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la igualdad entre hombres y mujeres

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LA IGUALDAD ENTRE HOMBRES Y MUJERES
La igualdad entre mujeres y hombres es uno de los objetivos de la Unión Europea.
Con el paso de los años, la legislación, la jurisprudencia y las modificaciones de los
Tratados han contribuido a consolidar este principio, así como su aplicación en la
Unión Europea. El Parlamento Europeo siempre ha sido un ferviente defensor del
principio de igualdad entre hombres y mujeres.
BASE JURÍDICA
El principio de la igualdad de retribución entre hombres y mujeres para un mismo
trabajo está consagrado en los Tratados desde 1957 [actualmente queda contemplado
en el artículo 157 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE)]. El
artículo 153 del TFUE permite a la Unión actuar en el ámbito más amplio de la
igualdad de oportunidades y de trato en materia de empleo, y, dentro de este marco,
el artículo 157 del TFUE autoriza la acción positiva para empoderar a las mujeres.
Además, en el artículo 19 del TFUE se prevé la adopción de acciones para luchar
contra todas las formas de discriminación, también por motivos de sexo. La legislación
dirigida a luchar contra la trata de seres humanos, en especial de mujeres y niños, se
ha adoptado sobre la base de los artículos 79 y 83 del TFUE. El programa «Derechos,
Igualdad y Ciudadanía» financia, entre otras, aquellas medidas que contribuyen a la
erradicación de la violencia contra las mujeres basándose en el artículo 168 del TFUE.
OBJETIVOS
La Unión Europea se fundamenta en un conjunto de valores entre los que se incluye
la igualdad, por lo que promueve la igualdad entre hombres y mujeres [artículo 2
y artículo 3, apartado 3, del Tratado de la Unión Europea]. Estos objetivos también
están consagrados en el artículo 21 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la
Unión Europea. Además, el artículo 8 del TFUE también otorga a la Unión el cometido
de eliminar las desigualdades entre el hombre y la mujer y promover su igualdad
en todas sus acciones (este concepto también se conoce como «integración de la
dimensión de género»). En la Declaración n.º 19 aneja al Acta Final de la Conferencia
Intergubernamental que adoptó el Tratado de Lisboa, la Unión y los Estados miembros
se comprometieron a «combatir la violencia doméstica en todas sus formas […] [,]
prevenir y castigar estos actos delictivos y […] prestar apoyo y protección a las
víctimas».
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RESULTADOS
A. Principales actos legislativos
La Unión ha adoptado, por lo general con arreglo al procedimiento legislativo ordinario,
los siguientes actos legislativos en este ámbito:
— Directiva 79/7/CEE del Consejo, de 19 de diciembre de 1978, relativa a la
aplicación progresiva del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres
en materia de seguridad social;
— Directiva 92/85/CEE del Consejo, de 19 de octubre de 1992, relativa a la aplicación
de medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud en el trabajo
de la trabajadora embarazada, que haya dado a luz o en período de lactancia;
— Directiva 97/81/CE del Consejo, de 15 de diciembre de 1997, relativa al Acuerdo
marco sobre el trabajo a tiempo parcial concluido por la UNICE, el CEEP y la CES;
— Directiva 2000/43/CE del Consejo, de 29 de junio de 2000, relativa a la aplicación
del principio de igualdad de trato de las personas independientemente de su origen
racial o étnico (en lo sucesivo, «Directiva sobre igualdad racial»), que prohíbe
la discriminación por motivos de origen racial o étnico en una amplia gama de
ámbitos, como el empleo, la protección social y las ventajas sociales, la educación
y los bienes y servicios disponibles para el público, incluida la vivienda;
— Directiva 2000/78/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, relativa al
establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la
ocupación;
— Directiva del Consejo 2004/113/CE, de 13 de diciembre de 2004, por la que se
aplica el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres al acceso a bienes
y servicios y su suministro;
— Directiva 2006/54/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2006,
relativa a la aplicación del principio de igualdad de oportunidades e igualdad de
trato entre hombres y mujeres en asuntos de empleo y ocupación;
— Directiva 2010/18/UE del Consejo, de 8 de marzo de 2010, por la que se aplica
el Acuerdo marco revisado sobre el permiso parental, y se deroga la Directiva
96/34/CE;
— Directiva 2010/41/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de julio de 2010,
sobre la aplicación del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres que
ejercen una actividad autónoma, y por la que se deroga la Directiva 86/613/CEE
del Consejo;
— Directiva 2011/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 abril de 2011,
relativa a la prevención y lucha contra la trata de seres humanos y a la protección
de las víctimas y por la que se sustituye la Decisión Marco 2002/629/JAI del
Consejo;
— Directiva 2011/99/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre
de 2011, sobre la orden europea de protección;
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https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=celex%3A31979L0007
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:31992L0085
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=celex%3A31997L0081
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=celex%3A32000L0043
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=celex%3A32000L0078
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32004L0113
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=celex%3A32006L0054
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/ALL/?uri=CELEX%3A32010L0018
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=celex%3A32010L0041
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/es/TXT/?uri=CELEX:32011L0036
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=celex%3A32011L0099
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— Directiva 2012/29/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de
2012, por la que se establecen normas mínimas sobre los derechos, el apoyo y la
protección de las víctimas de delitos, y por la que se sustituye la Decisión Marco
2001/220/JAI del Consejo;
— Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio
de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los
progenitores y los cuidadores, y por la que se deroga la Directiva 2010/18/UE del
Consejo;
— Directiva (UE) 2022/2381 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23
de noviembre de 2022, relativa a un mejor equilibrio de género entre los
administradores de las sociedades cotizadas y a medidas conexas;
— Directiva (UE) 2023/970 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de mayo de
2023, por la que se refuerza la aplicación del principio de igualdad de retribución
entre hombres y mujeres por un mismo trabajo o un trabajo de igual valor a través
de medidas de transparencia retributiva y de mecanismos para su cumplimiento.
B. Evolución a través de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión
Europea (TJUE)
El TJUE ha desempeñado un importante papel en la promoción de la igualdad entre
hombres y mujeres. A este respecto, se han dictado varias sentencias destacadas.
— Sentencia de 8 de abril de 1976, Defrenne II, C-43/75: el TJUE reconoció el efecto
directo del principio de la igualdad de retribución para hombres y mujeres y declaró
que es aplicable no solo a la actuación de las autoridades públicas, sino también a
todos los convenios de carácter colectivo para regular el trabajo por cuenta ajena;
— sentencia de 13 de mayo de 1986, Bilka, C-170/84: el TJUE consideró que
una medida que excluyese a los trabajadores a tiempo parcial de un régimen
de pensiones profesional constituía una «discriminación indirecta» y era, por
tanto,contraria al antiguo artículo 119 del Tratado constitutivo de la Comunidad
Económica Europea si afectaba a un número mucho más elevado de mujeres que
de hombres, a menos que pudiese demostrarse que la exclusión se basaba en
factores objetivamente justificados y ajenos a toda discriminación por razón de
sexo;
— sentencia de 17 mayo de 1990, Barber, C-262/88: el TJUE decidió que todas
las formas de pensiones profesionales constituyen una retribución a efectos del
antiguo artículo 119, por lo que les es aplicable el principio de igualdad de trato, y
dictaminó que los trabajadores de sexo masculino deben disfrutar de sus derechos
en materia de pensiones de jubilación o de supervivencia a la misma edad que
sus colegas de sexo femenino;
— sentencia de 11 de noviembre de 1997, Marschall, C-409/95: el TJUE declaró
que la legislación comunitaria no se oponía a una norma nacional que obligase
a promover prioritariamente a las candidatas femeninas en aquellos casos en
los que las mujeres fuesen menos numerosas que los hombres en un sector de
actividad («discriminación positiva»), siempre que la ventaja no fuese automática
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https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=celex:32012L0029
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX%3A32019L1158&qid=1705665093240
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX%3A32022L2381
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX%3A32023L0970
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:61975CJ0043
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:61984CJ0170
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:61988CJ0262
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:61995CJ0409
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y que se garantizase a los candidatos masculinos un examen de su candidatura
sin ser excluidos a priori;
— sentencia de 1 de marzo de 2011, Test-Achats, C-236/09: el TJUE declaró inválido
el artículo 5, apartado 2, de la Directiva del Consejo 2004/113/CE por ser contrario
al principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en el acceso a bienes
y servicios y su suministro; ha de aplicarse el mismo sistema de cálculo actuarial
a hombres y mujeres en el momento de determinar las primas y las prestaciones
a efectos de seguros;
— sentencia de 31 de mayo de 2018, Korwin-Mikke, T-770/16 y T-352/17: el TJUE
anuló las sanciones que el Parlamento había impuesto al diputado polaco de
extrema derecha Janusz Korwin-Mikke;
— sentencia de 8 de mayo de 2019, Violeta Villar Láiz, C-161/18: el TJUE consideró
que la normativa española sobre el cálculo de las pensiones de jubilación de los
trabajadores contratados a tiempo parcial es contraria al Derecho de la Unión si
se estima que es especialmente desfavorable para las trabajadoras;
— sentencia de 8 de mayo de 2019, C-486/18: el TJUE declaró que el cálculo de
las indemnizaciones por despido y recolocación de un trabajador que disfruta
de un permiso parental a tiempo parcial debe determinarse sobre la base de la
retribución a tiempo completo. Las legislaciones nacionales contradictorias dan
lugar a una discriminación indirecta por razón de sexo;
— sentencia de 7 de octubre de 2019, Safeway, C-171/18: el TJUE se pronunció
sobre la equiparación de las prestaciones por jubilación en el marco de un plan
de pensiones de empresa;
— sentencia de 18 de septiembre de 2019, Ortiz Mesonero, C-366/18: se deniega
al padre la autorización para trabajar en turnos fijos con el fin de cuidar mejor a
sus hijos. El TJUE dictaminó que las Directivas no son aplicables en este caso y
que no contienen ninguna disposición que obligue a los Estados miembros, en el
contexto de una solicitud de permiso parental, a conceder al trabajador el derecho
a trabajar con un horario fijo cuando su régimen de trabajo habitual sea un régimen
de turnos con un horario variable;
— sentencia de 20 de junio de 2019, Hakelbracht, C-404/18: el TJUE dictaminó que,
cuando una persona que alega ser discriminada por razón de sexo presenta una
reclamación, los empleados distintos de la persona discriminada por razón de
sexo deben ser protegidos, ya que pueden verse perjudicados por su empresario
por el apoyo que han prestado de manera formal o informal a la víctima de la
presunta discriminación;
— sentencia de 3 de junio de 2021, Tesco Stores, C-624/19: en la sentencia, el
TJUE recordó en primer lugar su sentencia en el asunto Praxair MRC (C-486/18),
en la que la prohibición de discriminación entre trabajadores y trabajadoras se
extiende también a los convenios colectivos, así como a los contratos particulares
destinados a regular la retribución, y su jurisprudencia reiterada que permite a los
tribunales apreciar otras diferencias de trato basadas en el sexo con arreglo al
procedimiento contencioso. El TJUE concluyó que el artículo 157 del TFUE debe
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https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/ALL/?uri=CELEX:62009CJ0236
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:62017TJ0352
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:62018CJ0161
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:62018CJ0486
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX%3A62018CJ0171
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:62018CJ0366&from=EN
https://curia.europa.eu/juris/liste.jsf?nat=or&mat=or&pcs=Oor&jur=C%2CT%2CF&num=C-404%252F18&for=&jge=&dates=&language=es&pro=&cit=none%252CC%252CCJ%252CR%252C2008E%252C%252C%252C%252C%252C%252C%252C%252C%252C%252Ctrue%252Cfalse%252Cfalse&oqp=&td=%3BALL&avg=&lgrec=en&lg=&page=1&cid=4367221
https://curia.europa.eu/juris/liste.jsf?nat=or&mat=or&pcs=Oor&jur=C&num=C-624%252F19&for=&jge=&dates=&language=es&pro=&cit=none%252CC%252CCJ%252CR%252C2008E%252C%252C%252C%252C%252C%252C%252C%252C%252C%252Ctrue%252Cfalse%252Cfalse&oqp=&td=%3BALL&avg=&lgrec=fr&lg=&page=1&cid=4367570
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interpretarse en el sentido de que tiene efecto directo en litigios entre particulares
en los que se invoca la vulneración del principio de igualdad de retribución entre
trabajadores y trabajadoras para un «trabajo de igual valor»;
— Dictamen 1/19 del TJUE, de 6 de octubre de 2021, sobre la firma del Convenio
del Consejo de Europa sobre Prevención y Lucha contra la Violencia contra las
Mujeres y la Violencia Doméstica (en lo sucesivo, «Convenio de Estambul»). El
Dictamen del TJUE aclara las modalidades de adhesión de la Unión al Convenio
de Estambul y su base jurídica.
C. Cambios recientes
Las acciones más recientes de la Unión Europea en el ámbito de la igualdad entre
hombres y mujeres han sido las siguientes:
El 21 de marzo de 2023, los miembros de la Comisión de Derechos de las Mujeres e
Igualdad de Género mantuvieron un intercambio de puntos de vista con la comisaria
de Igualdad, Helena Dalli, en el marco del diálogo estructurado entre el Parlamento y
la Comisión. Abarcaron temas relacionados con la igualdad de género en el ámbito de
competencias de la comisaria, incluida una actualización de las iniciativas legislativas
recientemente adoptadas por la Comisión y las que aún no se han adoptado.
Durante la segunda hora de la reunión, la comisaria Dalli se centró en la propuesta de
Directiva sobre el refuerzo del papel y la independencia de los organismos de igualdad,
que fue adoptada por la Comisión en diciembre de 2022.
Entretanto, el 12 de abril de 2023, la Comisión presentó el informe de situación sobre
la aplicación de la Estrategia para la Igualdad de las Personas LGBTIQ 2020-2025. La
Comisión ha aplicado más de noventa medidas en el marco de esta Estrategia, que van
desde campañas de comunicación hasta la integración de la igualdad de las personas
LGBTIQ en la legislación y la financiación específica. Además, el informe menciona el
reciente procedimiento de infracción contra Hungría por su ley contra la propaganda
LGBT,que se aprobó en 2021. La ley prohíbe la «promoción» de la homosexualidad
y la identidad transexual entre los menores.
La comisaria Dalli destacó tres propuestas legislativas fundamentales para la defensa
de los derechos de las personas LGBTIQ en la Unión:
— la primera es la introducción de normas vinculantes para los organismos de
igualdad y la ampliación de su mandato a fin de que comprenda la discriminación
por orientación sexual, especialmente en el ámbito del empleo;
— la segunda exige a los Estados miembros que trabajen con el objetivo de lograr la
unanimidad necesaria para ampliar la lista de delitos de la Unión, a fin de incluir
la incitación al odio y los delitos motivados por el odio (artículo 83 del TFUE). Esto
permitiría a la Comisión proponer normativa que tipificase como delito, entre otros
aspectos, los delitos motivados por la orientación sexual de la víctima;
— el tercero es un certificado europeo de filiación, respecto al cual la comisaria Dalli
destacó la importancia de allanar el camino. El reconocimiento de la filiación es
especialmente importante para las familias con progenitores del mismo sexo. El
asunto sobre la «bebé Sara» ha sido destacado en los medios de comunicación.
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Las autoridades búlgaras se han negado a expedir un certificado de nacimiento a
la menor, ya que el país no reconoce la maternidad de ambas madres, tal como
se establece en España. En 2021, el TJUE dictaminó que Bulgaria debía expedir
un pasaporte a la menor.
El Convenio de Estambul
El Convenio de Estambul es el primer instrumento en Europa que establece normas
jurídicamente vinculantes específicamente para prevenir la violencia de género,
proteger a las víctimas de violencia y castigar a los autores. Tras la firma del Convenio
por parte de la Unión en junio de 2017, se requiere la aprobación del Parlamento para
la adhesión de la Unión a la misma.
El 21 de febrero de 2023, el Consejo solicitó la aprobación del Parlamento para adoptar
las dos decisiones sobre la ratificación del Convenio (para más información, véase
más adelante).
Organismos de igualdad
El 8 de diciembre de 2022, la Comisión presentó una propuesta de Directiva sobre las
normas relativas a los organismos de igualdad.
Propone un conjunto de normas vinculantes para reforzar el papel y la independencia
de los organismos de igualdad. El objetivo de la propuesta es establecer normas
relativas a los organismos de igualdad en el ámbito de la igualdad de trato entre las
personas con independencia de su origen racial o étnico, la igualdad de trato entre
las personas en el ámbito del empleo y la ocupación con independencia de su religión
o sus convicciones, su discapacidad, su edad o su orientación sexual, así como la
igualdad de trato entre mujeres y hombres en lo relativo a la seguridad social y en el
acceso a bienes y servicios y su suministro.
Directiva sobre transparencia salarial
La propuesta de Directiva de la Comisión sobre transparencia salarial, adoptada el 4
de marzo de 2021, introduce medidas para garantizar que las mujeres y los hombres
en la Unión reciban la misma retribución por un mismo trabajo.
El 30 de marzo de 2023, el Parlamento adoptó la Directiva sobre transparencia salarial.
Las nuevas normas proporcionarán una mayor transparencia y una aplicación más
efectiva del principio de igualdad de retribución entre mujeres y hombres y mejorarán
el acceso a la justicia para las víctimas de discriminación retributiva.
Exigirá que los anuncios de vacantes y los cargos sean neutros con respecto al género
y que los procesos de contratación se lleven a cabo de manera no discriminatoria.
La Directiva establece, entre otros aspectos, que, si la información salarial muestra
una brecha salarial de género de al menos el 5 %, los empleadores tendrán que llevar
a cabo una evaluación retributiva conjunta en colaboración con los representantes de
sus trabajadores. Los Estados miembros tendrán que establecer sanciones efectivas,
proporcionadas y disuasorias, como multas, para los empleadores que infrinjan estas
normas. Toda persona trabajadora que haya sufrido un perjuicio como consecuencia
de una infracción tendrá derecho a reclamar una indemnización. Por primera vez, la
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https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?qid=1682496961828&uri=CELEX%3A52022PC0689
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?qid=1682496961828&uri=CELEX%3A52022PC0689
https://ec.europa.eu/commission/presscorner/detail/es/ip_21_881
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discriminación interseccional y los derechos de las personas no binarias se han incluido
en el ámbito de aplicación de las nuevas normas.
EL MARCO FINANCIERO PLURIANUAL DE LA UNIÓN PARA EL
PERÍODO 2021-2027
Tras la aprobación del Parlamento Europeo, el 17 de diciembre de 2020 el Consejo
adoptó el Reglamento por el que se establece el marco financiero plurianual (MFP)
de la Unión para el período 2021-2027. El nuevo MFP concede mayor prioridad a la
integración de la perspectiva de género en el presupuesto de la Unión.
Junto con el instrumento de recuperación Next Generation EU, valorado en 750 000
millones EUR, el MFP permitirá a la Unión aportar una financiación sin precedentes de
1,8 billones EUR en los próximos años para sustentar la recuperación de la pandemia
de COVID-19 y financiar las prioridades a largo plazo de la Unión en diferentes ámbitos
de actuación. El próximo presupuesto a largo plazo abarcará siete ámbitos de gasto
y proporcionará el marco para la financiación de casi cuarenta programas de gasto
de la Unión en los próximos siete años. Next Generation EU también presta especial
atención a la igualdad de género. En particular, los planes nacionales de recuperación
y resiliencia deben establecer cómo se espera que las inversiones y las reformas
financiadas por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia contribuyan a promover
la igualdad de género y la igualdad de oportunidades para todos.
En abril de 2021, el Consejo y el Parlamento adoptaron los dos programas que
constituyen el Fondo de Justicia, Derechos y Valores de la Unión como parte del
MFP para el período 2021-2027. Los programas permitirán seguir promoviendo,
reforzando y protegiendo la justicia, los derechos y los valores de la Unión. El programa
Ciudadanos, Igualdad, Derechos y Valores de 2021-2027 cubre específicamente la
asignación de fondos a las organizaciones de la sociedad civil que trabajan para
promover la igualdad de género y combatir la violencia contra las mujeres y niñas
en la Unión. Este programa contará con un presupuesto total de un máximo de
1 550 millones EUR (un presupuesto de 641,7 millones EUR, con una asignación
adicional de un máximo de 912 millones EUR). El programa Justicia contará con un
presupuesto de 305 millones EUR.
ADHESIÓN DE LA UNIÓN AL CONVENIO DE ESTAMBUL
El Convenio de Estambul, que entró en vigor en 2014, es el primer instrumento
internacional jurídicamente vinculante sobre la prevención y lucha contra la violencia
contra las mujeres y las niñas a escala internacional. Establece un marco global de
medidas jurídicas y estratégicas tendentes a prevenir dicha violencia, asistir a las
víctimas y castigar a los autores.
El Consejo decidió que el proyecto de Decisión relativa a la firma del Convenio debía
dividirse en dos decisiones distintas: una sobre la cooperación judicial en materia
penal y otra sobre el asilo y la no devolución. Ambas Decisiones del Consejo fueron
adoptadas en mayo de 2017, tras lo cual la comisaria de Justicia, Consumidores e
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https://www.consilium.europa.eu/es/press/press-releases/2020/12/17/multiannual-financial-framework-for-2021-2027-adopted/
Fichas técnicassobre la Unión Europea - 2024 8
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Igualdad de Género firmó el 13 de junio de 2017 el Convenio de Estambul en nombre
de la Unión Europea.
Esta firma constituye el primer paso en el proceso de adhesión de la Unión al Convenio,
que ahora requiere la adopción de las Decisiones del Consejo para concluir el proceso.
En el seno del Consejo, las propuestas legislativas correspondientes a este ámbito se
tratan en el Grupo «Derechos Fundamentales, Derechos de los Ciudadanos y Libre
Circulación de Personas». Sus debates se han centrado en un código de conducta
que establezca la manera en que la Unión y sus Estados miembros cooperarán en lo
que respecta a la aplicación del Convenio.
En su Resolución de 4 de abril de 2019, el Parlamento solicitó un dictamen del TJUE
sobre la compatibilidad de las propuestas de adhesión de la Unión al Convenio de
Estambul con los Tratados y sobre el procedimiento para dicha adhesión. La decisión
del TJUE fue que «[l]os Tratados no prohíben al Consejo esperar, antes de adoptar la
decisión de celebración por la Unión del Convenio de Estambul, al "común acuerdo"
de los Estados miembros». También concluyó que «[e]l acto de celebración puede
escindirse en dos decisiones separadas cuando existe una necesidad objetiva».
El 21 de febrero de 2023, el Consejo decidió dar curso a su solicitud de aprobación
por parte del Parlamento para la adhesión de la Unión al Convenio de Estambul. El
Consejo solicita al Parlamento que dé su aprobación a dos proyectos de Decisión del
Consejo sobre la celebración del Convenio mencionado, a saber:
1. Decisión del Consejo relativa a la celebración, en nombre de la Unión Europea,
del Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia
contra las mujeres y la violencia doméstica, en lo que respecta a las instituciones
y la administración pública de la Unión;
2. Decisión del Consejo relativa a la celebración, en nombre de la Unión Europea,
del Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia
contra las mujeres y la violencia doméstica, en lo que respecta a asuntos
relacionados con la cooperación judicial en materia penal, asilo y no devolución.
MEDIDAS MÁS RECIENTES DEL PARLAMENTO Y LA COMISIÓN DE
DERECHOS DE LAS MUJERES E IGUALDAD DE GÉNERO
Informes legislativos
En Julio de 2023, el Parlamento acordó su posición común sobre un informe elaborado
por la Comisión de Derechos de las Mujeres e Igualdad de Género (FEMM) y la
Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior (LIBE) sobre la propuesta
de Directiva sobre la lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia
doméstica. La posición común del Parlamento incluía una definición de violación
basada en el consentimiento, normas más estrictas en materia de ciberviolencia y
mejor apoyo para las víctimas. Sin embargo, el Consejo inició una batalla legal de
competencias que ha retrasado todos los intentos por alcanzar un acuerdo sobre la
Directiva. El 23 de noviembre 2023, en un debate con motivo del Día Internacional
de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, los diputados al Parlamento
Europeo instaron encarecidamente a los Estados miembros a que colaborasen con el
http://www.europarl.europa.eu/factsheets/es
https://data.consilium.europa.eu/doc/document/ST-5514-2023-INIT/es/pdf
https://data.consilium.europa.eu/doc/document/ST-5523-2023-REV-1/es/pdf
https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/A-9-2023-0234_ES.html
https://oeil.secure.europarl.europa.eu/oeil/popups/ficheprocedure.do?lang=en&reference=2022/0066(COD)
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX%3A52022PC0105
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX%3A52022PC0105
https://euobserver.com/health-and-society/157731?utm_source=euobs&utm_medium=email
https://www.europarl.europa.eu/news/es/press-room/20231117IPR12228/stop-the-epidemic-day-for-the-elimination-of-violence-against-women
https://www.un.org/es/observances/ending-violence-against-women-day
https://www.un.org/es/observances/ending-violence-against-women-day
Fichas técnicas sobre la Unión Europea - 2024 9
www.europarl.europa.eu/factsheets/es
Parlamento para alcanzar un acuerdo sobre normas sólidas para combatir la violencia
contra las mujeres que incluya una definición de violación basada en la ausencia de
consentimiento.
La Comisión FEMM también publicó un informe sobre la propuesta de Directiva por la
que se modifica la Directiva relativa a la lucha contra la trata de seres humanos para
reforzar las normas de la Unión relativas a la prevención y lucha contra la trata de
seres humanos y a la protección de las víctimas. El informe se centra en mejorar el
apoyo y la protección a las víctimas.
La Comisión FEMM publicó un informe sobre la propuesta de Directiva para reforzar
la aplicación del principio de igualdad de retribución entre hombres y mujeres por
un mismo trabajo o un trabajo de igual valor a través de medidas de transparencia
retributiva y de mecanismos para su efectivo cumplimiento. La Comisión también
publicó un informe sobre la propuesta de Directiva sobre las normas relativas a
los organismos de igualdad en el ámbito de la igualdad de trato y la igualdad de
oportunidades entre mujeres y hombres en asuntos de empleo y ocupación. Los dos
informes subrayan la necesidad de una perspectiva interseccional para hacer frente a
las múltiples dimensiones de la discriminación.
Informes no legislativos
Los informes no legislativos incluyen informes sobre la integración de la perspectiva
de género en el Parlamento (informe anual 2020), sobre la pobreza de las mujeres
en Europa, sobre el Plan de Acción en materia de Género de la UE III, sobre una
acción europea común en materia de cuidados, sobre la garantía de un transporte
europeo que responda a las necesidades de las mujeres, sobre el acoso sexual en la
Unión y el análisis del movimiento #MeToo, sobre la consecución de la independencia
económica de las mujeres a través de la iniciativa empresarial y el trabajo por cuenta
propia, un informe sobre la regulación de la prostitución en la Unión y un informe sobre
la discriminación interseccional en la Unión Europea.
Opiniones legislativas
La Comisión FEMM emitió su opinión a la Comisión LIBE sobre la propuesta de
Directiva por la que se modifican la Directiva 2013/34/UE, la Directiva 2004/109/CE,
la Directiva 2006/43/CE y el Reglamento (UE) n.º 537/2014, por lo que respecta a
la información corporativa en materia de sostenibilidad. La Comisión FEMM destacó
la importancia de velar por que la sostenibilidad social y la igualdad de género se
incorporen adecuadamente en la Directiva.
La Comisión FEMM emitió su opinión a la Comisión de Industria, Investigación y
Energía sobre la propuesta de Directiva relativa a la eficiencia energética y destacó la
importancia de tener en cuenta los efectos desiguales y de género del cambio climático
y las políticas relacionadas con el clima.
La Comisión FEMM emitió su opinión a la Comisión LIBE sobre la propuesta de
Reglamento por el que se establecen normas para prevenir y combatir el abuso sexual
de los menores. La ponente destacó que el abuso sexual de los menores es, en gran
medida, una expresión de la violencia de género. Por tanto, para luchar contra los
aspectos cibernéticos de este delito se han de tener en cuenta enfoques específicos de
http://www.europarl.europa.eu/factsheets/es
https://www.europarl.europa.eu/news/es/press-room/20230913IPR04976/rape-must-be-made-an-offence-under-the-directive-on-violence-against-women
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https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/A-9-2023-0285_ES.pdf
https://oeil.secure.europarl.europa.eu/oeil/popups/ficheprocedure.do?lang=en&reference=2022/0426(COD)
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX%3A52022PC0732
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX%3A32011L0036
https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/A-9-2022-0056_ES.htmlhttps://oeil.secure.europarl.europa.eu/oeil/popups/ficheprocedure.do?lang=en&reference=2021/0050(COD)
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?qid=1703154390458&uri=CELEX%3A52021PC0093
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?qid=1703154390458&uri=CELEX%3A52021PC0093
https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/A-9-2023-0354_ES.pdf
https://oeil.secure.europarl.europa.eu/oeil/popups/ficheprocedure.do?lang=en&reference=2021/0050(COD)
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?qid=1703155023288&uri=CELEX%3A52022PC0688
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?qid=1703155023288&uri=CELEX%3A52022PC0688
https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/A-9-2022-0021_ES.html
https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/A-9-2022-0194_ES.html
https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/A-9-2022-0194_ES.html
https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/A-9-2022-0025_ES.html
https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/A-9-2022-0189_ES.html
https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/A-9-2022-0189_ES.html
https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/A-9-2023-0239_ES.html
https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/A-9-2023-0239_ES.html
https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/A-9-2023-0178_ES.html
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https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/A-9-2022-0096_ES.html
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https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/A-9-2023-0240_ES.pdf
https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/A-9-2022-0190_ES.html
https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/FEMM-AD-700408_ES.pdf
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX%3A32022L2464
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=celex:32013L0034
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=celex%3A32004L0109
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=celex%3A32006L0043
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX%3A32014R0537
https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/FEMM-AD-703261_ES.pdf
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32023L1791
https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/FEMM-AD-746640_ES.pdf
https://oeil.secure.europarl.europa.eu/oeil/popups/ficheprocedure.do?reference=2022/0155(COD)&l=en
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?qid=1703166612829&uri=CELEX%3A52022PC0209
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?qid=1703166612829&uri=CELEX%3A52022PC0209
Fichas técnicas sobre la Unión Europea - 2024 10
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género. La ponente sugirió campañas de concienciación diseñadas específicamente
por edad y género. Hizo igualmente hincapié en la necesidad de aportar una respuesta
y un apoyo especializados a las víctimas y los supervivientes con una perspectiva
de género integrada. Por añadidura, a la ponente le gustaría reforzar la recogida de
datos general desglosada por edad y género, y propuso una estrecha colaboración en
materia de estudios y estadísticas entre el Centro de la UE y el Instituto Europeo de
la Igualdad de Género.
La Comisión FEMM emitió su opinión a la Comisión de Asuntos Jurídicos sobre la
propuesta de Reglamento del Consejo relativo a la competencia, al Derecho aplicable,
al reconocimiento de las resoluciones y a la aceptación de los documentos públicos en
materia de filiación y a la creación de un certificado de filiación europeo. La Comisión
FEMM destacó que este Reglamento debe utilizarse sin perjuicio y que el concepto de
«orden público» como justificación de una excepción a una libertad fundamental debe
interpretarse en sentido estricto.
La Comisión FEMM emitió su opinión a la Comisión LIBE sobre la ampliación de la
lista de delitos de la UE a la incitación al odio y a los delitos de odio. Una de las
preocupaciones centrales de la Comisión es la proliferación del odio y la violencia de
género, considerada un obstáculo para lograr la igualdad de género real en la Unión.
La incitación al odio y los delitos de odio por motivos de género afectan de manera
desproporcionada a las mujeres, las niñas y la comunidad LGBTIQ+, y agravan las
desigualdades sociales entre mujeres y hombres. La opinión subraya que es necesaria
una respuesta unificada de la Unión para luchar contra la incitación al odio y los delitos
de odio, y enfatiza la necesidad de definiciones claras, una legislación sólida, una
mejor recopilación de datos y estrategias para hacer frente a la violencia en línea y
fuera de línea.
Opiniones no legislativas
Además de las numerosas opiniones sobre asuntos presupuestarios, la Comisión
FEMM también emitió su opinión sobre otros muchos ámbitos:
— opinión sobre la aplicación de la política común de seguridad y defensa: informe
anual 2022;
— opinión sobre una visión a largo plazo para las zonas rurales de la UE: hacia unas
zonas rurales más fuertes, conectadas, resilientes y prósperas antes de 2040;
— opinión sobre la estrategia de la Unión para la circularidad y sostenibilidad de los
productos textiles;
— opinión para la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales sobre la reducción de las
desigualdades y la promoción de la inclusión social en tiempos de crisis en favor
de los niños y sus familias;
— opinión para la Comisión de Asuntos Exteriores sobre los derechos humanos y
la democracia en el mundo y la política de la Unión Europea al respecto: informe
anual 2023.
Misiones
http://www.europarl.europa.eu/factsheets/es
https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/FEMM-AD-749263_ES.pdf
https://oeil.secure.europarl.europa.eu/oeil/popups/ficheprocedure.do?reference=2022/0402(CNS)&l=en
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=celex%3A52022PC0695
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=celex%3A52022PC0695
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=celex%3A52022PC0695
https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/FEMM-AD-749280_ES.pdf
https://oeil.secure.europarl.europa.eu/oeil/popups/ficheprocedure.do?reference=2023/2068(INI)&l=en
https://oeil.secure.europarl.europa.eu/oeil/popups/ficheprocedure.do?reference=2023/2068(INI)&l=en
https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/FEMM-AD-735527_ES.pdf
https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/FEMM-AD-719805_ES.pdf
https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/FEMM-AD-737329_ES.pdf
https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/FEMM-AD-749891_ES.pdf
https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/FEMM-AL-754846_ES.pdf
Fichas técnicas sobre la Unión Europea - 2024 11
www.europarl.europa.eu/factsheets/es
Desde principios de 2022 han tenido lugar ocho misiones de la Comisión FEMM y
seis informes sobre estas misiones están disponibles. En 2022, la Comisión FEMM
envió a los diputados al Parlamento Europeo en misión virtual al 66.º período de
sesiones de la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer de las Naciones
Unidas en Nueva York (EE. UU.), del 14 al 25 de marzo de 2022 (informe de misión
30.5.2022). En mayo, una delegación fue enviada a La Haya, Países Bajos, del 23 al 25
de mayo de 2022 (informe de misión 20.6.2022). Del 20 al 22 de septiembre de 2022,
una delegación visitó Etiopía (informe de misión 21.4.2023). En Varsovia, Polonia, los
diputados al Parlamento Europeo fueron a una misión en noviembre de 2022, para
celebrar reuniones sobre los derechos de la mujer y la salud y los derechos sexuales
y reproductivos (informe de misión 16.11.2022).
En 2023, la Comisión FEMM envió a los diputados al Parlamento Europeo a Nueva
York y Washington para participar en el 67.º período de sesiones de la Comisión de la
Condición Jurídica y Social de la Mujer de las Naciones Unidas del 6 al 10 de marzo
(informe de misión 22.5.2023). En mayo, una delegación fue enviada a Copenhague,
Dinamarca, del 15 al 17 de mayo de 2023, con el fin de debatir sobre «la iniciativa
empresarial de las mujeres y para celebrar reuniones con los representantes de los
sectores público y privado y las ONG» (informe de misión 12.9.2023).
Martina Schonard
12/2023
http://www.europarl.europa.eu/factsheets/es
https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/FEMM-CR-732699_ES.pdfhttps://www.europarl.europa.eu/doceo/document/FEMM-CR-732712_ES.pdf
https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/FEMM-CR-746844_ES.pdf
https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/FEMM-CR-738665_ES.pdf
https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/FEMM-CR-749102_EN.pdf
https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/FEMM-CR-749927_ES.pdf
	La igualdad entre hombres y mujeres
	Base jurídica
	Objetivos
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	El marco financiero plurianual de la Unión para el período 2021-2027
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