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PORTAFOLIO DE SERVICIOS 2017 INSTITUTO NACIONAL DE MEDICINA LEGAL Y CIENCIAS FORENSES SUBDIRECCIÓN DE SERVICIOS FORENSES INSTITUTO NACIONAL DE MEDICINA LEGAL Y CIENCIAS FORENSES | SUBDIRECCIÓN DE SERVICIOS FORENSES 1 Elaborado por Raúl Andrés López Romero Revisado por Doctora Mabel del Carmen Zurbarán Barrios (Directora Regional Bogotá) Doctor Quebin Fabián Mejía Muñoz (Director Regional Noroccidente) Doctor Carlos Antonio Murillo (Director Regional Nororiente) Doctora María Isabel Smith Rovira (Directora Regional Norte) Doctor Juan Carlos Medina Osorio (Director Regional Occidente) Doctor Jorge Arturo Jiménez Pájaro (Director Regional Oriente) Doctora Lina María Ramos Arana (Directora Regional Sur) Doctor Jairo Antonio Silva Cadena (Director Regional Suroccidente) Doctora Miryam A. Jiménez Buitrago Aprobado por Claudia Adriana García Fino 2 Reseña Histórica Los antecedentes de la medicina legal en Colombia se remontan a la época Precolombina. El primer referente legal del Instituto se encuentra en la Ley 53 de 1914, la cual ordenó establecer una oficina de medicina legal en Bogotá, así como en cada una de las capitales de departamentos, con excepción de Cundinamarca, que desde 1897 ya contaba con ese servicio. La Oficina de medicina legal de Bogotá, comenzó a funcionar bajo la dirección del profesor José María Lombana Barreneche, cubriendo los servicios de clínica, patología y toxicología forense. Esta misma Ley, permitió a los médicos colombianos inscribirse como médicos legistas ante la alcaldía del municipio de su residencia, surgiendo así, un sistema municipal de medicina legal, dependiente de cada gobierno local. Años más tarde, la Ley 101 de 1937, nacionalizó las oficinas de las capitales departamentales y le asignó al jefe de la Oficina central de medicina legal de Bogotá, estructurándose de esta manera, un Sistema Nacional de Medicina Legal que dependía del Departamento de Justicia del Ministerio de Gobierno. En 1943 se inició la construcción de la sede del Instituto de Medicina Legal de Bogotá y la ampliación de sus servicios a otras áreas de las ciencias forenses (balística, hematología, biología, fotografía, psiquiatría, química y física). En 1945, el artículo 1° de la ley 42 le otorgó al Instituto el carácter de organismo científico central a nivel nacional y le ordenó, además de prestar sus servicios de justicia, participar en la enseñanza de la medicina legal en las facultades de medicina y derecho, así como la formación de especialistas en este campo. Desde 1964 hasta finales de los ochenta, el Instituto funcionó como División de Medicina Legal del Ministerio de Justicia. En 1991, con el advenimiento de la nueva Constitución Política de Colombia, el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses se transformó en establecimiento público del orden nacional, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio. El Decreto 2699 de 1991 reglamentó su naturaleza, estructura y funciones. En el año 2003 el laboratorio de genética implementa la base nacional de perfiles genéticos CODIS (Combined DNA Index System) para el intercambio y comparación de perfiles genéticos como evidencia en crímenes violentos entre las entidades gubernamentales y con el gobierno de los Estados Unidos. 3 En el 2006 se certifica el primer laboratorio del Instituto en una norma de calidad, la NTC GP1000:2005, para el laboratorio de Genética, año a partir del cual se inició un largo recorrido por el aseguramiento de la calidad de los dictámenes periciales de las diferentes ramas de la medicina legal, el cual hoy continúa. En el año 2014 se implementó el primer observatorio de Violencia Basada en Género, para el Distrito Especial de Buenaventura, como aporte a la prevención de la violencia contra la mujer y tratamiento diferencial positivo. 4 Misión Nuestra misión fundamental como institución rectora del Sistema Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses es prestar servicios forenses a la sociedad en un marco de calidad, para apoyar técnica y científicamente a la administración de justicia, respetando la dignidad de las personas y contribuyendo a restablecer sus derechos; para tal fin, el Instituto cumple, entre otras, las siguientes funciones: Prestar servicios médico-legales y de ciencias forenses que sean solicitados por autoridades competentes en todo el territorio nacional. Organizar y dirigir el Sistema Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses y controlar su funcionamiento. Prestar asesoría y absolver consultas sobre medicina legal y ciencias forenses a las autoridades competentes. Servir de organismo de verificación y control de las pruebas periciales y exámenes forenses practicados por los cuerpos de policía judicial del Estado y otros organismos, a solicitud de autoridad competente. Servir como centro científico de referencia nacional en asuntos relacionados con la medicina legal y ciencias forenses Coordinar y adelantar la promoción y ejecución de investigaciones científicas, programas de posgrado, pregrado, educación continuada y eventos educativos en el área de la medicina legal y ciencias forenses. Divulgar los resultados de las investigaciones, avances científicos y desarrollo de las prácticas forenses El Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses consolida su desempeño científico y su vocación investigativa y educativa mediante el fortalecimiento tecnológico, la capacitación y entrenamiento de sus funcionarios, el mejoramiento de su infraestructura, la adopción de altos estándares de calidad y el establecimiento de convenios con diferentes instituciones de investigación que permitan el desarrollo de las ciencias forenses. Adicionalmente, el Instituto se compromete a contribuir en el logro de una paz estable y duradera, contribuyendo a la garantía de los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación. En este sentido, adopta un enfoque diferencial en la atención integral de los casos, respeto y reconocimiento por el (la) otro(a) e 5 integra equipos multidisciplinarios e interinstitucionales para el abordaje de las investigaciones. Visión En el 2025 seremos líderes a nivel nacional e internacional en medicina legal y ciencias forenses y generadores de conocimiento innovador. 6 PSICOLOGÍA Y PSIQUIATRÍA FORENSE 7 1. Psicología y Psiquiatría Forense El servicio de psicología y psiquiatría forense tiene un equipo de Profesionales en Psiquiatría y Psicología Forenses que presta servicios a la sociedad, de acuerdo con la competencia profesional en un marco de calidad, para apoyar técnica y científicamente a la administración de justicia, respetando la dignidad de las personas y contribuyendo a restablecer sus derechos. COBERTURA DEL SERVICIO En los departamentos del territorio nacional con profesionales de las Regionales y Seccionales y según disponibilidad de desplazamiento de los profesionales. PSICÓLOGOS O PSIQUIATRAS FORENSES Pericias interdisciplinarias forenses mediante la aplicación del protocolo de Estambul (en casos donde se sospeche tortura, tratos crueles o inhumanos). Psicología ó Psiquiatría Forense Pericias psiquiátricas o psicológicas forenses en adultos víctimas de delitos sexuales Pericias psiquiátricas o psicológicas forenses en niños, niñas o adolescentes víctimas de delitos sexuales Pericias psiquiátricas o psicológicas forenses sobre perturbación psíquica en víctimas de lesiones personales y otros Pericias psiquiátricas o psicológicas forenses sobre daño psíquico, con fines de indemnización, conciliación o reparación Pericias psiquiátricas o psicológicas forenses sobre adicción a sustancias Periciaspsiquiátricas o psicológicas forenses sobre patria potestad (o potestad parental) y custodia Pericias psiquiátricas o psicológicas forenses con fines de reglamentación de visitas y regulación de alimentos Pericias psiquiátricas o psicológicas forenses mediante autopsia psicológica en la determinación de la manera de muerte (suicidio, homicidio o accidente) Pericias psiquiátricas o Psicológicas forenses sobre afectación mental en Violencia Intrafamiliar 8 Trámites de ampliación, aclaración o adición de un dictamen y dictámenes en incidentes de objeción en el marco de la Ley 600 de 2000 Psiquiatría Forense Pericias psiquiátricas forenses sobre capacidad de comprensión y autodeterminación Pericias psiquiátricas forenses sobre mantenimiento, cambio o levantamiento de medidas de seguridad en inimputables Pericias psiquiátricas forenses sobre el estado de salud mental del privado de la libertad Pericias psiquiátricas forenses sobre capacidad mental para declarar, negociar preacuerdos y rendir diligencias de indagación en el contexto del Sistema Penal Oral Acusatorio Pericias psiquiátricas forenses sobre capacidad para administrar los bienes y disponer de ellos con fines de interdicción judicial Pericias psiquiátricas forenses sobre presunta responsabilidad en la prestación de servicios de salud en psiquiatría solicitadas por autoridades administrativas, penales o civiles Pericias psiquiátricas forenses en niños, niñas y adolescentes, o en adultos víctimas de delitos sexuales sobre incapacidad de resistir Pericias psiquiátricas forenses sobre capacidad mental para una actuación judicial en vida, de un sujeto ya fallecido Pericias psiquiátricas forenses sobre capacidad mental, en un sujeto víctima de abuso en condiciones de inferioridad y otros Pericias psiquiátricas forenses sobre presencia de enfermedad mental en uno de los padres, con fines de consentimiento en casos de adopción Pericias psiquiátricas forenses sobre discapacidad en el marco del estatuto tributario Valoración del Riesgo de Feminicidio. Proyecto en el cual se realiza valoración a mujeres víctimas de violencia por parte de su pareja o expareja, que asisten al Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, por orden de autoridad judicial, para evaluación pericial por parte del Servicio de Clínica Forense. 9 ASESORÍAS Y CONCEPTOS: Se presta asesoría científica y técnica a autoridades competentes en temas relacionados con Psiquiatría y Psicología Forense REQUISITOS DE ACEPTACIÓN Psicología ó Psiquiatría Forenses Solicitud de autoridades judiciales Copia del expediente completo Valoración del riesgo: Mujeres víctimas de violencia por parte de la pareja o expareja que pongan en conocimiento de autoridades judiciales los hechos; a quienes se les haya realizado valoración médico legal en el Servicio de Clínica Forense del INMLCF y que sean remitidas por el médico de clínica a la valoración del riesgo Que la víctima acepte la realización de la valoración. QUE NO SE REALIZA En Psicología o Psiquiatría Forenses: No se realiza tratamiento psiquiátrico o psicológico a víctimas ni agresores. Entrevistas judiciales que busquen indagar el cómo, dónde, quién o qué de los hechos investigados, incluyendo la Entrevista Forense a Niñas, Niños y Adolescentes (NNA). Estas entrevistas las realizan funcionarios que tienen tareas de Policía Judicial como CTI, SIJIN y otros debidamente capacitados. No se realizan entrevistas para establecer la ocurrencia de un delito. No se hacen evaluaciones sobre el relato de un adulto, ni para determinar si una persona adulta, niño, niña o adolescente dice la verdad. No se realiza acompañamiento de los NNA durante el proceso de participación en audiencias de juicio oral. Evaluaciones para orientar a los terapeutas de establecimientos de detención o de protección sobre el diagnóstico y tratamiento recomendado 10 para los detenidos o tutelados sean adultos o NNA. Esto es potestad del sistema de protección social, respectiva ARL o EPS. En procesos con fines de interdicción, no se realizan los certificados de médicos siquiatras o neurólogos que deben acompañar a la demanda, según artículo 659 numeral 1 C.P.C. Pericias de evaluación del daño moral (art 94 C.P.) 11 CLÍNICA FORENSE 12 Clínica Forense es el área de la Medicina Forense, que, mediante la realización de examen médico legal a personas vivas, busca estudiar y analizar el material probatorio útil a la investigación judicial en campos como los delitos sexuales, violencia intrafamiliar, de familia, maltrato infantil, eventos de tránsito, violencia común, valoración de casos en los cuales se investiga la posible ocurrencia de lesiones en relación con un tratamiento médico o quirúrgico efectuados. La labor pericial en Clínica Forense, de acuerdo con las necesidades de los casos, se apoya en los laboratorios forenses lo cual permite hacer un análisis y conclusión integral de los mismos. Cada una de las actividades en Clínica Forense está basada en el respeto de la dignidad de la persona examinada y en la contribución en la restitución de los derechos vulnerados. Dentro de las valoraciones clínicas, en caso de requerirse se realiza examen por odontología forense. COBERTURA DEL SERVICIO La cobertura de los servicios de Clínica Forense es a nivel nacional. CLÍNICA FORENSE INFORME PERICIAL SOBRE LESIONES: Valoración médico forense en la cual mediante examen médico legal se conceptúa sobre la presencia de daño en el cuerpo o en la salud de una persona viva con el fin de aportar elementos útiles en la investigación de los delitos en los cuales se vulnera la integridad personal (lesiones personales). Igualmente puede ser fundamental el concepto forense sobre la presencia o ausencia de lesiones dentro de la investigación de los hechos en casos de violencia intrafamiliar (de pareja, maltrato infantil, maltrato al adulto mayor); abandono de niños niñas y adolescentes y personas en condición de discapacidad; tortura; delitos contra personas protegidas por el Derecho Internacional Humanitario; actividades terroristas; delitos contra la salud pública. • Presunta responsabilidad profesional: Con base en un examen médico-forense, estudio de historias clínicas, valoración e interconsulta con especialistas, según las necesidades del caso, y consultas bibliográficas, se emite concepto forense sobre la relación de un tratamiento 13 médico o quirúrgico efectuado y la presencia o ausencia de lesiones en la persona examinada. INFORME PERICIAL SEXOLÓGICO: Mediante la realización de un examen médico legal, recuperación de Elementos Materiales Probatorios en la persona examinada, debidamente contextualizados y analizados, se aportan elementos forenses a la investigación judicial para establecer si una persona ha sido víctima de un delito contra su libertad, integridad y formación sexuales. Igualmente se examinan los posibles victimarios de estos delitos para recuperar Elementos Materiales Probatorios útiles a la investigación. INFORME PERICIAL DE VIOLENCIA DE PAREJA: Mediante la realización de un examen médico legal, debidamente contextualizado y analizado, se aportan fundamentos forenses a la investigación judicial para establecer si una persona ha sido víctima de violencia de pareja o ex pareja. Igualmente se examinan los posibles victimarios de estos delitos. Aplicando los enfoques de: género, Derechos Humanos y diferencial. INFORME PERICIAL DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR: Mediante la realización de un examen médico legal, debidamente contextualizado y analizado, se aportan fundamentos forenses a la investigación judicial para establecer si una persona ha sido víctima de violenciapor parte de familiares en el contexto doméstico. INFORME PERICIAL DE EMBRIAGUEZ: Realización de examen médico forense que permite establecer el estado de embriaguez clínica de una persona. De acuerdo con los hallazgos del examen clínico y a criterio del perito puede requerirse en algunos casos la toma de muestras de sangre y/u orina para interconsulta al laboratorio de Toxicología Forense, con cuyo resultado analizado y contextualizado se concluye el caso. INFORME PERICIAL DE EDAD: Se establece la edad clínica aproximada de una persona, mediante la realización de examen médico legal en el cual se valoran con criterios científicos las características clínicas y exámenes paraclínicos, según el caso. 14 INFORME PERICIAL PARA LA DETERMINACIÓN ESTADO DE SALUD EN PERSONA PRIVADA DE LIBERTAD: Se establece mediante evaluación médica forense si una persona se encuentra en Estado Grave por Enfermedad. INFORME PERICIAL EN CASOS DONDE SE INVESTIGUE TORTURA U OTROS TRATOS O PENAS CRUELES, INHUMANOS O DEGRADANTES: Valoración forense en la cual mediante examen médico legal se conceptúa sobre la presencia de daño en el cuerpo o en la salud de una persona viva en casos donde se sospeche tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes con el fin de aportar material probatorio en la investigación de los delitos en los cuales se vulnera la integridad personal y la autonomía de una persona. ASESORÍAS Y CONCEPTOS: Se presta asesoría científica y técnica a autoridades competentes en temas relacionados con Clínica Forense, y de acuerdo con los especialistas con los que cuente el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias. INFORME PERICIAL SOBRE HUELLAS DE MORDEDURA HUMANA: Examen forense en personas vivas o cadáveres tendiente a valorar y analizar lesiones sospechosas de ser causadas por acción de los dientes, cuando estos son usados como elemento de defensa o de ataque. Requisitos de aceptación Los requisitos mínimos que debe tener una solicitud escrita son los siguientes: Datos del solicitante: Este ítem debe incluir nombre completo del solicitante, cargo, dirección y teléfono, correo electrónico (cuyo servidor sea de autoridad competente, por ejemplo @fiscalia.gov.co, @defensoria.gov.co) Número de oficio petitorio La referencia del hecho que se investiga (es importante anexar, si se cuenta con ella, documentación o información producto de la investigación de los hechos que sea útil al examen forense como: circunstancia de ocurrencia, copia de la denuncia, acta de inspección de la escena, entrevista de la policía judicial a la víctima, según el caso). Nombres y apellidos de la persona a examinar Cuestionario que deba ser absuelto por el perito (en caso de ser necesario). 15 Lugar de reclusión (aplica para las solicitudes determinación estado de salud en persona privada de libertad) Copia de la historia clínica en caso de haber recibido atención en salud (es fundamental en valoraciones de lesiones y en casos de presunta responsabilidad en la prestación de los servicios de salud. Firma del solicitante. QUE NO SE REALIZA Determinación de incapacidad laboral. La incapacidad laboral no tiene fines penales según Ley 100 de 1993 lo cual no es homologable con la incapacidad médico legal. Inspección o registro corporal de personas que presuntamente transportan en su cuerpo sustancias controladas con fines ilícitos. Avalúo de los daños o perjuicios ocasionados para los fines relacionados con indemnización, conciliación y reparación contemplados en la legislación colombiana vigente. Valoración sexológica cuando se solicita como requisito para el traslado de un niño(a) en protección, de una institución a otra, a menos que exista la sospecha de ocurrencia de un delito sexual, caso en el cual ‘si la autoridad competente advierte la ocurrencia de un posible delito, deberá denunciarlo ante una autoridad penal’ Inspección o registro corporal mediante tacto vaginal o anal cuando se presume la presencia de sustancias u otros elementos en estas cavidades. El examen sexológico forense no es pertinente cuando por ejemplo los padres quieren comprobar ‘la virginidad’ de su hija(os) mayor de 14 años sin que las circunstancias permitan sospechar de un delito. No se establece si una persona es consumidora habitual de sustancias de abuso 16 PATOLOGÍA FORENSE 17 La Patología Forense es una rama de la Medicina Forense, que contribuye a la Investigación Judicial de las Muertes mediante la aplicación del método de la Anatomía Patológica al examen de los cadáveres para establecer la causa, manera y circunstancias de la muerte y diferenciar muertes naturales, que pueden ser certificadas por un médico no forense, de aquellas que requieren una investigación judicial. La patología forense, se apoya en otras ciencias o laboratorios cuyos análisis le permiten cumplir con los objetivos de una necropsia médico legal, como son establecer la causa y la manera de muerte, realizar la identificación del cuerpo y preservar Elementos Materiales Probatorios con el fin de aportar información a las investigaciones judiciales. Igualmente, el ejercicio de esta experticia le confiere la capacidad de asesorar o emitir conceptos técnico-científicos en materia de Patología Forense. COBERTURA DEL SERVICIO La cobertura de los servicios de Patología Forense es a nivel nacional. NECROPSIA MÉDICO LEGAL EN INVESTIGACIÓN DE MUERTES VIOLENTAS O MUERTES DE CAUSA POR ESTABLECER. El examen de necropsia está encaminado a establecer: causa y manera de la muerte, identificar fehacientemente el cuerpo al que se le practica la necropsia médico legal; aportar información sobre las circunstancias en que ocurrió el deceso, en estrecha correlación y contextualización con la información aportada por la autoridad y generada en el estudio del lugar de los hechos y actividades investigativas. ‘En casos de muerte con sospecha de mala práctica profesional se presta el servicio de Necropsia Médico Legal con fines de determinar la causa de la muerte y las circunstancias en que se produjo la misma. Abordaje forense interdisciplinario de cuerpos esqueletizados con fines de establecer: identificación, causa y manera de muerte; y aclarar cuando es pertinente, aspectos forenses o controversias que surjan en la investigación judicial. CONCEPTOS O ASESORÍAS FORENSES RELACIONADAS CON LA PATOLOGÍA FORENSE Se presta asesoría científica y técnica a autoridades competentes y se emiten conceptos en temas relacionados con la patología forense. 18 ACOMPAÑAMIENTO A LA AUTORIDAD JUDICIAL Acompañamiento en el lugar de los hechos en casos de necropsias complejas que requieran la experticia del médico forense en el lugar de los hechos. Acompañamiento a exhumaciones, cuando se van a realizar primeras o segundas necropsias medico legales. INFORME PERICIAL SOBRE IDENTIFICACIÓN ODONTOLÓGICA: Interpretación y análisis de las informaciones antemortem (antes de la muerte) y postmortem (después de la muerte), con fines de identificación Requisitos de aceptación Acta de Inspección técnica a cadáver Acta de Inspección técnica a escena Diagramas, fotografías, declaraciones y demás información. Historia clínica legible, si es pertinente Cadáver. Oficio petitorio de Necropsia médico legal u oficio de solicitud (cuando proceda) QUE NO SE REALIZA Necropsias clínicas en casos de muertes naturales, en estos casos debe dirigirse a los respectivos servicios de salud quienes brindarán los pasos a seguir. Emisión de Certificados de defunción en casos de muertes naturales. BÚSQUEDA DE PERSONAS DESAPARECIDAS Procedimientos de recolección, documentación y verificación de informaciónrelacionada con reportes de personas desaparecidas y cadáveres en condición de no identificados, con fines de hallazgos e identificación COBERTURA DEL SERVICIO 19 En todo el territorio colombiano Requisitos de aceptación Solicitud de búsqueda presencial , medios escritos o por medio electrónicos ADMINISTRACIÓN DEL REGISTRO NACIONAL DE DESAPARECIDOS Procedimientos de asignación de claves de acceso, capacitación, evaluación y aprobación de requerimientos técnicos sobre los sistemas y aplicativos que conforman el Registro Nacional de Desaparecidos. Requisitos de aceptación Solicitudes de acceso en el marco de la Resolución 281 del 2008. ASESORÍA TÉCNICO CIENTÍFICA EN PROCESOS DE BÚSQUEDA DE PERSONAS DESAPARECIDAS E IDENTIFICACIÓN DE CADÁVERES Asesoría telefónica o escrita, institucional o interinstitucional, relacionada con procedimientos, normatividad, documentos estandarizados en las temáticas de identificación de cadáveres y búsqueda de personas desaparecidas. Requisitos de aceptación Solicitud telefónica o escrita (electrónica o física) QUE NO SE REALIZA No se impulsan investigaciones a cargo de autoridades judiciales, ni se adelantan procesos de verificación de información, propias de la Policía Judicial. No se asignan claves de acceso a entidades u organizaciones no señaladas en el Decreto 4218 del 2005. No se entrega de información relacionada con datos de contacto de familiares de personas desaparecidas sin orden judicial. 20 ANTROPOLOGÍA FORENSE 21 La Antropología Forense presta apoyo a la administración de justicia por medio de la práctica pericial de análisis antropológico a cadáveres o segmentos corporales en diferentes estados post mortem. Esta labor se realiza de manera interdisciplinaria contribuyendo al análisis e identificación de cadáveres y partes corporales, aportando información técnico- científica que sirve de apoyo a las necropsias médico-legales. Los análisis se realizan a partir de las evidencias recuperadas durante el trabajo de campo, o las recuperadas durante los procedimientos de necropsia en diferentes contextos. COBERTURA DEL SERVICIO En los departamentos del territorio nacional con profesionales en la Regional Bogotá, y seccionales en Villavicencio, Tunja, Barranquilla, Medellín, Bucaramanga, y Popayán, a su vez según disponibilidad de desplazamiento de los profesionales. ANÁLISIS ANTROPOLÓGICO FORENSE: Establecer si las estructuras óseas examinadas son humanas o de origen animal. Determinar si corresponden a un contexto arqueológico o contemporáneo Establecer el número mínimo de individuos que conforman el hallazgo y proceso de individualización. Determinación del perfil biológico Diagnóstico de alteraciones óseas Requisitos de aceptación Interconsulta Médico Forense. Oficio petitorio de autoridad judicial competente. Información disponible sobre: acta de inspección técnica a cadáver, acta de exhumación, registros fotográficos, entrevistas a familiares, informes periciales de patología. RECUERDE QUE NO SE REALIZA 22 Reconstrucción facial bidimensional y/o tridimensional Análisis de datación (Carbono 14 entre otros) Asesorías arqueológicas con restos prehispánicos Valoración a miembros de comunidades indígenas 23 CIENCIAS FORENSES 24 LABORATORIO DE BALÍSTICA Los laboratorios de balística forense del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses se ubican estratégicamente a lo largo del país en nueve (9) sedes; se cuenta con equipos tecnológicos, con personal entrenado y con experiencia en la aplicación y ejecución de los procesos y procedimientos que nos permiten desarrollar de forma oportuna, eficiente y eficaz los requerimientos de las diversas autoridades. COBERTURA DEL SERVICIO El Instituto cuenta con laboratorios en las ciudades de: Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla, Bucaramanga, Pereira, Cúcuta, Tunja y Villavicencio. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE MUNICIÓN Y SUS DERIVADOS: Determinación de las características generales de las municiones y sus derivados (proyectiles, fragmentos, blindajes o camisas de proyectiles, núcleos de proyectiles, vainillas, cartuchos, tacos, postas, perdigones y pistones de potencias) tendientes a establecer la identificación precisa de la clase a que pertenece, calibre y tipo de arma de fuego en la que pudo ser utilizada. ESTUDIO DE ARMAS DE FUEGO Y SUS ACCESORIOS: Determinación de las características generales de un arma de fuego y sus accesorios tendientes a establecer la identificación precisa del tipo de arma de fuego y accesorio a que corresponde y la aptitud de disparo del arma de fuego. ESTUDIO DE REVELADO DE NÚMEROS SERIALES: Por medio de un proceso físico-químico realizado a una o varias zonas de un arma de fuego o esposas metálicas, se procede a obtener los caracteres constitutivos de un número de identificación del arma de fuego o esposas metálicas, el cual ha 25 sufrido algún tipo de alteración, regrabado, borrado total o parcial por cualquier medio (lijado, limado, rayadura, desbastado, ataque químico entre otros). ESTUDIOS DE COTEJO: Consiste en la comparación de las características físicas de clase e individuales, macro y microscópicas, entre elementos del mismo tipo (proyectil versus proyectil, vainilla versus vainilla) cuyo objetivo es establecer la uniprocedencia de las marcas. Es decir que fueron o no producidas por la misma arma de fuego (el interior del cañón o la aguja percutora, mecanismos de extracción y contrarecámara del arma de fuego) o un arma de fuego específica. ESTUDIO DE RESIDUOS DE DISPARO EN PRENDAS: Corresponde al estudio físico (macroscópico y microscópico) y químico realizado alrededor de una perforación presente en una prenda de vestir con el fin de determinar si la perforación ha sido o no producida por el paso de un proyectil disparado en un arma de fuego, si corresponde a un orificio de entrada o de salida, la correlación existente con las lesiones de la víctima y el rango de distancia entre la boca de fuego del arma y la región anatómica al momento del disparo. ESTUDIO DE RESIDUOS DE DISPARO EN PIEL: Corresponde al estudio físico (macroscópico) y químico realizado alrededor de una herida presente en una víctima con el fin de determinar si la herida ha sido o no producida por el paso de un proyectil disparado en un arma de fuego, si corresponde a un orificio de entrada o de salida, la correlación existente con las perforaciones en prendas y el rango de distancia entre la boca de fuego del arma y la región anatómica al momento del disparo. Este estudio se realiza directamente sobre el cadáver en sala de necropsia. DETERMINACIÓN DE TRAYECTORIAS: Estudios de información suministrada a partir de los Elementos Materiales Probatorios, entrevistas, versiones, hallazgos técnicos (información del informe de necropsia, puntos de impacto, planos topográficos), con ayuda de los cálculos 26 matemáticos, con el fin de establecer la más probable trayectoria seguida por un proyectil en un lugar, en el cuerpo de una víctima o en un elemento en particular. ASISTENCIA EN EL ESTUDIO DE LESIONADOS Y VÍCTIMAS FATALES EN CASOS POR ARMA DE FUEGO: En casos que involucran arma de fuego y que, en concepto del médico forense, se requiera la opinión del balístico como apoyo al servicio de valoración de lesiones en clínica forense, así como en el estudio de necropsia. DETERMINACIÓN DE POSIBLES POSICIONES DE VÍCTIMA(S), AGRESOR(ES): Consiste en el estudio de información suministrada a partir de documentación remitida como: el informe de necropsia, el informe pericial sobre valoración de lesionesen clínica, informe de inspección a lugares, resultados de estudios técnicos entre otros (ubicación de impactos sobre puntos fijos, rango de distancia de disparo) con el fin de establecer el o las posibles ubicaciones relativas entre victima(s) y agresor (es) al momento de producirse el (los) disparo (s). Requisitos de aceptación Solicitud de análisis. Acta de inspección a lugares (para determinación de trayectorias y de posibles posiciones víctima-victimario) Inspección técnica a cadáver (para determinación de trayectorias y de posibles posiciones víctima-victimario) Experticias técnicas a vehículos si se encuentran involucrados (para determinación de trayectorias y de posibles posiciones víctima-victimario) El Informe pericial sobre valoración de lesiones en Clínica Forense y/o informe de necropsia. Álbumes fotográficos y/o de videos. Entrevistas (en caso de que existan) Estudios técnicos realizados por parte de otras instituciones a los Elementos Materiales Probatorios. Bosquejos o diagramas disponibles (en caso de que existan) 27 QUE NO SE REALIZA Asistencia a diligencias de inspección a armas de fuego en almacenes de custodia. Estudios de control de la calidad, desarrollo y supervisión de ensayos a materiales de blindaje corporal, estructural y vehicular. Rastreo de armas de fuego y municiones. Determinación de daño total o parcial de un arma de fuego. Determinación de avalúo de armas de fuego. Autenticidad en números seriales. Revelado de números seriales en automotores. Descripción e identificación de armamento de artillería (morteros, lanza granadas, bombas cluster, lanza misiles). Estudios de identificación de lanza granadas de gas lacrimógeno. Estudios de caucheras. Estudios de armas neumáticas o accionadas por gas comprimido. Estudios de marcas de herramientas. Determinación de tiempo transcurrido desde el último disparo en armas de fuego. Determinación del calibre del proyectil con base en las dimensiones del orificio. Estudio de armas corto punzantes. Estudio de residuos de material explosivo (fragmentos, esquirlas, material de explosión y post-explosión). Concepto de pericia en manejo de armas de fuego por parte de los involucrados. 28 LABORATORIO DE BIOLOGÍA El Laboratorio de Biología Forense se ocupa del análisis de muestras biológicas recolectadas como Elementos Materiales Probatorios de posibles hechos delictivos. Los resultados reportados permiten orientar a la autoridad competente, acerca de la utilidad de solicitar estudio genético con el fin de identificar al individuo del cual procede el material biológico analizado. COBERTURA DEL SERVICIO El Instituto cuenta con laboratorios en las ciudades de: Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla, Bucaramanga, Pereira, Neiva, Cartagena, Cúcuta, Tunja, Villavicencio, Sincelejo e Ibagué. Los demás departamentos del territorio nacional deberán remitir su solicitud al laboratorio más cercano. DETERMINACIÓN DE SANGRE, SANGRE HUMANA. La sangre resulta ser uno de los fluidos que con mayor frecuencia se encuentra en el lugar de los hechos y es útil en la investigación forense, ya que sobre ella se realizan las pruebas orientativas y confirmatorias para la determinación de sangre y sangre humana de los Elementos Materiales Probatorios. En los Laboratorios de Biología Forense a nivel nacional, se realizan análisis preliminares para determinar si en los Elementos Materiales Probatorios remitidos para estudio hay sangre y si es de origen humano. En caso de requerir un eventual cotejo genético es necesario cumplir con el instructivo "Requisitos para la Admisión de casos en el laboratorio de Genética" (disponible en la página WEB del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses www.medicinalegal.gov.co). BÚSQUEDA E IDENTIFICACIÓN DE ESPERMATOZOIDES Se realizan análisis preliminares para determinar si en los Elementos Materiales Probatorios remitidos por las autoridades investigativas o que provienen de una Valoración Médico Legal Sexológica, se detecta la presencia de espermatozoides y/o semen; empleando técnicas que permiten la visualización de espermatozoides o la detección de proteínas seminales. 29 En caso de requerir un eventual cotejo genético es necesario cumplir con el instructivo "Requisitos para la Admisión de casos en el laboratorio de Genética" (disponible en la página WEB del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses www.medicinalegal.gov.co). ANÁLISIS MACROSCÓPICO Y MICROSCÓPICO DE ELEMENTOS PILOSOS El pelo tiene importancia como evidencia, debido a que presenta gran resistencia a la destrucción. Así mismo, su estructura y composición permiten realizar estudios de tipo macroscópico y microscópico, permitiendo emitir conceptos sobre la región anatómica a la que pertenece, y si es de origen humano. En caso de requerir un eventual cotejo genético es necesario cumplir con el instructivo "Requisitos para la Admisión de casos en el laboratorio de Genética" (disponible en la página WEB del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses www.medicinalegal.gov.co). DETERMINACION DE SALIVA HUMANA La saliva es uno de los fluidos biológicos que se encuentra generalmente en los Elementos Materiales Probatorios recuperados del lugar de los hechos y de los cuerpos; la detección de esta enzima es un aporte importante en la investigación científica forense que brinda elementos significativos en la investigación judicial. En el Laboratorio de Biología Forense se cuenta con la prueba inmunocromatográfica para la detección de alfa amilasa salival humana que es realizada a las muestras tomadas de los Elementos Materiales Probatorios allegados con los casos. Requisitos de aceptación Oficio petitorio de la autoridad competente, firmado y con solicitud de análisis específico. Documentación relacionada con el caso (de ser pertinente) Condiciones para el Elemento Material Probatorio: Las prendas e hisopos deben estar secos para remitirlos al Laboratorio. 30 QUE NO SE REALIZA No se realiza los siguientes análisis: Análisis relacionados con sangre: No se realiza Hemoclasificación en sangre líquida ni en manchas. No se determina la antigüedad de una mancha de sangre. No se realizan marcadores enzimáticos en las manchas como, por ejemplo: fosfatasa ácida eritrocitaria (EAP), fosfoglucomutasa (PGM), Esterasa D, Haptoglobinas (Hp), entre otras. No se determina el origen de la sangre humana (menstrual, cardiaca, etc.). Análisis relacionados con semen. No se determina la antigüedad de una mancha de semen. No se determina si se trata de semen humano o animal. Análisis relacionados con elementos pilosos No se determinan enfermedades capilares e infectocontagiosas de los elementos capilares. Otros análisis: No se realizan análisis microbiológicos de aguas ni alimentos. Los análisis de Infecciones de Transmisión sexual para víctimas de delitos sexuales, no se realizan en el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses. 31 LABORATORIO DE DOCUMENTOLOGIA Los Laboratorios de Documentología Forense apoyan a la administración de justicia mediante el análisis de firmas y/o manuscritos cuestionados, así como la determinación de la alteración de documentos. COBERTURA DEL SERVICIO El Instituto cuenta con laboratorios en las ciudades de: Bogotá, Medellín, Cali, Bucaramanga y Pereira. Los demás departamentos del territorio nacional deberán remitir su solicitud al laboratorio más cercano. AUTENTICIDAD DE DOCUMENTOS: Cédulas de ciudadanía, contraseñas, cédulas de extranjería, permisos de residencia, permisos de tránsito, autorización de salida del país, visas, pasaportes, libretas militares. AUTENTICIDAD Y/O UNIPROCEDENCIA O HETEROPROCEDENCIADE LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS: Facturas, recibos, órdenes de pago, órdenes de pedido, órdenes de despacho, contratos, escrituras públicas, minutas, promesas de compraventa, contrato de compraventa, tarjetas débito y crédito, libranzas, vales, comprobantes, tiquetes, preacuerdos, acuerdos, entre otros). AUTENTICIDAD Y/O ALTERACIONES DE LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS: Letras de cambio, cheques, pagarés, títulos de ahorro, bonos, CDT, acciones, licencias de tránsito, licencias de conducción, formularios únicos, comparendos, permisos de transporte de mercancías y semovientes, SOAT, certificados de análisis de gases, pólizas de seguros de vehículos, formularios de impuestos de vehículos, permisos de movilización nacional, billetes de lotería, chance, rifas, boletas de conciertos y espectáculos públicos, bingos, sorteos, historias clínicas, epicrisis, registros de anestesia, autorizaciones de procedimientos, fórmulas médicas, autorizaciones de exámenes y procedimientos quirúrgicos, carnés, salvoconductos (permiso de porte de armas), tarjetas empresariales, pólizas y seguros de vida, improntas, afiches, tarjetas electorales, empaques, volantes, 32 certificados electorales, fax, telefax, fotocopias, acetatos, diplomas, libretas de notas, constancias, certificados, empaques, etiquetas y marquillas de productos comerciales (licores, medicamentos, alimentos y prendas), entre otros. Autenticidad de papel moneda: Nacional y extranjera: Pesos colombianos, Dólares, Euros, Bolívares. Impresiones de sello: seco, a tinta y protectores de documentos. Uniprocedencia o heteroprocedencia: en textos mecanográficos. Manuscritos y firmas. Uniprocedencia. Requisitos de aceptación Para hacer uso de nuestros servicios se debe tener en cuenta que los documentos de duda e indubitados se encuentren en original, sean contemporáneos con la fecha de elaboración del documento cuestionado y sean representativos en cantidad. Es necesario tener en cuenta: Remitir un cuestionario claro, indicando los puntos concretos que debe absolver el experto, señalando qué documento o documentos son los de duda y cuáles deben tenerse como indubitados, así como la clase o tipo de análisis que debe efectuarse sobre los mismos Remitir siempre los documentos dubitados e indubitados originales; no se deben remitir copias, fotocopias ni ningún otro tipo de reproducción (a menos que esta sea el objeto de la investigación), por cuanto en ellas se presentan muchos factores que impiden o limitan el estudio y no permiten emitir un pronunciamiento de fondo, razón por la cual solo se podría presentar un informe preliminar. Para solicitar estudio de firmas es indispensable: 1. Enviar signaturas patrones originales, contemporáneas con la investigada, es decir que se encuentren confeccionadas en documentos personales de la época en que se presume que fue elaborado el documento investigado, como cheques, letras de cambio, solicitudes bancarias, hojas de vida, recibos, agendas, documentos que se encuentren en el lugar de trabajo, formularios de compra y/o venta de vehículos, entre otros. 33 2. En la toma de muestras no se deben hacer dictados de textos, y se deben incluir firmas con número de cédula y lugar de expedición de la misma, las cuales deben reunir condiciones análogas a las que presenta el documento investigado en cuanto a espacio destinado para la firma, con línea o sin línea de sustentación y tipo o clase de instrumento escritor (de tinta fluida o pastosa). Para solicitar estudio de manuscritos: 1. Seguir las recomendaciones enunciadas anteriormente para el análisis de firmas. 2. Las muestras tomadas deben incluir todos los textos, nombres y cifras de duda, sin mostrar los textos del documento de duda. 3. Si se requiere análisis o estudio de cifras o cantidades, las muestras deben incluir operaciones matemáticas como sumas, restas, multiplicaciones, en las que uno de sus factores o el resultado sea el número o cifra investigado. 4. Enviar escritos extra-proceso contemporáneos con los de duda, de la persona o personas que se presume intervinieron en la ejecución del texto o cifras de duda, los cuales pueden encontrarse en libretas de apuntes, cartas, cuadernos, agendas y demás documentos que los contengan. QUE NO SE REALIZA No se realiza los siguientes análisis: Antigüedad absoluta o relativa de los documentos, tintas o papeles. Orden cronológico de trazos, sellos, textos mecanográficos o impresos. Determinación de la personalidad del individuo por medio de un manuscrito. Estado de ánimo del amanuense en el momento de producir el escrito. Tipo de enfermedad que padece quien escribió. Autenticidad o falsedad de obras de arte. Autoría de textos elaborados con díngrafo, plantillas, pantógrafo, por recorte y por composición o montaje de textos. Atribución de un documento o escrito a un grupo determinado. Análisis de voces. 34 LABORATORIO DE ESTUPEFACIENTES Los Laboratorios de Análisis de Estupefacientes sirven de apoyo a la administración de justicia para el análisis físico-químico de sustancias líquidas y sólidas y material vegetal sometidos a control por la Ley 30 de 1986 y sus normas complementarias y por el Ministerio de Salud y Protección Social a través de la Resolución No. 1478 de 2006 y sus normas complementarias. COBERTURA DEL SERVICIO El Instituto cuenta con laboratorios en las ciudades de: Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla, Bucaramanga, Pereira e Ibagué. Los análisis que se realizan en los laboratorios son: Relacionados con el análisis de sustancias sometidas a control de conformidad con la ley 30 de 1986 y normas complementarias: IDENTIFICACIÓN DE SUSTANCIAS QUE PRODUCEN DEPENDENCIA: Muestras sólidas, sólidos en suspensión, sistemas para transportar sustancias ilícitas (camuflados), aspirados o líquidos en los cuales se presume que contienen sustancias que producen dependencia. IDENTIFICACIÓN DE SUSTANCIAS PRECURSORAS E INSUMOS: Utilizados en la obtención y el procesamiento de estupefacientes sólidos o líquidos. ANÁLISIS DE SUSTANCIAS Y MEDICAMENTOS SOMETIDOS A CONTROL POR EL MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL: (RESOLUCIÓN 1478 DE 2006 Y NORMAS COMPLEMENTARIAS): Medicamentos de control especial en sus diferentes formas farmacéuticas o materias primas de control especial. ANÁLISIS QUÍMICO DE MATERIALES VEGETALES: 35 De los cuales se pueden extraer sustancias que producen dependencia: planta completa, o sus partes (hojas y semillas de coca y cannabis, cápsulas de amapola, entre otros), vegetales en proceso de extracción o extractos de vegetales. CUANTIFICACIÓN DE COCAÍNA Y DE HEROÍNA EN CAMUFLADOS DE DIFERENTES MATRICES. Requisitos de Aceptación Oficio Petitorio de la autoridad competente, firmado y con solicitud de análisis específico. Información del contexto del caso que permita realizar un abordaje analítico apropiado NUNC disponible en el formato de solicitud, y consistente el dato registrado en la cadena de custodia y en los rótulos del Material Probatorio. QUE NO SE REALIZA No se realiza los siguientes análisis: Control de calidad de medicamentos, licores, alimentos, insumos. Solicitudes relacionadas con medicamentos, licores, alimentos o insumos alterados o fraudulentos. Determinación de la edad de las plantas, ni sus características de cultivo. Marcadores en hidrocarburos. . 36 LABORATORIO DE EVIDENCIA TRAZA El Laboratorio de Evidencia Traza sirve de apoyo a la administración de justicia en el análisis de una amplia variedad de materiales, la mayoría son elementos que se encuentran presentes en muy escasa cantidad generalmente adheridos a las prendas de vestir de la víctima o sospechoso y que pueden pasar desapercibidos. Entre estas se pueden citar: fibras, cascarones de pintura, residuos de incendio, residuosde disparo en mano y fragmentos de vidrio. Los análisis se fundamentan en la comparación de las características físicas y químicas y pueden ayudar a relacionar a un individuo con una víctima o con la escena de un crimen. Este laboratorio también realiza la identificación de sustancias, información que dentro de una investigación judicial puede aportar información para el esclarecimiento de los hechos. COBERTURA DEL SERVICIO El Instituto cuenta con laboratorio en la ciudad de: Bogotá Los análisis que se realizan en el laboratorio son: Análisis comparativo (cotejo) de pinturas y rastros de pinturas. Análisis comparativo (cotejo) de fibras textiles y fragmentos de tela. Análisis comparativo (cotejo) de cintas adhesivas, cuerdas, sogas y otros materiales que cuenten con muestra para comparar (indubitada). Determinación de la presencia de elementos compatibles con residuos de disparo (antimonio, plomo, bario), en muestras tomadas de manos de personas sospechosas de haber accionado un arma de fuego. Análisis comparativo de metales y aleaciones. Análisis para identificar combustibles. Análisis para determinar acelerantes en residuos de incendio. Análisis para identificar adherencias en proyectiles de arma de fuego. Análisis de sustancias corrosivas como ácidos y bases. Análisis de polímeros y plásticos. Análisis comparativo de fragmentos de vidrio. Análisis de sustancias desconocidas previa consulta con la autoridad, con el fin de dirigir los procedimientos analíticos hacia una pronta y efectiva respuesta. Análisis comparativo de suelos. Identificación de minerales. 37 Análisis de rocas. Identificación de esmeraldas. Diligencias judiciales para dar concepto geológico relacionado con el terreno donde se busca orientar o esclarecer hechos relacionados con derechos humanos. Requisitos de aceptación Oficio Petitorio de la autoridad competente, firmado y con solicitud de análisis específico. Información del contexto del caso que permita realizar un abordaje analítico apropiado NUNC disponible en el formato de solicitud, y consistente el dato registrado en la cadena de custodia y en los rótulos del Material Probatorio RECUERDE QUE NO SE REALIZA Análisis de calidad de aguas, alimentos, cosméticos, medicamentos, licores y productos industriales. Monitoreo, muestreo y análisis de sustancias contaminantes del medio ambiente. Análisis de sustancias explosivas y sus residuos postexplosión. Estudio, evaluación o desactivación de artefactos explosivos. Análisis de residuos de disparo en muestras tomadas por técnicas diferentes al ICP-MS. Análisis de marcadores en combustibles. No se emiten conceptos relacionados con geología ambiental. No se dictamina sobre piedras preciosas a excepción de las esmeraldas. 38 LABORATORIO DE FÍSICA FORENSE Los Laboratorios de Física Forense aportan a la Administración de Justicia el conocimiento y la experiencia en la aplicación de las leyes y los principios de la física para la investigación técnica de eventos específicos relacionados con eventos de Tránsito. El Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses cuenta con cinco (5) Laboratorios de Física Forense desde los cuales se presta cobertura a todo el territorio nacional. COBERTURA DEL SERVICIO El Instituto cuenta con laboratorios en las sedes de las Regionales de: Bogotá, Noroccidente, Nororiente, Occidente y Oriente. Los demás departamentos del territorio nacional deberán remitir su solicitud al laboratorio más cercano. Los Laboratorios de Física Forense prestan el servicio de "Reconstrucción Analítica del Accidente de Tránsito" (RAAT)". Este servicio, dependiendo de las características propias del caso y de la información disponible, incluye: DETERMINACIÓN DE POSICIONES RELATIVAS DE IMPACTO (PRI): En casos de Vehículo-Peatón, Vehículo-Vehículo y Vehículo-Objeto fijo o semoviente. DETERMINACIÓN DE TRAYECTORIAS: Dirección de movimiento de vehículos, personas, semovientes. CÁLCULOS Y/O ESTIMACIÓN DE VELOCIDADES. DETERMINACIÓN DEL PUNTOS O ZONA DE IMPACTO. CONSOLIDACIÓN DE LA SECUENCIA DE HECHO: Expresión de la secuencia de eventos ocurridos en las fases pre-impacto, de impacto y post impacto. 39 Los Laboratorios de Física Forense, realizan el análisis de la información obtenida a partir de la documentación allegada. Para esto se aplican las leyes de la física (tales como los principios de conservación de energía y momentum) y hacen uso de publicaciones técnicas reconocidas por la Comunidad Científica. Requisitos de Aceptación En la Reconstrucción Analítica del Accidente de Tránsito (RAAT) es importante analizar toda la información disponible en el contexto mismo del hecho. Las conclusiones dependen de las características propias del accidente y de la calidad de la información suministrada. Es indispensable remitir al Laboratorio toda la documentación con la que se cuente, la cual puede estar constituida por: Informe policial del accidente de tránsito. Álbumes fotográficos con impresiones de buena calidad. De ser posible adicionalmente los archivos magnéticos digitales de fotografías y de videos de escenas, daños a vehículos, lesiones, entre otros. Actuación del primer respondiente. Informe ejecutivo de los hechos. Acta de inspección a lugares. Inspección técnica a cadáver. Experticias técnicas a vehículos (daños a vehículos, estado de los órganos de control y seguridad de los vehículos). Reporte de sistemas registradores de eventos y tacógrafos. Planos del diseño vial. Levantamiento topográfico de la escena que incluya radio de curvatura de la vía, pendiente y peralte, cuando corresponda ("Formato bosquejo Topográfico del Lugar de los Hechos"). El Informe pericial sobre valoración de lesiones en Clínica Forense y/o protocolo de necropsia. Descripción de daños y/o lesiones de objetos fijos o semovientes. Entrevistas (en caso de estar disponibles) RECUERDE QUE NO SE REALIZA No emitimos conceptos técnicos sobre estado de funcionamiento de partes mecánicas. No realizamos avalúos de vehículos. 40 No emitimos conceptos de pericia en la conducción de los conductores involucrados. No nos pronunciamos con relación a la originalidad y adulteración de números de serie de motor, de partes, o de placas de vehículos. No emitimos conceptos sobre fallas mecánicas. No realizamos análisis de marcas de herramientas. En la reconstrucción analítica de accidentes de tránsito se analiza toda la información disponible en el contexto mismo del hecho, siendo las conclusiones dependientes de las características propias del accidente y de la información remitida. 41 LABORATORIO DE GENÉTICA FORENSE La genética forense estudia la herencia y la diversidad biológica de los organismos y aplica este conocimiento como apoyo a investigaciones judiciales principalmente en tres áreas: Identificación de personas, cadáveres y fragmentos corporales humanos Individualización de vestigios biológicos de interés en la investigación criminal Investigación genética de la filiación o pruebas de paternidad y/o maternidad COBERTURA DEL SERVICIO Estos servicios se prestan actualmente en laboratorios de genética del Instituto, en las sedes de Bogotá, Medellín, Cali y Villavicencio, con los cuales se da cubrimiento a nivel nacional en lo referente a los servicios de genética forense que demanda el país. ÁREA DE IDENTIFICACIÓN DE PERSONAS, CADÁVERES Y FRAGMENTOS CORPORALES. Los laboratorios de genética del Instituto, realizan pruebas de ADN que apoyan el proceso forense de identificación de personas vivas, cadáveres o fragmentos corporales humanos. En esta área se ofrecen los siguientes servicios: Toma de muestras a familiares de personas desaparecidasy perfilamiento genético. Análisis genético de cadáveres con presunta identidad. Análisis genético de cadáveres en condición de no identificados. Análisis genético para re-asociación de partes corporales en cuerpos desmembrados o cadáveres esqueletizados de fosas múltiples, mezcladas y/o fragmentados. Ingreso y búsqueda de perfiles genéticos en el Banco de Perfiles Genéticos de desaparecidos (BPGD). 42 Toma de muestras de familiares: El procedimiento para la toma de muestras con fines de estudio genético a familiares de desaparecidos, está estandarizado en Colombia y toda institución debe seguir las directrices contempladas en el “Instructivo para el diligenciamiento del consentimiento informado y recolección de muestras de referencia para la identificación genética de personas desaparecidas” aprobado por Resolución 0- 2760 de noviembre 22 de 2010 de la FGN. Particularmente, debe usarse únicamente el formato interinstitucional (CIUM) aprobado por la misma resolución para el Consentimiento informado. El CIUM correctamente diligenciado debe enviarse con las muestras y las copias de los documentos de identidad de los muestradantes, al laboratorio. Solicitudes La solicitud al laboratorio para toma de muestra de un familiar puede hacerla la autoridad, el perito del Instituto Nacional de Medicina Legal responsable de la identificación del cuerpo o incluso el mismo familiar si se cumplen los siguientes requisitos mínimos: Solicitud desde los peritos del Instituto Nacional de Medicina Legal responsables de la identificación del caso El equipo o grupo de identificación (Médico, antropólogo, odontólogo, etc.) recibe la solicitud judicial y remite interconsulta a los laboratorios de genética para la toma y perfilamiento de los familiares del caso. Solicitud desde el fiscal. El familiar puede ser enviado a toma de muestra directamente por el fiscal que adelanta la investigación de su desaparecido. La solicitud será evaluada y de ser conducente se procesará el caso o se remitirá a los grupos de patología para integrar los análisis bajo su dirección. Solicitud directa de un familiar Los familiares de un desaparecido pueden solicitar la toma de muestra e inclusión de su perfil genético en el Banco de Perfiles Genéticos de Desaparecidos, presentando la copia de la denuncia de desaparición y el certificado de existencia en SIRDEC. (Sistema de información Red de desaparecidos y cadáveres-) (Decreto 0303 de 2015). 43 ANÁLISIS GENÉTICO DE CADAVERES ESQUELETIZADOS CON PRESUNTA IDENTIDAD Y DE CADAVERES ESQUELETIZADOS NO IDENTIFICADOS INDIVIDUALIZADOS O MEZCLADOS: Solicitudes Debe existir una solicitud por parte de autoridad competente (Fiscal) o Interconsulta remitida al laboratorio por el profesional del Instituto Nacional de Medicina a cargo de las labores de identificación del cuerpo, ya sea para proceder a tomar muestras de cadáver o para iniciar su estudio genético. No es conducente, que el fiscal envíe muestras óseas directamente a un laboratorio de genética sin la intermediación de un equipo interdisciplinario de peritos (médico, antropólogo y odontólogo), ya que los resultados genéticos deben interpretarse en contexto con otros hallazgos no genéticos para evitar errores de interpretación. Ingreso y búsqueda en banco de perfiles genéticos. Toda muestra de familiar o muestras de grupos familiares, son perfiladas en los laboratorios de genética e ingresada por el mismo perito analista al concluir su procedimiento de laboratorio, al BPGD, por lo anterior, una vez solicitada la toma, no se requiere de una solicitud adicional para la búsqueda del perfil en el Banco. INDIVIDUALIZACIÓN DE VESTIGIOS BIOLÓGICOS DE INTERÉS EN LA INVESTIGACIÓN CRIMINAL Los laboratorios de genética del Instituto en Bogotá, Cali y Medellín realizan pruebas de ADN en la investigación de delitos contra la vida, la integridad personal, la libertad sexual, entre otros, siempre que se recuperen vestigios biológicos en la escena del crimen o la víctima, con el fin de establecer su origen. Este tipo de análisis generalmente se realiza a través de cotejos genéticos directos con muestras tomadas a las personas involucradas en los hechos, o por medio de búsquedas en la “Base de Datos Nacional de Perfiles Genéticos de aplicación en Investigaciones Judiciales”. Pruebas de ADN con sospechoso conocido. Solicitud por parte del Fiscal o del Defensor, para realizar el cotejo genético, en la cual se relacionen las personas involucradas y se especifique el 44 estudio genético que se quiere realizar. La petición debe ser radicada ante el INML y CF. Muestras de referencia de las personas involucradas (víctima y sospechoso) acompañadas del consentimiento informado de toma de muestras y los respectivos formatos de Cadena de Custodia La toma de muestra de persona privada de la libertad, debe estar asistida por el Abogado defensor de acuerdo a lo estipulado en el Art 247 y 249 del Código de Procedimiento Penal, quien deberá presentar su documento de identificación, tarjeta profesional y copia de los mismos. En caso de menores de edad debe asistir el representante legal (padre, madre o tutor) Puede aportarse un breve resumen de los hechos que permita contextualizar el estudio genético INVESTIGACIÓN GENÉTICA DEL DELITO SEXUAL A TRAVÉS DEL ESTUDIO DEL PRODUCTO DE LA GESTACIÓN OBTENIDO POR INTERRUPCIÓN VOLUNTARIA DEL EMBARAZO. (IVE-AS) Las muestras de productos de gestación, colectados a través de procedimientos de Interrupción Voluntaria del Embarazo, realizados en centros hospitalarios, deben contar con la orden de fiscal donde se solicite su comparación con el perfil genético del sospechoso de la agresión sexual. Consideraciones de la muestra a procesar. Para vellosidades coriales, enviar bloques de parafina con tejidos fijados en formol tamponado al 4% como fijador. Para fetos, muestras de sangre fetal (de cordón) en soporte tipo tarjeta FTA y almacenar a temperatura ambiente, o en papel filtro o tela de pañal estériles y refrigerar a 4°C . Ingreso y búsqueda de perfiles genéticos en la Base Nacional de Perfiles Genéticos de Aplicación en Investigación Judicial. Cuando en la investigación no se cuenta con el sospechoso, es posible procesar el Elemento Material Probatorio y las muestras de referencia recibidas en la investigación de delitos con alta reincidencia (delitos sexuales y homicidios con agresores seriales) para búsquedas en la Base Nacional de Perfiles Genéticos. Los requisitos para realizar estos estudios genéticos son: 45 Solicitud por parte de autoridad competente que especifique el estudio genético solicitado, dando cumplimiento estricto de lo señalado en los artículos 244 y 245 del C.P.P. y sentencia C-334-10. Nota: Los elementos de prueba de origen desconocido pueden ingresarse a la base de datos así como realizar las búsquedas respecto al mismo archivo de Elementos Materiales Probatorios o con el archivo de individuos vinculados en hechos anteriores, siempre y cuando medie orden del Fiscal. En cuanto a la solicitud de búsqueda de información selectiva o individualizada de una persona en la base de datos del perfil genético, se requiere control de legalidad previo por parte del Juez de Control de Garantías. INVESTIGACIÓN GENÉTICA DE LA FILIACIÓN NATURAL Solo el laboratorio de la Regional Bogotá del Instituto recibe solicitudes y emite informes periciales relacionados con procesos de investigación de la paternidad o maternidad contemplados en la ley 721 de 2001. CONVENIO ICBF-INML PARA LA INVESTIGACIÓN DE LA PATERNIDAD O LA MATERNIDAD EN MENORES EDAD Cobertura a nivel nacional según cronograma de toma de muestras establecido, comunicado y publicado por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. El Laboratorio de genética del Instituto, realiza pruebas de ADN comoapoyo a la investigación biológica de la paternidad y la maternidad siempre que exista un menor de edad o su tutor natural o legal como parte demandante, o el mismo estado como representante de los derechos del menor. Este tipo de pericia se desarrolla en el marco del contrato interadministrativo suscrito entre el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses; aplica a casos con presunto padre o madre vivos o fallecidos. Requisitos de Aceptación Formato Único de Solicitud, diligenciado por la autoridad competente. Solo se toman muestras, si el grupo citado se presenta completo. INVESTIGACIÓN DE LA PATERNIDAD O LA MATERNIDAD EN PROCESOS CIVILES (CON RECUPERACIÓN DEL COSTO DE LA PERICIA) 46 El Laboratorio de Genética de la Regional Bogotá del Instituto, realiza pruebas de ADN en la investigación de la filiación natural, en procesos civiles. Para este tipo de solicitudes, el Instituto ha establecido un procedimiento para recuperar el costo de la pericia. Estos estudios se procesan solo cuando los costos de la prueba han sido cubiertos por las partes solicitantes, siempre en el marco de un proceso judicial. No se atienden solicitudes de particulares. Requisitos de Aceptación Se reciben solicitudes de investigación de la filiación regidos por el Código de Procedimiento Civil, ya sea provenientes de Juzgados Civiles o de Familia. Son pruebas periciales con recuperación del costo de la pericia o con amparos de pobreza, y pueden ser con menores o mayores de edad. En el caso en el que la autoridad decrete el Amparo de Pobreza, se exonera a las partes de los gastos y el laboratorio exige una copia del Auto del Amparo para proceder a la realización de la prueba. RECUERDE QUE NO SE REALIZA No se determina la antigüedad de una muestra. No se determina el origen de la sangre (menstrual, cardiaca, etc.) No se realiza diagnóstico de enfermedades de origen genético. No se realiza pruebas para la identificación genética de especies no humanas (microorganismos, animales, ni plantas). 47 LABORATORIO DE LOFOSCOPIA FORENSE Los Laboratorios de Lofoscopia Forense sirven de apoyo a la administración de justicia mediante la identificación de personas y de cadáveres; el cotejo de impresiones dactilares plasmadas en documentos públicos y privados, y el revelado y análisis de huellas latentes de interés forense. COBERTURA DEL SERVICIO El Instituto cuenta con laboratorios en las ciudades de: Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla, Bucaramanga, Pereira, Tunja, y Villavicencio. IDENTIFICACIÓN DE CADÁVERES Y/O PERSONAS: Toma de necrodactilias y de reseñas. Identificación y verificación de la identidad de personas y cadáveres mediante cotejos dactiloscópicos. Procesamiento mediante tratamiento de pulpejos, para apoyar los procesos de Identificación de cadáveres en avanzado estado de descomposición o con alteración en la piel de las manos. COTEJO DE HUELLAS EN DOCUMENTOS: Cotejo de impresiones lofoscópicas plasmadas en documentos públicos o privados con muestras patrón. Exploración de huellas latentes de origen lofoscópico en Elementos Materiales Probatorios. Requisitos de aceptación Solicitud de autoridad judicial competente. Interconsulta de Perito del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses. RECUERDE QUE NO SE REALIZA No determinamos la antigüedad de huellas digitales. 48 No realizamos exploraciones de huellas dactilares en superficies irregulares que no permitan el almacenamiento de latentes (telas y prendas en lana, entre otros). No realizamos exploraciones de huellas latentes en superficies con poca área de contacto tales como cadenas, cables, alfileres. No realizamos exploraciones de huellas dactilares en piel humana. No determinamos si las reseñas dactilares fueron tomadas en vida o post- mortem. 49 LABORATORIO DE TOXICOLOGÍA FORENSE El Laboratorio de Toxicología, apoya la administración de justicia mediante el análisis de sustancias tóxicas o potencialmente tóxicas en muestras biológicas y no biológicas, recolectadas durante una necropsia o reconocimiento a vivos o en escena, relacionadas con un evento tóxico en el marco de la investigación, cuyos resultados ayudan a determinar causa de muerte, establecer estado de indefensión en casos de delitos sexuales, hurto o secuestro, establecer embriaguez o factores de riesgo asociados en los casos de muertes accidentales y homicidios. COBERTURA DEL SERVICIO El Instituto cuenta con laboratorios en las ciudades de: Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla, Bucaramanga, Pereira, Ibagué y Tunja. Alcoholemia y metanol en sangre e identificación de acetaldehído, acetona y 2-propanol en sangre y otras matrices. Monóxido de carbono (carboxihemoglobina). Cianuro y fosfina (fosfuros de aluminio o zinc) Cocaína y metabolitos (benzoilecgonina, cocaetileno). Opiáceos (morfina, 6-monoacetilmorfina, codeína). Cannabinoides (Acido 11-Nor-Delta-9-Tetrahidrocanabinol Carboxílico, principal metabolito de la marihuana). Benzodiazepinas: diazepam, oxazepam, lorazepam, nordiazepam, nitrazepam, flunitrazepam, clordiazepóxido, midazolam, bromazepam, clonazepam, alprazolam, triazolam). Anfetaminas (anfetamina, metanfetamina, metilendioxianfetamina, metilendioximetaanfetamina). Fenotiazinas (levomepromazina, trifluoperazina, clorpromazina, tioridazina). Antidepresivos tricíclicos (amitriptilina, nortriptilina, imipramina, desipramina). Plaguicidas (organoclorados organofosforados, piretroides y carbónicos). En caso de requerirse el análisis de una sustancia que no aparezca relacionada, debe solicitarse información sobre la posibilidad de realizar el análisis al Laboratorio de Toxicología más cercano. 50 Requisitos de aceptación Cuando se solicita un análisis para determinar la presencia de una sustancia tóxica, se debe indicar el análisis específico en caso de conocer o sospechar el agente tóxico involucrado. Si no se conoce el agente tóxico, se debe aportar la información disponible, relacionada con: (Ocupación del intoxicado y posible acceso a sustancias tóxicas; Datos relevantes de la historia médica, por ejemplo, antecedentes psiquiátricos o enfermedades como la epilepsia, o medicamentos previamente prescritos, tiempo transcurrido desde la atención médica, si la hubo; Resultados de investigaciones toxicológicas llevadas a cabo anteriormente). RECUERDE QUE NO SE REALIZA Control de calidad de medicamentos, licores, alimentos, ni de insumos requeridos para su elaboración. Análisis relacionados con medicamentos, licores, alimentos o insumos alterados o fraudulentos. Determinación de productos a base de extractos vegetales o productos homeopáticos o usados en medicinas alternativas con fines de control de calidad o adulteración de productos. Análisis de venenos de origen animal. Análisis químico-ambiental: monitoreo, de sustancias contaminantes de la atmosfera, suelos o aguas. Análisis de calidad de aguas, alimentos cosméticos, medicamentos, licores y productos industriales. 51 CIENCIAS FORENSES 52 El Centro de Referencia Nacional sobre Violencia lo confirman profesionales de distintas áreas que ofrecen análisis e información sobre el comportamiento de las El Centro de Referencia Nacional Sobre Violencia ofrece análisis e información sobre el comportamiento de las lesiones de causa externa a nivel nacional desde el Sistema Médico Legal Colombiano, en un marco de calidad que busca apoyar el desarrollo de las políticas públicas y la prevención de la violencia en Colombia. COBERTURA DEL SERVICIO En todo el territorio nacional BOLETINES EPIDEMIOLÓGICOS Análisis descriptivodel comportamiento de diferentes contextos de violencia a nivel nacional o regional BOLETINES ESTADÍSTICOS TRIMESTRALES Publicación con cifras estadísticas sobre las lesiones de causa externa a nivel nacional. ALERTAS EPIDEMIOLÓGICAS SOBRE CONTEXTOS DE VIOLENCIA Herramienta para el monitoreo de lesiones de causa externa que orienta a las autoridades competentes a nivel municipal sobre algún tipo de violencia con un comportamiento inusual, con el fin de que se implementen acciones encaminadas a reducir el tipo de violencia. Se encuentra en la página web institucional. REVISTA FORENSIS: DATOS PARA LA VIDA Forensis, datos para la vida; publicación anual que compila el comportamiento de las lesiones de causa externa a través de análisis descriptivos y según variables sociodemográficas, tiempo, modo y lugar. REVISTA MUJERES: MASATUGÓ Revista de carácter quinquenal, sobre comportamiento de las lesiones de causa externa que afectan a las mujeres, a través de análisis descriptivos y según variables sociodemográficas, tiempo, modo y lugar. Requisitos de aceptación 53 La solicitud debe dirigirse al correo electrónico: drip@medicinalegal.gov.co. Datos generales del solicitante Finalidad de la Información Periodo de tiempo y lugar. Variables requeridas. RECUERDE QUE NO SE REALIZA No se calculan tasas. No se realiza georreferencia.
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