCCIÓN Higiene en obras y los Estudios de Seguridad en los casos de riesgos mayores. Posteriormente se aborda el proceso de evaluación general de riesgos, primero haciendo un análisis de las principales ta- reas del proceso de gestión del riesgo; segundo estudiando las tareas anteriores y posteriores al propio análisis y valoración del riesgo; y en tercer lugar comentando otras tareas comple- mentarias al análisis y valoración del riesgo. En el segundo Capítulo se realiza una clasificación de los métodos de evaluación de riesgos según distintos criterios, para a partir de ella estudiar los métodos simplificados de eva- luación de riesgos, el método ABC, el método binario, el mé- todo William T. Fine y otros métodos de más de tres factores, métodos que se usan fundamentalmente para llevar a cabo la evaluación general de riesgos. Pero la evaluación general detectará la necesidad en deter- minados riesgos de proceder al estudio minucioso o específico de los mismos, lo que requerirá la utilización en la mayoría de los casos de métodos complejos. En el tercer Capítulo nos ocupamos de dichos métodos complejos de evaluación de ries- gos en el contexto de la seguridad. Así, se llevará a cabo una revisión de los métodos de eva- luación de riesgos de accidente, clasificados en cualitativos y cuantitativos. Por un lado los métodos cualitativos utilizados para la evaluación de riesgos graves o mayores en particular, y que en muchos casos también pueden emplearse para cual- quier tipo de accidente en general. A partir del método más sencillo, el análisis histórico de los accidentes ocurridos, se estudian los restantes, el análisis preliminar de riesgos, el mé- todo ¿Qué ocurriría si...?, las listas de comprobación o che- queo, las auditorías de seguridad, y el análisis de seguridad de los trabajos. A continuación se abordan los métodos más complejos de evaluación cualitativa de los riesgosgraves o mayores, como son el HAZOP, el AMFE, el AMFEC, el UC- SIP y los métodos semicualitativos DOW y MOND para la evaluación específica del riesgo de incendio, explosión y toxi- INTRODUCCIÓN XXIII cidad. Se realiza un comentario relativo a otros métodos cuali- tativos que se usan con menos frecuencia, como el Delphi, el Mosar o la simulación de fallos. Posteriomente se repasa la le- gislación contra incendios, destacándose la naturaleza espe- cial de este tipo de riesgo y la dificultad que conlleva su eva- luación, y se concluye revisando los métodos específicos de evaluación del riesgo de incendio tales como el método del riesgo intrínseco, Gretener, Gustav Purt, Frame, Meseri, Esti- mación de Pérdidas Máximas, etc. Se completa el epígrafe con un examen en profundidad, dado su especial carácter y signifi- cado, de la norma EN-UNE-1050:1997 sobre la evaluación del riesgo en máquinas. Se finaliza el capítulo abordando los métodos cuantitati- vos de evaluación del riesgo de accidente. En primer lugar aquellos que se emplean para la evaluación cuantitativa de la frecuencia de ocurrencia, métodos que se basan en los datos de fiabilidad de componentes y de las personas, y en el trata- miento estadístico de los mismos. En concreto se estudian las técnicas conocidas como árbol de fallos, árbol de sucesos y los métodos para la determinación del fallo de modo común o causa común. A continuación, después del estudio del cálculo de los daños previstos, se procede a la enumeración y descrip- ción de los complejos métodos de cálculo de los efectos físicos de los siniestros. Se continúa con el estudio del método Probit de vulnerabilidad de las personas, y se concluye el capítulo revi- sando la última etapa de la valoración del riesgo. El último capítulo, tiene como objetivo la evaluación de los riesgos en el contexto de la higiene industrial y la ergono- mía y la psicosociología aplicada. Se analiza la metodología propia de la evaluación de los riesgos higiénicos, identificando la diferencia con los riesgos de accidente, de cara a su valora- ción, para relacionar las ramas de la Higiene Industrial y resu- mir sus características más importantes. Posteriormente se abordan las diferentes etapas de la valoración del riesgo higié- nico, partiendo de la recogida de datos con la encuesta higié- nica, las estrategias de muestreo, los métodos de toma de mues- XXIV INTRODUCCIÓN tras en función del contaminante, los errores de muestreo, la obtención por la Higiene Analítica de las concentraciones pre- sentes en el puesto de trabajo, y la valoración del riesgo me- diante la comparación con los estándares que da la Higiene Teórica. En este punto son descritos los límites de exposición más utilizados. Se termina esta parte del capítulo comentando una clasificación de las medidas de control utilizadas en la Hi- giene Operativa. La segunda parte de este último capítulo comienza expo- niendo las dificultades de medición y delimitación de estos riesgos, así como el carácter multidisciplinar necesario para su tratamiento. Seguidamente se estudian las etapas más ca- racterísticas de los métodos y se finaliza con el análisis de los métodos más tradicionales de tipo global. Por último, para finalizar esta introducción quisiera agra- decer a mi familia, amigos y compañeros, su apoyo y sacrificio en horas perdidas con motivo de la realización de este libro, y por supuesto a Sebastián y a Alfredo y el que se hayan presta- do a prologar y presentar el libro. Málaga, diciembre de 2003 JUAN CARLOS RUBIO ROMERO Catedrático E. U. Organización de Empresas Escuela Técnica Superior de Ingenieros Industriales Universidad de Málaga INTRODUCCIÓN XXV 1.1. ANTECEDENTES DE LA EVALUACIÓN DE RIESGOS La evaluación de riesgos no es una técnica inventada con motivo de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (en adelante LPRL), los métodos de evaluación de riesgos vienen usándose desde hace varias décadas, tanto por obli- gación legislativa, como por motivos técnicos con el fin de ayudar a los profesionales de la seguridad en la toma de decisiones. Así, los métodos de evaluación de riesgos han estado uni- dos al estudio de la fiabilidad de los sistemas, los subsistemas y los componentes, además de al estudio del comportamiento humano, siendo su objetivo fundamental anticiparse a los po- sibles sucesos no deseados, con el fin de tomar las medidas oportunas previamente. En este epígrafe comentaremos solo alguno de los antece- dentes de la evaluación de riesgos, tales como los siguientes: • Los planes de seguridad e higiene en el trabajo en los proyectos de edificación y obras públicas. • La evaluación de riesgos mayores o graves. 1 La evaluación general de riesgos 1 • La calificación de las instalaciones eléctricas de la MIE- BT-043). • Los planes de labores de la minería. • El cálculo de riesgo intrínseco de incendio de la NBE- CPI-82. • Otros métodos de evaluación como el Gretener, Dow, etc. 1.1.1. Antecedentes desde un punto de vista técnico Como técnica, el concepto de evaluación de riesgos para la prevención de accidentes era ya conocido y manejado por los técnicos con anterioridad a la LPRL. No obstante, estas técni- cas son relativamente recientes, remontándose a 1960 cuando aparece el primer método de «Cálculo y apreciación del riesgo de incendio en 10 puntos» (ITSEMAP, 1998). Como precursores en la realización de evaluaciones de ries- gos contamos con los trabajos realizados en las industrias ae- roespacial y nuclear, dado el gran potencial de daño asociado al riesgo de ellas, actuaciones que se extendieron con posteriori- dad a la industria química. Fue en 1962 cuando la Bell Telef- hone Laboratories en colaboración con el Air Force´s Minute- man Missile System inició el análisis de riesgos mediante árboles de fallos, método que fue desarrollado por la Boeing Aircraft Corporation. Con posterioridad, algunas variantes de estos métodos, como los estudios de riesgos y operabilidad, Hazop, y los estudios cuantitativos de riesgos como el Hazan, fueron aplicados por la Imperial Chemical Industries y el resto de grandes empresas de la industria química (Ramos, 1989). No podemos olvidarnos que también las compañías de se- guros con una visón amplia del riesgo, que incluye los riesgos patrimoniales (pérdidas de beneficios, intrusismo, catástrofes, medio ambiente, etc.) han venido aplicando técnicas de eva- luación de riesgos en sus metodologías de gerencia de ries- gos, para la eliminación, reducción, retención y transferencia de los mismos (ITSEMAP, 1998). 2 MÉTODOS DE EVALUACIÓN DE RIESGOS LABORALES Por último, queremos destacar el hecho de que, tradicio- nalmente, para valorar un puesto de trabajo se han venido uti- lizando estas técnicas de evaluación de riesgos, en el sentido de señalar de la manera más objetiva e impersonal las dificultades de los trabajos desarrollados, suponiendo que quien realiza la tarea es un operario normal, y teniendo en cuenta solo las ca- racterísticas o factores que definen el propio trabajo. Respecto a esta evaluación de puestos de trabajo, la mayo- ría de autores clasifican los factores utilizados para valorar los puestos de trabajo en cuatro grupos, factores de capacidad, responsabilidad, esfuerzo y condiciones de trabajo, y ha sido en estos dos últimos grupos en los que se ha venido incluyendo una evaluación de riesgos. No obstante, observamos dos dife- rencias fundamentales con las técnicas utilizadas en prevención de riesgos laborales, la primera es que hemos de obtener un único valor por puesto y no por riesgo, y la segunda es que la valoración de estas técnicas según Fertonani y Grosso, se rea- liza sobre la base de valorar «el peligro de accidente al cual está expuesto el titular de una tarea durante la ejecución de la misma aun en el caso de que cumpla las normas y medidas de seguridad prescritas»; en otras palabras, sin considerar el cum- plimiento o no de las medidas de seguridad, y por tanto en función del riesgo intrínseco de dicho puesto. Así un operariode oficina estará expuesto a accidentes menos graves que un minero, aunque en dicha mina se cumplan las medidas de se- guridad al pie de la letra. 1.1.2. Los planes de seguridad e higiene en el trabajo en los proyectos de edificación y obras públicas De los diversos precedentes que nos encontramos en la evaluación de riesgos, destacamos por su trascendencia entre los profesionales de la Seguridad e Higiene, los planes de se- guridad e higiene en el trabajo que se regulaban en el R.D.555/1986, de 21 de febrero, por el que se implantaba la LA EVALUACIÓN GENERAL DE RIESGOS 3 obligatoriedad de la inclusión de un estudio de seguridad e hi- giene en el trabajo en los proyectos de edificación y obras públicas, y que establecía para las obras de más de 100 millo- nes de presupuesto global o más de 50 trabajadores en fase punta o en el caso de obras singulares la obligatoriedad de lle- var a cabo dicho estudio así como un plan de seguridad e hi- giene. Dichos estudios y planes de seguridad e higiene son los equivalentes al actual estudio o estudio básico de seguridad y salud y al plan de seguridad y salud, exigidos en el R.D. 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposi- ciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construc- ción. La equivalencia la establecemos basándonos en dos cues- tiones, por un lado, el R.D. 1627/1997 en su disposición derogatoria única sustituye al anterior R.D. 555/1986, y recoge en su art. 7, en su punto 3, que el plan de seguridad y salud en el trabajo, «...constituye el instrumento básico de ordenación de las actividades de identificación y en su caso evaluación de los riesgos y planificación de la actividad preventiva…», pode- mos por tanto considerar que el antiguo plan de seguridad e hi- giene, sustituido por el nuevo plan de seguridad y salud, cons- tituye un antecedente de la actual evaluación de riesgos. Por otro lado la Dirección General de la Inspección de Trabajo, con fecha 13 de marzo de 1997, contestando a la cuestión de la compatibilidad del plan de seguridad e higiene contemplado en el R.D. 555/1986, con la evaluación de riesgos exigida en la LPRL y RSP, cuestión planteada por la Inspección Provincial de Valencia y donde se dejan pocas dudas, al responder lo si- guiente: «Si nos tuviéramos que atener a un criterio estrictamente for- malista, tendríamos que contestar que se trata de dos documentos distintos, compatibles, que tienen que tener las empresas que re- sulten obligadas, y cuya infracción, calificada como grave, está contenida en preceptos distintos, como son el art. 47.1 (evaluación de riesgos) y el 47.6 (plan de seguridad e higiene en la construc- ción) de LPRL. 4 MÉTODOS DE EVALUACIÓN DE RIESGOS LABORALES Pero el art. 3.1 del Código Civil nos indica que las normas se interpretarán atendiendo fundamentalmente al espíritu y finalidad de aquellas. Ello hace que en definitiva nos inclinemos por consi- derar que el R.D. 555/1986 (evidentemente vigente, pues si no carece de apoyo sustantivo el art. 47.6 LPRL) establece las mismas obligaciones y cumple las mismas funciones que la evaluación de riesgos. El mencionado R.D. 555/1986 es un claro precedente, aplicado a unas determinadas empresas, de lo que la LPRL denomina eva- luación de riesgos, si bien se estructura formalmente en dos docu- mentos: el estudio de seguridad que firma el autor del proyecto de ejecución de obras, y el plan de seguridad e higiene que elabora el contratista, el constructor principal o el propietario de la obra. Efectivamente entre ambos documentos, tal como se regulan en el R.D. 555/1986, se recogen todos los requisitos de la evaluación de riesgos de la LPRL y artículos 4, 5 y 6 RSP: • Hay una evaluación inicial de los riesgos. • Combate los riesgos en su origen. • Hay una aplicación concreta a las características de cada puesto. • Hay una comunicación y consulta a los órganos de repre- sentación de los trabajadores (art. 4.2 R.D. 555/1986) aunque evidentemente las menciones al Comité de Seguridad e Hi- giene y al Vigilante de Seguridad deben entenderse ahora a los Delegados de Prevención y a los Comités de Seguridad y Salud. • Se pueden introducir modificaciones en función de nuevas incidencias (art. 4.4 R.D. 555/1986). Solamente es de destacar como especial característica de la evaluación de riesgos de LPRL y RSP, no recogida expresamente en el R.D. 555/1986, la adaptación al trabajo de las personas, ate- nuar las consecuencias del trabajo monótono y repetitivo, y el caso de los trabajadores especialmente sensibles a algunas condiciones. Pero el hecho de que no se mencionen expresamente no quiere de- cir que no puedan introducirse como unas medidas más de preven- ción de riesgos, en el plan de seguridad e higiene de las obras. En definitiva, creemos que es correcta la opinión de la Inspec- ción de Valencia al considerar que el cumplimiento del R.D. 555/1986 sustituye a las obligaciones del art.o 16 LPRL y concor- LA EVALUACIÓN GENERAL DE RIESGOS 5 dantes del RSP. Además, al abarcar todo el proceso de ejecución, puede servir de evaluación para todas las empresas contratistas y subcontratistas que intervienen en cada obra, debiéndose aplicar en la elaboración del plan, especialmente en sus modificaciones pos- teriores, los principios de coordinación de actividades empresaria- les, tal como se regulan el art.o 24 de la LPRL». Para terminar diremos que en cuanto a la equivalencia entre el plan de seguridad y salud y la evaluación de riesgos, es ne- cesario realizar algunas matizaciones. Así, si bien el plan cons- tituye parte de la evaluación, esto no quiere decir que sea el equivalente. Según la interpretación que hace la Comisión Na- cional de Seguridad y Salud del Trabajo en su documento al respecto, la evaluación de riesgos en una empresa dedicada a la construcción constará de un primer documento donde se in- cluyan todos aquellos puestos de trabajo no directamente im- plicados en sus tareas en el lugar de la obra, y nos referimos a los puestos de administración, almacenes, transporte, comer- cial, etc. También este primer documento deberá incluir una evaluación de tipo genérico de aquellos puestos o tajos impli- cados en los lugares de trabajo de obra, de manera que identi- fique y evalúe aquellos riesgos típicos del oficio, independien- temente de las obras específicas en las que se esté trabajando o se pueda trabajar. Este documento de evaluación de tipo genérico está com- plementado a nivel de detalle con el plan de seguridad y salud de todas aquellas obras en las que participe la empresa, plan que constituye el documento específico para cada obra en par- ticular. Esta interpretación parece coherente y lógica con el espíri- tu de la LPRL, ya que la evaluación debe servir para realizar la planificación de las actuaciones preventivas en la empresa, y difícilmente puede hacerse una planificación incluyendo to- dos aquellos riesgos a los que se expondrá un trabajador a lo largo del tiempo, considerando únicamente los riesgos impli- cados en una obra específica que durará en el tiempo un corto periodo del mismo. 6 MÉTODOS DE EVALUACIÓN DE RIESGOS LABORALES 1.1.3. La evaluación de riesgos mayores o graves Otro antecedente de la evaluación de riesgos lo encon- tramos en el R.D.886/1988, de 15 de julio, sobre prevención de riesgos mayores en determinadas actividades (BOE de 5 de agosto), donde en su art. 5, en su punto 2, apartado a, el legis- lador incluye dentro de las medidas de autoprotección «la iden- tificación y evaluación de los riesgos posibles de accidentes mayores en sus instalaciones.» Este Real Decreto, que era co- nocido como la Directiva «Seveso», quedó derogado por la Directiva «CORAG», Directiva 94/C106/04 CEE, transpuesta en el R.D. 1254/1999, de 16 de julio, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, en el que destaca el papel preponderante de las herramientas de gestión con respecto al Real Decreto anterior y que comentaremosen el capítulo siguiente. 1.1.4. Otros antecedentes en la reglamentación Entre los reglamentos técnicos sobre instalaciones y produc- tos industriales, el concepto de evaluación de riesgos ya se venía utilizando. Como ejemplos veamos cuatro casos relevantes, el primero de ellos lo resaltamos por su importancia en práctica- mente todos los lugares de trabajo, nos referimos a la MIE-BT- 043 del anterior Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (Decreto 2413/1973 de 20 de septiembre), sobre calificación de las instalaciones eléctricas como resultado de las inspecciones re- alizadas. En esta instrucción complementaria, se puede calificar a las instalaciones de tres formas: favorablemente, condicional- mente o negativamente, en función de los defectos detectados durante las inspecciones realizadas por el personal facultativo de las Delegaciones Provinciales del Ministerio de Industria, de- fectos que podrán ser calificados como críticos, mayores o me- nores. Como ejemplo se consideraba un defecto menor a: LA EVALUACIÓN GENERAL DE RIESGOS 7 «Todo aquel que no supone peligro para las personas o las co- sas; no perturba el funcionamiento de la instalación y en el que la desviación observada no tiene valor significativo para el uso efecti- vo o el funcionamiento de la instalación eléctrica de baja tensión». Como ya veremos al adentrarnos en los siguientes epígrafes de este capítulo, esta calificación no es más que un método de evaluación específico y simplificado de tipo ABC. Como segundo ejemplo, destacamos el papel que ha jugado en el mundo de la seguridad el Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera y sus ITC correspondientes, y en particular, los Planes de labores como actividades de planifi- cación de las labores preventivas y que podíamos considerar un antecedente de evaluación de riesgos y de planificación de la acción preventiva por su similitud con los planes de seguridad y salud en las obras de construcción. El tercer antecedente que elegimos (aunque no llegó a ser de obligada aplicación) figuraba en la NBE-CPI-82 (1982)1, nos referimos al Apendice IV sobre clasificación de las insta- laciones y de almacenamiento, según su grado de peligrosidad, que valoraba el riesgo basándose en la carga de fuego ponde- rada según el método de valoración del riesgo intrínseco (Vi- llanueva, 1983b), dicha norma se basaba en el método de Max Gretener de cálculo de riesgo de incendio y en la Ordenanza municipal de prevención de incendios del término municipal de Zaragoza, de 1981. Como cuarto ejemplo tenemos a la evaluación del riesgo de las sustancias nuevas a que se refiere el R.D.363/1995, de 10 de marzo por el que se aprueba el Reglamento sobre notificación de sustancias nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de sus- tancias peligrosas. En este Reglamento se establece que el noti- ficante (fabricante o su representante o persona establecida en la Unión Europea responsable de la comercialización) de una sus- tancia nueva de entre las que están obligadas (aquellas no exen- 8 MÉTODOS DE EVALUACIÓN DE RIESGOS LABORALES 1 En el Reglamento de 2001 de Condiciones de Seguridad Contra Incendios en la Industria, si es de obligado cumplimiento. tas según el art. 13, como las que figuran en el catálogo de la EINECS) a notificar a la autoridad competente una serie de do- cumentos, deberá llevar a cabo entre otras una evaluación del riesgo que incluya la identificación del peligro, la evaluación de la relación dosis (concentración)-respuesta (efectos), la evalua- ción de la exposición, y la caracterización del riesgo. Queremos matizar que entre otras peculiaridades la evaluación del riesgo se realiza desde dos puntos de vista: evaluación del riesgo (salud humana) y evaluación del riesgo (medio ambiente). Por último diremos que los ejemplos en la legislación labo- ral son numerosos, desde la evaluación del riesgo de exposición al ruido en el puesto de trabajo (R.D.1316/1989 de 27 de octu- bre), la concentración promedio permisible de fibras de amian- to en el ambiente de trabajo (Orden de 31 de octubre de 1984), o los límites de exposición al cloruro de vinilo monómero (Or- den de 9 de abril de 1986). 1.2. EL PROCESO DE EVALUACIÓN GENERAL DE RIESGOS En este epígrafe estudiaremos el proceso de evaluación de riesgos, distinguiendo previamente entre evaluación general y específica de riesgos, para posteriormente, y tras tratar el pro- ceso de una manera sintética y esquemática, pasar a un análisis más exhaustivo de las tareas que incluye, sin olvidarnos de las imposiciones que legalmente la LPRL impone al proceso de evaluación de riesgos. 1.2.1. Procesos de evaluación general de riesgos y de evaluación específica de riesgos La terminología utilizada en cuanto a la evaluación de ries- gos es muy variada y está poco estandarizada, así por ejemplo la Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de LA EVALUACIÓN GENERAL DE RIESGOS 9 Vida y de Trabajo denomina evaluación de los lugares de tra- bajo (1996:14) a: «…analizar el trabajo de forma sistemática en todos sus aspectos, con el fin de identificar situaciones o actividades que puedan cau- sar efectos no deseados, como accidentes, enfermedades o inquie- tud. La evaluación de las situaciones desfavorables también forma parte de la evaluación». Por otro lado, para la Fundación es preciso distinguir entre evaluación del lugar de trabajo, por una parte, y evaluación de riesgos, por otra. Así, la evaluación del lugar de trabajo adop- ta un enfoque amplio y se centra fundamentalmente en la in- troducción de mejoras en la situación de trabajo. Abarca todos los aspectos del mismo, como medio ambiente físico y quími- co, ergonomía, seguridad, tensión mental y factores relativos a la organización, y no siempre necesita de una cuantificación de lo evaluado, es considerada ante todo un instrumento de la empresa. En este sentido, nosotros pensamos que la Funda- ción está incluyendo en esta evaluación de los lugares de tra- bajo aspectos que en la terminología de los sistemas normali- zados de gestión llamamos revisión inicial o diagnóstico. Sin embargo la evaluación de riesgos tiene para la Funda- ción un significado más específico, la principal diferencia es que se ocupa básicamente de la valoración y cuantificación de los riesgos (ver Tabla 1.1), siendo su objetivo cuantificarlos para así poder decidir y priorizar. La evaluación de riesgos suele centrarse en un supuesto, como pueden ser la explosión de un depósito de gas o una emisión de sustancias tóxicas. Por otro lado, la Dirección General V. Empleo, Relaciones Laborales y Asuntos Sociales de la Comisión Europea, en su documento sobre directrices para la evaluación de riesgos en el lugar de trabajo, denomina evaluación global de riesgos a lo si- guiente (Comisión Europea, 1996: 11): «El proceso de valoración del riesgo que entraña para la salud y seguridad de los trabajadores la posibilidad de que se verifique un determinado peligro en el lugar de trabajo». 10 MÉTODOS DE EVALUACIÓN DE RIESGOS LABORALES LA EVALUACIÓN GENERAL DE RIESGOS 11 Tabla 1.1. Diferencias entre evaluación de los lugares de trabajo y la evaluación de riesgos Evaluación del lugar de trabajo La evaluación del lugar de trabajo es un concepto amplio cuyo objeti- vo es identificar posibles peligros y mejorar la situación de trabajo. En muchos casos es un proceso cualitativo, aunque puede ser tam- bién cuantitativo, en caso de que sea necesario. Abarca numerosos aspectos, algu- nos de naturaleza cualitativa o sub- jetiva. Se ocupa de los riesgos para la salud y la seguridad, así como del bienestar en el trabajo. Una evaluación básica del lugar de trabajo requiere unos conocimien- tos o experiencia esenciales; para la realización de evaluaciones ex- haustivas puede ser necesario recu- rrir a especialistas. Se ocupa asimismo de los resulta- dos positivos del trabajo (satisfac- ción en el puesto, salud, etc. —desde el punto de vista del trabajador—, o mejora del rendimiento —desde el punto devista de la empresa). Evaluación de riesgos El riesgo requiere una definición precisa. Existen diversas definicio- nes (según el contexto). Su objetivo es la cuantificación; se calculan los riesgos con el fin de indicar la aceptabilidad de determi- nados riesgos. En muchos casos se centra en los principales peligros y riesgos rela- cionados con la seguridad técnica. En determinados contextos tiene un significado más amplio 2. En general, las evaluaciones de riesgos deben ser realizadas por es- pecialistas. Se centra principalmente en los re- sultados negativos. 2 Entendemos que se refiere a las evaluaciones específicas posteriores a la evaluación de los lugares de trabajo, exigidas por la necesidad de profundizar en determinados aspectos o por la imposición de la legislación industrial o de la le- gislación laboral, como puede ser las evaluaciones específicas impuestas por el R.D. 1316/1989 sobre protección de los trabajadores frente al ruido durante el trabajo. (FUENTE: Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo, 1996:33). La Comisión Europea plantea también una distinción entre evaluación global de riesgos, concepto no coincidente exacta- mente con el de evaluación de los lugares de trabajo de la Fundación, y evaluación de riesgos, similar a la evaluación de los riesgos y que precisa de un estudio más minucioso de los riesgos; o sea, conceptualmente semejante a lo que la Fundación denomina evaluación de riesgos a secas. La Comisión orienta al respecto argumentando que a menudo resulta útil plantear el proceso de evaluación de riesgos como un todo que consta de varias fases sucesivas, cada una de las cuales proporciona su- cesivamente un enfoque más preciso, o un conocimiento más profundo de un aspecto concreto. A grandes rasgos, estas fases serían las siguientes (Comisión Europea, 1996:19): 1. Una evaluación global que establezca una distinción entre riesgos conocidos, cuyas medidas de control pueden de- terminarse de inmediato y cuya aplicación puede compro- barse, y riesgos que requieren un estudio más minucioso. 2. Una evaluación de los riesgos que exige un estudio más minucioso. Esta fase puede conducir a fases posteriores en caso de que sea necesario aplicar medios más sofisti- cados de evaluación de riesgos en situaciones complejas. Por otro lado la transposición de la Directiva Marco en la LPRL, nos habla en su art. 16.1 de «...una evaluación inicial de riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores, que se realizará, con carácter general», que coincide a nuestro enten- der con el concepto de evaluación global antes comentado, pero que una vez realizada puede reflejar en determinados ca- sos la necesidad de llevar a cabo evaluaciones específicas, so- bre ciertos riesgos en particular. Para nosotros, por tanto, la LPRL3 utiliza el mismo término para ambos conceptos de evaluación, aunque hable de carácter 12 MÉTODOS DE EVALUACIÓN DE RIESGOS LABORALES 3 El matiz de «inicial» lo utiliza la LPRL para hacer hincapié en la necesi- dad de realizarla con anterioridad a la puesta en marcha de los trabajos, y pier- de ese matiz cuando se trata de revisión o de actualización de la misma, deno- minándose entonces evaluación de riesgos a secas. general y específico, para distinguir entre la global y la eva- luación que exige un estudio más minucioso de la Comisión. Posteriormente el INSHT, en su documento divulgativo so- bre la evaluación de riesgos laborales (1996a), basado en un anexo de la guía británica BS 8800, llevó a cabo una clasifica- ción de los tipos de evaluación de riesgos, que copiada casi en su totalidad por diversas instituciones y organismos, como por ejemplo APA, puede inducir a cierto error en el planteamiento de la evaluación general de riesgos (aunque presuponemos que no fue este su ánimo, obviamente). Para clarificar esta situación de confusionismo terminoló- gico veamos como el INSHT clasifica a los tipos de evaluación en cuatro grandes bloques (INSHT, 1996a:11): • Evaluaciones de riesgos impuestas por legislación espe- cífica. • Evaluación de riesgos para los que no existe legislación específica pero están establecidas normas internacionales, europeas, nacionales o en guías de organismos oficiales u otras entidades de prestigio. • Evaluación de riesgos que precisa de métodos especiali- zados de análisis. • Evaluación general de riesgos. El INSHT (1996a:13) dice textualmente al referirse a la evaluación general de riesgos que «cualquier riesgo que no se encuentre contemplado en los tres tipos de evaluaciones ante- riores, se puede evaluar mediante un método general de eva- luación como el que se expone a continuación», y puesto que propone para esta un método binario4, y además clasifica el res- to de evaluaciones designándolas como, aquellas que «precisan métodos especializados...», evaluaciones «impuestas por...», LA EVALUACIÓN GENERAL DE RIESGOS 13 4 El método debe ser binario según la LPRL, ya que el artículo 4. 2o de de- finiciones establece que «para calificar un riesgo desde un punto de vista de su gravedad, se valorarán conjuntamente la probabilidad de que se produzca el daño y la severidad del mismo. En el capítulo siguiente se describirán los mé- todos simplificados de evaluación de riesgos, entre otros el método binario. o evaluaciones para las que «están establecidas en normas... de reconocido prestigio...», puede parecerle erróneamente al lec- tor que solo deberá utilizar el método simplificado binario para aquellos riesgos que no precisen de métodos específicos, no exista legislación que les imponga el método de evaluación o no se tengan métodos de evaluación de reconocido prestigio; es decir, puede parecer que supone una alternativa para cuando no exista ningún otro método. Esto, como ya hemos visto con el documento de la Comi- sión (que distingue entre global y específica) no es así, no es un método de «socorro» sino todo lo contrario, es el primer méto- do que por lo simplificado, es de uso óptimo en una primera aproximación global o fase inicial, es el método que probable- mente más utilizaremos en la evaluación global. Después, en una segunda fase, utilizaremos métodos de evaluación de ries- gos específicos para determinados riesgos que precisen de un estudio más profundo o que precisen de un método exigido por ley para su evaluación. Nosotros creemos que tras una lectura atenta al art. 5 del Reglamento de los Servicios de Prevención (en adelante RSP), se observa la coherencia de dicho artículo con las Directrices para la evaluación de riesgos de los lugares de trabajo publicadas por la Comisión Europea en 1996. Sin embargo no estamos diciendo que en la primera fase, en la evaluación global o general, los técnicos indiquen en sus evaluaciones «documentadas», por ejemplo, que el riesgo de exposición a un contaminante en determinado puesto de traba- jo es «importante», con una probabilidad «X» y una gravedad «Y». No, no es esto lo que decimos. Lo que en realidad decimos es que en esta primera fase de aproximación, en esta evaluación global de riesgos, o en esta evaluación realizada con carácter general (inicial, periódica o de revisión), tenemos que identificar el peligro, decidir si es evitable objetivamente o no lo es, y en este último caso, reali- zar una estimación y valoración del riesgo, quizás de una forma muy grosera, atendiendo a nuestra experiencia, conocimientos y sentido común, o quizá solo identificando como peligro aque- 14 MÉTODOS DE EVALUACIÓN DE RIESGOS LABORALES llo cuyo riesgo asociado somos incapaces de estimar y valorar, pero que a pesar de todo vamos a hacerlo poniéndonos del lado de la seguridad, porque tenemos la sospecha del riesgo o en otro sentido el absoluto desconocimiento en cuanto a la po- sibilidad de riesgo. En cualquier caso creemos que en esta primera fase tendre- mos que tomar una decisión inicial, incluso en cuanto a este tipo de riesgos, al respecto de si es un riesgo trivial o tolerable, o no lo es, sin la necesidad de ir más allá. No seránecesario nada más en esta fase inicial, ni será aconsejable que afinemos hasta indicar si es importante, intolerable o moderado5, ya que el mé- todo no es suficientemente fino para muchos riesgos y no lo po- demos utilizar con la seguridad que nos brindan otros métodos específicos para esos riesgos. Es decir, será imprescindible esta primera evaluación general, aunque sea a este nivel de preci- sión, para indicarnos si es necesaria o no una posterior evalua- ción de tipo específico. Así por ejemplo, solo indicaremos que existe el riesgo de exposición a un determinado contaminante higiénico y que es necesaria una evaluación específica del mis- mo. Muchas veces incluso lo haremos sin que haya señales evidentes de riesgo. En cualquier caso, habremos realizado todo el proceso de evaluación, por lo menos hasta indicar si es o no tolerable, aunque sea de una forma grosera en algunos riesgos. ¿Qué ocurre entonces con aquellos riesgos asociados a pe- ligros, como por ejemplo las caídas a distinto nivel?6 En este caso sencillamente el proceso es idéntico, si bien no necesita- mos aplicar un método específico, ya que no requiere más pro- fundización. De este modo, con la evaluación general realizamos un pri- mer filtrado (pasa-no pasa) y en una segunda fase atacamos LA EVALUACIÓN GENERAL DE RIESGOS 15 5 Estamos haciendo referencia a las calificación que utiliza el método de evaluación general del INSHT y del BSI, método que se explica en el capítulo siguiente. 6 Nos referimos a caídas a distinto nivel no objetivamente evitables, ya que si fuesen objetivamente evitables requerirían su eliminación y no su eva- luación. aquellos que lo necesitan. En la práctica puede haber poca di- ferencia con lo que se expone en el documento del INSHT, pero conceptualmente son cosas muy distintas. Para terminar este epígrafe, si nos atenemos a lo especifi- cado en el art. 15.1 de la LPRL que nos indica en referencia a los principios de la acción preventiva, que se deberán «evitar los riesgos» y «evaluar los riesgos que no se puedan evitar, ...», es claro que existirán riesgos/peligros que indiscutiblemente puedan evitarse, ya sea porque pueda eliminarse el peligro o ya sea porque la legislación establece una serie de requisitos lo su- ficientemente objetivos y de obligado cumplimiento, que con solo satisfacerse, legalmente lo habrán evitado. En estos casos obviamente lo que procede no es la evaluación, sino la elimi- nación del riesgo. En algunos casos eliminaremos el peligro. Sin embargo, en otros casos eliminaremos el riesgo aunque no de forma definitiva, por lo que será preciso establecer con- troles o verificaciones periódicas. 1.2.2. El proceso de evaluación de riesgos La LPRL en su art. 16 insta al empresario a planificar7 la acción preventiva a partir de una evaluación inicial de los ries- 16 MÉTODOS DE EVALUACIÓN DE RIESGOS LABORALES 7 La Ley 54/2003 de Reforma del Marco Normativo, sustituye el título del artículo 16, que de llamarse evaluación de riesgos a secas, pasa a llamarse «Plan de prevención de riesgos laborales, evaluación de los riesgos y planifi- cación de la actividad preventiva». En estos cambios se deja claro que el Plan de prevención de riesgos laborales, «que deberá incluir la estructura organizativa, las responsabilidades, los procedimientos, los procesos y los recursos necesarios para realizar la acción de prevención de riesgos en la empresa...», es un con- cepto equivalente al de sistema de gestión de seguridad y salud, si comparamos dicha definición con la que de sistema de gestión hace por ejemplo la especifi- cación OHSAS 18001:1999. Por otro lado, se deja también claro que la eva- luación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva «…son los ins- trumentos esenciales para la gestión y aplicación del plan de prevención…». Se aclara por tanto la cuestión antes solo apuntada en el art. 2 del RSP, de que en una primera fase, es necesario realizar un Plan de Prevención, para posterior- mente realizar la evaluación de riesgos, y tras esta la planificación de la pre- gos por puestos de trabajo, sin embargo ni aquí, ni en el art. 4 de definiciones, el legislador especifica lo que es una evalua- ción de riesgos. Hemos de esperar hasta la promulgación del RSP, cuando en su capítulo 2, sección 1.a, art. 3, se da una pri- mera definición legal de evaluación de riesgos: «La evaluación de los riesgos es el proceso dirigido a estimar la magnitud de aquellos riesgos que no hayan podido evitarse, obte- niendo la información necesaria para que el empresario esté en condiciones de tomar una decisión apropiada sobre la necesidad de adoptar medidas preventivas y, en tal caso, sobre el tipo de medi- das que deben adoptarse». En el mismo RSP, se detalla en su art. 4 el contenido de la evaluación, en el art. 5 el procedimiento, en el art. 6 la revisión de la evaluación y en el art. 7 la documentación. Ya hemos visto que evaluar los riesgos es estimar la mag- nitud de los riesgos que no han podido evitarse, pero, ¿en qué consiste?, ¿cómo se evalúan los riesgos?, en definitiva ¿cuál es el proceso de evaluación de riesgos? Para responder, podemos acudir a las fuentes legales por un lado y por otro a las fuentes de la técnica. Desde un punto de vista legal, el RSP nos introduce en el procedimiento ya que se- gún esta definición, el proceso consta de las siguientes tareas: obtener la información necesaria, estimar la magnitud de los riesgos no evitados, y por último dotar al empresario de los datos suficientes para adoptar las medidas preventivas más adecuadas. Por otro lado, las fuentes técnicas, y de entre estas, comen- zamos con la extinta norma UNE-81902-EX (AENOR, 1996c:4), sobre el vocabulario en los S.G.P.R.L., nos introduce en el proceso de evaluación de forma muy similar: «Proceso mediante el cual se obtiene la información necesaria para que la organización esté en condiciones de tomar una decisión LA EVALUACIÓN GENERAL DE RIESGOS 17 vención. Esta explicación era apuntada por el documento de la ITSS denomi- nado: «Documento de integración para la implantación y desarrollo de la pre- vención de riesgos laborales en las empresas». apropiada sobre la oportunidad de adoptar acciones preventivas y, en tal caso, sobre el tipo de acciones que deben adoptarse». Comparando ambas definiciones, podemos observar las si- guientes diferencias entre ellas, mientras que en la definición del RSP se dice «proceso dirigido a estimar la magnitud de aquellos riesgos que no han podido evitarse...», en la definición de la norma UNE, se habla únicamente de la «obtención de la información necesaria...», sin hacer mención a la estimación, y por lo tanto admitiendo la posibilidad de que técnicamente no sea necesaria dicha estimación en ciertos casos o no sea sufi- ciente en otros. La otra diferencia que llama claramente la atención es que mientras legalmente corresponde al empresario la obligación de tomar las decisiones sobre las medidas o ac- ciones preventivas, técnicamente es la organización la que adopta estas decisiones, aunque obviamente debe ser el em- presario o el administrador legal el que las tome en última ins- tancia. Por otro lado, la Asociación para la Prevención de Acci- dentes (APA, 1997:5), lo define presentándonos todos los ele- mentos que componen el proceso de gestión del riesgo: «La evaluación del riesgo consiste en un proceso de aplicación sistemática de métodos capaces de identificarlo, valorarlo, actuar sobre él para controlarlo y hacer un seguimiento para poder prio- rizar la actuación y la efectividad de los resultados de la misma». Definición similar a la que da Delfrade y Cardarelli (1997:12): «Es la aplicación sistemática de herramientas de gestión pro- fesional del riesgo, capaces de identificarlo, valorarlo, actuar sobre él y realizar su seguimiento y control (I.V.A.S.), para poder prio- rizar las acciones preventivas, siguiendo para ello los principios de la mejora continua: planificar, ejecutar, controlar y ajustar». Existen otras definiciones de técnicasafines, que son más acordes con la evaluación específica del riesgo, como la que da ITSEMAP (1998:6): 18 MÉTODOS DE EVALUACIÓN DE RIESGOS LABORALES «De una parte, la evaluación de la probabilidad de que ocurra un riesgo en cuestión y, de otra, la evaluación de la gravedad eco- nómica (cantidad: valor económico) del daño, en caso de que el riesgo se materialice. La evaluación más interesante para la Ge- rencia de Riesgos es aquella que sopesa ambos conceptos de pro- babilidad e intensidad». De forma parecida es definida por la Dirección de Forma- ción y Selección de RENFE (RENFE, 1999:19): «La evaluación de riesgos es el siguiente paso a su identifica- ción y definición. Se trata de evaluar la gravedad del riesgo con el fin de priorizar unos riesgos sobre otros y tomar medidas adecuadas para cada uno. Para la evaluación del riesgo se utilizan los índices de pro- babilidad, daños y riesgos. El índice de riesgo se obtiene mediante una tabla de doble entrada, con el índice de probabilidad y el índice de da- ños. Además se tienen en cuenta los factores que puedan influir como el número de personas afectadas, estimación de pérdidas, etc.». Como se puede observar la mayor parte de definiciones dadas tienen una gran afinidad, y aunque podríamos recoger tantas definiciones como autores (más tarde veremos alguna más), nos vamos a quedar por el momento con la que da el INSHT (1996a:7): en su documento divulgativo sobre la eva- luación de riesgos, que coincide con la publicada en el RSP, y especialmente con lo que al respecto del proceso de evaluación de riesgos dice, y que se resume en lo siguiente: «...admitiendo un cierto riesgo tolerable, mediante la evaluación de riesgos se ha de dar respuesta a: ¿es segura la situación de trabajo analizada?». 1.2.2.1. El proceso de evaluación del riesgo como elemento del proceso de gestión del riesgo Si con el proceso de evaluación del riesgo respondemos a la pregunta ¿es segura la situación de trabajo?, entonces podemos plantearnos qué ocurre si la situación de trabajo no es segura. LA EVALUACIÓN GENERAL DE RIESGOS 19 Obviamente hemos de aplicar medidas de control del riesgo a fin de que se transforme en segura, de esta forma completa- mos lo que conocemos como el proceso de gestión del riesgo. Así, el proceso de evaluación se encontraría formando parte integrante de un proceso más amplio denominado gestión del riesgo, que contendría por su parte al análisis del riesgo y a la valoración del riesgo (ambas constituyen la evaluación del ries- go) y el control de los riesgos, como se recoge en la Figura 1.1. 20 MÉTODOS DE EVALUACIÓN DE RIESGOS LABORALES IDENTIFICACIÓN DEL PELIGRO ESTIMULACIÓN DEL RIESGO ANÁLISIS DEL RIESGO EVALUACIÓN DEL RIESGO RIESGO CONTROLADO GESTIÓN DEL RIESGO VALORACIÓN DEL RIESGO RIESGO TOLERABLE CONTROL DEL RIESGO SI NO (FUENTE: INSHT, 1996a). Figura 1.1. Proceso de gestión del riesgo. El análisis del riesgo, sería el proceso dirigido a identificar el peligro y estimar el riesgo, las diferencias entre riesgos y pe- ligros quedarán concretadas más adelante. En definitiva, el análisis del riesgo proporcionará el orden de magnitud del ries- go, pero no dará la respuesta a la pregunta ¿es segura la situa- ción de trabajo analizada?; para esto, debemos decidir si este orden de magnitud es o no tolerable, decisión que tomamos con la valoración del riesgo, comparando el valor del riesgo obte- nido con el valor del riesgo tolerable. Con posterioridad, si de este proceso de evaluación del riesgo, se deduce que el riesgo es no tolerable, será necesario entonces controlar el riesgo. El proceso conjunto de evaluación y control del riesgo, es lo que llamamos gestión del riesgo. 1.2.2.2. Acciones y principios durante el proceso de evaluación de riesgos Sin embargo, el proceso de evaluación de riesgos que es- quemáticamente puede resumirse o sintetizarse en la identifi- cación, estimación y valoración de los riesgos, a efectos prác- ticos si queremos obtener un resultado óptimo, exige una serie de acciones complementarias previamente, durante el propio proceso y posteriormente a su realización, que no quedan del todo especificadas en la síntesis indicada hasta el momento, ac- ciones tales como por ejemplo las que quedan incluidas en las Tablas 1.2 y 1.3. Así, la Comisión Europea a través de la Dirección «E», Salud Pública y Seguridad en el Lugar de Trabajo, dependien- te de la Dirección General V de Empleo, Relaciones Laborales y Asuntos Sociales, en el punto 4 del documento sobre Direc- trices para la evaluación de riesgos (Comisión Europea, 1996:16) en el lugar de trabajo, en primer lugar expone que no existen normas fijas sobre el modo de llevar a cabo la evalua- ción de riesgos. En segundo lugar, la Comisión sí establece una serie de pautas, y dos principios que según la misma deben tenerse siempre en cuenta cuando se aborde una evaluación de riesgos. Estos dos principios son (Comisión Europea, 1996:16): LA EVALUACIÓN GENERAL DE RIESGOS 21 1. La evaluación debe estar estructurada de manera que se estudien todos los elementos peligrosos y riesgos im- portantes (por ejemplo, no deben pasarse por alto tareas como la limpieza, que se llevan a cabo fuera de las horas «normales» de trabajo, o los departamentos auxiliares, como el de recogida de basuras). 2. Cuando se determine la existencia de un riesgo, la eva- luación deberá examinar, antes de nada, si el riesgo pue- de eliminarse; es decir, si es posible prescindir del peli- gro causante del riesgo (por ejemplo, determinar, si un problema de tráfico viario interno puede resolverse des- 22 MÉTODOS DE EVALUACIÓN DE RIESGOS LABORALES (FUENTE: Chacón Blanco, S, 1997). (1) Establecer el Plan de Evaluación de Riesgos Laborales. (2) Estructurar la evaluación. • Geográfica, funcional sobre el proceso, funcional sobre el flujo. (3) Reunión informativa. (4) Identificar los peligros. (5) Identificar las personas expuestas. (6) Identificar los tiempos de exposición de las personas expuestas. (7) Evaluar los riesgos. • Probabilidad/gravedad del daño en las condiciones reales. • Medidas actuales adecuadas/medidas no adecuadas. (8) Estudiar las diferentes posibilidades de eliminación o de control de los riesgos. (9) Establecer prioridades y decidir las medidas de seguridad/hi- giene a adoptar. (10) Aplicar las medidas de seguridad. (11) Registrar la evaluación. (12) Medir la eficacia. (13) Controlar (cuando proceda). (14) Repetición (cuando proceda) del Plan de Evaluación. Tabla 1.2. Etapas de la evaluación de riesgos en un SGPRL LA EVALUACIÓN GENERAL DE RIESGOS 23 (FUENTE: Comisión Europea, 1996:13). 1. Elaboración del programa de evaluación de riesgos en el lugar de trabajo. 2. Estructuración de la evaluación. • Adopción de un enfoque determinado (ubicación/función/pro- ceso/línea de producción). 3. Recogida de información. • Entorno/tareas/población/experiencia anterior. 4. Determinación de peligros. 5. Identificación de las personas en situación de riesgo. 6. Determinación de las pautas de exposición de las personas en si- tuación de riesgo. 7. Evaluación de los riesgos. • Probabilidad de que se ocasionen daños/gravedad de los daños en las circunstancias actuales. • En cada caso, o las medidas existentes son adecuadas o ina- decuadas. 8. Investigación de las posibilidades de eliminación o control de los riesgos. 9. Determinación de las prioridades y selección de las medidas de control. 10. Aplicación de los controles. 11. Registro de la evaluación. 12. Eficacia de las medidas. 13. Revisión (si se introducen innovaciones o se efectúan cambios periódicos). • En este caso, o la evaluación todavía es válida y no son nece- sarias nuevas medidas o es necesaria una revisión. 14. Seguimiento del programa de evaluación de riesgos ¿ha habido cambios? sí no N. B: El contenido y extensión de cada fase dependerán de las con- diciones del lugar de trabajo (por ejemplo, número de trabajadores, historial de accidentes, registro de problemas de salud, materialesde trabajo, equipos de trabajo, actividades laborales, características del lugar de trabajo y riesgos específicos). Tabla 1.3. Procedimiento de evaluación y gestión de riesgos viando el tráfico a una carretera situada dentro del re- cinto de la empresa pero en la periferia de este). Así mismo, a la hora de llevar a cabo la evaluación de ries- gos podrán adoptarse distintos enfoques, en función de los si- guientes factores (Comisión Europea, 1996:18): • Las características del lugar de trabajo (establecimiento fijo, provisional, etc.). • El tipo de proceso (operaciones repetidas, proceso en de- sarrollo o sujeto a modificaciones, fabricación no en serie, etc.). • La tarea realizada: repetitiva, ocasional (como en el caso de los tratamientos secuenciales), estacional, tareas de alto riesgo, acceso a espacios restringidos, etc. • La complejidad técnica. De modo que en algunos casos puede ser suficiente una sola evaluación que incluya todos los riesgos de un lugar de tra- bajo. En otros casos puede ser apropiado adoptar diferentes planteamientos en función de las distintas partes del lugar de trabajo. Así, según la complejidad, puede ser necesario llevar a cabo una agrupación racional y manejable de distintas activida- des, y proceder a su evaluación por separado (APA, 1996:13): • Maquinaria y peligros mecánicos, instalaciones, materia- les y productos. • Áreas externas a las instalaciones de la empresa como las vías de acceso. • Equipos auxiliares (máquinas elevadoras, instalaciones de transporte, transporte de empresa, etc.). • Entorno general (temperatura, ventilación, humedad, rui- do, iluminación, etc.). • Etapas durante el proceso de producción. • Procesos especiales. • Actividades de mantenimiento y limpieza y trabajos pla- nificados. • Etc. 24 MÉTODOS DE EVALUACIÓN DE RIESGOS LABORALES No obstante, en el caso de que estas actividades se evalúen por separado, deberán tenerse en cuenta como es lógico, las in- teracciones que puedan producirse entre las mismas y que pue- dan afectar a la evaluación de riesgos. En cualquier caso, adoptemos el enfoque que adoptemos, estos estarán basados normalmente en los siguientes princi- pios (Chacón, 1997): 1. Observación del entorno del lugar de trabajo (vías de ac- ceso, presencia de polvo, hornos y gases, temperatura, iluminación, ruidos, etc.). 2. Determinación de las tareas realizadas en el lugar de trabajo a fin de que queden todas incluidas. 3. Análisis de las tareas realizadas en el lugar de trabajo (eva- luación de los riesgos que entrañan las distintas tareas). 4. Realización de observaciones mientras el trabajo está llevándose a cabo (comprobar si la observación de los procedimientos establecidos se lleva a cabo y si pueden surgir otros riesgos). 5. Estudio de las pautas de trabajo (para evaluar la exposi- ción a distintos tipos de peligro). 6. Análisis de los factores externos que pueden influir en el lugar de trabajo (por ejemplo, las condiciones meteoro- lógicas, en el caso de las personas que trabajan a la in- temperie). 7. Análisis de los factores psicológicos, sociales y físicos que puedan causar tensión en el lugar de trabajo y de las interacciones que pueden producirse entre ellos y con otros factores en el contexto del entorno laboral y de la organización del trabajo. 8. Estudio del tipo de organización necesaria para mantener las condiciones de seguridad, incluidos los mecanismos de salvaguardia (es decir, determinar si se han adoptado siste- mas para evaluar los riesgos que puedan surgir en una nue- va instalación, o que pueda entrañar el uso de nuevos ma- teriales. y para actualizar la información sobre los riesgos). LA EVALUACIÓN GENERAL DE RIESGOS 25 Por otro lado, si queremos conseguir identificar el mayor nú- mero de riesgos, es fundamental consultar a los trabajadores o fomentar su participación. Son los trabajadores los que pueden describir mejor las distintas fases de las operaciones e indicar las posibilidades que existen de acortarlas o la forma de resolver una tarea difícil, así como indicar algunos elementos peligrosos que, por su naturaleza, son difíciles de descubrir, como los pro- blemas que pueden derivarse de la organización, las pautas o el puesto de trabajo (Health & Safety Executive, 1991:20-21). De igual modo, las observaciones en el lugar de trabajo deberán compararse con los criterios existentes para garantizar la salud y seguridad basados en (esto queda incluido en la Di- rectiva Marco 89/391/CEE) (art. 5 del RSP): • Requisitos legales. • Normas y orientaciones publicadas: códigos de prácticas correctas, niveles de exposición a riesgos profesionales, normas de los distintos sectores industriales, instrucciones de los fabricantes, etc. • Principios jerárquicos de la prevención de riesgos co- mentados en el epígrafe siguiente. Volviendo a las indicaciones que establece la Comisión Europea y que así mismo incorpora la Directiva Marco 89/391/CEE, tenemos que (art. 15 de la LPRL): • Será necesario determinar los elementos peligrosos en todos los aspectos del trabajo. • Habrá de identificarse a todas las personas expuestas a di- chos elementos peligrosos, incluidos los grupos de per- sonas que corran un riesgo especial. • Habrá de tenerse en cuenta a la hora de evaluar, la fiabili- dad e idoneidad de las medidas de prevención existentes. • Las medidas de prevención y precaución deberán adop- tarse estableciendo prioridades en función de la gravedad del riesgo, las posibles consecuencias de un incidente, el 26 MÉTODOS DE EVALUACIÓN DE RIESGOS LABORALES LA EVALUACIÓN GENERAL DE RIESGOS 27 número de personas que podrían resultar afectadas y el tiempo necesario para adoptar medidas de prevención. • Basarse a la hora de decidir las medidas de prevención, cuando la reducción o eliminación de los riesgos sea po- sible en lo que se consideren prácticas correctas. Por último, tenemos que matizar que el análisis de riesgos como actividad fundamental del proceso de evaluación de ries- gos se estudiará en un epígrafe aparte dada la complejidad de su tratamiento. 1.2.2.3. Tareas previas o preparatorias a la evaluación de riesgos En cualquier caso y como tareas previas a la realización de la evaluación de riesgos, será necesario llevar a cabo un plan de acción8 que deberá incluir al menos las medidas siguientes (Comisión Europea, 1996:27-43): • Encargar la realización de la evaluación y organizar y coordinar su ejecución, nombrando a las personas com- petentes para efectuar las evaluaciones. • Consultar a los representantes de los trabajadores sobre el modo de llevar a cabo el nombramiento de las personas que matizarán las evaluaciones. • Proporcionar a los evaluadores que sean miembros de la plantilla de trabajadores la información, formación, re- cursos y apoyo necesarios. 8 Obviamente siempre será necesario iniciar antes de la evaluación, el Plan de prevención de riesgos laborales, que incluirá la estructura organizativa, las res- ponsabilidades, los procedimientos, los procesos y los recursos necesarios para realizar la acción de prevención de riesgos en la empresa. Aunque no se indique textualmente en la LPRL, el plan de prevención, como ya hemos dicho, es equi- valente al «sistema de gestión de seguridad y salud» según las normas técnicas de gestión (OHSAS, Directrices OIT, etc.), así pues será preciso determinar los objetivos del plan (o sistema), y que estos sen coherentes e integrados con el res- to de objetivos de la empresa, económicos, financieros, de calidad, etc. • Garantizar la coordinación adecuada entre los evaluadores (cuando sea necesario). • Hacer participar a los directivos en la evaluación y fo- mentar la colaboración de los trabajadores. • Decidir los mecanismos de revisión y modificación de la evaluación de riesgos. • Cerciorarse de que las medidas de prevención y protec- ción reflejan los resultados de la evaluación. • Controlar las medidas de protección y prevención para garantizar que no disminuya su eficacia. • Informar a los trabajadores o
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