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UNIDAD 3 IMPUESTOS MUNICIPALES IMPUESTOS MUNICIPALES. Son tributos que se pagan a los gobiernos locales o municipales. Estos impuestos se utilizan para financiar los servicios y obras públicas que brinda el municipio, como la recolección de basura, el mantenimiento de calles y parques, la iluminación pública, entre otros. Algunos ejemplos de impuestos municipales son el impuesto predial, que se paga por la propiedad de un inmueble Ley Orgánica del Poder Público Municipal Título III De la Competencia de los Municipios y demás Entidades Locales Capítulo I Competencia de los municipios ORDENANZAS Y DECRETOS EN MATERIA MUNICIPAL Artículo 52. Es competencia de los municipios, el gobierno y la administración de los intereses propios de la vida local, la gestión de las actividades y servicios que requiera la comunidad municipal, de acuerdo con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y las leyes. Artículo 53. Cada Municipio tiene competencia para organizar el funcionamiento de sus órganos y regular las atribuciones de las distintas entidades municipales. Artículo 54. El Municipio ejercerá sus competencias mediante los siguientes instrumentos jurídicos: Ordenanzas: son los actos que sanciona el Concejo Municipal para establecer normas con carácter de ley municipal, de aplicación general sobre asuntos específicos de interés local. Las ordenanzas recibirán por lo menos dos discusiones y en días diferentes, deberán ser promulgadas por el alcalde o alcaldesa y ser Publicadas en la Gaceta Municipal o Distrital, según el caso, y prever, de conformidad con la ley o si lo ameritare la naturaleza de su objeto, la vacatio legis a partir de su publicación. Durante el proceso de discusión y aprobación de las ordenanzas, el Concejo Municipal consultará al alcalde o alcaldesa, a los otros órganos del Municipio, a los ciudadanos y ciudadanas, a la sociedad organizada de su jurisdicción, y atenderá las opiniones por ellos emitidas. Decretos: son los actos administrativos de efecto general, dictados por el alcalde o alcaldesa y deberán ser publicados en la Gaceta Municipal o Distrital. El alcalde o alcaldesa reglamentará las ordenanzas mediante decreto, sin alterar su espíritu, propósito o razón y, en todo caso, deberán ser publicados en la Gaceta Municipal o Distrital. · Los impuestos municipales pueden incluir tasas y contribuciones GENER especiales ALIDAD • La recaudación tributaria es un componente fundamental para el ES DE crecimiento económico de los países y su desarrollo LOS • La implementación de estrategias de recaudo de impuestos puede ser IMPUES beneficiosa para el crecimiento económico de los países y su desarrollo TOS • La cultura tributaria y la relación entre la recaudación de impuestos y el MUNICI desarrollo sostenible son temas de interés en la investigación sobre PALES impuestos municipales · La existencia de conflictos de normas en materia de asuntos referidos al ordenamiento territorial, y provenientes de dos niveles de gobierno distintos, deberían ser resueltos por vía de acciones de nulidad · Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) · Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) · Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) TIPOS DE · Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de IMPUESTOS Naturaleza Urbana (IIVTNU) MUNICIPALES · Impuesto sobre las Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) · Tasas y precios públicos ANALISIS DE LA ORDENANZA DEL MUNICIPIO GUACARA VENEZUELA EN MATERIA DE IMPUESTOS SOBRE ACTIVIDADES ECONOMICA La Alcaldía de Guacara ha realizado cambios en el tabulador de actividades económicas y sus tasas por prestación de servicios administrativos. Estos cambios son parte de un proceso de armonización tributaria emanado de la Sala Constitucional de Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), bajo sentencia No.0078. El director de hacienda, Vidal Gamboa, informó que para facilitar la transición entre un tabulador y el otro, se iniciará de forma gratuita la entrega de certificación de licencia de actividades económicas a todo el empresariado del municipio. Según la Ordenanza sobre Impuestos de Actividades Económicas, Industria, Comercio, Servicios y otros, el municipio cuenta con más de mil códigos de actividad económica, pero con este procedimiento de adhesión se simplificaron a 30 códigos de actividad. Además, todos los instrumentos jurídicos para adaptarse al proceso de adhesión se modificaron según el mencionado acuerdo nacional, en su valor de cálculo, antes representado en unidad tributaria municipal de Guacara a Criptomoneda (Petro) el cual para el momento de su cobro será equivalente en bolívares. Es importante mencionar que en lo relacionado con exoneraciones o exenciones la ordenanza respectiva deberá tenerlas previstas. Las Ordenanzas que regulan este tributo tienen un Clasificador de Actividades donde se fijan de acuerdo con el ramo a que se dedique el contribuyente
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