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Manual tecnico de Evaluacion de Impacto Ambiental

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Manual técnico de Evaluación de 
Impacto Ambiental. 
 
 
 
Editor: Comisión Centroamericana de Ambiente y Desarrollo (CCAD) 2009 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Este documento ha sido posible gracias al apoyo del Gobierno de 
los estados Unidos a través de la Agencia de los Estados Unidos 
para el Desarrollo Internacional (USAID). Los puntos de 
vista/opiniones aquí expresados no reflejan necesariamente los 
de USAID ni los del Gobierno de los Estados Unidos. 
MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 
1 Introducción | REPUBLICA DE EL SALVADOR 
 
 
 
 
2009 
Manual técnico de 
Evaluación de 
Impacto Ambiental 
MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES 
Dirección de Gestión Ambiental 
 
 
MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 
2 Introducción | REPUBLICA DE EL SALVADOR 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Créditos: 
Autor y compilador responsable: Allan Astorga Gättgens 
Contraparte técnica: Dirección de Gestión Ambiental del MARN de 
Ambiente y Recursos Naturales de El Salvador. 
Financiado por: Plan de Trabajo de El Salvador, Convenio USAID – CCAD, 
DR – CAFTA. 
MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 
3 Introducción | REPUBLICA DE EL SALVADOR 
 
 
Contenido 
 
1. Introducción .............................................................................................................. 8 
1.1 MARCO CONCEPTUAL DE LA EIA: NOCIONES BÁSICAS ..................................................... 8 
1.1.1 Concepto y propósito .............................................................................................. 8 
1.1.2 Fundamentos de la EIA ................................................................................................. 9 
1.1.3 Pasos de la EIA .............................................................................................................. 9 
1.2 ANTECEDENTES DEL SISTEMA DE EIA EN EL SALVADOR .................................................... 14 
1.3 JUSTIFICACIÓN DEL MANUAL ................................................................................................. 15 
1.4 METODOLOGÍA EMPLEADA ..................................................................................................... 16 
1.5 MECANISMO DE MEJORA CONTINÚA ...................................................................................... 17 
2. Objetivo del Manual Técnico de EIA ...................................................................... 18 
2.1 OBJETIVO GENERAL ............................................................................................................... 18 
2.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS ....................................................................................................... 19 
2.3 ORGANIZACIÓN DEL MANUAL ................................................................................................. 19 
3. Definiciones ............................................................................................................ 21 
3.1 PRESENTACIÓN ...................................................................................................................... 21 
3.2 CONCEPTOS PRINCIPALES ESTABLECIDOS POR LA LEGISLACIÓN ....................................... 21 
4. Marco legal e institucional ..................................................................................... 28 
4.1 INTRODUCCIÓN ....................................................................................................................... 28 
4.2. LEGISLACIÓN ......................................................................................................................... 29 
4.3 INFRACCIONES Y SANCIONES AMBIENTALES ....................................................................... 45 
4.4. RELACIÓN CON OTRAS LEGISLACIONES ............................................................................... 47 
4.4.1 Ley de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del AMSS ....................................... 47 
4.4.2 Ley de Minería .............................................................................................................. 47 
4.4.3 Código Municipal .......................................................................................................... 48 
4.4.4 Otra legislación ambiental relacionada ..................................................................... 48 
5. Proceso de la Evaluación de Impacto Ambiental ................................................. 49 
MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 
4 Introducción | REPUBLICA DE EL SALVADOR 
 
5.1. INTRODUCCIÓN ...................................................................................................................... 49 
5.2 PASOS E INSTRUMENTOS DEL PROCEDIMIENTO GENERAL DE EIA ..................................... 51 
5.3. CATEGORIZACIÓN DE ACTIVIDADES, OBRAS Y PROYECTOS ............................................. 54 
5.3.1 Establecimiento de la Categorización ...................................................................... 54 
5.3.2 Aspectos y lineamientos principales de la Categorización Ambiental ................. 55 
5.4. ÁREAS AMBIENTALMENTE FRÁGILES ................................................................................... 61 
5.5. DEFINICIÓN DE LA RUTA DE TRÁMITE AMBIENTAL A CUMPLIR ............................................ 63 
5.6 CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS AMBIENTALES .................................................................. 65 
5.7 MATRIZ DE LEGISLACIÓN AMBIENTAL ................................................................................... 66 
5.8 FORMULARIO AMBIENTAL ...................................................................................................... 68 
5.8.1 Finalidad del Formulario Ambiental .......................................................................... 68 
5.8.2 ¿Quienes deben presentar el Formulario Ambiental ante el MARN? .................. 68 
5.8.3 Información del Formulario Ambiental ..................................................................... 69 
5.8.4 Formularios ambientales que dispone el MARN .................................................... 70 
Formulario Ambiental F - 1 .................................................................................................... 70 
Formulario Ambiental F-2 ...................................................................................................... 71 
5.8.5 Plan de Gestión Ambiental (PGA) ............................................................................. 72 
5.8.6 Trámite del Formulario Ambiental por parte del MARN ......................................... 77 
5.9 TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL (ESIA) .................. 84 
5.10 RESOLUCIONES DEL MARN SOBRE EIA ............................................................................. 88 
5.11 ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL ........................ 89 
5.11.1 Responsabilidad de la elaboración del EsIA .......................................................... 89 
5.11.2 Lineamientos básicos para la elaboración del EsIA ............................................. 90 
5.11.3 Consideraciones de forma para la presentación del EsIA ................................... 91 
5.12 RECEPCIÓN Y TRÁMITE DE REVISIÓN DEL ESIA ................................................................. 92 
5.12.1 Ingreso del EsIA al MARN para su revisión ........................................................... 92 
5.12.2 Plazo para revisión del Estudio de Impacto Ambiental ........................................ 93 
5.13 PROCEDIMIENTO DE REVISIÓN TÉCNICA DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL ............ 94 
5.14 INFORME TÉCNICO SOBRE ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL ......................................... 96 
5.15 CONSULTA PÚBLICA ............................................................................................................97 
5.16 DICTAMEN TÉCNICO SOBRE ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL .................................. 101 
MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 
5 Introducción | REPUBLICA DE EL SALVADOR 
 
5.17 FIANZA DE CUMPLIMIENTO AMBIENTAL ............................................................................ 102 
5.18 EMISIÓN DEL PERMISO AMBIENTAL .................................................................................. 103 
5.19 MODIFICACIONES DE ACTIVIDADES, OBRAS Y PROYECTOS ............................................. 105 
5.19.1 Modificaciones que requieren presentar Formulario Ambiental ........................ 105 
5.19.2 Modificaciones que requieren presentar “Solicitud de Modificación de Permiso 
Ambiental” .............................................................................................................................. 106 
5.20 SÍNTESIS DEL PROCESO Y FLUJOGRAMA SEGÚN LA CATEGORIZACIÓN .......................... 108 
6. Contenido temático del Estudio de Impacto Ambiental ..................................... 113 
6.1.1 Título y Autores ........................................................................................................... 114 
6.1.2 Índice ............................................................................................................................ 114 
6.3.1 Localización del proyecto y área de influencia ...................................................... 115 
6.3.2 Dimensiones de las obras a desarrollar................................................................. 116 
6.3.4 Áreas a impermeabilizar ............................................................................................ 117 
6.3.4 Detallar los componentes en el espacio y el tiempo ............................................. 118 
6.3.5 Plano (s) a escala apropiada .................................................................................... 118 
6.3.6 Servicios básicos y de infraestructura .................................................................... 118 
6.3.7 Material resultante de la limpieza y descapote ...................................................... 121 
6.3.8 Manejo de materiales peligrosos ............................................................................. 121 
6.4.1 Autorización de cambio de uso del suelo .............................................................. 122 
6.4.2 Tala de árboles .......................................................................................................... 122 
6.5.1 Medio físico.................................................................................................................. 123 
6.5.2 Medio biológico ........................................................................................................... 123 
6.5.3 Medio socioeconómico y cultural ............................................................................. 124 
6.6.1 Matriz de Identificación, pronóstico y priorización de Impactos Ambientales ... 124 
6.6. 2 Valoración de los impactos ambientales ............................................................... 125 
6.7.1 Introducción ................................................................................................................. 127 
6.7.2 Determinación, priorización y cuantificación de las medidas de prevención, 
atenuación y compensación de los impactos ambientales y determinación de 
inversiones necesarias ........................................................................................................ 128 
6.7.3 Monitoreo ..................................................................................................................... 130 
6.7.4 Cronograma de ejecución de medidas ................................................................... 131 
MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 
6 Introducción | REPUBLICA DE EL SALVADOR 
 
6.7.5 Etapa de cierre de operación y rehabilitación ........................................................ 131 
6.7.6 Estudio de Riesgo y Manejo Ambiental ................................................................. 132 
6.7. 7 Monto de inversión en las medidas ambientales ................................................. 133 
6.8.1 Estudio de Riesgo ...................................................................................................... 133 
6.8.2 Plan de contingencia .................................................................................................. 134 
7. Control y Seguimiento Ambiental ........................................................................ 136 
7.1 INICIO DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO ................................................................................ 136 
7.3 INFORMES AMBIENTALES DE CUMPLIMIENTO DEL PMA ..................................................... 137 
7.3.1 Marco técnico y legal de los Informes Ambientales de Cumplimiento ............... 137 
7.3.2 Contenido Temático del Informe Ambiental de Cumplimiento ............................ 139 
7.5 AUDITORÍAS DE EVALUACIÓN AMBIENTAL .......................................................................... 141 
7.5.1 Alcance de la Auditoría según la Ley y el Reglamento General ......................... 141 
7.5.2 Procedimiento e instrumentos de Auditoría Ambiental ......................................... 142 
7.6 LIBERACIÓN DE FIANZAS DE CUMPLIMIENTO AMBIENTAL .................................................. 144 
8. Gestión ambiental de actividades en operación a la entrada en vigencia de la 
Ley del Medio Ambiente .............................................................................................. 146 
8.1 INTRODUCCIÓN ..................................................................................................................... 146 
8.2 DIAGNÓSTICOS AMBIENTALES ............................................................................................ 147 
8.2.1 Mandatos de la Ley del Medio Ambiente ................................................................ 147 
8.2.2 Procedimiento según el Reglamento General de la Ley del Medio Ambiente. 147 
8.3 PROGRAMAS DE AUTORREGULACIÓN AMBIENTAL ............................................................. 149 
8.3.1 Contexto según la Ley ............................................................................................... 149 
8.3.2 Procedimiento según el Reglamento General ....................................................... 150 
8.4 PROCEDIMIENTO INTEGRADO ............................................................................................. 150 
8.4.1 Consideraciones importantes ................................................................................... 150 
8.4.2 Procedimiento para el Permiso Ambiental de Funcionamiento de actividades y 
obras en operación ............................................................................................................... 152 
8.5 REQUERIMIENTO DE LOS PERMISOS AMBIENTALES PARA ACTIVIDADES Y OBRAS EN 
OPERACIÓN ................................................................................................................................. 153 
9. Otros instrumentos de la Evaluación de Impacto Ambiental ............................ 154 
9.1 INTRODUCCIÓN ..................................................................................................................... 154 
9.2 GUÍAS DE BUENAS PRÁCTICAS AMBIENTALES ................................................................... 154 
MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 
7 Introducción | REPUBLICA DE EL SALVADOR 
 
9.3 PRESTADORES DE SERVICIO DE ESTUDIOS AMBIENTALES ............................................... 157 
9.4 GOBIERNO DIGITAL Y EIA .................................................................................................... 158 
9.5 CALIFICACIÓN AMBIENTAL E INCENTIVOS AMBIENTALES ...................................................159 
10. Bibliografía ............................................................................................................ 161 
Anexos del Manual Técnico de EIA ............................................................................ 162 
ANEXO 1: CATEGORIZACIÓN DE ACTIVIDADES OBRAS O PROYECTOS. ................................... 162 
ANEXO 2: CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS AMBIENTALES. ..................................................... 162 
ANEXO 3: MATRIZ DE LEGISLACIÓN AMBIENTAL ....................................................................... 162 
ANEXO 4: FORMULARIO AMBIENTAL F-1 ................................................................................... 162 
ANEXO 5: FORMULARIO AMBIENTAL F-2 ................................................................................... 162 
ANEXO 6: FORMATO DE INSPECCIÓN DE CAMPO ...................................................................... 162 
ANEXO 7: FORMATO DE DICTAMEN TÉCNICO DE REVISIÓN DE FORMULARIO .......................... 162 
ANEXO 8: FORMATO BASE PARA TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA ESIA ............................... 162 
ANEXO 9: TÉRMINOS DE REFERENCIA TIPO PARA ELABORACIÓN DE ESIA ............................. 162 
ANEXO 10: FORMATO DE CHEQUEO PARA INGRESO DE ESIA ................................................. 162 
ANEXO 11: FORMATOS DE REVISIÓN E INFORME DE ANÁLISIS DE UN ESIA ............................ 162 
ANEXO 12: CONSULTA PÚBLICA: FORMATOS Y PROCEDIMIENTOS .......................................... 162 
ANEXO 13: FORMATO TÉCNICO FAVORABLE DE UN ESIA ........................................................ 162 
ANEXO 14: PLANTILLA DE OFICIO SOBRE FIANZA DE CUMPLIMIENTO .................................... 162 
ANEXO 15: PLANTILLA DE RESOLUCIÓN DE PERMISO AMBIENTAL .......................................... 162 
ANEXO 16: METODOLOGÍA DE VALORACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES EN EIA ................. 162 
ANEXO 17: EJEMPLO DE METODOLOGÍA PARA COMPENSACIÓN AMBIENTAL .......................... 162 
ANEXO 18: FORMATO DE AUTOCONTROL AMBIENTAL DE PROYECTOS ................................... 162 
ANEXO 19: GUÍA ESTÁNDAR DE AUDITORÍA Y CALIFICACIÓN AMBIENTAL ................................ 162 
ANEXO 20: PROCEDIMIENTO PARA ELABORACIÓN DE GUÍAS DE BUENAS PRÁCTICAS 
AMBIENTALES .............................................................................................................................. 162 
ANEXO 21: CARPETA DE GUÍAS DE BUENAS PRÁCTICAS AMBIENTALES .................................. 162 
 
MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 
8 Introducción | REPUBLICA DE EL SALVADOR 
 
 
1. Introducción 
 
1.1 MARCO CONCEPTUAL DE LA EIA: NOCIONES BÁSICAS 
 
1.1.1 Concepto y propósito 
 
La Evaluación de Impacto Ambiental, abreviado como EIA, es un instrumento 
preventivo de la gestión ambiental que surgió a finales de los años 60 del siglo XX como una 
necesidad de considerar el tema ambiental en el desarrollo de los proyectos. 
La Evaluación de Impacto Ambiental, es ante todo y como su propio nombre indica, 
una valoración de los impactos (efectos) que se producen en el ambiente (todos y alguno de 
sus componentes) por un proyecto, obra o actividad (ver Garmendia et al., 2005). 
Desde el inicio de su aplicación se señaló que su propósito fundamental es el de 
“animar a que se considere el medio ambiente en la planificación y en la toma de decisiones 
para, en definitiva, acabar definiendo actuaciones que sean más compatibles con el medio 
ambiente” 
La principal utilidad práctica de la EIA y que se ha demostrado durante los últimos 40 
años en todo el mundo, es que permite prevenir efectos negativos en el ambiente durante el 
desarrollo de actuaciones humanas (actividades, obras o proyectos), evitando así que se 
deban hacer grandes inversiones en el desarrollo de acciones o medidas correctivas 
efectuadas con posterioridad. La experiencia ha mostrado que el costo de las medidas 
correctivas es como promedio ocho veces el costo de aplicación de medidas preventivas. En 
este elemento se sustenta el éxito de la EIA bien aplicada. 
La EIA no debe entenderse únicamente como un trámite administrativo que se lleva a 
cabo ante el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales para obtener un permiso 
ambiental. Su objetivo principal es que las consideraciones y medidas ambientales SEAN 
INCORPORADAS debidamente en el diseño del proyecto. 
MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 
9 Introducción | REPUBLICA DE EL SALVADOR 
 
1.1.2 Fundamentos de la EIA 
 
En la Tabla 1, se presentan los siete fundamentos de la EIA. Como puede concluirse 
de la lectura de los mismos, la EIA no es un instrumento de uso indiscriminado. Debe ser 
aplicado cuando se considere necesario, para aquellas actuaciones humanas que, dadas 
sus características y ubicación, vayan a producir impactos SIGNIFICATIVOS en el ambiente. 
Una vez que se ha decido que se debe realizar un Estudio de Impacto Ambiental, el 
mismo debe cumplir una serie de requisitos, entre ellas que contemple la comparación de 
alternativas de la actuación humana a desarrollar, incluyendo la posibilidad de no ejecutarla. 
Este aspecto es altamente relevante, ya que permite tener una referencia comparativa sobre 
las posibilidades de desarrollo del proyecto y la comparación de diferentes formas en que el 
mismo se puede ejecutar. 
También, es importante que el EsIA sea escrito de forma que permita su lectura y 
comprensión por el promedio de la gente. 
Como instrumento de decisión la EIA debe permitir la participación pública y 
enriquecerse de este proceso. Además, para que sea realmente efectiva debe aportar y 
mejorar el diseño, a fin de que las medidas ambientales sean parte intrínseca del proyecto. 
Finalmente, la EIA no termina con el otorgamiento de un Permiso Ambiental. Por el 
contrario, la tarea principal apenas comienza. Se debe velar porque las medidas 
establecidas en la EIA, se cumplan a cabalidad durante la ejecución del proyecto. 
1.1.3 Pasos de la EIA 
 
De manera general, la EIA se divide en tres pasos principales, a saber: 
1. EIA inicial (selección) 
2. Estudio de Impacto Ambiental 
3. Control y Seguimiento 
Los dos primeros pasos se realizan antes de que la actuación humana sea aprobada 
y obtenga el permiso ambiental para ser ejecutada. El tercero, se realiza cuando dicha 
actuación ya se encuentra en ejecución, sea construcción o bien operación. 
MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 
10 Introducción | REPUBLICA DE EL SALVADOR 
 
Tabla 1. 
Fundamentos de aplicación de la EIA 
 
1 Aplicable a todos aquellas actuaciones que fuera previsible que 
tuvieran un impacto ambiental significativo. 
2 Compararía alternativas de las actuaciones propuestas (incluyendo 
la posibilidad de no actuar) 
3 Generaría un estudio en el que la importancia de los impactos 
probables y sus características específicas quedaran claras tanto a 
expertos como a legos en la materia. 
4 Debe incluir una amplia participación pública y procedimientos 
administrativos vinculados de revisión. 
5 Programado de tal manera que proporcionará información para la 
toma de decisiones. 
6 Con capacidad para ser obligatorio. 
7 Incluiría procedimientos de seguimiento y control. 
De manera general, no todas las actuaciones humanas (actividades, obras o 
proyectos) que realizan EIA deben cumplir los tres pasos (Figura 1). Algunos proyectos sólo 
realizan la EIA inicial y dada la baja significancia de sus impactos pueden ser eximidos de 
realizar un Estudio de Impacto Ambiental, con lo cual pueden ser autorizados y pasar al 
tercer componente de control y seguimiento. Otras actividades, obras o proyectos, por el 
contrario, sí pueden generar impactos significativos en el ambiente, razón por la cual deben 
realizar un Estudio de Impacto Ambiental a fin de analizarlos con más detalle. Este tipo de 
proyectos si debe cumplir con lostres pasos del proceso. 
La EIA inicial (selección) 
En esta fase se determina primeramente si una actividad humana debe o no realizar 
el trámite de EIA, por lo general, por medio de una Lista Taxativa, o como en el caso de El 
Salvador, por medio de una lista de actividades, obra o proyectos sujetos al proceso de EIA 
según la legislación vigente y en segundo lugar, si la actividad humana generará o no 
impactos significativos. El proceso se inicia con la entrega por parte del titular de un 
Formulario Ambiental y la revisión del mismo por parte del MARN. Como parte del proceso 
se realiza una inspección de campo. 
MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 
11 Introducción | REPUBLICA DE EL SALVADOR 
 
Pasos de la EIA
2. EsIA y otros 
instrumentos de
Evaluación Ambiental
3. Control y 
Seguimiento
1. EIA
Inicial
Proyectos de Bajo y 
Leve Impacto
Proyectos de Mediano y 
Alto Impacto
Formulario
Ambiental
Estudios de 
Impacto 
Ambiental
Inspecciones y 
Auditorías de 
Evaluación 
Ambiental
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Fig. 1. 
Pasos o 
componentes de la 
EIA. Se indican 
además algunos de 
los instrumentos 
técnicos que se 
utilizan en la EIA. 
 
En el caso de que la respuesta es sí, se establecerán los Términos de Referencia 
para la realización de un análisis técnico más profundo o detallado, que se denomina Estudio 
de Impacto Ambiental. 
En virtud de la naturaleza y condiciones en que se presenta esa actividad humana 
(dimensiones y otros factores) y de la primera aproximación sobre los impactos ambientales 
significativos que generaría, se establecen los temas a tratar en el Estudio de Impacto 
Ambiental. 
 
Estudio de Impacto Ambiental y el proceso de evaluación 
 
Una vez que el titular recibe los Términos de Referencia, procede con la contratación 
del equipo consultor, debidamente habilitado por el MARN para cumplir estas funciones, para 
que le prepare el respectivo Estudio de Impacto Ambiental. 
El equipo consultor debe ser un equipo multidisciplinario afín a la actividad de 
desarrollo que es objeto del EsIA. Deberá cubrir el espectro temático ambiental básico, que 
como núcleo fundamental deberá integrar como profesional responsable del diseño y 
presentación de proyecto, un profesional en el campo del medio ambiente físico, otro 
MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 
12 Introducción | REPUBLICA DE EL SALVADOR 
 
profesional en el campo del medio ambiente biótico y otro en el campo del medio ambiente 
social. Uno de estos profesionales, o bien otro profesional adicional, deberá asumir la 
coordinación del EsIA, no solo para la organización y ejecución de los trabajos, sino también 
para la edición y preparación del documento a presentar ante la autoridad, que en el caso de 
El Salvador, corresponde con la Dirección de Gestión Ambiental del MARN. 
Cuando el estudio ha sido finalizado por el equipo consultor, el mismo es entregado 
al MARN, iniciándose así la segunda fase de este paso, que consiste en la revisión o 
evaluación del EsIA. 
Para efectuar la revisión o evaluación del EsIA, el Ministerio de Medio Ambiente y 
Recursos Naturales debe organizarse por medio de un equipo multidisciplinario que en la 
medida de lo posible, debe ser una imagen especular del equipo consultor que elaboró el 
EsIA. El equipo debe disponer de un coordinador quien será el responsable de organizar la 
revisión y quien, como mínimo debe cubrir la revisión integral del documento. 
La revisión del EsIA debe estar ordenada según un procedimiento técnico 
estandarizado, en el que se registren las actividades realizadas y los criterios de ponderación 
con que se realiza la evaluación. La revisión del EsIA conlleva varias subfases como son: a) 
lectura del documento de forma multidisciplinaria, b) visita de inspección al sitio, en caso de 
que se considere necesario, c) elaboración del dictamen sobre el EsIA y, d) decisión sobre el 
EsIA, la cual implica la aplicación de un procedimiento de valoración de variables y 
determinación de la calidad del estudio ambiental en revisión. 
Como parte del proceso de revisión del EsIA se lleva a cabo la consulta pública del 
documento y del proyecto. Pueden darse varias modalidades de consulta, una de ellas, para 
casos de proyectos de gran impacto y de interés por parte de la sociedad, puede implicar 
una audiencia o foro público. 
La fase final del proceso de revisión del EsIA culmina en el momento en que se toma 
la decisión y se realiza el trámite administrativo y legal correspondiente, es decir, se elabora 
el documento oficial, a modo de Resolución, en el que se obtiene el aval legal y las firmas 
correspondientes y se notifica formalmente al interesado. En el caso de El Salvador, se 
refiere a la elaboración del Dictamen Técnico y la Resolución Ministerial correspondientes. 
 
 
MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 
13 Introducción | REPUBLICA DE EL SALVADOR 
 
Control y seguimiento 
Esta fase se inicia desde el momento en que se emite la Resolución de Permiso 
Ambiental de la actividad humana sujeta a trámite de evaluación de impacto ambiental. 
En el documento oficial (en el caso de El Salvador puesto de manifiesto mediante 
una Resolución de Permiso Ambiental) en el que se aprueba el EsIA se deben establecer las 
condiciones ambientales bajo las cuales se otorga dicho permiso. Para El Salvador, algunas 
de esas condiciones incluyen: 
a. Compromiso de disponer de un registro de las acciones ambientales por medio 
de un cuaderno oficial o Bitácora Ambiental, así como de un profesional por parte 
del proyecto encargado de realizar labores de inspección y llevar el registro en 
dicha Bitácora. 
b. Compromiso de entregar informes de seguimiento ambiental al MARN y otros 
entes que ésta le indique durante el período que así se establezca. 
c. Compromiso de realizar labores de autorregulación ambiental y también facilitar 
las inspecciones o auditorías de Evaluación Ambiental de cumplimiento que el 
MARN. 
d. Compromiso de desarrollar una gestión social y ambiental, en el sentido de 
participar por medio de su entidad ambiental responsable en una comisión social 
de seguimiento y control ambiental de la actividad; siempre y cuando las 
características, dimensiones y significancia ambiental y social de ésta así lo 
ameriten. 
Como parte final del proceso de revisión del EsIA y previo a la aprobación del mismo, 
el equipo evaluador podrá revisar y avalar el conjunto de indicadores ambientales que serán 
utilizados como referencia para el plan de control y seguimiento. Esos indicadores, una vez 
aprobado el EsIA servirán de base para establecer el programa de control y seguimiento que 
se ejecutará a la actividad en cuestión. 
El control y seguimiento contará como principales herramientas operativas con las 
auditorías ambientales de cumplimiento. 
Para la ejecución de las auditorías, el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos 
Naturales puede recurrir a terceros según un sistema de acreditación y certificación. 
MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 
14 Introducción | REPUBLICA DE EL SALVADOR 
 
Como producto final del proceso de control y seguimiento, el MARN podrá establecer 
un sistema de calificación ambiental de las actividades sujetas al proceso. 
 
1.2 ANTECEDENTES DEL SISTEMA DE EIA EN EL SALVADOR 
 
El Estudio de Impacto Ambiental, tal y como se establece en la Ley del Medio 
Ambiente es un “Instrumento de diagnóstico, evaluación, planificación y control, constituido 
por un conjunto de actividades técnicas y científicas realizadas por un equipo 
multidisciplinario, destinadas a la identificación, predicción y control de los impactos 
ambientales, positivos y negativos de una actividad, obra o proyecto, durante todo su ciclo 
vital, y sus alternativas, presentado en un informe técnico; y realizado según los criterios 
establecidos legalmente”1. 
Previo a la entrada en vigenciade la Ley del Medio Ambiente, el requerimiento de las 
evaluaciones de impacto ambiental se aplicaba de forma más parcial, a través de la 
aplicación de la Ley de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del Área Metropolitana de San 
Salvador que ya requería de Estudios de Impacto Ambiental para actividades, obras o 
proyectos localizados en áreas de máxima protección y desarrollo restringido. 
También se solicitaba como parte de un requisito para el financiamiento de proyectos 
financiados por organismos financieros multilaterales como el Banco Mundial o el Banco 
Interamericano de Desarrollo (BID). Se incluían proyectos grandes, tales como carreteras, 
represas hidroeléctricas y otros proyectos de gran envergadura. 
Para la realización de las actividades, obras o proyectos, los titulares de los mismos, 
deben solicitar los permisos como: de Permiso de Parcelación o Construcción, según 
corresponda, que otorga la Oficina de Planificación del Área Metropolitana de San Salvador 
(OPAMSS) cuando se localizan en municipios del Área Metropolitana de San Salvador, 
AMSS o por el Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano (VMVDU), y fuera de la 
misma, y en donde no se cuenten con Planes de Desarrollo y Ordenamiento Territorial o los 
Gobiernos Locales, como es el caso de los municipios de Santa Ana, San Miguel, 
Sonsonate, Usulután, y los del Valle de San Andrés, en donde corresponde a dichos 
 
1
 Artículo 5 de la Ley del Medio Ambiente 
MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 
15 Introducción | REPUBLICA DE EL SALVADOR 
 
municipios emitir las autorizaciones correspondientes. Además, de solicitar la factibilidad de 
Agua por la Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados (ANDA) o de otras 
operadoras, y de existir, Ordenanzas Municipales vinculantes al tema, permiso a la 
Municipalidad en la cual se realizaría el proyecto y los demás inherentes dependiendo del 
tipo de proyecto a desarrollar. 
 
1.3 JUSTIFICACIÓN DEL MANUAL 
 
El Manual Técnico de EIA encuentra justificación en solventar la necesidad que 
existe de explicar de una forma más amplia los diferentes procedimientos e instrumentos que 
comprenden el sistema de EIA de El Salvador. Esto por cuanto, tanto la Ley del Medio 
Ambiente como su Reglamento, definen los instrumentos y señalan los procedimientos 
generales del sistema, pero a un nivel legal y general. 
En este Manual se retoman esos mandatos legales establecidos en la Ley y su 
reglamento, y se explican de forma más llana y clara a fin de hacerlos comprensibles para 
todos los usuarios del sistema de Evaluación de Impacto Ambiental del país. 
Forman parte del Manual Técnico, el conjunto de instrumentos técnicos, que incluyen 
formularios, documentos de referencia, esquemas de resoluciones, etc., que junto con los 
procedimientos que aquí se explican conforman el Sistema de EIA (Figura 2). 
El sentido fundamental del Manual es mostrar el conjunto de reglas que operan el 
sistema de EIA. Explicadas de según la lógica del proceso y en el orden que lo desarrolla la 
Ley del Medio Ambiente. 
Se pretende que el Manual sirva tanto a los funcionarios del MARN y de otras 
entidades gubernamentales a explicar los diferentes pasos lógicos del sistema de EIA, como 
también a los usuarios del mismo y público en general. 
 
MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 
16 Introducción | REPUBLICA DE EL SALVADOR 
 
Manual Técnico de EIA
Instrumentos
Procedimientos
REGLAS CLARAS
 
 
 
 
Fig. 2. 
El Manual 
Técnico 
complementa 
y detalla lo 
señalado por 
la Ley del 
Medio 
Ambiente y su 
Reglamento 
con la 
finalidad de 
servir de 
documento 
orientador y 
educativo 
sobre la EIA 
en el país. 
 
1.4 METODOLOGÍA EMPLEADA 
 
Para la elaboración del presente Manual Técnico se han cumplido los siguientes 
pasos metodológicos: 
1. Revisión de la legislación vigente sobre el tema de Evaluación de Impacto 
Ambiental. 
2. Inventario y revisión del conjunto de instrumentos y procedimientos técnicos que 
utiliza la Dirección General de Gestión Ambiental del Ministerio de Medio 
Ambiente y Recursos Naturales, como autoridad de evaluación ambiental del 
país. 
3. Reuniones con el personal técnico de la Dirección General de Gestión Ambiental 
del MARN. 
4. Elaboración y discusión técnica en un Taller de Trabajo sobre la Tabla Contenido 
del Manual Técnico de EIA. En el Taller participaron diferentes representantes de 
instituciones del Estado relacionadas con la EIA, así como representantes del 
sector privado que son usuarios del sistema. 
5. Preparación del primer borrador de propuesta del Manual. 
MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 
17 Introducción | REPUBLICA DE EL SALVADOR 
 
6. Taller de revisión y discusión sobre el borrador de la propuesta del Manual 
Técnico. 
7. Corrección final de la propuesta y edición del borrador final para aprobación por 
parte de la Dirección General de Gestión Ambiental del MARN. 
 
1.5 MECANISMO DE MEJORA CONTINÚA 
 
El Manual de EIA es un documento técnico de tipo dinámico, es decir, que evoluciona 
y por tanto es objeto de un proceso de mejora continua. Para ello, se cumplirá con los 
siguientes lineamientos: 
1. El Manual Técnico de EIA será objeto de revisión y actualización por parte de la 
Dirección General de Gestión Ambiental del MARN cada dos años. 
2. Como parte de la revisión y actualización, se podrán sustituir o mejorar 
instrumentos y procedimientos técnicos, o en su defecto se adicionarán nuevos, 
siempre dentro del marco legal vigente que norma el proceso de EIA en el país. 
3. Todos los ajustes o cambios que se hagan al Manual, serán debidamente 
justificados y documentados a fin de que se sustente técnicamente la razón para 
que se realicen. 
4. Como parte de la revisión y actualización, la Dirección General de Gestión 
Ambiental podrá realizar talleres de discusión y consulta sobre los cambios a 
ejecutar. 
5. Cuando por una situación de fuerza mayor se requiere sustituir o adicionar un 
instrumento o procedimiento de una forma urgente, la Dirección de Gestión 
Ambiental, lo podrá hacer siempre que se mantenga en el marco de los 
establecido en la Ley y su reglamento y que le de una profusa divulgación a fin de 
no inducir al usuario a confusiones. Para este fin, el Manual que se disponga en 
el portal digital del MARN deberá contener como complemento una “ventana 
temporal” que señale cambios realizados bajo esta situación. 
6. Los cambios o ajustes señalados en el punto anterior se incorporarán al Manual 
de forma integral cuando se realice su revisión periódica según el punto 1. 
MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 
18 Objetivo del Manual Técnico de EIA | REPUBLICA DE EL SALVADOR 
 
 
2. Objetivo del Manual Técnico de EIA 
 
2.1 OBJETIVO GENERAL 
El objetivo general del Manual de EIA, consisten en: 
“Detallar y describir los lineamientos (instrumentos y procedimientos) de operación 
administrativa y técnicos para la Evaluación de Impacto Ambiental en el país, a fin de 
fortalecer la normativa y la gestión del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos 
Naturales”. 
En la Figura 4 se presenta un esquema básico sobre la filosofía del Manual de EIA. 
El mismo tiene una doble función práctica. Por un lado servir de instrumento a lo interno del 
MARN referente a las reglas que operan para TRAMITAR instrumentos de EIA. Por otro 
lado, debe funcionar también a lo externo del MARN, es decir, para todos los usuarios del 
sistema, explicando las reglas que operan para ELABORAR los instrumentos de EIA. De 
esta manera el Manual funciona como un documento que sintetiza las reglas claras del 
proceso de EIA válidas para TODOS los usuarios del sistema. 
Filosofía del Manual de EIA
Lineamientos de 
operación a lo 
interno:
1. Instrumentos técnicos y 
procedimientos para 
revisar las EIA.
2. Pasos de revisión,plazos 
y procesos (jurídicos, 
técnicos y administrativos) 
de respuesta al usuario.
3. Comprensión de 
procedimientos de 
elaboración por parte de 
los usuarios.
Lineamientos de 
operación a lo 
externo:
1. Instrumentos técnicos 
y procedimientos para 
presentar el EIA.
2. Pasos metodológicos 
(ruta) de elaboración 
de instrumentos.
3. Comprensión de 
procedimientos de 
revisión.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Fig. 3. 
Diagrama 
explicativo 
sobre la 
filosofía que 
tiene el uso 
del Manual de 
EIA. 
MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 
19 Objetivo del Manual Técnico de EIA | REPUBLICA DE EL SALVADOR 
 
 
2.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS 
 
1. Desarrollar el marco conceptual básico de la Evaluación de Impacto Ambiental como 
instrumento de gestión ambiental. 
2. Resumir el marco legal que norma la EIA en el país y presentar el glosario de términos 
técnicos más utilizados. 
3. Explicar los instrumentos técnicos de la Evaluación Ambiental que establece la Ley del 
Medio Ambiente y su Reglamento. 
4. Desarrollar la temática vinculada al primer paso de la EIA en el país, que corresponde 
con proceso de Evaluación Ambiental. 
5. Explicar el componente de los Estudios de Impacto Ambiental, tal y como se aplica en el 
país, según lo establecido por la Ley del Medio Ambiente. 
6. Sintetizar los principales instrumentos de Control y Seguimiento Ambiental que aplican 
para la ejecución y operación de actividades, obras o proyectos. 
7. Explicación y desarrollo de los principales instrumentos de la EIA, incluyendo el Código 
de Buenas Prácticas Ambientales que se aplicará para el control ambiental de las 
actividades del Grupo A de la Categorización. 
 
2.3 ORGANIZACIÓN DEL MANUAL 
 
Aparte de los capítulos introductorios del Manual, éste se ha organizado según el 
orden lógico del proceso de EIA. A este respecto, se incluyen los siguientes capítulos: 
- Definiciones 
- Marco legal e institucional. 
- Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental, incluyendo el proceso de 
formularios ambientales e inspección al sitio, entre otros. 
- Contenido Temático de los Estudios de Impacto Ambiental 
MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 
20 Objetivo del Manual Técnico de EIA | REPUBLICA DE EL SALVADOR 
 
- Instrumentos de control y seguimiento durante la ejecución, funcionamiento y 
cierre de actividades, obras o proyectos. 
Los instrumentos técnicos del proceso de EIA que acompañan al Manual se integran 
y ordenan, según una secuencia lógica con se introducen en el Manual, dentro de un 
Documento Anexo al Manual. 
 
MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 
21 Definiciones | REPUBLICA DE EL SALVADOR 
 
 
3. Definiciones 
 
3.1 PRESENTACIÓN 
 
Con el objeto de estandarizar en todo lo posible la serie de conceptos técnicos que 
se utilizan en EIA, en el este capítulo se presentan las principales definiciones establecidas 
por la Ley del Medio Ambiente, complementadas algunas otras utilizadas en el Reglamento a 
dicha ley y en el presente manual. 
Se recomienda al usuario del presente Manual Técnico realizar una lectura de los 
conceptos que a continuación se desarrollan. El conocimiento y entendimiento claro de esas 
definiciones es muy importante para evitar confusiones o interpretaciones inadecuadas. 
 
3.2 CONCEPTOS PRINCIPALES ESTABLECIDOS POR LA LEGISLACIÓN 
 
a) AMPLIACION: Comprende las modificaciones que puede tener una actividad, obra o 
proyecto para aumentar su dimensión, ya sea en lo referente a su planta física, a la 
producción o en el ámbito de acciones que desarrolla. Cuando la actividad, obra o 
proyecto cuente con Permiso Ambiental y sea objeto de una ampliación, deberá 
cumplir con un procedimiento de ajuste de su evaluación de impacto ambiental. 
b) AREA FRAGIL: Zona costera-marina ambientalmente degradada, áreas silvestres 
protegidas y zonas de amortiguamiento, zonas de recarga acuífera y pendientes de 
más de treinta grados sin cobertura vegetal ni medidas de conservación y otras que 
por ley se hayan decretado como tales. 
c) AUDITORIAS DE EVALUACIÓN AMBIENTAL: Método de revisión exhaustiva de 
instalaciones, procesos, almacenamientos, transporte, seguridad y riesgos de 
actividades, obras o proyectos que se encuentran en construcción y operación, que 
permite verificar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el permiso 
ambiental. De ser necesario, definir programas mediante los cuales se establecen, con 
MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 
22 Definiciones | REPUBLICA DE EL SALVADOR 
 
plazos determinados, las obras, reparaciones, correcciones y acciones necesarias, 
con arreglo a las condiciones establecidas en el permiso ambiental. 
d) CATEGORIZACIÒN: Procedimiento por medio del cual, de una forma predictiva, 
basado en criterios generales conocidos tales como el ámbito de desempeño 
(agrícola, industrial, urbano, minero, infraestructura, energía, etc.), tamaño o 
envergadura y característica común del proceso productivo (requerimiento de 
recursos: agua, energía, suelo, entre otros; o producción de emisiones, residuos 
líquidos o sólidos, o manejo de sustancias peligrosas), se establece una clasificación 
de las actividades, obras o proyectos en diversos órdenes según sea su potencial 
impacto al ambiente. 
e) CIERRE DE OPERACIONES: Es la etapa de conclusión de actividades para las que 
se consideran medidas necesarias que minimicen los impactos ambientales que las 
mismas hayan ocasionado al ambiente, con el objetivo de que el área del proyecto 
quede en condiciones para la realización de otras actividades, con el menor riesgo 
ambiental posible. 
f) COMPENSACION AMBIENTAL: Conjunto de mecanismos que el Estado y la 
población puede adoptar conforme a la ley para reponer o compensar los impactos 
inevitables que cause su presencia en el medio ambiente. Las compensaciones 
pueden ser efectuadas en forma directa o a través de agentes especializados, en el 
sitio del impacto, en zonas aledañas o en zonas más propias para su reposición o 
recuperación. 
g) CONSULTA PÚBLICA: Proceso de información y de participación, que tiene como 
objeto involucrar a la población y grupos afectados con las políticas, planes, 
programas, actividades, obras o proyectos, para obtener su opinión y ponderarlas, con 
el fin de resolver los Estudios Ambientales. 
h) CONTAMINACION: La presencia o introducción al ambiente de elementos nocivos a 
la vida, la flora o la fauna, o que degraden la calidad de la atmósfera; del agua, del 
suelo o de los bienes y recursos naturales en general, conforme lo establece la ley. 
i) CONTAMINANTE: Toda materia, elemento, compuesto, sustancias, derivados 
químicos o biológicos, energía, radiación, vibración, ruido, o una combinación de ellos 
en cualquiera de sus efectos físicos que al incorporarse o actuar en la atmósfera, 
MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 
23 Definiciones | REPUBLICA DE EL SALVADOR 
 
agua, suelo, flora, fauna o cualquier otro elemento del ambiente, altere o modifique su 
composición natural o degrade su calidad, poniendo en riesgo la salud de las 
personas y la preservación o conservación del ambiente. 
j) CONTROL AMBIENTAL: La fiscalización, seguimiento y aplicación de medidas para 
la conservación del ambiente. 
k) CLAUSURA: El cierre o inhibición de funcionamiento de un establecimiento, edificio o 
instalación, por resolución administrativa o judicial, cuando, de acuerdo a la ley, su 
funcionamiento contamine o ponga en peligro los elementos del ambiente, el equilibrio 
del ecosistema, o la salud y calidad de vida de la población. 
l) DAÑO AMBIENTAL: Toda perdida, disminución, deterioro o perjuicio que se ocasione 
al ambiente o a uno o más de sus componentes, en contravención a las normas 
legales. El daño podrá ser grave cuando ponga en peligro la salud de los grupos 
humanos, ecosistema o especies de flora y fauna e irreversible, cuando los efectosque produzca sean irreparables y definitivos. 
m) DIAGNÓSTICO AMBIENTAL: Proceso que permite determinar los impactos y daños 
que la construcción, el funcionamiento o el cierre de operaciones de una actividad, 
obra o proyecto que se encuentre funcionando a la entrada en vigencia de la Ley, esté 
causando en el ambiente. Este estudio debe culminar con un programa de adecuación 
ambiental. 
n) ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL: Instrumento de diagnóstico, evaluación, 
planificación y control, constituido por un conjunto de actividades técnicas y científicas 
realizadas por un equipo multidisciplinario, destinados a la identificación, predicción y 
control de los impactos ambientales, positivos y negativos, de una actividad, obra o 
proyecto, durante todo el ciclo vital, y sus alternativas, presentado en un informe 
técnico; y realizado según los criterios establecidos legalmente. 
o) EVALUACIÓN AMBIENTAL: El proceso o conjunto de procedimientos que permite al 
Estado, en base a un estudio de impacto ambiental, estimar los efectos y 
consecuencias que la ejecución de una determinada obra, actividad o proyecto 
puedan causar sobre el ambiente, asegurar la ejecución y seguimiento de las medidas 
que puedan prevenir, eliminar, corregir, atender, compensar o potenciar, según sea el 
caso, dichos impactos. 
MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 
24 Definiciones | REPUBLICA DE EL SALVADOR 
 
p) EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL (EIA): Es el proceso de análisis que sirve 
para identificar, predecir y describir los posibles impactos positivos y negativos de un 
proyecto propuesto, así como proponer las medidas de atenuación para los impactos 
negativos y un plan de control y seguimiento periódico. 
q) FIANZA DE CUMPLIMIENTO AMBIENTAL: Instrumento legal que asegura el 
cumplimiento de los Permisos Ambientales en cuanto a la ejecución de los Programas 
de Manejo y Adecuación Ambiental, debe ser presentado pro el titular de la actividad, 
obra o proyecto, la cual se rendirá por un monto equivalente a los costos totales de las 
obras físicas o inversiones que se requieran. 
r) FORMULARIO AMBIENTAL: Documento con carácter de declaración jurada que 
describe las características básicas de la actividad o proyecto a realizar, que por ley 
requiere de una Evaluación de Impacto Ambiental como condición previa a la 
obtención de un permiso ambiental. 
s) IMPACTO AMBIENTAL: Cualquier alteración significativa, positiva o negativa, de uno 
o más de los componentes del ambiente, provocadas por acción humana o fenómenos 
naturales en un área de influencia definida. 
t) MEGAPROYECTO: Se entiende como megaproyecto el conjunto de actividades que 
impliquen el desarrollo de obras cuyos impactos directos, de índole ambiental, 
económico, social y cultural sean de alcance nacional. Una característica de los 
megaproyectos es que se constituyen de componentes cuyas dimensiones, son 
similares a las de acciones humanas que el proceso de EIA tramita de forma 
individual. Se incluyen como parte de esta categoría actividades tales como 
generación hidroeléctrica, explotación minera, explotación petrolera y grandes obras 
de infraestructura, entre otras. Por su naturaleza, los megaproyectos pueden ser 
identificados como de tipo estratégico o no estratégico. 
u) MODIFICACIÓN: Se refiere a los cambios que puede tener una actividad, obra o 
proyecto al diseño que originalmente fue objeto de un permiso ambiental, puede 
implicar una ampliación, una rehabilitación o una reconversión. En todos los casos, 
estos ajustes o modificaciones, deberá ser objeto de una evaluación ambiental por 
parte del MARN. 
MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 
25 Definiciones | REPUBLICA DE EL SALVADOR 
 
v) MONITOREO AMBIENTAL: Proceso de seguimiento, vigilancia y verificación continua 
del cumplimiento de las obligaciones ambientales, que se realiza a través de la 
observación, medición y evaluación de una o más condiciones ambientales. Los 
instrumentos de monitoreo son múltiples y de naturaleza jurídica o extrajurídica. 
w) NORMAS TÉCNICAS DE CALIDAD AMBIENTAL: Aquellas que establecen los 
valores límite de concentración y períodos, máximos o mínimos, permisibles de 
elementos, compuestos, derivados químicos o biológicos, radiaciones, vibraciones, 
ruidos, olores o combinaciones de ellos, cuya presencia o carencia en el ambiente 
pueden constituir un riesgo para la salud o el bienestar humano, la vida y 
conservación de la naturaleza. 
x) PERMISO AMBIENTAL: Acto administrativo por medio del cual el Ministerio de 
acuerdo a la Ley del Medio Ambiente y su reglamento, a solicitud del titular de una 
actividad, obra o proyecto, autoriza a que estas se realicen, sujetas al cumplimiento de 
las condiciones que este acto establezca. 
y) PERMISO AMBIENTAL DE UBICACIÓN Y CONSTRUCCION: Acto administrativo 
por medio del cual el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, una vez 
realizados y revisados el estudio de impacto ambiental o los estudios técnicos 
correspondientes, autoriza desde el punto de vista ambiental, su desarrollo en la 
localización propuesta, y su construcción. 
z) PERMISO AMBIENTAL DE FUNCIONAMIENTO: Acto administrativo por medio del 
cual el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales autoriza desde el punto de 
vista ambiental el funcionamiento de la actividad, obra o proyecto, bajo la condición de 
que se cumplan las medidas ambientales establecidas en el Programa de Manejo 
Ambiental o el Programa de Adecuación Ambiental que norma esta fase y que se haya 
formalizado el mecanismo de seguimiento y fiscalización ambiental que ha ordenado 
el Ministerio. 
aa) PLAN DE ABANDONO: El documento, debidamente aprobado por el Ministerio de 
Medio Ambiente y Recursos Naturales, que contiene las acciones y plazos para su 
realización, que legalmente debe realizar el titular de una concesión de exploración o 
explotación de minerales o hidrocarburos, para restablecer el medio ambiente o 
MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 
26 Definiciones | REPUBLICA DE EL SALVADOR 
 
realizar medidas compensatorias, en su caso, después de terminar las labores de 
exploración o explotación. 
bb) PRINCIPIO DE PREVENCIÓN: toda acción humana tiene asociado un riesgo o 
impacto ambiental que es inherente a su naturaleza y la serie de procesos que 
involucra, lo que razonablemente permite predecir su alcance ambiental y adoptar 
medidas para evitar su impacto negativo. 
cc) PRINCIPIO DE PROPORSIONALIDAD: principio por medio del cual la evaluación 
ambiental de una actividad, obra o proyecto se realiza según su categorización de 
impacto ambiental potencial o de riesgo ambiental, de forma tal que aquellas 
actividades de mayor impacto o riesgo ambiental reciben trámite y un atención 
proporcional a esa condición, mientras que las actividades de bajo riesgo o impacto 
ambiental potencial reciben una atención y un trámite también proporcional a esa 
condición. 
dd) PROGRAMA DE AUTORREGULACIÓN: Es el instrumento que se establece 
mediante la concertación entre el MARN y el Titular o agente ambiental, con criterios 
de corresponsabilidad y ecoeficiencia, como medio para lograr, por parte de éste, una 
protección sistemática, sostenible, integral, gradual y voluntaria de las obligaciones 
ambientales, legales y reglamentarias. 
ee) PROGRAMA DE ADECUACIÓN AMBIENTAL: Conjunto de acciones e inversiones, 
que el titular propone realizar programáticamente, en un plazo determinado, para 
evitar, corregir, atenuar y/o compensar los daños ambientales causados por una 
actividad, obra o proyecto, en funcionamiento y por el cierre de operaciones. 
ff) PROGRAMA DE MANEJO AMBIENTAL: Es el instrumento que contiene el conjunto 
de medidas propuestas para la prevención, atenuación y compensación de los 
impactos negativos al ambiente, así como la potenciación de los positivos. En éste se 
incluyen los componentes siguientes:implementación de medidas de prevención, 
atenuación y compensación, monitoreo, cierre de operaciones, y rehabilitación. El 
programa de manejo ambiental es una parte integrante del estudio de impacto 
ambiental. 
MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 
27 Definiciones | REPUBLICA DE EL SALVADOR 
 
gg) RECONVERSIÓN: Conjunto de acciones técnicas, financieras y sociales que tienen 
como objetivo modernizar una actividad productiva, como la industria, la agroindustria 
u otras similares. 
hh) REHABILITACIÓN: Conjunto de acciones por cuyo medio un lugar alterado se destina 
a una forma dada de uso del suelo, de acuerdo con un proyecto definido y en 
condiciones compatibles con la ocupación contigua, o sea, es un mecanismo por 
medio del cual se reaprovecha un área para una nueva finalidad (comercial, industrial, 
habitacional, agrícola, preservación o conservación ambiental, recreativa, de 
esparcimiento, recreación o cultural, entre otras). 
ii) TÉRMINOS DE REFERENCIA: Son lineamientos de carácter técnico administrativo 
que orientan la elaboración de los estudios de impacto ambiental. 
jj) TITULAR DE ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO: Se refiere a los propietarios del 
proyecto, de la obra o de la infraestructura, y por consiguientes son éstos quienes 
deben cumplir con las obligaciones establecidas en el Artículo 107 de la Ley del Medio 
Ambiente2 
 
 
2
 Interpretación Auténtica al vocablo “Titular” de la Ley del Medio Ambiente Decreto Legislativo No 566 de fecha 4 de 
octubre de 2001, publicado en el Diario oficial No 198 del Tomo No 353 de fecha 19 de octubre de 2001. 
MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 
28 Marco legal e institucional | REPUBLICA DE EL SALVADOR 
 
 
4. Marco legal e institucional 
 
4.1 INTRODUCCIÓN 
 
El Marco Legal del EIA en El Salvador, surge con mayor fuerza desde la vigencia de 
la Ley del Medio Ambiente, el año de 1998, ya que con ella se establecieron los principios 
básicos del Derecho Ambiental en El Salvador. 
A partir de dicha Ley, se desarrollan variados Reglamentos que regulan en forma 
especial algunos campos ambientales, así como legislación sobre Áreas Naturales 
Protegidas. 
La base de todo ello es la Constitución de la República de El Salvador, la cual en su 
artículo 117 establece la protección de los recursos naturales y la diversidad del medio 
ambiente, como un deber del Estado; además de declarar de interés social la protección, 
conservación, aprovechamiento racional, restauración o sustitución de los recursos 
naturales; todo de conformidad a la ley especial, base por la cual se elaboró y entró en 
vigencia la Ley de Medio Ambiente. 
En dicho Artículo 117 también se establece que es prohibido introducir al territorio 
nacional los residuos nucleares y desechos tóxicos. 
Además de lo establecido en la Constitución de la República, la Ley del Medio 
Ambiente y sus Reglamentos, se debe aplicar y cumplir con los Convenios y Tratados 
Internacionales, los cuales son leyes de la República, de conformidad al artículo 144 de la 
Constitución. 
En cuanto a los Acuerdos Internacionales: La Conferencia Mundial sobre el Medio 
Ambiente y el Desarrollo: Río 1992, que es la rectificación a la Declaración de Estocolmo de 
1972, mejor conocida como la Cumbre de la Tierra, estableció el siguiente PRINCIPIO: 
PRINCIPIO 17: “Deberá emprenderse una evaluación del impacto ambiental como 
instrumento nacional, respecto de cualquier actividad propuesta que probablemente haya de 
MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 
29 Marco legal e institucional | REPUBLICA DE EL SALVADOR 
 
producir impacto negativo en el ambiente y este sujeto a la decisión de una autoridad 
nacional”. 
 
4.2. LEGISLACIÓN 
 
El marco jurídico fundamental que regula la evaluación de impacto ambiental en El 
Salvador es establecido por la Ley del Medio Ambiente (Decreto 233 del año 1998), así 
como su reglamento, en los cuales se desarrolla con detalle el tema. 
En la Tabla No. 1, se presentan los temas y artículos principales de la Ley del Medio 
Ambiente y su complemento a nivel de reglamento, referente a la Evaluación de Impacto 
Ambiental. En el texto que se presenta a continuación se realiza un comentario general de 
algunos aspectos principales del proceso. 
A lo largo de los diferentes capítulos de esta Manual, los temas son desarrollados 
con más amplitud y detalle. 
La Evaluación de Impacto Ambiental es un proceso en el cual se deben cumplir 
ciertos requisitos establecidos en las normas jurídicas, teniendo como base dicho proceso 
es la Evaluación Ambiental, cuyo propósito es estimar los efectos y consecuencias que 
pueden causar cualquier actividad, obra o proyecto que se pretenda ejecutar. 
En la legislación que regula este proceso, se establecen los requisitos para lograr 
cumplir con el objetivo, el cual es obtener un permiso para realizar alguna actividad 
específica. 
Las regulaciones se encuentran en la LEY DEL MEDIO AMBIENTE y el 
REGLAMENTO GENERAL DE LA LEY DEL MEDIO AMBIENTE (ver Tabla 2). Siendo el 
Órgano competente el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MARN). 
MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 
30 Marco legal e institucional | REPUBLICA DE EL SALVADOR 
 
Tabla 2. 
Resumen de los principales temas y artículos relacionados con Evaluación de Impacto Ambiental, según la Ley del Medio Ambiente y su 
Reglamento General 
 
PROCESO SUBPROCESO INSTRUMENTO SEGÚN LA LEY INSTRUMENTO SEGÚN EL REGLAMENTO 
Evaluación 
Ambiental (general) 
 EVALUACIÓN AMBIENTAL: El proceso o conjunto de 
procedimientos, que permite al Estado, en base a un estudio de 
impacto ambiental, estimar los efectos y consecuencias que la 
ejecución de una determinada obra, actividad o proyecto pueden 
causar sobre el ambiente, asegurar la ejecución y seguimiento de 
las medidas que puedan prevenir, eliminar, corregir, atender, 
compensar o potenciar, según sea el caso, dichosos impactos. 
 
EVALUACIÓN 
AMBIENTAL 
Art. 16.- El proceso de evaluación ambiental tiene los siguientes 
instrumentos: 
a) Evaluación Ambiental Estratégica; 
b) Evaluación de Impacto Ambiental; 
c) Programa Ambiental; 
d) Permiso Ambiental; 
e) Diagnósticos Ambientales; 
f) Auditorías Ambientales; y 
g) Consulta Pública. 
 
Evaluación de 
Impacto Ambiental 
(general) 
EVALUACIÓN DEL 
IMPACTO AMBIENTAL 
 
Art. 18.- es un conjunto de acciones y procedimientos que 
aseguran que las actividades, obras o proyectos que tengan un 
impacto ambiental negativo en el ambiente o en la calidad de vida 
de la población, se sometan desde la fase de preinversión a los 
procedimientos que indiquen y cuantifiquen dichos impactos y 
recomienden las medidas que los prevengan, atenúen, compensen 
o potencien, según sea el caso, seleccionando la alternativa que 
mejor garantice la protección del medio ambiente. 
De los objetivos de la Evaluación de Impacto Ambiental 
Art. 18.- La Evaluación de Impacto Ambiental, de acuerdo a 
lo establecido en el Art. 18 de la Ley, tiene como objetivos. 
a. Identificar, cuantificar y valorar los impactos 
ambientales y los riesgos que determinada 
actividad, obra o proyecto pueda ocasionar sobre 
el medio ambiente y la población; 
b. Determinar las medidas necesarias para prevenir, 
atenuar, controlar y compensar los impactos 
negativos e incentivar los impactos positivos, 
seleccionado la alternativa que mejor garantice la 
protección del medio ambienta y la conservación 
de los recursos naturales; 
c. Determinar la viabilidad ambiental de la ejecución 
de una actividad, obra o proyecto; y 
d. Generar los mecanismos necesarios para 
implementar el programa de manejo ambiental. 
 Etapas del proceso para Evaluación de Impacto 
Ambiental 
Art. 19. El proceso de Evaluación de Impacto Ambiental, 
MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 
31 Marco legal e institucional | REPUBLICA DEEL SALVADOR 
 
PROCESO SUBPROCESO INSTRUMENTO SEGÚN LA LEY INSTRUMENTO SEGÚN EL REGLAMENTO 
comprende las siguientes etapas: 
1. Presentación del Formulario Ambiental, por parte 
del titular. 
2. Inspección al sitio de la actividad, obra o proyecto, 
de ser necesario. 
3. Categorización de la actividad, obra o proyecto por 
parte del Ministerio, en atención al Art. 22 de este 
Reglamento, pudiendo determinarse con 
fundamento en criterios técnicos, si requiere o no 
de la elaboración de un Estudio de Impacto 
Ambiental. 
4. De considerarse pertinente la elaboración de un 
Estudio de Impacto Ambiental, el Ministerio 
proporcionará los Términos de Referencia para la 
elaboración del mismo. 
5. Elaboración y presentación del Estudio de 
Impacto Ambiental, por parte del Titular. 
6. Evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, por 
parte del Ministerio. 
7. Informe técnico sobre el Estudio de Impacto 
Ambiental. 
8. Consulta Pública del Estudio de Impacto 
Ambiental, según corresponda, conforme al Art. 25 
de la Ley y al 32 del presente Reglamento. 
9. Informe de la Consulta Pública del Estudio de 
Impacto Ambiental por parte del Ministerio. 
10. Dictamen de aprobación del estudio de impacto 
ambiental y requerimiento de Fianza. 
11. Presentación de la Fianza de Cumplimiento 
Ambiental, por parte del Titular, en cumplimiento al 
Art. 29 de la Ley. 
12. Emisión del Permiso Ambiental por el Ministerio, 
de acuerdo a los Arts. 19 y 20 de la Ley. 
13. Seguimiento, control y Auditorias de Evaluación 
Ambiental, conforme a los Arts. 2 y 28 de la Ley y 
37 del presente Reglamento, durante el ciclo de 
vida del proyecto, entendido éste desde la 
presentación del formulario por parte del Titular, 
hasta el cierre de operaciones o rehabilitación. 
En el caso que el informe técnico señalado en los números 7 
MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 
32 Marco legal e institucional | REPUBLICA DE EL SALVADOR 
 
PROCESO SUBPROCESO INSTRUMENTO SEGÚN LA LEY INSTRUMENTO SEGÚN EL REGLAMENTO 
ó 9 sea desfavorable para el Titular, se emitirá resolución en 
la cual no se aprueba el estudio del impacto ambiental, 
notificando la misma en el plazo de cinco días hábiles. 
El Formulario Ambiental y el Estudio de Impacto Ambiental 
podrán presentarse simultáneamente, siempre y cuando se 
refiera a una actividad, obra o proyecto que por sus 
características, según la categorización, previamente se 
tenga la certeza que debe presentar un estudio de impacto 
ambiental y además, que el Ministerio haya publicado los 
términos de referencia tipo que se deben usar para la 
elaboración de dicho estudio. Esta facilidad se da sin perjuicio 
que el Ministerio realice las acciones establecidas en los 
números 2, 3 y 4, de este artículo.” 
Permiso Ambiental PERMISO AMBIENTAL: Acto administrativo por medio del cual el 
Ministerio de acuerdo a esta ley y su reglamento, a solicitud del 
titular de una actividad, obra o proyecto, autoriza a que estas se 
realicen, sujetas al cumplimiento de las condiciones que este acto 
establezca. 
 
COMPETENCIA DEL 
PERMISO AMBIENTAL 
 
Art. 19.- Para el inicio y operación, de las actividades, obras o 
proyectos definidos en esta ley, deberán contar con un permiso 
ambiental. Corresponderá al Ministerio emitir el permiso ambiental, 
previa aprobación del estudio de impacto. 
 
ALCANCE DE LOS 
PERMISOS 
AMBIENTALES 
 
Art. 20.- El Permiso Ambiental obligará al titular* de la actividad, 
obra o proyecto, a realizar todas las acciones de prevención, 
atenuación o compensación, establecidos en el Programa de 
Manejo Ambiental, como parte del Estudio de Impacto Ambiental, el 
cual será aprobado como condición para el otorgamiento del 
Permiso Ambiental. 
La validez del Permiso Ambiental de ubicación y construcción será 
por el tiempo que dure la construcción de la obra física; una vez 
terminada la misma, incluyendo las obras o instalaciones de 
tratamiento y atenuación de impactos ambientales, se emitirá el 
Permiso Ambiental de Funcionamiento por el tiempo de su vida útil 
y etapa de abandono, sujeto al seguimiento y fiscalización del 
Ministerio. 
 
Listado taxativo ACTIVIDADES, OBRAS 
O PROYECTOS QUE 
REQUERIRAN DE UN 
ESTUDIO DE IMPACTO 
Art. 21.- Toda persona natural o jurídica deberá presentar el 
correspondiente Estudio de Impacto Ambiental para ejecutar las 
siguientes actividades, obras o proyectos: 
a) Obras viales, puentes para tráfico mecanizado, vías 
férreas y aeropuertos; 
 
MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 
33 Marco legal e institucional | REPUBLICA DE EL SALVADOR 
 
PROCESO SUBPROCESO INSTRUMENTO SEGÚN LA LEY INSTRUMENTO SEGÚN EL REGLAMENTO 
AMBIENTAL 
 
b) Puertos marítimos, embarcaderos, astilleros, 
terminales de descarga o trasvase de hidrocarburos o 
productos químicos; 
c) Oleoductos, gaseoductos, poliductos, carboductos, 
otras tuberías que transporten productos sólidos, 
líquidos o gases, y redes de alcantarillado; 
d) Sistemas de tratamiento, confinamiento y eliminación, 
instalaciones de almacenamiento y disposición final de 
residuos sólidos y desechos peligrosos; 
e) Exploración, explotación y procesamiento industrial 
de minerales y combustibles fósiles; 
f) Centrales de generación eléctrica a partir de energía 
nuclear, térmica, geotérmica e hidráulica, eólica y 
maremotriz; 
g) Líneas de transmisión de energía eléctrica; 
h) Presas, embalses, y sistemas hidráulicos para riego 
y drenaje; 
i) Obras para explotación industrial o con fines 
comerciales y regulación física de recursos hídricos; 
j) Plantas o complejos pesqueros, industriales, 
agroindustriales, turísticos o parque recreativos; 
k) Las situadas en áreas frágiles protegidas o en sus 
zonas de amortiguamiento y humedales; 
l) Proyectos urbanísticos, construcciones, 
lotificaciones u obras que puedan causar impacto 
ambiental negativos; 
m) Proyectos del sector agrícola, desarrollo rural 
integrado, acuacultura y manejo de bosques localizados 
en áreas frágiles; excepto los proyectos forestales y de 
acuacultura que cuenten con planes de desarrollo, los 
cuales deberán registrarse en el Ministerio a partir de la 
vigencia de la presente ley, dentro del plazo que se 
establezca para la adecuación ambiental; 
n) Actividades consideradas como altamente 
riesgosas, en virtud de las características corrosivas, 
explosivas, radioactivas, reactivas, tóxicas, inflamables o 
biológico-infecciosas para la salud y bienestar humano y 
el medio ambiente, las que deberán de adicionar un 
Estudio de Riesgo y Manejo Ambiental; 
o) Proyectos o industrias de biotecnología, o que 
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34 Marco legal e institucional | REPUBLICA DE EL SALVADOR 
 
PROCESO SUBPROCESO INSTRUMENTO SEGÚN LA LEY INSTRUMENTO SEGÚN EL REGLAMENTO 
impliquen el manejo genético o producción de organismo 
modificados genéticamente; y 
p) Cualquier otra que pueda tener impactos 
considerables o irreversibles en el ambiente, la salud y 
el bienestar humano o los ecosistemas. 
Formulario 
Ambiental 
 FORMULARIO AMBIENTAL: Documento con carácter de 
declaración jurada que se presenta a la autoridad ambiental 
competente, de acuerdo a un formato pre-establecido, que describe 
las características básicas de la actividad o proyecto a realizar, que 
por ley requiera de una evaluación de impacto ambiental como 
condición previa a la obtención de un permiso ambiental. 
 
FORMULARIO 
AMBIENTAL 
 
Art. 22.- El titular* de toda actividad, obra o proyecto que requiera 
de permiso ambiental para su realización o funcionamiento, 
ampliación, rehabilitación o reconversión deberá presentar al 
Ministerio el formulario ambiental que ésta requiera con la 
información que se solicite. El Ministerio categorizará la actividad, 
obra o proyecto, de acuerdo a su envergadura y a la naturaleza del 
impacto potencial. (Véase Interpretación Auténtica al final de la 
Ley.) 
De la presentación del Formulario Ambiental 
Art, 20.- Para la realizacióno funcionamiento, ampliación, 
rehabilitación o reconversión de las actividades, obras o 
proyectos referidos en el Art. 21 de la Ley, el titular deberá 
proporcionar al Ministerio, a través del Formulario Ambiental, 
la información que se solicite, en cumplimiento al Art. 22 de la 
Ley. 
El Ministerio podrá utilizar la información electrónica 
disponible por parte de las instituciones públicas, relacionada 
con los documentos solicitados en el formulario ambiental. 
El Ministerio podrá, de estimarlo necesario, realizar 
observaciones a los formularios ambientales en una única 
oportunidad. 
 Del contenido del Formulario Ambiental 
Art. 21.- El Formulario Ambiental contendrá como mínimo lo 
siguiente: 
a. Información del titular que propone la actividad, 
obra o proyecto; 
b. Identificación, ubicación y descripción de la 
actividad, obra o proyecto; 
c. Aspectos de los medio físico, biológico, 
socioeconómico y cultural, que podrían ser 
afectados; 
d. Identificación y priorización preliminar de impactos 
potenciales, posibles riesgos y contingencias y 
estimación de las medidas ambientales 
correspondientes; y 
e. Declaración jurada sobre la responsabilidad del 
titular en la veracidad de la información 
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35 Marco legal e institucional | REPUBLICA DE EL SALVADOR 
 
PROCESO SUBPROCESO INSTRUMENTO SEGÚN LA LEY INSTRUMENTO SEGÚN EL REGLAMENTO 
proporcionada. 
El ministerio dispondrá del formato del Formulario Ambiental. 
El titular deberá responderlo en lo que sea pertinente a la 
actividad, obra o proyecto propuesto. 
 Determinación de procedencia de Estudio de Impacto 
Ambiental 
Art. 22 – El Ministerio, con fundamento en el Art. 22 de la Ley, 
categorizará la actividad, obra o proyecto, de acuerdo a su 
envergadura y a la naturaleza del impacto potencial que su 
ejecución pueda generar, conforme a la siguiente división: 
El Grupo A incluye las actividades, obras o proyectos, cuyos 
impactos ambientales potenciales son bajos y por lo tanto, el 
Titular no debe presentar documentación ambiental al 
Ministerio. 
El Grupo B incluye las actividades, obras o proyectos, que se 
prevé generarán impactos ambientales leves, moderados o 
altos, por lo que el Titular debe presentar documentación 
ambiental al Ministerio. Este grupo se divide, a su vez, en dos 
Categorías, a saber: 
La Categoría 1. Incluye todas las actividades, obras o 
proyectos que generen impactos ambientales leves y, como 
resultado de la evaluación de la documentación ambiental, el 
Ministerio emitirá resolución expresando que no se requiere 
elaborar estudio de impacto ambiental. 
La Categoría 2. Incluye todas las actividades, obras o 
proyectos que generen impactos ambientales moderados o 
altos y por lo tanto, como resultado de la evaluación de la 
documentación ambiental, el Ministerio emite términos de 
referencia para la elaboración del estudio de impacto 
ambiental. Este estudio podrá ser aprobado o no por el 
Ministerio. 
El Ministerio publicará por los medios que defina, incluyendo 
y de ser posible, en medios tecnológicos, la categorización de 
las actividades, obras o proyectos.” 
Estudio de Impacto 
Ambiental 
 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL: Instrumento de diagnóstico, 
evaluación, planificación y control, constituido por un conjunto de 
actividades técnicas y científicas realizadas por un equipo 
multidisciplinario, destinadas a la identificación, predicción y control 
de los impactos ambientales, positivos y negativos, de una 
actividad, obra o proyecto, durante todo su ciclo vital, y sus 
 
MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 
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PROCESO SUBPROCESO INSTRUMENTO SEGÚN LA LEY INSTRUMENTO SEGÚN EL REGLAMENTO 
alternativas, presentado en un informe técnico; y realizado según 
los criterios establecidos legalmente. 
ELABORACIÓN DEL 
ESTUDIO DE IMPACTO 
AMBIENTAL 
 
Art. 23.- El Estudio de Impacto Ambiental se realizará por cuenta 
del titular*, por medio de un equipo técnico multidisciplinario. Las 
empresas o personas, que se dediquen a prepara estudios de 
impacto ambiental, deberán estar registradas en el Ministerio, para 
fines estadísticos y de información, quien establecerá el 
procedimiento de certificación para prestadores de servicios de 
Estudios de Impacto, Ambiental, de Diagnósticos y Auditorías de 
evaluación ambiental. ( 
Del contenido de los Estudios de Impacto Ambiental 
Art. 23.- El Estudio de Impacto Ambiental incluirá como 
mínimo: 
a. Título y autores; 
b. Resumen ejecutivo del estudio; 
c. Descripción del proyecto y sus alternativas; 
d. Consideraciones jurídicas y de normativa 
ambiental aplicables, relativas a la actividad, la 
obra o el proyecto; 
e. Descripción, caracterización y cuantificación del 
medio ambiente actual, de los componentes 
físicos, biológicos y socioeconómicos, del sitio y 
área de influencia; 
f. Identificación, priorización, predicción y 
cuantificación de los impactos ambientales; 
g. Interpretación de los resultados del análisis 
beneficio-costo, rentabilidad y eficiencia, 
considerando factores técnicos, económicos, 
sociales y ambientales (aplicable a actividades, 
obras o proyectos del sector público); 
h. Programa de Manejo Ambiental; 
i. Apéndice: Mapas, métodos de evaluación 
utilizados, estudios técnicos, tablas, gráficos, 
relatoría de las Consultas Públicas realizadas a 
iniciativa del titular, además del estudio de riesgo, 
si procede. 
Programa de Manejo 
Ambiental 
 Del contenido del Programa de Manejo Ambiental 
Art. 24.- El Programa de Manejo Ambiental comprenderá 
los componentes siguientes: 
a. Determinación, priorización y cuantificación de las 
medidas de prevención, atenuación y 
compensación de los impactos ambientales y 
determinación de inversiones necesarias; 
b. Monitoreo; 
c. Cierre de operaciones y rehabilitación, cuando 
proceda; y 
d. El estudio de riesgo y manejo ambiental, en los 
casos que fuere necesario. 
MANUAL TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 
37 Marco legal e institucional | REPUBLICA DE EL SALVADOR 
 
PROCESO SUBPROCESO INSTRUMENTO SEGÚN LA LEY INSTRUMENTO SEGÚN EL REGLAMENTO 
 De la recepción del Estudio de Impacto Ambiental por el 
Ministerio 
Art. 29.- El Estudio de Impacto Ambiental debe ser 
presentado al Ministerio por el Titular o su representante 
legal, entregando un comprobante de su recepción. 
 EVALUACIÓN Y 
APROBACIÓN DE LOS 
ESTUDIOS DE IMPACTO 
AMBIENTAL 
Art. 24.- La elaboración de los Estudios de Impacto Ambiental, su 
evaluación y aprobación, se sujetarán a las siguientes normas: 
a) Los estudios deberán ser evaluados en un plazo máximo 
de sesenta días hábiles contados a partir de su 
recepción; este plazo incluye la consulta pública; 
b) En caso de aprobación del Estudio de Impacto 
Ambiental, el Ministerio emitirá el correspondiente 
Permiso Ambiental, en un plazo no mayor de diez días 
hábiles después de notificada la resolución 
correspondiente; 
c) Si transcurridos los plazos indicados en los literales que 
anteceden, el Ministerio, no se pronunciare, se aplicará 
lo establecido en el Art. 3 de la Ley de la Jurisdicción 
Contencioso Administrativo; y 
d) Excepcionalmente, cuando por la complejidad y las 
dimensiones de una actividad, obra o proyecto se 
requiera de un plazo mayor para su evaluación, éste se 
podrá ampliar hasta por sesenta días hábiles 
adicionales, siempre que se justifiquen las razones para 
ello. 
Del proceso de análisis del Estudio de Impacto Ambiental 
Art. 30.- Recibido el Estudio de Impacto Ambiental, el 
Ministerio, de acuerdo al Art. 24 de la Ley, dispondrá de un 
plazo máximo de sesenta días hábiles, contados a partir de la 
fecha de recepción, para emitir la resolución correspondiente. 
Este período incluye la realización de la consulta Pública 
sobre el Estudio. 
 
 De la ampliación del plazo para la revisión de Estudio de 
Impacto Ambiental 
Art. 31.- Cuando por la complejidad

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