Descarga la aplicación para disfrutar aún más
Vista previa del material en texto
1La limpieza de sangre en el siglo XVIII venezolano LA LIMPIEZA DE SANGRE EN EL SIGLO XVIII VENEZOLANO 2 Ángel Rafael Almarza A 200 AÑOS DE LA INDEPENDENCIA, LA REVOLUCIÓN CONTINÚA Colección Monografías El pueblo es la historia 3La limpieza de sangre en el siglo XVIII venezolano LA LIMPIEZA DE SANGRE EN EL SIGLO XVIII VENEZOLANO Ángel Rafael Almarza Caracas, 2009 4 Ángel Rafael Almarza Colección Monografías El pueblo es la historia Comisión Editorial Arístides Medina Rubio Pedro Enrique Calzadilla Luis Felipe Pellicer Asistente Editorial Joselin Gómez Corrector(es) Eduardo Cobos Diagramación Nina Ramírez Diseño de portada Aarón Lares Imagen de la portada Miguel Cabrera, De español y de india, mestiza, 1763 Impresión Printanet, C.A. La limpieza de sangre en el siglo XVIII venezolano Primera edición: Fundación Centro Nacional de Historia, Caracas, 2009 Fundación Centro Nacional de Historia.- Editor Final Av. Panteón, Foro Libertador, Edificio Archivo General de la Nación P.B. Caracas – Venezuela centronacionaldehistoria@gmail.com Depósito Legal: lf22820099004121 ISBN: 978-980-7248-18-1 Impreso en la República Bolivariana de Venezuela 5La limpieza de sangre en el siglo XVIII venezolano Introducción ....................................................................................................... 7 Capítulo I La Limpieza de sangre en España ................................................ 15 Orígenes del problema. De judios a conversos: de la comprensión a la hostilidad anticonversa ............................................................................. 15 Difusión de los Estatutos de Limpieza de sangre en las comunidades religiosas y seglegares de España ............................................................ 33 La incorporación de los Estatutos de limpieza de sangre en América .. 42 Capítulo II La Limpieza de sangre en la Provincia de Caracas ...................... 49 La limpieza de sangre y la Universidad de Caracas ................................... 50 La limpieza de sangre y el Colegio de Abogados de Caracas ................. 79 La limpieza de sangre en la sociedad ........................................................ 110 Conclusión ................................................................................................... 127 Fuentes ......................................................................................... 131 Índice General 6 Ángel Rafael Almarza 7La limpieza de sangre en el siglo XVIII venezolano La noción sobre limpieza de sangre surgió del enfrentamiento entre cristianos, judíos y moros durante el proceso de fortalecimiento de la elite cristiana en el momento de la Reconquista española, que culminó a finales del siglo XV. La limpieza de sangre fue un procedimiento institucional orientado a establecer el linaje del solicitante para comprobar su calidad y demostrar que no pertenecía ni descendía de judíos ni moros. Este formalismo dio origen al establecimiento de los Estatutos de limpieza de sangre como mecanismo efectivo de exclusión de los judíos, moros y sus descendientes de posiciones importantes en el ámbito público y religioso de la sociedad española. El cumplimiento de este requisito fue indispensable para la admisión en instituciones militares, civiles y eclesiásticas, convirtiéndose en una cuestión de honor poseerlo. Esta concepción dio origen a la idea del "cristiano viejo"; quien al no pertenecer ni descender de judíos ni moros, demostraba ser "limpio de sangre", alcanzando el control y la preservación de las instituciones más importantes, así como los valores en los cuales fueron sostenidos y garantizando, de esta manera, su hegemonía dentro de la sociedad peninsular de Antiguo Régimen. La transferencia de la idea de limpieza de sangre hacia América está relacionada al principio de control, orden social, Introducción 8 Ángel Rafael Almarza político y religioso de las provincias de ultramar por parte de la Metrópoli. Desde el punto de vista legal, la incorporación de los estatutos de limpieza de sangre en el derecho indiano se evidenció en la prohibición de embarcarse a los descendientes de judíos o moros hacia el Nuevo Continente, al igual que la ejecución de aquellos en las diferentes reglamentaciones de las principales instituciones de las sociedades hispanoamericanas. El concepto de limpieza de sangre se convirtió en la base ideológica de un sistema de estratificación social jerárquica, basada en el origen del individuo: español, indio o negro y fue utilizado como mecanismo efectivo para excluir a los nativos originales de América, a los africanos y a sus descendientes de las instituciones civiles y eclesiásticas de las provincias de ultramar. En la Provincia de Caracas, durante el siglo XVIII, hay evidencias de su uso para los más distintos fines, al igual que en España y en otras regiones de la América española. Los juicios o demostraciones de calidad y limpieza de sangre en la Provincia de Caracas estaban sujetos a un procedimiento cuyo propósito era establecer la pureza o calidad del individuo. En este juicio, y a través de la presentación de testigos y documentación probatoria, se realizaba una investigación del origen, méritos, comportamientos y calidad del interesado con la finalidad de cumplir un requisito indispensable en diversas instituciones o instancias de la sociedad. En el caso de la Provincia de Caracas nos interesa identificar y analizar, a partir de la documentación sobre el tema, cómo este procedimiento se convirtió en uno de los factores fundamentales de control del orden jerárquico de la sociedad provincial, mediante la exclusión de los indios, negros y sus descendientes de posiciones primordiales en la sociedad caraqueña en el siglo XVIII ya fuese para ingresar a la Universidad de Caracas, al Colegio de Abogados, a las instituciones militares o eclesiásticas. Así mismo para contraer matrimonio entre gente de la misma calidad, para crear mayorazgos o para solicitar títulos de nobleza, entre muchos otros. 9La limpieza de sangre en el siglo XVIII venezolano La importancia de un estudio como el que se pretende realizar sobre la limpieza de sangre en la Provincia de Caracas en el siglo XVIII, radica en la posibilidad de tener un mayor conocimiento del sistema de valores de la sociedad provincial, profundizando sobre este aspecto específico algunos de los resultados ya elaborados acerca de la familia, el matrimonio, la mujer, las redes sociales, el comportamiento social, entre otros, que han favorecido la comprensión de los fundamentos de la sociedad venezolana del siglo XVIII, temas, por cierto, desatendidos hasta tiempos recientes por la historiografía venezolana. La idea de emprender esta investigación surgió a partir del Seminario dirigido por el Profesor Luis Felipe Pellicer titulado Historia de la Familia en la Provincia de Venezuela y de la Electiva titulada La Nobleza Criolla en la Provincia de Venezuela, dirigida por la Profesora Inés Mercedes Quintero. Una vez escogido el tema a investigar se inició la revisión de las fuentes bibliográficas que hacen referencia al tema de la limpieza de sangre tanto en España, América y en Venezuela. Posteriormente, se realizó la búsqueda de las fuentes documentales existentes sobre la materia en los diferentes archivos de Caracas, además de que se procedió a la consulta de las recopilaciones documentales. En cuanto al arqueo de fuentes bibliográficas encontramos que el estudio sobre limpieza de sangre ha sido materia de interés por parte de quienes se han ocupado de la historia española y americana. En un principio, quienes se dedicaron a temas relacionados con la limpieza de sangre, lo hicieron desde la perspectiva del estudio de la nobleza a través de la genealogía, en donde la preocupación fundamental fue reconstruir lo más fielmente posible la línea de sucesión de los títulos nobiliarios, la calidad de la familia, el origen de los ancestros y describir en tono apologético la trayectoria del linaje en cuestión,todos ellos relacionados, de una u otra manera, con la limpieza de sangre. Sin embargo, a mediados del siglo pasado hubo una nueva orientación en este tipo 10 Ángel Rafael Almarza de estudios. Se trataba ahora de analizar la significación de los diferentes sectores sociales, y de desarrollar estudios específicos sobre el tema de la limpieza de sangre. En este sentido es digno de mencionar el trabajo realizado por Albert A. Sicroff, titulado Los estatutos de limpieza de sangre, controversias entre los siglos XV y XVII el cual fue publicado en francés en 1960 y posteriormente fue traducido al español. Simultáneamente fue publicado por Antonio Domínguez Ortíz un estudio titulado La clase social de los conversos en Castilla en la edad moderna. Más recientemente, desde la década de los setenta hasta principios del siglo XXI, se ha desarrollado un conjunto de trabajos sobre las clases sociales y sistema de valores en general y, en particular sobre limpieza de sangre, tanto para el caso español como para el americano. En la mayoría de estas obras, no se hace énfasis en el conjunto de España y América Hispana, sino que se procura atender el problema en cada una de las entidades que formaron parte del reino español. Se ha intentado, pues, abordar el tema a partir de estudios que reflejan la situación particular de algunas regiones del reino. Estos estudios, no solamente enfrentan el problema de la limpieza de sangre sino que en muchos casos se analiza también el comportamiento económico de la elite, sus relaciones endogámicas, la estructura familiar, la actuación política de los sectores sociales, los sistemas de valores y representaciones, entre otros. En esta nueva orientación de los estudios sobre la materia ha sido de primer orden el impacto conceptual y metodológico del reciente desarrollo de los estudios sobre historia de la familia, redes sociales, etc., así como lo que se conoce como historia de las mentalidades. En el caso de España existen trabajos como el realizado por Antonio Domínguez Ortiz titulado Las clases privilegiadas en el Antiguo Régimen, el cual fue editado en 1973. Esta obra y el trabajo desarrollado por este historiador a través de su carrera, constituye 11La limpieza de sangre en el siglo XVIII venezolano un aporte fundamental para esclarecer las características de las clases de la sociedad tradicional española, incluyendo el aspecto de la limpieza de sangre. En la década de los noventa surgió otro grupo de trabajos realizados por historiadores españoles que contribuyeron al desarrollo del tema de la limpieza de sangre. Es importante mencionar a Baltasar Cuart Morner cuya obra se titula Colegios Mayores y Limpieza de Sangre durante la edad Moderna. El Estatuto de San Clemente de Bolonia (Siglos XV-XIX) publicado en 1991; igualmente son importantes los trabajos realizados por Jaime Contreras destacándose Judíos, judaizantes y conversos en la Península Ibérica en los tiempos de la expulsión. Pero el historiador que más ha trabajado el tema de la limpieza de sangre en España se llama Juan Hernández Franco, siendo su obra más importante Cultura y limpieza de sangre en la España moderna: Puretate Sanguinis publicada en 1996, además de varios artículos en revistas especializadas. Otros historiadores que han abordado el tema son Mike Azurmendi Y se limpie aquella tierra. Limpieza étnica y de sangre en el país Vasco (Siglos XVI-XVIII) del año 2000. Raphael Carrasco Le pouvoir des famillas à l´épreuve du feu: pureté de sang et réputatión des lignage, en 2002. Jean-Pierre Dedieu La información de la limpieza de sangre en el año 2002, entre otros. En América también se han realizado estudios que atienden el problema de la limpieza de sangre en cada una de las entidades que formaban los reinos de ultramar. Uno de los pocos trabajos que plantea el problema de limpieza de sangre para el conjunto de América Hispánica es el realizado por Marta Canessa De Sanguinetti titulado El bien nacer: limpieza de oficios y limpieza de sangre: raíces ibéricas de un mal latinoamericano publicado en el año 2000. En esta investigación se plantea como el ideal americano de la limpieza de sangre es una copia de los valores españoles, todo esto sustentado en una amplia consulta bibliográfica y documental. 12 Ángel Rafael Almarza Los diferentes trabajos del historiador chileno Luis Lira Montt han contribuido a la reconstrucción del problema de la limpieza de sangre no sólo en su país de origen, sino también para el caso americano, fundamentalmente desde la perspectiva del derecho indiano. Su primer trabajo relacionado con el tema fue publicado en 1997 y se llamó El estatuto de limpieza de sangre en el Derecho Indiano; y en 1999 El estatuto de limpieza de sangre en Indias. Para el caso argentino, encontramos el estudio de Jeffrey M. Shumway titulado The purity of my blood cannot put food on my table: Changing Attitudes towards Interracial Marriage in Nineteenth Century Buenos Aires publicado en el 2001. Pero en realidad, en donde se han realizado más estudios específicamente sobre el tema de la limpieza de sangre ha sido en México. La historiadora María Elena Martínez tiene varias publicaciones al respecto, destacándose Religion, Purity and Race. The Spanish concept of Limpieza de Sangre in XVII century Mexico and the Broader Atlantic World publicado en el 2000. También existe el trabajo publicado en el 2000 por Emiliano Frutta titulado Limpieza de Sangre y Nobleza en el México Colonial: la formación de un saber nobiliario (1571 – 1700) y el de Carlos López Beltrán De perfeccionar el cuerpo a limpiar la raza: sobre la sangre y la herencia (1750 – 1870) publicada en el 2002. Aun cuando son significativos los avances que se han hecho sobre la materia, es evidente lo reciente de la mayoría de las publicaciones, lo cual permite afirmar que constituye en la actualidad un campo que exige atención y dedicación en virtud de la dispersión de la información, la escasa sistematización del problema para el conjunto de la América Hispana, el desigual desarrollo que existe sobre el asunto en cada una de las entidades que fueron parte del Imperio Español y la diversidad de asuntos que es pertinente considerar por el interés que reviste enfrentar el tema desde diferentes perspectivas. 13La limpieza de sangre en el siglo XVIII venezolano Para el caso venezolano, es oportuno señalar que el tema de la limpieza de sangre no ha sido trabajado a profundidad. Es por esa razón que tuvimos que hacer una valoración de las fuentes centrándonos en los que más se aproximaron al tema de investigación. Es digno de destacar la ponencia presentada en el Segundo Congreso Venezolano de Historia por la Dra. Ermila Troconis de Veracoechea titulada La Limpieza de Sangre a través de la Real Audiencia de Caracas publicada en 1975, la cual plantea un estudio parcial de algunos casos tomados de expedientes del Archivo General de la Nación, en donde se ofrecen consideraciones sobre el tipo de solicitudes y las características que llegó a tener la limpieza de sangre en la Provincia de Venezuela. El otro estudio que existe sobre la limpieza de sangre en nuestro país fue presentado por María Elena Morales en el "International Seminar on the History of the Atlantic World" realizado en la Universidad de Harvard en el 2002. El trabajo se titula The Estatutos de Limpieza de Sangre in the Province of Venezuela 1609–1820, allí se plantea cómo el discurso de la limpieza de sangre puede servir para la comprensión de los valores de las sociedades latinoamericanas en la época colonial. En los últimos tiempos se han llevado a cabo nuevos estudios sobre familia, redes sociales y sobre el comportamiento social y económico de los diversos sectores de la sociedad provincial que, sin tener como objetivo específico el estudio de la limpieza de sangre, nos acercan a problemas relacionados con el orden jerárquico de la sociedad en la provincia de Venezuela. Nos referimos a los trabajos de Frederique Langue publicados en su mayoría en su libroAristócratas, honor y subversión en la Venezuela del siglo XVIII; al estudio realizado por Luis Felipe Pellicer publicado en 1996 titulado La vivencia del honor en la Provincia de Venezuela, 1774 – 1809. Estudios de Casos y su trabajo de ascenso Entre el honor 14 Ángel Rafael Almarza y la pasión. Familia y Matrimonio en Venezuela 1778 – 1821; el trabajo realizado por Inés Quintero titulado Honor, riqueza y desigualdad en la Provincia de Venezuela, siglo XVIII publicado en 1999, entre otros. El conjunto de los trabajos antes mencionados constituye un significativo aporte para la comprensión de la sociedad venezolana en virtud de los señalamientos que se hacen a temas como el parentesco, el matrimonio, la concentración de la riqueza, las actitudes sociales, la defensa de prerrogativas, el tema del honor y muchos otros aspectos, todos ellos en estrecha relación con el tema de la limpieza de sangre. Luego de un arqueo en el Archivo General de la Nación en la Sección de Reales Cédulas y Limpieza de Sangre; en el Archivo II de la Academia Nacional de la Historia Sección Judiciales y Civiles; así como el Archivo de la Universidad Central de Venezuela en la Sección Vida – Buenas Costumbres, nos encontramos con una gran cantidad de documentos que sirvieron de soporte para nuestro trabajo de investigación. Se trata de expedientes que muestran solicitudes y juicios sobre calidad y limpieza de sangre para diferentes fines que serán analizados en el cuerpo del trabajo. Otros documentos que trabajamos al igual que estos últimos, han sido objetos de análisis históricos por otros autores o han sido publicados. De esta documentación proponemos una lectura diferente, en donde el interés se ha inclinado hacia los valores de la vida cotidiana, entre ellos la limpieza de sangre.Familia y Matrimonio en Venezuela 1778 – 1821; el trabajo realizado por Inés Quintero titulado Honor, riqueza y desigualdad en la Provincia de Venezuela, siglo XVIII publicado en 1999, entre otros. 15La limpieza de sangre en el siglo XVIII venezolano Capítulo I La Limpieza de sangre en España Orígenes del problema: de judíos a conversos: de la comprensión a la hostilidad anticonversa El tema de la limpieza de sangre en España ha ocupado a los historiadores europeos desde mediados del siglo pasado. Los primeros estudios específicos sobre el tema lo realizaron: José Amador de los Ríos, Historia social, política y religiosa de los judíos de España y Portugal (1943); Américo Castro, Aspectos del vivir hispánico (1949); Antonio Domínguez Ortiz, La clase social de los conversos en Castilla en la edad moderna (1959); Albert Sicroff, Les controverses des statuts de "pureté de sang" en Espagne du XV au XVII siêcle(1960); y la obra de Julio Caro Baroja, Los Moriscos del Reino de Granada (1957) y Los judíos en la España Moderna y Contemporánea (1978). Posteriormente han llevado a cabo otros estudios con interesantes interpretaciones y análisis concretos sobre instituciones y la limpieza de sangre en España1. De acuerdo a lo que establecen estas fuentes bibliográficas, durante el siglo anterior a la expulsión definitiva de los judíos en 1492, se dieron las circunstancias destinadas a preservar este pueblo. En efecto, y tal como lo asegura Albert A. Sicroff: 1 Otros estudios sobre el tema son: F. Márquez Villanueva, Espiritualidad y literatura en el siglo XVI, (1968) y "Versos y cargos concejiles en el siglo XV", en: Revista de Archivos, Biblioteca y Museos. Nº 63 (1957); E. Benito Ruano, Los orígenes del problema converso, (1976); J. A. Maravall, Poder, honor y élites en el siglo XVII, (1984); B. Cuart, Colegiales mayores y limpieza de sangre durante la Edad Moderna, (1991); J. Contreras, Judíos sefarditas conversos la expulsión de 1492 y sus consecuencias, (1995); J. H. Franco, Cultura y limpieza de sangre en la España Moderna: Puritate Sanguinis, (1996). 16 Ángel Rafael Almarza … mientras evolucionaba hacia ese momento decisivo de su historia, España comenzó a manifestar escrúpulos de limpieza de sangre dirigidos contra los cristianos de ascendencia judía a quienes, si no se les podía expulsar, había que impedir jugar un papel de primer plano en la sociedad cristiana de España.2 Estos escrúpulos se presentaron por primera vez de forma sistemática en el siglo XV con los Estatutos de limpieza de sangre, dirigidos a limitar o eliminar cualquier participación de los judeocristianos en las diversas comunidades, tanto religiosas como laicas. A medida que esta preocupación se intensifica, sobre todo en los siglos XVI y XVII cuando se transforma en una gran preocupación, "…se requiere una diligencia extraordinaria para identificar a los cristianos nuevos de sangre judía por la rapidez con que han logrado penetrar la sociedad española3 aun en sus niveles más altos..."4. Con el tiempo, las proscripciones se extendieron a los moriscos, expresión consagrada para los cristianos de origen islámico5, a pesar de haber sido un problema completamente distinto del de los conversos judíos. Según Julio Caro Baroja: 2 Albert A. Sicroff, Los estatutos de limpieza de sangre, controversias entre los siglos XV y XVII, pp. 42-43. 3 Frecuentemente se designaba también al judeocristiano por los nombres de cristiano nuevo, converso y muchos otros epítetos despectivos, entre los que figuran: marrano, confeso, maculado e incluso judío. 4 Albert A. Sicroff, Ob. Cit., p, 43. 5 Los cristianos viejos se distinguían también de los conversos por nombres como cristianos limpios, cristianos rancios y cristianos lindos. En cuanto a este último, Antonio Domínguez Ortiz apoya la opinión de que lindo vale tanto como limpio. Véase: La clase social de los conversos en Castilla en la Edad Moderna, p. 13. La penetración morisca en la alta sociedad, la política y los círculos eclesiásticos estaba relativamente poco extendida y su exclusión de esos medios por los estatutos de limpieza fue generada más bien hipotética. Esto se comprueba en el hecho de que, en las 17La limpieza de sangre en el siglo XVIII venezolano controversias que siguieron sobre la rectitud de legislar contra los cristianos debido a la impureza de su sangre, no se hizo alusión a los moriscos. Era el judeocristiano el que estaba en tela de juicio6. Como en los demás países europeos, en España el celo cristiano se había manifestado en muchas ocasiones por actos de desconfianza y de persecuciones respecto a los judíos. Desde la reunión del Concilio de Elvira, en los años 300-303 d.c., los eclesiásticos españoles trataron de proteger a los cristianos de la contaminación de los judíos7. Más de diez siglos de retornos periódicos al tema antijudío establecieron de forma permanente el antijudaísmo de la España cristiana. Continuando con la explicación de José Amador de los Ríos, él dice: "…mientras en la primera parte del siglo XIV la iglesia española, siempre atenta a salvaguardar la pureza de la fe, todavía encontraba necesario repetir amonestaciones destinadas a limitar las relaciones entre judíos y cristianos…"8. Hacia 1391 las pasiones populares estaban tan incitadas que fácilmente fueron encendidas por los sermones antijudíos de Ferrán Martínez, el arcediano de Écija. Ante la incapacidad de las autoridades reales y eclesiásticas para hacer callar al arcediano durante quince años, éste prosiguió agitando la pasión popular contra los judíos hasta el momento en que, en junio de 1391, estalló en Sevilla una violencia antijudía en 6 Julio Caro Baroja, Los Moriscos del Reino de Granada, pp. 224-225. 7 José Amador de los Ríos, Historia social, política y religiosa de los judíos de España y Portugal, Tomo I, pp. 58-60. 8 Véase Ibídem, p. 493. Entre las restricciones hechas por el Concilio de Zamora sobre los judíos en 1313 encontramos las siguientes: los judíos no pueden estar con cristianos a menudo porque no entienden la Fe cristiana. Los niños cristianos no pueden ser criados por mujeres judías. No se pueden establecer conversaciones de ningún tipo con judíos por más letrados que sean. De igual forma loscristianos no podían ni beber ni comer con judíos. Entre otras que los Concilios de Valladolid (1322) y de Salamanca (1335) trataban de las relaciones entre judíos y cristianos con ese mismo espíritu. 18 Ángel Rafael Almarza la que apoyado por Ferrán Martínez, se extendió rápidamente a Córdoba, luego hacia el norte, de modo que a mediados de agosto de 1391 la mayoría de las provincias españolas había tomado ejemplo de las horribles escenas de Sevilla9. Tal como lo asegura Sicroff, el celo religioso no fue el único móvil de las masas rebeladas, "…la envidia y la codicia de los bienes de las víctimas no eran factores desdeñables. Hay que reconocer no obstante que el único refugio ofrecido a los judíos en medio de las pasiones desencadenadas fue el agua del bautismo…"10. Sólo en Valencia se calcula entre 7.000 y 11.000 e incluso hasta 100.000, el número de los que se aferraron desesperadamente al cristianismo para escapar a la muerte11. Vista la eficacia del bautismo para refrenar las violencias populares contra los judíos en 1391, son varios los autores que sugieren que en esa época los judíos no eran objeto de un sentimiento racista. Por el momento, al menos en los años posteriores a 1391, no era su raza sino su religión la que los destacaba12. Por tanto, no había nada de extraño, en el hecho de que los nuevos convertidos que habían pertenecido anteriormente a las clases altas de la sociedad judía tratasen de ocupar inmediatamente puestos equivalentes en la sociedad cristiana de España. En este sentido, "Desaparecido el obstáculo de la religión, era normal que los conversos tuvieran el favor de las autoridades seculares. Lo mismo ocurría por lo que se refiere a su reconocimiento por las autoridades eclesiásticas que, en principio, no podían tener otra objeción que su ceguera religiosa…"13. 9 Albert A. Sicroff, Ob. Cit., p. 46. 10 Ibídem, p. 47. 11 Estos y otros datos son presentados por José Amador de los Ríos, Ob. Cit., tomo I, p. 637. 12 Entre los autores que plantean esta idea se encuentran: Albert Sicroff, Antonio Domínguez Ortiz, Julio Caro Baroja, José Amador de los Ríos. 13 Albert A. Sicroff, Ob. Cit., p. 46. 19La limpieza de sangre en el siglo XVIII venezolano Amador de los Ríos confirma el rápido avance de los conversos de Castilla y Aragón en todos los aspectos de la vida española, fenómeno en contraste directo al aislamiento continuo de los moriscos. Los cargos, o la figuración de primer plano desempeñados por algunas grandes familias conversas de Castilla y de Aragón, como los Santa María, los Santa Fe, los Santángel, y los Villanova, son igualmente estudiados con cuidado por el mismo escritor14. Los factores que Amador de los Ríos presenta para explicar la acogida que los conversos encontraron fácilmente en Aragón, comprenden su celo en defender la religión cristiana y el alto linaje del cual se enorgullecían15. Tal prestigio -como lo asegura Albert Sicroff- por ejemplo, aumentaba con la riqueza material de los conversos. Sin ningún obstáculo religioso o civil, la nobleza de los cristianos viejos no dudaba en casarse con los conversos, porque una alianza de esta clase tenía la doble ventaja de ser una expresión de la caridad evangélica y al mismo tiempo ofrecía la posibilidad de regenerar su situación económica16. Si los cristianos nuevos encontraron acogida inmediata entre los reyes, los nobles y la jerarquía religiosa en la primera mitad del siglo XV, el pueblo mostró menos entusiasmo respecto a ellos. Sea cual fuere la razón -la frustración sufrida por los del estado llano que veían sus aspiraciones impedidas por los judeocristianos presentes por todas partes, como ha sugerido Américo Castro17, o el simple mecanismo de psicología colectiva que, desencadenado por siglos de esfuerzos, no podía cesar bruscamente-, el hecho es que existía cierta agitación que no pronosticaba nada bueno para los cristianos nuevos. Las masas se habían sentido defraudadas al ver a su enemigo 14 José Amador de los Ríos, Ob. Cit., tomo I, pp. 65-66. 15 Ibídem., p. 69. 16 Albert A. Sicroff, Ob. Cit., p. 48. 17 Américo Castro, Aspectos del vivir hispánico, pp. 99 y ss. 20 Ángel Rafael Almarza ponerse a salvo al abrigo de la Iglesia. La religión, invocada para santificar el asalto de los judíos, ahora servía de barrera entre ellas y el objeto de su malestar, "…pero no tardó el pueblo en volver a descubrir la persona del judío en los nuevos conversos…"18. Varios factores contribuyeron en esto. Dadas las circunstancias violentas en que los conversos fueron obligados a bautizarse, apenas podía esperarse que su conversión fuese, en muchos si no en todos los casos, una medida de urgencia para salvarse la vida. De hecho, "…el converso que continuaba practicando la religión judía en secreto, llegó a ser una figura notoria y legendaria en la España cristiana"19. Además, fue en las capas inferiores de la sociedad de los cristianos viejos donde se sintió más agudamente el retorno de ciertos conversos a los ritos judíos. Albert A. Sicroff considera que: Por ser menos cosmopolitas o, si se quiere, más conservadores, los conversos de clase humilde encontraron mayor dificultad en resignarse a la religión que les había sido impuesta. Estos fueron los que más fácilmente quedaron redescubiertos por judíos por las masas cristianoviejas de quienes, por consiguiente, nacieron las discriminaciones contra los de sangre judía.20 La experiencia que incitó a los cristianos viejos a sospechar la existencia oculta del judío en la persona del converso recibió una confirmación indirecta, pero no menos cierta, en los escritos y declaraciones de algunas figuras notables entre los propios conversos. Por diversas razones -sentimiento de culpabilidad del renegado, deseo de afirmarse en su nueva religión, celo cristiano-, conversos tan conocidos como Pablo de Santa María, Jerónimo de 18 Albert A. Sicroff, Ob. Cit., p. 48. 19 Ibídem., p. 49. 20 Ídem. 21La limpieza de sangre en el siglo XVIII venezolano Santa Fe y Micer Pedro de la Caballería atacaron en sus escritos a sus antiguos correligionarios. No hay ataque más violento contra una creencia que el que proviene del renegado, dado su conocimiento profundo de los dogmas que ataca: el Scrutinium Scripturarum de Pablo de Santa María, antiguo rabino mayor de Burgos, asentó uno de esos golpes a los judíos y a su religión. Esta obra, acabada en 143221, pintaba a los judíos más ilustres en sus creencias erróneas por el éxito que habían gozado en España. Además, don Pablo se permitía aplaudir las matanzas de 1391 que, según pensaba, habían vengado la sangre de Cristo, y ser la ocasión para numerosos judíos de examinar de nuevo las Sagradas Escrituras, de descubrir y renunciar a sus errores y de abrazar la fe cristiana. El Azote de los judíos (Hebraeomastix), de Jerónimo de Santa Fe, y el Zelus Christi contra iudaeos et sarracenos, de Micer Pedro de la Caballería, no adoptaban una actitud más moderada respecto a los judíos22. Las acusaciones lanzadas contra los judíos eran serias, particularmente en lo relativo a la posición y las actitudes judías para con los cristianos; la desconfianza que surgió respecto a los judíos fue sorprendente. En efecto, como lo asegura Amador de los Ríos, pudo haber algunos que se preguntaban si la malevolencia y la impiedad atribuidas a los judíos por sus antiguos correligionarios jamás pudieran lavarse con las aguas del bautismo23. 21 José Amador de los Ríos, Ob. Cit., pp. 28-30; y, Luciano Serrano, Los conversos Don Pablo de Santa María y Don Alfonso de Cartagena, pp. 112-114. 22 Según José Amador de los Ríos, el Azote de Jerónimo de Santa Fe falta al decoro extremando el papel despreciable imputado a los judíos. El Zelus Christi, más moderado según José Amador de los Ríos, califica a los judíos de "generatio perversa", "infideles filii", "maledictum semen" y "diaboli filii". Véase: Amador de los Ríos, Ob. Cit., tomo I, pp. 73-77. 23 La eficacia de las obras de Pablo de Santa María, Jerónimo de Santa Fe y Micer Pedro de la Caballería, verdaderasarmas no sólo contra los judíos sino también contra los judeocristianos, se muestra en el hecho de la reimpresión de estas tres obras en los últimos años del siglo XVI, cuando el problema judío había sido reemplazado hacía mucho tiempo por el problema de los cristianos nuevos. El Scrutinium fue publicado en 1591, el Zelus Christi y el Azote en 1592. 22 Ángel Rafael Almarza Otro factor, y quizá el más importante, que debió haber exacerbado la hostilidad del pueblo contra los conversos fue la extrema rapidez con que tantos cristianos nuevos se elevaron a los escalones más altos de la sociedad cristiana. En cierto sentido, y tal como lo comenta Sicroff, puede decirse que los conversos habían emprendido su ascenso demasiado pronto, porque se lanzaban a la conquista de puestos eminentes sin pasar por un proceso de asimilación que les habría permitido borrar todo recuerdo de su origen judío. De todas formas, pronto resultó evidente que los judíos habían recobrado sus ocupaciones tradicionales (consejeros reales, administradores, recaudadores de impuestos, negociantes, médicos, etc.); y por ende, que su conversión al cristianismo les había permitido acceder a los primeros puestos en el ámbito de la religión. Los cristianos viejos se hallaban ahora mucho más rodeados de judeocristianos de lo que lo habían estado antes por los judíos mismos24. Si las autoridades civiles y religiosas se habían mostrado incapaces para frenar las incitaciones del arcediano de Écija que condujeron a las sublevaciones antijudías de 1391, se mostraron igualmente impotentes para detener el movimiento contra los conversos. Transcurridos menos de sesenta años después de las primeras conversiones en masa de los judíos, los conversos descubrieron que el recurso empleado por sus padres para salvar la vida había perdido su eficacia. La sublevación anticonversa de Toledo en 1449 fue el preludio a una serie de trágicos motines populares contra los cristianos de origen judío. Este primer incidente contra los convertidos tiene una importancia decisiva, puesto que dio origen al primer estatuto de limpieza de sangre en España. 24 Albert A. Sicroff, Ob. Cit., p. 51. El autor plantea que la hostilidad se avivó por la penetración de los conversos en los cargos concejiles que ocurrió pocos años después de los sucesos violentos de 1391. Sicroff observa que los cargos eran codiciables, no sólo porque ofrecían la posibilidad de influir en algún poderoso concejo a favor de sus propios intereses, sino también porque se podían transmitir los oficios a los descendientes. 23La limpieza de sangre en el siglo XVIII venezolano El mejor estudio sobre este suceso fue realizado por Eloy Benito Ruano en Toledo en el siglo XVI, en el cual plantea -a través del análisis de la obra de Fernán Pérez de Guzmán, quien vivió en los años del conflicto25- que el 26 de enero de 1449, el condestable Don Álvaro de Luna, favorito de Juan II en cuyas manos estaba el gobierno del Estado, pasaba por Toledo camino a Ocaña; se ocupaba entonces de la defensa de Castilla contra Aragón que, el 10 de enero, había invadido el reino de Juan II en las regiones de Requena y Itiel. El condestable exigió un préstamo de un millón de maravedís para ayudar a sufragar la campaña contra Aragón y se encontró en seguida con la resistencia de los habitantes de Toledo. Asegura el autor que: Alegaron éstos que los privilegios de la villa habían sido violados y el pueblo se sintió aún más ultrajado cuando don Álvaro declaró que las necesidades urgentes del rey tenían prioridad sobre sus pretendidos privilegios. La indignación del pueblo creció cuando sospechó que Alonso Cota, rico negociante converso de Toledo, había sido el instigador de aquel impuesto. Cuando se dieron cuenta de que el condestable era intratable y que el impuesto iba a ser recaudado, la caldera de Toledo comenzó a hervir26. El lunes 27 de enero, una multitud muy excitada se reunió al toque de la campana de Santa María. Alonso Cota, presunto promotor del tributo, fue el primero en sufrir la violencia de la muchedumbre. Despojado de sus bienes, incendiada su casa, la ira de los insurgentes no se consumió hasta haber saqueado el barrio de la Magdalena donde vivían los conversos más ricos de Toledo27. Poco tardó el levantamiento en cobrar el aspecto de una rebelión de gran envergadura. Pedro Sarmiento, Alcalde mayor, a quien tocaba reimponer orden en la ciudad, eligió actuar en un sentido completamente contrario. Eloy Benito Ruano, asegura que: 25 Fernán Pérez de Guzmán, Crónica de Juan II, tomo LXVIII, pp. 661 y ss. 26 Eloy Benito Ruano, Toledo en el siglo XVI, pp. 320-321. 27 Ibídem., p. 322. 24 Ángel Rafael Almarza Aprovechando la ocasión para dar libre curso a su odio hacia el condestable, tanto como para satisfacer su avidez de riquezas, Sarmiento y su ayudante Marcos García de Mazarambrós tomaron el mando de los rebeldes. Las puertas y los puntos de resistencia de la ciudad fueron tomadas al asalto y los revoltosos se prepararon para resistir a la autoridad real. Al mismo tiempo, tras haber consolidado su dominio en la ciudad, el alcalde comenzó a apoderarse de los bienes de los negociantes cristianos nuevos. Y no dejó de declarar que actuaba en nombre del rey y de la autoridad real.28 Fue durante el período en que Sarmiento se adueñó de Toledo cuando, ante una asamblea del pueblo, proclamó la Sentencia-Estatuto, primer estatuto de limpieza de sangre en España. El 5 de junio de 1449, don Pedro y los "…alcaldes, alguaciles, caballeros y escuderos, común y pueblo…"29 se reunieron en el Ayuntamiento de Toledo. Esteban García de Toledo planteó el problema que se ofrecía a la asamblea. Hizo notar que en muchas ocasiones los diversos privilegios concedidos a Toledo por los reyes anteriores habían sido evaluados con el objeto de aumentar el bienestar de la ciudad. Entre las prerrogativas, todas ellas confirmadas por el nuevo soberano, se encontraba el concedido por don Alfonso, rey de Castilla y de León, de expulsar a los conversos de origen judío de todos los puestos importantes de Toledo, porque no creían en Jesucristo y por otras razones allí enumeradas. Pese a todo, los conversos continuaban infiltrándose en la mayoría de los oficios eminentes, mostrando así su desprecio por la Corona, por los fueros de la ciudad, y por los cristianos viejos. Estos oficios tan importantes para el servicio del rey y el bienestar común, quedaban en la posesión tiránica de los cristianos nuevos. Las circunstancias requerían medidas distintas 28 Ídem. 29 Albert Sicroff en su obra citada pp. 52-53, se apoya en el relato del notario Pascual Gómez publicado en: Alonso de Cartagena, Defensorium Unitatis Christianae, pp. 357–365. 25La limpieza de sangre en el siglo XVIII venezolano de los edictos ya promulgados para preservar la autoridad de Dios y del rey, así como el bien común30. Entonces le tocó a Pedro Sarmiento tomar la palabra para proponer una solución, la Sentencia-Estatuto que se había redactado con la ayuda de un grupo de letrados. Primero se presentó toda la lista de las acusaciones levantadas contra los cristianos nuevos cuya conversión se ponía en tela de juicio. Se imputó a los conversos la declaración de que los cristianos adoraban como Dios y Salvador a un hombre de su propia raza a quien se había ahorcado. El notario Pascal Gómez, apuntaba: …más aún, mantenían que había a la vez un dios y una diosa en el cielo. Los Jueves Santos, mientras los otros cristianos se preparaban para adorar al Cuerpo Santo de Jesús, los judeocristianos sacrificaban un carnero y comían su carne. Los detalles de estos holocaustos celebrados por los cristianos judaizantes se encuentran en un informe de los sacerdotes de la Santa Iglesia de Toledo que se guarda en los archivos de la ciudad31. Aparte de estos crímenes contra la religión, se acusaba a los cristianos nuevos de ser los enemigos de Toledo y de los cristianos viejos. Debido a su incitación, el condestable Álvaro de Luna había decretado un empréstito de un millón de maravedís.Hacían una guerra atroz contra sus conciudadanos, que debían sufrir destrozos y robos: …como si fueran moros enemigos de la fe y no los defensores de la Iglesia cristiana. Pero nada de esto debía extrañar. Desde la Pasión de Cristo, los judíos se habían mostrado siempre hostiles a la Santa Iglesia Católica. ¿No se lee en las Crónicas que los judíos vendieron Toledo a los moros cuando estos últimos, mandados por Tariq, sitiaron la ciudad? A raíz de esta traición, trescientos 30 Albert Sicroff, Ob. Cit., pp. 53-54. 31 Ibídem, p. 54. (Citado por el Autor) 26 Ángel Rafael Almarza seis cristianos fueron decapitados y otros ciento seis, arrancados de la Iglesia de Santa Leocadia, fueron llevados cautivos…32. Sicroff -continuando con el relato del notario Pascual Gómez, testigo presencial del suceso- nos continúa narrando lo acontecido: … los conversos, descendientes de los judíos, no hacen más que continuar sus intrigas contra los cristianos viejos. So capa de prestar servicios públicos, despojan las rentas del rey, se elevan a puesto eminentes y tratan de destruir la fe católica y a sus creyentes. ¿No se han visto hace poco sus esfuerzos por aniquilar a todos los cristianos viejos de Toledo, incluso Pedro Sarmiento, el primero y mayor de ellos? También se conocían sus planes para entregar Toledo a sus enemigos. Así, vistos el derecho canónico y civil, los privilegios concedidos por el rey Alfonso a Toledo, vistas sus herejías, sus crímenes y sus rebeliones contra los cristianos viejos de la ciudad, juzgaron que los conversos eran indigno de ocupar cargos, privados o públicos, en la ciudad de Toledo y en todo el territorio de su jurisdicción33. 32 Ibídem., p. 55. 33 No satisfecha con esta proscripción general de todos los cristianos nuevos, la Sentencia- Estatuto hizo mención especial de algunos que, en caso de violación de tal decisión, se exponían a la pena de muerte y a la confiscación de todos sus bienes: "…y especialmente por quanto a nosotros es notorio e por tal lo pronunciamos, ser habidos e tenidos por conversos del linaje de los judíos los que se siguen, conviene a saber: Lopez Fernandez Cota; Gonzalo Rodriquez de San Pedro, su sobrino; Juan Nuñez, bachiller; Pedro Nuñez y Diego Nuñez, sus hermanos; Juan Nuñez, promotor; Juan Lopez del Arroyo; Juan Gonsales de Illescas; Pero Ortiz; Diego Rodriquez de Albo; Diego Martinez de Herrera; Juan Fernandez Cota; Diego Gonsales Jarada, alcalde; Pero Gonzalez, su hijo, e cada uno de ellos, por ende los declaramos ser privados e los privamos de qualquier escribanias, e otros oficios que tengan e hayan tenido en esta ciudad y en su termino y jurisdiccion y mandamos a dichos conversos que viven e moran en ella y en la dicha su tierra, termino y jurisdicción y propios que de aquí en adelante no den fe ni usen de los dichos oficios publica ni escondidamente directe ni indirecte, especialmente de las dichas escribanias publicas y de las exenciones de ellas, so pena de muerte e de c:onfiscación de todos sus bienes para los muros de dicha ciudad y república de ella". Citado por Albert Sicroff, Ob. Cit., pp. 55-56, quien se apoya en el relato del notario Pascual Gómez publicado en Alonso de Cartagena, Defensorium Unitatis Christianae, p. 363. 27La limpieza de sangre en el siglo XVIII venezolano Tal fue el origen del primer estatuto de limpieza de sangre en España y tales las circunstancias que precedieron a su establecimiento. ¿Sus principales factores?: redescubrimiento del judío en la persona del converso que, por este hecho, heredaba todas las acusaciones tradicionales dirigidas contra los judíos; aparición, entre las masas, de personalidades de humilde origen, que trataban de servirse de este lazo con el pueblo para satisfacer sus ambiciones personales; debilidad del soberano, incapaz de refrenar a una multitud indisciplinada. Julio Caro Baroja, en su obra Los Judíos en la España Moderna y Contemporánea, plantea: Mientras el pueblo arreciaba su ataque contra los cristianos nuevos, amenazando incluso su existencia en la escena de España, los atacados mismos no estaban dispuestos a permanecer pasivos. No había, sin embargo, ninguna esperanza de éxito para los conversos si querían defenderse con las armas. Fue la pluma más bien que la espada la que les proporcionó su arma de defensa. En este terreno fueron secundados por altas personalidades eclesiásticas y civiles, incapaces de aportar otra ayuda más eficaz que decretos, fulminaciones y tratados contra las masas que amenazaban a la Iglesia de desunión34. Uno de los primeros en levantarse contra el estatuto anticonverso de Toledo fue Alonso Díaz de Montalvo, quien, a instancias de Juan II, expuso las "funestas implicaciones de la Sentencia- Estatuto"35. Su breve exposición atacaba directamente a los que: 34 Julio Caro Baroja, Los Judíos en la España Moderna y Contemporánea, tomo II, pp. 33-34. 35 Julio Caro Baroja utiliza la edición de Salamanca de 1569 cuyo título completo es: El Fuero Real de España- Diligentemente hecho por el noble Rey Don Alonso noveno: Glossado por el egregio Doctor Alonso Diaz de Montalvo, asi mesmo por un sabio Doctor de la universidad de Salamanca adicionado, y concordado con las siete partidas, y leyes del Reyno: dando a cada ley la addicion que convenia. En donde se encuentra incorporado el Tratado que hacemos mención. Ibídem, p. 35. 28 Ángel Rafael Almarza …llenos de malevolencia, destruyen descaradamente la unidad de la fe cristiana con sus sofismas erróneos, sus enredos, que tienden a hacer infieles a cristianos fieles y a excluir categóricamente de las funciones públicas y de los puestos de honor en la Iglesia de Dios. Cotejadas con la autoridad de los profetas, de los Padres de la Iglesia y de la Ley, las opiniones compartidas por los cristianos viejos delataban, según declara don Alonso, un fuerte olor a herejía36. Montalvo apelaba a la autoridad de la Biblia para mostrar que no había que desdeñar al judío convertido al cristianismo. La experiencia enseñaba que después de su conversión el judío podía ocupar un puesto distinguido en la Iglesia. Esta acogida a los judíos que por la gracia divina se habían convertido al cristianismo, había sido confirmada en muchas ocasiones. La protección de los conversos se apoyaba en España en el derecho civil, en la decisión de las Siete Partidas y en un decreto de Juan I. Todas estas consideraciones y otras más sirvieron a Montalvo para probar que el bautismo del judío no era menos eficaz que el del gentil.37 Julio Caro Baroja, quien se dedicó al estudio de este Tratado, nos comenta lo siguiente: No hay que ver en los argumentos de Montalvo una defensa categórica de todos los conversos. Sabía que existían judíos convertidos culpables de volver a su antigua religión. Su objetivo era simplemente rechazar toda condena en masa de los cristianos nuevos. Por eso, San Agustín, San Crisóstomo y San Jerónimo son llamados a atestiguar que todos los hombres son salvados, cualquiera que sea su origen, con tal que no sigan los vicios de sus antecesores. Nadie debe avergonzarse de los pecados de quienes lo engendraron puesto que sólo le distinguen sus propias virtudes38. 36 Ídem. 37 Ibídem, p. 37. 38 Ídem. 29La limpieza de sangre en el siglo XVIII venezolano Montalvo termina su estudio refiriéndose de la siguiente manera a los responsables de la Sentencia- Estatuto. Fue la ambición de los bienes materiales lo que les llevó a dividir la Iglesia mediante consideraciones que tendían a hacer de ellos cristianos justos, superiores a aquellos que pretendían inculpar. Se parecían a lobos disfrazados de corderos entre el rebaño, acechando el momento de desgarrar a los fieles con ferocidad bestial. Estos individuos que se mostraban cristianos pero que no seguían las vías de Cristo no merecían más que el nombre de lobos de Cristo por sus esfuerzos para dividir a la Iglesia.39 Muchos de los argumentos de Montalvo contra la Sentencia- Estatuto fueron repetidos por el converso, Fernán Díaz de Toledo en una Instrucción40 que compuso paraLope de Barrientos, Obispo de Cuenca. Pero don Fernán Díaz no se limitó a las consideraciones teóricas que le ofreció el jurista Montalvo. Al atacar la Sentencia- Estatuto subrayó el hecho de que la sangre judía se había dispersado por las familias de los cristianos viejos, incluso por las más nobles y por la familia real. Puesto que las conversiones judías se remontaban a setecientos años, época de los reyes godos. El acta de acusación de la Sentencia- Estatuto por Alonso Díaz de Montalvo solo fue el inicio. El Defensorium Unitatis Christianae41 de don Alonso de Cartagena el que llevó el problema judeocristiano a un análisis más complejo. Alonso de Cartagena, tal como afirma Julio Caro Baroja, "…hizo un estudio tan profundo que durante 39 Ibídem, p. 39. 40 Instrucción del Relator para el obispo de Cuenca a favor de la nación Hebrea. Año de 1449. Citado por Juan Hernández Franco, Cultura y Limpieza de Sangre en la España Moderna, p. 27. 41 La obra está fechada en 1450. 30 Ángel Rafael Almarza dos siglos los abogados de los cristianos nuevos no encontraron nada que añadir a las consideraciones teóricas expuestas en el Defensorium. En efecto, este último fue utilizado como manual del que los conversos sacaban la mayoría de sus argumentos"42. En su estudio Los Conversos Don Pablo de Santa María y Don Alfonso de Cartagena Luciano Serrano comenta la significación de un documento como el Defensorium Unitatis Christianae. El padre Serrano concluye el análisis de esta obra subrayando que hay un ejemplo del proceso de fusión que en el siglo XV unió a los conversos y a los cristianos viejos en la sociedad de Castilla, mientras la hostilidad respecto a los judíos que se negaban a convertirse (y por ello a asimilarse a los demás españoles) se intensificaba día a día hasta alcanzar su máxima extensión en el reinado de los Reyes Católicos con su expulsión del territorio español.43 Durante los agitados reinados de Juan II44 y Enrique IV45, no hubo ningún poder religioso o civil bastante fuerte para detener el movimiento contra los conversos. Los esfuerzos esporádicos de algunos nobles por auxiliar a los judeocristianos cuando sufrían asaltos físicos tenían, en el mejor de los casos, una eficacia de poca duración. En cuanto a los estatutos de limpieza de sangre, ni el poder pontificio que ya había censurado la Sentencia-Estatuto a manos de Nicolás V en 1451, ni la autoridad de los eclesiásticos españoles lograron impedir su difusión en todas las esferas de la vida española46. Antonio Domínguez Ortiz nos plantea lo siguiente: Los tratados de eruditos como Alonso de Cartagena eran impotentes por su naturaleza misma para refrenar la acción ciega del pueblo. Las doctas investigaciones sobre la historia de la Iglesia y el derecho 42 Julio Caro Baroja, Los Judíos en la España..., tomo II, p. 42. 43 Luciano Serrano, Los Conversos Don Pablo de Santa María y Don Alfonso de Cartagena, P. 106. 44 Juan II (1405-1454). 45 Enrique IV (1425-1474). 46 Antonio Domínguez Ortiz le dedica un capítulo de su libro a la extensión de los estatutos de limpieza de sangre en España. Véase: La clase social de los conversos en Castilla 31La limpieza de sangre en el siglo XVIII venezolano canónico, los razonamientos rigurosos para demostrar que la hostilidad para con los cristianos nuevos era contraria al espíritu cristiano, era la única defensa de los conversos. Pero los argumentos refinados de un Alonso de Cartagena sobre la unidad de la Iglesia, sus demostraciones que utilizaban figuras como la del cuerpo único de la Iglesia, o que consideraban la contribución de los judeocristianos a la fundación de la Iglesia Primitiva, no recibieron ninguna respuesta de los cristianos viejos casi hasta mediados del siglo XVI47. Después de 1449, en diversas ocasiones se vio en España que, respecto a los conversos, el conjunto de cristianos viejos buscaba actuar efectivamente contra ellos. En este sentido, Toledo vio repetirse las escenas de 1449 en 1467, naciendo en esta ocasión la hostilidad contra el converso del doble conflicto entre conversos y cristianos viejos, y conversos contra judíos. Finalmente, no se perdió la ocasión de infligir las medidas más severas a los cristianos nuevos, incluso una reiteración firme de lo dictaminado por la Sentencia-Estatuto48. De la misma forma ocurrió en Córdoba en 1474, pero con un origen diferente. La disensión entre cristianos viejos y nuevos vino de la envidia. La riqueza les permitía a los cristianos nuevos comprar altos oficios cuyo ejercicio acrecentó la hostilidad de los cristianos viejos. Luego de varios acontecimientos, con asesinatos y despojos, "…los cristianos viejos dieron rienda suelta a sus pasiones durante varios días. Y cuando los conversos quedaron completamente sometidos, se proclamó un edicto en las calles de Córdoba prohibiendo a los de sangre judía el acceso a toda función pública"49. en la Edad Moderna, capítulo III, pp. 53 y ss. 47 Ibídem, pp. 69-70. 48 Ibídem, p. 71. 49 José Amador de los Ríos. Ob. Cit. Tomo II, p. 78. El episodio de Córdoba tuvo repercusiones en las Villas de Palma, Écija, Jerez, Adamuz, Montoso, La Rambla, Cabra y Almodóvar del Campo, entre otras regiones de España. 32 Ángel Rafael Almarza No se trata aquí de hacer una síntesis de los motines contra los cristianos nuevos en la segunda mitad del siglo XV, basta señalar que parecieron hacerse más frecuentes a medida que se acercaba el momento del establecimiento de la Inquisición. Esta violencia anticonversa, junto con la inhabilitación de los judeocristianos por los Estatutos de limpieza de sangre, tienen que considerarse importantes para explicar por qué los cristianos nuevos fueron los primeros que propusieron medidas que condujeron al establecimiento del Santo Oficio. Este giro confirmaría que la expulsión de los judíos en 1492 fue más que una medida para librar a España de un pueblo considerado odioso. Al menos para los cristianos nuevos que apoyaban el edicto de expulsión, la eliminación de los judíos de España tuvo el deseado efecto de suprimir una verdadera fuente de contaminación para numerosos judeocristianos proclives a reincidir en su primera religión y su antiguo modo de vida50. Respecto al tema de la Inquisición Albert Sicroff plantea su importancia y significado en relación con el delicado asunto de los conversos: …una vez que el Santo Oficio de la Inquisición comenzó a funcionar en 1480, dando al público el espectáculo de numerosos judaizantes castigados en los autos de fe, la sospecha categórica hacia los conversos quedó reafirmada, lo cual estimuló la extensión rápida de los estatutos de limpieza por toda España51. 50 Ibídem, tomo II, p. 80. 51 Albert A. Sicroff, Ob. Cit., pp. 116-117. 33La limpieza de sangre en el siglo XVIII venezolano Difusión de los Estatutos de limpieza de sangre en las comunidades religiosas y seglares de España De todas las órdenes religiosas de España, los franciscanos fueron los primeros en dar la alarma en el siglo XV sobre el tema de los falsos conversos, es por eso que son los primeros en establecer los estatutos de limpieza de sangre en su orden. Fray José de Sigüenza, en su Historia de la Orden de San Jerónimo, nos plantea lo siguiente: En 1461 pidieron [los de la orden] al general de la orden de San Jerónimo, fray Alonso de Oropesa, ayudarles a extirpar los males que nacían de la relaciones sociales íntimas entre cristianos infieles y herejes. Se hace evidente que los términos de infieles y de herejes designaban, respectivamente, a los judíos y a los cristianos nuevos de tendencias judías, cuando encontramos que lo que intranquilizaba a los franciscanos más autorizados era la circulación de proposiciones como la de negar que Cristo fue el Mesías prometido en el Antiguo Testamento o de afirmar que sólo los circuncisos podían esperar al Mesías52. Julio Caro Baroja apunta que otra de las inquietudes de los jerónimos radicaba en el hecho de que las mezclas entre cristianos, cristianos nuevos judaizantes y judíos, producían disensiones en el senomismo de todos los cristianos. Es decir, "Vistas estas condiciones, acuciaban a los jerónimos para que les ayudasen a llevar el asunto ante el Rey, a quien se pedía reforzar las leyes limitando la actividad de los infieles y estableciendo una inquisición que eliminara a los herejes y permitiera a los cristianos fieles vivir sin temor de ser contaminados por las malas doctrinas"53. 52 Fray José de Sigüenza, Historia de la Orden de San Jerónimo, t. I., pp. 363-364. Citado por Julio Caro Baroja, Los Judíos en la España…, t. II., pp. 292-293. 53 Julio Caro Baroja, Los Judíos en la España…, t. II., p. 295. 34 Ángel Rafael Almarza Los esfuerzos del General de los Jerónimos no tuvieron éxito para conseguir la paz en su orden ni resolvieron el problema de los conversos, debido a ello fue ésta la primera en adoptar un estatuto de limpieza de sangre. Albert A. Sicroff hace un análisis al respecto: A los jerónimos les resultaba imposible evitar el contagio de la intolerancia creciente en España cuando se descubrió la existencia, en el monasterio mismo, de numerosos conversos judaizantes. La vergüenza y el deshonor que por ello recayeron sobre la Orden hicieron inevitable la proscripción de los cristianos conversos. Según documentos inquisitoriales de los años 1486-1488, vemos que la naturaleza misma de la regla monástica de San Jerónimo ofrecía un refugio particularmente conveniente a los falsos conversos judaizantes54. Los esfuerzos incesantes de los cristianos nuevos por evitar el establecimiento del estatuto de limpieza de sangre no se hicieron esperar, pero todos fueron en vano. La Orden de San Jerónimo quedó definitivamente aferrada al principio del estatuto establecido en 1480. En esta actitud los jerónimos estaban apoyados por la autoridad del Papa y el acuerdo, tácito al menos, de los Reyes Católicos que no se molestaron en reiterar su conminación de 1486. Sigüenza nos comenta al respecto: Los adversarios del estatuto parecían tener a su favor la mayoría de los argumentos teóricos, pero se vieron perjudicados por el descubrimiento de cristianos nuevos judaizantes en la Orden de San Jerónimo. Vista la tensión que reinaba en España a finales del siglo XV, ninguna comunidad religiosa podía permitirse ignorar un deshonor semejante al que entrañaban los conversos judaizantes para la comunidad jerónima. Por ironía de las cosas, la Orden de 54 Albert A. Sicroff, Ob. Cit., p. 103. 35La limpieza de sangre en el siglo XVIII venezolano San Jerónimo, que había sido la más acogedora de los judeocristianos, se vio forzada por esta circunstancia misma a ser la primera de las comunidades religiosas que adoptó un estatuto que los rechazó55. Hemos visto que, en la Orden de San Jerónimo los conversos se habían equivocado al pedir una investigación para extirpar de su comunidad a los cristianos infieles. En vez de surtir el esperado efecto de dejar a los cristianos nuevos fieles en posesión de su buen nombre y honor, la inquisición jerónima descubrió tantos casos de conversos judaizantes que acabaron por verse sospechados todos los cristianos descendientes de judíos. El mismo fenómeno se produjo fuera de la Orden de San Jerónimo. Una vez que el Santo Oficio de la Inquisición comenzó a funcionar en 1480 "…dando al público el espectáculo de numerosos judaizantes castigados en los autos de fe, la sospecha categórica hacia los conversos quedó reafirmada, lo cual estimuló la extensión rápida de los estatutos de limpieza por toda España…"56. La aplicación del estatuto de limpieza de sangre a los colegios universitarios es también de las más antiguas. Baltasar Cuart Moner en su libro Colegiales Mayores y Limpieza de Sangre durante la Edad Moderna ha estudiado a profundidad el asunto al igual que otros historiadores, y nos plantea lo siguiente: …se dice que en el Colegio Viejo de San Bartolomé, de Salamanca, se exigía sangre pura para los candidatos a ingresar en él en las bulas de confirmación de su fundación, promulgadas por Benedicto XIII y Martín V en 1414 y 1418, y que se dispuso la expulsión violenta de un converso en documento de 1498. Colegios como el de Santa Cruz, de Valladolid (1488) y el de San Antonio, de Sigüenza (1497) 55 Fray José de Sigüenza, Historia de la Orden de San Jerónimo, t. I., pp. 365-366. Citado por Julio Caro Baroja, Los Judíos en la España…, t. II., p. 295. 56 Albert A. Sicroff, Ob. Cit., p. 116. 36 Ángel Rafael Almarza lo tenían desde la época de Isabel la Católica y otros muchos lo conservaron hasta la misma época de Isabel II57. Pueden ponerse como modelo de las disposiciones referentes a limpieza de sangre en los colegios, las que hallan en las constituciones nuevas del Colegio Mayor de San Ildefonso, de Alcalá, que exigía a partir de 1519 y no desde su fundación en 1486: Iten ordenamos, que ninguno pueda ser admitido, ni elegido por Colegial, Capellán ni Porcionista del Colegio mayor, sin que primero se le haga información, de cómo no es hijo, ni descendiente de Judío, ni Moro, ni converso, ni Hereje, ni de otra secta, ni nuevamente convertido, ni infamado por sentencia del Santo Oficio de la Inquisición, ni que aya pública infamia, ni que es, o descendiente de alguno de los dichos Linajes, de manera, que por memoria de personas pueda constar, y que si alguna vez por yerro, o por fraude, o dolo, o culpa, o negligencia, alguno fuere elegido, que sea, o descienda de las dichas generaciones, luego que contaren por legítima probanza, sea expelido del Colegio, y que la tal información se haga por Informante en el Lugar de Origen, y domicilio del Opositor, y de sus Padres, y cuatro Abuelos, que aya testigos, que por lo menos conozcan, o ayan conocido de vista a el Opositor, y a su Padre, y Madre, y de vista, o conocimiento cierto de los cuatro Abuelos, y de los demás ascendientes que supieren, excepto, que averiguándose, que alguno de los Abuelos ha tanto tiempo que murió, que no se pueda hallar testigo de conocimiento, haciendo averiguación de ello, sea bastante la información de los Testigos, que depongan de noticias ciertas58. 57 Baltasar Cuart Moner, Colegiales Mayores y Limpieza de Sangre durante la Edad Moderna, pp. 11-12. 58 Constitutiones insignis Collegii SanctiIldefonsi, ac pe rinde totius almae Complvtensi Academia, edición de Alcalá, 1716, p. 10, título VII de la Reformación de 1665-1666. Citado por Ibídem, p. 16. 37La limpieza de sangre en el siglo XVIII venezolano Existen otros ejemplos de colegios que durante la primera mitad del siglo XVI mismo establecieron el estatuto de limpieza de sangre. Así, en 1535, Diego Ramírez de Villaescusa de Haro, lo implantó, y muy riguroso por cierto, en el Colegio Mayor de Cuenca59. En el Colegio y Universidad de Osuna las pruebas de limpieza de sangre se hacían ya por el año de 1555, según se desprende de documentos consultados por Baltasar Cuart Moner, como la probanza del bachiller Juan de Cárdenas, abuelo de Miguel de Cervantes60. Cuart Moner continúa con su exposición: Los jurisconsultos que se ocuparon de los estatutos en los siglo XVI y XVII indican que también lo tenía el Colegio español de Bolonia61, que ha durado hasta nuestros días, y así se explica que los genealogistas y las personas preocupadas por vanidades nobiliarias, suelan recurrir a los archivos de los colegios en sus averiguaciones, que aun, en España, suponen un considerable esfuerzo colectivo y un gasto tal vez más considerable aún. Otro linaje de eruditos encuentran en los mismos noticias curiosas sobre personajes ilustres en las artes y en las letras. Y así vemos, por ejemplo, que, con motivo de la probanza, 59 Albert A. Sicroff, Ob. Cit., p. 97, donde se ve que el que lo estableció se fundó en lo que se hacía en el Colegio de San Bartolomé. Domínguez Ortíz, La clase social de los conversos…, pp. 57-59, estudia muy bien los estatutos de los colegios, y en la p. 46 señala el paradójico hecho de que el mismo fundador del de Sevilla, es decir, maese Rodrigo de Santaella y Rodrigo López, fundados de la Universidad de Baeza, eran conversos, al decirde fray Domingo de Bastanás, que también dice que lo eran don Baltasar del Río, obispo de Escalas. 60 Francisco Rodríguez Marín, Nuevos documentos cervantinos hasta ahora inéditos, pp. 166 (preguntas), 167-168 (Respuesta de Cervantes en la que insiste en que el abuelo del pretendiente "…de parte de ser cristiano, demás de ser muy letrado es médico de la Inquisición, en la cual no entran a curar sino los que son cristianos viejos…". Citado por Baltasar Cuart Moner, Ob. Cit., pp. 25-26. 61 Antonio Fernández de Otero, Tractatus de officialibus reipublicae, p. 17. El autor es de comienzos del siglo XVII. 38 Ángel Rafael Almarza hecha en Córdoba a 3 de octubre de 1511, para Ginés de Sepúlveda, cuando éste pretendía ser colegial de Bolonia precisamente, se convocó a los testigos para que declararan que el que fue famoso humanista era cristiano, e de generación de cristianos lindos y libre de todo debido a parentesco de consanguinidad e afinidad de Moros, Judíos ni Confesos62. La fórmula se repitió muchas veces, con mayor o menor razón, en diferentes Colegios y lugares de España. Los colegios Imperial de Santiago y Real de San Vicente Mártir, de Huesca, que datan de la época de Carlos I y Felipe II, respectivamente, se ajustaron al estatuto de limpieza, y las pruebas de los colegiales constituyen un fondo abundante del Archivo Histórico de Huesca63. Basta con señalar que los estatutos de limpieza de sangre fueron adoptados por las Órdenes de Caballería de Santiago, Calatrava y Alcántara; al igual que para ingresar a los Tribunales como el de la Inquisición; en los Colegios Mayores, en las Órdenes Religiosas; en las Catedrales y Capillas; en Cofradías y Hermandades; para fundar Mayorazgos; Estatutos de Tierras y Villas; Estatutos para ciertos oficios públicos y municipales, entre otros64. 61 Antonio Fernández de Otero, Tractatus de officialibus reipublicae, p. 17. El autor es de comienzos del siglo XVII. 62 Juan Beneyto Pérez, "Ginés de Sepúlveda, colegial de Bolonia", en: Boletín de la Real Academia Española, XXV (1946), p. 400. Citado por Ibídem, p. 28. 63 José Antonio Martínez Bara, Archivo Histórico de Huesca. Catálogo de fondos genealógicos, pp. 29-30. Citado por Baltasar Cuart Moner, Ob. Cit., p. 29. respecto a las pruebas de limpieza de sangre para ingresar en el Colegio de los españoles de San Clemente de Bolonia, véase el libro del canónico de Sevilla don Salvador Silvestre de Velasco y Herrera, Compendio de la nobilísima fundación y privilegios del Colegio Mayor de Señor S. Clemente de los españoles de Bolonia, (Sevilla, 1695), pp. 117-134, en las que, así como antes, en la p. 116, hay una amarga queja contra los linajudos "…que debiéndose aplicar a lícitos ejercicios, emplear todas sus astucias y habilidades a zurcir defectos, que marchitan en la ropa más limpia, y acendrada, y a pegar remiendos a los vestidos más ricos, y lucidos…". 64 Julio Caro Baroja, Los Judíos en la España…, t. II., pp. 287-288. 39La limpieza de sangre en el siglo XVIII venezolano Si los estatutos de limpieza de sangre se extendieron indefectiblemente a un número creciente de comunidades españolas al establecerse y comenzar a obrar la Inquisición, la actitud de los soberanos españoles al respecto evolucionaba de forma menos regular. Albert Sicroff plantea el problema que representó la indecisión de los soberanos españoles respecto al principio de limpieza de sangre: …ya hemos visto que Fernando e Isabel se oponían al estatuto de los jerónimos en 1486. No obstante, cuando el papa lo ratificó en 1495, se guardaron de expresar de nuevo su oposición […] En general, los Reyes Católicos terminaron por aceptar el principio de excluir a los descendientes de individuos castigados por la Inquisición por crímenes de herejía y de apostasía, como aparece en la ley promulgada en Granada el 20 de septiembre de 150165. Pero no estaban dispuestos a proscribir categóricamente a los cristianos nuevos, y sus relaciones con Tomás de Torquemada y Hernando de Talavera, ambos de origen judío, son prueba de ello. Lo mismo indicaría sus esfuerzos por retener a su ministro de finanzas Abraham Señor, en el momento de la expulsión de los judíos. Al amenazar los Reyes a su súbdito con medidas todavía más severas si se negaba a bautizarse, Señor aceptó hacerse cristiano. Al fin, Fernando e Isabel mismo fueron los padrinos de su ministro, quien se bautizó y tomó el nombre de Pablo Coronel66. La legitimación definitiva de los estatutos de limpieza de sangre por la monarquía española se realizó en el reinado de Felipe II, cuando la Iglesia Primaria de España dio el paso definitivo de proclamar su propio estatuto de limpieza de sangre67. 65 "… que ningún reconciliado, ni hijo, ni nieto de condenado por la Santa Inquisición pueda usar de oficios públicos, ni tenerlos…". Nueva Recopilación de las Leyes de España, Libro VIII, Título III, Ley 3 (tomo II, fol. 341 de la edición de Madrid, 1772). 66 Albert A. Sicroff, Ob. Cit., pp. 122-123. 67 Ibídem, p. 124. 40 Ángel Rafael Almarza Todo lo antes dicho es para afirmar que no se trataba de un desvelo pasajero, sino de una preocupación profunda y de larga data en la vida de la península. En efecto, abundan los indicios que muestran que la limpieza de sangre era un elemento constante en la conciencia de los españoles del Siglo de Oro y cuyas repercusiones se hacían sentir, a veces de una manera decisiva, en algunos aspectos cruciales de la vida de aquella época. Albert Sicroff profundiza el tema cuando se refiere al impacto de la limpieza de sangre en la vida cotidiana de los españoles: …en el ambiente tenso creado por la cuestión de limpieza, es evidente que ningún español podía sustraerse, cualesquiera que fueran sus esfuerzos para impedirlo, al imperativo de la limpieza de sangre […] Los escrúpulos de limpieza crearon una atmósfera cargada de recelos en que los individuos que se sabía o sospechaba ser de origen judío se hallaban constantemente vigilados. Se escudriñaban las palabras y los actos de estas personas para sorprender en ellos implicaciones que parecían atentar contra el principio de limpieza que se había instalado como si fuera un artículo de la ortodoxia católica en España. […] En cuanto a los que tenían ocasión de verse enredados en el sistema de las informaciones sobre la limpieza de sangre, fuese por su propia candidatura a un oficio de honor o por la de un pariente, el examen de las controversias sobre los estatutos ya nos ha indicado en términos generales la angustia que habían de sufrir…68 El valor de la limpieza de sangre llegó a tener una importancia crucial para los españoles desde mediados del siglo XV en adelante, y se encuentra en estrecha relación con los valores de la nobleza y del honor, cuya importancia aumentó también hacia mediados del siglo XVI. Numerosos tratados sobre la nobleza que aparecen a mediados del siglo XVI son reflejo de esta preocupación. Estas obras son recogidas por Juan Hernández Franco en Cultura y Limpieza de Sangre en la España Moderna: 68 Ibídem, pp. 307-309. 41La limpieza de sangre en el siglo XVIII venezolano En 1553, Juan Arce de Otalora publica en Granada su De nobilitate et immunitatis Hispaniae causis, quas hidalguia apellant que fue reelaborado y publicado de nuevo seis años más tarde en Salamanca con el título de Summa nobilitatis hispanicae. Cuatro años más tarde aparece el Tractatus de hispanorum nobilitate (Alcalá, 1557) de Juan García de Saavedra. En 1573 fue impreso en Alcalá el De hispanorum primogeniorum origine ac nature de Luis de Molina, libro que tuvo al menos nueve ediciones subsiguientes hasta 1757. En 1591, apareció en Madrid la obra del catalán fray Juan Benito Guardiola, titulada Tratado de nobleza y de los títulos y ditados que oy tienen los varones claros y grandes de España, de la que apareció una segunda edición en 1595. Luego se vieron aparecer obras como Discurso de la nobleza de España, de Bernabé Moreno de Vargas (Madrid, 1621) y el Libro de las cinco excelencias del español que despueblan a España parasu mayor potencia y dilatación, de fray Benito de Peñalosa y Mondragón (Pamplona, 1629)69. Hernández Franco interpreta que cualquiera que fuese el propósito inicial de estas obras, ya que trataron de introducir alguna claridad en las confusas ideas que existían de la nobleza o de definir las personas que están exentas de impuestos, todas encontraron la ocasión de manifestar la exaltación de España como el país más noble del mundo70. El alcance de la limpieza de sangre en España durante el siglo XV se evidencia en la expansión que tuvo este procedimiento, tanto en las instituciones como en la vida cotidiana española, trayendo como consecuencia directa que en 1492 se expulsaran definitivamente a todos los judíos. En ese mismo año, Cristóbal Colón arribó al territorio que posteriormente se conocerá con el nombre de América, dándose inicio a un proceso de conquista, colonización e implantación de 69 Juan Hernández Franco, Ob. Cit., pp. 171-172. 70 Ibídem., p. 173. 42 Ángel Rafael Almarza valores e instituciones españolas en los nuevos territorios. En cuanto a la implantación de los valores en los nuevos territorios americanos, ¿tendría el concepto de limpieza de sangre algún impacto? La incorporación de los estatutos de limpieza de sangre en América Los autores que han trabajando el tema de la limpieza de sangre en América aseguran que la transferencia de este valor se dio desde los primeros años de la conquista y colonización de los nuevos territorios71. La misma está relacionada con el principio de control, orden social, político y religioso de las provincias de ultramar por parte de la Península. Desde el punto de vista legal, la incorporación de los Estatutos de limpieza de sangre en el Derecho Indiano se evidenció en la prohibición de embarcarse hacia el nuevo continente a los descendientes de judíos o moros, al igual que la ejecución de los Estatutos de limpieza de sangre en las diferentes reglamentaciones de las principales instituciones de las provincias hispanoamericanas. La puesta en práctica de la limpieza de sangre en América fue la respuesta a la expansión territorial y a una estrategia europea de control de las nuevas instituciones que emergieron. El concepto de 71 Uno de los pocos trabajos que plantea el problema de "limpieza de sangre" para el conjunto de América Hispánica fue el realizado por Marta Canessa De Sanguinetti titulado El bien nacer: limpieza de oficios y limpieza de sangre: raíces ibéricas de un mal latinoamericano. Luis Lira Montt El estatuto de limpieza de sangre en el Derecho Indiano; El estatuto de limpieza de sangre en Indias. Para el caso argentino, encontramos el estudio de Jeffrey M. Shumway titulado The purity of my blood cannot put food on my table: Changing Attitudes towards Interracial Marriage in Nineteenth Century Buenos Aires. María Elena Martínez tiene varias publicaciones al respecto, destacándose Religion, Purity and Race. The Spanish concept of Limpieza de Sangre in XVII century Mexico and the Broader Atlantic World. También existe el trabajo realizado por Emiliano Frutta titulado Limpieza de Sangre y Nobleza en el México Colonial: la formación de un saber nobiliario (1571-1700) y el de Carlos López Beltrán De perfeccionar el cuerpo a limpiar la raza: sobre la sangre y la herencia (1750 – 1870). 43La limpieza de sangre en el siglo XVIII venezolano limpieza de sangre fue utilizado como medio para excluir a los nativos americanos, a los africanos y a sus descendientes, convirtiéndose en la base ideológica de un sistema de estratificación social jerárquica basada en el origen del individuo: español, indio o negro. Richard Konetzke en su obra dedicada a la época colonial de América Latina nos plantea que la colonización de América por los españoles no fue un movimiento migratorio libre, una partida espontánea de diversas personas, familias y grupos con vistas a la fundación de una nueva patria. Todas las decisiones individuales de emigrar, e incluso las de trasladarse por un tiempo a los territorios de ultramar, requerían normalmente para su realización un permiso estatal. La colonización española de América constituye un ejemplo de política metropolitana de emigración y población fijada por ley72. Sobre este tema puntualiza Konetzke lo siguiente: Este hecho se explica porque el descubrimiento de América se realizó a expensas y por encargo de los Reyes Católicos y porque la corona de Castilla se aseguró, mediante las bulas papales de 1493 y el tratado de Tordesillas (1494) los derechos exclusivos de descubrimiento y soberanía en la parte del océano más allá de la línea de demarcación. Se debía impedir violentamente y sin miramientos la penetración de navegantes extranjeros en esa región del mundo. Los soberanos, pues, desde el comienzo reclamaron el control de todas las expediciones en el Mar Océano y exigieron que todas las empresas de esa índole estuvieran provistas de una autorización real previa73. Del mismo modo, supervisaron la entrada e inmigración en las provincias de ultramar. Ya con ocasión del segundo viaje de Cristóbal Colón los Reyes Católicos ordenaron que todas las personas que viajaban en las naos debían presentarse ante el almirante y los 72 Richard Konetzke, "El Estado español y la emigración de España a América", en: Seitabi, n° 15-16 (1945), pp. 5-19 73 Richard Konetzke, América latina. La época colonial, p. 50 44 Ángel Rafael Almarza encargados de la organización de la flota, el archidiácono Juan Rodríguez de Fonseca y el secretario Juan Soria, quienes los inscribirían en un registro "…porque se sepa las personas que van, e de qué calidad e oficio son cada una dellas…"74. A la Casa de Contratación de Sevilla, en 1503, también se le encomendó la vigilancia y orientación de la emigración española al Nuevo Mundo, nos plantea Konetzke "…quienquiera que deseare emprender un viaje a América en lo sucesivo había de procurarse el permiso de la Casa de Contratación…"75 Estas medidas para la vigilancia y control de la emigración se aplicaron con mayor o menor severidad según la necesidad de inmigrantes que tuvieran las colonias. Konetzke asegura que estas regulaciones servían, por decirlo así, como exclusas para regular en beneficio público la corriente de emigrantes. Cuando llegaba el momento en que la conquista del continente americano requería más gente, el gobierno hacía sonar el toque de llamada e interesaba a la opinión pública por las riquezas del Nuevo Mundo. A la Casa de Contratación se le indicaba que liberalizara los controles de salida y que no verificara tan celosamente los datos personales. El reclutamiento de emigrantes debía realizarse ante todo en el país vasco, en la montaña de Santander y en Guipúzcoa, así como en otras comarcas pobres y estériles con exceso de población, tal como lo declara una Real Cédula del 25 de julio de 151176. En épocas posteriores, cuando las colonias necesitaron una mayor inmigración procedente de la metrópoli, se relajaron los controles de embarque. 74 Instrucción a Cristóbal Colón, 29 de mayo de 1493. Citado por Ídem. 75 Por una real orden dictada en 1509 por el rey Fernando, los empleados sevillanos debían llevar un registro personal de todos los viajeros y consignar en él el oficio de cada uno de éstos. En los reglamentos de la Casa de Contratación aprobados en 1510 y 1531 se hicieron constar esas disposiciones. Ídem. 76 Ibídem, p. 51. 45La limpieza de sangre en el siglo XVIII venezolano En los años 1528, 1529 y 1531 Carlos V concedió una licencia general para emigrar a las Indias, de modo que se poblaran aquellos territorios […] En el siglo XVII los reinos americanos parecían estar tan poblados de españoles que el Consejo de Indias se vio en la necesidad de restringir considerablemente el número de los permisos de embarque y concederlos sólo por razones particularmente fundadas e ineludibles. El rey Felipe III ordenó asimismo que en lo sucesivo se concedieran esas licencias con mucha moderación, pues ya se notaba en España una aguda falta de pobladores. La misma
Compartir