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Cálculo del Ajuste x Inflación en la Declaración del ISR de una Persona Jurídica en Venezuela

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Universidad Panamericana del Puerto
Facultad de Ciencias Económicas y Sociales
Escuela de Contaduría Pública
 
Proceso del Cálculo del Ajuste por Inflación en la Declaración del Impuesto Sobre la Renta de una Persona Jurídica en Venezuela
Puerto cabello-Diciembre-2023
Índice
Proceso del Cálculo del Ajuste por Inflación en la Declaración del Impuesto Sobre la Renta de una Persona Jurídica en Venezuela	1
Introduccion	3
Lineamiento sobre la ley que se expresan para el calculo del impuesto sobre la renta de una persona juridica con su ajuste	4
PROCEDIMIENTO PARA EL AJUSTE POR INFLACIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS PARA EL RNC EN AUSENCIA DE INPC	5
Presentamos el paso a paso de como realizar la declaracion ISLR	8
Tambien presentamos la tabla para el ajuste del calculo por inflacion para las personas juridicas.	15
Introduccion
Como apertura a nustro principal objetivo a tratar que vendria siendo como principal exponente el pago del impuesto sobre la renta ajustado, logrando asi exponener el procedimiento, los lineamientos que se presede en la ley, para el desarrollo de la misma que nos ayuda a interpretar dicho calculo tambien existe aparte de los lienamientos una formulas que mas adelante seran expuestas con mayor relevancia logrando asi que nuestros lectores optengan la mejor imformacion posible sobre el tema a tratar. 
Lineamiento sobre la ley que se expresan para el calculo del impuesto sobre la renta de una persona juridica con su ajuste 
El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) fijó normas para el ajuste contable de los contribuyentes que efectúen actividades bancarias, financieras, de seguros y reaseguros excluidos del sistema de ajustes por inflación, publicado en la Gaceta Oficial N° 40.744 difundida este lunes.
“Los contribuyentes que realicen actividades bancarias, financieras, de seguros y reaseguros excluidos del sistema de ajustes por inflación, a los fines de la determinación del Impuesto Sobre la Renta, deberán utilizar como base de cálculo los valores históricos de los estados financieros, señala la normativa en su artículo 1.
Asimismo, los contribuyentes señalados en el artículo anterior, deberán realizar el reverso de los asientos contables de la partida de actualización al patrimonio contra todas aquellas partidas no monetarias.
A continuación, se destacan los cinco artículos de la normativa:
Artículo 1
Los contribuyentes que realicen actividades bancarias, financieras, de seguros y reaseguros excluidos del sistema de ajustes por inflación, a los fines de la determinación del Impuesto Sobre la Renta, deberán utilizar como base de cálculo los valores históricos de los estados financieros.
Artículo 2
Los contribuyentes señalados en el artículo anterior, deberán realizar el reverso de los asientos contables de la partida de actualización al patrimonio contra todas aquellas partidas no monetarias. El reverso debe coincidir con el valor histórico de las partidas no monetarias.
Artículo 3
A partir del ejercicio fiscal 2015, los contribuyentes indicados en el artículo 1 no podrán utilizar el sistema de ajustes por inflación a efectos de la determinación del Impuesto Sobre la Renta, ni traspasar la pérdida neta por inflación no compensada originada en ejercicios anteriores.
Artículo 4
A los efectos de la declaración estimada del Impuesto Sobre la Renta correspondiente al ejercicio fiscal 2015, los contribuyentes deberán utilizar el enriquecimiento neto del ejercicio fiscal 2014.
Artículo 5
Las normas establecidas en la presente Providencia Administrativa aplican para los ejercicios fiscales iniciados bajo la vigencia del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Impuesto Sobre la Renta, publicada en Gaceta Oficial N° 6.152 Extraordinario de fecha 18/11/2014.
PROCEDIMIENTO PARA EL AJUSTE POR INFLACIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS PARA EL RNC EN AUSENCIA DE INPC
Para aquellos casos en que se evidencie la ausencia de los Indices Nacionales de Precios al Consumidor publicados por el Banco Central de Venezuela que coincidan con los períodos a reportar en los Estados Financieros a presentar en el Registro Nacional de Contratistas, el Servicio Nacional de Contrataciones propone la siguiente metodología. Partiendo de los últimos indicadores publicados por el BCV en su página Web se procederá como sigue: 
1) Se calculará el promedio simple de la variación porcentual correspondiente a los últimos seis (6) INPC publicados. 
Ejemplo: 
2) Determinar el Indice Estimado, aplicando el promedio determinado previamente sobre el último INPC publicado por el BCV. Ejemplo: Al INPC de Diciembre de 2015 (2.357,9) se le aplicará un ajuste del 10,99%, obteniendo el Indice Estimado de Enero de 2016. Año Mes Indice Var % 2015 Enero 904,8 7,8 
Febrero 949,1 4,9
 Marzo 1.000,2 5,4 
 Abril 1.063,8 6,4
 Mayo 1.148,8 8,0 
 Junio 1.261,6 9,8
 Julio 1.397,5 10,8 
 Agosto 1.570,8 12,4 
 Septiembre 1.752,1 11,5 
 Octubre 1.951,3 11,4
 Noviembre 2.168,5 11,1 
 Promedio: Diciembre 
 2.357,9 8,73 10,99 Año Mes Indice
 Promedio: 2015 
 Diciembre 2.357,9 10,99 2016 
 Enero 2.617,01 
3) Determinar la variación porcentual resultado de la aplicación del referido índice (Verificación).
 Ejemplo: Se determinará el valor porcentual de la diferencia entre el Indice Estimado de Enero de 2016 y el Indice publicado para Diciembre de 2015, el cual deberá coincidir con el promedio obtenido en el numeral anterior. 
4) Para cada mes siguiente, se calculará el promedio simple de la variación porcentual correspondiente a los últimos seis (6) INPC y se determinarán los Indices Estimados, aplicando el promedio obtenido. 
Ejemplo: Se determinan los promedios simples de la variación porcentual y se aplican para la determinación de los Indices Estimados para todos los meses del año 2016. 
Año Mes Indice Var % 2015 
Diciembre 2.357,9 8,73 2016 
Enero 2.617,01 10,99 Año Mes Indice Var % 
Promedio: 2015 
Enero 904,8 7,8
Febrero 949,1 4,9 
Marzo 1.000,2 5,4 
Abril 1.063,8 6,4 
Mayo 1.148,8 8,0 
Junio 1.261,6 9,8 
Julio 1.397,5 10,8 
Agosto 1.570,8 12,4 
Septiembre 1.752,1 11,5 
Octubre 1.951,3 11,4 
Noviembre 2.168,5 11,1 
Diciembre 2.357,9 8,73 10,99 2016 
Enero 2.617,0 10,99 11,02 
Febrero 2.905,4 11,02 10,79 
Marzo 3.218,9 10,79 10,67 
Abril 3.562,5 10,67 10,55 
Mayo 3.938,3 10,55 10,46 
Junio 4.350,3 10,46 10,75 
Julio 4.817,8 10,75 10,71 
Agosto 5.333,7 10,71 10,65 
Septiembre 5.901,9 10,65 10,63 
Octubre 6.529,4 10,63 10,63 
Noviembre 7.223,2 10,63 10,64 
Diciembre 7.991,6 10,64 10,67 
Al aplicar este procedimiento, el profesional que realice la Auditoría Contable a la Persona Natural o Jurídica interesada en Inscribirse, Actualizarse o Calificarse en el Registro Nacional de Contratistas, deberá revelarlo en el correspondiente dictamen de auditoría. 
Se reitera que este procedimiento será aceptado únicamente en ausencia de indicadores oficiales para el ejercicio económico a actualizar o calificar. 
Una vez que el Banco Central de Venezuela (BCV) publique los Indices Nacionales de Precios al Consumidor (INPC) ausentes, las personas naturales y jurídicas deberán realizar el ajuste correspondiente en sus Estados Financieros y podrán, si así lo requieren, actualizar la información financiera en el Registro Nacional de Contratistas.
Presentamos el paso a paso de como realizar la declaracion ISLR
Dando cumplimiento a lo establecido en el Decreto de Exoneración N° 4.420, publicado en la Gaceta Oficial N° 42.049 de fecha 18/01/2021, mediante el cual las personas naturales residentes en el país, deberán pagar el Impuesto sobre la Renta (ISLR) solo por los enriquecimientos netos gravables de fuente territorial obtenidos durante el ejercicio fiscal 2020, que superen las cinco mil Unidades Tributarias (5.000 U.T.), la siguiente guía se presenta como material de apoyo para efectuar la declaración de dicho impuesto. Para ello, siga los pasos que se describen a continuación:1. Ingrese al site o Portal Fiscal del SENIAT, a través de la siguiente dirección de Internet www.seniat.gob.ve.
 2. En la sección SENIAT en Línea, haga clic en la opción Persona Natural. 
3. Coloque su usuario y clave registrada e ingrese el código mostrado en la imagen para ingresar como contribuyente a través del Portal Fiscal del SENIAT. Presione el botón Aceptar. 
4. En el Menú Contribuyente, haga clic sobre las opciones Procesos Tributarios / Declaración ISLR / Definitiva. 
5. Verifique la información mostrada de su RIF. Si está conforme con la misma presione el botón SI para continuar con el proceso de la declaración. Caso contrario, presione el botón NO. 
6. Marque las opciones que le correspondan para dar inicio a la declaración. Para dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto de Exoneración, marque la opción SI en la pregunta ¿Posee rentas exentas o exoneradas? 
7. Coloque en el ítem 816 la cantidad de 7.500.000,00. Monto correspondiente a las 5.000 U.T. por 1.500,00 Bs. 
8. En el ítem 143 correspondiente a la Fuente Territorial, coloque el monto obtenido por concepto de sueldos, salarios y demás remuneraciones menos el monto del ítem 816 correspondiente al monto de la exoneración. RI_DISLR2021-GF01V1_0_ Enero, 2021 Gerencia General de Tecnología de Información y Comunicaciones.
9. Presione el botón Continuar para avanzar en el registro de su declaración. 
10. En caso que le corresponda para ISLR, verifique y seleccione el número de porciones en las cuales desea efectuar el pago y presione el botón Continuar. 
11. Verifique la información registrada. En caso de estar conforme presione el botón Declarar. 
12. El sistema muestra un mensaje de confirmación, si está seguro de la información suministrada, presione el botón Aceptar, caso contrario, presione el botón Cancelar. 
13. Si su declaración es pago cero, se mostrará el mensaje: Su declaración ha sido registrada exitosamente mostrando el número del certificado electrónico. 
14. Si su declaración es con pago se mostrará el mensaje: Su declaración ha sido registrada exitosamente mostrando el o los compromiso(s) de pago adquirido(s). Seleccione la forma de pago del compromiso: manual o automática. Una vez pagado y conciliado el monto, se generará el certificado electrónico. 
15. Para salir del sistema pulse el botón Salir que se encuentra en la esquina superior derecha de la pantalla.	
	
	
	PAPEL DE TRABAJO
	
	
	CALCULO DEL AJUSTE POR INFLACION IMPOSITIVO
	
	
	
	
	
	
	
	Primer Etapa: Ajuste Por Inflación Estático - 1º Fase Estática
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	(-)
	(+)
	
	
	
	
	COL. I
	COL. II
	
	
	
	
	
	
	
	Total del Activo Contable:
	0,00
	
	
	
	
	
	
	
	MENOS
	Activo No Computable
	
	
	
	
	Inversiones Temporarias - F.C.I. -
	
	
	
	Inversiones Permanentes
	
	
	
	
	Bienes de Uso
	
	
	
	
	Activos Intangibles
	
	
	
	
	Propiedades de Inversión
	
	
	
	
	
	TOTAL ACTIVO NO COMPUTABLE
	
	0,00
	
	
	
	
	
	
	MAS O
	DIFERENCIAS DE VALUACION DE ACTIVOS EXPUESTOS
	
	
	MENOS
	
	
	
	
	
	
	EJEMPLOS:
	VALUACION BIENES DE CAMBIO
	
	
	
	
	MONEDA EXTRANJERA
	
	
	
	ART. 56
	TITULOS PUBLICOS
	
	
	
	ART. 107
	RUBRO CREDITOS - PREVISION INCO.
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	MAS
	BIENES ACTIVO NO COMPUTABLE - VENDIDOS EN EL EJERCICIO
	
	
	
	o Se Hubieran Entregado por algún concepto del Pto. 1 a 4
	
	
	
	del inciso d) Art. 95 - de la Fase Dinámica -.
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	Costo Computable - Bs. Vendidos en el Ejercicio
	0,00
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	MENOS
	BIENES DE CAMBIO AFECTADOS COMO BIENES DE USO
	
	0,00
	
	MUTACION
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	SUB-TOTAL
	0,00
	0,00
	
	
	
	
	
	
	
	Activo Computable Impositivo
	0,00
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	Deteminacion del Pasivo Computable
	
	
	
	Ejemplos:
	Deudas Comerciales
	
	
	
	
	Deudas Bancarias
	
	
	
	
	
	Hono. A Pagar - Deducidos Impo.
	
	
	
	
	Gratificacion al Personal - Pagada
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	Pasivo Computable Impositivo
	
	0,00
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	Capital Expuesto Inicio o Computable:
	0,00
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	Coeficiente Actualializacion
	1,5575
	
	
	
	
	
	
	
	Capital Expuesto Actualizado
	0,00
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	A x I. Estático (-)
	0,00
	
	
	
	
	
	
	
	
	Comentario:
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	Negativo - Si el Activo es Mayor al Pasivo.
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	Positivo - Si el Activo es Menor al Pasivo.
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	Segunda Etapa: A X I Dinámico - 2º Fase Dinámica.
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	(-)
	(+)
	
	
	
	
	COL. I
	COL. II
	
	
	
	
	
	
	
	Ajuste x Inflacion Estático - Negativo
	0,00
	
	
	
	
	
	
	
	
	Ajustes Positivos Dinámicos:
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	Ejemplos:
	Retiro de Fondos - que No Apliquen Intereses Presuntos -
	
	
	
	
	Compra del Bien de Uso.
	
	
	
	
	Pago Honorarios el Exceso del importe deducible
	
	
	
	
	Distribución de Dividendos.
	
	
	
	
	Reducción del Capital
	
	0,00
	
	
	Afectar Fondos a Inversión del Exterior
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	Ajustes Negativos Dinámicos:
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	Ejemplos:
	Aporte de Capital
	
	
	
	
	Traer Inversiones del Exterior a Renta F.A.
	0,00
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	0,00
	0,00
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	0,00
	
	
	
	
	
	
	
	Comentario: El Importe del Ajuste en Fase Dinámica corre desde el mes que ocurra el hecho
	
	hasta el cierre del ejercicio por el cual se aplica el A x I.
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	Determinacion del Ajuste Por Inflación del Ejercicio:
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	A x I. Estático
	0,00
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	A x I Dinámico
	0,00
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	A x I del Ejercicio
	0,00
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	Art. 106 Inciso d) Putos 1 a 4:
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	A favor del Titular - dueño o socios o en favor de terceros por Disposición de fondos.
	
	
	
	
	
	
	
	
	A favor del Accionista o Socio por efectivas Reducciones de Capital
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	A favor del Accionista por Dividendos Distribuidos en Especie.
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	Por Honorarios en especie pagados en el ejercicio - que supera límites Deducibles
	
	
	Por ley
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	Fuente Normativa: Art. 106 inciso a - Ultimo Párrafo - Ultima Oración.
	
	Contribuyentes que NO practican Balance Comercial
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	Explotaciones Unipersonales
	
	
	
	
	Sociedades Simples.
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	 
	Activo Computable Impositivo.
	0,00
	
	
	
	
	Inicio del Ejercicio.
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	Disponibilidades
	
	
	
	
	
	
	Inversiones - Si Existen - 
	
	
	
	
	
	Créditos
	
	
	
	
	
	
	
	Bienes de Cambio
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	Bienes de Uso Vendidos durante el Ejercicio:
	
	
	
	
	
	
	
	Sumar el C.C.
	0,00
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	También debo Constatar que SI Fueron Entregados por algún concepto
	
	
	del Art. 106 inciso d) Ptos. 1 a 4 de la Fase Dinámica
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	Bienes de Cambio Afectados como bienes de Uso - Mutación - 
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	(-)
	Pasivo Computable Impositivo
	0,00 
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	Capital Expuesto o Computable
	0,00
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	X Coef. Actualización
	
	1,5570
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	Capital Expuesto Actualizado
	0,00
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	Diferencia Ajuste Por Inflación Estático
	
	
	
	
	
	
	
	
	0,00
	
	
	Comentarios:
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	Ambas se Arman, En especial el Activo, donde no tengo un EE.CC. Para
	
	
	confeccionar Activo Total Contable menos Act. No Computable
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	El patrimonio afectado a la Actividad se Encuentran en la DD.JJ. De
	
	
	Ganancias de la Persona Humana - 
	
	
	
	
	Capital Afectado a Renta de Tercera.
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	No posee Diferencias de Valuación - Dado que lo Armo a Valores Impositivos
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	Fase Dinámica:
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	A x I estático -Negativo
	0,00
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	Ajustes Positivos Dinámicos:
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	Ejemplos:
	Compra del Bien de Uso.
	
	
	
	
	
	Retiros de los Socios o el Titular
	
	
	
	
	
	reduccióndel Capital Afectado
	
	
	
	
	
	Afectar Fondos a Inversión del Exterior
	0,00
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	Ajustes Negativos Dinámicos:
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	Ejemplos:
	Aporte de Dinero
	
	0,00
	
	
	
	
	Traer Inversiones del Exterior a Renta F.A.
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	A x I Total del Ejercicio
	0,00
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	
	CONSIDERACION:
	
	
	
	
	
	
	
	* Si el contribuyente desarrollara únicamente actividad en
	
	
	
	tercera categoría, entonces a partir del Monto Consumido
	
	
	
	
	obtenido mensualmente puede obtener los retiros para
	
	
	
	
	efectuar el Ajuste Por Inflación de Fase Dinámica.
	
	
Bibliografía :
· https://declaraciones.seniat.gob.ve/
· http://blog.solucioneslmv.com/
· https://www.cavecol.org/
· https://contadoresenred.com/
	
	
Tambien presentamos la tabla para el ajuste del calculo por inflacion para las personas juridicas.

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