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05-Sitios-sagrados-Pueblos-Indigenas

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Segunda edición: julio, 2015
ISBN: 978-607-729-130-5
D. R. © Comisión Nacional 
de los Derechos Humanos
Periférico Sur 3469,
esquina Luis Cabrera,
Col. San Jerónimo Lídice,
C. P. 10200, México, D. F.
Diseño de portada:
Éricka Toledo Piñón 
Impreso en México
Sitios sagrados y derechos humanos de los pueblos indígenas, editado por 
la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, se terminó de 
imprimir en julio de 2015 en los talleres de Impresos Publicitarios 
y Comerciales, S. A. de C. V., calle Delfín, manzana 130, lote 14, 
colonia Del Mar, Delegación Tláhuac, C. P. 13270, México, D. F. 
El cuidado de la edición estuvo a cargo de la Dirección de Publi-
caciones de esta Comisión Nacional. El tiraje consta de 5,000 
ejemplares.
Sitios sagrados 
y derechos humanos 
de los pueblos 
indígenas 
5
1. Introducción
Para interactuar con su medio, los seres huma-
nos han creado una serie de reglas básicas de 
observancia para el buen vivir que señalan las 
formas ideales de convivencia entre los seme-
jantes y con el entorno; asimismo, se ha funda-
mentado la legitimidad de dichas reglas en un 
conjunto estructurado de diversos sistemas ideo-
lógicos mediante los cuales cada grupo social, 
en determinado momento histórico, busca apre-
hender el universo y englobar todos los sistemas, 
ordenarlos y ubicarlos. Esto se denomina cosmo-
visión.1
Con frecuencia, esos sistemas ideológicos tienen 
lugares específicos que simbolizan ya sea el ori-
gen o un hito cultural importante, fundamental 
para la identidad del grupo. A esos lugares se 
les denomina sitios sagrados.
1 Alfredo López Austin, Cuerpo humano e ideología. Las concepciones de 
los antiguos nahuas. México, IIA-UNAM, 1990, vol. I, p. 20.
6
Los pueblos indígenas —como todos los grupos 
humanos— poseen sitios sagrados que son sím-
bolos esenciales de su identidad y, por tanto, 
constituyen su patrimonio cultural. Un lugar 
sagrado es un espacio natural o arquitectónico 
en donde los pueblos indígenas establecen comu-
nicación con sus deidades y antepasados con la 
finalidad de obtener un beneficio material y/o 
espiritual. 
Los sitios sagrados son parte importante del 
patrimonio cultural, que incluye todas las ex-
presiones de la relación entre un pueblo, como 
colectividad, con su tierra, con otros seres vivos 
y con conceptos inmateriales, y que comparten 
un mismo espacio. 
Todos los aspectos del patrimonio se relacionan 
entre sí y son inherentes al territorio tradicional 
de un determinado pueblo. Cada uno decide 
históricamente, por sí mismo, los aspectos tan-
gibles e intangibles (materiales e inmateriales) 
que constituyen su patrimonio. Esto es válido 
para todos los grupos humanos, sin importar la 
cultura a la que pertenezcan. 
7
El patrimonio intangible es un acervo de conoci-
mientos y técnicas que se transmiten de generación 
en generación, que consta de tradiciones o ex-
presiones vivas heredadas de los antepasados y 
transmitidas a los descendientes. Se compone 
de tradiciones orales, artes del espectáculo, usos 
sociales, rituales, actos festivos, conocimientos y 
prácticas relativos a la naturaleza y al universo, 
además de “saberes” y técnicas vinculados a la 
artesanía tradicional. Por tanto, el patrimonio 
intangible es al mismo tiempo tradicional, con-
temporáneo y vivo; también es integrador, repre-
sentativo y basado en una comunidad humana 
específica.2 
Asimismo, el patrimonio cultural es tangible y se 
encarna en monumentos, grupos de edificios y 
sitios naturales a los que las culturas otorgan valor 
histórico, estético, arqueológico, científico, etno-
lógico o antropológico. No debe confundirse con 
el patrimonio natural, es decir, con formaciones 
2 Sector de Cultura de la UNESCO – Patrimonio Inmaterial – 
Convención 2003. Disponible en: http://www.unesco.org/cultu-
re/ich/index.php?pg=00002.
8
físicas, biológicas y geológicas excepcionales; 
hábitats de especies animales y vegetales amena-
zadas, y zonas que tengan valor científico, de 
conservación o puramente estético.3
Algunos países carecen de políticas claras res-
pecto de la preservación y conservación del 
patrimonio cultural, lo que obliga a promover 
su uso, protección y mantenimiento. Entre los 
patrimonios culturales que se hallan en acusada 
situación de vulnerabilidad están los sitios sa-
grados, que también son, quizá, los que conjun-
tan más elementos identitarios de los pueblos 
indígenas y tribales del planeta. 
El sitio sagrado tiene un significado común para 
todos los integrantes de un pueblo, que cohe-
siona emocional, cultural y socialmente a las 
personas en torno a mitos originarios, en gene-
ral fundacionales, por lo que forja elementos 
esenciales para la identidad colectiva.
3 Idem.
9
 II. Condición de los sitios 
sagrados en México 
En la actualidad, los pueblos indígenas mexica-
nos enfrentan múltiples conflictos en relación 
con el uso y preservación de sus sitios sagrados. 
De manera sucinta se puede especificar que 
cuando los sitios sagrados se localizan en su te-
rritorio, los problemas son menos frecuentes, 
pero cuando se ubican fuera de tierra indígena 
se multiplican.
Con la creciente migración de indígenas, tanto 
dentro como fuera del país, el papel de los centros 
ceremoniales como integradores sociales se ha 
incrementado. Por ejemplo, las comunidades 
mixtecas y zapotecas de Oaxaca conservan su 
existencia colectiva a pesar de estar esparcidas 
por todo el hemisferio norte. La cooperación 
económica —sustitutiva del tequio— y, sobre 
todo, el retorno a la comunidad de origen duran-
te las fiestas religiosas renueva constantemente 
los lazos entre la gente. En muchas ocasiones los 
 
10
migrantes conservan sus cargos4 y regresan a 
cumplirlos durante las fiestas.5 
Cabe destacar que en el presente la amenaza más 
grande para los lugares sagrados la constituyen 
proyectos de desarrollo (presas, carreteras, minas, 
proyectos turísticos y de crecimiento urbano, 
etcétera) que se planean fuera de las comunidades 
 
4 “El sistema de cargos consiste en un número de oficios que están 
claramente definidos como tales y que se rotan entre los miembros 
de la comunidad, quienes asumen un oficio por un periodo corto 
después de lo cual se retiran a su vida normal por largo tiempo. Los 
oficios están ordenados jerárquicamente y el sistema de cargos com-
prende a todos —o casi todos— los miembros de la comunidad. Los 
cargueros no reciben pago alguno durante su periodo de servicio, 
por el contrario, muy a menudo el pago significa un costo conside-
rable en tiempo de trabajo perdido y en gastos en dinero en efecti-
vo, pero como compensación el cargo confiere al responsable un 
gran prestigio en la comunidad. El sistema de cargos comprende 
dos jerarquías separadas, una política y una religiosa, pero las dos 
jerarquías están íntimamente relacionadas, y después de haber asu-
mido los cargos más importantes del sistema un miembro de la 
comunidad es considerado como ‘pasado’ o ‘principal’”. Leif Kors-
baek, Introducción al sistema de cargos. México, Universidad Autónoma 
del Estado de México, 1996, p. 82. 
5 Ari Rajsbaum, “Lugares y objetos sagrados”, en Yuri Escalante, 
Sandra Chávez y Ari Rajsbaum, Pirámides, cerros y calvarios. Lugares 
sagrados y legislación mexicana. México, INI/CNDH, 2001, pp. 77-83.
11
indígenas, por lo general sin consultarlas y a veces 
sin ser las beneficiarias directas de éstos.
No existe un censo completo sobre la cantidad, 
características y ubicación de todos los sitios sa-
grados de los pueblos indígenas en México, razón 
por la cual la Comisión Nacional de los Derechos 
Humanos visitó, en conjunto con servidores pú-
blicos del Instituto Nacional Indigenista (actual 
Comisión Nacional para el Desarrollo de los 
Pueblos Indígenas), 45 sitios sagrados correspon-
dientes a 18 pueblos originarios en 15 estados de 
la República Mexicana, con el fin de contar con 
una muestra para realizar un primer acercamien-
to a la situación de esos lugares en elpaís.6 
En el estado de Baja California se visitaron 
sitios sagrados de los pueblos indígenas cochimí, 
kumiai, paipai y cucapah; en Sonora, los sitios 
correspondieron a los tohono-o’otam, comca’ac 
y yoreme (mayos); en Sinaloa, al pueblo indígena 
6 Brigada de visitadores de la CNDH y funcionarios del entonces 
Instituto Nacional Indigenista (INI) visitaron varios sitios sagrados 
de diferentes pueblos indígenas durante 2002. Posteriormente, en 
2008, delegados de la CNDH regresaron a algunos de esos sitios. 
12
yoreme; en Nayarit y Jalisco, al pueblo wirra-
rika (huichol); en San Luis Potosí se visitaron 
los sitios correspondientes a los pueblos indígenas 
teenek, nahua, wirrarika y pame; en Michoacán, 
al pueblo indígena purépecha; en Morelos y 
Guerrero, al pueblo nahua; en Hidalgo, al 
pueblo ñhañhu (otomí); en Veracruz, al pueblo 
totonaco; en Oaxaca, a los pueblos ñuu savi (mix-
teco), ben’zaa (zapoteco) y ha shuta enima (ma-
zateco), y en Campeche, Quintana Roo y 
Yucatán, al pueblo maya.
Se observó que los sitios sagrados en donde los 
pueblos indígenas realizan prácticas culturales 
asociadas con su cosmovisión son espacios disí-
miles. Por ejemplo, el cementerio del pueblo 
indígena cochimí; las cuevas de los pueblos in-
dígenas teenek, nahua, pame y ñhañhu; los 
templos del pueblo yoreme; los cerros de los pue-
blos yoreme y kumiai; Doble “Y” (bifurcación 
de caminos), del pueblo comca’ac; Anakie, del 
pueblo wirrarika, en la presa de Aguamilpa; 
Rapawiyeme, del pueblo wirrarika, en Chapala; 
Oztotempan, del pueblo indígena nahua; las 
pinturas del paraje de Oztotitlan, del pueblo 
13
nahua; la laguna de Tut, del pueblo indígena 
ñhañhu; Piedra que Brilla, del pueblo ben’zaa, 
y el templo de San Pedro Apóstol, del pueblo 
ha shuta enima. 
De los 45 sitios sagrados visitados por servidores 
públicos de esta Comisión Nacional, 41 de ellos 
presentan deterioro natural —para lo cual nin-
guna institución cuenta con presupuesto espe-
cífico (como sí existe para los monumentos na-
cionales)—, daño provocado por la expansión 
urbana, dificultades por encontrarse en territo-
rios cuyo uso se ha concesionado a particulares 
o en fronteras (tanto nacionales como estatales), 
y afectación por grandes obras de infraestruc-
tura (presas, carreteras, etcétera).
Los problemas más frecuentes que se presentan 
en los sitios sagrados son:
1. Ataques directos a los sitios sagrados y al 
desarrollo de sus ceremonias. 
2. Agresiones a los valores culturales y reli-
giosos de las comunidades indígenas.
14
3. Inseguridad en el derecho a la propiedad. 
4. Inseguridad para acceder a sus sitios sa-
grados. 
5. Insuficiencia de recursos económicos para 
su preservación.
III. Instrumentos jurídicos para la 
defensa de los sitios sagrados 
Son críticos los problemas de profanación y des-
trucción de lugares sagrados porque existe muy 
poca legislación que los proteja. Aunque los pue-
blos indígenas preservan formas sociales propias 
para mantener y controlar las actividades que 
se efectúan en esos sitios, no siempre es posible 
evitar la injerencia o afectación proveniente 
de una sociedad expansiva y a veces agresiva 
que pone en entredicho la continuidad de un 
culto y, en ocasiones, la permanencia de un lu-
gar sagrado.
Hay que recordar que un lugar sagrado es un 
espacio natural o arquitectónico donde los pue-
blos indígenas establecen comunicación con sus 
deidades y antepasados con la finalidad de obte-
15
ner un beneficio material y/o espiritual. Éstos se 
materializan en piedras, capillas, pirámides, mon-
tículos, islas, volcanes, pozos, agujeros, lagunas, 
grutas, riberas, ríos, cuevas, manantiales, rocas, 
cementerios, templos y zonas arqueológicas, ade-
más de otros sitios donde se celebran cultos y 
ceremonias, individuales o colectivas, que los 
pueblos indígenas consideran sagrados.
Los sitios sagrados guardan estrechos vínculos con 
la estructura político-religiosa y con la comunidad, 
en tanto que los sistemas religioso y político orga-
nizan la participación de personas y grupos en las 
distintas fiestas y ritos del ciclo ceremonial anual. 
No son, en consecuencia, lugares aislados, sino 
componentes del territorio y contienen una signi-
ficación cultural relevante. Hay una relación entre 
los sitios sagrados y la preservación de los territo-
rios; dan identidad y son manifestación viva de la 
existencia de una cultura. Por tanto, su subsisten-
cia es un derecho humano de los pueblos indígenas 
y, como tal, las leyes y acciones del gobierno mexi-
cano deben contemplar su protección. A conti-
nuación se presentan los instrumentos jurídicos 
nacionales e internacionales que sirven para la 
16
defensa de estos sitios y que protegen el derecho 
de los pueblos indígenas a mantenerlos.
En nuestro país, la Constitución Política garan-
tiza, en su artículo 1o., párrafo primero, la igual-
dad de todos los habitantes del país al señalar que 
en el territorio de los Estados Unidos Mexicanos 
todas las personas gozarán de los derechos hu-
manos reconocidos en esta Constitución. En ese 
contexto, proscribe la discriminación por motivos 
de creencias en el párrafo quinto, artículo 1o., 
el cual establece que queda prohibida toda dis-
criminación causada, entre otros factores, por 
religión, opiniones y preferencias sexuales, y que 
tenga por objeto anular o menoscabar los dere-
chos y libertades de las personas.
Asimismo, la Constitución, en su artículo 2o., 
apartado A, fracción IV, reconoce, entre otros, 
el derecho de los pueblos y comunidades indí-
genas a preservar y enriquecer sus lenguas, 
conocimientos y todos los elementos que cons-
tituyan su cultura e identidad. Además, en 
su fracción VII garantiza que las entidades fe-
derativas reconocerán y regularán estos dere-
17
chos en los municipios; para ello, ordena en la 
fracción VIII que las constituciones y las leyes 
de las entidades federativas establezcan las ca-
racterísticas de libre determinación y autonomía 
que mejor expresen las situaciones y aspiracio-
nes de los pueblos indígenas en cada entidad. 
En el apartado B de dicho artículo, la Consti-
tución Política de los Estados Unidos Mexicanos 
determina que la Federación, los estados y los 
municipios, para promover la igualdad de opor-
tunidades de los indígenas y eliminar cualquier 
práctica discriminatoria, establecerán las insti-
tuciones y determinarán las políticas necesarias 
para garantizar la vigencia de los derechos de 
los indígenas y el desarrollo integral de sus pue-
blos y comunidades, las cuales deberán ser di-
señadas y operadas conjuntamente con ellos.
 
A partir de 2001 se modificaron varias leyes fe-
derales para acatar las disposiciones de la Cons-
titución Política de los Estados Unidos Mexicanos 
relativas a los derechos de los pueblos y comuni-
dades indígenas. Hoy en día, las principales leyes 
federales que contemplan la preservación de la 
identidad cultural de estos pueblos son:
18
1. Ley de la Comisión Nacional para el De-
sarrollo de los Pueblos Indígenas.
2. Ley General de Derechos Lingüísticos de 
los Pueblos Indígenas.
3. Ley de Desarrollo Rural Sustentable.
4. Ley General de Pesca y Acuacultura Sus-
tentables.
5. Ley General de Desarrollo Social.
6. Ley Federal para Prevenir y Eliminar la 
Discriminación.
A su vez, la siguiente legislación atiende la con-
sulta y participación de los pueblos y comuni-
dades indígenas:
1. Ley de la Comisión Nacional para el De-
sarrollo de los Pueblos Indígenas.
2. Ley de Desarrollo Rural Sustentable.
3. Ley General de Salud.
4. Ley de Asistencia Social.
Por su parte, varias Constituciones locales se 
adecuaron al mandato federal al incorporar la 
protección de sus pueblos y comunidades indí-
19
genas. Algunas entidades han emitido leyes re-
glamentarias en la materia y 17 de ellas ordenan 
expresamente en sus estatutos la preservación 
de la identidad cultural de sus pueblos y comu-
nidades indígenas.
Cabe resaltar también la tesis aislada de la 
Suprema Cortede Justicia de la Nación 
(Pleno de la SCJN, 28 de noviembre de 2002. 
Tesis CXXXVIII/2002. Semanario Judicial de la 
Federación y su Gaceta, XVI, p. 445), relativa a 
“Derechos de los Indígenas. La Constitución 
Federal Reconoce el Principio Territorial de sus 
Pueblos y el Derecho Preferente de las Comu-
nidades al Uso y Disfrute de los Recursos Na-
turales de los Lugares que Ocupan”, en la que, 
interpretando el artículo 2o. de la Constitución 
Política de los Estados Unidos Mexicanos, se 
estipula que en ese precepto se
[…] consagra el principio territorial de los 
pueblos indígenas, al reconocer su unidad con 
los territorios que ocupan y su hábitat y, por 
tanto, el derecho a su explotación en la forma 
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y modalidad de propiedad y tenencia de la 
tierra que libremente decidan dentro de los 
establecidos en la Constitución Federal y las 
leyes de la materia […] que exige el respeto 
a los derechos adquiridos por terceros o por 
integrantes de la comunidad.
Por otra parte, en el orden internacional hay 
varios instrumentos —signados por México— 
que protegen sitios sagrados, creencias y patri-
monios culturales de los pueblos indígenas. Los 
más importantes son:
1. Convenio 169 sobre Pueblos Indí-
genas y Tribales en Países Indepen-
dientes de la Organización Inter-
nacional del Trabajo, el cual, en 
términos de lo establecido en el artículo 
133 constitucional, forma parte de la Ley 
Suprema de la Unión. 
2. Declaración de Naciones Unidas 
sobre los Derechos de los Pueblos 
Indígenas.
3. Declaración Universal de Derechos 
Humanos. 
21
4. Declaración Americana de los De-
rechos y Deberes del Hombre. 
5. Declaración sobre los Derechos de 
las Personas Pertenecientes a Mi-
norías Nacionales o Étnicas, Reli-
giosas y Lingüísticas de la ONU. 
6. Declaración Relativa a la Destruc-
ción Intencional del Patrimonio 
Cultural de la UNESCO.
7. Pacto Internacional de Derechos 
Económicos, Sociales y Culturales 
de la ONU.
8. Pacto Internacional de Derechos 
Civiles y Políticos de la ONU. 
9. Convención del Patrimonio Mun-
dial, Cultural y Natural de la 
UNESCO. 
10. Convención para la Salvaguarda 
del Patrimonio Cultural Inmaterial 
de la UNESCO. 
Los sitios sagrados de los pueblos indígenas sólo 
tienen sentido desde una perspectiva cosmogó-
nica. No son solamente lugares sagrados de 
determinada religión, sino que contienen la 
22
identidad de ese pueblo; su uso y preservación 
afecta todos los ámbitos de la vida comunitaria 
y de los individuos. Gracias a su existencia y a 
la posibilidad de realizar celebraciones en ellos, 
es viable la obtención de los elementos necesa-
rios para la subsistencia del grupo, para la con-
vivencia pacífica de sus integrantes y para otor-
garles un sentido de pertenencia y, con ello, de 
identidad. Por tanto, conectan a los partícipes 
con todos sus semejantes, con sus antepasados 
y con el universo. Por estas características son 
vitales para los pueblos indígenas y su preserva-
ción es un derecho humano, en principio de 
estos pueblos y luego de los mexicanos, todos 
integrantes de esta nación pluricultural, México.
Elaborado por: 
Josefina María de la Soledad Melesio Nolasco,
Cuarta Visitaduría General.
23
La CNDH cuenta con personal de guardia que 
se encarga de recibir y atender quejas urgentes, 
así como de proporcionar cualquier tipo de ase-
soría o información de manera gratuita durante 
las 24 horas del día los 365 días del año, en:
Teléfonos: (55) 56 81 81 25 y (55) 54 90 74 00, 
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Lada sin costo: 01 800 715 20 00 
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Comisión Nacional de los Derechos 
Humanos
Periférico Sur 3469,
Colonia San Jerónimo Lídice,
Delegación Magdalena Contreras,
México, D. F.,
C. P. 10200
Dirección electrónica: www.cndh.org.mx 
Área de emisión: Cuarta Visitaduría General 
Fecha de elaboración: julio, 2013
Número de identificación: INDG/CART/205
Área de emisión: CENADEH 
Fecha de elaboración: enero de 2012
ISBN: 978-607-729-130-5

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