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Manual técnico de Evaluación de Impacto Ambiental. Editor: Comisión Centroamericana de Ambiente y Desarrollo (CCAD) 2009 Este documento ha sido posible gracias al apoyo del Gobierno de los estados Unidos a través de la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID). Los puntos de vista/opiniones aquí expresados no reflejan necesariamente los de USAID ni los del Gobierno de los Estados Unidos. MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 1 Introducción | REPUBLICA DE EL SALVADOR 2009 Manual técnico de Evaluación de Impacto Ambiental MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES Dirección de Gestión Ambiental MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 2 Introducción | REPUBLICA DE EL SALVADOR Créditos: Autor y compilador responsable: Allan Astorga Gättgens Contraparte técnica: Dirección de Gestión Ambiental del MARN de Ambiente y Recursos Naturales de El Salvador. Financiado por: Plan de Trabajo de El Salvador, Convenio USAID – CCAD, DR – CAFTA. MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 3 Introducción | REPUBLICA DE EL SALVADOR Contenido 1. Introducción .............................................................................................................. 8 1.1 MARCO CONCEPTUAL DE LA EIA: NOCIONES BÁSICAS ..................................................... 8 1.1.1 Concepto y propósito .............................................................................................. 8 1.1.2 Fundamentos de la EIA ................................................................................................. 9 1.1.3 Pasos de la EIA .............................................................................................................. 9 1.2 ANTECEDENTES DEL SISTEMA DE EIA EN EL SALVADOR .................................................... 14 1.3 JUSTIFICACIÓN DEL MANUAL ................................................................................................. 15 1.4 METODOLOGÍA EMPLEADA ..................................................................................................... 16 1.5 MECANISMO DE MEJORA CONTINÚA ...................................................................................... 17 2. Objetivo del Manual Técnico de EIA ...................................................................... 18 2.1 OBJETIVO GENERAL ............................................................................................................... 18 2.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS ....................................................................................................... 19 2.3 ORGANIZACIÓN DEL MANUAL ................................................................................................. 19 3. Definiciones ............................................................................................................ 21 3.1 PRESENTACIÓN ...................................................................................................................... 21 3.2 CONCEPTOS PRINCIPALES ESTABLECIDOS POR LA LEGISLACIÓN ....................................... 21 4. Marco legal e institucional ..................................................................................... 28 4.1 INTRODUCCIÓN ....................................................................................................................... 28 4.2. LEGISLACIÓN ......................................................................................................................... 29 4.3 INFRACCIONES Y SANCIONES AMBIENTALES ....................................................................... 45 4.4. RELACIÓN CON OTRAS LEGISLACIONES ............................................................................... 47 4.4.1 Ley de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del AMSS ....................................... 47 4.4.2 Ley de Minería .............................................................................................................. 47 4.4.3 Código Municipal .......................................................................................................... 48 4.4.4 Otra legislación ambiental relacionada ..................................................................... 48 5. Proceso de la Evaluación de Impacto Ambiental ................................................. 49 MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 4 Introducción | REPUBLICA DE EL SALVADOR 5.1. INTRODUCCIÓN ...................................................................................................................... 49 5.2 PASOS E INSTRUMENTOS DEL PROCEDIMIENTO GENERAL DE EIA ..................................... 51 5.3. CATEGORIZACIÓN DE ACTIVIDADES, OBRAS Y PROYECTOS ............................................. 54 5.3.1 Establecimiento de la Categorización ...................................................................... 54 5.3.2 Aspectos y lineamientos principales de la Categorización Ambiental ................. 55 5.4. ÁREAS AMBIENTALMENTE FRÁGILES ................................................................................... 61 5.5. DEFINICIÓN DE LA RUTA DE TRÁMITE AMBIENTAL A CUMPLIR ............................................ 63 5.6 CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS AMBIENTALES .................................................................. 65 5.7 MATRIZ DE LEGISLACIÓN AMBIENTAL ................................................................................... 66 5.8 FORMULARIO AMBIENTAL ...................................................................................................... 68 5.8.1 Finalidad del Formulario Ambiental .......................................................................... 68 5.8.2 ¿Quienes deben presentar el Formulario Ambiental ante el MARN? .................. 68 5.8.3 Información del Formulario Ambiental ..................................................................... 69 5.8.4 Formularios ambientales que dispone el MARN .................................................... 70 Formulario Ambiental F - 1 .................................................................................................... 70 Formulario Ambiental F-2 ...................................................................................................... 71 5.8.5 Plan de Gestión Ambiental (PGA) ............................................................................. 72 5.8.6 Trámite del Formulario Ambiental por parte del MARN ......................................... 77 5.9 TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL (ESIA) .................. 84 5.10 RESOLUCIONES DEL MARN SOBRE EIA ............................................................................. 88 5.11 ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL ........................ 89 5.11.1 Responsabilidad de la elaboración del EsIA .......................................................... 89 5.11.2 Lineamientos básicos para la elaboración del EsIA ............................................. 90 5.11.3 Consideraciones de forma para la presentación del EsIA ................................... 91 5.12 RECEPCIÓN Y TRÁMITE DE REVISIÓN DEL ESIA ................................................................. 92 5.12.1 Ingreso del EsIA al MARN para su revisión ........................................................... 92 5.12.2 Plazo para revisión del Estudio de Impacto Ambiental ........................................ 93 5.13 PROCEDIMIENTO DE REVISIÓN TÉCNICA DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL ............ 94 5.14 INFORME TÉCNICO SOBRE ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL ......................................... 96 5.15 CONSULTA PÚBLICA ............................................................................................................97 5.16 DICTAMEN TÉCNICO SOBRE ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL .................................. 101 MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 5 Introducción | REPUBLICA DE EL SALVADOR 5.17 FIANZA DE CUMPLIMIENTO AMBIENTAL ............................................................................ 102 5.18 EMISIÓN DEL PERMISO AMBIENTAL .................................................................................. 103 5.19 MODIFICACIONES DE ACTIVIDADES, OBRAS Y PROYECTOS ............................................. 105 5.19.1 Modificaciones que requieren presentar Formulario Ambiental ........................ 105 5.19.2 Modificaciones que requieren presentar “Solicitud de Modificación de Permiso Ambiental” .............................................................................................................................. 106 5.20 SÍNTESIS DEL PROCESO Y FLUJOGRAMA SEGÚN LA CATEGORIZACIÓN .......................... 108 6. Contenido temático del Estudio de Impacto Ambiental ..................................... 113 6.1.1 Título y Autores ........................................................................................................... 114 6.1.2 Índice ............................................................................................................................ 114 6.3.1 Localización del proyecto y área de influencia ...................................................... 115 6.3.2 Dimensiones de las obras a desarrollar................................................................. 116 6.3.4 Áreas a impermeabilizar ............................................................................................ 117 6.3.4 Detallar los componentes en el espacio y el tiempo ............................................. 118 6.3.5 Plano (s) a escala apropiada .................................................................................... 118 6.3.6 Servicios básicos y de infraestructura .................................................................... 118 6.3.7 Material resultante de la limpieza y descapote ...................................................... 121 6.3.8 Manejo de materiales peligrosos ............................................................................. 121 6.4.1 Autorización de cambio de uso del suelo .............................................................. 122 6.4.2 Tala de árboles .......................................................................................................... 122 6.5.1 Medio físico.................................................................................................................. 123 6.5.2 Medio biológico ........................................................................................................... 123 6.5.3 Medio socioeconómico y cultural ............................................................................. 124 6.6.1 Matriz de Identificación, pronóstico y priorización de Impactos Ambientales ... 124 6.6. 2 Valoración de los impactos ambientales ............................................................... 125 6.7.1 Introducción ................................................................................................................. 127 6.7.2 Determinación, priorización y cuantificación de las medidas de prevención, atenuación y compensación de los impactos ambientales y determinación de inversiones necesarias ........................................................................................................ 128 6.7.3 Monitoreo ..................................................................................................................... 130 6.7.4 Cronograma de ejecución de medidas ................................................................... 131 MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 6 Introducción | REPUBLICA DE EL SALVADOR 6.7.5 Etapa de cierre de operación y rehabilitación ........................................................ 131 6.7.6 Estudio de Riesgo y Manejo Ambiental ................................................................. 132 6.7. 7 Monto de inversión en las medidas ambientales ................................................. 133 6.8.1 Estudio de Riesgo ...................................................................................................... 133 6.8.2 Plan de contingencia .................................................................................................. 134 7. Control y Seguimiento Ambiental ........................................................................ 136 7.1 INICIO DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO ................................................................................ 136 7.3 INFORMES AMBIENTALES DE CUMPLIMIENTO DEL PMA ..................................................... 137 7.3.1 Marco técnico y legal de los Informes Ambientales de Cumplimiento ............... 137 7.3.2 Contenido Temático del Informe Ambiental de Cumplimiento ............................ 139 7.5 AUDITORÍAS DE EVALUACIÓN AMBIENTAL .......................................................................... 141 7.5.1 Alcance de la Auditoría según la Ley y el Reglamento General ......................... 141 7.5.2 Procedimiento e instrumentos de Auditoría Ambiental ......................................... 142 7.6 LIBERACIÓN DE FIANZAS DE CUMPLIMIENTO AMBIENTAL .................................................. 144 8. Gestión ambiental de actividades en operación a la entrada en vigencia de la Ley del Medio Ambiente .............................................................................................. 146 8.1 INTRODUCCIÓN ..................................................................................................................... 146 8.2 DIAGNÓSTICOS AMBIENTALES ............................................................................................ 147 8.2.1 Mandatos de la Ley del Medio Ambiente ................................................................ 147 8.2.2 Procedimiento según el Reglamento General de la Ley del Medio Ambiente. 147 8.3 PROGRAMAS DE AUTORREGULACIÓN AMBIENTAL ............................................................. 149 8.3.1 Contexto según la Ley ............................................................................................... 149 8.3.2 Procedimiento según el Reglamento General ....................................................... 150 8.4 PROCEDIMIENTO INTEGRADO ............................................................................................. 150 8.4.1 Consideraciones importantes ................................................................................... 150 8.4.2 Procedimiento para el Permiso Ambiental de Funcionamiento de actividades y obras en operación ............................................................................................................... 152 8.5 REQUERIMIENTO DE LOS PERMISOS AMBIENTALES PARA ACTIVIDADES Y OBRAS EN OPERACIÓN ................................................................................................................................. 153 9. Otros instrumentos de la Evaluación de Impacto Ambiental ............................ 154 9.1 INTRODUCCIÓN ..................................................................................................................... 154 9.2 GUÍAS DE BUENAS PRÁCTICAS AMBIENTALES ................................................................... 154 MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 7 Introducción | REPUBLICA DE EL SALVADOR 9.3 PRESTADORES DE SERVICIO DE ESTUDIOS AMBIENTALES ............................................... 157 9.4 GOBIERNO DIGITAL Y EIA .................................................................................................... 158 9.5 CALIFICACIÓN AMBIENTAL E INCENTIVOS AMBIENTALES ...................................................159 10. Bibliografía ............................................................................................................ 161 Anexos del Manual Técnico de EIA ............................................................................ 162 ANEXO 1: CATEGORIZACIÓN DE ACTIVIDADES OBRAS O PROYECTOS. ................................... 162 ANEXO 2: CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS AMBIENTALES. ..................................................... 162 ANEXO 3: MATRIZ DE LEGISLACIÓN AMBIENTAL ....................................................................... 162 ANEXO 4: FORMULARIO AMBIENTAL F-1 ................................................................................... 162 ANEXO 5: FORMULARIO AMBIENTAL F-2 ................................................................................... 162 ANEXO 6: FORMATO DE INSPECCIÓN DE CAMPO ...................................................................... 162 ANEXO 7: FORMATO DE DICTAMEN TÉCNICO DE REVISIÓN DE FORMULARIO .......................... 162 ANEXO 8: FORMATO BASE PARA TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA ESIA ............................... 162 ANEXO 9: TÉRMINOS DE REFERENCIA TIPO PARA ELABORACIÓN DE ESIA ............................. 162 ANEXO 10: FORMATO DE CHEQUEO PARA INGRESO DE ESIA ................................................. 162 ANEXO 11: FORMATOS DE REVISIÓN E INFORME DE ANÁLISIS DE UN ESIA ............................ 162 ANEXO 12: CONSULTA PÚBLICA: FORMATOS Y PROCEDIMIENTOS .......................................... 162 ANEXO 13: FORMATO TÉCNICO FAVORABLE DE UN ESIA ........................................................ 162 ANEXO 14: PLANTILLA DE OFICIO SOBRE FIANZA DE CUMPLIMIENTO .................................... 162 ANEXO 15: PLANTILLA DE RESOLUCIÓN DE PERMISO AMBIENTAL .......................................... 162 ANEXO 16: METODOLOGÍA DE VALORACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES EN EIA ................. 162 ANEXO 17: EJEMPLO DE METODOLOGÍA PARA COMPENSACIÓN AMBIENTAL .......................... 162 ANEXO 18: FORMATO DE AUTOCONTROL AMBIENTAL DE PROYECTOS ................................... 162 ANEXO 19: GUÍA ESTÁNDAR DE AUDITORÍA Y CALIFICACIÓN AMBIENTAL ................................ 162 ANEXO 20: PROCEDIMIENTO PARA ELABORACIÓN DE GUÍAS DE BUENAS PRÁCTICAS AMBIENTALES .............................................................................................................................. 162 ANEXO 21: CARPETA DE GUÍAS DE BUENAS PRÁCTICAS AMBIENTALES .................................. 162 MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 8 Introducción | REPUBLICA DE EL SALVADOR 1. Introducción 1.1 MARCO CONCEPTUAL DE LA EIA: NOCIONES BÁSICAS 1.1.1 Concepto y propósito La Evaluación de Impacto Ambiental, abreviado como EIA, es un instrumento preventivo de la gestión ambiental que surgió a finales de los años 60 del siglo XX como una necesidad de considerar el tema ambiental en el desarrollo de los proyectos. La Evaluación de Impacto Ambiental, es ante todo y como su propio nombre indica, una valoración de los impactos (efectos) que se producen en el ambiente (todos y alguno de sus componentes) por un proyecto, obra o actividad (ver Garmendia et al., 2005). Desde el inicio de su aplicación se señaló que su propósito fundamental es el de “animar a que se considere el medio ambiente en la planificación y en la toma de decisiones para, en definitiva, acabar definiendo actuaciones que sean más compatibles con el medio ambiente” La principal utilidad práctica de la EIA y que se ha demostrado durante los últimos 40 años en todo el mundo, es que permite prevenir efectos negativos en el ambiente durante el desarrollo de actuaciones humanas (actividades, obras o proyectos), evitando así que se deban hacer grandes inversiones en el desarrollo de acciones o medidas correctivas efectuadas con posterioridad. La experiencia ha mostrado que el costo de las medidas correctivas es como promedio ocho veces el costo de aplicación de medidas preventivas. En este elemento se sustenta el éxito de la EIA bien aplicada. La EIA no debe entenderse únicamente como un trámite administrativo que se lleva a cabo ante el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales para obtener un permiso ambiental. Su objetivo principal es que las consideraciones y medidas ambientales SEAN INCORPORADAS debidamente en el diseño del proyecto. MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 9 Introducción | REPUBLICA DE EL SALVADOR 1.1.2 Fundamentos de la EIA En la Tabla 1, se presentan los siete fundamentos de la EIA. Como puede concluirse de la lectura de los mismos, la EIA no es un instrumento de uso indiscriminado. Debe ser aplicado cuando se considere necesario, para aquellas actuaciones humanas que, dadas sus características y ubicación, vayan a producir impactos SIGNIFICATIVOS en el ambiente. Una vez que se ha decido que se debe realizar un Estudio de Impacto Ambiental, el mismo debe cumplir una serie de requisitos, entre ellas que contemple la comparación de alternativas de la actuación humana a desarrollar, incluyendo la posibilidad de no ejecutarla. Este aspecto es altamente relevante, ya que permite tener una referencia comparativa sobre las posibilidades de desarrollo del proyecto y la comparación de diferentes formas en que el mismo se puede ejecutar. También, es importante que el EsIA sea escrito de forma que permita su lectura y comprensión por el promedio de la gente. Como instrumento de decisión la EIA debe permitir la participación pública y enriquecerse de este proceso. Además, para que sea realmente efectiva debe aportar y mejorar el diseño, a fin de que las medidas ambientales sean parte intrínseca del proyecto. Finalmente, la EIA no termina con el otorgamiento de un Permiso Ambiental. Por el contrario, la tarea principal apenas comienza. Se debe velar porque las medidas establecidas en la EIA, se cumplan a cabalidad durante la ejecución del proyecto. 1.1.3 Pasos de la EIA De manera general, la EIA se divide en tres pasos principales, a saber: 1. EIA inicial (selección) 2. Estudio de Impacto Ambiental 3. Control y Seguimiento Los dos primeros pasos se realizan antes de que la actuación humana sea aprobada y obtenga el permiso ambiental para ser ejecutada. El tercero, se realiza cuando dicha actuación ya se encuentra en ejecución, sea construcción o bien operación. MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 10 Introducción | REPUBLICA DE EL SALVADOR Tabla 1. Fundamentos de aplicación de la EIA 1 Aplicable a todos aquellas actuaciones que fuera previsible que tuvieran un impacto ambiental significativo. 2 Compararía alternativas de las actuaciones propuestas (incluyendo la posibilidad de no actuar) 3 Generaría un estudio en el que la importancia de los impactos probables y sus características específicas quedaran claras tanto a expertos como a legos en la materia. 4 Debe incluir una amplia participación pública y procedimientos administrativos vinculados de revisión. 5 Programado de tal manera que proporcionará información para la toma de decisiones. 6 Con capacidad para ser obligatorio. 7 Incluiría procedimientos de seguimiento y control. De manera general, no todas las actuaciones humanas (actividades, obras o proyectos) que realizan EIA deben cumplir los tres pasos (Figura 1). Algunos proyectos sólo realizan la EIA inicial y dada la baja significancia de sus impactos pueden ser eximidos de realizar un Estudio de Impacto Ambiental, con lo cual pueden ser autorizados y pasar al tercer componente de control y seguimiento. Otras actividades, obras o proyectos, por el contrario, sí pueden generar impactos significativos en el ambiente, razón por la cual deben realizar un Estudio de Impacto Ambiental a fin de analizarlos con más detalle. Este tipo de proyectos si debe cumplir con lostres pasos del proceso. La EIA inicial (selección) En esta fase se determina primeramente si una actividad humana debe o no realizar el trámite de EIA, por lo general, por medio de una Lista Taxativa, o como en el caso de El Salvador, por medio de una lista de actividades, obra o proyectos sujetos al proceso de EIA según la legislación vigente y en segundo lugar, si la actividad humana generará o no impactos significativos. El proceso se inicia con la entrega por parte del titular de un Formulario Ambiental y la revisión del mismo por parte del MARN. Como parte del proceso se realiza una inspección de campo. MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 11 Introducción | REPUBLICA DE EL SALVADOR Pasos de la EIA 2. EsIA y otros instrumentos de Evaluación Ambiental 3. Control y Seguimiento 1. EIA Inicial Proyectos de Bajo y Leve Impacto Proyectos de Mediano y Alto Impacto Formulario Ambiental Estudios de Impacto Ambiental Inspecciones y Auditorías de Evaluación Ambiental Fig. 1. Pasos o componentes de la EIA. Se indican además algunos de los instrumentos técnicos que se utilizan en la EIA. En el caso de que la respuesta es sí, se establecerán los Términos de Referencia para la realización de un análisis técnico más profundo o detallado, que se denomina Estudio de Impacto Ambiental. En virtud de la naturaleza y condiciones en que se presenta esa actividad humana (dimensiones y otros factores) y de la primera aproximación sobre los impactos ambientales significativos que generaría, se establecen los temas a tratar en el Estudio de Impacto Ambiental. Estudio de Impacto Ambiental y el proceso de evaluación Una vez que el titular recibe los Términos de Referencia, procede con la contratación del equipo consultor, debidamente habilitado por el MARN para cumplir estas funciones, para que le prepare el respectivo Estudio de Impacto Ambiental. El equipo consultor debe ser un equipo multidisciplinario afín a la actividad de desarrollo que es objeto del EsIA. Deberá cubrir el espectro temático ambiental básico, que como núcleo fundamental deberá integrar como profesional responsable del diseño y presentación de proyecto, un profesional en el campo del medio ambiente físico, otro MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 12 Introducción | REPUBLICA DE EL SALVADOR profesional en el campo del medio ambiente biótico y otro en el campo del medio ambiente social. Uno de estos profesionales, o bien otro profesional adicional, deberá asumir la coordinación del EsIA, no solo para la organización y ejecución de los trabajos, sino también para la edición y preparación del documento a presentar ante la autoridad, que en el caso de El Salvador, corresponde con la Dirección de Gestión Ambiental del MARN. Cuando el estudio ha sido finalizado por el equipo consultor, el mismo es entregado al MARN, iniciándose así la segunda fase de este paso, que consiste en la revisión o evaluación del EsIA. Para efectuar la revisión o evaluación del EsIA, el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales debe organizarse por medio de un equipo multidisciplinario que en la medida de lo posible, debe ser una imagen especular del equipo consultor que elaboró el EsIA. El equipo debe disponer de un coordinador quien será el responsable de organizar la revisión y quien, como mínimo debe cubrir la revisión integral del documento. La revisión del EsIA debe estar ordenada según un procedimiento técnico estandarizado, en el que se registren las actividades realizadas y los criterios de ponderación con que se realiza la evaluación. La revisión del EsIA conlleva varias subfases como son: a) lectura del documento de forma multidisciplinaria, b) visita de inspección al sitio, en caso de que se considere necesario, c) elaboración del dictamen sobre el EsIA y, d) decisión sobre el EsIA, la cual implica la aplicación de un procedimiento de valoración de variables y determinación de la calidad del estudio ambiental en revisión. Como parte del proceso de revisión del EsIA se lleva a cabo la consulta pública del documento y del proyecto. Pueden darse varias modalidades de consulta, una de ellas, para casos de proyectos de gran impacto y de interés por parte de la sociedad, puede implicar una audiencia o foro público. La fase final del proceso de revisión del EsIA culmina en el momento en que se toma la decisión y se realiza el trámite administrativo y legal correspondiente, es decir, se elabora el documento oficial, a modo de Resolución, en el que se obtiene el aval legal y las firmas correspondientes y se notifica formalmente al interesado. En el caso de El Salvador, se refiere a la elaboración del Dictamen Técnico y la Resolución Ministerial correspondientes. MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 13 Introducción | REPUBLICA DE EL SALVADOR Control y seguimiento Esta fase se inicia desde el momento en que se emite la Resolución de Permiso Ambiental de la actividad humana sujeta a trámite de evaluación de impacto ambiental. En el documento oficial (en el caso de El Salvador puesto de manifiesto mediante una Resolución de Permiso Ambiental) en el que se aprueba el EsIA se deben establecer las condiciones ambientales bajo las cuales se otorga dicho permiso. Para El Salvador, algunas de esas condiciones incluyen: a. Compromiso de disponer de un registro de las acciones ambientales por medio de un cuaderno oficial o Bitácora Ambiental, así como de un profesional por parte del proyecto encargado de realizar labores de inspección y llevar el registro en dicha Bitácora. b. Compromiso de entregar informes de seguimiento ambiental al MARN y otros entes que ésta le indique durante el período que así se establezca. c. Compromiso de realizar labores de autorregulación ambiental y también facilitar las inspecciones o auditorías de Evaluación Ambiental de cumplimiento que el MARN. d. Compromiso de desarrollar una gestión social y ambiental, en el sentido de participar por medio de su entidad ambiental responsable en una comisión social de seguimiento y control ambiental de la actividad; siempre y cuando las características, dimensiones y significancia ambiental y social de ésta así lo ameriten. Como parte final del proceso de revisión del EsIA y previo a la aprobación del mismo, el equipo evaluador podrá revisar y avalar el conjunto de indicadores ambientales que serán utilizados como referencia para el plan de control y seguimiento. Esos indicadores, una vez aprobado el EsIA servirán de base para establecer el programa de control y seguimiento que se ejecutará a la actividad en cuestión. El control y seguimiento contará como principales herramientas operativas con las auditorías ambientales de cumplimiento. Para la ejecución de las auditorías, el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales puede recurrir a terceros según un sistema de acreditación y certificación. MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 14 Introducción | REPUBLICA DE EL SALVADOR Como producto final del proceso de control y seguimiento, el MARN podrá establecer un sistema de calificación ambiental de las actividades sujetas al proceso. 1.2 ANTECEDENTES DEL SISTEMA DE EIA EN EL SALVADOR El Estudio de Impacto Ambiental, tal y como se establece en la Ley del Medio Ambiente es un “Instrumento de diagnóstico, evaluación, planificación y control, constituido por un conjunto de actividades técnicas y científicas realizadas por un equipo multidisciplinario, destinadas a la identificación, predicción y control de los impactos ambientales, positivos y negativos de una actividad, obra o proyecto, durante todo su ciclo vital, y sus alternativas, presentado en un informe técnico; y realizado según los criterios establecidos legalmente”1. Previo a la entrada en vigenciade la Ley del Medio Ambiente, el requerimiento de las evaluaciones de impacto ambiental se aplicaba de forma más parcial, a través de la aplicación de la Ley de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del Área Metropolitana de San Salvador que ya requería de Estudios de Impacto Ambiental para actividades, obras o proyectos localizados en áreas de máxima protección y desarrollo restringido. También se solicitaba como parte de un requisito para el financiamiento de proyectos financiados por organismos financieros multilaterales como el Banco Mundial o el Banco Interamericano de Desarrollo (BID). Se incluían proyectos grandes, tales como carreteras, represas hidroeléctricas y otros proyectos de gran envergadura. Para la realización de las actividades, obras o proyectos, los titulares de los mismos, deben solicitar los permisos como: de Permiso de Parcelación o Construcción, según corresponda, que otorga la Oficina de Planificación del Área Metropolitana de San Salvador (OPAMSS) cuando se localizan en municipios del Área Metropolitana de San Salvador, AMSS o por el Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano (VMVDU), y fuera de la misma, y en donde no se cuenten con Planes de Desarrollo y Ordenamiento Territorial o los Gobiernos Locales, como es el caso de los municipios de Santa Ana, San Miguel, Sonsonate, Usulután, y los del Valle de San Andrés, en donde corresponde a dichos 1 Artículo 5 de la Ley del Medio Ambiente MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 15 Introducción | REPUBLICA DE EL SALVADOR municipios emitir las autorizaciones correspondientes. Además, de solicitar la factibilidad de Agua por la Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados (ANDA) o de otras operadoras, y de existir, Ordenanzas Municipales vinculantes al tema, permiso a la Municipalidad en la cual se realizaría el proyecto y los demás inherentes dependiendo del tipo de proyecto a desarrollar. 1.3 JUSTIFICACIÓN DEL MANUAL El Manual Técnico de EIA encuentra justificación en solventar la necesidad que existe de explicar de una forma más amplia los diferentes procedimientos e instrumentos que comprenden el sistema de EIA de El Salvador. Esto por cuanto, tanto la Ley del Medio Ambiente como su Reglamento, definen los instrumentos y señalan los procedimientos generales del sistema, pero a un nivel legal y general. En este Manual se retoman esos mandatos legales establecidos en la Ley y su reglamento, y se explican de forma más llana y clara a fin de hacerlos comprensibles para todos los usuarios del sistema de Evaluación de Impacto Ambiental del país. Forman parte del Manual Técnico, el conjunto de instrumentos técnicos, que incluyen formularios, documentos de referencia, esquemas de resoluciones, etc., que junto con los procedimientos que aquí se explican conforman el Sistema de EIA (Figura 2). El sentido fundamental del Manual es mostrar el conjunto de reglas que operan el sistema de EIA. Explicadas de según la lógica del proceso y en el orden que lo desarrolla la Ley del Medio Ambiente. Se pretende que el Manual sirva tanto a los funcionarios del MARN y de otras entidades gubernamentales a explicar los diferentes pasos lógicos del sistema de EIA, como también a los usuarios del mismo y público en general. MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 16 Introducción | REPUBLICA DE EL SALVADOR Manual Técnico de EIA Instrumentos Procedimientos REGLAS CLARAS Fig. 2. El Manual Técnico complementa y detalla lo señalado por la Ley del Medio Ambiente y su Reglamento con la finalidad de servir de documento orientador y educativo sobre la EIA en el país. 1.4 METODOLOGÍA EMPLEADA Para la elaboración del presente Manual Técnico se han cumplido los siguientes pasos metodológicos: 1. Revisión de la legislación vigente sobre el tema de Evaluación de Impacto Ambiental. 2. Inventario y revisión del conjunto de instrumentos y procedimientos técnicos que utiliza la Dirección General de Gestión Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, como autoridad de evaluación ambiental del país. 3. Reuniones con el personal técnico de la Dirección General de Gestión Ambiental del MARN. 4. Elaboración y discusión técnica en un Taller de Trabajo sobre la Tabla Contenido del Manual Técnico de EIA. En el Taller participaron diferentes representantes de instituciones del Estado relacionadas con la EIA, así como representantes del sector privado que son usuarios del sistema. 5. Preparación del primer borrador de propuesta del Manual. MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 17 Introducción | REPUBLICA DE EL SALVADOR 6. Taller de revisión y discusión sobre el borrador de la propuesta del Manual Técnico. 7. Corrección final de la propuesta y edición del borrador final para aprobación por parte de la Dirección General de Gestión Ambiental del MARN. 1.5 MECANISMO DE MEJORA CONTINÚA El Manual de EIA es un documento técnico de tipo dinámico, es decir, que evoluciona y por tanto es objeto de un proceso de mejora continua. Para ello, se cumplirá con los siguientes lineamientos: 1. El Manual Técnico de EIA será objeto de revisión y actualización por parte de la Dirección General de Gestión Ambiental del MARN cada dos años. 2. Como parte de la revisión y actualización, se podrán sustituir o mejorar instrumentos y procedimientos técnicos, o en su defecto se adicionarán nuevos, siempre dentro del marco legal vigente que norma el proceso de EIA en el país. 3. Todos los ajustes o cambios que se hagan al Manual, serán debidamente justificados y documentados a fin de que se sustente técnicamente la razón para que se realicen. 4. Como parte de la revisión y actualización, la Dirección General de Gestión Ambiental podrá realizar talleres de discusión y consulta sobre los cambios a ejecutar. 5. Cuando por una situación de fuerza mayor se requiere sustituir o adicionar un instrumento o procedimiento de una forma urgente, la Dirección de Gestión Ambiental, lo podrá hacer siempre que se mantenga en el marco de los establecido en la Ley y su reglamento y que le de una profusa divulgación a fin de no inducir al usuario a confusiones. Para este fin, el Manual que se disponga en el portal digital del MARN deberá contener como complemento una “ventana temporal” que señale cambios realizados bajo esta situación. 6. Los cambios o ajustes señalados en el punto anterior se incorporarán al Manual de forma integral cuando se realice su revisión periódica según el punto 1. MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 18 Objetivo del Manual Técnico de EIA | REPUBLICA DE EL SALVADOR 2. Objetivo del Manual Técnico de EIA 2.1 OBJETIVO GENERAL El objetivo general del Manual de EIA, consisten en: “Detallar y describir los lineamientos (instrumentos y procedimientos) de operación administrativa y técnicos para la Evaluación de Impacto Ambiental en el país, a fin de fortalecer la normativa y la gestión del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales”. En la Figura 4 se presenta un esquema básico sobre la filosofía del Manual de EIA. El mismo tiene una doble función práctica. Por un lado servir de instrumento a lo interno del MARN referente a las reglas que operan para TRAMITAR instrumentos de EIA. Por otro lado, debe funcionar también a lo externo del MARN, es decir, para todos los usuarios del sistema, explicando las reglas que operan para ELABORAR los instrumentos de EIA. De esta manera el Manual funciona como un documento que sintetiza las reglas claras del proceso de EIA válidas para TODOS los usuarios del sistema. Filosofía del Manual de EIA Lineamientos de operación a lo interno: 1. Instrumentos técnicos y procedimientos para revisar las EIA. 2. Pasos de revisión,plazos y procesos (jurídicos, técnicos y administrativos) de respuesta al usuario. 3. Comprensión de procedimientos de elaboración por parte de los usuarios. Lineamientos de operación a lo externo: 1. Instrumentos técnicos y procedimientos para presentar el EIA. 2. Pasos metodológicos (ruta) de elaboración de instrumentos. 3. Comprensión de procedimientos de revisión. Fig. 3. Diagrama explicativo sobre la filosofía que tiene el uso del Manual de EIA. MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 19 Objetivo del Manual Técnico de EIA | REPUBLICA DE EL SALVADOR 2.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS 1. Desarrollar el marco conceptual básico de la Evaluación de Impacto Ambiental como instrumento de gestión ambiental. 2. Resumir el marco legal que norma la EIA en el país y presentar el glosario de términos técnicos más utilizados. 3. Explicar los instrumentos técnicos de la Evaluación Ambiental que establece la Ley del Medio Ambiente y su Reglamento. 4. Desarrollar la temática vinculada al primer paso de la EIA en el país, que corresponde con proceso de Evaluación Ambiental. 5. Explicar el componente de los Estudios de Impacto Ambiental, tal y como se aplica en el país, según lo establecido por la Ley del Medio Ambiente. 6. Sintetizar los principales instrumentos de Control y Seguimiento Ambiental que aplican para la ejecución y operación de actividades, obras o proyectos. 7. Explicación y desarrollo de los principales instrumentos de la EIA, incluyendo el Código de Buenas Prácticas Ambientales que se aplicará para el control ambiental de las actividades del Grupo A de la Categorización. 2.3 ORGANIZACIÓN DEL MANUAL Aparte de los capítulos introductorios del Manual, éste se ha organizado según el orden lógico del proceso de EIA. A este respecto, se incluyen los siguientes capítulos: - Definiciones - Marco legal e institucional. - Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental, incluyendo el proceso de formularios ambientales e inspección al sitio, entre otros. - Contenido Temático de los Estudios de Impacto Ambiental MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 20 Objetivo del Manual Técnico de EIA | REPUBLICA DE EL SALVADOR - Instrumentos de control y seguimiento durante la ejecución, funcionamiento y cierre de actividades, obras o proyectos. Los instrumentos técnicos del proceso de EIA que acompañan al Manual se integran y ordenan, según una secuencia lógica con se introducen en el Manual, dentro de un Documento Anexo al Manual. MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 21 Definiciones | REPUBLICA DE EL SALVADOR 3. Definiciones 3.1 PRESENTACIÓN Con el objeto de estandarizar en todo lo posible la serie de conceptos técnicos que se utilizan en EIA, en el este capítulo se presentan las principales definiciones establecidas por la Ley del Medio Ambiente, complementadas algunas otras utilizadas en el Reglamento a dicha ley y en el presente manual. Se recomienda al usuario del presente Manual Técnico realizar una lectura de los conceptos que a continuación se desarrollan. El conocimiento y entendimiento claro de esas definiciones es muy importante para evitar confusiones o interpretaciones inadecuadas. 3.2 CONCEPTOS PRINCIPALES ESTABLECIDOS POR LA LEGISLACIÓN a) AMPLIACION: Comprende las modificaciones que puede tener una actividad, obra o proyecto para aumentar su dimensión, ya sea en lo referente a su planta física, a la producción o en el ámbito de acciones que desarrolla. Cuando la actividad, obra o proyecto cuente con Permiso Ambiental y sea objeto de una ampliación, deberá cumplir con un procedimiento de ajuste de su evaluación de impacto ambiental. b) AREA FRAGIL: Zona costera-marina ambientalmente degradada, áreas silvestres protegidas y zonas de amortiguamiento, zonas de recarga acuífera y pendientes de más de treinta grados sin cobertura vegetal ni medidas de conservación y otras que por ley se hayan decretado como tales. c) AUDITORIAS DE EVALUACIÓN AMBIENTAL: Método de revisión exhaustiva de instalaciones, procesos, almacenamientos, transporte, seguridad y riesgos de actividades, obras o proyectos que se encuentran en construcción y operación, que permite verificar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el permiso ambiental. De ser necesario, definir programas mediante los cuales se establecen, con MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 22 Definiciones | REPUBLICA DE EL SALVADOR plazos determinados, las obras, reparaciones, correcciones y acciones necesarias, con arreglo a las condiciones establecidas en el permiso ambiental. d) CATEGORIZACIÒN: Procedimiento por medio del cual, de una forma predictiva, basado en criterios generales conocidos tales como el ámbito de desempeño (agrícola, industrial, urbano, minero, infraestructura, energía, etc.), tamaño o envergadura y característica común del proceso productivo (requerimiento de recursos: agua, energía, suelo, entre otros; o producción de emisiones, residuos líquidos o sólidos, o manejo de sustancias peligrosas), se establece una clasificación de las actividades, obras o proyectos en diversos órdenes según sea su potencial impacto al ambiente. e) CIERRE DE OPERACIONES: Es la etapa de conclusión de actividades para las que se consideran medidas necesarias que minimicen los impactos ambientales que las mismas hayan ocasionado al ambiente, con el objetivo de que el área del proyecto quede en condiciones para la realización de otras actividades, con el menor riesgo ambiental posible. f) COMPENSACION AMBIENTAL: Conjunto de mecanismos que el Estado y la población puede adoptar conforme a la ley para reponer o compensar los impactos inevitables que cause su presencia en el medio ambiente. Las compensaciones pueden ser efectuadas en forma directa o a través de agentes especializados, en el sitio del impacto, en zonas aledañas o en zonas más propias para su reposición o recuperación. g) CONSULTA PÚBLICA: Proceso de información y de participación, que tiene como objeto involucrar a la población y grupos afectados con las políticas, planes, programas, actividades, obras o proyectos, para obtener su opinión y ponderarlas, con el fin de resolver los Estudios Ambientales. h) CONTAMINACION: La presencia o introducción al ambiente de elementos nocivos a la vida, la flora o la fauna, o que degraden la calidad de la atmósfera; del agua, del suelo o de los bienes y recursos naturales en general, conforme lo establece la ley. i) CONTAMINANTE: Toda materia, elemento, compuesto, sustancias, derivados químicos o biológicos, energía, radiación, vibración, ruido, o una combinación de ellos en cualquiera de sus efectos físicos que al incorporarse o actuar en la atmósfera, MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 23 Definiciones | REPUBLICA DE EL SALVADOR agua, suelo, flora, fauna o cualquier otro elemento del ambiente, altere o modifique su composición natural o degrade su calidad, poniendo en riesgo la salud de las personas y la preservación o conservación del ambiente. j) CONTROL AMBIENTAL: La fiscalización, seguimiento y aplicación de medidas para la conservación del ambiente. k) CLAUSURA: El cierre o inhibición de funcionamiento de un establecimiento, edificio o instalación, por resolución administrativa o judicial, cuando, de acuerdo a la ley, su funcionamiento contamine o ponga en peligro los elementos del ambiente, el equilibrio del ecosistema, o la salud y calidad de vida de la población. l) DAÑO AMBIENTAL: Toda perdida, disminución, deterioro o perjuicio que se ocasione al ambiente o a uno o más de sus componentes, en contravención a las normas legales. El daño podrá ser grave cuando ponga en peligro la salud de los grupos humanos, ecosistema o especies de flora y fauna e irreversible, cuando los efectosque produzca sean irreparables y definitivos. m) DIAGNÓSTICO AMBIENTAL: Proceso que permite determinar los impactos y daños que la construcción, el funcionamiento o el cierre de operaciones de una actividad, obra o proyecto que se encuentre funcionando a la entrada en vigencia de la Ley, esté causando en el ambiente. Este estudio debe culminar con un programa de adecuación ambiental. n) ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL: Instrumento de diagnóstico, evaluación, planificación y control, constituido por un conjunto de actividades técnicas y científicas realizadas por un equipo multidisciplinario, destinados a la identificación, predicción y control de los impactos ambientales, positivos y negativos, de una actividad, obra o proyecto, durante todo el ciclo vital, y sus alternativas, presentado en un informe técnico; y realizado según los criterios establecidos legalmente. o) EVALUACIÓN AMBIENTAL: El proceso o conjunto de procedimientos que permite al Estado, en base a un estudio de impacto ambiental, estimar los efectos y consecuencias que la ejecución de una determinada obra, actividad o proyecto puedan causar sobre el ambiente, asegurar la ejecución y seguimiento de las medidas que puedan prevenir, eliminar, corregir, atender, compensar o potenciar, según sea el caso, dichos impactos. MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 24 Definiciones | REPUBLICA DE EL SALVADOR p) EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL (EIA): Es el proceso de análisis que sirve para identificar, predecir y describir los posibles impactos positivos y negativos de un proyecto propuesto, así como proponer las medidas de atenuación para los impactos negativos y un plan de control y seguimiento periódico. q) FIANZA DE CUMPLIMIENTO AMBIENTAL: Instrumento legal que asegura el cumplimiento de los Permisos Ambientales en cuanto a la ejecución de los Programas de Manejo y Adecuación Ambiental, debe ser presentado pro el titular de la actividad, obra o proyecto, la cual se rendirá por un monto equivalente a los costos totales de las obras físicas o inversiones que se requieran. r) FORMULARIO AMBIENTAL: Documento con carácter de declaración jurada que describe las características básicas de la actividad o proyecto a realizar, que por ley requiere de una Evaluación de Impacto Ambiental como condición previa a la obtención de un permiso ambiental. s) IMPACTO AMBIENTAL: Cualquier alteración significativa, positiva o negativa, de uno o más de los componentes del ambiente, provocadas por acción humana o fenómenos naturales en un área de influencia definida. t) MEGAPROYECTO: Se entiende como megaproyecto el conjunto de actividades que impliquen el desarrollo de obras cuyos impactos directos, de índole ambiental, económico, social y cultural sean de alcance nacional. Una característica de los megaproyectos es que se constituyen de componentes cuyas dimensiones, son similares a las de acciones humanas que el proceso de EIA tramita de forma individual. Se incluyen como parte de esta categoría actividades tales como generación hidroeléctrica, explotación minera, explotación petrolera y grandes obras de infraestructura, entre otras. Por su naturaleza, los megaproyectos pueden ser identificados como de tipo estratégico o no estratégico. u) MODIFICACIÓN: Se refiere a los cambios que puede tener una actividad, obra o proyecto al diseño que originalmente fue objeto de un permiso ambiental, puede implicar una ampliación, una rehabilitación o una reconversión. En todos los casos, estos ajustes o modificaciones, deberá ser objeto de una evaluación ambiental por parte del MARN. MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 25 Definiciones | REPUBLICA DE EL SALVADOR v) MONITOREO AMBIENTAL: Proceso de seguimiento, vigilancia y verificación continua del cumplimiento de las obligaciones ambientales, que se realiza a través de la observación, medición y evaluación de una o más condiciones ambientales. Los instrumentos de monitoreo son múltiples y de naturaleza jurídica o extrajurídica. w) NORMAS TÉCNICAS DE CALIDAD AMBIENTAL: Aquellas que establecen los valores límite de concentración y períodos, máximos o mínimos, permisibles de elementos, compuestos, derivados químicos o biológicos, radiaciones, vibraciones, ruidos, olores o combinaciones de ellos, cuya presencia o carencia en el ambiente pueden constituir un riesgo para la salud o el bienestar humano, la vida y conservación de la naturaleza. x) PERMISO AMBIENTAL: Acto administrativo por medio del cual el Ministerio de acuerdo a la Ley del Medio Ambiente y su reglamento, a solicitud del titular de una actividad, obra o proyecto, autoriza a que estas se realicen, sujetas al cumplimiento de las condiciones que este acto establezca. y) PERMISO AMBIENTAL DE UBICACIÓN Y CONSTRUCCION: Acto administrativo por medio del cual el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, una vez realizados y revisados el estudio de impacto ambiental o los estudios técnicos correspondientes, autoriza desde el punto de vista ambiental, su desarrollo en la localización propuesta, y su construcción. z) PERMISO AMBIENTAL DE FUNCIONAMIENTO: Acto administrativo por medio del cual el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales autoriza desde el punto de vista ambiental el funcionamiento de la actividad, obra o proyecto, bajo la condición de que se cumplan las medidas ambientales establecidas en el Programa de Manejo Ambiental o el Programa de Adecuación Ambiental que norma esta fase y que se haya formalizado el mecanismo de seguimiento y fiscalización ambiental que ha ordenado el Ministerio. aa) PLAN DE ABANDONO: El documento, debidamente aprobado por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, que contiene las acciones y plazos para su realización, que legalmente debe realizar el titular de una concesión de exploración o explotación de minerales o hidrocarburos, para restablecer el medio ambiente o MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 26 Definiciones | REPUBLICA DE EL SALVADOR realizar medidas compensatorias, en su caso, después de terminar las labores de exploración o explotación. bb) PRINCIPIO DE PREVENCIÓN: toda acción humana tiene asociado un riesgo o impacto ambiental que es inherente a su naturaleza y la serie de procesos que involucra, lo que razonablemente permite predecir su alcance ambiental y adoptar medidas para evitar su impacto negativo. cc) PRINCIPIO DE PROPORSIONALIDAD: principio por medio del cual la evaluación ambiental de una actividad, obra o proyecto se realiza según su categorización de impacto ambiental potencial o de riesgo ambiental, de forma tal que aquellas actividades de mayor impacto o riesgo ambiental reciben trámite y un atención proporcional a esa condición, mientras que las actividades de bajo riesgo o impacto ambiental potencial reciben una atención y un trámite también proporcional a esa condición. dd) PROGRAMA DE AUTORREGULACIÓN: Es el instrumento que se establece mediante la concertación entre el MARN y el Titular o agente ambiental, con criterios de corresponsabilidad y ecoeficiencia, como medio para lograr, por parte de éste, una protección sistemática, sostenible, integral, gradual y voluntaria de las obligaciones ambientales, legales y reglamentarias. ee) PROGRAMA DE ADECUACIÓN AMBIENTAL: Conjunto de acciones e inversiones, que el titular propone realizar programáticamente, en un plazo determinado, para evitar, corregir, atenuar y/o compensar los daños ambientales causados por una actividad, obra o proyecto, en funcionamiento y por el cierre de operaciones. ff) PROGRAMA DE MANEJO AMBIENTAL: Es el instrumento que contiene el conjunto de medidas propuestas para la prevención, atenuación y compensación de los impactos negativos al ambiente, así como la potenciación de los positivos. En éste se incluyen los componentes siguientes:implementación de medidas de prevención, atenuación y compensación, monitoreo, cierre de operaciones, y rehabilitación. El programa de manejo ambiental es una parte integrante del estudio de impacto ambiental. MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 27 Definiciones | REPUBLICA DE EL SALVADOR gg) RECONVERSIÓN: Conjunto de acciones técnicas, financieras y sociales que tienen como objetivo modernizar una actividad productiva, como la industria, la agroindustria u otras similares. hh) REHABILITACIÓN: Conjunto de acciones por cuyo medio un lugar alterado se destina a una forma dada de uso del suelo, de acuerdo con un proyecto definido y en condiciones compatibles con la ocupación contigua, o sea, es un mecanismo por medio del cual se reaprovecha un área para una nueva finalidad (comercial, industrial, habitacional, agrícola, preservación o conservación ambiental, recreativa, de esparcimiento, recreación o cultural, entre otras). ii) TÉRMINOS DE REFERENCIA: Son lineamientos de carácter técnico administrativo que orientan la elaboración de los estudios de impacto ambiental. jj) TITULAR DE ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO: Se refiere a los propietarios del proyecto, de la obra o de la infraestructura, y por consiguientes son éstos quienes deben cumplir con las obligaciones establecidas en el Artículo 107 de la Ley del Medio Ambiente2 2 Interpretación Auténtica al vocablo “Titular” de la Ley del Medio Ambiente Decreto Legislativo No 566 de fecha 4 de octubre de 2001, publicado en el Diario oficial No 198 del Tomo No 353 de fecha 19 de octubre de 2001. MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 28 Marco legal e institucional | REPUBLICA DE EL SALVADOR 4. Marco legal e institucional 4.1 INTRODUCCIÓN El Marco Legal del EIA en El Salvador, surge con mayor fuerza desde la vigencia de la Ley del Medio Ambiente, el año de 1998, ya que con ella se establecieron los principios básicos del Derecho Ambiental en El Salvador. A partir de dicha Ley, se desarrollan variados Reglamentos que regulan en forma especial algunos campos ambientales, así como legislación sobre Áreas Naturales Protegidas. La base de todo ello es la Constitución de la República de El Salvador, la cual en su artículo 117 establece la protección de los recursos naturales y la diversidad del medio ambiente, como un deber del Estado; además de declarar de interés social la protección, conservación, aprovechamiento racional, restauración o sustitución de los recursos naturales; todo de conformidad a la ley especial, base por la cual se elaboró y entró en vigencia la Ley de Medio Ambiente. En dicho Artículo 117 también se establece que es prohibido introducir al territorio nacional los residuos nucleares y desechos tóxicos. Además de lo establecido en la Constitución de la República, la Ley del Medio Ambiente y sus Reglamentos, se debe aplicar y cumplir con los Convenios y Tratados Internacionales, los cuales son leyes de la República, de conformidad al artículo 144 de la Constitución. En cuanto a los Acuerdos Internacionales: La Conferencia Mundial sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo: Río 1992, que es la rectificación a la Declaración de Estocolmo de 1972, mejor conocida como la Cumbre de la Tierra, estableció el siguiente PRINCIPIO: PRINCIPIO 17: “Deberá emprenderse una evaluación del impacto ambiental como instrumento nacional, respecto de cualquier actividad propuesta que probablemente haya de MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 29 Marco legal e institucional | REPUBLICA DE EL SALVADOR producir impacto negativo en el ambiente y este sujeto a la decisión de una autoridad nacional”. 4.2. LEGISLACIÓN El marco jurídico fundamental que regula la evaluación de impacto ambiental en El Salvador es establecido por la Ley del Medio Ambiente (Decreto 233 del año 1998), así como su reglamento, en los cuales se desarrolla con detalle el tema. En la Tabla No. 1, se presentan los temas y artículos principales de la Ley del Medio Ambiente y su complemento a nivel de reglamento, referente a la Evaluación de Impacto Ambiental. En el texto que se presenta a continuación se realiza un comentario general de algunos aspectos principales del proceso. A lo largo de los diferentes capítulos de esta Manual, los temas son desarrollados con más amplitud y detalle. La Evaluación de Impacto Ambiental es un proceso en el cual se deben cumplir ciertos requisitos establecidos en las normas jurídicas, teniendo como base dicho proceso es la Evaluación Ambiental, cuyo propósito es estimar los efectos y consecuencias que pueden causar cualquier actividad, obra o proyecto que se pretenda ejecutar. En la legislación que regula este proceso, se establecen los requisitos para lograr cumplir con el objetivo, el cual es obtener un permiso para realizar alguna actividad específica. Las regulaciones se encuentran en la LEY DEL MEDIO AMBIENTE y el REGLAMENTO GENERAL DE LA LEY DEL MEDIO AMBIENTE (ver Tabla 2). Siendo el Órgano competente el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MARN). MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 30 Marco legal e institucional | REPUBLICA DE EL SALVADOR Tabla 2. Resumen de los principales temas y artículos relacionados con Evaluación de Impacto Ambiental, según la Ley del Medio Ambiente y su Reglamento General PROCESO SUBPROCESO INSTRUMENTO SEGÚN LA LEY INSTRUMENTO SEGÚN EL REGLAMENTO Evaluación Ambiental (general) EVALUACIÓN AMBIENTAL: El proceso o conjunto de procedimientos, que permite al Estado, en base a un estudio de impacto ambiental, estimar los efectos y consecuencias que la ejecución de una determinada obra, actividad o proyecto pueden causar sobre el ambiente, asegurar la ejecución y seguimiento de las medidas que puedan prevenir, eliminar, corregir, atender, compensar o potenciar, según sea el caso, dichosos impactos. EVALUACIÓN AMBIENTAL Art. 16.- El proceso de evaluación ambiental tiene los siguientes instrumentos: a) Evaluación Ambiental Estratégica; b) Evaluación de Impacto Ambiental; c) Programa Ambiental; d) Permiso Ambiental; e) Diagnósticos Ambientales; f) Auditorías Ambientales; y g) Consulta Pública. Evaluación de Impacto Ambiental (general) EVALUACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL Art. 18.- es un conjunto de acciones y procedimientos que aseguran que las actividades, obras o proyectos que tengan un impacto ambiental negativo en el ambiente o en la calidad de vida de la población, se sometan desde la fase de preinversión a los procedimientos que indiquen y cuantifiquen dichos impactos y recomienden las medidas que los prevengan, atenúen, compensen o potencien, según sea el caso, seleccionando la alternativa que mejor garantice la protección del medio ambiente. De los objetivos de la Evaluación de Impacto Ambiental Art. 18.- La Evaluación de Impacto Ambiental, de acuerdo a lo establecido en el Art. 18 de la Ley, tiene como objetivos. a. Identificar, cuantificar y valorar los impactos ambientales y los riesgos que determinada actividad, obra o proyecto pueda ocasionar sobre el medio ambiente y la población; b. Determinar las medidas necesarias para prevenir, atenuar, controlar y compensar los impactos negativos e incentivar los impactos positivos, seleccionado la alternativa que mejor garantice la protección del medio ambienta y la conservación de los recursos naturales; c. Determinar la viabilidad ambiental de la ejecución de una actividad, obra o proyecto; y d. Generar los mecanismos necesarios para implementar el programa de manejo ambiental. Etapas del proceso para Evaluación de Impacto Ambiental Art. 19. El proceso de Evaluación de Impacto Ambiental, MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 31 Marco legal e institucional | REPUBLICA DEEL SALVADOR PROCESO SUBPROCESO INSTRUMENTO SEGÚN LA LEY INSTRUMENTO SEGÚN EL REGLAMENTO comprende las siguientes etapas: 1. Presentación del Formulario Ambiental, por parte del titular. 2. Inspección al sitio de la actividad, obra o proyecto, de ser necesario. 3. Categorización de la actividad, obra o proyecto por parte del Ministerio, en atención al Art. 22 de este Reglamento, pudiendo determinarse con fundamento en criterios técnicos, si requiere o no de la elaboración de un Estudio de Impacto Ambiental. 4. De considerarse pertinente la elaboración de un Estudio de Impacto Ambiental, el Ministerio proporcionará los Términos de Referencia para la elaboración del mismo. 5. Elaboración y presentación del Estudio de Impacto Ambiental, por parte del Titular. 6. Evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, por parte del Ministerio. 7. Informe técnico sobre el Estudio de Impacto Ambiental. 8. Consulta Pública del Estudio de Impacto Ambiental, según corresponda, conforme al Art. 25 de la Ley y al 32 del presente Reglamento. 9. Informe de la Consulta Pública del Estudio de Impacto Ambiental por parte del Ministerio. 10. Dictamen de aprobación del estudio de impacto ambiental y requerimiento de Fianza. 11. Presentación de la Fianza de Cumplimiento Ambiental, por parte del Titular, en cumplimiento al Art. 29 de la Ley. 12. Emisión del Permiso Ambiental por el Ministerio, de acuerdo a los Arts. 19 y 20 de la Ley. 13. Seguimiento, control y Auditorias de Evaluación Ambiental, conforme a los Arts. 2 y 28 de la Ley y 37 del presente Reglamento, durante el ciclo de vida del proyecto, entendido éste desde la presentación del formulario por parte del Titular, hasta el cierre de operaciones o rehabilitación. En el caso que el informe técnico señalado en los números 7 MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 32 Marco legal e institucional | REPUBLICA DE EL SALVADOR PROCESO SUBPROCESO INSTRUMENTO SEGÚN LA LEY INSTRUMENTO SEGÚN EL REGLAMENTO ó 9 sea desfavorable para el Titular, se emitirá resolución en la cual no se aprueba el estudio del impacto ambiental, notificando la misma en el plazo de cinco días hábiles. El Formulario Ambiental y el Estudio de Impacto Ambiental podrán presentarse simultáneamente, siempre y cuando se refiera a una actividad, obra o proyecto que por sus características, según la categorización, previamente se tenga la certeza que debe presentar un estudio de impacto ambiental y además, que el Ministerio haya publicado los términos de referencia tipo que se deben usar para la elaboración de dicho estudio. Esta facilidad se da sin perjuicio que el Ministerio realice las acciones establecidas en los números 2, 3 y 4, de este artículo.” Permiso Ambiental PERMISO AMBIENTAL: Acto administrativo por medio del cual el Ministerio de acuerdo a esta ley y su reglamento, a solicitud del titular de una actividad, obra o proyecto, autoriza a que estas se realicen, sujetas al cumplimiento de las condiciones que este acto establezca. COMPETENCIA DEL PERMISO AMBIENTAL Art. 19.- Para el inicio y operación, de las actividades, obras o proyectos definidos en esta ley, deberán contar con un permiso ambiental. Corresponderá al Ministerio emitir el permiso ambiental, previa aprobación del estudio de impacto. ALCANCE DE LOS PERMISOS AMBIENTALES Art. 20.- El Permiso Ambiental obligará al titular* de la actividad, obra o proyecto, a realizar todas las acciones de prevención, atenuación o compensación, establecidos en el Programa de Manejo Ambiental, como parte del Estudio de Impacto Ambiental, el cual será aprobado como condición para el otorgamiento del Permiso Ambiental. La validez del Permiso Ambiental de ubicación y construcción será por el tiempo que dure la construcción de la obra física; una vez terminada la misma, incluyendo las obras o instalaciones de tratamiento y atenuación de impactos ambientales, se emitirá el Permiso Ambiental de Funcionamiento por el tiempo de su vida útil y etapa de abandono, sujeto al seguimiento y fiscalización del Ministerio. Listado taxativo ACTIVIDADES, OBRAS O PROYECTOS QUE REQUERIRAN DE UN ESTUDIO DE IMPACTO Art. 21.- Toda persona natural o jurídica deberá presentar el correspondiente Estudio de Impacto Ambiental para ejecutar las siguientes actividades, obras o proyectos: a) Obras viales, puentes para tráfico mecanizado, vías férreas y aeropuertos; MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 33 Marco legal e institucional | REPUBLICA DE EL SALVADOR PROCESO SUBPROCESO INSTRUMENTO SEGÚN LA LEY INSTRUMENTO SEGÚN EL REGLAMENTO AMBIENTAL b) Puertos marítimos, embarcaderos, astilleros, terminales de descarga o trasvase de hidrocarburos o productos químicos; c) Oleoductos, gaseoductos, poliductos, carboductos, otras tuberías que transporten productos sólidos, líquidos o gases, y redes de alcantarillado; d) Sistemas de tratamiento, confinamiento y eliminación, instalaciones de almacenamiento y disposición final de residuos sólidos y desechos peligrosos; e) Exploración, explotación y procesamiento industrial de minerales y combustibles fósiles; f) Centrales de generación eléctrica a partir de energía nuclear, térmica, geotérmica e hidráulica, eólica y maremotriz; g) Líneas de transmisión de energía eléctrica; h) Presas, embalses, y sistemas hidráulicos para riego y drenaje; i) Obras para explotación industrial o con fines comerciales y regulación física de recursos hídricos; j) Plantas o complejos pesqueros, industriales, agroindustriales, turísticos o parque recreativos; k) Las situadas en áreas frágiles protegidas o en sus zonas de amortiguamiento y humedales; l) Proyectos urbanísticos, construcciones, lotificaciones u obras que puedan causar impacto ambiental negativos; m) Proyectos del sector agrícola, desarrollo rural integrado, acuacultura y manejo de bosques localizados en áreas frágiles; excepto los proyectos forestales y de acuacultura que cuenten con planes de desarrollo, los cuales deberán registrarse en el Ministerio a partir de la vigencia de la presente ley, dentro del plazo que se establezca para la adecuación ambiental; n) Actividades consideradas como altamente riesgosas, en virtud de las características corrosivas, explosivas, radioactivas, reactivas, tóxicas, inflamables o biológico-infecciosas para la salud y bienestar humano y el medio ambiente, las que deberán de adicionar un Estudio de Riesgo y Manejo Ambiental; o) Proyectos o industrias de biotecnología, o que MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 34 Marco legal e institucional | REPUBLICA DE EL SALVADOR PROCESO SUBPROCESO INSTRUMENTO SEGÚN LA LEY INSTRUMENTO SEGÚN EL REGLAMENTO impliquen el manejo genético o producción de organismo modificados genéticamente; y p) Cualquier otra que pueda tener impactos considerables o irreversibles en el ambiente, la salud y el bienestar humano o los ecosistemas. Formulario Ambiental FORMULARIO AMBIENTAL: Documento con carácter de declaración jurada que se presenta a la autoridad ambiental competente, de acuerdo a un formato pre-establecido, que describe las características básicas de la actividad o proyecto a realizar, que por ley requiera de una evaluación de impacto ambiental como condición previa a la obtención de un permiso ambiental. FORMULARIO AMBIENTAL Art. 22.- El titular* de toda actividad, obra o proyecto que requiera de permiso ambiental para su realización o funcionamiento, ampliación, rehabilitación o reconversión deberá presentar al Ministerio el formulario ambiental que ésta requiera con la información que se solicite. El Ministerio categorizará la actividad, obra o proyecto, de acuerdo a su envergadura y a la naturaleza del impacto potencial. (Véase Interpretación Auténtica al final de la Ley.) De la presentación del Formulario Ambiental Art, 20.- Para la realizacióno funcionamiento, ampliación, rehabilitación o reconversión de las actividades, obras o proyectos referidos en el Art. 21 de la Ley, el titular deberá proporcionar al Ministerio, a través del Formulario Ambiental, la información que se solicite, en cumplimiento al Art. 22 de la Ley. El Ministerio podrá utilizar la información electrónica disponible por parte de las instituciones públicas, relacionada con los documentos solicitados en el formulario ambiental. El Ministerio podrá, de estimarlo necesario, realizar observaciones a los formularios ambientales en una única oportunidad. Del contenido del Formulario Ambiental Art. 21.- El Formulario Ambiental contendrá como mínimo lo siguiente: a. Información del titular que propone la actividad, obra o proyecto; b. Identificación, ubicación y descripción de la actividad, obra o proyecto; c. Aspectos de los medio físico, biológico, socioeconómico y cultural, que podrían ser afectados; d. Identificación y priorización preliminar de impactos potenciales, posibles riesgos y contingencias y estimación de las medidas ambientales correspondientes; y e. Declaración jurada sobre la responsabilidad del titular en la veracidad de la información MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 35 Marco legal e institucional | REPUBLICA DE EL SALVADOR PROCESO SUBPROCESO INSTRUMENTO SEGÚN LA LEY INSTRUMENTO SEGÚN EL REGLAMENTO proporcionada. El ministerio dispondrá del formato del Formulario Ambiental. El titular deberá responderlo en lo que sea pertinente a la actividad, obra o proyecto propuesto. Determinación de procedencia de Estudio de Impacto Ambiental Art. 22 – El Ministerio, con fundamento en el Art. 22 de la Ley, categorizará la actividad, obra o proyecto, de acuerdo a su envergadura y a la naturaleza del impacto potencial que su ejecución pueda generar, conforme a la siguiente división: El Grupo A incluye las actividades, obras o proyectos, cuyos impactos ambientales potenciales son bajos y por lo tanto, el Titular no debe presentar documentación ambiental al Ministerio. El Grupo B incluye las actividades, obras o proyectos, que se prevé generarán impactos ambientales leves, moderados o altos, por lo que el Titular debe presentar documentación ambiental al Ministerio. Este grupo se divide, a su vez, en dos Categorías, a saber: La Categoría 1. Incluye todas las actividades, obras o proyectos que generen impactos ambientales leves y, como resultado de la evaluación de la documentación ambiental, el Ministerio emitirá resolución expresando que no se requiere elaborar estudio de impacto ambiental. La Categoría 2. Incluye todas las actividades, obras o proyectos que generen impactos ambientales moderados o altos y por lo tanto, como resultado de la evaluación de la documentación ambiental, el Ministerio emite términos de referencia para la elaboración del estudio de impacto ambiental. Este estudio podrá ser aprobado o no por el Ministerio. El Ministerio publicará por los medios que defina, incluyendo y de ser posible, en medios tecnológicos, la categorización de las actividades, obras o proyectos.” Estudio de Impacto Ambiental ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL: Instrumento de diagnóstico, evaluación, planificación y control, constituido por un conjunto de actividades técnicas y científicas realizadas por un equipo multidisciplinario, destinadas a la identificación, predicción y control de los impactos ambientales, positivos y negativos, de una actividad, obra o proyecto, durante todo su ciclo vital, y sus MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 36 Marco legal e institucional | REPUBLICA DE EL SALVADOR PROCESO SUBPROCESO INSTRUMENTO SEGÚN LA LEY INSTRUMENTO SEGÚN EL REGLAMENTO alternativas, presentado en un informe técnico; y realizado según los criterios establecidos legalmente. ELABORACIÓN DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL Art. 23.- El Estudio de Impacto Ambiental se realizará por cuenta del titular*, por medio de un equipo técnico multidisciplinario. Las empresas o personas, que se dediquen a prepara estudios de impacto ambiental, deberán estar registradas en el Ministerio, para fines estadísticos y de información, quien establecerá el procedimiento de certificación para prestadores de servicios de Estudios de Impacto, Ambiental, de Diagnósticos y Auditorías de evaluación ambiental. ( Del contenido de los Estudios de Impacto Ambiental Art. 23.- El Estudio de Impacto Ambiental incluirá como mínimo: a. Título y autores; b. Resumen ejecutivo del estudio; c. Descripción del proyecto y sus alternativas; d. Consideraciones jurídicas y de normativa ambiental aplicables, relativas a la actividad, la obra o el proyecto; e. Descripción, caracterización y cuantificación del medio ambiente actual, de los componentes físicos, biológicos y socioeconómicos, del sitio y área de influencia; f. Identificación, priorización, predicción y cuantificación de los impactos ambientales; g. Interpretación de los resultados del análisis beneficio-costo, rentabilidad y eficiencia, considerando factores técnicos, económicos, sociales y ambientales (aplicable a actividades, obras o proyectos del sector público); h. Programa de Manejo Ambiental; i. Apéndice: Mapas, métodos de evaluación utilizados, estudios técnicos, tablas, gráficos, relatoría de las Consultas Públicas realizadas a iniciativa del titular, además del estudio de riesgo, si procede. Programa de Manejo Ambiental Del contenido del Programa de Manejo Ambiental Art. 24.- El Programa de Manejo Ambiental comprenderá los componentes siguientes: a. Determinación, priorización y cuantificación de las medidas de prevención, atenuación y compensación de los impactos ambientales y determinación de inversiones necesarias; b. Monitoreo; c. Cierre de operaciones y rehabilitación, cuando proceda; y d. El estudio de riesgo y manejo ambiental, en los casos que fuere necesario. MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 37 Marco legal e institucional | REPUBLICA DE EL SALVADOR PROCESO SUBPROCESO INSTRUMENTO SEGÚN LA LEY INSTRUMENTO SEGÚN EL REGLAMENTO De la recepción del Estudio de Impacto Ambiental por el Ministerio Art. 29.- El Estudio de Impacto Ambiental debe ser presentado al Ministerio por el Titular o su representante legal, entregando un comprobante de su recepción. EVALUACIÓN Y APROBACIÓN DE LOS ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL Art. 24.- La elaboración de los Estudios de Impacto Ambiental, su evaluación y aprobación, se sujetarán a las siguientes normas: a) Los estudios deberán ser evaluados en un plazo máximo de sesenta días hábiles contados a partir de su recepción; este plazo incluye la consulta pública; b) En caso de aprobación del Estudio de Impacto Ambiental, el Ministerio emitirá el correspondiente Permiso Ambiental, en un plazo no mayor de diez días hábiles después de notificada la resolución correspondiente; c) Si transcurridos los plazos indicados en los literales que anteceden, el Ministerio, no se pronunciare, se aplicará lo establecido en el Art. 3 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativo; y d) Excepcionalmente, cuando por la complejidad y las dimensiones de una actividad, obra o proyecto se requiera de un plazo mayor para su evaluación, éste se podrá ampliar hasta por sesenta días hábiles adicionales, siempre que se justifiquen las razones para ello. Del proceso de análisis del Estudio de Impacto Ambiental Art. 30.- Recibido el Estudio de Impacto Ambiental, el Ministerio, de acuerdo al Art. 24 de la Ley, dispondrá de un plazo máximo de sesenta días hábiles, contados a partir de la fecha de recepción, para emitir la resolución correspondiente. Este período incluye la realización de la consulta Pública sobre el Estudio. De la ampliación del plazo para la revisión de Estudio de Impacto Ambiental Art. 31.- Cuando por la complejidad
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