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Másde30palabras …………….. CHOFER DE TAXI …………. 5010 ( Rechazo TCL C.D. N° 27374327452 , en todas sus partes y términos , por ser la misma falaz , improcedente y maliciosa . En primer lugar , a los fines de evitar reiteraciones , ratificamos todas las misivas enviadas con anterioridad por esta parte, y en especial ratificamos CD N° 727205472 de fecha 12 de Marzo del año 2020 por medio de la cual se comunica fehacientemente la extinción del vinculo laboral por abandono del puesto de trabajo . En particular, niego fecha de ingreso invocada , las condiciones de modo , tiempo y oportunidad de cómo se desenvolvió el contrato de trabajo , como así también que percibiera una remuneración inferior a la que convencionalmente le correspondía . Niego por ser falso en su totalidad , que el día 02/03/2020, se le haya comunicado , luego de finalizada su jornada , que el vehículo iba a estar en reparaciones por unos días . También niego que el Sr. Vega se haya presentado a trabajar luego de la intimación que le fuere c ursada a raíz de sus ausencias injustificadas , mediante CD Nº 732434684 para que retome sus tareas , bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art 244 LCT .- Asimismo , queda m anifiesta la falta de sustento y coherencia del relato d el Sr. Vega , el cual es fruto de su inventiva , al no hacer mención en su telegrama , del silencio en el cual incurre por la falta de respuesta a la CD Nº 7588888005472 mediante la cual se le comunico el despido con justa causa . Este es el motivo por el cual , para dar una aparente coherencia a su relato , debe invocar hechos totalmente ficticios , tal y como hace cuando afirma falazmente haberse reincorporado a su puesto , luego de recibida la misiva que lo intimaba a retomar tareas atento encontrarse incumpliendo su debito laboral . Así las cosas , se vuelven notorias la mala fe , la actitud ventajista , y las intenciones de obtener algún tipo de beneficio económico por medio de esta aventura jurídica que ha decidido emprender .- En virtud de todo lo expuesto , niego corresponda abonar indemnización por antigüedad , preaviso , integración mes de despido , haberes , diferencia de haberes , multas del art 1 y 2 de la ley 25.323, como así también rechazo la procedencia de lo dispuesto por el DEC–NU 34/2019, como así también cualquier otro rubro indemnizatorio sobre el cual pretenda tener derecho .- Finalmente , lo INTIMO a que en el plazo de dos dias habiles , proceda a retirar la certificación de Servicios y remuneraciones y el certificado de trabajo en los términos del Art. 80 LCT, que se encuentran a su disposición en el domicilio Lagunilla 5552 barrio Matienzo - D oy por finalizado el intercambio epistolar .- QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO. CÓRDOBA 08 DE MAYO DE 2020. )
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