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T. 9 DERECHOS HUMANOS Y PRINCIPIOS DEMOCRÁTICOS EN EDUCACIÓN • Introducción • Aspectos generales sobre los derechos humanos • Declaración Universal delos Derechos Humanos: Generaciones de Derechos • Educación, desarrollo cívico y derechos humanos • Democracia y derechos humanos 1. INTRODUCCIÓN Para comprender cualquier realidad, es conveniente conocer aquellas notas distintivas sin las cuales dicha realidad dejaría de ser tal; cualidades que diferencian, delimitan y especifican unas y otras realidades. Estudiaremos los caracteres de los Derechos Humanos para una mejor comprensión de los mismos. 2. ASPECTOS GENERALES SOBRE LOS DERECHOS HUMANOS NATURALEZA DE LOS DERECHOS HUMANOS Los Derechos Humanos para unos son derechos subjetivos, para otros derechos naturales, para otros tienen connotaciones morales. 3 teorías para estudiar la naturaleza y saber que son los derechos humanos: • Teoría Iusnaturalista. . Son derechos naturales que tiene el ser humano por su propia naturaleza y dignidad, por el hecho de ser hombre. . Son universales e invariables propios de todos los seres humanos independientemente del tiempo, el lugar, la raza. . No dependen del país, ni de costumbres ni de leyes. . No son algo que se otorga sino que se debe conocer y respetar . Defiende la existencia de una naturaleza común a todos los seres humanos. . Considera a los derechos humanos como derechos fundamentales de carácter universal y superior al ordenamiento jurídico positivo, dotados de plena juridicidad, los cuales tienen valor por sí mismos con independencia de que estén o no recogidos en las normas jurídicas estatales. • Teoría Positivista . Los derechos humanos son derechos positivos, no son derechos que se reconocen por naturaleza en los seres humanos sino que son derechos que se le otorgan. . Los derechos humanos expresan una buena voluntad pero no puede considerarse derechos hasta que no son plasmados en un sistema jurídico, respaldado y apoyado por el poder político. . Defiende la tesis de que la raíz y el fundamento de la validez de los derechos se encuentra siempre en los propios factores empíricos que constituyen el tejido real de la correspondiente organización social. . El fundamento de los derechos humanos se encuentra dentro del propio complejo de realidades y circunstancias culturales en que nacen y se realizan: tradición jurídica y política, leyes estatales, aceptación social, el bienestar y felicidad de los ciudadanos. . Los individuos son titulares de derechos fundamentales en tanto cuanto el ordenamiento jurídico del Estado del que son ciudadanos se los ha reconocido, ya que no hay más derechos que los reconocidos en las leyes. • Teoría Pactista . Acepta la objetividad y la universalidad de los derechos humanos como proceso y producto histórico y no como una derivación de una ley natural. . Reclama la necesidad de positivar dichos derechos en los diversos textos legales para seguir profundizando en los nuevos retos que plantea el reconocimiento de la dignidad humana. . Considera que los individuos poseen unos derechos primarios que radican en su propia naturaleza y que tienen un carácter pre-social, pero tales derechos pueden ser disfrutados dentro de la organización política que los individuos se den a sí mismos mediante el acuerdo fundacional del que surge la sociedad. Iusnaturalista • Los Derechos Humanos son naturales para todos los hombres por el hecho de ser hombre. Positivista • Los derechos fundamentales en tanto en cuanto el ordenamiento jurídico del Estado se los reconoce. Pactista • Acepta la objetividad y la universalidad de los Derechos Humanos pero reclama la necesidad de positivarlos. CARACTERÍSTICAS DE LOS DERECHOS HUMANOS • Universales – pertenecen a todas las personas, sin importar su sexo, edad, posición social, partido político, creencia religiosa… (prohibición de discriminación) • Inherentes – son innatos a todos los seres humanos, sin distinción alguna. El individuo trae consigo estos Derechos por su nacimiento como ser humano. • Absolutos – su respeto se puede reclamar indistintamente a cualquier persona o autoridad. Se trata de requerimientos morales que hay que satisfacer. • Irrenunciables – quien los posee no puede desprenderse de ellos, ni siquiera por propia voluntad, no puede renunciar a su titularidad. • Indisolubles – todos deben ser ejercidos en su contenido esencial al tener igual grado de importancia. • Obligatorios – aunque no exista ley que prevea condena por su violación, toda persona y el Estado, debe respetarlos. • Inalienables – no pueden ser transferidos a otros titular. • Imprescriptibles – no desaparecen ni se pierden en el transcurso del tiempo independientemente de si se hace uso de ellos o no. • Indivisibles – los derechos son interdependientes, no tienen jerarquía entre sí. • Inviolables – si fueran negados, destruidos o lesionados, sería un ataque a la dignidad humana. Ninguna persona o autoridad puede actuar legítimamente en contra de ellos. • Progresivos – dado el carácter evolutivo de los derechos, es posible que en el futuro se extienda la categoría de derecho humano a otros derechos que en el pasado no se reconocían como tales o aparezcan otros. • Incondicionales – únicamente están supeditados a los lineamientos y procedimientos que determinan los límites de los propios derechos. • Irreversibles – todo derecho formalmente reconocido como inherente a la persona humana queda irrevocablemente integrado en la categoría de derecho humano. • Históricos – están vinculados profundamente con la realidad histórica, política y social. • Interdependientes – todos los derechos humanos están articulados. CONCEPTO Y DEFINICIÓN DE DERECHOS HUMANOS Se trata de un concepto abierto a distintas concepciones y desarrollos. En general, hace referencia primeramente al sentido de dignidad humana, que es una condición o cualidad moral inherente a cualquier ser humano sin ningún tipo de limitaciones ni económicas, físicas, raciales, sexuales… Levín 2 significados: . El hombre, por el sólo hecho de serlo, tiene derechos inherentes e inalienables. . Derechos establecidos por la ley en virtud del proceso de creación del derecho en la sociedad… Pérez Luño Conjunto de facultades e instituciones que, en cada momento histórico, concretan las exigencias de la dignidad, libertad y la igualdad humanas, las cuales deben ser reconocidas positivamente por los ordenamientos jurídicos a nivel nacional e internacional. Fernández Galiano Aquellos derechos de los que es titular el hombre, no por concesión de las normas positivas, sino con anterioridad e interdependendientemente de ellas y por el mero hecho de ser hombre, de participar en la naturaleza humana… Medina Rubio Conjunto de facultades o atribuciones histórico-culturales reconocidos jurídicamente a toda persona, por el hecho de ser persona… Borrelli Respuesta operativa a algunas necesidades inalienables pertenecientes a la naturaleza propia y específica de cada ser humano. Derecho . a la vida . a la libertad . a la igualdad . a la seguridad de la persona . a no ser sometido a esclavitud ni servidumbre . a no ser sometido a torturas ni a penas o tratos inhumanos y degradantes . a la igualdad ante la ley y a la protección frente a la detención o encarcelamiento o el exilio arbitrario . a la justicia . a un proceso justo y a la presunción de inocencia mientras no se demuestre su culpabilidad . al respeto de la vida privada y familiar, del domicilio y la correspondencia . a la libertad de circulación y de residencia . al asilo . a la paz en el mundo . a la nacionalidad . a casarse y fundar una familia . a la propiedad . a ejercer la libertad de pensamiento, de religión . a la libertadde expresión y de opinión . a la libertad de reunión y de afiliaciones políticas . a participar en el gobierno del propio país directamente o por medio de representantes . al trabajo . a la salud . a la seguridad social . a un salario justo por un trabajo igual . a fundar sindicatos y sindicarse . al descanso y disfrute de tiempo libre, jornada de trabajo razonable y vacaciones periódicas . a un nivel de vida adecuado que asegure el bienestar del individuo y el de su familia . a la educación 3. DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS La Declaración Universal de los Derechos Humanos • es el primer documento creado por la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en el que se enumera un catálogo de derechos y se crean mecanismos para garantizar el ejercicio de los derechos dentro de los Estados miembros. • Promueve un conjunto de valores, principios y normas de convivencia que deben conformar la dignidad humana, y la vida en sociedad, al mismo tiempo que rechaza aquellos que sean contrarios • Se compone de 1 preámbulo y 30 artículos, que recogen derechos de carácter civil, político, social, económico y cultural • Los Derechos Humanos no son estáticos e inalterables, sino que han ido evolucionando y desarrollándose por la presión de nuevas necesidades o situaciones sociales, dando lugar a 4 generaciones de DDHH. Declaración Universal de los Derechos Humanos . Artículos 1 y 2 – recogen los principios básicos en los que se sustentan los derechos de libertad, igualdad, fraternidad y no discriminación . Art. Del 3 al 21 – recogen los derechos civiles y políticos . Art. Del 22 al 28 – recogen los derechos económicos, sociales y culturales . Art. 29 y 30 – recogen las condiciones y límites con que estos derechos deben ejercerse 1ª Generación de DDHH . Se reivindica en los s. XVII y XVIII . Marcada por la ideología individualista y liberal propia del primer capitalismo y el crecimiento de la industrialización . Derechos Civiles – le corresponden a una persona como individuo, independientemente de su rol social (derecho a la vida, a la libertad personal, a la igualdad a ejercer libremente su culto, a reunirse, a asociarse con fines útiles, a la dignidad, al honor, al nombre, a la intimidad personal, a la propiedad privada, a la libertad de circulación. . Derechos Políticos – corresponden al ciudadano para participar como miembro activo del poder político (derecho de sufragio, a afiliarse a un partido político, a ser elegido para un cargo de gobierno, a participar en la presentación de un proyecto de ley, en un plebiscito o en una consulta popular. . Se centra en la defensa de las libertades reservadas al individuo. 2ª Generación de DDHH . Característica del primer tercio del s.XX . Derechos Sociales – corresponden a las personas por su rol en un determinado contexto social por hallarse desprotegidos frente a una situación desigual (derecho al trabajo, al salario justo, a la vivienda, al descanso retribuido, a la salud, a la seguridad social, protección de la infancia, políticas de ocio y tiempo libre, a la educación, al gozo de los bienes culturales y científicos. . Derechos que se entienden como garantías mínimas del Estado Social y se atribuyen a la persona como miembro de la sociedad. 3ª Generación de DDHH . Se centra en los intereses y/o bienes que son patrimonio de todos de modo que a todos compete el ejercicio de su defensa y de su tutela. . Derechos colectivos y de Solidaridad (derecho a la paz, derecho a un medio ambiente sano y de calidad de vida, derecho al desarrollo de los pueblos, derecho a un desarrollo sostenible, derecho a la autodeterminación de los pueblos. 4ª Generación de DDHH . Surge como respuesta al nuevo marco caracterizado por las nuevas necesidades y vínculos sociales surgidos en relación en el desarrollo científico de las nuevas tecnologías y de la sociedad de la información. . Derechos: liberad de expresión en el ciberespacio, desarrollo sostenible y derechos derivados de los avances del desarrollo científico-técnico en el ámbito genético y en el entorno ambiental. GENERACIONES 1ª . Libertad . Derechos Civiles . Derechos Políticos 2ª . Igualdad . Derechos Sociales y Culturales 3ª . Solidaridad . Derechos Colectivos y Solidaridad 4ª Dan respuesta a nuevas necesidades sociales debido al desarrollo de las nuevas tecnologías 4. EDUCACIÓN. DESARROLLO CÍVICO Y DERECHOS HUMANOS . Gracias a la educación logramos el desarrollo pleno de las capacidades del hombre. . La educación presta el mejor servicio al hombre: ayudarle a madurar, hacerse consciente de sí mismo y ser capaz de autodeterminar su propio proyecto de vida en acciones libres y responsables. . Desde el punto de vista social, la educación trata de garantizar el desarrollo cívico y la consolidación de sociedades más justas y solidarias. . El ejercicio y el respeto de los Derechos Humanos es fruto de la instauración de un determinado modelo de ciudadano que responde a una serie de concepciones y opiniones sobre lo que pensamos y esperamos de los seres humanos y de las formas de convivencia que han creado. . Es un modelo cultural y condicionado histórica y socialmente, en el que están enraizados los valores morales. . Este modelo tiene 2 puntos de conexión: - Un sistema político respetuoso con los Derechos Humanos que es capaz de estimular la creación de una cultura cívica de ciudadanos libres e iguales donde los derechos son reconocidos y garantizados por el Estado Democrático de Derecho. - Una educación centrada en una cultura democrática basada en formar ciudadanos libres abiertos a otras culturas, tolerantes, respetuosos con las diferencias individuales y culturales, con unos objetivos abiertos y críticos, va a ser una cultura que respete los Derechos Humanos. 1. Importancia de educar en Derechos Humanos . La educación en derechos humanos supone un conjunto de actividades de capacitación, difusión e información orientadas a crear una cultura universal: - transmitir conocimientos y moldear actitudes cuya finalidad va orientada a fortalecer el respeto de los ddhh y las libertades fundamentales - desarrollar plenamente la personalidad humana y el sentido de la dignidad del ser humano - promover la comprensión, la tolerancia, la igualdad entre los sexos y la amistad entre todas las naciones, las poblaciones indígenas y los grupos raciales, étnicos, religiosos y lingüísticos - facilitar la participación activa de todas las personas en una sociedad libre e intensificar las actividades de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas Es importante educar en ddhh porque esto supone: . Vivenciar e interiorizar los derechos para poder asumirlos y respetarlos. . Reconocer la dignidad de los demás. . Respetar a la libertad y a la igualdad. . Colaborar y participar en conseguir la felicidad del otro. Educar en ddhh contribuye a la disminución de las violaciones de los mismos y a la creación de sociedades juntas y pacíficas. La Declaración de los ddhh destaca la importancia de la educación en ddhh, la promoción; y el respeto de los ddhh y libertades del hombre, sólo se hará realidad mediante la enseñanza y la educación. 2. Desarrollo cívico y Educación ciudadana - Educación Ciudadana – a través de la educación se potencia el desarrollo cívico y con él el desarrollo abierto de sociedades democráticas multiétnicas y pluralistas. - Desarrollo Cívico – proceso en el que se enfatiza la importancia de la participación y la responsabilidad de todos en el desarrollo de competencias para los asuntos sociales en un marco legal territorializado que implica a diversas organizaciones. Este desarrollo cívico supone el desarrollo de una serie de competencias básicas para la vida entre lasque se encuentran las competencias cívicas. - Competencias cívicas – permiten al individuo lograr la participación en la vida ciudadana cultivando en cada ciudadano el sentido de la relación con el sentido social de la diversidad y la identidad en los espacios de convivencia, asumiendo el compromiso con los principales derechos y obligaciones que como ciudadanos deben cumplirse. 5. DEMOCRACIA Y DERECHOS HUMANOS • Democracia – régimen político institucionalizado bajo el reino del derecho donde existe una sociedad civil autónoma cuyos miembros forman voluntariamente grupos que persiguen objetivos fijados por ellos mismos, al objeto de colaborar los unos con los otros gracias a los mecanismos de partidos políticos y de crear por medio de elecciones libres un gobierno representativo. • No puede haber democracia sin ddhh y viceversa, ya que hablar de democracia es hablar de reconocimiento y el respeto de los ddhh. • El concepto de democracia y de ddhh coinciden en la esencia de su identidad conceptual y valorativa: dignidad, igualdad y libertad de todo ser humano sin ningún tipo de distinción. • La democracia supone la validez jurídica de los ddhh y la división de poderes. • El desarrollo y expansión de los ddhh supone una democracia, o lo que es lo mismo, la libertad del pueblo para la configuración de sus propias leyes y para el control público de los 3 poderes (ejecutivo, legislativo y judicial). • La democracia es y debe ser junto con los ddhh más un estilo de vida, una idea moral, que una forma de gobierno, donde los individuos respetando sus diferentes puntos de vista y proyectos vitales, se esfuerzan a través del debate y la acción política, de la participación y cooperación activa. 1. Sociedad Civil y Democracia • Sociedad civil - conjunto de organizaciones e instituciones cívicas voluntarias y sociales que median entre los individuos y el Estado. Son organizaciones que se configuran en torno a prácticas de interacción y debate relacionadas con la participación política ciudadana, la investigación, el trabajo… (universidades, colegios profesionales, ONGs,…) - está constituida por una red compleja de asociaciones libremente creadas, distintas de las instituciones públicas oficiales, que actúan independientemente de los órganos del Estado o en colaboración con éstas. 2. Los DDHH como generadores de los principios democráticos • Distinguimos 2 bloques complementarios de principios democráticos: . Aquellos que afectan al hombre como ser individual. . Aquellos que afectan al hombre como parte de la sociedad en la que vive. PRINCIPIOS DEMOCRÁTICOS BLOQUE INDIVIDUAL . Dignidad humana . Respeto a la vida e integridad física . Autonomía . Igualdad y diferencia personal BLOQUE SOCIAL . Responsabilidad . Respeto . Paz . Tolerancia . Justicia . Solidaridad … PRINCIPIOS DEMOCRÁTICOS Dignidad Humana La dignidad es consustancial con la propia naturaleza del hombre y le hace diferente del resto de los seres vivos. Es un valor básico e intrínseco, es un referente principal de las necesidades que la persona tiene en la esfera moral y jurídica. Respeto a la vida y a la integridad física y psíquica Es la facultad o atributo que tienen los individuos de no ser privado de la vida que poseen; es un derecho a conservar o a mantenerla vida, no un derecho a tenerla. Libertad Es aquello en virtud de lo cual la persona destaca sobre los demás seres no personales. En la medida que el hombre es racional también es libre. Todo hombre por el hecho de ser persona ha de ser libre de tomar sus propias decisiones. Autonomía La Autonomía supone saber tomar las riendas del propio destino y la Responsabilidad supone una respuesta positiva a un esquema de valores conocidos que incitan a ser asumidos. Autonomía y responsabilidad personal implican participación activa y libre en la realización de los valores, sin sumisión a fuerzas externas. Igualdad y Diferencia Personal La Igualdad ha de ser para todos independientemente de la diversidad de posiciones que pueden ocupar los distintos individuos en el grupo social. La igualdad proporciona, asegura y garantiza que todos puedan acceder en igualdad de condiciones al disfrute de las oportunidades vitales a la propia titularidad de los derechos. Responsabilidad Capacidad de sentirse obligado a dar una respuesta o cumplir un trabajo sin pretensión externa. 2 vertientes: . La individual, entendida como la capacidad que tienen una persona de conocer y aceptar las consecuencias de sus actos libres y conscientes. . La colectiva, entendida como la capacidad de influir en las decisiones de una colectividad, al mismo tiempo que respondemos de las decisiones que se toman como grupo social en donde estamos incluidos. Respeto El Respeto, es la consideración, atención, deferencia o miramiento que se debe a una persona. 3 dimensiones: . Individual o respeto a uno mismo . Respeto a los demás . Respeto a lo que nos rodea Tolerancia La Tolerancia, es el respeto y consideración hacia las opiniones y prácticas de los demás, aunque discrepen de las nuestras. Justicia Actitud moral o voluntad decidida a dar a cada uno lo suyo. Es la virtud de la equidad, la medida, la igualdad, el orden. 3 principios: . Libertad igual para todos . Igualdad de oportunidades para todos . Reconocimiento del principio de identidad o de la diferencia personal con el fin de favorecer a quien más lo necesita. Solidaridad Supone la vinculación de varias personas por unos mismos principios que se comprometen y sacrifican activamente, cuando estos principios están amenazados. Paz Supone la eliminación de formas de violencia ocultas en la convivencia como el saber convivir creando ámbitos de concordia y de participación en la felicidad de los demás. Diálogo Saber dialogar es una capacidad básica para el ser humano. Supone abrirse al otro, acogerle, respetarle, escucharle, comunicarse, utilizar un lenguaje común, compartir la reflexión y la crítica. Cooperación Es la capacidad de trabajar en equipo para lograr el bien común. Quien coopera siente la satisfacción de compartir cuanto tiene con los demás en lugar de quedárselo para sí. Participación Se constituye como un valor, estimula los procesos a través de los cuales las personas se forman, afirman y evolucionan como sujetos de su propia vida. La participación nos hace colaboradores de los proyectos de otras personas u organizaciones que sirven a la sociedad. Compartir Acto de participación mutua en algo, ya sea materia o inmaterial. Compartir lleva implícito el valor de dar, generosidad, y el valor de recibir, aceptar o acoger lo que el otro me ofrece. • DERECHOS HUMANOS: - son una serie de condiciones que permiten a una persona su realización como tal. - se trata de una serie de libertades, facultades, instituciones y reivindicaciones que atañen a aspectos básicos de la vida de las personas. El objetivo de los Derechos Humanos es garantizar una vida digna sin ningún tipo de distinción entre las personas por su raza, su color, su sexo, el idioma, la religión, la opinión política, posición económica o cualquier otra circunstancia equivalente. DERECHOS HUMANOS IUSNATURALISTA Los Derechos Humanos son naturales para todos los hombres por el hecho de ser hombre. POSITIVISTA Los derechos Humanos son fundamentales en tanto en cuanto el ordenamiento jurídico del Estado se los reconoce. PACTISTA Acepta la objetividad y la universalidad de los Derechos Humanos. 3 Teorías http://www.google.es/url?sa=i&rct=j&q=&esrc=s&source=images&cd=&cad=rja&uact=8&ved=0ahUKEwjD1N7tj5rMAhWDOhoKHSecAs8QjRwIBw&url=http%3A%2F%2Fslideplayer.es%2Fslide%2F4622486%2F&psig=AFQjCNE_HoT8onjGGFowPL3gqLed0PqA-g&ust=1461135161389986GENERACIONES DD.HH 1ª . Ideología individualista y liberal . Derechos Civiles . Derechos Políticos 2ª . Principio de Igualdad de Oportunidades . Derechos Sociales y Culturales 3ª . Afectan a intereses y/o bienes que son patrimonio de todos. . Derechos Colectivos y Solidaridad 4ª Dan respuesta a nuevas necesidades y vínculos sociales debido al desarrollo de las nuevas tecnologías EDUCACIÓN. DESARROLLO CÍVICO Y DERECHOS HUMANOS Gracias a la educación logramos el desarrollo pleno de las capacidades del hombre. Importancia de educar en Derechos Humanos . Vivenciar e interiorizar los derechos para poder asumirlos y respetarlos. . Reconocer la dignidad de los demás. . Respetar a la libertad y a la igualdad. . Colaborar y participar en conseguir la felicidad del otro. Desarrollo cívico y Educación ciudadana - Educación Ciudadana -Desarrollo Cívico - Competencias Cívicas PRINCIPIOS DEMOCRÁTICOS BLOQUE INDIVIDUAL . Dignidad humana . Respeto a la vida e integridad física . Autonomía . Igualdad y diferencia personal BLOQUE SOCIAL . Responsabilidad . Respeto . Paz . Tolerancia . Justicia . Solidaridad …
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