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METODOLOGIA DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL Dra. María Elina Gudiño Mendoza, 2 al 4 de mayo 2017 9 al 10 de noviembre de 2017 1 OBJETIVOS Objetivo General Adquirir conocimientos básicos sobre la naturaleza holística y sistémica del Ordenamiento Territorial, sus enfoques teóricos, metodologías de abordaje y su relación con el desarrollo sostenible. Objetivos Específicos Identificar y analizar el proceso metodológico específico del Ordenamiento Territorial para la elaboración de planes, programas o proyectos. Realizar una rigurosa experiencia didáctica a partir de los conocimientos y habilidades adquiridas en las disciplinas de los que provienen los doctorandos. Incentivar la creatividad y el diálogo interprofesional a través de la generación de espacios de reflexión en la búsqueda de las soluciones más adecuadas a los problemas del territorio. Valorar el trabajo interdisciplinario para el abordaje del OT. PLAN DE ESTUDIO Modalidad semi-estructurada. La duración total estimada de la carrera es de 700hs. Ciclo de formación básica, 200hs: Curso Teorías de la planificación y las políticas públicas. (30hs) Curso Metodología del Ordenamiento Territorial. (35hs) Curso Gestión de un territorio con sostenibilidad. (30hs) Curso Epistemología de ciencia, territorio y la sostenibilidad. (45hs) Curso Metodología de la investigación. (30hs) - Taller de tesis I: Formulación del proyecto de tesis (15hs) - Taller de tesis II: Producción del discurso científico.(15hs) Ciclo de formación específica, currícula flexible, 180hs: cursos teóricos, teórico-prácticos, seminarios, talleres, etc.de acuerdo al tema de tesis elegido. Contexto actual del Ordenamiento Territorial: Estrategia Territorial Europea. La Planificación del desarrollo territorial en América Latina. El rol del Estado y el mercado. El Ordenamiento Territorial en Argentina (Plan Estratégico Territorial Argentina 2016) y Mendoza (Ley de Ordenamiento Territorial y Usos del suelo N°8051/09). Marco teórico-conceptual: El Ordenamiento Territorial y las diferentes concepciones de desarrollo. Principios y objetivos. Territorio, espacio geográfico y paisaje. Sistemas complejos. Estructura y dinámica territorial. Escalas geográficas. Ambiente y territorio. Metodología del Ordenamiento Territorial:concepción holística y sistémica del diagnóstico. Componentes y dimensiones. Identificación de problemas y potencialidades. Grafos o redes de relaciones causa-efecto. Matrices. Modelos territoriales. Prospectiva territorial. Construcción de escenarios y evaluación de alternativas. Plan de Ordenamiento Territorial. Objetivos, directrices y lineamientos. Unicidad de criterios técnicos-científicos. Programas y proyectos. Aplicación de la metodología del Ordenamiento Territorial : Política de Estado y políticas públicas. Normas jurídicas. Gestión-administración: concurrencia, competencia y coordinación para la aplicación de planes, programas y proyectos. Instrumentos territoriales (zonificación municipal) y económicos. Instrumentos de gestión y control. Homogeneidad procedimental para la elaboración de reglamentos y procedimientos de ejecución, seguimiento y control. Mecanismos de participación ciudadana. CONTENIDOS: CUANDO Y DONDE NACE EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL ? Durante los años 30 nace como política de Estado e instrumento de planificación, vinculada a la consolidación del Estado de Bienestar (Sen, 1999). En EEUU, se plantea la dimensión territorial de la política de desarrollo económica-social y regional, es decir OT con la puesta en marcha del Plan integrado de gestión del Valle de Tennessee, coordinado por la Autoridad Única del Valle del Tennessee, creada bajo la administración Roosevelt, 1933. Se generaliza como política de Estado de naturaleza técnica, económica, social, ambiental y administrativa a partir de 1960. Reconstrucción europea. Surge asociada a la planificación urbanística, casos: Gran Bretaña, Unión de República Socialistas Soviéticas (URSS) y Francia. La orientación de la ordenación asumida por Suiza y demás países alpinos se centró en corregir los problemas de accesibilidad y conectividad que los elementos geográficos (geomorfológicas y paisaje) imponía a estas regiones (Palancar, 2007). renovación de presupuestos teóricos y metodológicos ? ? ? Siglo XXI Territorios marginados y estratégicos Zonas estratégicas que atraen inversiones extranjeras. Concentración de inversiones en zonas costeras y de frontera. Se intensifica la IDE y los flujos del comercio internacional Se retrae pero actúa acompañando el proceso, busca factores de atracción para atraer inversiones hacia lugares “competitivos” para dar más empleo. Las políticas sectoriales se implementan en forma descoordinada y terminan por aumentar la concentración económica, agudizar los desequilibrios territoriales y generar impactos negativos en el ambiente. El capital que utiliza proviene de créditos otorgados por organismos financieros internacionales (FMI, BM, BID) o de las inversiones directas extranjeras (IDE). La intervención pública pasa a ser subsidiaria al aplicar regímenes de incentivos y flexibilizar las legislaciones vigentes. EL ESTADO Al pasar de una Economía del Bienestar a una Economía de Mercado, su actuación es prescindente, deja de ser protagonista de los procesos económicos y cede su rol a los mercados y al sector privado. Emplea estrategias espaciales que repercuten en los procesos de concentración y en los desequilibrios resultantes. Su administración es compleja, consiste en una “multi-localización”. Su crecimiento se basa en la dominación de mercados internos de su país de origen y de otros países que se consideran atractivos para la inversión. Busca localizarse en ciudades con buena dotación de servicios, alta densidad poblacional y capacidad de consumo, en áreas con capacidad innovadora, próxima a proveedores y clientes, en ejes y nudos de redes de transporte y comunicación. Si sus inversiones están dirigidas a explotar recursos naturales, actúan como enclaves en territorios estratégicos ayudados por los propios países de la región. LA EMPRESA TRANSNACIONAL (ET) La jerarquía nacional, centros regionales, locales- pierden su lógica debido a la inserción en los sistemas mundiales de producción, intercambio y comunicación. La dotación de infraestructuras se plantea en función de la competitividad internacional. Se firman acuerdos entre instituciones de representación oligárquica y grandes grupos económicos regionales mientras las PYMES no pueden subsistir. Se vende una parte de la ciudad a través de técnicas de marketing y se esconde y abandona el resto. NUEVAS HETEROGENEIDADES LOCALES ESTRATEGIA TERRITORIAL EUROPEA (Postdam, 1999) Directrices y Planteamientos Consenso Intergubernamental Voluntad de Influir en decisiones Un sistema flexible, progresivo y transparente Apoyado en una sólida base documental y técnica 12 FUNDAMENTOS BÁSICOS DE LA E.T.E. La dimensión territorial de las políticas sectoriales Hacia un desarrollo equilibrado y sostenible Defensa de la cohesión económica y social Aumento de la eficacia de las políticas sectoriales TRES GRANDES DIRECTRICES Acceso equitativo a las infraestructuras y al conocimiento Gestión prudente y desarrollo del patrimonio natural y cultural Desarrollo territorial policéntrico y nuevas formas de cooperación campo-ciudad 13 ANÁLISIS COMPARATIVO DE LA ORDENACIÓN DEL TERRITORIO EN EUROPA Estado Organización territorial Concepto de OT Importancia de la dimensión ambiental Reino Unido Sin Regiones Políticas- Administrativas. Constituida por: Inglaterra, Gales, Escocia e Irlanda Política económica dirigida a corregir los desequilibrios económicos regionales (Regional Planning) Estrecha relación entre la política de ordenación y el medio ambiente Francia Estado Unitario Política de desarrollo regional, centrada en el desarrollo económico y laplanificación de infraestructuras y equipamiento Poco protagonismo Alemania Federal: Federación y Länder Planificación física Enfoque paisajista en la planificación. Evaluación de impactos ambientales y territoriales Italia Estado Unitario, constituido por Municipios, Provincias y Comunidades Autónomas Planificación física Estrecha relación entre la planificación paisajística y la territorial España Estado Unitario, constituido por Municipios, Provincias y Comunidades Autónomas Planificación económica Estrecha relación entre la política de ordenación del territorio y el medio ambiente Fuente: Hildenbrand, A. (2000) y Parejo, T. (2003) EXPERIENCIAS DE PLANIFICACIÓN EN LATINOAMÉRICA Década ’60-´70 PLANIFICACIÓN ECONÓMICA Y REGIONAL PLANIFICACIÓN URBANA Década ´80 ENFOQUE DEL ECODESARROLLO DESARROLLO SUSTENTABLE Década ´90 AGENDA SOBRE DESARROLLO Y MEDIO AMBIENTE (OT) PLANIFICACIÓN AMBIENTAL Y URBANO-REGIONAL Década 2000 y más No se han producido avances en la política y en la gestión EXPERIENCIAS DE PLANIFICACIÓN EN LATINOAMÉRICA 16 dispersión de competencias públicas funcionamiento de manera inorgánica, descoordinada, con paralelismo y ambigüedad de funciones y de responsabilidades. instrumentos de planificación territorial de carácter sectorial... (Pontificia Universidad Católica de Chile, 1999) multiplicidad de órganos de distinto rango y naturaleza. Massiris, A. (2011) Gestión territorial y desarrollo: hacia una política de desarrollo territorial sostenible en Aca Latina. UTPC, EPG, Bogotá, Colombia EXPERIENCIAS DE PLANIFICACIÓN EN LATINOAMÉRICA Dificultades con las metodologías aplicadas y en muchos casos se carece de una visión prospectiva. Predomina una visión vertical de estilo tecnocrático, impositivo, autoritario, alejado de los procesos reales y de los actores sociales. Se carece de sistemas de información eficientes en cartografía y estadísticas, por lo que persisten dificultades de integrar la información. Existen dificultades de comunicación interinstitucional y celos institucionales que obstaculiza la transferencia de información. La participación es manipulada y es sólo consultiva e informativa. La coordinación en la aplicación de las políticas (vertical y horizontal) prácticamente es inexistente. Las políticas no responden a los problemas y diferenciaciones territoriales. Persiste una baja calificación de los equipos técnicos a distintas escalas territoriales. El entorno social es adverso y existe una fuerte presión por necesidades inmediatas de la población, por lo que fracasan las medidas de largo plazo. Hay un incipiente desarrollo del marco legal y de la organización institucional para la gestión del territorio. El Ordenamiento Territorial carece de una organización institucional propia, siendo manejada por los sistemas de planificación ambiental, urbanística u otro tipo. Jaime Rebolledo Villagra La mayoría de los países latinoamericanos se orientan hacia una planificación física con énfasis ambiental, Utilizan en los planes de OT instrumentos derivados de la planificación estratégica o ambiental. instrumentos de planificación América Latina no ha avanzado en la renovación conceptual y metodológica del OT. Se siguen aplicando instrumentos que responden a “modas” y permanecen modalidades tradicionales de planificación que no responden a las demandas actuales. Perú, Cuba, El Salvador, Honduras, Paraguay, Rca Dominicana Uruguay Existen países que siguen aferrados al uso de metodologías de planificación tradicionales, por un lado elaboran planes urbanísticos y por otro, planes regionales que involucran lo rural. instrumentos de planificación México, Chile, Brasil Otros países motivados por nuevos paradigmas sustentados en creencias ancestrales, proponen planes en los que metodológicamente no se observan grandes cambios, salvo en lo concerniente a la participación y los ámbitos de competencias. Bolivia o Ecuador instrumentos de planificación ORDENAMIENTO TERRITORIAL EN ARGENTINA Política de Estado de Desarrollo Territorial La Nación Argentina adopta para su gobierno la forma representativa, republicana y FEDERAL (art.1) La de organización administrativa contempla tres niveles: nación, provincias y municipios e incorpora a la ciudad de Buenos Aires como una jurisdicción autónoma. (art.1) Las provincias cada una dictará una Constitución bajo el sistema representativo y republicano. (Art.5) La Nación tiene la facultad de dictar normas que contengan los presupuestos ambientales y las provincias el dictado de normas ambientales directamente vinculadas con el buen uso del territorio. (Art. 41 ) El Gobierno Nacional debe promover políticas que tiendan a equilibrar el desigual desarrollo relativo de provincias y regiones. (Art.75 inc. 19 ) La preexistencia histórica de las provincias respecto de la Nación, ha determinado el reparto de competencias donde estas han conservado todo el poder no delegado expresamente. (art. 121 de la C.N.) Cada provincia debe asegurar la autonomía municipal reglando su alcance y contenido institucional, , político, administrativo, económico y financiero. ( Art. 123 ) A las provincias le corresponde el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio (Art.124). Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, Argentina, 2004-2013 ORDENAMIENTO TERRITORIAL EN ARGENTINA Plan Estratégico Territorial Nacional (PET) Sistema de Información, Vinculación y Asistencia Técnica (SIVAT) Ley Nacional de Desarrollo y Ordenamiento del Territorio Sistema Nacional de Desarrollo y Ordenamiento Territorial (SINDOC) Política Nacional de Desarrollo Territorial MODELO TERRITORIAL DESEADO equilibrado, integrado, sustentable y socialmente justo Subsecretaría de Planificación Territorial de la Inversión Pública Presidencia de la Nación Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda Dirección Nacional de Planificación Estratégica Territorial Consejo Suramericano de Infraestructura y Planeamiento (COSIPLAN, 2009) Consejo Federal de Planificación (COFEPLAN, 2008) Año 2016 ORDENAMIENTO TERRITORIAL EN MENDOZA LEY DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y USOS DEL SUELO. MENDOZA 26 Implementar acciones conjuntas para elaborar un Proyecto de Ley de Ordenamiento Territorial y de Usos del Suelo. Prever la adhesión de los Municipios, organismos e instituciones que deseen colaborar en la ejecución de las actividades programadas. Procurar la participación de diferentes actores sociales (ONG, Cámaras, Uniones Vecinales, Empresarios, Partidos Políticos, etc) para conocer los problemas de la gente y cuáles son sus aspiraciones futuras. Objetivos y metodología LEY DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y USOS DEL SUELO. MENDOZA 27 Cap.1: Disposiciones generales: objeto y fines del OT . Principios generales, conceptos básicos y objetivos. Cap.2: Instrumentos del ordenamiento territorial. Cap.3: Elaboración del Plan Provincial de OT Cap.4 : Elaboración de planes municipales de OT Cap.5: Consideraciones comunes para la ejecución de los planes de OT Cap.6 Recursos de información y los sistemas de evaluación . Cap.7 Sujetos del Ordenamiento Territorial. Cap.8 Mecanismos para garantizar la información y la participación social Cap.9 Financiamiento e instrumentos económicos para el OT Cap.10 Medidas económicas y tributarias para el OT Cap.11 Régimen de penalidades Cap.12 Disposiciones transitorias objetivos instrumentos información financiamiento penalidades participación planes sujetos instrumentos Ley de Ordenamiento Territorial y Usos del Suelo (Ley Nº8051/09) 28 Bien Común, derechos básicos y vitales al agua, el suelo y el aire. Régimen Federal. Desarrollo Sustentable. Desarrollo Humano, Económico y Social. Crecimiento armónico y poblamiento equilibrado del territorio. Atención Prioritaria de NecesidadesBásicas Insatisfechas. Utilización racional recursos naturales, preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica. Principios generales Obligación del Estado, derecho de a la información y educación ambiental. Autonomía Municipal según alcance que fije la provincia. Incorporación de las externalidades. Prevención y responsabilidad. Precautoriedad. Participación de la ciudadanía. Defensa de los Intereses difusos. Prohibición de excepciones. LEY DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y USOS DEL SUELO (LEY Nº8051/09) Auditoría Externa Impacto Territorial Plan Estratégico de Desarrollo Sistema de Información Ambiental y Territorial Planes sectoriales Planes de Ordenamiento Territorial EIT EIA Plan Ambiental EAE Nuevas medidas económicas y tributarias COORDINACIÓN MULTINIVEL DE POLÍTICAS Y PROGRAMAS LEY DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y USOS DEL SUELO (LEY Nº8051/09) 30 Instrumento de planificación destinada a configurar, en el corto, mediano y largo plazo la organización y uso del territorio desde una visión integral. Política de Estado que subordina las políticas sectoriales a la política territorial Procedimiento administrativo sustentado en la coordinación de acciones y decisiones sobre el territorio. Ordenamiento Territorial PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE MENDOZA Ley N°8051 NORMA que permite orientar y administrar el desarrollo del territorio. Acciones a corto, mediano y largo plazo, Medidas correctivas, de conservación y de desarrollo territorial. Interacción interinstitucional. Mecanismos de participación social LEY DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y USOS DEL SUELO (LEY Nº8051/09) Entes Reguladores DGI Sector CyT Gobernador Intendente Secretaría de Ambiente y OT APOT Ministerios-Secretarías Consejo Provincial de Ordenamiento Territorial SUJETOS DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL El Ordenamiento Territorial queda sujeto a los tiempos e intereses del gobierno de turno.. Gobierno Provincial Direcciones Secretarías Direcciones Gobierno Municipal LEY DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y USOS DEL SUELO (LEY Nº8051/09) 32 CONTROL PREVIO CONTROL CONCOMITANTE CONTROL POSTERIOR EVALUACIÓN EXTERNA CONTROLES INTERNOS ASESORAMIENTO CAPACITACIÓN COMUNIDAD CIENTÍFICA MONITOREO PROVINCIA MUNICIPIOS PARTICIPACIÓN CONTROL SOCIAL SOCIEDAD CIVIL ORGANISMOS AUTÁRQUICOS CONTROL EXTERNO INFORMACIÓN E.I.A. + E.I.T. D.I.A. + D.I.T. CONCIENTIZACIÓN LEY DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y USOS DEL SUELO (LEY Nº8051/09) 33 ETAPAS DE IMPLEMENTACIÓN DE LA LEY Nº8051/09 34 1. Planificación estratégica del desarrollo III. Ordenamiento territorial municipal II. Ordenamiento territorial provincial Plan Provincial de Ordenamiento Territorial (PPOT 2045) Planes Municipales de Ordenamiento Territorial Planes especiales, programas y proyectos. Plan Estratégico de Desarrollo de Mendoza PEDMZA2030 Programas y proyectos. Plazo legal: 12 meses desde la aprobación del Plan de por Ley Programas interjurisdiccionales. Planes sectoriales (mixtos). Programas interministeriales. Plazo legal: 6 meses desde la sanción de la ley (llevó más de 1 año) Plazo legal: 18 meses desde la presentación del Plan del PEDMZA 2030 en la Legislatura (llevó 4 años) QUÉ ES EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL (OT)? Es un concepto complejo, polifacético, relacional, pluridimensional, antropocéntrico. Es holístico (integral ve el proceso como un todo pero entendiendo sus partes), es prospectivo y se plantea a corto, mediano y largo plazo. Requiere la coordinación de las políticas sectoriales, regionales y locales. Es imagen del grado de desarrollo de una determinada sociedad. Marco teórico-conceptual y metodológico PARADIGMA DE LA COMPLEJIDAD ENFOQUES SOBRE EL TERRITORIO PARADIGMA DE LOS SISTEMAS COMPLEJOS ENFOQUES SOBRE MODELOS DE DESARROLLO ENFOQUES DE LA PLANIFICACIÓN Y LAS POLÍTICAS PÚBLICAS I. ÁREA GEOGRAFÍA Para que sirve un mapa?, Relación territorio, espacio geográfico y paisaje. Delimitación administrativa, sentido de pertenencia. Estructuras de poder, gobernabilidad. Formas de organización territorial. Usos de suelo, capacidad de carga, aptitud, compatibilidad e incompatibilidad. Planificación y ordenamiento territorial. ORDENAMIENTO TERRITORIAL II. ÁREA CIENCIAS AGRARIAS Recurso agua: Sostenibilidad ecológica y sostenibilidad social. Características del desarrollo rural con enfoque territorial (participación social, multidimensional y multisectorial. Las instituciones comunes a la gestión ambiental del territorio. La regulación hídrica y su impacto territorial. III. ÁREA CIENCIAS ECONÓMICAS Demanda social, fallas del mercado (externalidades) crecimiento y desarrollo. Bienes privados que originan rivalidad y exclusión y bienes públicos. Instrumentos Económicos: impuestos, recompensa por acciones, subsidios, desgravaciones fiscales y penalización con multas. IV. ÁREA CIENCIAS POLÍTICAS y SOCIALES Relación Estado-Sociedad, política pública como respuesta a las demandas sociales, gestión pública administración pública, organizaciones instituciones, control evaluación y paradigmas del desarrollo Regulación y promoción de la localización de los asentamientos humanos, de las actividades económicas y sociales de una población, así como el desarrollo físico espacial con el fin de lograr una armonía entre el mayor bienestar de la población, la optimización de la explotación y uso delos recursos y la protección y valoración del medio ambiente como objetivo s fundamentales del desarrollo integral (Ley orgánica de Ordenación del territorio, Venezuela, 1983). Conjunto de acciones políticas-administrativas y de planificación física concertadas, emprendidas por los municipios o distritos y áreas metropolitanas para orientar el desarrollo del territorio bajo su jurisdicción y regular la utilización, transformación y ocupación del espacio de acuerdo con las estrategias de desarrollo socioeconómica y en armonía con el medio ambiente y las tradiciones históricas y culturales. (Congreso de la Rca. De Colombia, 1997) En el año 2011 se modifica. QUÉ ES EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL (OT)? El Ordenamiento Territorial es una POLÍTICA DEL ESTADO que garantiza el bien común de todos los habitantes, se orienta al desarrollo sustentable y sostenible, asegura la distribución equilibrada de los habitantes, las infraestructuras, equipamientos y actividades económicas y promueve la participación de la población. Ley de Ordenamiento Territorial y Usos del suelo de la provincia de Mendoza, Argentina (LEY Nº8051/09) La ordenación del territorio es una función pública, una política compleja, de reciente y escasa implantación, que se apoya en instrumentos jurídicos, prácticas administrativas y principios consolidados de planificación, información, conocimiento científico y participación. Zoido (1998) Es el proceso que regula la distribución de actividades en el espacio de acuerdo a un conjunto de planes que pueden o no constituir un sistema de planificación territorial; pero también es el resultado de otras regulaciones sectoriales con incidencia territorial (Gomez Orea, 1994) Es un instrumento de planificación con el que se pretende configurar, en el largo plazo, una organización del uso y ocupación del territorio, acorde con las potencialidades y limitaciones del mismo, las expectativas y aspiraciones de la población y los objetivos de desarrollo. (A. Massiris) QUÉ ES EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL (OT)? QUÉ SE ORDENA? - Actividades - Asentamientos humanos - Recursos naturales - Infraestructuras - Equipamientos QUÉ SON LOS USOS DEL SUELO? Aspecto espacial de las actividades humanas realizadas en el territorio, según sus necesidades. QUÉ CONCEPTOS SON ESENCIALES? - sociedad-naturaleza - el tiempo, dinámica, estructura - el espacio geográfico -las accionesy políticas. Subsistema físico-natural Subsistema político-institucional Subsistema socioeconómico Territorio Lograr un desarrollo territorial más sólido y equilibrado. Fomentar la integración, accesibilidad y conectividad. Alentar las inversiones y la generación de empleo. Buscar una armónica relación entre la sociedad y la naturaleza. Promover la coordinación de las acciones sobre el medio natural y antrópico. Lograr un desarrollo territorial-ambiental sostenible y socialmente equitativo. Fiscalizar las acciones públicas y privadas relativas a la ejecución de los planes, proyectos y programas de ordenamiento territorial. Posibilitar la participación orgánica de la comunidad. PARA QUÉ SE ORDENA? PARADIGMA DE LA COMPLEJIDAD La Ciencia Clásica (S. XIX y XX) se basaba en la objetividad, objetos sometidos a leyes universales. Las Ciencias Sociales se han debatido siempre entre dos modelos de hacer ciencia: Método hipotético deductivo: parte de una serie de reglas a priori y deduce a partir de estas la existencia de patrones de conductas. Método inductivo: ante la falta de un conocimiento de primera mano del objeto de estudio es necesario la recolección de datos que nos permita establecer generalizaciones empíricas para conocer el objeto de estudio. Desde mediados del S. XIX aparecen los modelos de la complejidad, modelos de simulación que intentan emular a través de sistemas basados en agentes, procesos que se dan en la realidad. Las fuentes de datos empíricas son datos pueden ser cualitativos, cuantitativos o combinados; recolectados de primera mano o de fuentes secundarias; teniendo en mente esta clase de modelos u otras formulaciones teóricas. Proponen una nueva forma de investigación abierta a mucha experimentación y desarrollo teórico. PARADIGMA SISTEMAS COMPLEJOS Antecedentes Década de 1940: cibernética de Norbert Wiener basada en los mecanismos de retroalimentación y control y algoritmos de la complejidad (autómatas celulares) propuestos por Von Neumann. Década de 1950: teoría general de los sistemas formulada por Ludwig von Bertalanffy, pone énfasis en la estructura y la dinámica de los sistemas , conjunto de componentes y relaciones con propiedades distintas a la de sus componentes aislados. Morin (1970) plantea el método de la complejidad sistémica al agregar la organización como producto/efecto que surge de las interrelaciones. Década de 1960, teorías de las estructuras disipativas propuesta por Prigogine con énfasis en el desequilibrio y en el papel del individuo y luego la teoría de catástrofes, una rama cualitativa de las matemáticas que estudia las irregularidades o procesos de ruptura y crisis. Década del 90, modelos de simulación utilizados para describir fenómenos acotados con gran potencial descriptivo-explicativa de las teorías de la complejidad. Un sistema complejo es una representación de un recorte de esa realidad, una totalidad organizada en la cual los elementos no son "separables" y, por tanto, no pueden ser estudiados aisladamente. (Garcia Rolando, 2006) Lo conforman 4 espacios: El físico-natural: esferas bióticas y abióticas. El construido, el de las actividades, funciones, asentamientos humanos, relaciones e intercambio. El del hombre, espacio histórico, valores, arraigo e identidad. El organizado, política y administrativamente. TERRITORIO espacio geográfico definido y delimitado por pautas institucionales, legales y el sentido de pertenencia de la comunidad, en donde se da la relación permanente entre los procesos sociales, económicos y ambientales. ENFOQUES SOBRE EL TERRITORIO calidad de vida-desarrollo sustentable y sostenible-desarrollo territorial Territorio Medio físico-natural Medio antrópico Recursos naturales Usos del suelo explotación-conservación- degradación-erosión- contaminación –riesgos vulnerabilidad-capacidad de carga- impacto ambiental aptitud- capacidad de acogida- externalidades- compatibilidad-incompatibilidad- impacto territorial subsistema (clima, aguas, relieve, suelo, vegetación, fauna) Subsistema (población, actividades, usos del suelo, asentamientos humanos, política, administración, economía) ENFOQUES SOBRE EL TERRITORIO AMBIENTE Es lo que se ve, lo que perciben los sentidos, es una manifestación sintética y concreta, una porción del territorio, tal como es percibida por las poblaciones. Contempla tres dimensiones: - objetiva (el paisaje es la expresión del territorio) -subjetiva y cultural (valorización) -temporal y causal (resultado de la interacción hombre-naturaleza) Paisaje ENFOQUES SOBRE EL TERRITORIO Organización Territorial urbana o rural Medio natural Medio antrópico población Asentamientos humanos Marco Jurídico Institucional Infraestructuras Servicios y Equipamientos Actividades económicas suelo agua aire fauna y flora Sistema territorial ENFOQUES SOBRE EL TERRITORIO El territorio es una forma-contenido, una totalidad, su enfoque es HOLÍSTICO. Es un conjunto indisoluble de sistemas de objetos y de acciones. (Milton Santos), que definen una función y estructura a través de componentes y relaciones. ES SISTÉMICO. Tiene una dinámica que varía con el tiempo porque en él interactúan distintos factores internos y externos. Es el resultado de un PROCESO. En él se expresan distintos niveles de actuación y competencia. ES MULTIESCALAR SISTEMA TERRITORIAL Componentes Estructura Dinámica Medio físico-natural Marco legal-institucional infraestructuras Población actividades Es INDIVISIBLE y sus categorías de análisis son: forma, función, estructura y proceso ENFOQUES SOBRE EL TERRITORIO 46 Autor Tiempo Concepción del espacio Enfoque Método y temas Ptolomeo, Humboldt Antigüedad S. XIII-XVIII Descubrimentos Exploración Descripción, Espacio absoluto Empirista Geométrico y descriptivo: cosmografía, cartografía. Ritter , Ratzel (W.Gotz,1882). Siglo XIX Espacio Relativo, Geografía Económica, comercial, Estadística Determinista Ambientalista Explicativo- comparativo. Influencia del medio en el hombre: interrelación y leyes físicas sobre la distribución de la especie humana. Vidal de la Blache Demangeon Perroux, Boudeville Isard Principios siglo XX Economía Regional Posibilista Humanista Clásico-regional Carácter idiográfico. Enciclopedista. Método inductivo. Perspectiva histórica ENFOQUES SOBRE EL TERRITORIO Christaller Losch Timbergen Mediados Siglo XX Absoluto: locacional Modelos econ. Neo Positivista Teórico-cuantitativo Deductivo. Leyes y modelos. Localización. Economía espacial. Y.Lacoste Bunge Años ´60s Social Distribución del poder Estructuralista Comportamental Crítico-radical Crítico. Geografía del comportamiento, Geografía de la Percepción. Geografía Radical Von Bertalanffy Benko, G. Stoper, Fines siglo XX Espacio flujo: Global / local Dialéctica Sistémico-relacional Teoría de los sistemas complejos Reestructuración del sistema ENFOQUES SOBRE EL TERRITORIO Gestión Modelo de desarrollo Estado-Nación-Constitución Administración, concertación, coordinación, control, seguimiento Multiescalaridad-Multiniveles Competencias jurisdiccionales TERRITORIO TERRITORIO TERRITORIO ENFOQUES SOBRE MODELOS DE DESARROLLO ESTADO UNITARIO ESTADO-NACIÓN Las competencias de las entidades territoriales dependen del Gobierno Central: provincias, cantones y parroquias, circunscripciones territoriales indígenas y afroecuatorianas ( título XI, cap.1, art.224) Constitución de Ecuador ESTADO UNITARIO SOCIAL DE DERECHO PLURINACIONAL COMUNITARIO ESTADO FEDERAL Las competencias de las entidades territoriales tienen mayores facultades: nación, provincias y municipios e incorpora a la ciudad de Buenos Aires como una jurisdicción autónoma.(art.1) Constitución de Argentina departamentos, provincias, municipios y territorios indígenas originarios, nuevos niveles de autonomías conforme a la Ley Marco de autonomías y descentralización aprobada en el año 2010 (Ley N° 031/10).Constitución de Bolivia Escala geográfica Multiniveles- Competencias jurisdiccionales MULTIESCALARIDAD Desarrollo sostenible EQUIDAD SOCIAL COHESIÓN SOCIAL SUSTENTABILIDAD AMBIENTAL CALIDAD DE VIDA-BUEN VIVIR CRECIMIENTO ECONÓMICO EQUILIBRIO TERRITORIAL OT OT OT ENFOQUE DE MODELOS DE DESARROLLO DESARROLLO SUSTENTABLE modelo económico que propugna la satisfacción de las necesidades de la generación presente sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras. (Informe Brundtland “Nuestro Futuro Común, 1987), (“Cumbre de la Tierra” en Río de Janeiro 1992). DESARROLLO SOSTENIBLE El equilibrio sustentable no debe decrecer en el tiempo, en su calidad o nivel. Por el contrario debería incrementarse sostenidamente. (Schlotfeld, C.:1998) Busca el equilibrio entre: crecimiento económico-equidad social-sostenibilidad ambiental Necesidad de: conciliar los usos del suelo sostenibilidad social DESARROLLO TERRITORIAL Busca coherencia en la concepción y ejecución de las políticas para el desarrollo equilibrado del territorio y la cohesión social y económica. Sus principios básicos son el equilibrio, la equidad, la sostenibilidad y bien común. Se sustenta en la consolidación de la gobernanza. Proceso de crecimiento y cambio estructural que mediante la utilización del potencial de desarrollo existente conduce a la mejora del bienestar de la población de una localidad o una región. Vázquez Barquero (2002:103) DESARROLLO ENDÓGENO BUEN VIVIR O VIVIR BIEN Concepto adoptado por la Carta Magna ecuatoriana y la Constitución boliviana. Proviene de la cosmovisión de las comunidades indígenas. Es la consecución del florecimiento de todos, en paz y armonía con la naturaleza, para la prolongación indefinida de las culturas humanas. Implica que las libertades, oportunidades, capacidades y potencialidades reales de los individuos se amplían. Cuestiona la economía ortodoxa, Desarrollo = Libertad. Elegir a las personas como centro del desarrollo, libertad / oportunidad DESARROLLO HUMANO CALIDAD DE VIDA “califica, expresa y mide el conjunto de condiciones sociales y ecológicas que tiene un espacio determinado, por lo que lleva implícita o explícitamente una filosofía del desarrollo” (de Barboza, O., 1982). Carta Europea de Ordenación del Territorio (Consejo de Europa 20-V-83 ) Es la expresión espacial de la política económica, social y ecológica : UNA DISCIPLINA CIENTÍFICA, se basa en un análisis interdisciplinario del territorio. UNA TÉCNICA ADMINISTRATIVA, es decir una acción voluntaria de intervención en los diferentes aspectos de un modelo de organización territorial. UNA POLÍTICA PÚBLICA, una política transversal a las políticas intersectoriales que requiere una visión interjurisdiccional y un proceso continuo e interactivo entre el mercado y el Estado, los sectores privados y públicos. Requiere de una gestión integral y sistémica Es un instrumento de planificación Se sustenta en un análisis sistémico e integral Ordenamiento Territorial ENFOQUES DE LA PLANIFICACIÓN Y LAS POLÍTICAS PÚBLICAS Los intentos de planificación tradicional han fracasado porque no han atendido a uno de los problemas claves que plantea la economía en el territorio, el de la concentración y desequilibrios territoriales. EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL COMO FORMA DE PLANIFICACIÓN -Solo planifica el Estado. -Trabajan con “sectores” -Utilizan sistemas de información estadística. -No abordan los cambios estructurales. -Planifican los actores sociales y el Estado. -Trabajan con el territorio. -Utilizan distintos sistemas de información. -Se abordan los cambios estructurales. PLANIFICACIÓN NACIONAL, GLOBAL Y SECTORIAL: Pretende regular parcial o totalmente la organización de una sociedad para lograr sus objetivos de desarrollo económico y social (Tinbergen, J., 1968) PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA: proceso participativo orientado a fijar las bases de una acción integrada con metas de largo plazo, identificando cursos de acción específicos e indicadores de seguimiento de los resultados. ORDENAMIENTO TERRITORIAL: pretende configurar en el largo plazo una organización del uso y ocupación del territorio, acorde con las potencialidades y limitaciones del mismo, las expectativas y aspiraciones de la población y los objetivos de desarrollo. (A. Massiris) PLANIFICACIÓN AMBIENTAL: operacionaliza acciones tendientes a proteger los componentes vulnerables o estimados como valiosos por la sociedad, a reparar ámbitos dañados, a minimizar cargas ambientales y prevenir acciones. Planificación situacional: Diseño de cambios situaciones en el contexto de fuerzas oponentes que planifican situaciones. (C.Matus, 1981) PLANIFICACIÓN URBANO-REGIONAL: diferenciación del territorio nacional según sistemas y estructuras ecológicas, económicas y sociales. (ILPES, 1981) Sistema funcional y equilibrado urbano y regional. EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL COMO FORMA DE PLANIFICACIÓN transporte económica social educativa energética vivienda Política Territorial Otras ……. POLÍTICAS SECTORIALES Y POLÍTICA TERRITORIAL Concurrencia de las normas jurídicas Concurrencia de políticas públicas-coordinación 59 No es una expresión jurídica sino política al ser resultado de fuerzas políticas y sociales. Se apoya en saberes técnicos y en consensos o acuerdos referentes al equilibrio territorial, la equidad social y la sostenibilidad ambiental. Se sustenta en un gran acuerdo de interés general. Conserva una cierta direccionalidad en el tiempo, más allá del color político-ideológico del gobierno. Determina cursos de acción que influyen en el Estado y la Sociedad. EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL COMO POLÍTICA DE ESTADO Define una modalidad de intervención del Estado. Apunta a la resolución de problemas estructurales. Debe ser continua en el tiempo, por lo que necesita un marco normativo de sustento. Requiere coordinación y coherencia en la formulación y ejecución de las políticas públicas que inciden en el territorio. Su construcción exige, una participación consciente y activa de la sociedad. 60 Gobierno Es la institución que dirige y conduce al Estado. Formula y ejecuta las políticas públicas de acuerdo a un plan de gobierno que pueden o no tener un amplio consenso social y político. Actúa conforme a normas, reglamentos y controles. Es la organización política y jurídica, que a través de un esquema institucional, se da una sociedad. Su existencia trasciende los diversos períodos de gobierno. Define políticas de largo plazo, estables y continuas. Estado El GOBIERNO debe alentar la institucionalidad y el debate público para que el ESTADO y la SOCIEDAD lleguen a acuerdos que se plasman en POLÍTICAS DE ESTADO EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL COMO POLÍTICA DE ESTADO Se debe prever su jerarquización y coordinación conforme a las competencias delegadas a cada nivel jurisdiccional en la Constitución Nacional A nivel nacional: lineamientos sobre el modelo de país identificación de los instrumentos OT a escala nacional coordinación entre diferentes niveles jurisdiccionales. A nivel regional o provincial : la coordinación de acciones entre el nivel nacional y el local o municipal, la elaboración de su propio modelo territorial actual y futuro. A escala local o municipal: viabilizar los lineamientos nacionales y regionales o provinciales, considerar las aptitudes del lugar y el interés de sus pobladores. Planes, programas y proyectos COORDINACIÓN MULTINIVEL DE POLÍTICAS Y PROGRAMAS actividades que un Estado diseña y gestiona a través de un gobierno y una administración pública Políticas públicas Procedimiento administrativo Es una serie de actos realizados en ejercicio de alguna función estatal, que emanan de la autoridad y que se desenvuelven progresivamente hasta el dictado del acto administrativo (reglamento, contrato o convenio).Es la forma en que se manifiesta la voluntad de la administración. Administración (público)- Gerencia-Gestión(privado) Conjunto de atribuciones, funciones y potestades que el Ordenamiento Jurídico atribuye a cada órgano u organismo. Es de interpretación restrictiva. Proceso de planear, organizar, dirigir, evaluar y controlar Competencia Tiende a armonizar los derechos de propiedad de los administrados con los intereses públicos, reduciendo de alguna manera el ejercicio de aquellos derechos. Se motivan en razones de interés general. EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL COMO FORMA DE GESTIÓN GESTIÓN DEL TERRITORIO Juego de poderes y superposición de áreas de decisión nivel multiescalar Gobernador Intendente Entes Reguladores Municipios Sector CyT Organizaciones Sociedad Civil Ministerio Ministerio Ministerio “La competencia administrativa de los organismos públicos está organizada en base a franjas sectoriales o “verticales” (salud, vivienda, energía, industria, etc.) [...]cuando se quiere imponer una visión totalmente totalizadora –como lo exige el planeamiento urbano y regional- esta visión entra en conflicto con la división administrativa “vertical” ya señalada”. (Rosatti, 1998) Ministerio ? GESTIÓN DEL TERRITORIO 65 La gobernabilidad está relacionada con la capacidad de un buen gobierno, la estabilidad institucional y política. La institucionalidad se refiere a al Estado de Derecho La gobernanza es la capacidad de regular e intervenir teniendo en cuenta la coordinación de multiplicidad de actores para lograr un “buen gobierno”. Son claves para el Ordenamiento Territorial Mientras que la gobernabilidad exige un acuerdo de parte del poder político, la gobernanza requiere un pacto entre el Gobierno y sociedad. Mientras exista mayor institucionalidad se podrá construir mayor gobernabilidad 66 Desafíos… Si esto no se consigue el Ordenamiento Territorial será uno más de los tantos intentos de planificación que fracasará Cambios estructurales en la manera de gestionar y planificar el territorio 67 Institucionalidad Gobernabilidad Gobernanza PARADIGMA DE LA COMPLEJIDAD ENFOQUES SOBRE EL TERRITORIO PARADIGMA DE LOS SISTEMAS COMPLEJOS ENFOQUES SOBRE MODELOS DE DESARROLLO ENFOQUES DE LA PLANIFICACIÓN Y LAS POLÍTICAS PÚBLICAS Tema de tesis, con una descripción breve y pertinente del mismo Antecedentes del tema, con la exposición concisa del estado actual de la cuestión propuesta. Fundamentación de la elección de tema Mención expresa de las finalidades específicas que se persiguen con el tema que se propone y la posible importancia de los resultados que se obtengan (va después del planteo del problema e hipótesis) Enunciación breve del marco teórico Hipótesis de trabajo y problema a investigar (va primero la zona de estudio, luego el problema a investigar y luego la o las hipótesis y objetivos o finalidades) Metodología Descripción de las fuentes, indicando su accesibilidad Bibliografía Cronograma que contenga fases de evaluación y duración estimada. PROYECTO DE TESIS ACTIVIDAD PRÁCTICA Fecha: 3 y 4 de mayo de 2017 Fecha 9 y 10 de noviembre de 2017 Analizar los paradigmas y/o enfoques referente al Ordenamiento Territorial. Incorporarlos al marco teórico del proyecto de tesis. Elaborar una monografía con los resultados alcanzados . Actividad a desarrollar en forma individual entre mayo y noviembre de 2017 A nivel grupal elegir uno de los proyectos de tesis de sus integrantes para ser analizado. A partir de la presentación de las etapas metodológicas del Ordenamiento Territorial y forma de aplicación, identificar los contenidos a incorporar en el proyecto de tesis. Especificar si se trata de contenidos conceptuales, procedimentales o actitudinales. A nivel grupal seleccionar uno de los proyectos de tesis de sus integrantes para ser analizado. Conforme a los items del punto 4.2 del Reglamento, ajustar lo elaborado sobre la idea proyecto. Señalar los contenidos básicos del curso Bases conceptuales para el Ordenamiento Territorial. A partir de la presentación del contexto actual del Ordenamiento Territorial y el marco teórico-conceptual y metodológico identificar los paradigmas y/o enfoques a adoptar. TRABAJO FINAL Fecha de entrega del trabajo final: 15 de diciembre del 2017 Fecha de entrega de resultados: 15 de febrero de 2018 Recuperatorio : 2 de marzo de 2018 Fecha de entrega de resultados del recuperatorio: 15 de marzo de 2018 Presentación del proyecto de tesis el que deberá contener: Marco teórico con la incorporación de paradigmas y/o enfoques referente al Ordenamiento Territorial Identificación de la zona de estudio. Coherencia de la formulación del problema a investigar con la/s hipótesis o supuestos. Aportes al Ordenamiento Territorial y el desarrollo sostenible. Muchas gracias !!!!!! Día de consulta días miércoles de 13 a 15 h. Oficina: DOTYDS, 5to. Piso FFyL, ala norte elinagudino@gmail.com ConstituCión polítiCa del estado de plurinaCional de Bolivia BoliviaBoliviaBoliviaBolivia Bolivia Bolivia Constitución Política del Estado Plurinacional BoliviaBoliviaBoliviaBoliviaBolivia Bolivia Bolivia 3 H istóricamente, Bolivia se ha construido a partir de la exclusión de los pueblos indí- genas. Es por eso que en el marco de las transformaciones profundas y democráticas nos hemos propuesto cambiar esta situación injusta. Todos quienes nacimos en Bolivia somos originarios de esta tierra; algunos somos originarios milena- rios y otros son originarios contemporá- neos. El problema es que los origina- rios milenarios somos muchos pero pobres y los originarios contempo- ráneos son pocos pero ricos. Me- diante esta Nueva Constitución Política queremos que todos los originarios bolivianos seamos iguales. Eso estamos buscando, sin racismo, ni discriminación. Hoy, con la Nueva Constitu- ción Política del Estado tene- mos la oportunidad histórica de cerrarle las puertas al racismo, a la discriminación y a la exclusión empezando a construir un Estado Plurinacional, intercultural y au- ténticamente democrático que se funde en la pluralidad cultural de nuestra patria. Para que nunca más seamos excluidos Constitución Política del Estado Plurinacional BoliviaBoliviaBoliviaBoliviaBolivia Bolivia Bolivia 4 BoliviaBoliviaBoliviaBolivia Bolivia Bolivia Para construir una Bolivia más justa necesitamos un golpe de ti- món de fondo y en esa tarea los pueblos indígenas nos señalan la ruta que debemos seguir. La Nueva Constitución establece que en el nuevo modelo de país los pueblos indígenas tendrán una profun- da participación civil, política y económica. Para que nunca más seamos excluidos. Antes, las hermanas y hermanos quechuas, aymaras, guaraníes y otros hermanos de tierras bajas no podíamos entrar al Palacio, no podíamos entrar a la Plaza Murillo, no podíamos caminar en las aceras, en las ciudades importantes; ése es el pasado de los pueblos indígenas en Bolivia y en Latinoamérica. Ahora, los pueblos indí- genas somos uno de los pilares fundamentales de un nuevo país. Estoy convencido de que la Nueva Constitución Política del Estado tiene que pasar del papel a la realidad para que nuestros conocimien- tos y nuestra participación nos ayuden a construir un nuevo futuro de esperanza para todos. Quién sino los pueblos indígenas podemos señalar el rumbo de estos cambios para la preservación de la natu- raleza, para distribuir equitativamente los beneficios de los recursos naturales y de los territorios que habitamos ancestralmente. Sé que no es fácil el cambio cuando un sector extremadamente po- deroso tiene que renunciar a sus privilegios. Vivimos un constante sabotaje porque estamos acabando con los privilegios para que to- dos podamos “Vivir Bien” y no mejor que nuestros semejantes. Sé que el cambio es muy difícil, pero tengo absoluta confianza en las bolivianas y bolivianos, en su capacidad de razonar, de aprender de sus errores, de recuperar sus raíces y de cambiar para forjar un país justo, diverso,inclusivo, equilibrado y armónico. Evo Morales Ayma Presidente ConstituCional del estado PlurinaCional de Bolivia BoliviaBoliviaBoliviaBolivia Bolivia Constitución Política del Estado Plurinacional BoliviaBoliviaBoliviaBoliviaBolivia Bolivia Bolivia 5 L a Nueva Constitución Política del Estado, representa un pacto de convivencia entre todos los bolivianos y es un proyecto de sociedad y Estado para las próximas generaciones. Es el fruto de un arduo proceso, que comenzó con su aprobación por la Asamblea Constituyente en grande y en detalle, el 9 de di- ciembre de 2007, en la ciudad de Oruro, por 164 constituyentes de 10 fuerzas políticas. Luego, mediante un acuerdo nacional con diversos actores sociales y políticos, la Nueva Constitución Política del Estado tuvo algunas modificaciones, que fueron compatibilizadas, consensuadas y fi- nalmente aprobadas por 2/3 de votos de todas las fuerzas políticas del Congreso Nacional, el 21 de Octubre de 2008. Este documento final que hoy ponemos a su disposición y que será sometido a referéndum constitucional el próximo 25 de enero de 2009, tiene el objetivo de orientar e informar a la ciudadanía sobre tres temáticas que serán partes fundamentales del nuevo Estado Plurinacional Comunitario que propugna la Nueva CPE: DERE- CHOS INDÍGENAS, AUTONOMÍAS Y AMAZONIA. En la primera temática, se han resaltado en negrillas, los artículos que hacen referencia a los derechos indígenas a lo largo de todo el texto constitucional. Se ha incluido además, un resumen explicati- vo de algunos de los derechos indígenas incorporados en los 18 tí- tulos de la Nueva CPE y, por último, se ha añadido un documento sobre las ideas centrales de derechos indígenas y su concordancia con la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Presentación Constitución Política del Estado Plurinacional BoliviaBoliviaBoliviaBoliviaBolivia Bolivia Bolivia 6 BoliviaBoliviaBoliviaBolivia Bolivia Bolivia Pueblos Indígenas y el Convenio 169 de la Organización Interna- cional del Trabajo. En la segunda parte, referida a las AUTONOMIAS, de igual mane- ra, se resaltan en negrillas los artículos relacionados a esta temática. Al final del documento se ha realizado una breve explicación sobre los cuatro niveles de autonomías, sus competencias y alcances. La tercera parte, se refiere a uno de los hechos más trascendentales en la redacción de la Nueva CPE, el reconocimiento y la incorpo- ración de la Amazonia por primera vez, en un texto constitucional. Esta región es considerada como “un espacio estratégico de especial protección para el desarrollo integral del país”. De manera com- plementaria, se resumen los principales puntos establecidos para el desarrollo integral de esta región. Además, se añade información sobre este territorio prioritario para el país. BoliviaBoliviaBoliviaBolivia Bolivia Constitución Política del Estado Plurinacional BoliviaBoliviaBoliviaBoliviaBolivia Bolivia Bolivia 7 E n tiempos inmemoriales se erigieron montañas, se desplazaron ríos, se formaron lagos. Nuestra amazonia, nuestro chaco, nues- tro altiplano y nuestros llanos y valles se cubrieron de verdores y flores. Poblamos esta sagrada Madre Tierra con rostros diferentes, y comprendimos desde entonces la pluralidad vigente de todas las cosas y nuestra diversidad como seres y culturas. Así conformamos nuestros pueblos, y jamás comprendimos el racismo hasta que lo sufrimos desde los funestos tiempos de la colonia. El pueblo boliviano, de composición plural, desde la profundidad de la historia, inspirado en las luchas del pasado, en la sublevación indígena anticolonial, en la independencia, en las luchas populares de liberación, en las marchas indígenas, sociales y sindicales, en las guerras del agua y de octubre, en las luchas por la tierra y territo- rio, y con la memoria de nuestros mártires, construimos un nuevo Estado. Un Estado basado en el respeto e igualdad entre todos, con princi- pios de soberanía, dignidad, complementariedad, solidaridad, ar- monía y equidad en la distribución y redistribución del producto social, donde predomine la búsqueda del vivir bien; con respeto a la pluralidad económica, social, jurídica, política y cultural de los habitantes de esta tierra; en convivencia colectiva con acceso al agua, trabajo, educación, salud y vivienda para todos. Dejamos en el pasado el Estado colonial, republicano y neoli- beral. Asumimos el reto histórico de construir colectivamente el Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, que integra y articula los propósitos de avanzar hacia una Bolivia Preámbulo Constitución Política del Estado Plurinacional BoliviaBoliviaBoliviaBoliviaBolivia Bolivia Bolivia 8 democrática, productiva, portadora e inspiradora de la paz, com- prometida con el desarrollo integral y con la libre determinación de los pueblos. Nosotros, mujeres y hombres, a través de la Asamblea Constitu- yente y con el poder originario del pueblo, manifestamos nuestro compromiso con la unidad e integridad del país. Cumpliendo el mandato de nuestros pueblos, con la fortaleza de nuestra Pachamama y gracias a Dios, refundamos Bolivia. Honor y gloria a los mártires de la gesta constituyente y liberadora, que han hecho posible esta nueva historia. BoliviaBoliviaBoliviaBolivia Bolivia parte i Constitución Política del Estado Plurinacional BoliviaBoliviaBoliviaBoliviaBolivia Bolivia Bolivia 10 BoliviaBoliviaBoliviaBolivia Bolivia Bolivia BoliviaBoliviaBoliviaBolivia Bolivia Constitución Política del Estado Plurinacional BoliviaBoliviaBoliviaBoliviaBolivia Bolivia Bolivia 11 CaPítulo Primero: modelo de estado A rtícuo 1. Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, independiente, sobera- no, democrático, intercultural, descentralizado y con autonomías. Bolivia se funda en la pluralidad y el pluralismo político, económi- co, jurídico, cultural y lingüístico, dentro del proceso integrador del país. Artículo 2. Dada la existencia precolonial de las naciones y pueblos indígena originario campesinos y su dominio ancestral sobre sus territorios, se garantiza su libre determinación en el marco de la unidad del Estado, que consiste en su derecho a la autonomía, al autogobier- no, a su cultura, al reconocimiento de sus instituciones y a la con- solidación de sus entidades territoriales, conforme a esta Constitu- ción y la ley. Artículo 3. La nación boliviana está conformada por la totalidad de las boli- vianas y los bolivianos, las naciones y pueblos indígena originario campesinos, y las comunidades interculturales y afrobolivianas que en conjunto constituyen el pueblo boliviano. Artículo 4. El Estado respeta y garantiza la libertad de religión y de creencias espirituales, de acuerdo con sus cosmovisiones. El Estado es inde- pendiente de la religión. Artículo 5. I. Son idiomas oficiales del Estado el castellano y todos los idiomas de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, que son el aymara, araona, baure, bésiro, canichana, cavineño, cayubaba, chácobo, chimán, ese ejja, guaraní, guarasu’we, guarayu, itonama, Bases Fundamentales del Estado Derechos, Deberes y Garantías Bases Fundamentales del Estado primera parte TíTulo I Constitución Política del Estado Plurinacional BoliviaBoliviaBoliviaBoliviaBolivia Bolivia Bolivia 12 BoliviaBoliviaBoliviaBolivia Bolivia Bolivia leco, machajuyai-kallawaya, machineri, maropa, mojeño-trinitario, mojeño-ignaciano, moré, mosetén, movima, pacawara, puquina, quechua, sirionó, tacana, tapiete, toromona, uru-chipaya, weenha- yek, yaminawa, yuki, yuracaré y zamuco. II. El Gobierno plurinacional y los gobiernos departamentales deben utilizar al menos dos idiomas oficiales. Uno de ellos debe ser el castellano, y el otro se decidirá tomando en cuentael uso, la con- veniencia, las circunstancias, las necesidades y preferencias de la población en su totalidad o del territorio en cuestión. Los demás gobiernos autónomos deben utilizar los idiomas propios de su te- rritorio, y uno de ellos debe ser el castellano. Artículo 6. I. Sucre es la Capital de Bolivia. II. Los símbolos del Estado son la bandera tricolor rojo, amarillo y verde; el himno boliviano; el escudo de armas; la wiphala; la esca- rapela; la flor de la kantuta y la flor del patujú. CaPítulo segundo: PrinCiPios, valores y Fines del estado Artículo 7. La soberanía reside en el pueblo boliviano, se ejerce de forma di- recta y delegada. De ella emanan, por delegación, las funciones y atribuciones de los órganos del poder público; es inalienable e imprescriptible. Artículo 8. I. El Estado asume y promueve como principios ético-morales de la sociedad plural: ama qhilla, ama llulla, ama suwa (no seas flojo, no seas mentiroso ni seas ladrón), suma qamaña (vivir bien), ñandere- ko (vida armoniosa), teko kavi (vida buena), ivi maraei (tierra sin mal) y qhapaj ñan (camino o vida noble). II. El Estado se sustenta en los valores de unidad, igualdad, in- clusión, dignidad, libertad, solidaridad, reciprocidad, respeto, complementariedad, armonía, transparencia, equilibrio, igual- dad de oportunidades, equidad social y de género en la partici- pación, bienestar común, responsabilidad, justicia social, dis- tribución y redistribución de los productos y bienes sociales, para vivir bien. Artículo 9. Son fines y funciones esenciales del Estado, además de los que establece la Constitución y la ley: BoliviaBoliviaBoliviaBolivia Bolivia Constitución Política del Estado Plurinacional BoliviaBoliviaBoliviaBoliviaBolivia Bolivia Bolivia 13 1. Constituir una sociedad justa y armoniosa, cimentada en la des- colonización, sin discriminación ni explotación, con plena justicia social, para consolidar las identidades plurinacionales. 2. Garantizar el bienestar, el desarrollo, la seguridad y la protec- ción e igual dignidad de las personas, las naciones, los pueblos y las comunidades, y fomentar el respeto mutuo y el diálogo intracultu- ral, intercultural y plurilingüe. 3. Reafirmar y consolidar la unidad del país, y preservar como patrimonio histórico y humano la diversidad plurinacional. 4. Garantizar el cumplimiento de los principios, valores, derechos y deberes reconocidos y consagrados en esta Constitución. 5. Garantizar el acceso de las personas a la educación, a la salud y al trabajo. 6. Promover y garantizar el aprovechamiento responsable y plani- ficado de los recursos naturales, e impulsar su industrialización, a través del desarrollo y del fortalecimiento de la base productiva en sus diferentes dimensiones y niveles, así como la conservación del medio ambiente, para el bienestar de las generaciones actuales y futuras. Artículo 10. I. Bolivia es un Estado pacifista, que promueve la cultura de la paz y el derecho a la paz, así como la cooperación entre los pueblos de la región y del mundo, a fin de contribuir al conocimiento mutuo, al desarrollo equitativo y a la promoción de la interculturalidad, con pleno respeto a la soberanía de los estados. II. Bolivia rechaza toda guerra de agresión como instrumento de so- lución a los diferendos y conflictos entre estados y se reserva el derecho a la legítima defensa en caso de agresión que comprometa la independencia y la integridad del Estado. III. Se prohíbe la instalación de bases militares extranjeras en territorio boliviano. CaPítulo terCero: sistema de goBierno Artículo 11. I. La República de Bolivia adopta para su gobierno la forma demo- crática participativa, representativa y comunitaria, con equivalen- cia de condiciones entre hombres y mujeres. Constitución Política del Estado Plurinacional BoliviaBoliviaBoliviaBoliviaBolivia Bolivia Bolivia 14 BoliviaBoliviaBoliviaBolivia Bolivia Bolivia II. La democracia se ejerce de las siguientes formas, que serán desarro- lladas por la ley: 1. Directa y participativa, por medio del referendo, la iniciativa legislativa ciudadana, la revocatoria de mandato, la asamblea, el cabildo y la consulta previa. Las asambleas y cabildos tendrán ca- rácter deliberativo conforme a ley. 2. Representativa, por medio de la elección de representantes por voto universal, directo y secreto, conforme a ley. 3. Comunitaria, por medio de la elección, designación o nomina- ción de autoridades y representantes por normas y procedimientos propios de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, entre otros, conforme a ley. Artículo 12. I. El Estado se organiza y estructura su poder público a través de los órganos Legislativo, Ejecutivo, Judicial y Electoral. La organiza- ción del Estado está fundamentada en la independencia, separa- ción, coordinación y cooperación de estos órganos. II. Son funciones estatales la de Control, la de Defensa de la Sociedad y la de Defensa del Estado. III. Las funciones de los órganos públicos no pueden ser reunidas en un solo órgano ni son delegables entre si. TíTulo III Derechos fundamentales y garantías CaPítulo Primero: disPosiCiones generales Artículo 13. I. Los derechos reconocidos por esta Constitución son inviolables, universales, interdependientes, indivisibles y progresivos. El Esta- do tiene el deber de promoverlos, protegerlos y respetarlos. II. Los derechos que proclama esta Constitución no serán entendidos como negación de otros derechos no enunciados. III. La clasificación de los derechos establecida en esta Constitución no determina jerarquía alguna ni superioridad de unos derechos sobre otros. BoliviaBoliviaBoliviaBolivia Bolivia Constitución Política del Estado Plurinacional BoliviaBoliviaBoliviaBoliviaBolivia Bolivia Bolivia 15 Los tratados y convenios internacionales ratificados por la Asam- blea Legislativa Plurinacional, que reconocen los derechos huma- nos y que prohíben su limitación en los Estados de Excepción pre- valecen en el orden interno. Los derechos y deberes consagrados en esta Constitución se interpretarán de conformidad con los Trata- dos internacionales de derechos humanos ratificados por Bolivia. Artículo 14. I. Todo ser humano tiene personalidad y capacidad jurídica con arre- glo a las leyes y goza de los derechos reconocidos por esta Consti- tución, sin distinción alguna. II. El Estado prohíbe y sanciona toda forma de discriminación funda- da en razón de sexo, color, edad, orientación sexual, identidad de género, origen, cultura, nacionalidad, ciudadanía, idioma, credo religioso, ideología, filiación política o filosófica, estado civil, con- dición económica o social, tipo de ocupación, grado de instruc- ción, discapacidad, embarazo, u otras que tengan por objetivo o resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos de toda persona. III. El Estado garantiza a todas las personas y colectividades, sin discri- minación alguna, el libre y eficaz ejercicio de los derechos estable- cidos en esta Constitución, las leyes y los tratados internacionales de derechos humanos. IV. En el ejercicio de los derechos, nadie será obligado a hacer lo que la Cons- titución y las leyes no manden, ni a privarse de lo que éstas no prohíban. V. Las leyes bolivianas se aplican a todas las personas, naturales o jurídicas, bolivianas o extranjeras, en el territorio boliviano. VI. Las extranjeras y los extranjeros en el territorio boliviano tienen los derechos y deben cumplir los deberes establecidos en la Constitu- ción, salvo las restricciones que ésta contenga. CaPítulo segundo: dereChos Fundamentales Artículo 15. I. Toda persona tiene derecho a la vida y a la integridad física, psico- lógica y sexual. Nadie será torturado, ni sufrirá tratos crueles, inhu- manos, degradantes o humillantes. No existe la pena de muerte. II. Todas las personas, en particular lasmujeres, tienen derecho a no sufrir violencia física, sexual o psicológica, tanto en la familia como en la sociedad. Constitución Política del Estado Plurinacional BoliviaBoliviaBoliviaBoliviaBolivia Bolivia Bolivia 16 BoliviaBoliviaBoliviaBolivia Bolivia Bolivia III. El Estado adoptará las medidas necesarias para prevenir, eliminar y sancionar la violencia de género y generacional, así como toda ac- ción u omisión que tenga por objeto degradar la condición huma- na, causar muerte, dolor y sufrimiento físico, sexual o psicológico, tanto en el ámbito público como privado. IV. Ninguna persona podrá ser sometida a desaparición forzada por causa o circunstancia alguna. V. Ninguna persona podrá ser sometida a servidumbre ni esclavitud. Se prohíbe la trata y tráfico de personas. Artículo 16. I. Toda persona tiene derecho al agua y a la alimentación. II. El Estado tiene la obligación de garantizar la seguridad alimenta- ria, a través de una alimentación sana, adecuada y suficiente para toda la población. Artículo 17. Toda persona tiene derecho a recibir educación en todos los niveles de manera universal, productiva, gratuita, integral e intercultural, sin discriminación. Artículo 18. I. Todas las personas tienen derecho a la salud. II. El Estado garantiza la inclusión y el acceso a la salud de todas las personas, sin exclusión ni discriminación alguna. III. El sistema único de salud será universal, gratuito, equitativo, intra- cultural, intercultural, participativo, con calidad, calidez y control social. El sistema se basa en los principios de solidaridad, eficiencia y corresponsabilidad y se desarrolla mediante políticas públicas en todos los niveles de gobierno. Artículo 19. I. Toda persona tiene derecho a un hábitat y vivienda adecuada, que dignifiquen la vida familiar y comunitaria. II. El Estado, en todos sus niveles de gobierno, promoverá planes de vivienda de interés social, mediante sistemas adecuados de finan- ciamiento, basándose en los principios de solidaridad y equidad. Estos planes se destinarán preferentemente a familias de escasos recursos, a grupos menos favorecidos y al área rural. Artículo 20. I. Toda persona tiene derecho al acceso universal y equitativo a los servicios básicos de agua potable, alcantarillado, electricidad, gas domiciliario, postal y telecomunicaciones. BoliviaBoliviaBoliviaBolivia Bolivia Constitución Política del Estado Plurinacional BoliviaBoliviaBoliviaBoliviaBolivia Bolivia Bolivia 17 II. Es responsabilidad del Estado, en todos sus niveles de gobierno, la provisión de los servicios básicos a través de entidades públicas, mixtas, cooperativas o comunitarias. En los casos de electricidad, gas domiciliario y telecomunicaciones se podrá prestar el servicio mediante contratos con la empresa privada. La provisión de servi- cios debe responder a los criterios de universalidad, responsabili- dad, accesibilidad, continuidad, calidad, eficiencia, eficacia, tari- fas equitativas y cobertura necesaria; con participación y control social. III. El acceso al agua y alcantarillado constituyen derechos humanos, no son objeto de concesión ni privatización y están sujetos a régi- men de licencias y registros, conforme a ley. CaPítulo terCero: dereChos Civiles y PolítiCos Sección I: Derechos Civiles Artículo 21. Las bolivianas y los bolivianos tienen los siguientes derechos: 1. A la autoidentificación cultural. 2. A la privacidad, intimidad, honra, honor, propia imagen y dig- nidad. 3. A la libertad de pensamiento, espiritualidad, religión y culto, expresados en forma individual o colectiva, tanto en público como en privado, con fines lícitos. 4. A la libertad de reunión y asociación, en forma pública y priva- da, con fines lícitos. 5. A expresar y difundir libremente pensamientos u opiniones por cualquier medio de comunicación, de forma oral, escrita o visual, individual o colectiva. 6. A acceder a la información, interpretarla, analizarla y comuni- carla libremente, de manera individual o colectiva. 7. A la libertad de residencia, permanencia y circulación en todo el territorio boliviano, que incluye la salida e ingreso del país. Artículo 22. La dignidad y la libertad de la persona son inviolables. Respetarlas y protegerlas es deber primordial del Estado. Constitución Política del Estado Plurinacional BoliviaBoliviaBoliviaBoliviaBolivia Bolivia Bolivia 18 BoliviaBoliviaBoliviaBolivia Bolivia Bolivia Artículo 23. I. Toda persona tiene derecho a la libertad y seguridad personal. La libertad personal sólo podrá ser restringida en los límites señalados por la ley, para asegurar el descubrimiento de la verdad histórica en la actuación de las instancias jurisdiccionales. II. Se evitará la imposición a los adolescentes de medidas privativas de libertad. Todo adolescente que se encuentre privado de libertad recibirá atención preferente por parte de las autoridades judicia- les, administrativas y policiales. Éstas deberán asegurar en todo momento el respeto a su dignidad y la reserva de su identidad. La detención deberá cumplirse en recintos distintos de los asignados para los adultos, teniendo en cuenta las necesidades propias de su edad. III. Nadie podrá ser detenido, aprehendido o privado de su libertad, salvo en los casos y según las formas establecidas por la ley. La ejecución del mandamiento requerirá que éste emane de autoridad competente y que sea emitido por escrito. IV. Toda persona que sea encontrada en delito flagrante podrá ser aprehendida por cualquier otra persona, aun sin mandamiento. El único objeto de la aprehensión será su conducción ante autoridad judicial competente, quien deberá resolver su situación jurídica en el plazo máximo de veinticuatro horas. V. En el momento en que una persona sea privada de su libertad, será informada de los motivos por los que se procede a su detención, así como de la denuncia o querella formulada en su contra. VI. Los responsables de los centros de reclusión deberán llevar el re- gistro de personas privadas de libertad. No recibirán a ninguna persona sin copiar en su registro el mandamiento correspondiente. Su incumplimiento dará lugar al procesamiento y sanciones que señale la ley. Artículo 24. Toda persona tiene derecho a la petición de manera individual o colectiva, sea oral o escrita, y a la obtención de respuesta formal y pronta. Para el ejercicio de este derecho no se exigirá más requisito que la identificación del peticionario. Artículo 25. I. Toda persona tiene derecho a la inviolabilidad de su domicilio y al secreto de las comunicaciones privadas en todas sus formas, salvo autorización judicial. BoliviaBoliviaBoliviaBolivia Bolivia Constitución Política del Estado Plurinacional BoliviaBoliviaBoliviaBoliviaBolivia Bolivia Bolivia 19 II. Son inviolables la correspondencia, los papeles privados y las ma- nifestaciones privadas contenidas en cualquier soporte, éstos no podrán ser incautados salvo en los casos determinados por la ley para la investigación penal, en virtud de orden escrita y motivada de autoridad judicial competente. III. Ni la autoridad pública, ni persona u organismo alguno podrán interceptar conversaciones o comunicaciones privadas mediante instalación que las controle o centralice. IV. La información y prueba obtenidas con violación de correspon- dencia y comunicaciones en cualquiera de sus formas no produci- rán efecto legal. Sección II: Derechos Políticos Artículo 26. I. Todas las ciudadanas y los ciudadanos tienen derecho a participar libremente en la formación, ejercicio y control del poder político, directamente o por medio de sus representantes, y de manera in- dividual o colectiva. La participación será equitativa y en igualdad de condiciones entre hombres y mujeres. II. El derecho a la participación comprende: 1. La organización con fines de participación política, conforme a la Constitución y ala ley. 2. El sufragio, mediante voto igual, universal, directo, individual, secreto, libre y obligatorio, escrutado públicamente. El sufragio se ejercerá a partir de los dieciocho años cumplidos. 3. Donde se practique la democracia comunitaria, los procesos electorales se ejercerán según normas y procedimientos propios, supervisados por el Órgano Electoral, siempre y cuando el acto electoral no esté sujeto al voto igual, universal, directo, secreto, libre y obligatorio. 4. La elección, designación y nominación directa de los represen- tantes de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, de acuerdo con sus normas y procedimientos propios. 5. La fiscalización de los actos de la función pública. Artículo 27. I. Las bolivianas y los bolivianos residentes en el exterior tienen dere- cho a participar en las elecciones a la Presidencia y Vicepresidencia Constitución Política del Estado Plurinacional BoliviaBoliviaBoliviaBoliviaBolivia Bolivia Bolivia 20 BoliviaBoliviaBoliviaBolivia Bolivia Bolivia del Estado, y en las demás señaladas por la ley. El derecho se ejerce- rá a través del registro y empadronamiento realizado por el Órgano Electoral. II. Las extranjeras y los extranjeros residentes en Bolivia tienen de- recho a sufragar en las elecciones municipales, conforme a la ley, aplicando principios de reciprocidad internacional. Artículo 28. El ejercicio de los derechos políticos se suspende en los siguientes casos, previa sentencia ejecutoriada mientras la pena no haya sido cumplida: 1. Por tomar armas y prestar servicio en fuerzas armadas enemigas en tiempos de guerra. 2. Por defraudación de recursos públicos. 3. Por traición a la patria. Artículo 29. I. Se reconoce a las extranjeras y los extranjeros el derecho a pedir y recibir asilo o refugio por persecución política o ideológica, de conformidad con las leyes y los tratados internacionales. II. Toda persona a quien se haya otorgado en Bolivia asilo o refugio no será expulsada o entregada a un país donde su vida, integridad, seguridad o libertad peligren. El Estado atenderá de manera positi- va, humanitaria y expedita las solicitudes de reunificación familiar que se presenten por padres o hijos asilados o refugiados. CaPítulo Cuarto: dereChos de las naCiones y PueBlos indígena originario CamPesinos Artículo 30. I. Es nación y pueblo indígena originario campesino toda la colecti- vidad humana que comparta identidad cultural, idioma, tradición histórica, instituciones, territorialidad y cosmovisión, cuya exis- tencia es anterior a la invasión colonial española. II. En el marco de la unidad del Estado y de acuerdo con esta Cons- titución las naciones y pueblos indígena originario campesinos go- zan de los siguientes derechos: 1. A existir libremente. 2. A su identidad cultural, creencia religiosa, espiritualidades, prácticas y costumbres, y a su propia cosmovisión. BoliviaBoliviaBoliviaBolivia Bolivia Constitución Política del Estado Plurinacional BoliviaBoliviaBoliviaBoliviaBolivia Bolivia Bolivia 21 3. A que la identidad cultural de cada uno de sus miembros, si así lo desea, se inscriba junto a la ciudadanía boliviana en su cédula de identidad, pasaporte u otros documentos de identificación con validez legal. 4. A la libre determinación y territorialidad. 5. A que sus instituciones sean parte de la estructura general del Estado. 6. A la titulación colectiva de tierras y territorios. 7. A la protección de sus lugares sagrados. 8. A crear y administrar sistemas, medios y redes de comunicación propios. 9. A que sus saberes y conocimientos tradicionales, su medicina tradicional, sus idiomas, sus rituales y sus símbolos y vestimentas sean valorados, respetados y promocionados. 10. A vivir en un medio ambiente sano, con manejo y aprovecha- miento adecuado de los ecosistemas. 11. A la propiedad intelectual colectiva de sus saberes, ciencias y conocimientos, así como a su valoración, uso, promoción y desarrollo. 12. A una educación intracultural, intercultural y plurilingüe en todo el sistema educativo. 13. Al sistema de salud universal y gratuito que respete su cosmo- visión y prácticas tradicionales. 14. Al ejercicio de sus sistemas políticos, jurídicos y económicos acorde a su cosmovisión. 15. A ser consultados mediante procedimientos apropiados, y en particular a través de sus instituciones, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles. En este marco, se respetará y garantizará el derecho a la consulta pre- via obligatoria, realizada por el Estado, de buena fe y concertada, respecto a la explotación de los recursos naturales no renovables en el territorio que habitan. Constitución Política del Estado Plurinacional BoliviaBoliviaBoliviaBoliviaBolivia Bolivia Bolivia 22 BoliviaBoliviaBoliviaBolivia Bolivia Bolivia 16. A la participación en los beneficios de la explotación de los recursos naturales en sus territorios. 17. A la gestión territorial indígena autónoma, y al uso y aprove- chamiento exclusivo de los recursos naturales renovables existentes en su territorio sin perjuicio de los derechos legítimamente adqui- ridos por terceros. 18. A la participación en los órganos e instituciones del Estado. III. El Estado garantiza, respeta y protege los derechos de las nacio- nes y pueblos indígena originario campesinos consagrados en esta Constitución y la ley. Artículo 31. I. Las naciones y pueblos indígena originarios en peligro de extin- ción, en situación de aislamiento voluntario y no contactados, se- rán protegidos y respetados en sus formas de vida individual y colectiva. II. Las naciones y pueblos indígenas en aislamiento y no contactados gozan del derecho a mantenerse en esa condición, a la delimitación y consolidación legal del territorio que ocupan y habitan. Artículo 32. El pueblo afroboliviano goza, en todo lo que corresponda, de los derechos económicos, sociales, políticos y culturales reconocidos en la Constitución para las naciones y pueblos indígena originario campesinos. CaPítulo Quinto: dereChos soCiales y eConómiCos Sección I: Derecho al Medio Ambiente Artículo 33. Las personas tienen derecho a un medio ambiente saludable, pro- tegido y equilibrado. El ejercicio de este derecho debe permitir a los individuos y colectividades de las presentes y futuras generacio- nes, además de otros seres vivos, desarrollarse de manera normal y permanente. Artículo 34. Cualquier persona, a título individual o en representación de una colectividad, está facultada para ejercitar las acciones legales en defensa del derecho al medio ambiente, sin perjuicio de la obliga- ción de las instituciones públicas de actuar de oficio frente a los atentados contra el medio ambiente. BoliviaBoliviaBoliviaBolivia Bolivia Constitución Política del Estado Plurinacional BoliviaBoliviaBoliviaBoliviaBolivia Bolivia Bolivia 23 Sección II: Derecho a la Salud y a la Seguridad Social Artículo 35. I. El Estado, en todos sus niveles, protegerá el derecho a la salud, promoviendo políticas públicas orientadas a mejorar la calidad de vida, el bienestar colectivo y el acceso gratuito de la población a los servicios de salud. II. El sistema de salud es único e incluye a la medicina tradicional de las naciones y pueblos indígena originario campesinos. Artículo 36. I. El Estado garantizará el acceso al seguro universal de salud. II. El Estado controlará el ejercicio de los servicios públicos y priva- dos de salud, y lo regulará mediante la ley. Artículo 37. El Estado tiene la obligación indeclinable de garantizar y sostener el derecho a la salud, que se constituye en una función suprema y primera responsabilidad financiera. Se priorizará la promoción de la salud y la prevención de las enfermedades. Artículo 38. I. Los bienes y servicios públicos de salud son propiedad del Estado, y no podrán ser privatizados
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