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FICHA COMPLEMENTARIA DE LECTURA Y CONSULTA S5 NOMBRE: KERLY VALIENTE CURSO: AP1-001 FECHA: 06/07/2022 CARRERA: ADMINISTRACIÓN PÚBLICA TEMA: Justicia ambiental y recursos naturales FICHA COMPLEMENTARIA DE LECTURA Y CONSULTA S8 CONCECIÓN: Acción y efecto de ceder en una posición ideológica o en una actitud adoptada. LA CONCESIÓN ADMINISTRATIVA es el acto por medio del cual se concede a un particular el manejo y explotación de un servicio público o la explotación y aprovechamiento de bienes del dominio del Estado. Se realiza mediante un contrato administrativo de carácter público. En este contrato se establecen diversas condiciones que deben cumplirse, como por ejemplo la fijación de un precio máximo. Algunos ejemplos de este tipo de concesión son: la provisión de agua, servicios de transporte, recogida de residuos TEMA: Justicia ambiental y recursos naturales https://www.cr2.cl/wp-content/uploads/2019/11/Dominique-Herv%C3%A9-Justicia- y-recursos-naurales.pdf Se pide realizar la ficha complementaria de lectura y consulta y demás componentes para la semana 8 reuniones 8 clase virtual presencial A1: LECTURA, COMPRENSIÓN Y EXPLICACIÓN UTILIZANDO EL MODELO DE FICHA COMPLEMENTARIA DE LECTURA Y CONSULTA https://www.cr2.cl/wp-content/uploads/2019/11/Dominique-Herv%C3%A9-Justicia-y-recursos-naurales.pdf https://www.cr2.cl/wp-content/uploads/2019/11/Dominique-Herv%C3%A9-Justicia-y-recursos-naurales.pdf Realizar un resumen máximo 250 palabras e incorporar en la ficha complementaria de lectura y consulta y demás componentes que corresponden a la Semana 8 clase virtual presencial. FICHA COMPLEMENTARIA DE LECTURA Y CONSULTA NOMBRE: Kerly Valiente FECHA DE ELABORACIÓN 6 de julio del 2022 SEMANA 7 RESUMEN DEL TEMA O SUBTEMA A INVESTIGAR: Justicia ambiental y recursos naturales La justicia ambiental cuestiona la desproporción que existe en la tolerancia de los impactos o riesgos ambientales por parte de los grupos más vulnerables de la sociedad. Tiene un concepto más amplio ya que se extiende a la distribución de acceso a los beneficios ambientales por partes de los distintos grupos sociales. La justicia ambiental comprende al menos 2 dimensiones las cuales son , por un lado distributivas que hace referencia a la relación con la equidad en cuanto a la distribución de cargas y beneficios ambientales por otro lado la participativa apunta a la idea de justicia política. Las 2 dimensiones de la justicia ambiental se ven reflejadas en el ordenamiento jurídico a través de las diversas disposiciones del derecho ambiental, dichas disposiciones se encuentran especialmente en los procesos regulatorios aplicables al acceso, uso y aprovechamiento de los recursos naturales. Aquí se sostiene la aplicación de reglas de justicia ambiental, y para entender estas reglas hay que tener presente la regulación de los recursos naturales y tiene fundamento en la institución de la propiedad, esta es la que asigna la titularidad y define su uso y también determina los derechos sobre los productos de un recurso. Por lo tanto, la distribución de los beneficios ambientales que provee la naturaleza depende principalmente de las reglas que configuran la estructura de la propiedad sobre los recursos naturales. El contenido de tales reglas será lo que defina el alcance y los limites de acceso, uso y aprovechamiento de estos recursos dentro de una sociedad. En cuanto a la propiedad privada sobre un recurso natural se caracteriza porque las decisiones sobre su acceso, uso y aprovechamiento dependen del individuo que es titular, una vez adquirida la propiedad privada sobre el recurso natural, el ordenamiento jurídico confiere al titular la facultad de controlar el acceso al recurso por parte de otras personas, y además mantenerlo a tiempo. Por otra parte, la característica principal del dominio público sobre los recursos naturales, consiste en que es el estado el que determina el acceso, uso y aprovechamiento del recurso, esto quiere decir que los individuos no pueden hacer uso del recurso de forma libre o de acuerdo a su propia voluntad. Entonces la administración es quien puede determinar el acceso al recurso, pero el uso y aprovechamiento del mismo, es de quien obtenga su concesión para su utilización, una característica importante de esta institución jurídica es que la autoridad administrativa, no está obligada a otorgar una concesión de dominio público a un particular, por lo que se trata de actos discrecionales. En conclusión es verídico que la actual Constitución de la República garantiza vivir en un medio ambiente libre de contaminación, señalando que es el deber del estado preservar la naturaleza, sin embargo, al consagrar constitucionalmente también el derecho a la propiedad privada sobre el derecho al aprovechamiento de las aguas, otorga prioridad a la explotación de los recursos naturales por sobre su conservación y protección. Esta lógica ha primado en la mayor parte de la legislación dictada en relación con los recursos naturales, de esta manera ni constitucional ni legalmente se han sentado las bases de un ordenamiento jurídico que sea lo suficientemente fuerte como para hacerse cargo de intervenir en aspectos tales como lo son la distribución equitativa de cargas y beneficios ambientales, o la participación significativa en la adopción de decisiones relacionadas con los recursos ambientales. ELABORACIÓN DE MAPA CONCEPTUAL EN RAZÓN DEL RESUMEN EXPUESTO: Justicia ambiental y recursos naturales CARACTERÍSTICA PRINCIPAL Consiste en que es el estado el que determina el acceso, uso y aprovechamiento del recurso, esto quiere decir que los individuos no pueden hacer uso del recurso de forma libre o de acuerdo a su propia voluntad. DIMENSIÓN DISTRIBUTIVA Que hace referencia a la relación con la equidad en cuanto a la distribución de cargas y beneficios ambientales DIMENSIÓN PARTICIPATIVA Apunta a la idea de justicia política. La justicia ambiental cuestiona la desproporción que existe en la tolerancia de los impactos o riesgos ambientales por parte de los grupos más vulnerables de la sociedad. La propiedad privada sobre un recurso natural se caracteriza porque las decisiones sobre su acceso, uso y aprovechamiento dependen del individuo que es titular, una vez adquirida la propiedad privada sobre el recurso natural. El dominio público sobre los recursos naturales, consiste en que es el estado el que determina el acceso, uso y aprovechamiento del recurso, esto quiere decir que los individuos no pueden hacer uso del recurso de forma libre o de acuerdo a su propia voluntad. *APORTE DE CRITERIO O PUNTO DE OPINION PROPIO SOBRE LA INVESTIGACIÓN RELACIONADA ORIENTADA A UN EJEMPLO SOCIAL O EMPRESARIAL. La investigación hace referencia a la perspectiva en cuanto a la preservación de los recursos naturales, por una parte está el sector publico que afirma el cuidar el acceso, uso y aprovechamiento de los recursos naturales, esto quiere decir que nadie podrá realizar esta acción libremente, más bien se verificará el porque quieren explotar algún recurso natural, con esto los recursos estarán protegidos, así mismo la ley garantiza también el acceso, uso y aprovechamiento de los recursos al sector privado, esto quiere decir que cualquiera de esas personas podrán hacer uso de los recursos, sin ninguna pausa y sin preservar los mismos, en mi criterio pienso que existe una contradicción en cuanto a las leyes dictadas, ya que un sector busca la preservación y el otro afecta en gran manera el poder hacerlo y de esta manera termina afectando el cuidado de los recursos naturales. BIBLIOGRAFÍA O LINK DE INVESTIGACIÓN https://www.cr2.cl/wp-content/uploads/2019/11/Dominique-Herv%C3%A9-Justicia-y-recursos- naurales.pdf https://www.cr2.cl/wp-content/uploads/2019/11/Dominique-Herv%C3%A9-Justicia-y-recursos-naurales.pdf https://www.cr2.cl/wp-content/uploads/2019/11/Dominique-Herv%C3%A9-Justicia-y-recursos-naurales.pdf
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