Logo Studenta

R-001788-2005

¡Estudia con miles de materiales!

Vista previa del material en texto

R.I.N : 000 3A0000/2005-001788 
FECHA: 13/10/2005 
 
Visto los expedientes N° 000-2005-013934-4 y 
N° 000-2005-019156-0, presentados por la empresa ALGATE IMPORTADORES & 
REPRESENTACIONES E.I.R.L., identificada con RUC N° 20507922695, solicitando la 
clasificación arancelaria del producto denominado comercialmente “CEPILLADORA 
DE MADERA”, marca Auto Planner, modelo SA 380 E”. 
 
CONSIDERANDO: 
 
Que el producto denominado comercialmente 
“CEPILLADORA DE MADERA”, marca Auto Planner, 
modelo SA 380 E, se presenta como una máquina diseñada 
exclusivamente para realizar operaciones de cepillado y 
acabado en piezas de madera, tales como la eliminación de 
viruta y alisado. Está constituida por una superficie metálica de 
forma plana, de 15”x8” de dimensiones, montada sobre un 
basamento metálico de cuatro patas formando un solo cuerpo, 
la cual lleva insertadas tres cuchillas de acero que se pueden 
regular para el trabajo del cepillado, mediante una manivela de 
accionamiento manual fijada a la máquina, la misma que es 
accionada mediante un motor eléctrico monofásico de 2 HP, 
para un voltaje de 220v y 60Hz. Se utiliza en carpintería para el 
cepillado de la madera; 
 
Que en la Nomenclatura del Sistema 
Armonizado, la Sección XVI comprende a las máquinas y aparatos, así como también 
al material eléctrico y sus partes, ubicando en el Capítulo 84 a las máquinas, aparatos 
y artefactos mecánicos. Dada las características del producto a clasificar, podría 
considerarse en la partida 84.57 que comprende a las herramientas neumáticas, 
inclusive con motor eléctrico incorporado, sin embargo; por tratarse de una 
herramienta que está diseñada para trabajar en forma fija y no para uso manual o 
portátil, se excluye de ésta partida. Teniendo en cuenta que el texto de la partida 
84.65, contiene específicamente a las máquinas destinadas a para el trabajo de la 
madera, no tratándose de una cepilladora de control numérico, es que le corresponde 
clasificarse en la subpartida nacional 8465.92.90.00, en aplicación de la 1ra. y 6ta. 
Reglas Generales para la Interpretación de la Nomenclatura del Arancel de Aduanas, 
aprobado por D.S. N° 239-2001-EF; 
 
Estando al informe N° 1511-2005-SUNAT-
3A1200 de la División de Nomenclatura Arancelaria de la Intendencia Nacional de 
Técnica Aduanera; 
 
De conformidad con el artículo 139°, inciso d) del 
Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de 
Administración Tributaria, aprobado por Decreto Supremo N° 115-2002-PCM; 
 
SE RESUELVE: 
 
ARTICULO PRIMERO.- Clasifíquese al producto 
denominado comercialmente “CEPILLADORA DE MADERA”, marca Auto Planner, 
modelo SA 380 E, en la subpartida nacional 8465.92.90.00 del Arancel de Aduanas, 
aprobado por D.S. N° 239-2001-EF, por las razones expuestas en la parte 
considerativa de la presente resolución. 
 
ARTICULO SEGUNDO.- La presente Resolución 
será de aplicación obligatoria por las Intendencias de Aduana de la República y 
entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Portal de la 
SUNAT. 
 
ARTICULO TERCERO.- La presente Resolución 
tiene efecto solo para fines de clasificación arancelaria y no autoriza el despacho del 
bien clasificado, el mismo que deberá sujetarse a las normas vigentes aplicables a los 
regímenes y destinos especiales aduaneros. 
 
 
Regístrese, comuníquese, transcríbase y publíquese. 
 
 
 
 Original firmado por 
 JULIO CESAR PAZ SOLDAN OBLITAS 
Intendente Nacional de Técnica Aduanera 
 
 
 
Distribución 
INTA 
Interesado 
Expte. 013934-4 Cepilladora 
02-09-2005 
JPS/RRA/ELV/CPP 
 
 
 
 
	R.I.N : 000 3A0000/2005-001788
	JULIO CESAR PAZ SOLDAN OBLITAS
	Distribución

Continuar navegando

Materiales relacionados

158 pag.
A2-714

IPN

User badge image

Todos los Materiales

73 pag.
Diseño y Fabricación de un Troquel

IPN

User badge image

Todos los Materiales

36 pag.
c47-2015

User badge image

Todo para que Aprendas