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La Capitanía general americana

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La Capitanía general americana
La Capitanía general americana
El título de capitán general no estuvo reglamentado ni sus funciones fueron las mismas en todos los casos. Los presidentes de las audiencias gobernadoras podían ser jueces o, en lenguaje de la época, “de capa y espada”; en este segundo caso fueron nombrados también capitanes generales. Un ejemplo claro de la complejidad en la organización del gobierno colonial lo ofrece la composición del virreinato de Nueva España, a partir de su fundación en 1535. En él se integraron las audiencias de Santo Domingo (actual República Dominicana), México, de Los Confines o Guatemala, de Guadalajara (en el actual México) y de Manila (Filipinas).
Cada una de ellas estaba configurada de la siguiente forma: a la audiencia de Santo Domingo, pertenecían el gobierno y capitanía general de la isla de La Española (actuales Haití y República Dominicana), el gobierno y capitanía general de Cuba, el gobierno de Puerto Rico, el gobierno de Florida (en la actualidad, en Estados Unidos) y el gobierno y capitanía general de Venezuela; a la audiencia de México, pertenecían el gobierno y capitanía general de Nueva España y el gobierno y capitanía general de Yucatán (México); a la audiencia de Los Confines o Guatemala, pertenecían el gobierno y capitanía general de Guatemala, el gobierno de Honduras, el gobierno de Nicaragua, el gobierno de Costa Rica y el gobierno de Soconusco (México); a la audiencia de Guadalajara, pertenecían el gobierno y capitanía general de Nueva Galicia (México), el gobierno y capitanía general de Nueva Vizcaya (México), el gobierno y capitanía general del Nuevo Reino de León (México), el gobierno de Nuevo México (en la actualidad, en Estados Unidos) y el gobierno de Coahuila (México); y a la audiencia de Manila, pertenecía el gobierno y capitanía general de las islas Filipinas.
Esto demuestra los diferentes niveles en los que aparece el título de capitán general. En principio, todos ellos estaban sometidos a la autoridad superior del virrey, pero mantenían un amplio grado de independencia en todos los asuntos que se producían en los distritos de su jurisdicción, que en la mayoría de los casos se resolvían en contacto directo con la metrópoli. 
Desde la creación de los virreinatos, todos los virreyes recibían al mismo tiempo el nombramiento de gobernador y capitán general, que estaban vinculados, pero en realidad no fue sino hasta el 19 de julio de 1614 cuando Felipe III dispuso, de una forma expresa, que al virrey también le correspondiera el título de capitán general y la jurisdicción correspondiente. En este terreno, sus responsabilidades estaban centradas en la seguridad interna del virreinato, por lo que debía evitar las rebeliones internas y defender las costas contra las invasiones que pudieran llegar desde el exterior. Al mismo tiempo, el virrey, en su condición de capitán general, estaba facultado para organizar expediciones de conquista y facilitar con ello la expansión y defensa de las fronteras; para cumplir con esta función estaba obligado a tener permanentemente abastecidos a los presidios y fortalezas de defensa. A él le correspondía también ocuparse de todas las causas criminales y civiles de los militares de su jurisdicción. Era su título más independiente y autónomo. En calidad de capitán general del virreinato podía en todo momento dar instrucciones a todos los capitanes generales de su jurisdicción, que éstos estaban obligados a cumplir. Dada la importancia del comercio con la metrópoli, otra de sus principales funciones era la de atender a las flotas que llegaban y autorizar su salida.

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