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Departamento de Risaralda 
 
 
Resolución No. 0453 del 24 de octubre de 
2011 
 
Código: 1-40-54-20-01 Versión: 2 
 
 
POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA DESIERTA LA SELECCIÓN ABREVIADA DE 
MENOR CUANTIA No. SS-DOPS-006-2011 
 
 
EL GOBERNADOR DE RISARALDA ( e), en uso de las facultades legales que le otorga la Ley 
80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Decreto 2474 de Julio de 2008 y Decreto 2025 de 2009 y en 
especial el Decreto 0024 del 7 de enero de 2011 
 
CONSIDERANDO 
 
Que mediante Resolución de Apertura No.1629 del 28 de Septiembre de 2011,emitida 
del despacho de la Secretaría de Salud, se dio apertura al proceso de SELECCIÓN 
ABREVIADA MENOR CUANTIA SS-DOPS-006-2011 para la “IMPLEMENTACIÓN DE 
UN PROGRAMA DE REHABILITACIÓN INTEGRAL CON ENFASIS EN EL SUMINISTRO DE 
AYUDAS TECNICAS”. 
 
 
2. Que al acto de cierre de la Selección Abreviada de menor cuantía, establecido 
en el cronograma del proceso, se presentaron los siguientes proponentes: 
 
No. 
Ord
. Nombre 
Representante legal y/o conformación del consorcio o unión 
temporal 
1 CASA ORTOPEDICA LUIS ALBERTO VALENCIA RESTREPO 
2 UNIÓN TEMPORAL ORTHOPRAXIS –
COMITÉ 
 
JUAN PABLO VALDERRAMA RAMIREZ 
3 ORTESIS Y PROTESIS TECNOLÓGICAS 
DE COLOMBIA S.A.S 
SANDRA LILIANA CERTUCHE SANTELIS 
 
 
3. Que realizada la evaluación jurídica de fecha octubre 12 de 2011, se habilitaron jurídicamente 
los siguientes proponentes: 
 
 Proponente No. 2 ORTESIS Y PROTESIS TECNOLÓGICAS DE COLOMBIA 
S.A.S y/o SANDRA LILIANA CERTUCHE SANTELIS 
 Proponente No. 3 LABORATORIO DE ORTESIS Y PROTESIS GILETE Y CIA 
LTDA. Y/O LUIS JORGE HUMBERTO PEREZ ALEGRIA 
 Proponente No. 4 UNIÓN TEMPORAL ORTHOPRAXIS –COMITÉ y/o JUAN 
PABLO VALDERRAMA RAMIREZ 
 
 
 
Departamento de Risaralda 
 
 
Resolución No. 0453 del 24 de octubre de 
2011 
 
Código: 1-40-54-20-01 Versión: 2 
 
4. Que no fue habilitado jurídicamente el PROPONENTE No. 1: CASA ORTOPÉDICA y/o 
LUIS ALBERTO VALENCIA RESTREPO Nit. 8.292.078-5 
 
 
5. Que realizada la EvaluaciónTécnico- Económico el día 14 de octubre de 2011, el Comité, 
determino: 
 
3.1. EVALUACION COMITÉ TECNICO. 
3.1.1. Perfil Solicitado: Personas naturales, jurídicas, consorcio o unión temporal, que tengan 
dentro de su objeto social o estén en capacidad de proveer ayudas técnicas que cumplan con el 
objeto del presente proceso, con un establecimiento legalmente constituido lo cual se acreditará 
con el respectivo certificado de la Cámara de Comercio, con una antigüedad no menor de un (1) 
año y Acto Administrativo expedido por Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y 
Alimentos –INVIMA-, según las disposiciones legales establecidas en la Resolución mediante la 
cual se adopta el Manual de Buenas Prácticas de Manufactura para la elaboración y adaptación 
de dispositivos médicos sobre medida de prótesis y órtesis ortopédica externa 
 
3.1.2. MANIFESTACION DE INTERES EN PARTICIPAR. Conforme a documento LISTA DE 
OFERENTES de fecha 4 de Octubre de 2011, se verificará que el proponente haya 
manifestado interés en participar. 
 
No. 
Orden. Nombre OBSERVACION 
 
CUMPLE O NO 
CUMPLE 
 1 
 
CASA ORTOPÉDICA Y/O LUIS 
ALBERTO VALENCIA RESTREPO 
Nit. 8.292.078-5 
 
 
 CUMPLE 
 2 
 
ORTESIS Y PRÓTESIS 
TECNOLÓGICAS DE COLOMBIA 
S.A.S (ORTECOL) Y/O SANDRA 
LILIANA CERTUCHE SANTELIS 
Nit 900.273.571-1 
 CUMPLE 
 3 
 
CENTRO DE REHABILITACIÓN EN 
ORTESIS Y PROTESIS PARA 
PERSONAS CON LIMITACIONES 
(LABORATORIO GILETE) Y /O 
JORGE HUMBERTO PÉREZ Nit. 
800.085.883-3 
 
 
 CUMPLE 
 
 
Departamento de Risaralda 
 
 
Resolución No. 0453 del 24 de octubre de 
2011 
 
Código: 1-40-54-20-01 Versión: 2 
 
 4 
 
INSUMEDICOS Y/O LILIANA ORTIZ 
RAMIREZ Nit. 
25.193.299-3 
 
 
 
 CUMPLE 
 5 
 
UNION TEMPORAL 
ORTHOPRAXIS- EL COMITÉ DE 
REHABILITACIÓN DE ANTIOQUIA 
Y/O JUAN PABLO VALDERRAMA 
RAMIREZ 
 
 
 
 CUMPLE 
 
 OBSERVACIONES. 
El proponente INSUMEDICOS Y/O LILIANA ORTIZ RAMIREZ aunque manifestó interés en 
participar, no presentó propuesta. 
3.1.3. COMPONENTE DE EXPERIENCIA ACREDITADA. 
 
Se revisará la experiencia acreditada del proponente con base en las certificaciones 
presentadas teniendo en cuenta que cumplan con lo solicitado en el numeral 14.1. 
EXPERIENCIA ACREDITADA. Certificaciones Requeridas para la Presentación de la 
Propuesta: Conforme al decreto 4881 de 2008, en el presente proceso de solicitará una 
experiencia adicional a la que se verificará en el RUP, la cual consiste en: Certificados que 
demuestren experiencia especifica en suministro y adaptación de ayudas técnicas y en 
cualquier tiempo de mínimo el 50% del valor del contrato. 
Las certificaciones deberán contener como mínimo la siguiente información; las cuales deberán 
ser suscritas por la persona competente : 
 Identificación de la entidad o empresa contratante 
 Objeto del contrato 
 Valor del contrato 
 Fecha de iniciación y terminación del contrato 
 Tiempo de ejecución. 
 
LA CERTIFICACION DEBE TENER EL TIPO DE CUMPLIMIENTO (TOTAL Y BUENO – 
PARCIAL E INCUMPLIMIENTO) 
 
También se recibirán copias de actas de pago debidamente legalizada ante la Entidad 
Correspondiente. 
 
 
 
 
 
Departamento de Risaralda 
 
 
Resolución No. 0453 del 24 de octubre de 
2011 
 
Código: 1-40-54-20-01 Versión: 2 
 
No. 
Orden. Nombre OBSERVACION 
 
CUMPLE O NO 
CUMPLE 
 1 
 
CASA ORTOPÉDICA Y/O LUIS 
ALBERTO VALENCIA RESTREPO 
Nit. 8.292.078-5 
 
 
 CUMPLE 
 2 
 
ORTESIS Y PRÓTESIS 
TECNOLÓGICAS DE COLOMBIA 
S.A.S (ORTECOL) Y/O SANDRA 
LILIANA CERTUCHE SANTELIS 
Nit 900.273.571-1 
 
 CUMPLE 
 3 
 
CENTRO DE REHABILITACIÓN EN 
ORTESIS Y PROTESIS PARA 
PERSONAS CON LIMITACIONES 
(LABORATORIO GILETE) Y /O 
JORGE HUMBERTO PÉREZ Nit. 
800.085.883-3 
 
 CUMPLE 
 4 
 
UNION TEMPORAL 
ORTHOPRAXIS- EL COMITÉ DE 
REHABILITACIÓN DE ANTIOQUIA 
Y/O JUAN PABLO VALDERRAMA 
RAMIREZ 
 
 
 
 CUMPLE 
 
 
3.1.4. COMPONENTE CAPACIDAD FINANCIERA 
 
Se revisará los porcentajes que se relacionan a continuación 
 
 El comité evaluador calculará los siguientes indicadores financieros y verificará el cumplimiento 
de las condiciones que se detallan a continuación, en caso de no cumplir alguna, se rechazará 
la Propuesta. 
 
Capital de Trabajo: 
 
Capital de Trabajo = Activo Corriente - Pasivo Corriente 
 
El capital de trabajo deberá ser igual o mayor al CUARENTA POR CIENTO (40 %) del 
monto asignado para la contratación. 
 
 
Departamento de Risaralda 
 
 
Resolución No. 0453 del 24 de octubre de 
2011 
 
Código: 1-40-54-20-01 Versión: 2 
 
 
Solvencia: 
 
Deberá ser mayor a UNO (1.0). 
 
Solvencia = (Activo Corriente / Pasivo Corriente) > 1.0 
 
Nivel de Endeudamiento: 
 
Deberá ser menor al SESENTA POR CIENTO (60 %). 
 
Nivel de Endeudamiento = (Pasivo Total / Activo Total) < 0.60 
 
En caso de Consorcios o Uniones Temporales, los indicadores se calcularán con base 
en la suma aritmética de las partidas de cada uno de los integrantes si es del caso. 
 
El Comité Evaluador verificará el contenido de la documentación presentada en las 
Ofertas y Conceptuará sobre posibles inexactitudes o errores 
 
No. 
Orden Nombre Observación 
Capital de 
Trabajo 
(cumple o 
no cumple) 
 
Solvencia 
cumple o no 
cumple 
Nivel de 
Endeuda-
miento 
cumple o no 
cumple 
 1 
UNION TEMPORAL 
ORTHOPRAXIS 
S.A.S. 
Presenta 
RUP CUMPLE CUMPLE 
 
CUMPLE 
 
 2 
ORPTEC'COL S.A.S 
 
Presenta 
RUP – Valor 
Balance 
Presentado 
diferente a 
registro RUP 
CUMPLE CUMPLE 
 
 
 
CUMPLE 
 3 
 
LABORATORIO DE 
ORTESIS Y 
PROTESIS GILETE Y 
CIA LTDA 
 
Presenta 
RUP CUMPLE CUMPLE 
 
 
CUMPLE 
 4 CASA ORTOPEDICA 
Presenta 
RUP NO CUMPLE CUMPLE 
 
CUMPLE 
 
 OBSERVACIONES. Orptec`col S.A.S valores diferentes en RUP con el presentado de 
balance General folio 48. Se adjunta cuadro correspondiente a los indicadores. 
 
 
 
Departamento de Risaralda 
 
 
Resolución No. 0453 del 24 de octubre de 
2011Código: 1-40-54-20-01 Versión: 2 
 
3.1.5. CAPACIDAD DE ORGANIZACION: 
 
Se acreditara con Mínimo una (1) Sede para la atención y recepción de los usuarios 
beneficiados y la toma de medidas de prótesis y ortesis ubicada en el departamento de 
Risaralda, conforme con la Resolución No. 1319 del 15 de abril de 2010 
 
No. 
Orden. Nombre OBSERVACION 
 
CUMPLE O NO 
CUMPLE 
 1 
 
CASA ORTOPÉDICA Y/O LUIS ALBERTO 
VALENCIA RESTREPO Nit. 8.292.078-5 
 
 
 CUMPLE 
 2 
 
ORTESIS Y PRÓTESIS TECNOLÓGICAS 
DE COLOMBIA S.A.S (ORTECOL) Y/O 
SANDRA LILIANA CERTUCHE SANTELIS 
Nit 900.273.571-1 
Certificado de Cámara 
y comercio establece 
sede en Calle 18 # 32-
70 CALI 
 NO CUMPLE 
 3 
 
CENTRO DE REHABILITACIÓN EN 
ORTESIS Y PROTESIS PARA 
PERSONAS CON LIMITACIONES 
(LABORATORIO GILETE) Y /O JORGE 
HUMBERTO PÉREZ Nit. 800.085.883-3 
 
Certificado de Cámara 
y comercio establece 
sede principal en Cra 
26 A No. 39-36 
BOGOTA. El 
documento de cámara 
de comercio para 
acreditar sucursal en 
Cra 3 No. 19-02 
PEREIRA como 
Ortopédica San Carlos 
( Taller para 
fabricación y 
comercialización de 
órtesis y prótesis) la 
evidencia como 
sucursal de empresa 
Prost soportes 
ortopedicos EU de 
MANIZALES 
 NO CUMPLE 
 4 
 
UNION TEMPORAL ORTHOPRAXIS- EL 
COMITÉ DE REHABILITACIÓN DE 
ANTIOQUIA Y/O JUAN PABLO 
VALDERRAMA RAMIREZ 
 
Certificado de Cámara 
y comercio y formulario 
de inscripción en el 
registro especial de 
prestadores de 
servicios de salud 
establecen sede en 
Calle 65 No. 49-04 
MEDELLIN *Presenta 
promesa de contrato de 
arrendamiento para 
 
 NO CUMPLE 
 
 
Departamento de Risaralda 
 
 
Resolución No. 0453 del 24 de octubre de 
2011 
 
Código: 1-40-54-20-01 Versión: 2 
 
instalaciones y 
consultorio ubicado en 
Cra 12 bis No 9-22 
Consultorio 4 
PEREIRA, sujeto a los 
resultados de la 
adjudicación de la 
presente licitación 
 
 
 OBSERVACIONES. 
 
3.1.6. CAPACIDAD TÉCNICA: La cual se acreditara con la presentación de los siguientes 
formatos 
 FORMATO DE PORTAFOLIO DE SERVICIOS 
 FORMATO DE CAPACIDAD DE OFERTA SEGÚN CAPACIDAD INSTALADA, el cual deberá 
contener la información clara, no se deben diligenciar celdas sombreadas 
 Adicionalmente se verificará en el Registro Único de Proponentes, para lo cual el proponente 
debe acreditar un número mínimo de 3 personas vinculadas 
Este criterio deberá corresponder a la actividad solicitada como: instrumentos médicos 
quirúrgicos y/o servicio social 
 
No. 
Orden. Nombre OBSERVACION 
CUMPLE O NO 
CUMPLE 
 1 
CASA ORTOPÉDICA Y/O LUIS ALBERTO 
VALENCIA RESTREPO Nit. 8.292.078-5 
 
 
 CUMPLE 
 2 
 
ORTESIS Y PRÓTESIS TECNOLÓGICAS 
DE COLOMBIA S.A.S (ORTECOL) Y/O 
SANDRA LILIANA CERTUCHE SANTELIS 
Nit 900.273.571-1 
 
 CUMPLE 
 3 
 
CENTRO DE REHABILITACIÓN EN 
ORTESIS Y PROTESIS PARA 
PERSONAS CON LIMITACIONES 
(LABORATORIO GILETE) Y /O JORGE 
HUMBERTO PÉREZ Nit. 800.085.883-3 
 
 CUMPLE 
 4 
 
UNION TEMPORAL ORTHOPRAXIS- EL 
COMITÉ DE REHABILITACIÓN DE 
ANTIOQUIA Y/O JUAN PABLO 
VALDERRAMA RAMIREZ 
 
 
 
 CUMPLE 
 
 
 
Departamento de Risaralda 
 
 
Resolución No. 0453 del 24 de octubre de 
2011 
 
Código: 1-40-54-20-01 Versión: 2 
 
 
 OBSERVACIONES. 
No aplica para esta evaluación el formato de capacidad de oferta según capacidad instalada. 
 
3.1.7. Experiencia Probable. 
La experiencia Probable se verificará en el Registro Único Proponentes, para lo cual el 
proponente debe acreditar un número mínimo de un (1), año, el cual se verificará con el 
Registro Único de Proponentes RUP 
Este requisito debe ser cumplido por la persona natural, la persona jurídica y cada uno de los 
integrantes del Consorcio o Unión Temporal. 
Este criterio deberá corresponder a la actividad solicitada 
 
No. 
Orden. Nombre OBSERVACION 
 
CUMPLE O NO 
CUMPLE 
 1 
CASA ORTOPÉDICA Y/O LUIS ALBERTO 
VALENCIA RESTREPO Nit. 8.292.078-5 
 
Según RUP 5 años de 
experiencia probable 
 
 CUMPLE 
 2 
 
ORTESIS Y PRÓTESIS TECNOLÓGICAS 
DE COLOMBIA S.A.S (ORTECOL) Y/O 
SANDRA LILIANA CERTUCHE SANTELIS 
Nit 900.273.571-1 
 
Según RUP 2 años de 
experiencia probable CUMPLE 
 3 
 
CENTRO DE REHABILITACIÓN EN 
ORTESIS Y PROTESIS PARA 
PERSONAS CON LIMITACIONES 
(LABORATORIO GILETE) Y /O JORGE 
HUMBERTO PÉREZ Nit. 800.085.883-3 
 
Según RUP 21,63 años 
de experiencia probable CUMPLE 
 4 
 
UNION TEMPORAL ORTHOPRAXIS- EL 
COMITÉ DE REHABILITACIÓN DE 
ANTIOQUIA Y/O JUAN PABLO 
VALDERRAMA RAMIREZ 
 
Según RUP 36,75 años 
de experiencia probable 
 
 CUMPLE 
 
 OBSERVACIONES. 
 
3.1.8. CAPACIDAD ADMINISTRATIVA (Organigrama o listado de personal). 
 
 
 
 
 
Departamento de Risaralda 
 
 
Resolución No. 0453 del 24 de octubre de 
2011 
 
Código: 1-40-54-20-01 Versión: 2 
 
No. 
Orden. Nombre OBSERVACION 
 
CUMPLE O NO 
CUMPLE 
 1 
CASA ORTOPÉDICA Y/O LUIS ALBERTO 
VALENCIA RESTREPO Nit. 8.292.078-5 
 
 CUMPLE 
 2 
 
ORTESIS Y PRÓTESIS TECNOLÓGICAS 
DE COLOMBIA S.A.S (ORTECOL) Y/O 
SANDRA LILIANA CERTUCHE SANTELIS 
Nit 900.273.571-1 
 
No anexa 
ORGANIGRAMA ni 
HOJAS DE VIDA 
(Relacionan sólo la de 2 
ortoprotesistas) 
 NO CUMPLE 
 3 
 
CENTRO DE REHABILITACIÓN EN 
ORTESIS Y PROTESIS PARA 
PERSONAS CON LIMITACIONES 
(LABORATORIO GILETE) Y /O JORGE 
HUMBERTO PÉREZ Nit. 800.085.883-3 
 
 CUMPLE 
 4 
 
UNION TEMPORAL ORTHOPRAXIS- EL 
COMITÉ DE REHABILITACIÓN DE 
ANTIOQUIA Y/O JUAN PABLO 
VALDERRAMA RAMIREZ 
 
 
 
 CUMPLE 
 
 OBSERVACIONES 
 
3.1.9. Capacidad de organización: El proponente deberá tener una capacidad de 
Organización mínima equivalente a 560 SMLMV. Requisito que se verificará en el Registro 
único de proponentes. 
 
No. 
Orden. Nombre OBSERVACION 
 
CUMPLE O NO 
CUMPLE 
 1 
 
CASA ORTOPÉDICA Y/O LUIS ALBERTO 
VALENCIA RESTREPO Nit. 8.292.078-5 
 
 CUMPLE 
 2 
 
ORTESIS Y PRÓTESIS TECNOLÓGICAS 
DE COLOMBIA S.A.S (ORTECOL) Y/O 
SANDRA LILIANA CERTUCHE SANTELIS 
Nit 900.273.571-1 
 
 CUMPLE 
 3 
 
CENTRO DE REHABILITACIÓN EN 
ORTESIS Y PROTESIS PARA 
 CUMPLE 
 
 
Departamento de Risaralda 
 
 
Resolución No. 0453 del 24 de octubre de 
2011 
 
Código: 1-40-54-20-01 Versión: 2 
 
PERSONAS CON LIMITACIONES 
(LABORATORIO GILETE) Y /O JORGE 
HUMBERTO PÉREZ Nit. 800.085.883-3 
 
 4 
 
UNION TEMPORAL ORTHOPRAXIS- EL 
COMITÉ DE REHABILITACIÓN DE 
ANTIOQUIA Y/O JUAN PABLO 
VALDERRAMA RAMIREZ 
 
 
 
 CUMPLE 
 
 OBSERVACIONES. 
 
3.2. CARACTERISTICAS DE LOS SERVICIOS 
CARACTERISTICAS 
PROPONENTES 
OBSERVACIONES 
CASA 
ORTOPÉDICA 
Y/O LUIS 
ALBERTO 
VALENCIA 
RESTREPO 
ORTESIS Y 
PRÓTESIS 
TECNOLÓGICAS 
DE COLOMBIA 
SAS Y/O 
SANDRA 
LILIANA 
CERTUCHE 
SANTELIS 
CENTRO DE 
REHABILITACIÓN 
EN ORTESIS Y 
PROTESIS PARA 
PERSONAS CON 
LIMITACIONES 
Y/O JORGE 
HUMBERTO 
PEREZ 
UNION 
TEMPORAL 
ORTHOPRAXIS- 
COMITÉ Y/O 
JUAN PABLO 
VALDERRAMA 
RAMIREZ 
Cumple Cumple Cumple Cumple 
Elaboración y adaptación dispositivos médicos sobre medida de prótesis y órtesis ortopédica externa 
 
 
Departamento de Risaralda 
 
 
Resolución No. 0453 del 24 de octubre de 
2011 
 
Código: 1-40-54-20-01 Versión: 2 
 
1. COPIA DE INSCRIPCION 
DEL ESTABLECIMIENTO ANTE 
EL INSTITUTO NACIONAL DE 
VIGILANCIA DE 
MEDICAMENTOS Y 
ALIMENTOS -INVIMA 
SI NO* SI NO* 
* Las sedes 
principales ubicadas 
en las ciudades de 
origen se 
encuentran inscritas 
ante el INVIMA, 
pero no acreditan 
sucursal en Pereira 
debidamente 
inscrita ante el 
INVIMA 
2. Certificado de Buenas 
Prácticas de Manufactura para 
la elaboración y adaptación de 
dispositivos médicos sobre 
medida de prótesis y órtesis 
ortopédica externa. En caso de 
que el establecimiento no haya 
cumplido con los requisitos para 
la expedición del Certificado, 
deberá presentar el Plan de 
Implementación gradual 
verificado y presentado al 
INVIMA, el cual no podrá 
exceder de 60 meses contados 
a partir de su radicación ante la 
autoridadcompetente. 
NO NO NO NO 
 
3.Listado de dispositivos 
médicos sobre medida de 
prótesis y órtesis ortopédica 
externa que oferta y labora 
SI SI SI SI 
 
 
Departamento de Risaralda 
 
 
Resolución No. 0453 del 24 de octubre de 
2011 
 
Código: 1-40-54-20-01 Versión: 2 
 
4. Documento que compruebe la 
articulación del establecimiento 
con el servicio habilitado de 
medicina física y/o rehabilitación 
que será el Certificado de 
Inscripción de Registro Especial 
de Prestadores de Servicios de 
Salud. 
NO NO para Pereira NO para Pereira NO* 
* PROMESA DE 
CONTRATO DE 
PRESTACIÓN DE 
SERVICIOS CON 
FISIOTERAPEUTA 
HABILITADA 
CONDICIONADO A 
LA ADJUDICACIÓN 
5. Los componentes de las 
prótesis y de las órtesis 
elaboradas serán cobijados por 
una garantía de vida útil de 
mínimo seis (6) meses. 
NO descrito en 
la oferta 
SI 
( DESDE 6 
MESES HASTA 
2 AÑOS) 
SI 
(DESDE 6 MESES 
HASTA 2 AÑOS ) 
NO descrito en la 
oferta 
6. Entregar al usuario las 
instrucciones sobre el manejo 
adecuado, cuidados y 
mantenimiento de los 
dispositivos médicos sobre 
medida de prótesis y ortesis 
ortopédica externa. 
NO descrito en 
la oferta 
NO descrito en la 
oferta SI SI 
 
7.Presentar ficha técnica de los 
dispositivos médicos sobre 
medida, los cuales deben 
contener información mínima tal 
como: nombre del producto, 
código, técnico responsable, 
nombre del usuario para quien 
va destinado el producto, fecha 
de toma de molde, fecha de 
entrega y nombre de quien la 
prescribió. 
NO 
LAS FICHAS 
TECNICAS QUE 
PRESENTAN NO 
RESPONDEN A 
LOS CRITERIOS 
SOLICITADOS 
EN EL PLIEGO 
INCOMPLETO ( 
SOLO PARA 
SILLAS DE 
RUEDAS Y 
PROTESIS 
MODULAR DE 
RODILLA) 
LAS FICHAS 
TECNICAS QUE 
PRESENTAN NO 
RESPONDEN A 
LOS CRITERIOS 
SOLICITADOS 
EN EL PLIEGO Y 
LOS FORMATOS 
PARA LOS 
DIFERENTES 
PRODUCTOS NO 
SON 
UNIFORMES 
 
 
 
Departamento de Risaralda 
 
 
Resolución No. 0453 del 24 de octubre de 
2011 
 
Código: 1-40-54-20-01 Versión: 2 
 
8. Tener Director Técnico: Quién 
debe contar con una educación 
formal en Órtesis y Prótesis 
(Protesista /ortesista equivalente 
a nivel ISPO categoría 1; o 
tecnólogo ortopédico 
equivalente a nivel ISPO 
categoría II). Adicionalmente 
debe contar con experiencia 
certificada en órtesis y prótesis 
de mínimo cinco (5) años. 
EL DIRECTOR 
TECNICO 
CUMPLE CON 
LA 
EXPERIENCIA 
PERO NO SE 
EVIDENCIA LA 
EDUCACIÓN 
FORMAL 
REQUERIDA 
SI SI 
NO es posible 
corroborar la 
equivalencia nivel 
ISPO. Anexa 
certificado de 
diplomado a 
distancia en 
órtesis y prótesis. 
Experiencia de 23 
años. 
 
9. Presentar Plan de 
Tecnovigilancia según 
Resolución 4816 de 2008. El 
establecimiento deberá informar 
y notificar a la Secretaria 
Departamental y al Invima, la 
presencia de cualquier incidente 
o evento adverso asociado con 
los dispositivos médicos sobre 
medida de prótesis y órtesis 
ortopédica externa que elabore, 
adapte o importe. 
NO NO SI NO 
10. Prestar el servicio de 
mantenimiento y soporte técnico 
a los dispositivos médicos sobre 
medida de prótesis y órtesis de 
ortopédica externa ofrecidos 
cuando se requiera y además 
garantizará un stock, entrega 
oportuna de los productos, 
repuestos o accesorios cuando 
sea necesario que se usen en 
combinación con los dispositivos 
médicos ofertados. 
NO SI SI NO descrito en la oferta 
11. Garantizar que los 
productos, repuestos o 
accesorios importados o 
elaborados, requeridos en 
determinado momento que se 
usen en combinación con los 
dispositivos médicos sobre 
medida de prótesis y órtesis, no 
excederá los 60 días para su 
disposición y entrega. 
NO SI SI NO 
 
 
Departamento de Risaralda 
 
 
Resolución No. 0453 del 24 de octubre de 
2011 
 
Código: 1-40-54-20-01 Versión: 2 
 
12. Realizar el proceso de 
adaptación de los dispositivos a 
los pacientes autorizados por la 
Secretaría de Salud, 
estableciendo una articulación 
con un servicio de medicina 
física y/o rehabilitación, en los 
casos que sea necesario; todo 
el proceso de adaptación, 
educación y acondicionamiento 
hasta la entrega final de la 
prótesis y/o elemento ortopédico 
NO descrito en 
la oferta 
NO descrito en la 
oferta 
NO para Pereira 
( certificado de 
habilitación para 
medicina fisica y/o 
rehabilitación para 
Bogotá) 
CONDICIONADO 
( Contemplado en 
la promesa de 
contrato) 
* PROMESA DE 
CONTRATO DE 
PRESTACIÓN DE 
SERVICIOS CON 
FISIOTERAPEUTA 
HABILITADA 
13. Realizar valoración, toma de 
medidas e impresiones al 
usuario 
NO descrito en 
la oferta 
NO descrito en la 
oferta SI 
CONDICIONADO 
( Contemplado en 
la promesa de 
contrato) 
 
14.Diseño del producto de 
acuerdo a la prescripción, 
valoración y medidas tomadas 
NO descrito en 
la oferta 
NO descrito en la 
oferta SI 
CONDICIONADO 
( Contemplado en 
la promesa de 
contrato) 
 
15.Elaboración del producto, 
prueba del producto al usuario, 
adaptación, verificación 
NO descrito en 
la oferta 
NO descrito en la 
oferta SI 
CONDICIONADO 
( Contemplado en 
la promesa de 
contrato) 
 
16.Mínimo una sesión de 
educación al usuario de 30 
minutos cada una 
NO descrito en 
la oferta 
NO descrito en la 
oferta SI 
NO descrito en la 
oferta 
17.Dos (2) controles de 
seguimiento y verificación sobre 
el uso adecuado por parte del 
paciente 
NO descrito en 
la oferta 
NO descrito en la 
oferta SI 
NO descrito en la 
oferta 
18.Entrega al usuario de un 
manual de instrucciones de uso 
y documentos de garantía del 
dispositivo médico 
NO descrito en 
la oferta 
NO descrito en la 
oferta SI 
NO descrito en la 
oferta 
19.Describir las características 
de cada elemento y el costo de 
cada uno de ellos 
NO descrito en 
la oferta SI SI SI 
 
 
Departamento de Risaralda 
 
 
Resolución No. 0453 del 24 de octubre de 
2011 
 
Código: 1-40-54-20-01 Versión: 2 
 
20.El proponente debe tener 
disponibilidad del material 
ofertado, a fin de que en el 
momento que lo requiera el 
paciente pueda ser suministrado 
NO descrito en 
la oferta 
NO descrito en la 
oferta SI 
NO descrito en la 
oferta 
PRODUCTOS MÉDICOS DE ORTOPEDIA Y TRAUMATOLOGÍA IMPORTADOS 
21.Listado productos médicos 
de ortopedia y traumatología 
que oferta 
NO descrito en 
la oferta 
NO descrito en la 
oferta SI 
NO descrito en la 
oferta 
22.Certificado Importación de 
los productos médicos de 
ortopedia y traumatología que 
oferta 
NO descrito en 
la oferta 
NO descrito en la 
oferta SI 
NO descrito en la 
oferta 
23. Ficha técnica de productos 
médicos de ortopedia y 
traumatología que oferta 
NO descrito en 
la oferta 
NO descrito en la 
oferta 
NO 
( SOLO TIENE 
FICHA TECNICA 
PROTÉSIS DE 
RODILLA 3 A 15) 
NO descrito en la 
oferta 
24.Serán cobijados por una 
garantía de vida útil de mínimo 
seis (6) meses 
NO descrito en 
la oferta 
NO descrito en la 
oferta 
 SI 
( 24 MESES) 
NO descrito en la 
oferta 
PARA LOS DISPOSITIVOS MEDICOS SOBRE MEDIDA SE DEBE TENER EN CUENTA 
25.Cada uno de los elementos 
entregados a los pacientes 
menores de 18 años, debe estar 
debidamente marcado con el 
nombre del Ministerio de la 
Protección Social y la 
Gobernación de Risaralda, así 
mismo debe incluirse los 
emblemas de ambas entidades 
(Gobernación y Ministerio) y en 
los de las personas mayores 
únicamente el del Departamento 
NO descrito en 
la oferta 
NO descrito en la 
oferta SI 
NO descrito en la 
oferta 
 
 
Departamento de Risaralda 
 
 
Resolución No. 0453 del 24 de octubre de 
2011 
 
Código: 1-40-54-20-01 Versión: 2 
 
26.En cumplimiento del artículo 
5º. Literal A del Decreto 4747de 
2007, el proponente deberá 
entregar en medio físico y 
magnético debidamente 
diligenciados los formatos en 
excell diseñados por la 
Secretaria de Salud 
Departamental para portafolio 
de servicios, 
capacidad de oferta e 
indicadores de calidad. 
NO APLICA NO APLICA NO APLICA NO APLICA 
 
3.3. FACTORES DE CALIFICACION. 
FACTOR DE CALIFICACIÓN: 
Se evaluarán las Propuestas mediante la aplicación del siguiente puntaje: 
La calificación de las ofertas se hará con base en los siguientes parámetros, para un valor de 
100 puntos: 
 
Componente Económico 70 Puntos 
Componente Calidad 30 Puntos 
TOTAL 100 Puntos 
 
Teniendo en cuenta que desde el punto de vista técnico ninguno de los proponentes 
cumple con los requisitos establecidos en los términos de referencia, se considera que 
se encuentran inhabilitados para la evaluación de los componentes económico y de 
calidad. 
 
 
 
 
6. Que el día 21 de octubre de 2011, la empresa ORTESIS Y PROTESIS TECNOLÓGICAS DE 
COLOMBIA S.A.S, presento observaciones a la evaluación 
 
5.Que revisadas por parte del Comité las Observaciones del proponente, este ratifica su 
decisión inicial, y se publica respuesta de la misma el día 24 de octubre de 2011 
 
 
Por antes expuesto, el Secretario de Salud Departamental 
 
 
 
Resuelve 
 
ARTICULO 1o. Declarar Desierto el proceso de SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR 
CUANTIA No.DOPS-006-2011 cuyo objeto es “IMPLEMENTACIÓN DE UN PROGRAMA DE 
 
 
Departamento de Risaralda 
 
 
Resolución No. 0453 del 24 de octubre de 
2011 
 
Código: 1-40-54-20-01 Versión: 2 
 
REHABILITACIÓN INTEGRAL CON ENFASIS EN EL SUMINISTRO DE AYUDAS 
TECNICAS”. 
 
ARTICULO 2º Contra esta Resolución no procede ningún recurso por la vía Gubernativa. 
 
ARTICULO 3º La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación. 
 
ARTICULO 4º. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación. 
 
 
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE 
 
 
 
Dada en Pereira, a los 
 
 
JORGE ALEXIS MEJIA BERMUDEZ 
Gobernador de Risaralda (E) 
Decreto 0966 del 24 de octubre de 2011 
 
 
Proyectó: MARTHA CECILIA RAMIREZ ESTRADA 
 Profesional Universitario 
 
Revisión legal: LUZ STELLA GIRALDO PARRA 
 Profesional Especializada

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