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Código de Infancia y Adolescencia Ley 1098 del 8 de noviembre de 2006 GERENCIA DE INFANCIA, ADOLESCENCIA Y JUVENTUD Contenido Contexto Internacional Contexto Nacional Ley 1098 de 2006 Reflexiones sobre la nueva normatividad Contexto Internacional La Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) es un tratado internacional que reconoce los derechos humanos de los niños, las niñas y los adolescentes Tiene 4 principios La CDN se convirtió en ley en 1990, después de ser firmada y aceptada por 20 países, entre ellos, Colombia Tiene 54 artículos que componen el texto recogen los derechos económicos, sociales, culturales, civiles y políticos de todos los niños, niñas y adolescentes No discriminación Ser escuchados La vida y la supervivencia Interés superior del menor Contexto Nacional 1. Preámbulo 2. Titulo 1- De los Principios fundamentales 3. De los derechos, las garantías y los deberes 4. De los habitantes del territorio 5. De la participación democrática y de los partidos políticos 6. Dela organización del Estado 7. De la rama legislativa 8. De la rama judicial 9. De las elecciones y de la organización electoral 10. De los organismos de control 11. De la organización territorial 12. Del régimen económico y de la hacienda pública 13. Título 12- De la reforma de la constitución 14. Disposiciones transitorias Títulos ARTÍCULO 44: Son derechos fundamentales de los niños. Gozarán también de los demás derechos consagrados en la Constitución, en las leyes y en los tratados internacionales ratificados por Colombia ARTÍCULO 45: El adolescente tiene derecho a la protección y a la formación integral. El Estado y la sociedad garantizan la participación activa de los jóvenes en los organismos públicos y privados que tengan a cargo la protección, educación y progreso de la juventud. Contexto Nacional En un Estado social de derecho, toda persona es igual ante la ley. Por tanto, la igualdad debe traducirse en el trato idéntico del Estado para todos y todas, y en este sentido se reconocen derechos iguales para todas las personas. ( Art 13) Sin embargo, dado que solo se puede dar un trato igual entre iguales, se justifica un trato diferente para quienes se encuentran en condiciones de mayor vulnerabilidad, con el fin de lograr efectivamente la igualdad. Se hace necesario entonces implementar acciones diferenciales acordes con las necesidades, diferencias y desigualdades de las personas. Ley 1098 de 2006 Garantizar a los niños, a las niñas y a los adolescentes su pleno y armonioso desarrollo para que crezcan en el seno de la familia y de la comunidad, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión. Prevalecerá el reconocimiento a la igualdad y la dignidad humana, sin discriminación alguna. Todos los niños, niñas y adolescentes nacionales o extranjeros que se encuentren en el territorio nacional; a los nacionales que se encentren fuera del país. Con doble nacionalidad cuando una de ellas sea la colombiana. Fi n al id ad Á m b ito d e ap licació n Son normas de orden público. Son irrenunciables. Se aplicarán de preferencia a disposiciones contenidas en otras leyes. Naturaleza de las normas Principios Responsabilidad parental Prevalencia de derechos Interés superior Corresponsa- bilidad Perspectiva de género Ley 1098 de 2006 Ley 1098 de 2006 Interés superior Corresponsabilidad Estado Familia Sociedad •Es una garantía, ya que toda decisión que concierna al niño, niña y adolescente debe considerar primordialmente sus derechos. •Es una norma de interpretación y/o de resolución de conflictos jurídicos. •Es una orientación o directriz política para la formulación de políticas públicas para la infancia. La concurrencia de actores y acciones conducentes a garantizar el ejercicio de los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes. La familia, la sociedad y el Estado son corresponsables en su atención, cuidado y protección. La corresponsabilidad y la concurrencia aplican en la relación que se establece entre todos los sectores e instituciones del Estado”. Art 1 0. Ley 1098 de 2006 Prevalencia de derechos En caso de conflicto entre dos o más disposiciones legales, administrativas o disciplinarias, se aplicará la norma más favorable al interés superior del niño, niña o adolescente. Art 9 En todo acto, decisión o medida administrativa, judicial o de cualquier naturaleza que deba adoptarse en relación con los niños, las niñas y los adolescentes, prevalecerán los derechos de estos, en especial si existe conflicto entre sus derechos fundamentales con los de cualquier otra persona. Ley 1098 de 2006 Prevalencia de derechos CONCEPTO La patria potestad es el conjunto de derechos que la ley reconoce a los padres sobre sus hijos no emancipados, para facilitar a aquéllos el cumplimiento de los deberes que su calidad les impone (ART. 288 C.C.) La obligación inherente a la orientación, cuidado, acompañamiento y crianza de los niños, las niñas y los adolescentes durante su proceso de formación. Esto incluye la responsabilidad compartida y solidaria del padre y la madre de asegurarse que los niños, las niñas y los adolescentes puedan lograr el máximo nivel de satisfacción de sus derechos. Es un complemento de la patria potestad establecida en la legislación civil. Ley 1098 de 2006 “El reconocimiento de las diferencias sociales, biológicas y psicológicas en las relaciones entre las personas según el sexo, la edad, la etnia y el rol que desempeñan en la familia y en el grupo social”. Art 12 La equidad de género significa imparcialidad y justicia en la distribución de los beneficios, el poder, los recursos y las responsabilidades entre mujeres y hombres La igualdad de género supone la ausencia de discriminación basada en el sexo en cuanto a las oportunidades, la distribución de recursos o beneficios y el acceso a los servicios.P e rs p e ct iv a d e g é n e ro Ley 1098 de 2006 DERECHOS 1. Derecho a la vida a la calidad de vida y a un ambiente sano. 2. Derecho al desarrollo integral en la primera infancia: La atención en salud y nutrición, El esquema completo de vacunación La protección contra los peligros físicos La educación inicial Registro civil ( en el primer mes) 3. Derecho a ser escuchado y a participar de las decisiones que le afectan 4. Derecho a la rehabilitación y la resocialización 5. Derecho a la libertad y seguridad personal6. Derecho a la libertad y seguridad personal 7. Derecho al debido proceso 8. Derecho a la participación 9. Derecho de asociación y reunión 10. Edad mínima de admisión al trabajo y derecho a la protección laboral de los adolescentes autorizados para trabajar 11. Derecho a la educación 12. Derecho a la salud 13. Derecho a tener una familia y no ser separado de ella 14. Derechos del adolescente autorizado para trabajar Ley 1098 de 2006 DERECHOS 15. Derecho a la recreación, participación en la vida cultural y en las artes. 16. Derecho a la intimidad 17. Derecho a la información 17. Derecho a la educación 18. Derecho a la salud 19. Derecho a tener una familia y no ser separado de ella 20. Derechos del adolescente autorizado para trabajar 21. Derecho a la recreación, participación en la vida cultural y en las artes. 22.Derecho a la intimidad 23. Derecho a la información 24.Derechos de los niños y niñas indígenas 25. Derecho a la custodia y cuidado personal 26. Derecho a los alimentos 27.Derecho a la identidad ARTÍCULO 13. DERECHOS DE LOS NIÑOS, LAS NIÑAS Y LOS ADOLESCENTES DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS Y DEMÁS GRUPOS ÉTNICOS Los niños, niñas y adolescentes de los pueblos indígenas y demás grupos étnicos, gozarán de los derechos consagrados en la Constitución Política, los instrumentos internacionales de Derechos Humanos y el presente Código, sin perjuicio de los principios que rigen sus culturas y organización social. Ley 1098 de 2006 A gozar de una calidad de vida plena A quese les proporcione las condiciones necesarias para que pueda valerse por si mismo (apoyos) Al respeto por la diferencia A disfrutar de una vida digna A recibir atención, diagnostico, tratamiento, rehabilitación y cuidados en salud A la educación gratuita en las entidades especializadas para el efecto. Apoyo a sus familias DERECHOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON DISCAPACIDAD Ley 1098 de 2006 El Estado garantizará el cumplimiento efectivo y permanente de los derechos de protección integral en educación, salud, rehabilitación y asistencia pública de los adolescentes con discapacidad cognitiva severa profunda, con posterioridad al cumplimiento de los dieciocho (18) años de edad. La Constitución Política, la Convención de los derechos del niño y otros instrumentos jurídicos disponen que Los niños y niñas tienen derecho a ser protegidos CONTRA: DERECHOS DE PROTECCIÓN Ley 1098 de 2006 El abandono físico, emocional y psicoafectivo de sus padres, representantes legales o de las personas, instituciones o autoridades que tienen la responsabilidad de su cuidado. Contra el consumo de tabaco, sustancias psicoactivas y estupefacientes o alcohólicas y la utilización, el reclutamiento o la oferta de menores de edad en actividades de promoción, producción, recolección, tráfico, distribución y comercialización. De la explotación económica por parte de sus padres, representantes legales, quienes vivan con ellos o cualquier otra persona. Serán especialmente protegidos contra su utilización en mendicidad. DERECHOS DE PROTECCIÓN Ley 1098 de 2006 Contra la tortura y toda clase de tratos y penas crueles, inhumanas, humillantes y degradantes, la desaparición forzada y la detención arbitraria. Contra la violación, la inducción, el estímulo y el constreñimiento a la prostitución, la explotación sexual, la pornografía y cualquier otra conducta que atente contra la libertad, integridad y formación sexuales. Contra el secuestro, la venta, la trata de personas y el tráfico y cualquier otra forma de esclavitud o de servidumbre. DERECHOS DE PROTECCIÓN Ley 1098 de 2006 • Contra las guerras, los conflictos armados, el desplazamiento forzado, las minas antipersonal y el reclutamiento y utilización por parte de grupos armados al margen de la ley. • Contra la situación de vida en las calles • Contra los traslados ilícitos y su retención en el extranjero para cualquier fin. • Contra el contagio de enfermedades infecciosas prevenibles durante le gestación o después de nacer y Contra la transmisión del VIH-SIDA e infecciones de transmisión sexual. Contra el trabajo que por su naturaleza o por las condiciones en que se lleva a cabo puede afectar la salud, la integridad y la seguridad o impedir el derecho a la educación. • Contra las peores formas de trabajo infantil • Contra los riesgos y efectos producidos por desastres naturales y demás situaciones de emergencia; • Contra cualquier otro acto que amenace o vulnere sus derechos. DERECHOS DE PROTECCIÓN Ley 1098 de 2006 LIBERTADES FUNDAMENTALES Libre desarrollo de la personalidad Autonomía personal Libertad de conciencia y de creencias de cultos De pensamiento, de locomoción. Libertad para escoger profesión u oficio Obligaciones del sector educativo Ley 1098 de 2006 Artículos 43, 44 y 45 Obligaciones del sistema de seguridad social Artículo 46 Responsabilidades especiales de los medios de comunicación Artículos 47,48 y 49
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