Descarga la aplicación para disfrutar aún más
Vista previa del material en texto
HORAS EXTRAORDINARIAS Dentro de los 4 meses siguientes a su realización. Todas las horas que se realicen por encima de las marcadas en nuestro horario diario. Son de prestación voluntaria. Deben compensarse mediante dinero o tiempo. Empresa: Comunicará a cada persona trabajadora el número de horas extras realizadas al igual que a la representación de los trabajadores/as. Persona trabajadora: Todas las horas extras tienen que quedar reflejadas en el sistema de fichajes. Las compensadas económicamente tienen que reflejarse en la nómina, al constituir un concepto salarial independiente, no pudiendo ser compensables ni absorbibles con otras remuneraciones o conceptos. Las que superan las horas ordinarias pactadas en un contrato a tiempo parcial de duración indefinida. No podrán considerarse extraordinarias. HORAS COMPLEMENTARIAS Pactadas expresamente entre trabajador y empresa. No podrán exceder el 15 % de las horas ordinarias. COMPENSACIÓN CONTRATOS A TIEMPO PARCIAL ¿QUÉ SON? OBLIGACIONES El número de horas extraordinarias no podrá ser superior a 80 hrs/año. 1 2 1 2 Ficha de afiliación fecha ………... .. / ……………..……… /…………. Nombre y apellidos ......................................................................................................................................................................................................................... DNI .…….....……....................................... Teléfono ….......................................…..................... Fecha nacimiento ….............. / ............................. / ….……. Dirección ........................................................................................................................................................................................................................................... Población .................................................................................................................................................................... Código postal .......................................... Empresa/centro de trabajo ............................................................................................................................................................................................................ Correo electrónico ……………………………………....….................................................................…................................... Firma de afiliación: Orden de domiciliación código internacional IBAN: E S IBAN NÚMERO DE ENTIDAD OFICINA DC CUENTA Con mi firma autorizo a CCOO para cargar a mi cuenta los importes correspondientes. Concepto: cuota sindical - Tipo de pago: periódico Localidad .................................................................................. Firma de orden de domiciliación: (Entrégala a tus representantes de CCOO o envíala directamente a Calle Ramírez de Arellano, 19, 5ª planta 28043 - MADRID) PROTECCIÓN DE DATOS: Tus datos serán incorporados a un fichero titularidad de CCOO integrado por los ficheros pertenecientes a la confederación o unión regional correspondiente según el lugar en que radique tu centro de trabajo, a la federación del sector al que pertenezca la empresa en la que trabajes, así como - en todo caso - a la CSCCOO. En la siguiente URL puedes consultar los diferentes entes que componen CCOO: http://www.ccoo.es/sindicato/sindicato.html. La finalidad del tratamiento de tus datos por parte de todas ellas la constituye el mantenimiento de tu relación como afiliado, con las concretas finalidades establecidas en los estatutos. Además de lo indicado tus datos pueden ser empleados por CCOO para remitirte información sobre las actividades y acuerdos de colaboración que se establezcan con otras entidades. Siempre estarás informado en la web de CSCCOO (http//:www.ccoo.es) de dichos acuerdos y de los datos de dichas entidades. Puedes ejercer tus derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso, oposición, enviando una solicitud por escrito acompañada de la fotocopia de tu DNI dirigida a CSCCOO con domicilio en la C/ Fernández de la Hoz nº 12. 28010. Madrid. Deberás indicar siempre la referencia “PROTECCIÓN DE DATOS”. Si tienes alguna duda al respecto puedes remitir un email a lopd@ccoo.es o llamar por teléfono al 917028077. Desde CCOO reivindicamos que no se recurra a solicitar hacer más horas de las establecidas por ley, ya sean extraordinarias o complementarias. Cumplir con los horarios marcados en contrato sólo puede significar eficiencia; trabajar más horas no es ni beneficioso para la salud ni para el resto de compañeros y compañeras en cuanto al ratio de productividad. El incremento de la carga de trabajo – independientemente de sus motivos – tiene otras soluciones como el cambio de contratos, la creación de más empleo estable y no por ETT, además de una mejor organización del trabajo, entre otras medidas. Con unas cargas excesivas de trabajo desde septiembre de 2019 y con constantes y reiteradas solicitudes para realizar horas extras, todos los trimestres se suceden los despidos de personas trabajadoras con una experiencia de más de 15 años, que en algunos casos, son sustituidas con personal de ETT o simplemente, no son sustituidas. CRC ¿Y QUÉ SUCEDE EN CASER? Fuera del CRC, también se trabajan horas de más sin compensación alguna, en detrimento de la propia salud, en contra de la conciliación y en perjuicio de los demás compañeros y compañeras.
Compartir