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Tema 3 Atención Primaria- El Centro Salud

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ATENCIÓN PRIMARIA: EL CENTRO DE SALUD 
 
FISCOM-SP 2022/23 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
ATENCIÓN PRIMARIA: 
EL CENTRO DE SALUD 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Tema 3 
ATENCIÓN PRIMARIA: EL CENTRO DE SALUD 
FISCOM-SP 2022/23 
 
 
 
 
 
 
 
Atención Primaria: El Centro de Salud 
 
1. CENTRO DE SALUD 
- Definición 
- Funciones y actividades 
- Atención domiciliaria 
 
2. EQUIPO DE ATENCIÓN PRIMARIA (EAP) 
- Definición 
- Estructura: Director Centro, Equipo Básico de Salud, Personal apoyo, 
Unidades de atención específica. 
 
3. FISIOTERAPIA EN ATENCIÓN PRIMARIA 
3.1. EVOLUCIÓN HISTÓRICA 
3.2. MARCO REGULADOR 
3.3. LA UNIDAD DE FISIOTERAPIA 
 
 
 
BIBLOGRAFÍA 
ANEXOS 
ATENCIÓN PRIMARIA: EL CENTRO DE SALUD 
FISCOM-SP 2022/23 
 
 
1. EL CENTRO DE SALUD (CS) 
 
DEFINICIÓN 
 
”Estructura física y funcional donde los 
profesionales sanitarios y no sanitarios, bajo la 
dirección del Director de Centro, desarrollan de 
forma integrada todas las actividades 
encaminadas a la promoción, prevención, 
asistencia y rehabilitación de la salud mediante 
fórmulas de trabajo en equipo”. (RD 137/1984 
Estructuras Básicas de Salud, art. 2) 
 
 
FUNIONES Y ACTIVIDADES (Tabla 1) 
1. Asistencia sanitaria**: ambulatoria, domiciliaria, urgencia. (** Tema 2: punto 4 ☞CSE) 
- Promoción de la salud, prevención de la enfermedad y reinserción social. 
- Educación sanitaria de la población. 
- Diagnóstico de salud de la zona y posterior realización de programas. 
- Evaluación de actividades realizadas/resultados obtenidos. 
- Formación pregrado y postgrado de atención sanitaria. 
- Participar en los programas de salud: mental, laboral y ambiental. 
2. Programas sanitarios específicos 
- En base al diagnóstico salud de la zona. 
3. Cultura de trabajo en esquipo, colaborar en actividades comunes 
- Estudio, ejecución y evaluación. 
Tabla1. Funciones y actividades del Centro de Salud.
ATENCIÓN DOMICILIARIA (Tabla 2) 
Intervención que “comprende todas aquellas 
actividades asistenciales de atención 
individual, diagnósticas, terapéuticas y de 
seguimiento de procesos agudos o crónicos, 
así como aquellas de promoción de la salud, 
educación sanitaria y prevención de la 
enfermedad que realizan los diferentes 
profesionales de atención primaria”. (RD 
1030/2006) 
Dirigida a aquellas personas: 
• Por su situación de salud o por 
problemas sociosanitarios, requieren 
cuidados en el domicilio de carácter 
temporal o permanente (que no 
precisen hospitalización) y personas 
que tienen grandes dificultades para 
desplazarse. 
• También permite valorar el entorno 
ÁREA DE SALUD 
(AS)
ZONA BÁSICA SALUD 
(ZBS)
CENTRO SALUD 
(CS)
ATENCIÓN PRIMARIA: EL CENTRO DE SALUD 
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físico o las relaciones familiares. 
 
a. Modelo de equipos multidisciplinares 
Realizan su trabajo a partir de los CS de AP, la ATDOM se incluye como parte de un 
conjunto de actividades: 
- En consulta, programada. 
- En el domicilio a demanda, y como atención urgente. 
b. Equipo de soporte de atención paliativa domiciliaria, ESAPD y Equipo de 
Soporte paliativo telefónico (PAL24) 
Plan de actuación multidisciplinar, facilitar atención de pacientes en fase enfermedad 
avanzada o últimos días en domicilio. 
Participación de profesionales: medicina, enfermería, psicólogos y personal auxiliar. 
Funcionamiento ESAPD en coordinación con profesionales del CS. 
c. Unidad de Asistencia Domiciliaria, UAD (SUMMA 
- Estas unidades prestan atención a las urgencias domiciliarias en toda la CAM 
- El SUMMA cuenta con UAD médicas y UAD de enfermería (38 unidades operativas). 
Tabla 2. Modelos de Atención domiciliaria (ATDOM) 
 
2. EL EQUIPO DE ATENCIÓN PRIMARIA (EAP) 
 
DEFINICIÓN 
 
“El conjunto de profesionales sanitarios y no 
sanitarios con actuación en la Zona de Salud 
recibe la denominación de Equipo de Atención 
Primaria”. (RD 137/1984 Estructuras Básicas 
de Salud, art. 3) 
• Ámbito territorial → ZBS 
• Localización principal → CS
 
ESTRUCTURA CS: Componentes EAP 
(Tabla 3) 
 
 
 
UNIDADES 
ATENCIÓN 
ESPECÍFICA 
ATENCIÓN PRIMARIA: EL CENTRO DE SALUD 
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DIRECTOR DE CENTRO (RD 137/1984 Estructuras Básicas de Salud, art. 4) 
Compatibilizará las funciones de dirección del centro de salud con las asistenciales: 
- Dirección y representación CS 
- Organización profesionales y actividad según directrices Sermas 
- Gestión contrato programa. 
- Evaluación y propuesta medidas de incentivación. 
- Supervisión y adopción medidas garantizar grado de confort y seguridad de las instalaciones. 
- Facilitar correcta y ágil atención, tramitación, contestación y resolución SQR. 
 
EQUIPO BÁSICO DE SALUD (EBS) 
a. MÉDICO Y PEDIATRAS 
Presentan un perfil centrado en la persona: ofrece cuidados de salud completos no centrados 
en problemas, orientado en el cuidado longitudinal de la persona, no sólo puntual y es el 
responsable de la coordinación de los demás servicios de salud que se relacionan con la 
atención del paciente. Su figura debe entenderse como la de un representante o agente de la 
salud de la persona. 
Competencia en promoción de la salud y prevención de la enfermedad, evaluación de los 
síntomas y signos físicos comunes, manejo de los problemas de salud agudos y crónicos 
crónicos comunes, identificación y derivación-consulta de otras necesidades de atención. 
b. PERSONAL ENFERMERÍA 
Corresponde a los Diplomados (Graduados) Universitarios en Enfermería la dirección, 
evaluación y prestación de los cuidados de Enfermería orientados a promoción, mantenimiento 
y recuperación de la salud, así como a la prevención de enfermedades y discapacidades. 
Modelo funcionamiento ➔ unidades básicas asistenciales (UBA). Ratio médico-enfermero (o 
viceversa). 
Funciones: 
- Atención directa. 
- Formación, docencia e Investigación. 
- Administración, gestión sanitaria. 
- Participación comunitaria. 
 
 
PERSONAL DE APOYO 
- Atención al usuario (recepción, información, entrega de documentos, facilitación de trámites 
, ayuda y transporte). 
- Administración (archivo de historias**, registros, tareas de secretaría). 
- Mantenimiento (básico). 
Tabla 3. Estructura y funciones integrantes EAP (Director centro, EBS, Personal apoyo) 
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3. FISIOTERAPIA EN ATENCIÓN PRIMARIA, FISAP 
 
3.1. EVOLUCIÓN HISTÓRICA 
 
1857: Ley Instrucción Pública crea Cuerpo 
de Auxiliares Sanitarios (practicante, 
matrona). 
 
1915: Se regula Título de Enfermería. 
 
1945: El masaje es competencia de 
practicantes. 
 
1952: Ayudantes Técnicos Sanitarios 
(ATS) con su Especialidad en Fisioterapia. 
 
1970: AEF (sondeo sobre Diplomatura 
Universitaria) 
 
1977: Diplomatura en Enfermería 
Convalidación de especialistas en 
fisioterapia. 
 
1980: Se decide separar Fisioterapia de 
Enfermería 
 
1986: 1ª promoción fisioterapeutas 
(U.Valencia) 
 
1997, creación CPF-CAM 
 
3.2. MARCO REGULADOR 
 
LGS, RD 137/1984 
- Basado en el derecho constitucional a la 
protección salud, desarrollado en la 
LGS. 
- AP, Inspirándose en la declaración de 
Alma-Ata, comenzó la reforma y 
desarrollo de la Atención Primaria de 
Salud, el RD Estructuras Básicas de 
Salud, 
- Primeras Unidades de Rehabilitación 
ubicadas en AP (1987) 
 
RD 1030/2006, Cartera de Servicios 
Comunes del Sistema SNS (Tabla 1) 
“Actividades educación, prevención y 
Rehabilitación, en régimen ambulatorio, previa 
indicación médica y de acuerdo con los 
programas de cada servicio de salud, incluyendo 
la asistencia sanitaria”. Cartera servicios AP 
(artic.5) 
 
Rehabilitación básica 
5.1. Prevención del desarrollo o progresión de trastornos musculoesqueléticos. 
5.2. Tratamientos para el control de síntomas y mejora funcional en procesos crónicos 
musculoesqueléticos. 
5.3. Recuperación de procesos agudos musculoesqueléticosleves. 
5.4. Tratamientos en trastornos neurológicos periféricos. 
5.5. Fisioterapia respiratoria. 
5.6. Orientación sanitaria al paciente o cuidador. 
Tabla 4. RD 2006 Punto 5 Rehabilitación Básica. 
 
Plan Bolonia (ECTS) 
 
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Ley 44/2003, ordenación de las profesiones sanitarias (LOPS) (Tablas 5-6) 
Profesiones sanitarias tituladas (artic.2) 
Licenciados: Medicina, Farmacia, Odontología, Veterinaria. (Químicos-Bioquímicos-
Psicólogos con formación especializada (sanitarios); Licenciados en Tecnología de los 
alimentos (que desarrollen su actividad en centros sanitarios) 
 
Diplomados: Enfermería, Fisioterapia**, TO, podología, óptica, Logopedia, Nutrición 
(actualmente equiparados a Graduados). 
 
**Fisioterapeuta: cuidados propios a través de tratamientos con medios y agentes físicos. 
Tabla 5. Profesiones sanitarias tituladas (artic.2 LOPS) 
 
Profesionales del área sanitaria de FP (artic.3) 
Grado superior, TS: Anatomía patológica y citología, Dietética, Documentación sanitaria, 
Higiene bucodental, Imagen para el diagnóstico, Laboratorio de diagnóstico clínico, 
Ortoprotésica, protésico dental, radioterapia, Salud ambiental, Audioprótesis… 
 
Grado medio, Técnico: Cuidados auxiliares de enfermería, Farmacia. 
Tabla 6. Profesiones del área sanitaria de Formación Profesional (artic.3 LOPS) 
 
 
Libro blanco “Título de Grado en 
Fisioterapia” (ANECA) 2005 
“Proceso formación fisioterapeutas 
encaminado a producir un cambio de conducta 
permanente de manera que transforme al 
estudiante en un graduado que posea los 
conocimientos, las aptitudes, las habilidades y 
las actitudes (competencias) que le permitan 
comportarse y actuar como un profesional de la 
Fisioterapia”. 
 
Título de grado de 240 créditos (4 años). 
30 créditos contenido obligatorio 
"Estancias clínicas" (1 crédito= 40 h) 
Orden CIN 2008, Competencias que los 
estudiantes deben adquirir (apartado 3).
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CIRCULAR INSALUD 4/91 (anexo I) 
 
COMPETENCIAS (Tabla 7) 
- Profesionales de apoyo al EAP. 
- Planificación previa de objetivos. 
- Integración niveles: AP y AE – RHB. 
- Elaboración protocolos enfermedades alta prevalencia. 
- EAP contará con la figura del Fisioterapeuta. 
- Dotación fisioterapeutas: ratios establecidos. 
- El fisioterapeuta adscrito AS y asignadas una o varias ZBS. 
- Dependerán: Gerente AP a través del responsable Centros DA y del Director del CS. 
- Horario: 70% trabajo sala + 30% formación, investigación… 
Tabla 7. Competencias del fisioterapeuta, circular 4/91. 
 
ACTIVIDADES (Tabla 8) 
- Actividad asistencial: salas de fisioterapia CS. 
- Deberá desplazarse a las ZBS que no tengan sala si se precisa. 
- Derivación “a demanda”: mediante protocolos a través de MAP, Pediatra o especialista. 
- Pacientes diagnosticados y ttos. según protocolos. 
- 1ª visita: valoración funcional. 
- Ficha fisioterapia: valoración, tto. y evolución registro en HC. 
- Tratamiento: individual o grupal. 
- Atención domiciliaria: valorar entorno o ayudas. 
- Labores de adiestramiento a la familia o entorno. 
- Participará en las sesiones clínicas EAP. 
- Supervisará personal auxiliar en la sala. 
- Participación programas: salud escolar, laboral, anciano… 
- Acceso actividades: docentes, de investigación y otras acordes a sus competencias 
Tabla 8. Actividades del fisioterapeuta, circular 4/91. 
 
 
 
 
 
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3.3. UNIDAD DE FISIOTERAPIA DE 
ATENCIÓN PRIMARIA 
 
- Localizada en los CS integrada en las 
Unidades de Apoyo 
- Presta su actividad en el marco del 
EAP 
- Función ⇢ dar respuesta a las 
necesidades y problemas de salud de 
la comunidad que atiende 
desarrollando actividades de 
promoción de la salud, prevención de la 
enfermedad, asistencial y RHB 
- Bases de la actividad del 
Fisioterapeuta son: Cultura del trabajo 
en equipo y la Asistencia protocolizada. 
 
EL FISIOTERAPEUTA DE AP 
 
- Estará destinado a un área sanitaria 
- Teniendo adscritas funcionalmente una 
o varias ZBS geográficamente 
próximas, donde desarrollará los 
programas y protocolos establecidos. 
- Dependencia funcional y orgánica de 
los Directores de los CS y de la 
Dirección de Enfermería de AP. 
 
LA SALA DE FISIOTERAPIA 
- Dimensiones mínimas 44,98 m2 
- Accesible, bien señalizada, 
características de confort y no distar 
más de 500 m del transporte público. 
 
 
 
Zonas 
- Zona de acceso (15 m2), sala espera: 
nº asientos = nº visitas en hora de 
máxima concentración. 
- Zona de consultas (16 m2). 
Valoración, registro y tratamientos 
individuales. 
- Zona de terapia (80 m2). Cabinas o 
espacios independientes para 
tratamiento individual y/o grupal. 
- Otras zonas: almacén, vestuarios, 
aseos (10 m2 por sala). 
 
DERIVACIONES 
El acceso de los pacientes a las 
Unidades de Fisioterapia de acuerdo con 
los protocolos establecidos. Mediante 
las derivaciones*** del médico de familia 
o pediatra de Atención Primaria o a 
partir del facultativo especialista. 
- Siempre debidamente diagnosticados. 
En este último caso, debe incluir la 
comunicación de la decisión 
terapéutica adoptada al MAP 
responsable. 
 
 
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FUNCIONES (Tabla 9) 
a. Atención asistencial directa y domiciliaria 
Es necesario establecer relación directa orientada al proceso salud-enfermedad de la 
persona o de la comunidad. 
- Prestar Asistencia fisioterápica en sala a nivel individual y grupal. 
- Coordinación con equipo multidisciplinar. 
- Valoración a domicilio de enfermos encamados o inmovilizados para orientar a médicos, 
enfermeros o cuidadores, familiares. 
- Educación para la salud, grupos o personas de la comunidad. 
b. Investigación 
Para fomentar este apartado y la mejorar la calidad de la asistencia sanitaria, se establecen 
las medidas destinadas a mejorar las intervenciones y procedimientos preventivos, 
diagnósticos, terapéuticos y rehabilitadores: 
- Sobre líneas estratégicas de los problemas de salud más prevalentes. 
- Elevar la calidad asistencial. 
- Colaborar con otros profesionales. 
- Participación en las actividades del EAP 
c. Docencia y formación continuada 
Son términos interrelacionados, se constituyen como recurso o como receptor de la misma. 
- Actividades de formación de pre y postgrado. 
- Programas de formación continuada. 
- Realizar y proponer actividades con los EAP: seminarios, talleres o sesiones clínicas 
teórico-prácticas. 
- Participación en las actividades del EAP 
d. Gestión y administración 
Se debe asumir la gestión de los recursos disponibles en la unidad de fisioterapia, teniendo 
en cuenta los objetivos establecidos y buscando la máxima calidad. 
- Cumplimentar la Historia clínica de fisioterapia. 
- Realizar el registro de los indicadores de actividad. 
Tabla 9. Funciones del fisioterapeuta en AP. 
 
 
 
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ANEXOS 
 
GLOSARIO 
 
AP, Atención Primaria 
AE, Atención Especializada 
APS, Atención Primaria de Salud 
AS, Área de Salud 
ATDOM, Atención domiciliaria 
CAM, Comunidad Autónoma Madrid 
CC.AA, Comunidades Autónomas 
CSE, Cartera de servicios Estandarizada 
EAP, Equipo Atención Primaria 
HC, Historia clínica 
INSALUD, Instituto Nacional de Salud 
LGD, Ley general de Sanidad 
RD, Real Decreto 
OMS, Organización Mundial de la Salud 
RHB, Rehabilitación 
SNS, Sistema Nacional de Salud 
ZBS, Zona Básica de Salud 
 
BIBLIOGRAFÍA 
 
Ley 44/2003, 21 noviembre de ordenación de las 
profesiones sanitarias (LOPS). Jefatura del 
Estado «BOE» núm. 280, de 21 de noviembre de 
2003. Referencia: BOE-A-2003-21340. 
 
Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y 
calidad del Sistema Nacional de Salud. Jefatura 
del Estado «BOE» núm.128, de 29 de mayo de 
2003. Referencia: BOE-A-2003-1071. 
 
Ley 12/2001, de 21 diciembre, Ordenación 
Sanitaria de la Comunidad de Madrid (BO. 
Comunidad de Madrid 26 diciembre 2001, núm. 
306, [pág. 8]). 
 
Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad. 
Jefatura del Estado «BOE» núm. 102, de 29 de 
abril de 1986 Referencia: BOE-A-1986-10499 
 
Real Decreto 137/1984, de 11 de enero, sobre 
estructuras básicas de salud. Jefatura del Estado 
«BOE» núm. 27, de 1 de febrero de 1984. 
Referencia: BOE-A-1984-2574 
 
Decreto 52/2010, de 29 de julio del Consejo de 
Gobierno, por el que se establecen las estructuras 
básicas sanitarias y directivas de 
 
Atención Primaria del Área Única de Salud de la 
Comunidad de Madrid (BO. Comunidad de 
Madrid 9 agosto 2010, núm. 189. 
 
Real Decreto 1302/2006, de 10 de noviembre, 
por el que se establecen las bases del 
procedimiento para la designación y 
acreditación de los centros, servicios y unidades 
de referencia del Sistema Nacional de Salud. 
Referencia: BOE-A-2006-19626. 
 
Decreto 23/2014, de 6 de marzo, del Consejo de 
Gobierno, por el que se establece la estructura 
orgánica del Servicio Madrileño de Salud 
(BOCAM de 7 de marzo de 2014). 
 
Circular 4/91 Insalud, de 25 de febrero de 1991, 
Ordenación de las actividades del 
Fisioterapeuta en Atención Primaria. 
 
OMS. Alma-Ata Atención Primaria de Salud. 
1978. 
 
España Proyecto AP-21: marco estratégico para 
la mejora de la Atención Primaria en España. 
Ministerio de Sanidad y Consumo; 2007. 
 
Navarro V, Martín-Zurro A. La Atención 
Primaria de Salud en España y sus 
Comunidades Autónomas. Universidad 
Pompeu Fabra; 2009. 
 
Abril E. 15 años después de la Circular 4/91, 
¿dónde estamos los fisioterapeutas de 
Atención Primaria?.Fisioterapia 2006;28(1):1-6. 
 
Aguilera M, Alfaro M, Crespo B, Custodi J, 
Guerra J. Atención Primaria en Salud: 
Diecisiete años de experiencia. INSALUD, 
Subdirección General de AP; 2002. 
 
Ferrer R. Análisis y propuesta de los criterios 
de acceso a fisioterapia en Atención Primaria. 
Fisio Divulg. 2014;2(2):1-2 
 
R.. López-Liria, D.. Padilla Góngora, D.J.. 
Catalán Matamoros, M.I.M.P. Sousa Coutinho, 
A.M.. da Silva Miranda, A.C.. Correia Brito. Los 
servicios de fisioterapia domiciliaria en el 
sistema sanitario público de la Península 
Ibérica”. Rev. Iberoam Fisioter Kinesiol 
2009;12. 
 
 
 
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Anexo I: CIRCULAR 4/91 
 
Punto 10. Con el fin de establecer un marco funcional homogéneo se señalan para el 
Fisioterapeuta de AP las siguientes actividades: 
 
10.1. El fisioterapeuta en AP realizará su actividad asistencial en las salas de fisioterapia en 
los centros de AP, que deberán contar con los espacios y equipamientos suficientes para el 
desarrollo de la misma, siendo el responsable de la tutela de las instalaciones. 
• Cuando el fisioterapeuta tenga asignadas alguna otra ZBS cuyo CS no disponga de dicha 
instalación, se considerará como sala de referencia para los usuarios la del centro que 
cuente con ella. 
• El fisioterapeuta deberá desplazarse, no obstante, a otras ZBS asignadas para trabajar en 
los programas y protocolos que le afecten, desarrollados por los EAP y que no precisen 
de gimnasio. 
 
10.2. La derivación se producirá de acuerdo con los protocolos previamente establecidos, a 
partir del médico general o pediatra de AP* o del facultativo especialista, que debe incluir la 
comunicación de la decisión terapéutica adoptada, al médico de AP responsable del paciente. 
Los pacientes llegarán al fisioterapeuta debidamente diagnosticados: 
• Los tratamientos fisioterápicos a aplicar serán incluidos en protocolos que contemplarán 
igualmente el seguimiento y la valoración de resultados de la terapia aplicada. 
• Una vez aplicado el tratamiento el paciente será remitido al médico prescriptor de la terapia 
para la valoración del alta. 
 
10.3. El fisioterapeuta deberá aplicar los métodos y técnicas fisioterápicas tendentes a 
conseguir los objetivos propuestos para cada caso clínico debiendo realizar una primera visita 
programada el paciente que le permita obtener una valoración funcional del mismo. 
• En esta primera actuación se abrirá la ficha fisioterápica del paciente, que además de la 
valoración funcional, deberá ir recogiendo todos los aspectos relativos a la aplicación de 
tratamientos y evolución del paciente. 
• Copia de la ficha pasará a formar parte de la Historia clínica (HC) a la que tendrá acceso 
el fisioterapeuta y estará integrada en el sistema de registro de AP. 
 
10.4. Los pacientes, según su situación clínica, podrán ser tratados de manera individual o 
estableciendo grupos terapéuticos. Se formarán igualmente estos grupos con aquellos 
pacientes incluidos en los Programas de Salud establecidos por los EAP y que sean 
susceptibles de ser tratados de este modo. Las técnicas de tratamiento a aplicar podrán ser: 
• Mecanoterapia. 
• Cinesiterapia en sus distintas modalidades. 
• Masoterapia con finalidad terapéu0ca. 
• Electroterapia. 
• Terapia con radiaciones luminosas. 
• Suspensión y tracciones. 
• Terapia respiratoria. 
• Técnicas de estimulación neuromuscular propioceptiva. 
• Aquellas otras técnicas que los protocolos contemplan. 
 
 
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10.5. El fisioterapeuta en AP realizará atención domiciliaria programada a instancias del EAP 
con el fin de apoyar a éste en la valoración de necesidades de fisioterapia para el paciente, 
de adaptaciones ergonómicas y de necesidad de material de ayuda 
en objetos de uso diario. 
• Realizará también labores de adiestramiento de la familia o entorno del paciente y 
asesorará al resto de personal que lo atienda desde el punto de vista fisioterápico. 
 
10.6. Del mismo modo y manera general, aconsejará y adiestrará a los pacientes y/o familias 
para la realización de las actividades que, dentro del plan de fisioterapia, debe realizar cada 
paciente en su domicilio, fomentando el compromiso de los usuarios y su entorno para lograr 
los obje0vos fisioterápicos marcados. 
 
10.7. El fisioterapeuta asistirá a aquellas sesiones clínicas del EAP en las que sea necesaria 
su participación y a las interconsultas entre médico generalista y especialista cuando proceda. 
 
10.8. El fisioterapeuta orientará a otros miembros del EAP en aquellas actividades que éstos 
puedan realizar en el campo de la fisioterapia y orientará y supervisará al personal auxiliar en 
lo relativo a sus actuaciones en la sala de fisioterapia. 
 
10.9. El fisioterapeuta par0cipará en las actividades que le correspondan, orientadas a la 
promoción de la salud y prevención de la enfermedad, que se establezcan a través de los 
programas de salud que desarrollen los EAP a los que apoya. 
• Se consideran de especial importancia las actividades de educación sanitaria en los 
programas de salud escolar, laboral y el anciano. 
• Cuando sea preciso realizar esta labor en el entorno social de los usuarios, deberá 
desplazarse fuera de los centros sanitarios. 
 
10.10. El fisioterapeuta en AP tendrá acceso a las actividades docentes que se desarrollen 
en el Área/Sector, y que se relacionen con su profesión y se facilitará, en la medida de lo 
posible, su asistencia a Congresos y actividades científicas en su ámbito profesional. 
• El fisioterapeuta de Área en AP estará a disposición del Área/Sector sanitario como 
recurso docente para la formación del personal sanitario que lo requiera. 
 
10.11. El fisioterapeuta participará en los trabajos de investigación que le afecten de los 
desarrollados por los EAP. 
• Promoverá aquellos rela0vos a su actividad profesional que tengan como objeto la mejora 
de la atención de los problemas más relevantes en el Área/Sector sanitario. 
 
10.12. Realizará aquellas otras actividades, dentro de su competencia profesional, que 
pudiera encomendarle el Director Provincial/Directorde Sector o el Gerente de AP mientras 
desarrolle su actuación en una ZBS.

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