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SOCIEDADES MERCANTILES

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Lindsay Mantilla Manzaba 2/C Administración Nocturno 
En base a la lectura del texto "DERECHO MERCANTIL" de la Biblioteca Virtual, resolver las preguntas planteadas, la tarea se subirá en archivo de Word a la plataforma.
1.- Un acreedor particular de un socio, ¿podrá́ hacer efectivos sus derechos contra el patrimonio de la sociedad? ¿Sobre qué́ sí podrá́ este acreedor hacer efectivo su derecho?
Los acreedores particulares de un socio no podrán, mientras dure la sociedad, hacer efectivos sus derechos sobre el patrimonio social, sino sólo sobre las utilidades que correspondan al socio, y a la disolución social sobre la cuota de liquidación que a dicho socio corresponda.
2.- ¿Cuáles son los atributos de la personalidad de una sociedad mercantil?
La sociedad mercantil atribuye a una persona moral o jurídica 
3.- ¿Qué es el patrimonio en general?
 El patrimonio general es el conjunto de bienes, derechos y obligaciones con los que las una o un grupo de personas, empresas llegan a alcanzar sus objetivos 
4.- ¿Qué es el patrimonio social?
Las sociedades mercantiles, en tanto que personas morales, tienen un patrimonio constituido por el conjunto de sus bienes y derechos. Este patrimonio social se integra inicialmente con las aportaciones de los socios y, después, sufre las variaciones que la marcha de los negocios de la sociedad le imprime.
5.- ¿Qué es el capital social?
El capital social es el monto establecido en el acto constitutivo de la sociedad y expresado en moneda de curso legal, como valor de las aportaciones realizadas por los socios
6.- ¿Qué es una razón social?
La razón social es el nombre bajo el cual actúan las sociedades en nombre colectivo y en comandita simple. La razón social, como ya dijimos, sé forma con el nombre de uno, de varios o de todos los socios.
7.- ¿Podrá́ ser causa de disolución de una sociedad el que su objetivo o finalidad se vuelvan imposibles?
La existencia de un objetivo o finalidad es requisito indispensable en toda sociedad mercantil. Sin él, la sociedad no se explica. Por eso, el artículo 229, fracción II, de la LSM establece que la disolución de la sociedad sea por la imposibilidad de seguir su objetivo principal o por quedar éste consumado.
8.- Con respecto a la duración de las sociedades, ¿se puede convenir a plazo indefinido una sociedad? ¿Por qué́?
 La duración de una sociedad en mi opinión si se podría dar indefinido, en caso de que una de las partes sea mayor de edad, como es el caso de la muerte de las personas naturales.

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