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40 526 / JUNIO 2017
Optometría en la Sanidad Pública. 
Hospital Universitario de Torrevieja. 
Resultados asistenciales tras diez años
Manuel Ángel García García1, GOO, MSc. Coleg. 18.197
Coautores:
Carmen Rey Berenguer1, DOO; Coleg. 18.196
Pablo García García1, DOO; Coleg. 10.860 
María Bosch Vidal2, GOO; Coleg. 18.704
María Carmen Verdú Faraco1, DOO; Coleg. 10.370
Antonia Carmona Verdú1, DOO; Coleg. 10.272
José I. Belda Sanchís3, MD, PhD, FEBO.
Konrad Schargel Palacios3, MD, PhD, FEBO.
Javier Placeres Daban3, MD, FEBO.
Eva M. Salinas Martínez3, MD, PhD.
Lucia Rial Álvarez4, MD.
1 Óptico-optometrista, Hospital Universitario Torrevieja.
2 Óptico-optometrista, Hospital Universitario Torrevieja y Vinalopó.
3 Oftalmólogo, Hospital Universitario Torrevieja.
4 Residente oftalmología, Hospital Universitario Torrevieja.
 
Hoy en día la categoría profesional del óptico-optometrista 
como personal estatutario de los servicios de salud está en-
cuadrado en el grupo A2 (Diplomado Sanitario). La incor-
poración de ópticos-optometristas al Sistema Nacional de 
Salud está siendo lenta y muy puntual, aunque la aparición 
de organizaciones encargadas de la gestión sanitaria pública 
contribuyó a su incorporación de manera activa.
Analizar los resultados asistenciales en hospitales con uni-
dades de optometría puede mostrar de manera objetiva los 
beneficios generados en los servicios de oftalmología. Se han 
estudiado los datos asistenciales del Hospital Universitario 
de Torrevieja por parte de la unidad de optometría desde el 
inicio de la actividad, octubre de 2006, hasta final de 2016.
Establecer unidades de optometría en los centros de salud 
conllevaría una reducción, casi de la mitad, de las propues-
tas desde MAP hacia oftalmología. El funcionamiento de 
las consultas de oftalmología junto a un óptico-optometrista 
repercute en una mayor calidad asistencial.
PALABRAS CLAVE
Óptico-Optometrista, Servicio Nacional de Salud, 
Hospital, Sanidad Publica.
IntRoDuCCIón
La evolución profesional del óptico-optometrista 
en España ha avanzado en los últimos años con 
una formación más clínica, como consecuencia de 
la instauración en el primer ciclo universitario del 
Grado1 los másteres oficiales y los doctorados en 
el tercer ciclo. El reconocimiento legislativo de la 
optometría como profesión sanitaria en la Ley de 
Ordenación de las Profesiones Sanitarias2 ha de-
rivado en la inclusión del óptico-optometrista en 
las consultas de oftalmología. Esta ha sido más 
marcada en la practica clínica privada, llegando a 
estar presente en la mayoría de ellas. En cambio, 
la incorporación del óptico-optometrista al Siste-
ma Nacional de Salud (SNS) o a las comunidades 
autónomas está siendo lenta y muy puntual. En la 
mayoría de los casos la solicitud de incluirlo como 
miembro de los servicios de oftalmología es debi-
da a la demanda personal por parte de las jefatu-
ras de estos servicios.
En los Departamentos de Salud, la incorporación 
del óptico-optometrista en hospitales o centros de 
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especialidades públicos no se está produciendo en 
base a las necesidades asistenciales reales. Las li-
mitaciones de crear plazas específicas de ópticos-
optometristas, en número suficiente, vienen dadas 
en gran medida por la situación económica actual, 
que condicionan la incorporación de todo el per-
sonal sanitario, entre ellos el óptico-optometrista. 
También, la limitación de datos y resultados ob-
jetivos que muestren el beneficio de introducir en 
los servicios de oftalmología la figura del óptico-
optometrista, genera actualmente un desconoci-
miento general por parte de las instituciones. 
Conocer el numero de ópticos-optometristas ads-
critos al sistema sanitario público resultaba difícil, 
en gran medida por la inexistencia hasta hace unos 
años del reconocimiento oficial de la figura como 
tal en el sistema sanitario público. Por este motivo, 
su contratación se adscribían en diferentes grupos 
profesionales (administrativos, técnicos…), o eran 
incorporados como profesionales autónomos para 
prestación de servicio. Con el reconocimiento, en 
algunas autonomías primero, de su figura como 
profesional estatutario y la creación de unas bol-
sas de trabajo, se ha ido incrementando el regis-
tro en estos lugares de ejercicio en los colegios de 
ópticos-optometristas. 
Según el informe del Servicio Público de Empleo 
Estatal de 2014, solo un 11,85% de los ópticos-
optometristas están contratados en el perfil de 
“Actividades sanitarias” (Figura 1), y esto equivale 
a un total de 375 contratados durante dicho año. 
La mayoría de estos contratos corresponde a clíni-
cas privadas, renovaciones de contrato, contratos 
temporales… por lo que no queda claro cuál es el 
numero real de ópticos-optometristas que desem-
peñan su labor profesional en la sanidad pública.
En junio de 2013, el Servicio Valenciano de Sa-
lud (SVS) incorporó al óptico-optometrista como 
parte de su personal estatutario de pleno derecho3 
Posteriormente, en noviembre del mismo año, en 
la 12ª edición de la bolsa de trabajo de institucio-
nes sanitarias, los ópticos-optometristas pudieron 
inscribirse por primera vez en las listas provisio-
nales. Este fue sin duda un paso importante ya 
que abrieron las puertas a futuras incorporaciones 
en el SVS. Sin embargo, el número de incorpora-
ciones no está siendo actualmente con el número 
esperado y deseado, ya que desde esa fecha tan 
solo se han creado tres plazas: una en el Hospital 
Virgen de los Lirios de Alcoy, otra en el Hospital 
Universitario General de Alicante y la última en el 
Hospital General Universitario de Elche.
A nivel de concurso-oposición, el primero que se 
produjo en España, para la adquisición del víncu-
lo estatutario fijo en la categoría de Diplomado/a 
en Óptica y Optometría, fue en el Servicio Vasco 
de Salud4 en 2010. En la Comunidad Valenciana, 
ese mismo año, se realizaron pruebas selectivas 
para proveer una lista de personal de carácter la-
boral no permanente o, en su caso, nombramiento 
como funcionario interino para cubrir las necesida-
des de óptico-optometrista del Consorcio Hospi-
talario Provincial de Castellón5.
Hoy en día la categoría profesional del óptico-op-
tometrista como personal estatutario de los ser-
vicios de salud esta encuadrada en el grupo A2 
(Diplomado Sanitario) 6. 
En la ultima década, la aparición de organizacio-
nes privadas encargadas de la gestión sanita-
ria pública, ha contribuido a la incorporación de 
ópticos-optometristas de manera activa en el cui-
dado visual de la población. Esto ha venido reali-
zándose de manera diferente dependiendo de la 
comunidad autónoma, del hospital e incluso del 
servicio de oftalmología.
En la Comunidad Valenciana, el Hospital Univer-
sitario de Torrevieja, con una carga asistencial de 
algo más de 200.000 habitantes, cuenta con cinco 
ópticos-optometristas y ocho oftalmólogos dentro 
del servicio de oftalmología. Desde el comien-
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Figura 1. Actividades económicas Óptico-Optometrista. Ob-
servatorio de las ocupaciones. Servicio Público de Empleo Es-
tatal (2014). Disponible en: http://www.sepe.es/contenidos/
observatorio/perfiles/pdf/Perfiles_oferta_empleo_2014.pdf.
Figura 2. Características de alteraciones visuales que requerirán derivación 
desde Medicina de Atención Primaria hacia optometría en el Hospital 
Universitario de Torrevieja.
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zo de la actividad se estableció un protocolo 
de derivación desde medicina de atención prima-
ria (MAP) hacia la unidad de optometría (Figura 2). 
Este protocolo se definió con el objeto de conse-
guir una citación más efectiva, ante las posibles 
alteraciones oculares o visualesde carácter refrac-
tivo que no requiriesen valoración oftalmológica. 
Dicho protocolo se realizó en base a las compe-
tencias generales derivadas de la profesión y a su 
adecuación al circuito asistencial en el SNS y, en 
especial, en el servicio de oftalmología del hospital.
Se diferenciaron las consultas realizadas en el 
hospital, oftalmología especializada (OE), y las 
realizadas en el centro de salud (CS), enfocadas 
estas ultimas a la atención primaria (Figura 3). La 
consulta de oftalmología en el hospital cuenta con 
un óptico-optometrista por cada oftalmólogo, te-
niendo este el primer contacto con el paciente y 
realizando las pruebas pertinentes dependiendo 
del problema visual. Posteriormente al examen 
optométrico, el paciente pasa a ser valorado por 
el oftalmólogo para su diagnóstico y tratamien-
to. En el CS la estructura es diferente, el óptico-
optometrista y el oftalmólogo tienen listas indepen-
dientes de pacientes. Estas consultas se realizan 
de lunes a viernes, mañana y tarde, con una media 
de 22 pacientes por consulta. 
El objetivo principal del presente trabajo es ana-
lizar los resultados asistenciales generados en el 
Hospital Universitario de Torrevieja por parte de la 
unidad de optometría en la última década. 
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Figura 3. Algoritmo de atención en el servicio de oftalmología del 
paciente derivado desde atención primaria. MAP: Medicina Atención 
Primaria; OCS: Oftalmología Centro de Salud (oftalmólogo); OPT: 
Optometría; OE: Oftalmología Especializada (oftalmólogo/óptico-
optometrista). Tabla 1. Total de consultas realizadas en optometría y 
oftalmología, por años, desde el inicio de la actividad; 
Octubre 2006 hasta final de 2016. 
*La unidad de optometría en el centro de salud comenzó su 
funcionamiento a finales de febrero del 2007.
Gráfico 1. Curva de distri-
bución de edad de pacien-
tes remitidos a consulta de 
optometría por primera vez 
(n=50.966). Se observan 
tres picos correspondien-
tes a edades comprendidas 
entre 10 y 20 años, posible 
inicio de defecto refractivo 
como la miopía; entre 45-
60 años, posible inicio de 
presbicia y cambios refracti-
vos; entre 65-85 años, posi-
ble por catarata.
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Como objetivos secundarios se analizarán:
• Si incluir las consultas de optometría en los servi-
cios de oftalmología presenta beneficios.
• Valorar los resultados del trabajo conjunto oftal-
mólogo-óptico-optometrista con los pacientes 
que acuden a recibir la atención visual en el sis-
tema sanitario público. 
MétoDoS 
Se realizó un estudio descriptivo transversal re-
trospectivo, analizando las visitas realizadas en las 
consultas de optometría del Hospital Universitario 
de Torrevieja, Alicante, (España), durante el perio-
do de octubre de 2006 (inicio de la actividad), has-
ta diciembre de 2016. El análisis se ha realizado 
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Gráfico 2. Diagnósticos referidos hacia optometría desde MAP durante 2015 y 2016 (n=9.481). Se han contabilizado solo aquellos diagnósticos 
que se presentan con frecuencias ≥10 (n=8.805).
Gráfico 3. Diagnósticos referidos hacia optometría desde oftalmología durante 2015 y 2016 (n=2.893). Se han contabilizado solo aquellos diag-
nósticos que se presentan con frecuencias ≥10 (n=2.475).
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usando la base de datos de las historias infor-
matizadas mediante el programa Excel asociado 
a estas.
A partir del año 2015, se produce un nuevo tipo 
de indexación de consultas, lo que nos permite un 
análisis más preciso sobre los datos de remisiones 
desde MAP y oftalmología. Asimismo, se estudia-
rán los datos referidos a las revisiones sucesivas 
en optometría y las remisiones desde optometría 
a oftalmología.
En todos los casos se han analizado los diag-
nósticos (clasificación ICD-09; Disorders of the 
Eye and Adnexa; 360-379) asociados a la remi-
siones para conocer cuáles son las causas en 
cada caso. 
RESuLtADoS
Desde el inicio de la actividad en el servicio de 
oftalmología, en octubre del 2006 hasta el fi-
nal del año 2016, se han realizado un total de 
340.319 consultas, de las cuales unas 87.686 
(25,8%) han sido realizadas exclusivamente por 
el servicio de optometría (Tabla 1). La edad me-
dia de estos pacientes se sitúa en 54,5 ± 31,2 
años (Gráfico 1), con una distribución por género 
de 58,9% femenino y 41,9 % masculino. 
Del 100% de las consultas oftalmológicas reali-
zadas en el hospital (252.633 pacientes), un total 
de 182.523, han contado con la asistencia del 
óptico-optometrista, lo que equivale al 72,2% del 
total de dichas consultas. Los pacientes remiti-
dos desde MAP hacia la unidad de optometría 
correspondieron al 44,9% (63.196) del total de 
las citas en estos diez años.
Al analizar los datos del año 2015 y 2016 sobre 
las sospechas diagnósticas que generan las re-
misiones a optometría, observamos que la gran 
mayoría de las remisiones vienen indicadas con 
diagnóstico de “examen de ojos y vista”. Esto es 
así ya que dicha terminología es usada habitual-
mente cuando se requiere una valoración visual 
rutinaria o no existe una sospecha diagnóstica 
clara. Un 52,1% del total de los pacientes, en 
estos dos años (18.462 pacientes), fueron deri-
vados desde MAP, el 13,8% desde oftalmología 
y el 34,1% restante fueron controles sucesivos 
programados desde el mismo servicio de opto-
metría. 
Gráfico 4. Sospechas diagnósticas encontradas en optometría que han generado remisión hacia oftalmología durante 2015 y 2016 (n=4.318). Se 
han contabilizado solo aquellos diagnósticos que se presentan con frecuencias ≥10 (n=3.195).
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Gráfico 5. Diagnósticos asociados a controles sucesivos realizados en optometría durante el 2015 (n=2.481). Se han contabilizado solo aquellos 
diagnósticos que se presentan con frecuencias ≥10 (n=2.209).
Gráfico 6. Diagnósticos asociados a controles anuales realizados en optometría durante el 2015 (n=985). Se han contabilizado 
solo aquellos diagnósticos que se presentan con frecuencias ≥10 (n=744).
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Las remisiones desde MAP (Gráfico 2) suelen 
estar asociadas a alteraciones refractivas (34,2%; 
sin tener en cuenta la gran cantidad que quedan 
enmascarados por el diagnostico de “examen de 
ojos y vista”), y sospecha de catarata, detectadas 
muchas de estas por ópticos-optometristas en 
establecimientos sanitarios de óptica. De la mis-
ma manera sucede con el glaucoma o sospecha 
de este. En cuanto a las citas desde oftalmología, 
una parte importante son controles posteriores a 
cirugía de cataratas (37,7%) o tras capsulotomía 
y controles refractivos (19,0%) (Gráfico 3). Tam-
bién los glaucomas controlados son remitidos a 
optometría para control de presión intraocular 
(PIO) y análisis de capa de fibras nerviosas de la 
retina (CFNR), según el protocolo de glaucoma 
establecido, realizándose el posterior control a 
este en oftalmología y así sucesivamente. El 6,2% 
del total de los pacientes son remitidos para di-
cho control. 
Respecto a las citas derivadas desde optometría 
hacia oftalmología (Gráfico 4), obtenemos que la 
mayoría de las derivaciones son debidas a sos-
pechas diagnósticas de patologías que requieren 
tratamiento médico o quirúrgico, como las cata-
ratas (28,7%). Estas remisiones han supuesto el 
23,4% del total de los pacientes que son revisa-
dos en optometría, lo que implica una importante 
descarga del total de pacientes que hubiesen pa-
sado a aumentar las listas de espera de las con-
sultas de oftalmología. 
Numerosos pacientes requieren controles visua-
les y refractivos periódicos que pueden ser rea-
lizados por ópticos-optometristas. Los pacientesque han requerido un seguimiento posterior op-
tométrico han representado el 38,5%, de los que 
el 28,4% fueron controles sucesivos dentro del 
mismo año (Gráfico 5) y el 10,4% restante fueron 
controles anuales (Gráfico 6). 
El seguimiento de estos pacientes por parte de 
unidades de optometría supone un importante 
beneficio en la disminución de la carga asisten-
cial en el servicio de oftalmología. 
DISCuSIón
Hay países que van por delante de nosotros en la 
inclusión del óptico-optometrista en los sistemas 
sanitarios públicos. Por ejemplo, un estudio rea-
lizado en el estado de New York desveló que la 
incorporación del optometrista a los hospitales ha 
ido incrementándose de manera significativa des-
de finales de los 70, llegando a una inclusión en 
prácticamente el 90% de los hospitales guberna-
mentales7. El desarrollo de la profesión ha llevado 
a una evolución más clínica8, siendo esto apro-
vechado en sistemas públicos de salud como el 
británico. 
Desde hace unos años se esta produciendo una 
importante tendencia desde los diferentes esta-
mentos profesionales, Consejo General de Cole-
gios de Ópticos-Optometristas, colegios autonó-
micos y diferentes colectivos optométricos, en re-
lación a la incorporación del óptico-optometrista 
a la sanidad pública. La premisa principal siem-
pre ha sido la de disminuir las importantes listas 
de espera en consultas de oftalmología, una de 
las especialidades médicas con más demanda. 
Esta ha sido la causa de la queja que se ha he-
cho llegar al Síndic de Greuges de la Comunitat 
Valenciana (similar al Defensor del Pueblo a nivel 
autonómico) en marzo de 2016 por parte del Co-
legio de Ópticos-Optometristas de la Comunitat 
Valenciana (Asunto: Listas de espera y plazas de 
ópticos-optometristas)9.
Aunque esto pueda parecer lógico, en nuestro país 
no existen trabajos de peso que puedan objetivar 
esta afirmación. Tampoco se conocen preceden-
tes de protocolos de derivación hacia optometría 
en ningún centro hospitalario o centro de salud en 
el ámbito nacional.
La realidad es que actualmente el tiempo medio 
de espera para una consulta oftalmológica en el 
sistema sanitario público suele estar por encima 
de los 60 días, existiendo importantes variaciones 
según la comunidad autónoma (Figura 4). Estos 
datos también varían dependiendo de la provincia 
e incluso del hospital, siendo muy difícil conocer en 
cada caso la situación. 
En nuestro hospital, la espera media para una 
consulta oftalmológica es de 15 días. El disponer 
de unidad de optometría descarga una volumen 
importante de pacientes que no requieren revisión 
oftalmológica. 
Existen trabajos realizados en hospitales de 
la seguridad social en los que hay o ha habido 
ópticos-optometristas entre su personal, eviden-
ciándose importantes mejoras en las consultas 
de oftalmología. En 1998, el estudio de Montalt et 
al10, realizado en un centro de especialidades de 
la Comunidad Valenciana sobre la prevalencia de 
anomalías visuales en atención primaria, eviden-
ció que el 60,9% eran debidos a problemas re-
fractivos. Esta importante cantidad de pacientes 
podría ser atendido por unidades de optometría 
bien definidas, llevando a una disminución de la 
carga asistencial en consultas de oftalmología y a 
una atención oftalmológica más temprana y defi-
nida ante problemas patológicos.
El Plan de Prevención de la Visión (PPV) promovido 
por la Fundación Hospital Calahorra de la Rioja en 
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el 2004 y el 2007, con la inclusión de dos ópticos-
optometristas, implicó una importante reducción 
en la demora de visitas primeras y sucesivas en 
las consultas de oftalmología11. Esto se tradujo a 
su vez en un aumento de consultas de alta resolu-
ción, lo que disminuye en corto y medio plazo las 
consultas sucesivas. A pesar de lo positivo de los 
datos, actualmente dicho programa no está activo.
Zafra et al12 estudiaron los datos de derivación de 
pacientes pediátricos remitidos del departamento 
de oftalmología del Hospital Universitario de Fuen-
labrada, para graduación y pruebas complemen-
tarias, hacia optometría. Del total de los pacientes, 
de edades comprendidas entre 3 y 14 años, fueron 
derivados a optometría el 8,4%, (1.110 sujetos). 
En nuestra práctica diaria encontramos similares 
porcentajes en las remisiones desde oftalmología 
y MAP en este intervalo de edad. Los controles 
y posteriores revisiones de este tipo de pacientes 
supone un volumen importante de sujetos que 
puede ser manejado por el óptico-optometrista, 
implicando una importante descarga de pacientes 
pediátricos en consultas de oftalmología.
La unidad de optometría infantil del Hospital Pro-
vincial de Castellón, integrada hasta hace poco 
por dos ópticos-optometristas, venía realizando 
desde el 2006 una campaña de prevención de 
la ambliopía, beneficiándose aproximadamente 
60.000 alumnos de edades comprendidas entre 
4 y 5 años13. Este tipo de programa preventivo, 
en los que ópticos-optometristas se desplazan a 
centros escolares para realizar exámenes visuales, 
es otra manera de hacer llegar la atención visual 
de una manera más temprana y dirigida a un grupo 
poblacional específico.
En una nota de prensa del 17 de junio de 201414, 
el colectivo de ópticos-optometristas andaluces a 
través de la iniciativa “Somos Optometristas” mos-
traron, mediante datos, la eficacia de introducir 
una consulta primaria de Optometría, triaje-scree-
ning. En primer lugar, se produciría una reducción 
en los costos y demoras de hasta un 50,0%, sien-
do el porcentaje de pacientes susceptibles de ser 
atendidos de alrededor del 40,0% y de estos solo 
el 24,8% necesitarían atención posterior oftalmo-
lógica. La capacidad de filtro por parte de una 
consulta de optometría primaria podría llegar al 
30,9% del total de pacientes. Estos datos mues-
tran los importantes beneficios asistenciales que 
se producirían por incorporar este tipo de consul-
tas, aunque la base sobre los que se recogen di-
chas cifras no está clara. Respecto a nuestros re-
sultados, encontramos ciertas similitudes a estos 
datos, potenciados más si cabe por la realización 
de consultas diarias y la aplicación de los actuales 
sistemas de trabajo asistencial en oftalmología, of-
talmólogo/óptico-optometrista. 
En la actualidad, según el Ministerio de Sanidad, el 
ratio de oftalmólogo por cada 100.000 pacientes 
es de 615, aunque no existe ninguno sobre la figura 
del óptico-optometrista. El hecho de no existir un 
dato oficial es otra dificultad añadida a la hora de 
exigir a las diferentes instituciones incorporaciones 
de ópticos-optometristas al SNS. Resulta compli-
cado estimar un ratio debido a las diferencias es-
tructurales de los servicios de oftalmología de los 
hospitales a nivel nacional. Las necesidades pue-
den variar dependiendo de factores como horarios 
de trabajo, disponibilidad física de consultas, listas 
de espera… También hay que tener en cuenta que 
los departamentos de salud son los encargados 
de llevar a cabo las actuales demandas asistencia-
les en este sentido. Para que sean conscientes de 
los beneficios y se impliquen en la inclusión de óp-
ticos-optometristas a sus servicios, debemos ser 
capaces de mostrar mediante datos objetivos de 
las mejoras en cuanto a resultados asistenciales.
Desde nuestro punto de vista, cada servicio de 
oftalmología debería incluir como mínimo a dos 
ópticos-optometristas, cubriendo de manera im-
portante las propuestas desde MAP, realizando 
una consulta de mañana y otra de tarde en aten-
ción primaria. A partir de aquí, la inclusión de un 
mayor numero asociando la asistencia conjun-
Figura 4. Tiempos de espera en consultas de oftalmología en el periodo 2007-2015. Indicadores clave del Sistema Nacional de Salud. 
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ta óptico-optometrista/oftalmólogo repercutiría 
en un aumento de la calidadasistencial y una 
disminución de las listas de espera, como de-
muestran nuestros resultados.
En base a nuestros resultados asistenciales, 
recursos personales y sistema de trabajo, en 
nuestro departamento de salud se establece 
como ratio óptico-optometrista/habitantes: 2,55 
ópticos-optometristas/100.000 habitantes.
ConCLuSIonES
Establecer una consulta de optometría (mañana 
y tarde) por departamento en los centros de sa-
lud conllevaría una reducción cercana a la mitad 
de las propuestas de MAP hacia el servicio de 
oftalmología. 
El funcionamiento en paralelo de las consultas 
de oftalmología, un médico-oftalmólogo junto a 
un óptico-optometrista, repercute en una mayor 
calidad asistencial a los pacientes. El poder co-
nocer datos visuales, refractivos y pruebas espe-
cíficas (pruebas de imagen, tests visuales espe-
cíficos…) por parte del oftalmólogo el mismo día 
de la consulta disminuye las visitas sucesivas.
La incorporación real del óptico-optometrista, en 
número suficiente, a la sanidad pública, median-
te planes concretos y estableciendo protocolos 
claros de trabajo, debe ser una realidad para la 
optimización de la asistencia visual a la pobla-
ción española. l
BIBLIoGRAFíA
1. Orden CIN/727/2009, de 18 de marzo, por la que se es-
tablecen los requisitos para la verificación de los títulos 
universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la 
profesión de Óptico-Optometrista. [Internet]. Boletín Ofi-
cial del Estado, 26 de marzo de 2009. 73: 29164-29169. 
Disponible en: https://www.boe.es/boe/dias/2009/03/26/
pdfs/BOE-A-2009-5034.pdf (último acceso 14 octubre 
2016).
2. Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de la 
profesiones sanitarias. [Internet]. Boletín Oficial del Esta-
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