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Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento INFORME DE AUDITORIA Nº 08/2021 HIGIENE Y SEGURIDAD LABORAL Unidad de Auditoría Interna Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento Av. Corrientes 1750 - Piso 8 (C1042AAQ) Ciudad Autónoma de Buenos Aires - República Argentina INDICE INFORME EJECUTIVO ..................................................................................................... 1 INFORME ANALÍTICO ..................................................................................................... 3 I. OBJETO ........................................................................................................................... 3 II. ALCANCE DE LA TAREA ..................................................................................................... 3 III. ACLARACIONES PREVIAS ................................................................................................... 3 IV. HALLAZGOS Y RECOMENDACIONES ................................................................... 12 V. CONCLUSIÓN .................................................................................................................. 13 INFORME EJECUTIVO "2021 - AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN" Unidad de Auditoría Interna Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento Av. Corrientes 1750 - Piso 8 (C1042AAQ) Ciudad Autónoma de Buenos Aires - República Argentina 1 INFORME EJECUTIVO I. OBJETO Verificar las medidas adoptadas por el Organismo a fin de dar cumplimiento a las normas relativas a Higiene y Seguridad Laboral II. HALLAZGOS Falta de cumplimiento de lo dispuesto en los incisos a), b), e), f) g), i) j), y l), de la Resolución Nº 905/15. III. CONCLUSIÓN De las actividades llevadas a cabo de conformidad con lo expuesto en el punto II – Alcance de la tarea - y lo expuesto en el punto III – Aclaraciones Previas – del Informe Analítico, esta Unidad de Auditoría Interna entiende que el Organismo cumple razonablemente con las normas relativas a Higiene y Seguridad Laboral. Buenos Aires, 27 de septiembre de 2021. INFORME ANALÍTICO "2021 - AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN" Unidad de Auditoría Interna Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento Av. Corrientes 1750 - Piso 8 (C1042AAQ) Ciudad Autónoma de Buenos Aires - República Argentina 3 INFORME ANALÍTICO I. OBJETO Verificar las medidas adoptadas por el Organismo a fin de dar cumplimiento a las normas relativas a Higiene y Seguridad Laboral. II. ALCANCE DE LA TAREA El examen se realizó de acuerdo con las normas de Auditoría Gubernamental, aprobadas por Resolución Nº 152/02 de la SIGEN y Normas Generales de Control Interno Resolución Nº 172/14 - SIGEN, dirigiéndose a verificar el proceso de solicitud, aprobación y rendición de gastos a través del sistema de Fondo Rotatorio. Las tareas fueron realizadas durante los meses de julio y agosto de 2021 en la Subgerencia de Recursos Humanos y en la Gerencia Técnica del Organismo, recayendo sobre el cumplimiento de la normativa vigente sobre Higiene y Seguridad Laboral durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020. A los efectos de dar cumplimiento al objeto planteado, se desarrollaron las siguientes tareas: Recopilación de antecedentes: Relevamiento de la normativa general y la particular aplicable a la materia auditada y análisis de su adecuada aplicación y cumplimiento. Entrevista con los funcionarios responsables del área a los efectos de obtener información relativa al conocimiento general de los procesos ejecutados. III. ACLARACIONES PREVIAS III. 1. NORMATIVA APLICABLE Ley Nacional de Higiene y Seguridad Social Nº 19.587. Decreto Reglamentario Nº 351/79. Ley Nacional de Riesgos del Trabajo Nº 24.557. 4 Decreto 1338/1996 - Servicios de Medicina y de Higiene y Seguridad en el Trabajo. Resolución 905/2015 – Funciones que deberán desarrollar los servicios de Higiene y Seguridad en el trabajo. Convenio Colectivo de Trabajo Nº 1005/08 “E”. Ley 27.541: Ley de solidaridad y reactivación productiva en el marco de la emergencia pública. Decreto 260/2020: Coronavirus- Disposiciones. Resolución 202/2020: Deber de asistencia lugar de trabajo. Resolución 207/2020. Decreto 875/2020: Aislamiento social, preventivo y obligatorio y distanciamiento social, preventivo y obligatorio. III.2. MEDIDAS ADOPTADAS EN VIRTUD DE LA EMERGENCIA SANITARIA Cabe mencionar que por Decreto DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020 se amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19, por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia del mencionado decreto. A su vez, por Resolución N° 202/2020 se suspendió el deber de asistencia al lugar de trabajo, con goce íntegro de sus remuneraciones, a todos los trabajadores y las trabajadoras que se encontraban en las situaciones descriptas en el artículo 7° del DNU N° 260, con el alcance personal establecido en su artículo 2°, estableciéndose las obligaciones a las que debían someterse las partes. Luego, la velocidad en el agravamiento de la situación epidemiológica a escala internacional requirió la adopción de medidas inmediatas para hacer frente a la emergencia, dando lugar al dictado del Decreto N° 297/20, por el cual se dispuso el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” (“ASPO”). Posteriormente con el fin de no interrumpir el suministro de productos y servicios esenciales y también para incorporar gradualmente la realización de diversas actividades económicas y sociales en los lugares donde la situación epidemiológica lo permitía, se establecieron excepciones al “ASPO” y la prohibición de circular para las personas afectadas a diferentes actividades y servicios y se estableció el “distanciamiento social preventivo y obligatorio – DISPO”. "2021 - AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN" Unidad de Auditoría Interna Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento Av. Corrientes 1750 - Piso 8 (C1042AAQ) Ciudad Autónoma de Buenos Aires - República Argentina 5 En virtud de lo expuesto el Sr. Administrador del ENOHSA, consideró necesaria la presencia del personal en las oficinas del Ente y procedió por Resol-2020-424-APN- ENOHSA#MOP del 13 de noviembre de 2020 a convocar a los trabajadores y trabajadoras a cumplir trabajo presencial en el Organismo a partir del 16 de noviembre de 2020, quedando dispensados del deber de asistencia al lugar de trabajo las personas mayores de 60 años, embarazadas y personas incluidas en los grupos de riesgo según fueron definidos por el Ministerio de Salud de la Nación, y a aquellas personas cuya presencia en el hogar resultara indispensable para el cuidado de niños, niñas o adolescentes. A su vez se procedió a notificar al personal del “Manual de Prácticas Estándar para el retorno al trabajo en período de emergencia sanitaria COVID-19” (IF-2020- 77655125-APN-SRH#ENOHSA) para su estricto cumplimiento. Porotra parte, con fecha 01 de septiembre de 2020, el ENOHSA recibió por parte del Consorcio del edificio donde se ubican las oficinas del Organismo, bajo IF-2020- 57867389-APN-ENOHSA#MOP, el Protocolo del edificio, con las medidas de precaución y contención para evitar la circulación del COVID-19. III.3. ESTRUCTURA ORGÁNICO FUNCIONAL Por Disposición ENOHSA Nº DI-2019-10-APN-GG#ENOHSA se creó dentro del Departamento de Dirección de Obras de la Gerencia Técnica, el sector de trabajo “SEGURIDAD E HIGIENE” estableciendo para el responsable de dicho sector, las siguientes acciones: 1. Asesorar en la definición de la Política del Organismo, en materia de Higiene y Seguridad en el Trabajo, a fin de Establecer las normas y procedimientos de gestión y tratamiento de los riesgos en el trabajo para preservar y salvaguardar la integridad física, mental y la salud de los colaboradores, creando condiciones estándares y adecuadas para el desempeño de las actividades laborales y hacerla conocer a todos los colaboradores en relación de dependencia y servicios externos de la empresa. 2. Relevar, confeccionar y mantener actualizado el Mapa de Riesgos, por obra, el cual contendrá: • La Nómina del Personal expuestos a Agentes de Riesgos de Enfermedades. • Relevamiento General de Riesgos Laborales, por puesto de trabajo, indicando las medidas preventivas en caso de ser necesarias. 3. Corroborar el cumplimiento de la normativa vigente en Higiene y Seguridad en el Trabajo. 4. Efectuar el seguimiento de las medidas correctivas previstas en caso de existir y llevar el registro de los avances, retrocesos y/o adecuaciones comprometidas en el Plan de Regularización de Incumplimientos. 6 5. Gestionar la relación contractual con la A.R.T. y llevar el registro de las acciones que se realicen. 6. Visitar las Obras en ejecución y verificar las condiciones de cumplimiento de la Normativa Vigente en Higiene y Seguridad, según lo ameriten los riesgos propios de la actividad, dejando asentado por escrito en los libros dispuestos a tal fin en las obras en cuestión, los resultados obtenidos y las recomendaciones a implementar en caso que las hubiera. 7. Implementar un registro de visitas a obras en ejecución, y realizar los informes de los resultados de las mismas, confeccionando un plan de acción correctivo en forma conjunta con la jefatura de inspecciones, en caso de encontrar anormalidades en las mismas sobre las condiciones de H&S Laboral. 8. Identificar los riesgos presentes en las instalaciones edilicias y de servicios. 9. Identificar y analizar los factores del ambiente de trabajo que puedan afectar la salud de los trabajadores. (Implícito en el análisis de riesgo). 10. Efectuar la investigación de accidentes laborales mediante el método del “Árbol de Causas” u otro medio similar, elaborar las estadísticas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, comunicando en forma fehaciente a las autoridades del Organismo o quien estas designen, los resultados obtenidos a los efectos de tomar conocimiento de las mismas. 11. Investigar y analizar las enfermedades de trabajo, conjuntamente con el Servicio de Medicina del Trabajo, con el propósito de identificar las causas inmediatas y básicas que los originaron y adoptar acciones correctivas y preventivas tendientes a evitar la ocurrencia de hechos similares a futuro. 12. Elaborar y ejecutar el Programa Anual de Capacitación para todos los niveles de la Organización, que contenga como mínimo: • Tipos de Riesgos a los que podemos estar expuestos • Uso adecuado de elementos de protección personal • Plan de evacuación ante emergencias • Riesgos de incendio y uso de extintores • Riesgo eléctrico • Autocontrol preventivo, riesgos y medidas de control, identificación de peligros y valoración del riesgo. • Prevención de accidentes In Itinere • Conceptos de ergonomía 13. Concientizar a través de la información, comunicación, capacitación, entrenamiento, y la participación de todos los colaboradores sobre la obligación de cumplir con toda norma y procedimiento relativo a controles operacionales y prácticas preventivas en el trabajo, creando una cultura de prevención. "2021 - AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN" Unidad de Auditoría Interna Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento Av. Corrientes 1750 - Piso 8 (C1042AAQ) Ciudad Autónoma de Buenos Aires - República Argentina 7 14. Capacitar en la inducción al trabajador que ingresa por primera vez a un puesto de trabajo, contemplando los riesgos generales y específicos de las tareas, procedimientos de trabajo seguro y medidas preventivas que debe considerar e implementar. 15. Realizar informes periódicos de las Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, con el objeto de asesorar a las autoridades de Organismo, sobre la evolución de los factores de riesgos y circunstancias que puedan afectar a la salud de los trabajadores. 16. Participar conjuntamente con el Servicio de Medicina Laboral, en la confección de un programa de promoción de la salud, calidad de vida y educación en hábitos saludables, que se deberá llevar a cabo para el personal de Organismo. 17. Elaborar un Plan de Contingencias ante Emergencias, con asignación de roles. 18. Elaborar los planos generales y de detalle de los servicios de prevención y lucha contra incendio del establecimiento donde funcionan las oficinas administrativas del Organismo. 19. Elaborar los planos generales de evacuación y vías de escape. 20. Promover la seguridad en todo el Organismo mediante cartelería y medios electrónicos, difundiendo normas generales de seguridad. 21. Implementar el Plan de Acción Conjunta con la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, en el marco de las obras en ejecución y futuras. 22. Definir los requerimientos de Higiene y Seguridad Laboral y capacitación que debe tener el personal eventual, tercerizado o contratado para prevenir accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Renovar oportunamente los medios de protección personal, de acuerdo con sus respectivas características. 23. Realizar las tareas administrativas de mantenimiento de la documentación inherente a su gestión. Por Resolución Nº RESOL-2021-419-APN-ENOHSA#MOP del 18 de mayo de 2021, se dejó sin efecto la Disposición ENOHSA Nº DI-2019-10-APN-GG#ENOHSA y se modificó la estructura de la Gerencia Técnica. Entre las funciones establecidas para el Departamento de Control y Supervisión de obras propias y el Departamento Control y Supervisión de obras para terceros de dicha Gerencia, sólo constan las inherentes a la seguridad e higiene en obra, sin que luzcan en dicha normativa tareas vinculadas con la actividad de quienes desarrollan sus actividades en la sede del ENOHSA. A continuación, se detallan las funciones que desarrollará el área en relación con las obras: 8 Gestionar la relación contractual con la ART de las Contratistas de obra y llevar el registro de las acciones que se realicen. Visitar las obras en ejecución y verificar las condiciones de cumplimiento de la normativa vigente en higiene y seguridad, según lo ameriten los riesgos propios de la actividad, dejando asentado por escrito en los libros dispuestos a tal fin en las obras en cuestión, los resultados obtenidos y las recomendaciones a implementar en caso que las hubiera. Identificar los riesgos presentes en las instalaciones edilicias y de servicios de las Contratistas de obras. Evaluar los resultados de los análisis de agua para consumo humano tomados en obra. Elaborar estadísticas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales ocurridos en obra. Considerar de manera analítica y complementaria, las medidas correctivas y preventivas que surjan de las investigaciones de accidentes que realice la ART de cada obra. Verificar el cumplimiento de todos los requisitos requeridos en el pliego y enla legislación vigente, relacionados con salud, higiene, seguridad y gestión ambiental. Verificar el cumplimiento del Plan de Gestión ambiental a través de los especialistas ambientales de la Gerencia. Cabe señalar que, a la fecha del presente Informe, el Organismo se encuentra trabajando en el rediseño del área de Seguridad e higiene y en la búsqueda del profesional que llevará a cabo las acciones inherentes a dicha Área. III.4. CUMPLIMIENTO NORMATIVA SOBRE HIGIENE Y SEGURIDAD- TAREAS DESARROLLADAS Ley 19587/72-Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo, considera como básicos a los fines de la aplicación de esta ley en edificios o locales de tareas administrativas, los siguientes principios: Disponer el examen pre-ocupacional, registrando sus resultados en el respectivo legajo de salud. Esta tarea es desarrollada por Subgerencia de Recursos Humanos al ingreso de nuevo personal. Mantener en buen estado de conservación, utilización y funcionamiento, las maquinarias, instalaciones y útiles de trabajo. Esta tarea es llevada a cabo por la Subgerencia de Coordinación Administrativa. Instalar los equipos necesarios para la renovación del aire y eliminación de gases, vapores y demás impurezas producidas en el curso del trabajo. Los equipos están instalados por el arrendatario y son conservados por éste. "2021 - AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN" Unidad de Auditoría Interna Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento Av. Corrientes 1750 - Piso 8 (C1042AAQ) Ciudad Autónoma de Buenos Aires - República Argentina 9 Mantener en buen estado de conservación, uso y funcionamiento las instalaciones eléctricas y servicios de aguas potables. Las instalaciones eléctricas son conservadas por la Subgerencia de Coordinación Administrativa y las instalaciones sanitarias por el arrendatario del inmueble. Evitar la acumulación de desechos y residuos que constituyan un riesgo para la salud, efectuando la limpieza y desinfecciones periódicas pertinentes. El servicio de limpieza de las oficinas del Ente, es realizado por una empresa contratada a tal efecto. Eliminar, aislar o reducir los ruidos y/o vibraciones perjudiciales para la salud de los trabajadores. No es de aplicación por las características edilicias. Instalar los equipos necesarios para afrontar los riesgos en caso de incendio o cualquier otro siniestro. Los equipos fijos son provistos por el arrendador del edificio y los extintores se controlan por medio de la Subgerencia de Coordinación Administrativa. Las cantidades de éstos son determinadas por el Responsable de Seguridad e Higiene en base a la carga de fuego existente. Disponer de medios adecuados para la inmediata prestación de primeros auxilios. Están dispuestos por intermedio de la Subgerencia de Coordinación Administrativa y el servicio externo contratado como área segura. Promover la capacitación del personal en materia de higiene y seguridad en el trabajo, particularmente en lo relativo a la prevención de los riesgos específicos de las tareas asignadas. Esta tarea recae en el responsable de Seguridad e Higiene. Cabe mencionar que durante el año 2020 se han dictado cursos de capacitación al personal del Organismo vía zoom. Denunciar accidentes y enfermedades del trabajo. Esta tarea recae en el Responsable de Seguridad e Higiene, pero durante el año 2020 no se produjeron casos, con lo cual no existieron denuncias que realizar ante la ART, para su debido tratamiento. 10 Decreto 351/79 que reglamenta la Ley 19.587 1 Capítulo 11- Ventilación Capítulo 12- Iluminación Capítulo 14- Instalaciones eléctricas Capítulo 18- Protección contra incendios Capítulo 21- Capacitación Las tareas de verificación del cumplimiento de dicho Decreto fueron llevadas adelante hasta el mes de marzo de 2020, por el responsable de Seguridad e Higiene en forma conjunta con la Subgerencia de Recursos Humanos. Posteriormente, en virtud a las directivas impartidas por la Administración del Organismo, en cumplimiento con el DECNU-2020–260–APN-PTE, vigente desde el 20 de marzo de 2020, el accionar de dicho sector se vio limitado para efectuar todas las verificaciones pertinentes. Ley 24557/95 - Ley de Riesgos del Trabajo: Especifica las contingencias y situaciones cubiertas ante un accidente o enfermedad laboral y la obligación de contratar un seguro a una ART que garantice los servicios necesarios para otorgar las prestaciones de asistencia médica y las demás previstas en el artículo 20 de la presente ley. Con fecha 01 de noviembre de 1999 se suscribió el Contrato de afiliación Nº 66.346, con Provincia ART Seguros S.A. El mismo tuvo vigencia hasta el 31 de octubre de 2000 y luego fue prorrogado sucesivamente hasta la fecha de la presente auditoria. La comunicación con la ART es llevada adelante por la Subgerencia de Recursos Humanos del Organismo. Decreto 1338/96 - Determinación del alcance de las funciones de los Servicios de Medicina Laboral y del Servicio de Higiene y Seguridad Laboral: Establece en su Artículo 11 a) quienes podrán dirigir el servicio de Higiene y Seguridad Laboral, y en su Artículo 12 la cantidad mínima de horas profesional mensuales en el establecimiento en función del número de trabajadores equivalentes y de los riesgos de la actividad, definida según la obligación de cumplimiento de los distintos capítulos del Anexo I del Decreto Nº 351/79. Dicho Decreto establece en su Artículo 14 que los establecimientos dedicados exclusivamente a tareas administrativas de hasta DOSCIENTOS (200) trabajadores, quedan exceptuados de tener la obligación de asignar horas profesionales en Seguridad e Higiene Laboral, pero deberán tener asesoramiento para garantizar el cumplimiento de la legislación vigente. 1 Solo se nombran aquellos capítulos que tienen injerencia con las tareas a desarrollar por el Organismo a fin de cumplir con la normativa. "2021 - AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN" Unidad de Auditoría Interna Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento Av. Corrientes 1750 - Piso 8 (C1042AAQ) Ciudad Autónoma de Buenos Aires - República Argentina 11 Debido a que al mes de diciembre de 2020, el Organismo contaba con 201 trabajadores, las autoridades del Organismo se encuentran tramitando la creación del Área de Seguridad e Higiene Laboral por medio del EX 2020-15407853-APN- ENOHSA#MOP, y están abocados a la búsqueda del profesional que llevará a cabo las acciones inherentes a dicha Área. Resolución 905/15: Establece las funciones que deben desarrollar los Servicios de Seguridad e Higiene y de Medicina en el trabajo. A continuación, se detallan las funciones que tienen incumbencia con el Servicio de Seguridad e Higiene laboral: a) Asesorar al empleador en la confección de la política de Seguridad e Higiene Laboral. b) Confeccionar mapa de riesgos generales y específicos. c) Confeccionar la nómina de personal expuesto a Riesgo de Enfermedades Profesionales. d) Corroborar el cumplimiento de las normativas vigentes en Seguridad e Higiene Laboral. e) Confeccionar si correspondiese un plan de mejoras y realizar el seguimiento del cumplimiento del mismo. f) Identificar los riesgos existentes en las instalaciones edilicias. g) Identificar y analizar los factores ambientales que pudiesen afectar al trabajador. h) Evaluar los análisis de agua para consumo humano. i) Elaborar estadísticas de ausentismo, accidentes y enfermedades profesionales relacionadas con el trabajo, evaluándolas por los índices de gravedad, frecuencia e incidencia. j) Evaluar la ergonomía de los puestos de trabajo (Res. 886/15 y Res. 295/03). k) Capacitación al personal sobre los riesgos expuestos y confeccionar los registros y evaluaciones. Elaborarel Plan anual de Capacitación. l) Promover la conformación del comité mixto de Higiene y Seguridad en el Trabajo. m) Confeccionar las normas generales ante contingencias y elaborar un plan de evacuación. (actualmente esta obligación recae en el propietario del inmueble) n) Verificación de las Instalaciones Contra Incendio. o) Efectuar la investigación de accidentes por el método del Árbol de Causas. p) Realizar el nexo con la ART contratada por el empleador. Según lo informado por el responsable del sector, debido al Aislamiento Social Preventivo Obligatorio (ASPO) y luego con el Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio (DISPO) que estuvo vigente hasta el 20/12/2020, quedaron acciones pendientes de implementar, específicamente los inc. a, b, e, f, g, j, l. 12 IV. HALLAZGOS Y RECOMENDACIONES Falta de cumplimiento de lo dispuesto en los incisos a), b), e), f) g), j), y l), de la Resolución Nº 905/15. Recomendación Implementar medidas a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por la Resolución Nº 905/15. Opinión del Auditado Asimismo, en virtud del Expediente N° EX-2021-74002787-APN- SGYEP#JGM del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública Nº 27.541, los Decretos Nros. 260 del 12 de marzo de 2020 y sus modificatorios, 287 del 17 de marzo de 2020, 297 del 19 de marzo de 2020 y sus modificatorios, 325 del 31 de marzo de 2020, 355 del 11 de abril de 2020, 408 del 26 de abril de 2020, 459 del 10 de mayo de 2020, 493 del 24 de mayo de 2020, 520 del 7 de junio de 2020, 576 del 29 de junio de 2020, 605 del 18 de julio de 2020, 641 del 2 de agosto de 2020, 677 del 16 de agosto de 2020, 714 del 30 de agosto de 2020, 754 del 20 de septiembre de 2020, 792 del 11 de octubre de 2020, 814 del 25 de octubre de 2020, 875 del 7 de noviembre de 2020, 956 del 29 de noviembre de 2020, 985 del 10 de diciembre de 2020, 1033 del 20 de diciembre de 2020, la Resolución del MINISTERIO DE SALUD N° 627 del 19 de marzo de 2020 y su modificatoria, y CONSIDERANDO: Que como se ha señalado oportunamente en la normativa citada en el Visto de la presente, con fecha 11 de marzo de 2020 la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD, en adelante la OMS, declaró al brote del virus SARS-CoV-2 como una pandemia, los agentes han desarrollado sus actividades laborales a través del teletrabajo, a partir del decreto 875 de noviembre del 2020 en la cual se convoca a los agentes al trabajo presencial, desde RRHH se trabajó en un manual de Prácticas Estándar de retorno al trabajo en período de emergencia sanitaria Covid-19, el cual fue aprobado por RESOL-2020-424-APN-ENPHSA#MOP, siendo esta una de las acciones podidas llevar a cabo dentro del marco de la pandemia, establecidas en el inc. a) de la Resolución 905/15 y atento a ello se trabajó en la descripción de dos políticas las cuales son en carácter de borrador a la espera de la definición para poder establecerlas y comenzar a laborar el ellas en cumplimiento de la normativa vigente. Se describen a continuación las mismas, en carácter de borrador, sujetas a revisión y aprobación: "2021 - AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN" Unidad de Auditoría Interna Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento Av. Corrientes 1750 - Piso 8 (C1042AAQ) Ciudad Autónoma de Buenos Aires - República Argentina 13 POLÍTICA DE CALIDAD DE VIDA LABORAL: ENOHSA trabajará de manera continua la calidad de vida laboral, desarrollando y facilitando acciones que promuevan el clima y ambiente de trabajo armónicos y fomentando estilos de vida saludables, mediante charlas informativas de salud y condiciones de trabajo seguras. POLITICA DE PREVENCION DE RIESGOS: ENOHSA se propone alcanzar tres objetivos generales: la promoción de la salud y de la seguridad en el trabajo, la reducción de la siniestralidad laboral y la mejora de las condiciones de trabajo. Nuestro compromiso para la consecución de los mismos son los siguientes: ✓ Cumplir con los requisitos que el Organismo suscriba relacionados con la Seguridad y la Salud en el Trabajo. ✓ Adaptar y mejorar las condiciones de trabajo teniendo en cuenta las características de cada persona. ✓ Diseñar y desarrollar planes de formación, información y sensibilización para que cualquier persona que desempeñe su actividad dentro y fuera del Organismo tenga conocimiento de los riesgos a los que está expuesto, como evitarlos y prevenirlos. ✓ Definir y revisar objetivos y metas que impliquen el compromiso de mejora continua y dedicar los recursos humanos, técnicos y económicos necesarios para alcanzar dichos objetivos. ✓ Realizar controles periódicos, que permitan evaluar el grado de cumplimiento y la efectividad de los planes y programas de acción preventiva desarrollados para asegurar que sigue siendo apropiada para el Ente. Cabe señalar que se está trabajando en el rediseño del área de Seguridad e higiene y en la búsqueda del profesional que llevará a cabo las acciones inherentes al Área. V. CONCLUSIÓN De las actividades llevadas a cabo de conformidad con lo expuesto en el punto II – Alcance de la tarea - y lo expuesto en el punto III – Aclaraciones Previas – del presente informe, esta Unidad de Auditoría Interna entiende que el Organismo cumple razonablemente con las normas relativas a Higiene y Seguridad Laboral. Buenos Aires, 27 de septiembre de 2021. 2021-09-30T16:16:20-0300 MORATO Ricardo Juan Bautista
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