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LEY ORGÁNICA

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LEY ORGÁNICA
Se denominan leyes orgánicas a aquellas referidas a asuntos de tal importancia para la nación, que su aprobación requiere de un consenso y procedimiento aprobatorio por el poder legislativo, detentado usualmente por el parlamento, asamblea nacional o congreso. Usualmente las leyes orgánicas refieren a materias vitales para la vida democrática del país, como son las normas constitucionales fundamentales, las libertades públicas o la articulación de los poderes del Estado.
Las leyes orgánicas se consideran una suerte de peldaño intermedio entre las leyes ordinarias y el texto constitucional, por lo que la aprobación, modificación o derogación de este tipo de leyes en un parlamento exige generalmente algo más que mayoría simple (mayoría absoluta o algún tipo de mayoría cualificada), de acuerdo a lo que establezca al respecto el marco jurídico nacional. Debe notarse que no todos los países poseen un marco legal que contemple leyes orgánicas.
El antecedente jurídico más inmediato de una ley orgánica se halla en el Derecho francés, específicamente en el texto de la Constitución de 1958, con la que se fundó la V República Francesa.
Importancia de las leyes orgánicas
Las leyes orgánicas constituyen una herramienta útil para ejercer cambios significativos o de vital importancia en el modo de operar de los Estados, sin tener que alterar o reformular el marco constitucional, lo cual implicaría básicamente refundar la República o iniciar algún tipo de proceso de enmienda o de Asamblea Constituyente, lo cual siempre representa un proceso largo, difícil y riesgoso. En ese sentido, las leyes orgánicas son una salida intermedia para el manejo de cambios profundos en materia vital para el Estado.

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