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Tratado de los Derechos Constitucionales

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Tratado 
de los Derechos 
Constitucionales
Julio César rivera (H), José sebastián elias, 
luCas sebastián Grosman, santiaGo leGarre
(Directores)
Tratado 
de los Derechos 
Constitucionales
Tomo I
Coautores: María Gracia Andía, Raquel Asensio, 
Ursula C. Basset, Laura Cantore, Mercedes Cavallo, 
Juan Cianciardo, Laura Clérico, Carmen Colazo, 
Ariel E. Dulitzky, José Sebastián Elias, Cecilia Ezpeleta, 
Martín Farrell, Manuel José García-Mansilla, 
Roberto Gargarella, Juan F. González Bertomeu, 
Ricardo Guibourg, Jorge Nicolás Lafferriere, 
Virginia Menéndez, Sofía Minieri, Gabriel Pérez Barberá, 
Silvina Ramírez, Pablo Riberi, Julio César Rivera (h), 
Maximiliano J. Romero, Estela B. Sacristán, 
Rodrigo Sánchez Brígido, Fernando M. Toller, 
Guillermo F. Treacy, Pilar Zambrano, Demián Zayat
© Julio César Rivera (H), José Sebastián Elias, 
Lucas Sebastián Grosman, Santiago Legarre, 2014
© de esta edición, AbeledoPerrot S.A., 2014
Tucumán 1471 (C1050AAC) Buenos Aires
Queda hecho el depósito que previene la ley 11.723
Impreso en la Argentina
Todos los derechos reservados
Ninguna parte de esta obra puede ser reproducida
o transmitida en cualquier forma o por cualquier medio
electrónico o mecánico, incluyendo fotocopiado, grabación
o cualquier otro sistema de archivo y recuperación
de información, sin el previo permiso por escrito del Editor y el autor.
Printed in Argentina
All rights reserved
No part of this work may be reproduced
or transmitted in any form or by any means,
electronic or mechanical, including photocopying and recording
or by any information storage or retrieval system,
without permission in writing from the Publisher and the author.
Tirada: 400 ejemplares
ISBN 978-950-20-2603-9 (Tomo I)
ISBN 978-950-20-2602-2 (Obra completa)
SAP 41643719
Argentina
Tratado de los derechos constitucionales / Julio C. 
Rivera (h.) ... [et.al.]; dirigido por Julio Rivera (h) ... 
[et.al.]. - 1a ed. - Ciudad Autónoma de Buenos Aires: 
Abeledo Perrot, 2014.
v. 1, 1200 p.; 24x17 cm.
ISBN 978-950-20-2603-9
1. Derecho Constitucional. I. Rivera (h.), Julio C. II. 
Rivera (h), Julio, dir.
CDD 342
SOBRE LOS DIRECTORES
José sebastián elias
Abogado (primer promedio de su promoción, Universidad de Mendoza), 
Master of Laws (L.L.M.) y Doctor of the Science of Law (J.S.D.), Yale Uni-
versity. Fue profesor de alta dedicación de la Universidad de Palermo y de 
la Universidad de San Andrés, donde actualmente es profesor de cátedra. 
Es co-editor de un libro y autor de numerosos artículos sobre temas de 
derecho y teoría constitucional, publicados en el país y en el extranjero.
luCas Grosman
Abogado (UBA), Master of Laws (LL.M.) y Doctor of the Science of Law 
(J.S.D.), Yale University. Es Director del Departamento de Derecho y profe-
sor en la Universidad de San Andrés. Fue Tutor in Law en Yale Law School, 
Vocal de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (2001-2003) 
y asesor del Secretario de Defensa de la Competencia (2000-2001).
santiaGo leGarre
Abogado (Medalla de Oro, UCA), Master of Studies in Legal Research (Uni-
versity of Oxford) y Doctor en Derecho (UBA). Investigador Independiente 
del CONICET. Es profesor titular de Derecho Constitucional de la Universi-
dad Católica Argentina y Visiting Professor de la University of Notre Dame 
Law School (Indiana) y de la Strathmore Law School (Nairobi).
Julio César rivera (H)
Abogado (Medalla de Oro, UCA). LL.M. (Harvard Law School) y Doctor en 
Derecho (UBA). Es profesor de derecho de la Universidad de San Andrés y 
Global Adjunct Professor of Law (New York University School of Law). Autor 
de diversos artículos y libros sobre cuestiones de derecho constitucional.
VIII J. C. RIVeRA (H), J. S. elIAS, l. S. GRoSmAN, S. leGARRe (DIReCToReS)
SOBRE LOS AUTORES
mariela aisenstein
Abogada egresada de la Universidad Torcuato Di Tella. Máster en Derecho Constitucio-
nal y Derechos Humanos (Universidad de Harvard). Diploma de Pos-título en Derechos 
Humanos y Procesos de Democratización de la Universidad de Chile. Actualmente es 
Becaria de Investigación Fulbright - Consejo de la Magistratura de la Ciudad en el Co-
legio de Abogados de la Ciudad de Nueva York.
ramiro álvareZ uGarte
Profesor de Derecho Constitucional I y Derecho Constitucional y Cambio Social en la 
Universidad de Palermo. Abogado (UCA, 2003) y LL.M. Escuela de Leyes de la Univer-
sidad de Columbia (2009), donde fue becario Fulbright y Harlan Fisk Stone Scholar. 
Director del Área de Acceso a la Información y Privacidad de la Asociación por los 
Derechos Civiles (ADC).
marÍa GraCia anDÍa
Profesora de Derecho de la Universidad de San Andrés. También es profesora de la 
Maestría de Administración Pública de la Universidad del Salvador. Investigadora aso-
ciada en el Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Cre-
cimiento (CIPPEC) y miembro del Instituto de Metodología de las Ciencias Sociales de 
la Academia Nacional de Ciencias Morales y Políticas en Argentina. Fue investigadora 
visitante en la Escuela de Derecho de la Universidad de Columbia en Nueva York y 
obtuvo su doctorado en Derecho, Políticas Públicas y Sociedad (PhD in Law, Policy and 
Society) de Northeastern University en Boston, Massachusetts. Abogada (Universidad 
de Mendoza en Argentina). 
Gustavo arballo
Profesor de Derecho Público Provincial y Municipal en la Facultad de Ciencias Econó-
micas y Jurídicas de la Universidad Nacional de La Pampa. Secretario de Jurispruden-
cia del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de La Pampa.
raQuel asensio
Abogada (UBA). Especialista en Derecho Público por la Universidad de Palermo y Diplo-
ma de Pos-título en Derechos Humanos de la Mujer por la Universidad de Chile. 
Damián aZraK
Abogado (UBA). Maestrando en Derecho Constitucional y Derechos Humanos de la 
Universidad de Palermo y Doctorando por la Universidad de Buenos Aires. Coordinador 
junto a J. Sebastián Elias y Julio C. Rivera (h) en el libro “¿Cómo podría haber sido 
decidido el caso ‘Peralta’? Repensando la jurisprudencia constitucional de la Corte 
Suprema”, Editores del Puerto, 2013.
FernanDo basCH
Abogado (UBA). Maestría en Teoría Jurídica y Política (University College London). Ha 
enseñado Derecho Constitucional, Derecho Penal Económico y Derechos Humanos en 
las universidades de Buenos Aires, de Palermo y de San Andrés, y Derecho e Institu-
ciones Latinoamericanas en el programa de verano en Buenos Aires de Southwestern 
Law School, donde fue Visiting Scholar. Fue becario Fulbright y Chevening y publicó 
múltiples capítulos de libros y artículos sobre materias vinculadas al Derecho Penal, los 
Derechos Humanos y las políticas anticorrupción. Actualmente es socio de Governance 
Latam.
ursula Cristina basset
Profesora Titular Ordinaria de Derecho de Familia y Sucesiones (UCA). Directora del 
Centro de Investigaciones en Derecho de Familia. Doctora en Ciencias Jurídicas.
 TRATADo De loS DeReCHoS CoNSTITuCIoNAleS IX
DelFina beGuerie
Abogada (UCA, 2010). Maestranda en Derecho Internacional de los Derechos Humanos 
(UBA). Becaria UCA en el Programa de Estudios Avanzados de Derechos Humanos 
(Washington College of Law American University, 2012). Asistente de docencia en De-
recho Constitucional (Sebastián Elias, Julio Rivera (h) y Lucas Grosman en UDeSA; 
Orlando Gallo y Marina Prada en UCA). 
alberto bianCHi
Abogado (UCA, 1978) y doctor en Derecho por la Universidad de Buenos Aires en 
1988, con tesis recomendada al Premio Facultad. Es Miembro de Número de la Aca-
demia Nacional de Ciencias de Buenos Aires. En 1991 recibió el Premio Academia 
Nacional de Derecho y Ciencias Sociales y en 2012 recibió el Premio Academia Na-
cional de Derecho de Córdoba. Es profesor de Derecho Constitucional Profundizado en 
la Universidad Católica Argentina y en la Universidad Austral. Es autor de 18 libros y 
más de 300 artículos sobre temas de Derecho Administrativo y Derecho Constitucional.
DieGo botana
Abogado (UBA). LL.M.(Masters in Law) en Duke University,en el que se enfocó en 
materias de Derecho Constitucional, Organización del Poder, y Liberalismo y Religión. 
Ejerce la profesión de abogado como socio del Estudio Allende & Brea, y es profesor 
de materias vinculadas a Derecho Constitucional en la Universidad de San Andrés. Es 
miembro del Consejo de Redacción de la Revista Criterio, en la que publica artículos 
vinculados a Derecho Constitucional y Actualidad Política de manera periódica.
PeDro Caminos
Abogado (UBA). Profesor de Derecho Constitucional en la Facultad de Derecho de la 
Universidad de Buenos Aires y en la Universidad de Ciencias Empresariales y Sociales. 
mario CámPora (H)
Abogado (UBA), L.L.M. (NYU). Secretario letrado de la Corte Suprema de Justicia de la 
Nación. Profesor de Elementos de Derechos Constitucional de la Facultad de Derecho 
de la Universidad de Buenos Aires.
laura Cantore
Doctora en Derecho y Ciencias Sociales (UNC). Profesora asistente por concurso de Fi-
losofía del Derecho e Introducción al Derecho (Fac. de Derecho y Cs. Ss. U.N.C.), Prof. 
Co-titular de las Opcionales “Géneros, Derechos y Familias” e “Identidad de Género, 
Subjetividades y Bioética” (Fac. de Derecho y Cs. Ss. U.N.C.). Investigadora UADY 
(MEXICO) y Univ. Capitan Gerardo Barrios, República del El Salvador.
aleJanDro CarriÓ
Abogado (UBA), Master of Laws, Louisiana State University, Profesor de la Maestría 
en Derecho de la Universidad de Palermo, Profesor Visitante en las Universidades de 
Louisiana y Syracuse, Estados Unidos, y autor de numerosas obras de Derecho Consti-
tucional y Procesal Penal.
J. FranCisCo CarriÓ
Abogado (UBA); LLM (Lousiana State University); socio en el Estudio Carrió & Garay. 
Anteriormente se desempeñó como Relator en la Sala I de la Cámara Nacional de Ape-
laciones en lo Criminal y Correccional Federal.
santiaGo Castro viDela
Abogado (2005) y Magíster en Derecho Administrativo (Universidad Austral, 2013). 
Profesor ayudante de Bases Constitucionales del Derecho Administrativo, Maestría en 
Derecho Administrativo y Maestría en Derecho (LLM), Universidad Austral. Profesor 
adjunto del Claustro Docente de la Escuela del Cuerpo de Abogados del Estado. Miem-
bro asociado de la Asociación Argentina de Derecho Constitucional y de la Asociación 
Argentina de Derecho Procesal Constitucional. Socio de “Bianchi, Galarce & Castro 
Videla. Abogados”.
X J. C. RIVeRA (H), J. S. elIAS, l. S. GRoSmAN, S. leGARRe (DIReCToReS)
merCeDes Cavallo
Abogada (UTDT, 2007). Magíster (LL.M.) en Derechos Sexuales y Reproductivos de la 
University of Toronto (2009), pos-título en Mujeres y Derechos Humanos de la Universi-
dad de Chile (2011). Ex Directora del Área de Derechos Económicos, Sociales y Cultu-
rales en la Asociación por los Derechos Civiles. Actualmente, es Secretaria del Juzgado 
Nacional en lo Criminal y Correccional Federal n°4 de la Capital Federal.
Juan CianCiarDo
Investigador del Instituto Cultura y Sociedad de la Universidad de Navarra y del Consejo 
Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET). Profesor de Filosofía del 
Derecho en la Universidad Austral.
laura ClériCo
Abogada (UBA), Magister Legum y Doctora en Derecho (Dr. iur.) por la Universidad de 
Kiel (Alemania). Investigadora del CONICET y Profesora de Derecho Constitucional en 
la carrera de grado y en el Doctorado (UBA). Ha escrito libros y artículos sobre dere-
chos humanos y constitucionales, examen de proporcionalidad y de igualdad. Desde 
2014 es Profesora DAAD de Derecho Constitucional Comparado y Derechos Humanos 
en la Facultad de Derecho de la Universidad de Erlangen-Nürnberg, Alemania.
Carmen ColaZo
Abogada (egresada distinguida Universidad Nacional de Córdoba, Argentina, en sus 
400 años). Consultora Destacada en Beijing+15 por Naciones Unidas. Magister en 
Sociología UOC, Catalunya. España. Doctoranda en Derecho y Ciencias Sociales UNC. 
Abogada y Lic. en Ciencias de la Información UNC. Investigadora en género y DDHH. 
Primera Directora Educación Ministerio de la Mujer, Paraguay, y Asesora del mismo. 
Directora Maestría en Género y Desarrollo de la Universidad Nacional de Asunción y 
Diplomatura en Desarrollo Humano desde el enfoque de Género y DDHH del post-grado 
de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la UNC. Coordinadora Red Interame-
ricana Mujeres, Géneros y Desarrollo con Equidad del COLAM-OUI. 
siro De martini (H)
Abogado (UCA). Director del Programa “Derecho Internacional de los Derechos Huma-
nos” de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica Argentina. Funcio-
nario de la Fiscalía General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
DieGo DolabJián
Abogado (UBA). Docente de Derecho Constitucional en la Facultad de Derecho de la 
Universidad de Buenos Aires y Escuela del Cuerpo de Abogados del Estado de la Procu-
ración del Tesoro de la Nación.
ariel DulitZKY
Profesor y director de la Clínica de Derechos Humanos y Director del Centro de De-
recho Latinaomericano de la Escuela de Derecho de la Universidad de Texas. Desde 
agosto de 2010 es uno de los cinco expertos independientes que integran el Grupo de 
Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias de Naciones Unidas. A partir de 
octubre de 2013, actúa como Presidente-Relator del Grupo de Trabajo. Ha publicado 
extensamente sobre Derechos Humanos, el sistema interamericano, discriminación ra-
cial, Derecho Constitucional y Estado de Derecho en América Latina y ha enseñado en 
diversas universidades en Argentina y en los Estados Unidos. El profesor Dulitzky se 
graduó con honores de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos y recibió su 
LLM (Maestría) de la Escuela de Derecho de Harvard en 1999. Dulitzky recibió el Gary 
Bellow Public Service Award de la Escuela de Derecho de Harvard en reconocimiento 
por su carrera en Derechos Humanos en 2007.
CeCilia eZPeleta
Abogada (Universidad Nacional de Córdoba); Magister en “Estudios de las Mujeres y 
de Género” - Máster Europeo GEMMA (Universidad de Granada, España); Adscripta 
de la asignatura “Derecho Constitucional”, Cátedra B (Fac. de Derecho y Cs. Sociales, 
 TRATADo De loS DeReCHoS CoNSTITuCIoNAleS XI
U.N.C.); docente invitada cátedra opcional “Géneros, Derechos y Familias” (Fac. de De-
recho y Cs. Sociales, U.N.C.); Coordinadora de la “Diplomatura en Desarrollo Humano 
con Perspectiva de Género y Derechos Humanos” - Fac. de Derecho y Cs. Ss. U.N.C. e 
INECIP Córdoba; Profesora del Programa de Formación en “Géneros, Derechos y Justi-
cia Fany Puyesky” - Colegio de las Américas (COLAM-OUI), integrante de la Oficina de 
la Mujer del Poder Judicial de la Provincia de Córdoba.
martÍn D. Farrell
Profesor emérito UBA. Profesor Universidad de Palermo. Autor de 17 libros sobre Fi-
losofía del Derecho, Moral y Política. Autor de más de 70 artículos sobre tales temas, 
publicados en español, inglés, italiano y alemán.
miCaela Finoli
Abogada (UTDT). Maestrando en Educación (Universidad de San Andrés).
osCar Flores
Abogado (UNT). Doctor en Derecho UBA. Profesor adjunto regular de Derecho Cons-
titucional y de Ética y Legislación de la Comunicación en la UNT. Relator de la Corte 
Suprema de Justicia de Tucumán.
alberto GaraY
Abogado (UBA 1981), LL.M. (Columbia University School of Law 1990) y Visiting Prof. 
(ídem, 1993). Profesor de Posgrado de la Escuela de Derecho de UTDT y Facultad de 
Derecho de la UBA. Es autor de numerosos artículos relacionados con su especialidad. 
Entre sus libros, el último se titula “La Doctrina del Precedente en la Corte Suprema” 
(Abeledo Perrot, 2013).
manuel José GarCÍa mansilla
Abogado, (Universidad del Salvador, 1996). Master of Laws (LL.M.), Georgetown Uni-
versity Law Center (2001). Profesor de Derecho Constitucional de la Universidad Aus-
tral. Publicó dos libros junto con Ricardo Ramírez Calvo, así como varios artículos sobre 
temas de Derecho Constitucional, tanto en el país como en Australia y los Estados 
Unidos. Miembro de la Asociación Argentina de Derecho Constitucional, del Instituto 
de Política Constitucional de la Academia Nacionalde Ciencias Morales y Políticas y 
miembro individual de la International Association of Constitutional Law.
roberto GarGarella
Abogado y sociólogo (UBA). Doctor en Derecho (UBA, 1991 y Universidad de Chicago 
1993). Becario John Simon Guggenheim (2001). Profesor visitante (University College, 
Londres 2014).
serGio Giuliano
Abogado summa cum laude por la Universidad de San Andrés y medalla de oro de su 
promoción. Asesor parlamentario en la Honorable Cámara de Diputados de la Nación 
y asistente de docencia en la materia Derechos y Libertades Constitucionales en las 
cátedras de Lucas Grosman, Martín Böhmer y Julio César Rivera (h).
Juan GonZáleZ bertomeu
J.S.D. (2012) y LL.M. (2002), New York University. Profesor Asociado, Instituto Tecno-
lógico Autónomo de México.
Germán GonZáleZ CamPaÑa
Abogado (Universidad Nacional de La Plata) y Máster en Leyes (Universidad de Har-
vard). Profesor de posgrado en las universidades de Buenos Aires, La Plata y Notarial 
Argentina.
marÍa lorena GonZáleZ toCCi
Abogada (UBA). Doctoranda de la Facultad de Derecho de la UBA. Docente de Derecho 
Constitucional y Procesal Constitucional de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales 
de la Universidad Nacional de Buenos Aires. Profesora Adjunta de Derecho Constitucio-
XII J. C. RIVeRA (H), J. S. elIAS, l. S. GRoSmAN, S. leGARRe (DIReCToReS)
nal de la Facultad de Abogacía de la UCES, en grado y posgrado. Profesora de Teoría 
Constitucional de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Lomas de 
Zamora. Miembro de la Asociación Argentina de Derecho Constitucional.
luCila GonZáleZ bréarD
Abogada (UCA), especialista en protección de datos personales.
auGusto Guevara PalaCios
Doctor en Derecho cum laude por la Universitat Pompeu Fabra (Barcelona), especiali-
zado en Derecho Constitucional e Internacional. Es abogado en Argentina y en España. 
Ha sido profesor de Derecho Constitucional en la Universidad de Mendoza y en la 
Universidad de Congreso. Como Profesor en la Universitat Pompeu Fabra impartió cla-
ses de Derecho Internacional Público en Máster y en el Grado. Es autor y coautor de 
numerosos libros y artículos.
riCarDo GuibourG
Profesor emérito e investigador, director de la Maestría en Filosofía del Derecho de la 
Universidad de Buenos Aires y autor de libros y artículos sobre filosofía, lógica, derecho 
laboral y constitucional, teoría general del derecho e informática jurídica. Ex juez de la 
Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.
Hernán GullCo
Abogado en la Universidad de Buenos Aires (1982), Máster en Derecho Comparado 
(LLM) de la Universidad de Miami (USA, 1992) . Doctorado en Derecho de la Univer-
sidad de Buenos Aires con la tesis titulada “La Libertad Religiosa. Análisis Jurídico” 
(diciembre 2013).
martÍn Hevia
Decano Ejecutivo y Profesor Investigador (Escuela de Derecho, Universidad Torcuato 
Di Tella). Doctor en Derecho (Universidad de Toronto, Canadá); Abogado (Escuela de 
Derecho, Universidad Torcuato Di Tella).
emilio a. ibarluCÍa
Doctor en Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Profesor Adjunto Regular de De-
recho Constitucional de la UBA. Profesor de la Maestría de Magistratura y de cursos de 
Doctorado de la UBA. Juez de la Cámara Civil y Comercial de Mercedes, Prov. de Bue-
nos Aires. Asesor Académico del Consejo de la Magistratura de la Provincia de Buenos 
Aires. Presidente del Instituto de Estudios Judiciales de la Suprema Corte de Justicia 
de Buenos Aires - Consejo Departamental Mercedes. Miembro del Instituto de Derecho 
Constitucional de la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales. Autor de dos 
libros y de más de cien trabajos sobre temas de Derecho Constitucional y de Derecho 
Civil publicados en revistas jurídicas. 
martÍn JuáreZ Ferrer
Doctor en Derecho (UNC). Master of Laws (New York University). Magister en Derecho y 
Argumentación (UNC). Master Rule of Law and Constitutional Democracy (Universita di 
Genova) (en curso). Docente Derecho Constitucional (UNC). Socio en Juarez & Lafranconi.
PatriCio e. KennY
Estudiante de Abogacía (UBA). Becario de investigación (CIN) y ayudante alumno de 
Teoría General del Derecho (Rosenkrantz-Alegre)
JorGe niColás laFFerriere
Abogado (UBA), Doctor en Ciencias Jurídicas (UCA), Profesor Titular de Principios de 
Derecho Privado (UCA), Director de Investigación Jurídica Aplicada (UCA), Director de 
la Revista Prudentia Iuris, Director del Centro de Bioética, Persona y Familia. Profesor 
Adjunto de Elementos de Derecho Civil (UBA). 
Julio lalanne
Abogado (UCA, 1991), Doctor en Ciencias Jurídicas (UCA, 2010), Profesor de Derecho del 
Trabajo y de la Seguridad Social (UCA y UBA), Profesor de Filosofía del Derecho (UCA).
 TRATADo De loS DeReCHoS CoNSTITuCIoNAleS XIII
Damián loreti
Abogado (UBA). Doctor en Ciencias de la Información por la Universidad Complutense 
de Madrid. Es titular de la Cátedra Libre UNESCO - Libertad de Expresión de la Fa-
cultad de Periodismo y Comunicación Social de la Universidad Nacional de La Plata. 
Fue Director de la Carrera de Ciencias de la Comunicación de la Facultad de Ciencias 
Sociales de la Universidad de Buenos Aires (2002-2006) y Vicedecano de la Facultad 
de Ciencias Sociales de la Universidad de Buenos Aires (2006-2010). Es asesor de la 
Federación Argentina de Trabajadores de Prensa, del Sindicato Argentino de Televisión 
y Servicios Audiovisuales, de la Confederación Sindical de Trabajadores de los Medios 
de Comunicación Social y de la Asociación Mundial de Radios Comunitarias en temas 
de libertad de expresión y radiodifusión. También se desempeña como secretario de la 
Comisión Directiva del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS).
Pablo luis manili
Abogado (UBA). Doctor en Derecho. Profesor de Derecho Constitucional en la Universidad 
de Buenos Aires; y en numerosas universidades argentinas y extranjeras. Autor y director 
de diversos libros sobre cuestiones de derecho constitucional y de más de ciento cincuenta 
artículos sobre temas de derecho público. Profesor de Derecho Constitucional en grado, 
posgrado y doctorado de la UBA y de numerosas universidades nacionales y extranjeras.
santiaGo maQueDa FourCaDe
Abogado (Universidad Austral, 2009), Magíster en Derecho Administrativo (Universi-
dad Austral, 2012), y Master of Laws (LL.M.) (The University of Chicago Law School, 
2014). Profesor ayudante de la Universidad Austral (Buenos Aires). Se desempeña 
profesionalmente en el estudio King & Spalding (Houston, Texas).
marÍa GuaDaluPe martÍneZ alles
Abogada. Magíster en Derecho y Argumentación por la Universidad Nacional de Córdoba, 
Magíster en Derecho (LL.M.) y doctoranda (J.S.D.) por la Universidad de Yale. Fue profe-
sora de Derecho de Daños en la Universidad Nacional de Córdoba y actualmente es profe-
sora a tiempo completo en el Departamento de Derecho de la Universidad de San Andrés.
virGina menénDeZ
Abogada (UBA), candidata a la Maestría en Derecho por la Universidad de Palermo.
soFÍa minieri
Abogada (UTDT). Actualmente se desempeña como abogada en el Área de Derechos 
Económicos, Sociales y Culturales en la Asociación por los Derechos Civiles.
Juan m. moCoroa
Abogado (UNC). Maestría en “Derecho y Argumentación Jurídica” —Tesis pendiente 
de evaluación— (UNC), Master in Global Rule of Law and Constitutional Democracy 
—Tesis pendiente de evaluación— (Universidad de Génova, Italia); Docente “Derecho 
Constitucional” (UNC, UESiglo21, Universidad de Congreso). Miembro de la Asociación 
Argentina de Derecho Constitucional.
Juan Pablo montiel
Abogado. Doctor Europeo en Derecho penal y Ciencias Penales por la Universidad Pom-
peu Fabra (España) y Posdoctorado en la Universidad Erlangen-Nürnberg (Alemania). 
Profesor de Derecho a tiempo completo de la Universidad de San Andrés (Argentina) y 
Coordinador General de CRIMINT.
FeDeriCo morGenstern
Abogado (Universidad de Palermo 2009), Magíster en Derecho Penal por la Universidad 
Pompeu Fabra (2012), Magíster en Derecho Penal por la Universidad Torcuato Di Tella 
(2014), Prosecretario en la SalaII de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional 
Federal. Autor de numerosos artículos y co-autor del libro “Cosa juzgada írrita/frau-
dulenta en materia penal” que se encuentra actualmente en prensa. Investigador del 
Departamento de Derecho de UDESA.
XIV J. C. RIVeRA (H), J. S. elIAS, l. S. GRoSmAN, S. leGARRe (DIReCToReS)
Juan Pablo muGnolo
Abogado, Doctor en Derecho, Universidad de Granda, España. Profesor adjunto regular 
en Derecho de las Relaciones Colectivas del Trabajo Facultad de Derecho, UBA. Pro-
fesor de Derecho del Trabajo, Universidad de San Andrés. Profesor en la Diplomatura 
de Gestión de Recursos Humanos en la Administración Pública, Facultad de Ciencias 
Económicas, UBA. Profesor en la Especialización en Derecho Laboral, Facultad de De-
recho, UBA. Coordinador de la Sección Mundial de Jóvenes Juristas de la SIDTSS junto 
al Prof. Stefano Bellomo (Sapienza, Italia). Publicaciones varias.
alberto nanZer
Abogado, graduado con honores en la Universidad Nacional de Rosario (Argentina). 
Doctorando de la Universidad de Buenos Aires. Becario del Servicio Alemán de Inter-
cambio Académico (DAAD). Realizó una estancia de investigación de dos años en la 
Ludwig-Maximilians Universität (Múnich, República Federal de Alemania). Asistente de 
la cátedra de Derecho Penal, Procesal Penal y Criminología del Prof. Dr. Daniel Pastor 
(Universidad de Buenos Aires). Asesor letrado de la Procuración General de la Nación 
(Argentina). 
Juan navarro Floria
Abogado (diploma de honor) y Profesor Superior en Ciencias Jurídicas, UCA. Profesor 
protitular ordinario en las facultades de Derecho y de Derecho Canónico (UCA). Miem-
bro y ex Presidente del Consejo Argentino para la Libertad Religiosa y del Consorcio 
Latinoamericano de Libertad Religiosa; y miembro del Consejo Académico de diversas 
instituciones académicas y publicaciones en Argentina, Estados Unidos y Europa dedi-
cadas al estudio del Derecho y Religión. Ex Jefe de Gabinete de la Secretaría de Culto 
de la Nación. Autor de libros, capítulos de libros y artículos publicados en la Argentina 
y diversos países de Europa y América.
PatriCio naZareno
Abogado (Universidad Nacional de Córdoba) y politólogo (Universidad Católica de Cór-
doba), Magíster en Derecho (LL.M.) y doctorando (J.S.D.) por la Universidad de Yale. 
Actualmente es profesor a tiempo completo en el Departamento de Derecho de la Uni-
versidad de San Andrés.
Guillermo orCe
Abogado (UBA) y Magister iuris comparativi (Universidad de Bonn). Docente de pos-
grado en la Universidad de Palermo y de grado y posgrado en la Universidad de Buenos 
Aires entre otras.
FeDeriCo orlanDo
Abogado (UBA). Magíster en Derecho Constitucional y Derechos Humanos por la Facul-
tad de Derecho de la Universidad de Palermo. Becario del Dipartimento di Cultura Giu-
ridica “Giovanni Tarello” en la Università degli Studi di Genova. Es docente de Derecho 
Constitucional y de Finanzas Públicas y Derecho Tributario en la Facultad de Derecho 
de la Universidad de Buenos Aires.
santiaGo ottaviano
Abogado (UBA). M.S. Criminal Justice (San José State University).  Doctor en Dere-
cho (Universidad Austral). Ex director ejecutivo de la Maestría de Derecho penal de la 
Universidad Austral. Es además profesor e investigador del Departamento de Derecho 
Penal y Derecho Procesal Penal de la Facultad de Derecho de la misma Universidad 
Austral y miembro de la Sección Derecho Penal de la Academia Nacional de Derecho 
de la Argentina. Se desempeña como letrado en la Defensoría General de la Nación.
Pablo PalaZZi
Abogado (UCA), L.L.M. Fordham Law School, Profesor de Derecho Universidad de San 
Andrés.
 TRATADo De loS DeReCHoS CoNSTITuCIoNAleS XV
Pablo PeJlatoWiCZ
Abogado (UBA) y periodista (TEA), es Coordinador del área de Litigio de Interés Público 
de la Asociación por los Derechos Civiles. Es docente de Derecho Internacional Público 
y Derechos Humanos en la Facultad de Derecho de la UBA y cursa allí la Carrera de 
Especialización en Derecho Penal. Anteriormente, se desempeñó como asesor legal del 
Ministerio de Desarrollo Económico del GCBA.
José milton Peralta
Profesor titular de Cátedra por concurso UNC, Investigador de CONICET, Doctor en 
Derecho UNC; ex becario Comisión Fulbright - Ministerio de Educación, Rutgers Uni-
versity, EEUU (2010); ex becario DAAD (Servicio Alemán de Intercambio Académico) 
en la Universidad de Munich, Alemania (2004/2006) y Universidad de Bonn (2011).
Gabriel Pereira
Abogado (UNT). Es investigador asistente del departamento de Sociología de la Universidad 
de Oxford. Es también candidato a Doctor en Ciencias Políticas por la Universidad de Oxford, 
Máster en Ciencias Sociales con especialización en Procesos Democráticos y Democratiza-
ción de la University College London, y posee una especialización en Derecho Constitucional 
y Derechos Humanos otorgada por la Universidad de Palermo. Fue director ejecutivo y actual-
mente es consejero directivo de la Organización de Derechos Humanos ANDHES.
Gabriel PéreZ barberá
Profesor titular por concurso (catedrático) de Derecho Penal en la Universidad Nacional 
de Córdoba. Profesor de Derecho Procesal Penal Profundizado en el Programa de Pos-
grado de la Universidad Torcuato Di Tella.
Carlos Petre
Abogado (UBA, 1992). Posgrado en Derecho de la Propiedad Intelectual e Industrial, 
Facultad de derecho de la Universidad de Palermo, 1999. Ingreso en la Cámara Na-
cional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal en 1988. Prosecretario letrado y 
Secretario interino en la Sala I entre 1999 y 2001. Prosecretario letrado efectivo en la 
Sala III entre 2001 y 2006. Secretario efectivo en la Sala III desde 2006.
mÓniCa Pinto
Profesora titular de Derecho Internacional Público y Derechos Humanos y Garantías, Fa-
cultad de Derecho, UBA. Es la decana de la Facultad (desde 2010). Ha sido profesora 
invitada en facultades de derecho e instituciones académicas de derecho internacional 
y derechos humanos. Integra la junta internacional de varias ONGs internacionales. Ha 
examinado la situación de los derechos humanos en Guatemala y en Chad para la ONU. 
Es autora de varios libros y numerosos artículos publicados en el país y el exterior.
leonarDo PitlevniK
Profesor adjunto regular de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. 
Juez de la Cámara de Apelación y Garantías de San Isidro.
marina PraDa
Abogada (UCA), L.L.M. Yale Law School. Secretaria letrada de la Corte Suprema de 
Justicia de la Nación. Profesora adjunta de Derecho Constitucional y de Derechos y 
Garantías Constitucionales (Facultad de Derecho, UCA), profesora de Derechos Funda-
mentales (Especialización de Derecho Constitucional, Facultad de Derecho, UCA), pro-
fesora de Derechos de Tercera Generación (Especialización de Derecho Constitucional, 
Facultad de Derecho, UCA), profesora de Derecho Procesal Constitucional (Especializa-
ción de Derecho Administrativo Económico, Facultad de Derecho, UCA) y coordinadora 
de la Especialización de Derecho Constitucional (Facultad de Derecho, UCA).
elenora rabinoviCH
Abogada (UBA, 1999) y Máster en Estudios Latinoamericanos de la Universidad de 
Nueva York (NYU, 2005). Actualmente se desempeña como directora adjunta y direc-
tora del área de Libertad de Expresión en la Asociación por los Derechos Civiles (ADC).
XVI J. C. RIVeRA (H), J. S. elIAS, l. S. GRoSmAN, S. leGARRe (DIReCToReS)
FernanDo raCimo
Abogado y licenciado en Historia (UBA). Juez de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo 
Civil. Ex Secretario letrado de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Profesor titular 
de Institutos de Derecho Privado de la Universidad de San Andrés. Ex profesor protitular 
de Obligaciones y Daños de la Universidad Católica Argentina. Máster en Derecho con es-
pecialización en Derecho Constitucional y Derechos Humanos de la Universidad de Paler-
mo. Doctor en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad del Museo Social Argentino.
silvina ramÍreZ
Abogada. Doctora en leyes. Profesora de Derecho Constitucional y Derechosde los 
Pueblos Indígenas y Neo-constitucionalismo en la Facultad de Derecho de la UBA. Pro-
fesora de Pluralismo Jurídico en la Facultad de Derecho de la Universidad de Palermo. 
Presidente de la Asociación de Abogados de Derecho Indígena (AADI).
Pablo riberi
Licenciado en Filosofía y abogado, Universidad Nacional de Córdoba. Especialista en 
Derecho Constitucional, Centro de Estudios Constitucionales de Madrid. L.L.M. (Mas-
ter in Law), Temple University de Filadelfia y Doctor en Derecho y Ciencias Sociales, 
Universidad Nacional de Córdoba. Se desempeña como “Profesor Titular” de Derecho 
Constitucional (Fac. de Cs. Políticas de la UCC) y “Profesor Adjunto” de Derecho Cons-
titucional (Fac. de Derecho de la UNC, Argentina).
aGustina inés roDrÍGueZ
Abogada con orientación en Derecho Penal, (UBA). Ha escrito numerosos artículos de 
doctrina sobre diversos temas de Derecho Penal y Procesal Penal, y comentarios a fallos 
de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Desde el año 1992 se ha desempeñado 
en la justicia federal y ha trabajado en el Área de Dictámenes de Derecho Penal ante la 
Corte Suprema de Justicia de la Nación de la Procuración General de la Nación.
maXimiliano romero
Magíster en Derecho y Magistratura Judicial, Universidad Austral.
FeliCitas rossi
Abogada (UBA, 2005) y diplomada en “Derechos Humanos y Mujeres: Teoría y Prácti-
ca” por la Universidad de Chile (2011). Es Directora del área de Derechos Sociales de 
la Asociación por los Derechos Civiles (ADC), donde también se desempeñó como coor-
dinadora del área Litigio de Interés Público (2010-2013) y fue integrante del programa 
sobre el Sistema Interamericano de Derechos Humanos (2009).
estela saCristán
Becaria posdoctoral (UCA). Profesora de Derecho Administrativo (UCA).
roDriGo sánCHeZ brÍGiDo
Docente UNC adjunto a cargo de Filosofía del Derecho. Docente Universidad Blas 
Pascal adjunto en Filosofía del Derecho. M.St. in Legal Research, Oxford University. 
D.phil., Oxford University.
alFonso santiaGo
Abogado y Doctor en Derecho (UBA). Profesor Titular de Derecho Constitucional y Vice-
rrector Académico de la Universidad Austral. Miembro Titular de la Academia Nacional 
de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires y Director de su Instituto de Derecho 
Constitucional “Segundo V. Linares Quintana”.
FlorenCia saulino
Abogada (UBA) y L.L.M. (NYU). Profesora de Derecho Ambiental y Directora del Centro 
de Estudios en Derecho y Política Ambiental de la Universidad de Palermo.
Guillermo sCHinelli
Abogado, egresado de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica 
Argentina. En esa casa de estudio es profesor pro-titular de Derecho Constitucional. 
 TRATADo De loS DeReCHoS CoNSTITuCIoNAleS XVII
Ejerce también funciones docentes en cursos de posgrado, especialmente en los vin-
culados a esa rama del derecho, y al derecho parlamentario. Es asesor de empresa, 
especializándose en cuestiones energéticas, materias respecto de las cuales también da 
clases de posgrado en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Entre 
otros cargos desempeñados en el pasado en la Cámara de Diputados de la Nación, fue 
Director a cargo de su Dirección de Información Parlamentaria.
Daniela sCHniDriG
Asistente de Investigación (Centro de Estudios en Libertad de Expresión y Acceso a 
la Información, Universidad de Palermo), Abogada (Escuela de Derecho, Universidad 
Torcuato Di Tella).
eDuarDo storDeur
Abogado, Doctor en Derecho de la Universidad de Buenos Aires, donde es profesor de gra-
do y posgrado. Es profesor de posgrado y grado en la Escuela de Derecho de la Universidad 
Torcuato Di Tella y en la Universidad de Palermo. Fue Becario de Investigaciones en la 
Universidad de Buenos Aires y Visiting Scholar en el Programa de Derecho y Economía en 
la Escuela de Derecho de la Universidad de California en Berkeley. Ha escrito tres libros 
(dos en colaboración) y varios artículos en el campo de la economía aplicada al derecho.
FernanDo toller
Abogado, (UCA, 1991) y Doctor en Derecho, Universidad de Navarra (1997). Profesor 
Titular de Derecho Constitucional en la Universidad Austral, donde dirige el Departamento 
de Filosofía del Derecho y Derecho Constitucional. Recibió los máximos Premios de las dos 
Academias Nacionales de Derecho. Profesor Invitado y conferenciante en Universidades de 
Estados Unidos, Inglaterra, Alemania, Italia, España y diversos países de América Latina.
Guillermo treaCY
Abogado, (UBA). Master of Laws (Harvard Law School). Especialista en Derecho Admi-
nistrativo y Administración Pública (UBA). Profesor adjunto regular de Derecho Consti-
tucional (Facultad de Derecho - UBA). Juez de la Cámara Nacional de Apelaciones en 
lo Contencioso Administrativo Federal - Sala V.
marÍa Carlota uCÍn
Abogada por la Universidad Nacional de La Plata, Esp. en Derecho Procesal (Universidad 
Notarial Argentina) y Máster en Argumentación Jurídica (Universidad de Alicante). Se 
desempeña con funciones de Relatora en la Procuración General de la Suprema Corte de 
Justicia de la Provincia de Buenos Aires. Docente de la Facultad de Derecho de la Uni-
versidad de Palermo y de la Universidad Nacional de La Plata. Autora del libro “La tutela 
de los Derechos Sociales. El proceso colectivo como alternativa procesal”, LEP, 2011.
FernanDo uriarte
Abogado, U.B.A., Posgrado en Derecho de la Propiedad Intelectual e Industrial de la 
Facultad de Derecho de la Universidad de Palermo. Ingresó al Poder Judicial de la 
Nación en 1985. Se desempeñó como Secretario de la Sala 1 de la Cámara Nacional 
de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal. Fiscal ante los Juzgados Civiles y Co-
merciales y Contencioso Administrativo Federales. Actualmente es Fiscal General su-
brogante ante las Cámaras de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal y Contencioso 
Administrativo Federal.
alFreDo urteaGa
Abogado (UBA). Secretario Letrado de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Sus pu-
blicaciones tratan sobre cuestiones concernientes a la jurisdicción de la Corte Suprema.
mariano valentini
Abogado (UBA). Maestrando en Derecho Internacional de los Derechos Humanos de la 
Universidad de Buenos Aires, Co-coordinador del Equipo Común de Intervención Extra-
jurisdiccional de las Asesorías Tutelares de Primera Instancia en lo CAyT e integrante 
del Equipo de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la Asesoría General Tute-
lar, Ministerio Público Tutelar, Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires.
XVIII J. C. RIVeRA (H), J. S. elIAS, l. S. GRoSmAN, S. leGARRe (DIReCToReS)
FranCisCo verbiC
Abogado (UNLP, 2001), Especialista en Derecho Procesal Profundizado (UNA, 2005), 
Especialista en Derecho Civil (UNLP, 2008) y Magíster en Estudios de Derecho Inter-
nacional (Universidad de Nueva York, 2011). Cursó y aprobó con distinción especial 
Módulo de Derecho Procesal Avanzado en la Universidad de Pavía, Italia (2007). Es 
abogado de la Asociación de Defensa del Consumidor Usuarios y Consumidores Unidos 
(UCU) y miembro del equipo de Justicia del Centro de Estudios Legales y Sociales 
(CELS). Se desempeña como Profesor Adjunto interino de Derecho Procesal II en la 
Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la UNLP y como Profesor Invitado en diver-
sas carreras de posgrado. Es Coordinador Ejecutivo de la Maestría en Derecho Procesal 
de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la UNLP, donde tiene a su cargo la 
asignatura “Litigios complejos, procesos colectivos y acciones de clase”. Es autor de 
diversos libros y artículos publicados en revistas jurídicas argentinas y extranjeras (la 
mayoría de ellos sobre temas de procesos colectivos y acciones de clase).
alFreDo vÍtolo
Abogado (diploma de honor UBA). Master of Laws (Harvard University). Profesor adjun-
to por concurso de Derecho Constitucional y de Derechos Humanos y Garantías de la 
Universidad de Buenos Aires.
Javier H. WaJntraub
Socio principal de Wajntraub Abogados con veinte años de experiencia profesional en el 
derecho privado. Se graduó en la Universidadde Buenos Aires y ha realizado estudios 
de posgrado en la Universidad de Salamanca (España). En el plano académico, ha sido 
director de posgrados y profesor en instituciones nacionales y extranjeras, habiendo 
dictado más de cien conferencias en Argentina, México, Chile, Colombia, Panamá, 
Bolivia y Uruguay, entre otros países. Además, es autor de más de 10 libros (con coau-
torías) y más de 35 artículos de doctrina. Como reconocido especialista en derechos del 
consumidor, asesora a empresas y organismos públicos, siendo invitado de manera per-
manente a foros y reuniones científicas de la disciplina en diversas partes del mundo. 
Pablo ZalaZar
Abogado (UBA, 2007). Especialista en Derecho Penal (Universidad Torcuato Di Tella, 
2010). Máster en Derecho Penal y Ciencias Penales (Universitat de Barcelona - Univer-
sidad Pompeu Fabra, 2013).
Pilar Zambrano
Investigadora del Conicet - Universidad Austral/Instituto Culturas y Fronteras, Univer-
sidad de Navarra.
Demián ZaYat
Abogado (UBA, 2000). Hizo una maestría en Investigación Sociojurídica en la Univer-
sidad de Stanford, EE.UU. (2009). Actualmente es profesor de Derecho Constitucional 
en la Universidad de Palermo, y en el Posgrado en Derechos Humanos y Derecho Cons-
titucional de la misma Universidad.
INTRODUCCIÓN A LA OBRA
Este Tratado constituye un estudio de los derechos constitucionales, 
desde una óptica tanto teórica como práctica. Se encuentra divido en 
tres partes: a) una primera parte teórica, en la que se analizan diversos 
aspectos vinculados a la teoría general de los derechos constituciona-
les (concepto e interpretación de los derechos constitucionales, control 
de legalidad y razonabilidad de las reglamentaciones de los derechos 
constitucionales, relaciones entre el derecho internacional de los dere-
chos humanos y la Constitución Nacional, fundamentos del control de 
constitucionalidad); b) una segunda parte, en la que se estudian los al-
cances de los principales derechos constitucionales (derecho a la vida, 
igualdad, privacidad, libertad de expresión, derechos sociales, libertad 
religiosa, derecho de propiedad, garantías penales, derechos de tercera 
generación); y c) una tercera parte, en la que se examinan los aspectos 
procesales de la tutela de los derechos constitucionales (el amparo, el 
recurso extraordinario federal, las acciones colectivas). 
La obra está dirigida tanto a los jueces y abogados interesados 
en cuestiones vinculadas con derechos constitucionales como a pro-
fesores y estudiantes de derecho constitucional y derechos humanos, 
que pueden utilizar la obra para la enseñanza universitaria y para sus 
propias investigaciones. Aspiramos, entonces, a que resulte un texto 
de interés para una audiencia amplia y con intereses diversos.
El libro tiene tres características principales. En primer lugar, los 
artículos analizan críticamente el modo en que los derechos consti-
tucionales han sido interpretados por los tribunales argentinos y por 
la Corte Interamericana. De esta manera, no se analizan los dere-
chos constitucionales en abstracto, sino en el marco de los principales 
debates que han tenido lugar en los tribunales argentinos e intera-
mericanos respecto de cada derecho constitucional en particular. Sin 
perjuicio de ello, los artículos publicados no se limitan a transcribir la 
jurisprudencia de los tribunales, sino que también ofrecen un análisis 
teórico de las cuestiones en juego. 
En segundo lugar, la obra se destaca por abordar las cuestiones 
constitucionales más relevantes desde diversos puntos de vista. Este 
XX J. C. RIVeRA (H), J. S. elIAS, l. S. GRoSmAN, S. leGARRe (DIReCToReS)
es un libro que se caracteriza particularmente por tratar de presentar 
adecuadamente las distintas perspectivas existentes en materia de de-
rechos constitucionales y busca así un abordaje metodológicamente 
pluralista.
En tercer lugar, la obra cuenta con la participación de un grupo 
diverso y heterogéneo de profesores y expertos en derecho constitu-
cional, lo cual la dota de un pluralismo que se suma al metodológico. 
Esta diversidad no se limita a las ideas y enfoques de cada partici-
pante, sino también a su trayectoria y a sus antecedentes. La obra ha 
buscado contar con la participación de profesores que tienen una des-
tacada trayectoria en el ámbito del derecho constitucional y también 
con la de jóvenes académicos y profesores que están empezando a dar 
sus primeros pasos en el debate constitucional. En ambos casos, se 
procuró no dejar afuera ninguna perspectiva y se convocó de buena 
fe a todos los que se presentaban en el ámbito académico como voces 
originales e interesantes, independientemente de su punto de vista y 
de que éste fuera compartido, o no, por los directores. Si hubo algún 
olvido, pedimos disculpas.
Tal vez convenga notar que este pluralismo no es una característi-
ca común en nuestra práctica académica. Más bien lo que tendemos 
a hacer en la Argentina en estos casos es, como quien dice, agrupar a 
nuestros amigos. Hacer algo distinto —como hemos intentado hacer-
lo en este Tratado— tiene ventajas comparativas; y también un pre-
cio. Aquéllas son bastante evidentes, pues se enriquece al lector con 
la perspectiva de la diversidad, que permite reconstruir eficazmente el 
enfoque más correcto sobre la materia en cuestión; no se lo limita, a 
quien tiene este pesado volumen en sus manos, a un punto de vista; al 
autorizarlo a consultar “el otro punto de vista”, se le facilita al lector 
la tarea de detectar las fortalezas y debilidades de algún otro punto 
de vista, que quizás sirvió como lectura inicial: los dos puntos de 
vista allí mismo, dentro de las tapas de un único libro, sin tener que 
recurrir a otros.
El precio de acometer una obra así consiste en la mayor dificultad 
que entraña. Es mucho más fácil reunir a un grupo de amigos, mucho 
más difícil invitar al diálogo a gente que, aunque se respeta, piensa 
distinto y quizá nunca se ha visto la cara. Esto es especialmente no-
table en algunas secciones de la obra en las cuales los autores inter-
cambian opiniones, enriqueciéndose mutuamente, y enriqueciendo al 
lector. Los directores buscamos especialmente privilegiar este método 
de trabajo en los temas más urticantes y polémicos de los derechos 
humanos, tales como los relacionados con el aborto, la eutanasia, la 
religión, la protesta y otros. Además, cuidamos muy especialmente en 
 TRATADo De loS DeReCHoS CoNSTITuCIoNAleS XXI
estos casos de aplicar la ya esbozada “teoría de las dos campanas”, 
procurando solicitar contribuciones a autores o autoras que aporta-
ran perspectivas contrapuestas o complementarias. 
El precio fue más caro todavía, y la dificultad mayor aún, porque 
la pluralidad también es bastante predicable de la composición del 
cuadro de directores de esta obra: no todos trabajan en la misma 
institución universitaria; todos piensan distinto (y en algunos casos, 
muy distinto) acerca de los numerosos contenidos relevantes. Esto 
llevó a un sinnúmero de desacuerdos, a algunos momentos difíciles 
y, siempre, a decisiones consensuadas, a veces unánimes, a veces ma-
yoritarias. Es la conclusión de los cuatro que firmamos este escrito 
propedéutico que si la tarea pudo ser acometida, a pesar de las dife-
rencias, fue porque siempre primaron la buena voluntad y el respeto. 
No está de más decir que a la dificultad aludida deben sumárse-
le los problemas ínsitos a la producción académica en nuestro país; 
como también, los problemas anejos a cualquier obra de esta natu-
raleza, en la cual colaboran decenas de autores. Por momentos nos 
pareció que ésta sería una misión imposible y más de una vez nos 
preguntamos con qué cara decirle a los colaboradores que el libro 
todavía no estaba listo…
Hubo una persona que fue clave para que llegara el día en que 
pudiéramos decir, como hoy, que el libro por fin se publicó: Delfina 
Beguerie. Esta joven docente y, a esta altura, amical compañera de 
ruta en esta empresa editorial, ordenó nuestras energías,puso todo de 
sí y persiguió hábilmente a los colaboradores, cuando hizo falta. Vaya 
para ella un agradecimiento hondo.
También agradecemos a la editorial Abeledo Perrot por su apoyo 
constante. Y a las instituciones educativas a las que pertenecemos: 
la Universidad de San Andrés, la UCA y el CONICET, por el abrigo 
que nos prestan de una manera u otra. A las personas que han escrito 
colaboraciones para esta obra: como es obvio, la obra consiste, sobre 
todo, en sus trabajos. ¡Gracias!
Y muchas gracias a nuestras familias —esposas e hijos incluidos, 
según el caso—, por el tiempo regalado, una injusticia que esperamos 
poder pagar algún día.
Aquí estamos. Que el lector juzgue si el esfuerzo valió la pena.
Julio César rivera (h), José sebastián elias, 
luCas sebastián Grosman, santiaGo leGarre
Buenos Aires, mayo de 2014
ÍNDICE gENERAL
 Sobre los directores ........................................................................ VII
 Sobre los autores ............................................................................ VIII
 Introducción a la obra .................................................................... XIX
Parte I
TEORÍA DE LOS DEREChOS CONSTITUCIONALES
CaPítulo I
¿qUé SON LOS DEREChOS CONSTITUCIONALES?
¿Qué (no) son los derechos constitucionales?
Por Pablo Riberi
 I. Exordio .......................................................................................... 5
 II. ¿Cuáles derechos? .......................................................................... 7
1. ¿Naturales? ¿Humanos? ¿Fundamentales?; ¿son acaso todos 
derechos subjetivos constitucionales? ........................................ 10
1.1. Libertades y derechos....................................................... 19
2. ¿Cómo se interpretan los derechos constitucionales? ................. 20
 III. Dos lecturas opuestas y cuatro visiones divergentes para entender 
los derechos constitucionales .......................................................... 25
 IV. Sin conflicto no tiene sentido hablar de la justicia ni de los derechos ... 31
1. Los derechos subjetivos constitucionales como fuente de obliga-
ciones múltiples......................................................................... 34
1.1. El discurso de los derechos constitucionales: las disputas 
de la razón ....................................................................... 38
1.2. Los derechos constitucionales y el conflicto de las emocio-
nes humanas .................................................................... 43
2. Los avatares de la justicia y el discurso de los derechos, ¿o vice-
versa? ........................................................................................ 47
 V. Epílogo: ¿qué ves cuando me ves? .................................................. 49
XXIV J. C. RIVeRA (H), J. S. elIAS, l. S. GRoSmAN, S. leGARRe (DIReCToReS)
¿Qué son los derechos constitucionales?
Por Ricardo Guibourg
 I. El origen de los derechos constitucionales ...................................... 52
 II. El fundamento de los derechos constitucionales ............................. 54
 III. Controversia teórica y contraposición práctica .............................. 58
 IV. Los derechos humanos ................................................................... 61
 V. Algunas dificultades teóricas .......................................................... 63
 VI. Hans Kelsen y los derechos constitucionales .................................. 66
 VII. La jerarquía de los derechos y su ponderación ............................... 67
 VIII. La intensidad operativa de los derechos ......................................... 70
 IX. La garantía de las garantías ............................................................ 75
 X. Un análisis realista ......................................................................... 78
Dogmática de los derechos fundamentales
Por Gabriel Pérez Barberá
 I. Introducción .................................................................................. 81
 II. El concepto “clásico” de injerencia estatal ..................................... 86
 III. El concepto “moderno” de injerencia estatal .................................. 88
 IV. Consecuencias sistemáticas de las concepciones alemanas más re-
cientes sobre derechos fundamentales ............................................ 90
 V. Propuesta sistemática ..................................................................... 94
 VI. Conclusión ..................................................................................... 103
CaPítulo II
INTERpRETACIÓN DE LOS DEREChOS CONSTITUCIONALES
1. Análisis generAl
Metodologías para tomar decisiones en litigios y procesos legislativos 
sobre derechos fundamentales
Por Fernando M. Toller
 I. Introducción: en busca de una interpretación que armonice los de-
rechos constitucionales ................................................................... 107
1. Del caos al cosmos .................................................................... 107
2. La determinación del contenido de los derechos como vértice 
del Derecho constitucional actual.............................................. 109
 TRATADo De loS DeReCHoS CoNSTITuCIoNAleS XXV
 II. La teoría que defiende la existencia de conflictos de derechos: expo-
sición y crítica ................................................................................ 111
1. El “conflictivismo” y sus metodologías en compendio .............. 111
2. Resultados de las metodologías conflictivistas al tomar decisio-
nes sobre derechos .................................................................... 114
3. Una resolución abstracta y “a priori”: el método de la jerarqui-
zación de los derechos ............................................................... 116
4. Los bienes jurídicos pueden tener diferente entidad, pero los 
derechos son de igual jerarquía ................................................. 119
5. El “balancing test” o ponderación: el método de contrapesar 
derechos .................................................................................... 122
6. Algunas críticas al “balancing test”........................................... 125
7. Tres tipos de ponderación y algunas clarificaciones necesarias ... 126
8. Las libertades preferidas: orígenes, consecuencias y el sentido 
análogo de la jerarquización y el “balancing test”..................... 128
9. La diferencia entre balancear los derechos y juzgar los hechos ... 131
10. Los conflictos de derechos y la doctrina de los límites externos ... 133
 III. Refutaciones lógicas a la teoría conflictivista para interpretar y re-
solver sobre derechos y bienes públicos .......................................... 135
 IV. Una alternativa superadora: la metodología de la armonización de 
derechos a partir de su contenido esencial ...................................... 138
1. Un sumario sobre la armonización y razonabilidad................... 138
2. Los derechos no son gallos de riña ............................................ 140
3. Conflictos de derechos y garantía del contenido esencial ........... 141
4. El contenido esencial europeo y la garantía de la inalterabilidad 
de los derechos de la Constitución argentina ............................. 142
5. Los “contenidos” del contenido esencial de los derechos y el 
Derecho infraconstitucional ...................................................... 143
6. Función hermenéutica de la finalidad de los derechos ............... 145
7. La “prudentia iuris” en la determinación de la esfera de funcio-
namiento razonable de los derechos .......................................... 146
8. El contenido esencial no sólo controla normas generales, sino 
que vincula al juez y a los particulares ...................................... 148
 V. Los límites externos de los derechos como noción a abandonar y la 
necesaria distinción entre regulación y restricción de derechos....... 149
1. La delimitación del contenido razonable como alternativa a los 
límites externos ......................................................................... 149
2. El interés general y los derechos de terceros en la determinación 
de la esfera de funcionamiento razonable .................................. 151
3. Regular un derecho es legítimo, limitarlo o restringirlo es in-
constitucional ........................................................................... 152
4. No todo derecho es regulable: una tríada de derechos absolutos .. 154
XXVI J. C. RIVeRA (H), J. S. elIAS, l. S. GRoSmAN, S. leGARRe (DIReCToReS)
 VI. La distinción entre “ámbito material” y “ámbito formal” de los de-
rechos ............................................................................................. 154
1. El hilemorfismo aristotélico....................................................... 154
2. Concepto y aplicabilidad práctica para disolver los “conflictos” 
de las nociones de ámbito material y ámbito formal de los dere-
chos .......................................................................................... 155
3. Ejemplos a partir de la libertad de expresión y explicación grá-
fica lo expuesto ......................................................................... 156
4. La regla denegatoria del conflicto entre “ámbitos formales” y 
análisis de la misma en casos de libertades de circulación y de 
expresión .................................................................................. 158
5. La distinción de planos en los derechos en la doctrina de tres 
constitucionalistas ..................................................................... 161
6. Cuando los derechos se vuelven locos: el “ámbito formal” como 
verdadero derecho y la doctrina del abuso del derecho ............. 162
 VII. El control constitucional de razonabilidad de toda reglamentación 
de derechos .................................................................................... 164
1. El principio de proporcionalidad alemán y sus tres subprincipios .. 164
2. División analítica de los tres subprincipios en seis pasos o tests 
específicos en el control de razonabilidad para analizar la vali-
dez sustancial de una norma ..................................................... 166
3. La necesidad de un test específico que analice la alteración del 
contenido esencial del derecho .................................................. 167
4. El puesto clave del control de razonabilidad en la determinación 
del contenido esencial del derecho y de la legitimidad de su re-
glamentación............................................................................. 168
 VIII. Resolviendo litigios: determinar el contenido esencial en casos con-
cretos aplicando el control de razonabilidad .................................. 168
1. Determinar el contenido esencial en relaciones horizontales apli-
cando el control de razonabilidad con un “check list” de doce tests 
a normas hipotéticas creadas desde las pretensiones procesales ..... 168
2. Un ejemplo gráfico: derecho a la huelga vs. derecho a la educa-
ción ........................................................................................... 170
3. Cuando se llama “derecho” a un mal espejismo........................ 172
4. El derecho que no faltó a clase .................................................. 174
 IX. Los conflictos entre derechos individuales e intereses generales ...... 175
1. Tres razones para no aplicar el “balancing test” a estos litigios ... 175
2. La apelación al contenido esencial del derecho individual y del 
bien público involucrados ......................................................... 177
 X. Tras los derechos está el hombre: bases teóricas de este modelo 
hermenéutico y de toma de decisiones ............................................ 179
 TRATADo De loS DeReCHoS CoNSTITuCIoNAleS XXVII
 XI. Dos puntos a subrayar ................................................................... 181
 XII. Entre conflictivismo y armonización: la doctrina oscilante de la 
Corte Suprema en materia de interpretación de derechos ............... 181
1. La doctrina de interpretación con más carta de ciudadanía en la 
Corte Suprema .......................................................................... 181
2. La doctrina conflictivista y jerarquizadora de muchas decisiones 
de la Corte ................................................................................ 183
3. Un ejemplo del eclecticismo interpretativo de la Corte en los 
tiempos recientes: el caso “N.N.” sobre el Plan de Vacunación 
Obligatoria a menores de edad.................................................. 183
4. El conflictivismo jerarquizador de la Corte en este caso ............ 185
5. Las consecuencias negativas de la postura hermenéutica conflic-
tivista de la Corte Suprema ....................................................... 186
6. A renglón seguido, el intento armonizador del alto tribunal...... 187
7. Razonar según se decide, decidir según como se razona…: otros 
fallos recientes de la Corte con vaivenes metodológicos e inter-
pretativos .................................................................................. 188
8. Replanteo de la doctrina de la oportunidad, mérito y conve-
niencia: conjugando la deferencia a la discrecionalidad política 
y la protección eficaz de los derechos ........................................ 191
9. Síntesis sobre las concepciones sobre los derechos y las metodo-
logías hermenéuticas que adopta la Corte ................................. 195
 XIII. Conclusiones: hacia una sinfonía de derechos y libertades ............. 196
2. el uso del derecho compArAdo en lA interpretAción 
de los derechos constitucionAles
El uso del derecho comparado en la interpretación constitucional
Por Julio César Rivera (h)
 I. Introducción .................................................................................. 200
 II. Las barreras a la importación de estándares constitucionales ex-
tranjeros ......................................................................................... 205
1. Los límites impuestos por el texto constitucional ...................... 206
2. Los límites impuestos por el contexto histórico-político ............ 211
2.1. La doctrina de la real malicia ........................................... 213
2.2. La doctrina de la emergencia económica .......................... 220
3. Los límites impuestos por el contexto institucional ................... 224
3.1. La inexistencia de “daños punitivos” en el sistema de res-
ponsabilidad civil argentino ............................................. 225
3.2. La inexistencia del discovery en el sistema procesal argen-
tino .................................................................................. 228
 III. Conclusión ..................................................................................... 231
XXVIII J. C. RIVeRA (H), J. S. elIAS, l. S. GRoSmAN, S. leGARRe (DIReCToReS)
3. lA presunción de constitucionAlidAd
Constitucionalismo, presunción de constitucionalidad 
y derechos naturales
Por Manuel José García-Mansilla
 I. Introducción .................................................................................. 232
 II. La Presunción de Constitucionalidad ............................................. 236
 III. Los Derechos Naturales y el Constitucionalismo ............................ 245
1. Un concepto problemático ........................................................ 245
2. El constitucionalismo y la era de las revoluciones: similitudes y 
contrastes .................................................................................. 248
3. Los “Founding Fathers” y los “Natural Rights” ....................... 256
 IV. La idea de los derechos naturales en nuestro país ........................... 263
1. Ejemplos anteriores a Mayo ......................................................265
2. A partir de Mayo ...................................................................... 266
3. Alberdi ...................................................................................... 269
4. Sarmiento ................................................................................. 272
 V. Los derechos naturales en la Constitución de 1853 y la Reforma de 
1860 .............................................................................................. 275
 VI. Crítica a la Presunción de Constitucionalidad ................................ 283
1. La presunción no puede apoyarse en el principio de la separa-
ción de poderes ......................................................................... 284
2. La presunción no puede apoyarse en el principio de no interfe-
rencia a las decisiones dictadas por los órganos políticos resul-
tantes de la elección popular ..................................................... 286
3. La presunción no puede basarse en la superioridad institucional 
del Congreso ............................................................................. 292
4. La presunción de constitucionalidad es producto de una sesga-
da construcción constitucional .................................................. 295
 VII. Conclusión ..................................................................................... 300
CaPítulo III
LImITACIONES A LOS DEREChOS CONSTITUCIONALES 
y pRINCIpIO DE LEgALIDAD
Principio de legalidad, decretos y fallos plenarios
Por Rodrigo Sánchez Brígido
 ...................................................................................................... 307
 I. Restricciones y principio de legalidad ............................................. 310
 TRATADo De loS DeReCHoS CoNSTITuCIoNAleS XXIX
 II. El impacto de la interpretación del art. 30, CADH: los decretos .... 314
1. Derechos delegados, reglamentarios y de promulgación parcial 315
2. DNUs y suspensión de garantías ............................................... 317
3. Conclusiones sobre el art. 30, CADH, y los decretos ................ 323
 III. El impacto de la interpretación del art. 30, CADH: los fallos plena-
rios ................................................................................................. 323
 IV. Conclusiones .................................................................................. 328
El principio general de reserva de ley (o principio general 
de legalidad) en la doctrina alemana
Por Gabriel Pérez Barberá
 I. Introducción .................................................................................. 330
 II. Noción de reserva de ley ................................................................ 333
 III. Fundamento del principio de reserva de ley en el principio demo-
crático y en el principio del Estado de derecho ............................... 335
1. Su fundamentación en el principio democrático ........................ 336
2. Su fundamentación en el principio del Estado de derecho ......... 338
 IV. Reserva de ley e injerencia estatal ................................................... 340
 V. Simple reserva de ley y reserva de Parlamento. Discrecionalidad 
administrativa y delegación legislativa ........................................... 343
1. La distinción entre ambas clases de reserva de ley ..................... 343
2. Discrecionalidad administrativa ................................................ 345
3. Delegación legislativa ................................................................ 348
3.1. Prohibición absoluta de delegación (reserva de Parlamento) .. 348
3.2. Permisión excepcional de delegación (simple reserva de ley) .. 349
3.3. Legitimidad de la delegación legislativa ........................... 353
3.4. Recapitulación y síntesis .................................................. 356
 VI. Reserva de Parlamento como “restricción (formal y material) a las 
restricciones” ................................................................................. 358
1. Introducción ............................................................................. 358
2. La relación entre el principio general de reserva de ley y el prin-
cipio de legalidad penal en cuanto a sus consecuencias de ley 
previa, cierta, estricta, escrita y proporcional ............................ 359
3. Las consecuencias, en particular, del principio general de reser-
va de Parlamento ...................................................................... 362
3.1. Prohibición de retroactividad contraindividual ................ 362
3.2. Mandato de determinación (o de taxatividad) ................. 363
3.3. Prohibición de analogía contraindividual ......................... 365
XXX J. C. RIVeRA (H), J. S. elIAS, l. S. GRoSmAN, S. leGARRe (DIReCToReS)
3.4. La prohibición de la costumbre como fuente legislativa ... 365
3.5. El mandato de proporcionalidad (remisión) ..................... 366
 VII. La proporcionalidad (o razonabilidad) de las leyes restrictivas de 
derechos fundamentales ................................................................. 366
1. Introducción ............................................................................. 366
2. La posición de la Corte Suprema............................................... 369
3. La dogmática alemana de la proporcionalidad .......................... 371
3.1. Identificación y legitimidad del fin ................................... 373
3.2. Idoneidad......................................................................... 375
3.3. Indispensabilidad ............................................................. 376
3.4. Adecuación o prohibición de exceso en la restricción ....... 377
4. Balance ..................................................................................... 383
 VIII. Alcance del principio de reserva de ley como reserva de Parlamento .. 387
1. Introducción ............................................................................. 387
2. Reserva de ley y “estándar de lo esencial” (Wesentlichkeitstheo-
rie) ............................................................................................ 389
2.1. Introducción .................................................................... 389
2.2. Contenido del estándar .................................................... 390
2.3. Críticas al estándar .......................................................... 394
2.4. Toma de postura .............................................................. 396
3. Reserva general y reservas especiales de Parlamento ................. 405
4. El problema de los derechos fundamentales consagrados sin re-
serva de Parlamento especial ..................................................... 407
 IX. Formas no tradicionales de injerencia estatal y reserva de ley ......... 411
 X. El umbral de la bagatela ................................................................. 417
CaPítulo IV
LImITACIONES A LOS DEREChOS CONSTITUCIONALES 
y CONTROL DE RAzONABILIDAD
Limitaciones a los derechos constitucionales 
y control de razonabilidad
Por Juan Cianciardo y Maximiliano J. Romero
 I. Introducción .................................................................................. 431
 II. Debido proceso, razonabilidad y proporcionalidad en el sistema 
jurídico argentino ........................................................................... 432
 III. Reconocimiento de derechos, interpretación y reglamentación ....... 445
 TRATADo De loS DeReCHoS CoNSTITuCIoNAleS XXXI
 IV. El principio de razonabilidad de la ley o principio de proporciona-
lidad ............................................................................................... 450
1. Debido proceso sustantivo, principio de razonabilidad y princi-
pio de proporcionalidad ............................................................ 450
2. Las dimensiones del principio de proporcionalidad ...................466
2.1. Subprincipio de adecuación o idoneidad .......................... 466
2.2. Subprincipio de necesidad o indispensabilidad ................. 467
2.3. Subprincipio de proporcionalidad en sentido estricto ....... 468
 V. El principio de razonabilidad en la interpretación de la ley ............ 471
1. El intérprete frente a la necesidad de elegir................................ 471
2. Dimensiones de la razonabilidad de la interpretación................ 472
2.1. La elección de los hechos relevantes del caso ................... 472
2.2. La elección de los medios de prueba adecuados para la 
prueba de los hechos considerados relevantes .................. 474
2.3. Una vez producida la prueba, la selección de las pruebas 
convincentes y su discriminación respecto de las no con-
vincentes o menos convincentes ....................................... 475
2.4. La elección de las normas relevantes ................................ 477
2.5. La elección de los métodos de interpretación aplicados a 
las normas aplicables ....................................................... 478
3. Razonabilidad de las elecciones interpretativas ......................... 479
 VI. El fundamento del principio de proporcionalidad .......................... 480
1. Acerca del tipo de fundamento.................................................. 480
2. Primera tesis de la necesidad: la conexión entre la teoría de los 
principios y el principio de proporcionalidad ............................ 481
3. Segunda tesis de necesidad: la conexión entre los derechos fun-
damentales y el principio de proporcionalidad .......................... 484
4. Proporcionalidad y Derecho...................................................... 487
 VII. El fundamento del principio de razonabilidad ................................ 488
 VIII. La secuencia entre razonabilidad y proporcionalidad ..................... 495
Limitaciones a los derechos constitucionales 
y control de razonabilidad (control de proporcionalidad)
Por Laura Clérico
 ...................................................................................................... 499
 I. Sobre la primacía de una mirada pragmática por sobre una teórica 
respecto del examen de razonabilidad en el derecho constitucional 
argentino ........................................................................................ 502
 II. El nuevo examen de razonabilidad: ¿el examen de proporcionali-
dad y/o el examen de la intensidad del control? ............................. 504
XXXII J. C. RIVeRA (H), J. S. elIAS, l. S. GRoSmAN, S. leGARRe (DIReCToReS)
 III. El examen de proporcionalidad en sentido amplio: estructura, ele-
mentos y sub exámenes .................................................................. 508
1. Examen de idoneidad ................................................................ 515
2. Examen de medios alternativos menos lesivos ........................... 516
3. Examen de proporcionalidad en sentido estricto ....................... 521
 IV. Consideraciones finales .................................................................. 528
CaPítulo V
LAS RELACIONES ENTRE EL DEREChO INTERNACIONAL 
DE LOS DEREChOS hUmANOS y LA CONSTITUCIÓN NACIONAL
El impacto del control de convencionalidad. ¿Un cambio 
de paradigma en el sistema interamericano de derechos humanos?
Por Ariel E. Dulitzky
 I. Introducción .................................................................................. 533
 II. De la complementariedad y subsidiariedad a la integralidad .......... 536
 III. De la Corte Interamericana de Derechos Humanos a una pretendi-
da Corte Constitucional Interamericana ......................................... 544
 IV. Las decisiones de la Comisión Interamericana como parámetro del 
control de convencionalidad .......................................................... 549
 V. Las consecuencias del principio de integralidad y de la constitucio-
nalización del sistema interamericano ............................................ 552
 VI. Hacia un modelo constitucional integrado interamericano ............. 560
1. Un nuevo modelo convencional ................................................ 561
2. Un nuevo modelo procedimental............................................... 563
3. Un nuevo modelo jurisprudencial.............................................. 564
4. Un nuevo modelo promocional ................................................. 566
 VII. Conclusión ..................................................................................... 567
CaPítulo VI
LA pROTECCIÓN DE LOS DEREChOS CONSTITUCIONALES A TRAvéS 
DEL pODER JUDICIAL y LA DIfICULTAD CONTRAmAyORITARIA
Sobre la justificación del control judicial de constitucionalidad
Por José Sebastián Elias
 I. Introducción .................................................................................. 573
 II. El argumento intrínseco: la participación política, el derecho a ser 
oído y la justificación estatal .......................................................... 579
 III. El argumento instrumental: la tendencia al mejoramiento de las decisio-
nes del sistema político y el potencial igualador del control judicial ...... 590
 IV. Conclusión ..................................................................................... 598
 TRATADo De loS DeReCHoS CoNSTITuCIoNAleS XXXIII
Democracia y control judicial de constitucionalidad
Por Roberto Gargarella
 ...................................................................................................... 599
 I. El control de las leyes como defensa de la “voluntad popular” ...... 600
 II. El control judicial como control democrático ................................. 602
 III. La crisis de los órganos políticos .................................................... 605
 IV. La protección de los derechos de las minorías ................................ 607
 V. Los jueces y la razón ...................................................................... 609
 VI. ¿Una vía de salida? ......................................................................... 611
 VII. Una mirada dialógica sobre el control judicial y la interpretación 
constitucional ................................................................................. 612
 VIII. Lo hecho y lo que podría hacerse ................................................... 615
Gobierno unificado, gobierno dividido. 
Una teoría del control judicial y la división de poderes
Por Juan F. González Bertomeu
 I. Introducción .................................................................................. 621
 II. División de poderes y control político ............................................ 624
 III. División… ¿de qué? ....................................................................... 631
 IV. Control judicial .............................................................................. 635
1. Objeciones ................................................................................ 641
2. Consenso y deliberación............................................................ 645
 V. Conclusión ..................................................................................... 649
Parte II
LOS DEREChOS CONSTITUCIONALES
CaPítulo I
DEREChO A LA vIDA, DEREChOS REpRODUCTIvOS y ABORTO
1. Aborto y derechos reproductivos
El derecho a la vida y el aborto
Por Pilar Zambrano y Estela B. Sacristán
 I. Introducción. Planteo. Plan de exposición ...................................... 655
 II. Derecho a la vida y aborto. Desde 1853/60 hasta 1994 ................. 657
1. El debate penal anterior a la reforma de 1994........................... 658
XXXIV J. C. RIVeRA (H), J. S. elIAS, l. S. GRoSmAN, S. leGARRe (DIReCToReS)
2. Argumentos de la línea restrictiva ............................................. 658
3. Argumentos de la línea amplia .................................................. 659
4. Otro argumentos.......................................................................

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