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Artículo de revisión
ISSN: 2145-0684 (impreso)| ISSN: 2145-9649 (en línea)
Implicaciones bioéticas de la dispraxis 
odontológica y su relación con la 
formación educativa
Lidia Mallinaly Díaz-Torres*, MC.1
1Instituto Politécnico Nacional - cics-ust - ipn, México
Recibido: 30 de agosto del 2017 Aprobado: 26 de septiembre del 2017
*Autor de correspondencia: Lidia Mallinaly Díaz-Torres. Instituto Politécnico Nacional - cics-ust - ipn, Ciudad de México, 
México. Correo electrónico: mallinaly@hotmail.com
Cómo citar este artículo: Díaz-Torres LM. Implicaciones bioéticas de la dispraxis odontológica y su relación con la formación 
educativa. Colomb Forense. 2016;4(2):37-43. doi: https://doi.org/10.16925/cf.v4i2.2240
resumen. Propósito: el presente artículo es de revisión bibliográfica y enfatiza 
que la práctica odontológica como profesión de la salud en México cuenta con un 
marco ético y legal específico, que impulsa el desarrollo de los alumnos en un cli-
ma de respeto en el desempeño de una práctica profesional óptima, con la finali-
dad de que los estudiantes no incurran en dispraxis profesional una vez egresados 
de sus centros educativos. Periodo, origen y tipos de publicaciones: la revisión se 
hizo en el periodo comprendido entre enero del 2012 y septiembre del 2014, como 
base de investigación de la tesis de grado de maestría en Bioética en la esm del 
Instituto Politécnico Nacional, basada en información bibliográfica documental y 
artículos científicos. Punto de vista: es de suma importancia que en la formación 
del cirujano dentista deben estar presentes los conocimientos científicos, técnicos 
y humanísticos como la responsabilidad, el respeto, la beneficencia, la no malefi-
cencia y la justicia, los cuales son necesarios para realizar una práctica adecuada. 
Finalmente, se plantea la necesidad de fortalecer una cultura bioética en los estu-
diantes, concientizando a los alumnos del sentido de la responsabilidad, el respeto 
y el valor a la vida, lo que permite el desarrollo de valores que aporten un cambio 
cultural de humanismo odontológico.
Palabras clave: bioética, dispraxis, educación, leyes, odontología, responsabilidad 
profesional.
doi: https://doi.org/10.16925/cf.v4i2.2240
Artículo de revisión
doi: https://doi.org/10.16925/cf.v4i2.2240
Bioethical implications of Dental malpractice 
and its relationship with Education
abstract. Purpose: This article is a bibliographic review and emphasizes that dental prac-
tice as a health profession in Mexico has a specific ethical and legal framework, which 
promotes the development of students in a climate of respect for an optimal practice of 
the profession so that students do not incur dental malpractice after graduating from their 
educational institutions. Period, origin and types of publications: The review covered the 
period between January 2012 and September 2014 as a research basis for the dissertation 
of a master’s degree in bioethics at the esm of the ipn, using documentary bibliographic 
information and scientific articles. Point of view: It is of the utmost importance that the 
training of the dental surgeon include scientific, technical and humanistic knowledge, such 
as responsibility, respect, beneficence, non-maleficence and justice, which are necessary for 
an appropriate practice. Finally, the need to strengthen a bioethical culture in students is 
proposed, making students aware of the sense of responsibility, respect and the value of life 
and building values that contribute to a cultural change of dental humanism.
Keywords: bioethics, malpractice, education, laws, dentistry, professional responsibility.
implicações bioéticas da dispraxia odontológica 
e sua relação com a formação educativa
resumo. Propósito: este artigo é de revisão bibliográfica e enfatiza que a prática odonto-
lógica como profissão da saúde no México conta com um referencial ético e legal específico 
que promove o desenvolvimento dos estudantes num ambiente de respeito no desempenho 
de uma prática profissional otimizada, com o objetivo de que eles não incorram em dis-
praxia profissional assim que se formarem. Período, origem e tipos de publicações: a revisão 
foi realizada entre janeiro de 2012 e setembro de 2014, como base de pesquisa da disserta-
ção de mestrado em Bioética na esm do ipn, fundamentada em informação bibliográfica 
documental e artigos científicos. Ponto de vista: é de suma importância que, na formação 
do cirurgião dentista, estejam presentes conhecimentos científicos, técnicos e humanísticos 
como a responsabilidade, o respeito, a beneficência, a não maleficência e a justiça, os quais 
são necessários para realizar uma prática adequada. Finalmente, propõe-se a necessidade 
de fortalecer uma cultura bioética nos estudantes a fim de conscientizá-los sobre o sentido 
da responsabilidade, do respeito e do valor à vida, o que permite o desenvolvimento de 
valores que contribuem para uma mudança cultural de humanismo odontológico.
Palavras-chave: bioética, dispraxia, educação, leis, odontologia, responsabilidade 
profissional.
39Implicaciones bioéticas de la dispraxis odontológica y su relación con la formación educativa
introducción
Los odontólogos actúan bajo el principio de “buena 
fe”, nunca tienen la intención de dañar cuando atien-
den a sus pacientes, es decir, se rigen por el princi-
pio más básico y fundamental de la ética médica. En 
una de sus más antiguas versiones, se encuentra el 
precepto hipocrático primun non nocere, “primero 
no hacer daño”; la implicación moral de este princi-
pio es la de no dañar intencionalmente, en el sentido 
de tener el máximo esmero para que en lo posible no 
ocurra ningún perjuicio [1].
Cuando se trasgreden las normas éticas y afec-
tan directamente a otros individuos, el profesional 
de la salud entra en el campo de las normas jurídi-
cas. De no existir normas elementales de conducta, 
es decir, unas guías que señalen el camino correcto, 
el odontólogo quedaría expuesto a ocasionar graves 
daños en su profesión y a su paciente.
Así, incurrimos en la llamada responsabili-
dad médica, la cual se define como “el delito al que 
pueda incurrir un profesional de la salud durante 
el ejercicio de su profesión al infringir alguna de 
las leyes civiles y penales que norman su conducta 
profesional” [2].
Bioética odontológica
Al escribir un poco más de ética en Odontología, 
resalta el empobrecimiento de las ciencias humanas, 
lo que implica un deterioro de los valores profesiona-
les en los que se sustenta el ejercicio odontológico, ya 
que se ven privados de un sentido humanístico que 
permita desarrollar una profesión altruista [3, 4]. 
Se debe hacer consciencia en el estomatólogo 
sobre las elecciones morales que tome, ya que estas 
pueden tener una consecuencia jurídica. Por lo 
tanto, se ha de tomar en cuenta que, en términos de 
bioética, la moral de “bien hacer” y sobre todo el no 
hacer daño tendrán implicaciones de carácter legal 
por tratarse de una tercera persona sobre la cual 
repercute dicha elección [5, 6]. 
La Odontología necesita conocer las bases filo-
sóficas y los principios fundamentales de la Bioética 
para conducir a una práctica clínica racional y debe 
de estar más consciente del paciente como persona 
y no como una entidad bucal; además de conocer la 
normativa que rige la profesión, pues para que “[...] 
un médico sea un buen médico, no solo necesita 
una técnica correcta, sino también una ética ade-
cuada” [7-9]. 
Cabe agregar que es el mismo profesional de 
la salud bucal quien desconoce su ámbito ético-le-
gal de responsabilidad, así como la manera como se 
encuentra inmerso en este. Su compromiso es con 
la sociedad y es con él mismo como ser humano. 
Como tal, debe apegar su conducta no solo a su 
inteligencia y voluntad, sino también a los valores 
fundamentales inculcados en la sociedad y fomen-
tados durante su formación escolar [10, 11]. 
Responsabilidad profesional
La responsabilidad es un valor que está en la con-
ciencia de las personas,que les permite reflexionar, 
administrar, orientar y valorar las consecuencias 
de sus actos, siempre en el plano de lo moral [12]. 
Este concepto de responsabilidad se mezcla con 
el inicio de la civilización humana, de una manera 
primitiva, cuando predominaba la venganza colec-
tiva, y con el establecimiento de las sociedades en 
lugares determinados, la reparación del daño pasó 
a ser personal, pero no menos violenta; era la repre-
salia del mal con el mal. Con el establecimiento del 
Código de Hammurabi [4], acontece que la con-
ducta de “hacer justicia con las propias manos” no 
traía beneficio a ninguna de las partes y el daño 
no era reparado [13, 14]. 
La enseñanza de las disciplinas en el campo de 
la salud ha estado influenciada desde sus inicios por 
el desarrollo de la ciencia en general y de las ciencias 
médicas en particular, además del desarrollo econó-
mico y social existente. Es así como los currículos se 
relacionan con las necesidades y características de 
cada momento histórico [15, 16]. 
En el siglo xix, el modelo de enseñanza tradi-
cional es el que entrega el marco para el desarro-
llo de las actividades educativas. Este modelo toma 
como base la pedagogía eclesiástica de los jesuitas 
de los siglos xvi y xvii, la cual se fundamentaba en 
la disciplina, la rigidez y el ejercicio de un control 
de arriba hacia abajo: de la institución al profesor 
y de este al alumno [17, 18]. Este mismo modelo se 
aplica, en la actualidad, en la enseñanza de la clí-
nica, en la que el instructor centra la enseñanza en 
su experiencia y el alumno se limita a replicar lo 
enseñando por el tutor [19]. 
Dentro del contexto de la educación odonto-
lógica, los avances tecnológicos, las necesidades 
crecientes de salud oral del conjunto social y la rea-
lidad sociopolítica llevan a las instituciones for-
madoras a replantearse sus hábitos de enseñanza 
40 Artículos de revisión Colombia Forense / Volumen 4 / Número 2 / octubre 2017
y a revisar su estructura para que la enseñanza se 
adapte a los nuevos requerimientos sociales, cientí-
ficos y tecnológicos [20]. 
Dispraxis profesional
La mayoría de los actos erróneos causados por el 
profesional de la salud durante su actuación pro-
fesional son de tipo culposo o imprudencial; y se 
establece médico-legalmente en las leyes y nor-
mas que rigen su profesión si se trató de impericia, 
imprudencia o negligencia. Es así como un hecho 
odontológico, jurídicamente, se calificará como 
dispraxis apenas si se comprueba que el odontó-
logo actuó con impericia, imprudencia, negligen-
cia y dolo, es decir, con al menos uno de los tres 
comportamientos que identifican la responsabili-
dad profesional [21-23]. 
En la actualidad, se pueden agregar otros fac-
tores que también influyen de manera directa en la 
incurrencia de dispraxis por parte de los cirujanos 
dentistas; por ejemplo: la masificación de la ense-
ñanza en una profesión de la que se ha dicho que 
es arte y, por lo tanto, exige un proceso educativo 
personalizado; defectos en la formación profesio-
nal; y condiciones de trabajo inadecuadas y preca-
rias debido a la falta de espacio en el área clínica y 
de instalaciones adecuadas en el caso de las unida-
des dentales [24-26]. 
Lilia Cote y Paul García [27] afirmaron que 
el concepto de responsabilidad profesional es la 
obligación de reparar y satisfacer las consecuen-
cias de los actos, omisiones y errores voluntarios 
e involuntarios incluso, dentro de ciertos límites, 
cometidos en el ejercicio de la profesión. Entraña el 
compromiso moral de responder por los actos pro-
pios y, en algunos casos, por los ajenos, y la obliga-
ción de reparar o indemnizar las consecuencias de 
actos perjudiciales para terceros [28-30]. 
Por lo tanto, la responsabilidad profesional 
en el área médica obedece a situaciones de acción, 
omisión, descuido, olvido, inadvertencias, distrac-
ciones, imprevisiones, morosidad, apatía y precipi-
tación; actitudes que se encuadran principalmente 
en negligencia, impericia e imprudencia. Por otro 
lado, es el mismo profesional de la salud bucal 
quien desconoce su ámbito ético-legal de respon-
sabilidad [31, 32]. 
Su compromiso no solamente es con la socie-
dad, sino también consigo mismo y debe apegar su 
conducta no solo a su inteligencia y voluntad, sino 
además a los valores fundamentales inculcados en 
la familia y fomentados durante su formación esco-
lar [33, 27]. 
En México, los profesionistas de la salud 
poseen dos tipos de responsabilidades principales 
para el buen ejercicio de su profesión [34, 33]: 
•	 responsabilidad civil: es la obligación de res-
ponder ante los demás por actos propios o de 
quienes estén a nuestro servicio, según lo que 
marca la legislación civil, penal y la ley de profe-
siones; es decir, la obligación de resarcir los da-
ños y perjuicios ocasionados con nuestro actuar 
[35, 36]. Se encuentra en el Código Civil Federal 
de la República Mexicana, abarcando el libro 
cuarto, primera y segunda parte, título prime-
ro, Capítulo V. De las obligaciones que nacen de 
los actos ilícitos y de la prestación de servicios 
profesionales.
•	 responsabilidad penal: se define como la obli-
gación de responder ante una sociedad y ante los 
demás (reparación del daño) cuando a causa de 
la realización de una conducta determinada, se 
produzca un resultado tipificado en el Código 
Penal como delito; se entiende como delito al 
acto u omisión que sancionan las leyes penales 
[37]. Se encuentra en el Código Penal Federal 
de la República Mexicana en el libro segundo, 
título decimosegundo, Capítulo I. Disposiciones 
generales.
Además, está la normativa mexicana que rige 
el ejercicio profesional en materia de salud [38]: 
•	 Constitución Política mexicana
•	 Ley Reglamentaria del artículo 5 constitucio-
nal relativo al ejercicio de profesiones
•	 Ley General de Salud
•	 Normas oficiales mexicanas
•	 Guías de práctica clínica odontológica
•	 Normas y códigos éticos en odontología
Dichos documentos regulan el ejercicio pro-
fesional mexicano en los profesionales de la salud 
para garantizar a los pacientes una atención odon-
tológica adecuada conforme a la legalidad y a prin-
cipios bioéticos vigentes [39-43].
Si se omiten las regulaciones contenidas en 
dichas leyes y normas, se entra en el rubro de res-
ponsabilidad profesional y dispraxis, es decir, según 
la legislación mexicana. El doctor Martínez Murillo 
41Implicaciones bioéticas de la dispraxis odontológica y su relación con la formación educativa
[38] menciona que para que exista un delito en el 
ejercicio profesional, existen tres requisitos: 
•	 Una acción u omisión en los actos
•	 Un mal o un daño efectivo y concreto
•	 Una relación de causa-efecto
De acuerdo con el doctor Lara [44], la dispra-
xis profesional se refiere a una mala práctica por 
incompetencia del profesional de la salud asociada 
a la negligencia, la impericia y la imprudencia.
Por lo tanto, se interpreta como dispraxis 
profesional el actuar por fuera de los criterios de 
la lexartis, los cuales son los criterios de actuación 
adecuada seguidos por toda la comunidad sanita-
ria y científica. Si la lexartis [45] significa el modo 
de hacer las cosas bien, la dispraxis sería no cum-
plir adecuadamente, salvo justificación razonada, 
con las reglas y los preceptos destinados para este 
fin; es decir, “dispraxis” puede significar no seguir 
la lexartis.
La definición de dispraxis da por sentado que 
se ha cometido un acto violatorio de una norma 
o una ley; así como de la responsabilidad médica, 
en la que se impone el acto consumado, desarro-
llado y realizado con total culpabilidad por parte 
del médico. Todo ello es sensato si esta parte de la 
violación de la norma es por acción o por omisión; 
ha sido desarrollada acorde con las probanzas sur-
gidas de un juicio justo, con una o varias peritacio-
nes que fehacientemente acrediten tal comisión de 
un delito [46, 47]. 
Al entender el concepto de “mala praxis pro-
fesional” como el ejercicio idóneode una actividad 
y la idoneidad se traduce al lenguaje jurídico como 
la ausencia de diligencias apropiadas de conformi-
dad con la naturaleza de la prestación que forma el 
contenido de una obligación cualquiera, importa 
el obrar desajustado a un deber jurídico que puede 
sustentarse en una estipulación contractual previa 
o en el deber general de no dañar que está implícito 
en todo ordenamiento jurídico [48]. 
Para que el profesionista en Odontología tenga 
éxito en el ejercicio de su profesión, debe mostrar 
un comportamiento responsable empeñándose 
en no ser negligente (omiso), imprudente o pre-
cipitado, y tampoco imperito; realizando siempre 
procedimientos clínicos para los cuales esté debi-
damente preparado. 
Al establecer la obligación moral de estudiar 
continuamente para actualizarse en los avances de su 
profesión, con el propósito de ofrecer al paciente ser-
vicios de calidad con calidez basados en conceptos y 
prácticas científicamente validadas para realizar un 
buen diagnóstico y tratamiento de su enfermedad, 
el estomatólogo evitaría incurrir en dispraxis [49]. 
conclusión
Si bien la práctica odontológica como profesión de 
la salud cuenta con un marco ético específico, este 
necesariamente tiene que apoyarse en un proyecto 
más amplio que favorezca el pleno desarrollo de los 
alumnos en un clima de respeto, igualdad y tole-
rancia; desempeñando una práctica profesional 
menos paternalista con parámetros técnicos, éticos 
y bioéticos claros que faciliten el aprendizaje de la 
Odontología con la finalidad de que los estudiantes 
no incurran en dispraxis profesional una vez egre-
sados de sus centros educativos.
Es importante subrayar que se debe dar énfa-
sis entre la enseñanza de la ciencia y técnica odon-
tológica y la fundamentación bioética, basada en 
el respeto, la integridad y la búsqueda del bien, así 
como la construcción de saberes que favorecen la 
comprensión de los principios universales y su vali-
dez en el ámbito profesional.
Además de ser estrictamente necesario el desa-
rrollo de habilidades sociales y capacidades de tra-
bajo en equipo, así como favorecer el conocimiento 
de los deberes y las responsabilidades de los futuros 
odontólogos en el desarrollo de su labor profesio-
nal, también lo es transmitir valores éticos esen-
ciales para el desempeño de la profesión mediante 
el desarrollo de las habilidades humanas y sociales 
para el trabajo en grupo, con la finalidad de favore-
cer una toma de decisiones responsable y de poten-
ciar el conocimiento y desarrollo de las virtudes 
profesionales.
Finalmente, en la formación profesional de la 
Odontología se plantea la necesidad de fortalecer 
una cultura bioética en los estudiantes, que propi-
cie un cambio favorable en la profesión, enseñando 
a los alumnos el sentido de responsabilidad social 
de su profesión, y para que su satisfacción moral 
sobre el servicio prestado esté por encima del bene-
ficio e interés personal, además de la exaltación por 
el respeto y el valor a la vida y a su preservación, lo 
que permite el desarrollo de valores que aporten un 
cambio cultural de respeto, humanismo y equidad.
42 Artículos de revisión Colombia Forense / Volumen 4 / Número 2 / octubre 2017
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