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HerreraGuevaraSandraPatricia2015

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APOYO A LA CONTRALORIA DE BOGOTA D.C, EN LA EVALUACION AL 
SEGUIMIENTO Y COBRO DEL IMPUESTO PREDIAL DEL PREDIO DENOMINADO 
AEROPUERTO EL DORADO Y EL ANÁLISIS DEL AVALÚO CATASTRAL DE LOS 
INMUEBLES EN NO PROPIEDAD HORIZONTAL DE BOGOTÁ D.C, REALIZADO 
POR LA UAECD, PARA LA VIGENCIA 2014 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
SANDRA PATRICIA HERRERA GUEVARA 
COD: 20022025106 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
UNIVERSIDAD DISTRITAL “FRANCISCO JOSÉ DE CALDAS” 
FACULTAD DE INGENIERIA 
PROYECTO CURRICULAR DE INGENIERÍA CATASTRAL Y GEODESIA 
BOGOTÁ D.C. 
2015 
 
 
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APOYO A LA CONTRALORIA DE BOGOTA D.C, EN LA EVALUACION AL 
SEGUIMIENTO Y COBRO DEL IMPUESTO PREDIAL DEL PREDIO DENOMINADO 
AEROPUERTO EL DORADO Y EL ANÁLISIS DEL AVALÚO CATASTRAL DE LOS 
INMUEBLES EN NO PROPIEDAD HORIZONTAL DE BOGOTÁ D.C, REALIZADO 
POR LA UAECD, PARA LA VIGENCIA 2014 
 
 
 
 
 
SANDRA PATRICIA HERRERA GUEVARA 
COD: 20022025106 
 
 
 
 
 
Trabajo de Grado Modalidad de Pasantía, Acuerdo 031 de 2014 
 
 
 
 
 
HERNANDO ACUÑA CARVAJAL 
Ingeniero Catastral y Geodesta 
Docente Tiempo Completo 
Director Interno 
 
 
 
CARLOS ANDRÉS FAJARDO TAPIAS 
Ingeniero Catastral y Geodesta 
Director Externo 
 
 
 
 
 
UNIVERSIDAD DISTRITAL “FRANCISCO JOSÉ DE CALDAS” 
FACULTAD DE INGENIERIA 
PROYECTO CURRICULAR DE INGENIERÍA CATASTRAL Y GEODESIA 
BOGOTÁ D.C. 
2015 
 
 
~ 3 ~ 
 
TABLA CONTENIDO 
pág. 
 
1- INTRODUCCION .......................................................................................................... 7 
2- OBJETIVOS ................................................................................................................ 10 
4.1. OBJETIVO GENERAL ............................................................................................ 10 
4.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS ..................................................................................... 10 
3- FUNDAMENTOS TEORICOS ..................................................................................... 11 
6.1- MARCO TEORICO ................................................................................................. 11 
6.1.1- Contraloría De Bogotá Distrito Capital ............................................................. 11 
6.1.1.1 Proceso Auditor ............................................................................................... 11 
6.1.1.2- Control fiscal ................................................................................................. 14 
6.1.1.3- Organigrama de la Contraloría.......................................................................... 15 
6.1.2- Unidad Administrativa Especial De Catastro Distrital –UAECD ....................... 16 
6.1.2.1- Actualización catastral en Colombia.................................................................. 16 
6.1.2.2- Actualización de la formación catastral.............................................................. 17 
6.1.2.3- Fases actualización de la formación catastral ...................................................... 17 
6.1.2.4- Consejo distrital de política económica y fiscal – CONFIS .................................. 18 
6.1.2.5- Organigrama UAECD ..................................................................................... 19 
6.1.3- Secretaría Distrital de Hacienda SHD ............................................................... 20 
6.1.4- Uso de la construcción ..................................................................................... 22 
6.1.3.1 Comercio en corredor comercial ........................................................................ 23 
6.1.4 Sistema integrado de información catastral (SIIC) ............................................. 23 
6.1.5 Avalúo. ............................................................................................................ 25 
6.1.5.1 Avalúo catastral. .............................................................................................. 25 
6.1.5.2 Avalúo comercial. ........................................................................................... 25 
6.1.5.3 Avalúos masivos ............................................................................................. 25 
6.1.5.4 Zonas homogéneas físicas ................................................................................ 26 
6.1.5.5 Método de comparación de mercados ................................................................. 26 
6.2 MARCO NORMATIVO ............................................................................................ 27 
6.2.1 Ley 14 De 1983.................................................................................................. 27 
6.2.2 Acuerdo Nº 1 de 1981 ........................................................................................ 28 
6.2.3 Acuerdo 28 de 1995 ........................................................................................... 28 
6.2.4 Resoluciones UAECD ........................................................................................ 29 
 6.2.4.1 Resolución No 1726 del 27de Diciembre 2012 - UAECD ............................... 29 
 6.2.4.3 Resolución 0072 del 31 Enero de 2013 - UAECD ......................................... 29 
 6.2.4.4 Resolución 0073 del 31 Enero de 2013 - UAECD ......................................... 29 
 6.2.4.5 Resolución 0074 del 31 Enero de 2013 - UAECD ......................................... 29 
 6.2.4.6 Resolución 0089 01 febrero de 2013 - UAECD ............................................ 29 
 6.2.4.7 Resolución 0087 del 1 de febrero de 2013 - UAECD .................................... 29 
 6.2.4.8 Resolución 0088 del 1 de febrero de 2013 - UAECD .................................... 29 
 6.2.4.9 Resolución 0090 del 1 febrero de 2013 - UAECD ......................................... 30 
 6.2.4.10 Resolución 0091 del 1 febrero de 2013 - UAECD ....................................... 30 
6.2.5 Decreto 1421 de 1993 – Estatuto Orgánico De Bogotá ............................................... 30 
6.2.7 Ley 1430 de 2010 ................................................................................................... 31 
6.3 MARCO ESPACIAL ................................................................................................ 33 
~ 4 ~ 
 
6.3.1- Ubicación Aeropuerto El Dorado. ........................................................................ 33 
4- ALCANCES Y LIMITACIONES .................................................................................. 41 
7.1- ALCANCES .......................................................................................................... 41 
7.2- LIMITACIONES .................................................................................................... 41 
5- METODOLOGIA......................................................................................................... 42 
6- RECURSOS ................................................................................................................. 43 
7- RESULTADOS ............................................................................................................ 44 
11.1- VERIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN DE LA UAECD ...................................... 44 
11.2- SEGUIMIENTO AL PREDIO DENOMINADO AEROPUERTO EL DORADO .......... 47 
11.2.1- Evaluación a los contratos de arrendamiento suscritos por el concesionario OPAIN 
S.A. .......................................................................................................................... 48 
11.3- RESULTADOS DEL SEGUIMIENTO .................................................................... 57 
11.3.1- Hallazgo administrativo. A la secretaria distrital de hacienda por falta de control y 
seguimiento al cobro de impuesto predial unificado. ........................................................... 57 
11.3.2-Hallazgo administrativo con incidencia fiscal y presunta incidencia disciplinaria. A la 
Secretaría Distrital de Hacienda por permitir la elusión de Impuesto Predial Unificado de los 
predios a cargo del Concesionario OPAIN S.A. en la vigencia 2012. ................................ 58 
11.3.3- Hallazgo administrativo con incidencia fiscal y presunta incidencia disciplinaria. A la 
Secretaría Distrital de Hacienda por no liquidar y cobrar el impuesto predial unificado al 
Predio con chip AAA0077PDTO en las vigencias 2010, 2011, 2013 y 2014. ..................... 64 
11.3.4- Hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria. A la Unidad 
Administrativa Especial de Catastro Distrital, por el no cumplimiento del deber de notificación 
de los actos administrativos proferidos, en el proceso de la inscripción catastral de las 
rectificaciones a los avalúos catastrales, por errores provenientes de la actualización de la 
formación, tal como lo establece el artículo 129 de la resolución 070 de 2011, en la vigencia 
2012. ......................................................................................................................... 66 
11.3.5- Hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria. A la Unidad 
Administrativa Especial de Catastro Distrital, por la omisión en la conservación y custodia de 
los actos administrativos proferidos por la Unidad Administrativa Especial de Catastro 
Distrital. .................................................................................................................... 70 
11.4- CASO DE ESTUDIO ............................................................................................. 71 
11.4.1- Determinación zona homogénea física (ZHF) ...................................................... 74 
Determinación zonas homogéneas geoeconómicas (ZHG) ............................................... 75 
11.4.2- Selección de la muestra .................................................................................... 75 
11.4.3- Investigación Económica .................................................................................. 77 
Presentación, discusión y asignación de zonas geoeconómicas. ............................................ 78 
11.4.4- Calculo Posible Detrimento .............................................................................. 79 
11.4.5- Proyectos de Infraestructura a Futuro Sobre el Corredor Comercial........................ 85 
8- CONCLUSIONES ........................................................................................................ 87 
9- BIBLIOGRAFIA .......................................................................................................... 89 
10- ANEXOS .................................................................................................................... 91 
 
 
 
 
 
 
 
~ 5 ~ 
 
LISTA DE TABLAS 
 
pág. 
 
 
 
Tabla 1: Componentes de Integralidad de la Auditoría Regular. Memorando 4009 de 2013. ........ 12 
Tabla 2: Usos de construcción ............................................................................................. 22 
Tabla 3 : Clasificación De Los Predios 2014. ......................................................................... 45 
Tabla 4: Número De Predios Por Destino Catastral. ................................................................ 45 
Tabla 5: formulario de impuesto predial unificado no encontrados ........................................... 49 
Tabla 6: Locales Con Contrato de Arrendamiento No Relacionados Para Liquidación del IPU y en 
la SHD. ............................................................................................................................. 51 
Tabla 7: Contrato De Arrendamiento Inconsistente ................................................................. 51 
Tabla 8: Locales Ocupados Sin Contrato De Arrendamiento Asociado ..................................... 52 
Tabla 9: Contratos De Arrendamiento Sin Área Asociada ....................................................... 52 
Tabla 10: Predios A Cargo Del Concesionario OPAIN S.A. ................................................... 58 
Tabla 11: Liquidación Impuesto Predial Unificado De Los Predios A Cargo Del Concesionario 
OPAIN S.A. Vigencia 2012. ................................................................................................ 59 
Tabla 12: Verificación De Variables Actualización Catastral Vigencia 2012 ............................. 60 
Tabla 13: Calculo Diferencias Liquidación Impuesto Predial 2012. .......................................... 62 
Tabla 14: Calculo Detrimento Fiscal Por Pago De Impuesto Predial Unificado. ......................... 63 
Tabla 15: Calculo Detrimento Por No Pago del IPU. .............................................................. 65 
Tabla 16: Predios Concesionados Con Rectificación De Avalúo Catastral Para La Vigencia 2012 68 
Tabla 17: Ofertas Sin Depurar ............................................................................................. 73 
Tabla 18: Ofertas Definitivas. .............................................................................................. 74 
Tabla 19: Resumen De La Selección De La Muestra. .............................................................. 75 
Tabla 20: Puntos De Investigación Seleccionados. ................................................................. 76 
Tabla 21. Tarifas 2014 Impuesto Predial Unificado. ............................................................... 81 
Tabla 22: Diferencia Avalúo Catastral Y avalúo Calculado. ..................................................... 82 
Tabla 23: Diferencia Impuesto Hacienda Vs Impuesto Calculado. ............................................ 83 
Tabla 24: Predios con posible detrimento. ............................................................................. 84 
Tabla 25: Resumen De Los Predios Con Posible Detrimento ................................................... 85 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
~ 6 ~ 
 
LISTA DE FIGURAS 
 
 pág. 
 
 
Figura 1.Organigrama Contraloría ........................................................................................ 15 
Figura 2. Organigrama UAECD ........................................................................................... 19 
Figura 3: Organigrama de la SHD ........................................................................................ 21 
Figura 4: Sistema Integrado De Información Catastral (UAECD) ............................................. 24 
Figura 5: Aeropuerto internacional el Dorado, Bogotá D.C. ..................................................... 35 
Figura 6: Ubicación del aeropuerto el Dorado ........................................................................ 36 
Figura 7. Ubicación del corredor comercial de chapinero ........................................................ 40 
Figura 8 corredor comercial Chapinero Central ...................................................................... 40 
Figura 9: Metodología pasantía ............................................................................................ 42 
Figura 10: Porcentaje De Predios Por Destino Catastral .......................................................... 46 
Figura 11: Recorrido Visita a Campo al Corredor Comercial. .................................................. 72 
Figura 12: Fotografías Tomadas En Salida A Campo. ............................................................. 72 
Figura 13: Valor m2 De Terreno Calculado. ........................................................................... 78 
Figura 14: Diferencia Avalúos ............................................................................................. 83 
Figura 15: Prediosposible detrimento. .................................................................................. 84 
 
 
 
CONTENIDO DE MAPAS 
 
 
 Pág. 
 
 
Mapa 1: Aeropuertos en Colombia ....................................................................................... 33 
Mapa 2: Ubicación del aeropuerto en Bogotá D.C. ................................................................. 34 
Mapa 3: Plano Sector Catastral Aeropuerto ........................................................................... 34 
Mapa 4: Localización de Chapinero en Bogotà ...................................................................... 37 
Mapa 5 : Clasificación del Suelo de Chapinero. ..................................................................... 37 
Mapa 6: Usos del Suelo de Chapinero. .................................................................................. 38 
Mapa 7: Barrió Chapinero Central, localidad de Chapinero. .................................................... 39 
Mapa 8: Zonas Homogéneas Físicas del Sector Objeto de Estudio. ........................................... 74 
Mapa 9: Ubicación De La Muestra Y Ofertas. ........................................................................ 77 
Mapa 10: Zonas Homogéneas Físicas Geoeconómicas del Sector Objeto de Estudio. .................. 79 
Mapa 11: Ubicación De Las Estaciones. ................................................................................ 86 
 
 
 
 
 
 
 
~ 7 ~ 
 
1- INTRODUCCION 
El ente de control encargado de realizar la vigilancia de la gestión fiscal y de particulares o 
entidades que administran fondos o bienes del distrito capital, y donde se establece si se usan los 
recursos públicos dentro del marco legal, es la Contraloría de Bogotá D.C y durante la pasantía se 
realizó la auditoria a dos entidades distritales como lo son la Unidad Administrativa Especial de 
Catastro Distrital (UAECD), responsable del censo predial y la Secretaría Distrital de Hacienda 
(SHD), responsable del cobro del impuesto predial unificado. 
En el ejercicio del control fiscal se evalúan aspectos administrativos, financieros y legales, con el 
fin de contribuir al mejoramiento continuo de la organización y por consiguiente a la eficiente y 
efectiva producción y/o prestación de bienes y servicios en beneficio de la ciudadanía. 
La Secretaría Distrital de Hacienda le corresponde realizar la liquidación del Impuesto Predial 
Unificado – IPU, cada año, con base en la información que Catastro Distrital le reporta resultante 
de las actividades de formación, actualización de la formación y conservación catastral; donde el 
avalúo catastral se convierte en la base gravable para calcular el mencionado impuesto, junto con 
las variables de uso y destinación económica, que le permiten a la entidad fijar las tarifas según lo 
normado en el Acuerdo Distrital 105 de 2003. 
 
El proceso de actualización catastral permanente adelantado para todos los predios urbanos de la 
ciudad cada año, significa un riesgo a la calidad de la información capturada, teniendo en cuenta 
que la validación de la información, la interrelación gráfica y jurídica, la adopción de nuevas 
tecnologías y no considerar algunos elementos físicos en campo, pueden hacer poco confiable los 
resultados de la actualización catastral. 
 
A raíz de esas inconsistencias que aún se presentan en el procesamiento de la información del 
Censo Inmobiliario de Bogotá, se evaluó el cobro del Impuesto Predial del inmueble denominado 
Aeropuerto El Dorado y un segmento de predios importantes como lo son los comerciales en 
corredor comercial en no propiedad horizontal (NPH), por conformar cerca del 7% del total de 
predios inscritos en la base catastral y la importancia que tienen en términos tributarios. 
 
De acuerdo con la auditoría a la Secretaría Distrital de Hacienda SHD y a la Unidad Administrativa 
Especial de Catastro Distrital –UAECD-, establecida en el Memorando de Asignación de 
Auditoría, donde se orientó al “Seguimiento al cobro del Impuesto Predial del predio denominado Aeropuerto 
El Dorado”. 
 
Con base en la auditoria al pago de Impuesto Predial Unificado del predio denominado Aeropuerto 
El Dorado, se estableció que las empresas Concesionarias OPERADORA AEROPORTUARIA 
INTERNACIONAL S.A OPAIN S.A, y la COMPAÑÍA DE DESARROLLO AEROPUERTO EL 
DORADO S.A – CODAD S.A. actualmente son las responsables de la administración de este 
inmueble. 
 
Sobre el Concesionario OPAIN S.A., la Aeronáutica Civil suscribió el contrato de Concesión No. 
6000169 del 12 de septiembre de 2006 cuyo objeto es “otorgamiento al concesionario de una concesión 
para que de conformidad con lo previsto en el artículo 32 numeral 4 de la ley 80 de 1993 y la ley 105 de 1993, realice 
por su cuenta y riesgo la operación, explotación comercial, mantenimiento y modernización y expansión del 
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Aeropuerto Internacional El Dorado de la ciudad de Bogotá Distrito capital, bajo el control y vigilancia de 
Aerocivil”. 
 
De la información suministrada por la Secretaría Distrital de Hacienda-SHD sobre el 
concesionario CODAD S.A. en desarrollo del Contrato de Concesión No. 0110-0P-95, cuyo objeto 
es la construcción de la segunda pista del Aeropuerto El Dorado y responsable del mantenimiento 
de las pistas y calles de rodaje del aeropuerto. Se pudo verificar que la Secretaría Distrital de 
Hacienda adelanta un proceso Jurídico contra CODAD S.A, mediante resolución 18115 DDI 
044846 de 12 de agosto de 2014 “Por la cual se profiere LIQUIDACION OFICIAL DE REVISION del impuesto 
Predial Unificado”. A la fecha este proceso está resolviéndose en los recursos de ley. 
 
Para abordar el tema se realizaron visitas fiscales al inmueble a auditar y por medio de la 
evaluación se observó la manera en que fue desarrollada la operación valuatoria dentro de la 
UAECD. Posteriormente se revisó el proceso que desarrollo la Secretaria de Hacienda en la 
liquidación del impuesto predial unificado-IPU. 
Para verificar que la UAECD esté realizando adecuadamente la labor valuatoria, se tomó una 
muestra de predios en no propiedad horizontal (NPH) con destino económico “comercio en 
corredor comercial”, para realizar las evaluaciones y análisis pertinentes; ya que este tipo de 
inmuebles no presenta un valor integral como si lo muestran los predios en propiedad horizontal y 
por medio de la evaluación se observó la manera en que se desarrolla la operación valuatoria dentro 
de la entidad. Para este trabajo se analizaron los valores catastrales de las zonas objeto de estudio 
y se realizaron estudios puntuales que incluyeron visitas a campo y tratamientos en oficina para 
verificar el comportamiento del valor comercial y contrastarlo con el valor catastral. 
Para seleccionar el corredor comercial se tomó como referencia, la ubicación espacial, estructura 
y comportamiento económico homogéneo. La zona objeto de estudio se encuentra en Bogotá, 
demarcada por el sector, ubicado entre las calles 63 y 53 con carrera 13 del barrio Chapinero 
Central, de la localidad de Chapinero, ya que es de gran acogida por parte de la población. 
 
Se analizó la información de los avalúos catastrales de las zonas objeto de estudio, que se encuentra 
dentro de la ciudad de Bogotá, con el objeto de determinar si los avalúos realizados por la UAECD 
son consistentes respecto al valor comercial. Y si estos nos están generando que se liquide 
erróneamente los impuestos a cargo y el no cobro de los mismos. 
 
El proceso de pasantía se desarrolló en la Contraloría de Bogotá, en la dirección sector hacienda, 
que esta a su vez ofrece la oportunidad de vincular estudiantes con formación académica sobre el 
tema y bajo la modalidad pasantía reglamentada por medio del Acuerdo 015 de 2010 del Consejo 
de Facultad de Ingeniería dela Universidad Distrital y que se encuentran con la capacidad para 
asesorar y analizar la información obtenida por la UAECD, para mejorar y agilizar el proceso de 
evaluación y así asegurar la consistencia y la coherencia de la información revisada de los 
inmuebles que fueron objeto de la Actualización Catastral, dando la base para la elaboración del 
presente proyecto. 
 
La pasantía busca enriquecer la formación académica del estudiante mediante la aplicación de los 
conocimientos adquiridos durante el desarrollo de su vida académica como lo son las áreas de 
geomática, sistemas de información geográfica y catastro. Igualmente aporta a la formación 
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profesional articulándola con los problemas habituales y reales de la sociedad, lo cual le permita 
al estudiante desempeñarse de mejor manera en la vida laboral. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
~ 10 ~ 
 
2- OBJETIVOS 
 
 
4.1. OBJETIVO GENERAL 
 
Apoyar a la Contraloría de Bogotá D.C, en la evaluación del seguimiento del cobro del impuesto 
predial unificado del predio denominado Aeropuerto el Dorado y el análisis del avalúo catastral 
de los inmuebles en no propiedad horizontal con destino económico Comercio en corredor 
comercial de Bogotá D.C, para la vigencia 2014; caso de estudio barrio Chapinero Central por la 
carrera 13 entre calles 63 y 53. 
 
 
4.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS 
 
 
 Realizar una revisión general de la información, producto del proceso de actualización 
catastral vigencia 2014, evaluando la consistencia técnica y calidad de la información 
física y económica de los predios objeto de estudio. 
 
 Evaluar la condición jurídica y técnica del predio Aeropuerto el Dorado, para establecer 
su situación como sujeto de Impuesto Predial Unificado en Bogotá DC. 
 
 Analizar el comportamiento en los avalúos comerciales, que se obtengan tras la 
investigación del eje comercial y compararlo con la información que se tiene de los 
avalúos catastrales de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital (UAECD). 
 
 Verificar el cumplimiento del deber de notificación de los actos administrativos 
proferidos, en el proceso de la inscripción catastral de las rectificaciones a los avalúos 
catastrales. 
 
 Verificar si la Secretaria de Hacienda realizó el seguimiento al cobro de impuesto predial 
unificado a los predios objeto de estudio. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
~ 11 ~ 
 
3- FUNDAMENTOS TEORICOS 
 
6.1- MARCO TEORICO 
 
6.1.1- Contraloría De Bogotá Distrito Capital 
 
La Contraloría de Bogotá, D. C., es un organismo de carácter técnico, dotado de autonomía 
administrativa y presupuestal, al cual le corresponde la vigilancia de la gestión fiscal del Distrito 
Capital y de los particulares que manejen fondos o bienes del mismo, en los términos y condiciones 
previstos en la Constitución Política, las Leyes y los Acuerdos.1 
 
6.1.1.1 Proceso Auditor 
 
El proceso auditor en la Contraloría de Bogotá está dado por la Guía de Auditoría Regular (GAT), 
la cual cita las siguientes definiciones a tener en cuenta como generalidades del proceso auditor: 
 
 Auditoría Gubernamental: Es un proceso sistemático que acorde con normas de auditoría 
del proceso auditor territorial compatibles con las generalmente aceptadas vigentes, evalúa 
la gestión y los resultados fiscales mediante la aplicación de los sistemas de control fiscal, 
para determinar el cumplimiento de los principios fiscales en la prestación de servicios o 
provisión de bienes públicos en desarrollo de los fines esenciales del Estado, de manera 
que le permita a la contraloría territorial fundamentar sus pronunciamientos, opiniones y/o 
conceptos. 
 
Se encuentran entre las modalidades de la auditoría, las siguientes: 
 
 Auditoría Regular: permite proferir un dictamen integral conformado por la opinión de los 
estados contables y el concepto sobre la gestión y los resultados, para emitir el 
pronunciamiento sobre el fenecimiento o no de la cuenta. Implica la ejecución de un trabajo 
integral aplicando de manera simultánea y articulada los sistemas de control fiscal. 
 
 Auditoría Especial: evalúa políticas, asuntos, programas, proyectos, procesos, áreas o 
actividades de carácter específico o transversal, de interés o relevancia con el propósito de 
emitir un concepto u opinión sobre lo evaluado. 
 
 Auditoría Exprés: se desarrolla mediante un procedimiento abreviado en las fases del 
proceso auditor y permite atender situaciones coyunturales que por su importancia o 
impacto requieren de evaluación inmediata y celeridad para entregar resultados oportunos 
traducidos en conceptos.2 
 
 
1 Acuerdo Distrital 519 de 26 de diciembre de 2012, disponible en 
http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=51049 
2 Morelli Rico, S. (Noviembre de 2012). Guia de Auditoría para las Contralorías Territoriales. Contraloría General del 
Departamento Norte de Santander, pag:19-20. 
 
http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=51049
~ 12 ~ 
 
En términos generales, cada una de las modalidades de auditoría, están divididas en las siguientes 
fases, las cuales ayudan a ejercer mayor control y resultado en los procesos desarrollados en la 
misma: 
 
 Fase de planeación: Inicia con la elaboración del Memorando de Asignación de Auditoría, 
el conocimiento del sujeto de control o tema a auditar, el análisis de la cuenta, la 
determinación de áreas críticas y concluye con la elaboración y aprobación de los 
programas de auditoría y cronograma. Tiene como objetivo conocer al sujeto de control 
para determinar la estrategia de auditoría y focalizar los componentes a examinar; Se 
determina que esta fase no debe extenderse por más de cinco (5) días hábiles, incluida la 
aprobación de los programas y cronograma. 
 
 Fase de ejecución: Implica la aplicación de pruebas de auditoría, la utilización de las 
distintas técnicas de auditoría, el examen de los aspectos relativos a la razonabilidad de las 
cifras contenidas en los estados contables, el análisis sobre los criterios de economía, 
eficiencia, eficacia y equidad con que actuó el ente auditado en el periodo auditado, el 
impacto ambiental, social y económico generado por la administración, la determinación 
de los beneficiarios de la acción estatal y el cumplimiento de la reglamentación que le sea 
aplicable; para emitir el concepto, opinión, pronunciamiento sobre la gestión fiscal. 
 
 Fase de informe: Consolida los resultados de la evaluación de los componentes de 
auditoría, que se comunica al sujeto de control a través del informe preliminar. Con base 
en lo ajustes producto de la respuesta de la entidad se elaborará el informe definitivo que 
contiene los conceptos, pronunciamientos y resultados de la evaluación de la gestión fiscal. 
 
 Fase de cierre de auditoría: etapa final, relacionada con las actividades necesarias y la 
entrega de todos los documentos para la culminación del proceso auditor. 
 
Las Fases del proceso auditor son citadas por el Memorando 4009 del 29 de noviembre de 2013 
de Procedimiento informe y cierre de auditoria, correspondiente a la Resolución 055 del 2013 de 
la Contraloría de Bogotá D.C. 
 
A partir del año en curso, la auditoría regular pasó a simplificar los componentes de integralidad 
en 3, cada uno de los cuales está divido por factores, según Memorando 4009, anteriormente 
mencionado. 
 
Tabla 1: Componentes de Integralidad de la Auditoría Regular. Memorando 4009 de 2013. 
Componente Factores 
Control de Gestión (50%) 
Gestión Contractual 60% 
Rendición y Revisión de la Cuenta 2% 
Legalidad 5% 
Gestión Ambiental 5% 
Tecnologías de la Información y 
Comunicación (TICS) 3% 
Gestión Presupuestal 10% 
Control Fiscal Interno 8% 
Plan de Mejoramiento 7% 
http://www.contraloriabogota.gov.co/carpetaweb.asp?opcion=intranet/contenido/Normatividad/Resoluciones/2013/RR_055_2013%20Procedimientos%20del%20Proceso%20de%20Vigilancia%20y%20Control%20a%20la%20Gesti%F3n%20Fiscal/4012%20-%20Procedimiento%20Informe%20y%20Cierre%20de%20auditoria~ 13 ~ 
 
Componente Factores 
Control de Resultados (30%) Planes, Programas y Proyectos 
Control Financiero (20%) 
Estados Contables 70% 
Gestión Financiera 30% 
 
Según el Memorando 4009 anteriormente citado, se pueden mencionar los siguientes componentes 
de la gestión a realizar por el equipo auditor: 
 
 Memorando de asignación de auditoría: documento suscrito por el Director Sectorial, 
resultado de la fase de planeación de auditoría, donde se define el sujeto de control, el tema, 
el objetivo de la auditoría, los componentes de integralidad a evaluar, la duración de la 
auditoría en cada fase y los integrantes del equipo auditor. 
 
 Papeles De Trabajo: registros efectuados por el auditor, de aquella información obtenida 
en el desarrollo de la auditoría. En estos documentos deben consignarse las evidencias que 
fundamentan las observaciones, los hallazgos, opiniones y conceptos. Tienen como 
propósito ayudar al auditor a documentar todos los aspectos importantes de la auditoría, 
que proporcionan evidencia de que su trabajo se llevó a cabo de acuerdo con normas de 
auditoría generalmente aceptadas y en cumplimiento del plan de trabajo y de los programas 
de auditoría. Respaldan el informe de auditoría, sirven como fuente de información y 
facilitan la administración de la auditoría. 
 
 Procedimiento De Auditoría: Conjunto de pasos específicos, comprobaciones 
instrucciones y detalles incluidos en el programa de auditoría, que se deben llevar acabo 
en forma sistemática y razonable para examinar la gestión, detectar hallazgos y recopilar 
evidencia, proporcionando respuesta a las siguientes preguntas: 
o ¿Cuándo? Periodo de tiempo en el que se realiza la evaluación. 
o ¿Dónde? Lugar donde se aplica el procedimiento o la evaluación. 
o ¿Cómo? Técnica de auditoría utilizada para llevar a cabo el procedimiento o la 
evaluación, tales como: entrevista, repaso, examen, cálculo, análisis, comparación, 
visita fiscal, entre otros. 
o ¿Quién? Auditor responsable de realizar el procedimiento o la evaluación. 
o ¿A quién? Funcionario de la administración sobre quien recae la aplicación del 
procedimiento o la actividad. 
 
 Programa De Auditoría: Guía del trabajo que va a realizar cada equipo auditor; allí se 
establecen los objetivos fuentes y criterios de auditoría y procedimientos que se pueden 
desarrollar durante la fase de planeación y/o ejecución. 
 
En las siguientes definiciones se incluyen conceptos claves para entender el procedimiento 
ejecutado por la Contraloría de Bogotá y el equipo auditor. 
 
 Equipo De Auditoría: equipo interdisciplinario conformado de acuerdo con la 
disponibilidad de profesionales - auditores, el nivel de riesgo fiscal del sujeto de control y 
el alcance de la auditoría. 
 Plan De Mejoramiento: La Entidad debe ajustar el plan de mejoramiento que se encuentra 
ejecutando, con acciones y metas que permitan solucionar las deficiencias comunicadas 
~ 14 ~ 
 
durante el proceso auditor y que se describen en el informe. El Plan de Mejoramiento 
ajustado debe ser entregado dentro de los términos establecidos por la Contraloría de 
Bogotá D.C. Debe contener las acciones y metas que se implementarán por parte de la 
entidad, las cuales deberán responder a cada una de las debilidades detectadas y 
comunicadas por el equipo auditor, el cronograma para su implementación y los 
responsables de su desarrollo. 
 
6.1.1.2- Control fiscal 
 
Los conceptos de control fiscal han mejorado paralelamente con el crecimiento y las nuevas 
dimensiones de la ciudad capital. Inicialmente se utilizó un sistema de control que además de ser 
posterior era preventivo y perceptivo. En la actualidad, con base en el Código Fiscal de 1985 y 
particularmente la Constitución Política de 1991, el control es posterior y selectivo, con la 
prioridad de buscar una gestión pública basada en la eficiencia, eficacia, economía, equidad y 
valoración ambiental.3 Algunos de estos conceptos se presentan a continuación: 
 
 Gestión Fiscal: Conjunto de actividades económicas, jurídicas, tecnológicas y 
administrativas que realizan los servidores públicos y las personas de derecho privado que 
manejan o administran recursos públicos tendientes a la adecuada adquisición, planeación, 
conservación, administración, custodia, explotación, enajenación, consumo, adjudicación, 
gasto, inversión y disposición de los bienes públicos así como la recaudación, manejo e 
inversión de sus rentas, en orden a cumplir los fines del estado. 
 
 Hallazgos: Como resultado de la aplicación de los sistemas de control durante el ejercicio 
del proceso auditor se pueden identificar hechos o situaciones (condiciones) que denotan 
importancia en la evaluación y vigilancia fiscal, se constituyen en las desviaciones entre el 
“ser” y el “deber ser” originadas en el actuar de la administración, por ello todos son de 
carácter Administrativo y pueden tener incidencia Fiscal, Penal o Disciplinaria. Los 
hallazgos Fiscales, Penales o Disciplinarios, corresponden a los hechos identificados en el 
ejercicio del proceso auditor que constituyen daño patrimonial, delitos o faltas 
disciplinarias, respectivamente. 
 
 Muestra: Selección, mediante procedimientos específicamente determinados, de 
elementos, procesos, cuentas, contratos o sujetos de control con la intención de inferir sobre 
el comportamiento de la población total. Implica la consideración de aspectos relevantes 
del sujeto de control, plan de mejoramiento, advertencias y pronunciamientos 
comunicados, que se consideren de impacto para la sociedad por la cuantía del 
compromiso, la naturaleza del contrato o proceso evaluado, la situación crítica del área, el 
monto de las inversiones y su manejo financiero, el origen de los recursos (recursos 
propios, crédito externo, transferencias etc.), el nivel de cobertura, el impacto social y 
económico generado la temporalidad. 4 
 
 
 
3 Tomado del Documento “Manual de la calidad de la Contraloría de Bogotá D.C.”, Versión 9.0, del 01 de Diciembre de 2010. 
4 Disponible en: http://www.contraloriabogota.gov.co/wps/portal/glosario. 
~ 15 ~ 
 
6.1.1.3- Organigrama de la Contraloría 
 
 
Figura 1.Organigrama Contraloría5 
 Dirección Sector Hacienda 
 
 
5 Disponible en: http://www.contraloriabogota.gov.co/wps/portal/Organigrama. 
 
~ 16 ~ 
 
6.1.2- Unidad Administrativa Especial De Catastro Distrital –UAECD 
 
La Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital es la entidad oficial encargada de las 
actividades relacionadas con la formación, conservación y actualización del inventario de los 
bienes inmuebles situados dentro del Distrito a partir del estudio de sus elementos físico, 
económico y jurídico. 
 
Los procesos de Actualización y Conservación Catastral, el primero realizado de manera masiva 
y el segundo por solicitud de los ciudadanos, censan la información de cada predio y la inscriben 
en sus bases de datos de forma textual y gráfica (cartografía). 
 
Así, Catastro dispone de una base única y oficial de información georreferenciada que de forma 
dinámica registra los cambios experimentados en la propiedad inmueble, desde la cual también 
asigna y fija oficialmente los indicadores prediales (chip, código de sector, cédula catastral) e 
igualmente la nomenclatura vial y domiciliaria. 
 
Esta información es un aporte fundamental para las diferentes instituciones públicas y privadas 
para la toma de decisiones relacionadas con la planeación y la administración de la ciudad.6 
 
6.1.2.1- Actualización catastral en Colombia 
 
La Resolución 0070 del 4 de febrero de 2011 expedida por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi 
- IGAC, reglamenta técnicamente la formación catastral, la actualización de la formación catastral 
y la conservación catastral, teniendo en cuenta las nuevas tecnologías que han surgidoy logrado 
que la administración pública sea más eficiente y eficaz en el manejo de la información. Se 
evidenció la necesidad de establecer y adoptar un marco normativo que permita el uso de la 
tecnología como un medio de intercambio de información y su aprovechamiento por parte de los 
usuarios y las autoridades catastrales. 
 
Dentro de los objetivos de esta nueva Resolución, se encuentra la conformación y mantenimiento 
de un sistema único nacional de información que integre las bases de datos de las diferentes 
autoridades catastrales, así como la elaboración y actualización de un Sistema de Información 
Catastral. 
 
Para la elaboración de un proceso catastral, se debe contar con documentos preliminares como 
bases de datos catastrales vigentes, cartografía básica georreferenciada a la escala adecuada en 
medio digital, límite de la entidad territorial, planos, aerofotografías, orto fotografías, imágenes de 
satélite u otro producto que cumpla con la misma función a la escala adecuada y en medio digital. 
Así mismo, como resultados de las actividades, las autoridades catastrales deben obtener y entregar 
productos como plano de conjunto georreferenciado, bases de datos catastrales y Sistema de 
Información Catastral Municipal, entre otros. Entonces, cumplidos los trabajos de formación o 
actualización catastral, el ente encargado efectuara el procesamiento de la información y 
conformara la Base de Datos. 
 
 
6 Tomado de: Informe de Gestión y Resultados: disponible en: 
http://www.catastrobogota.gov.co/sites/default/files/files/Informe%20de%20Gestion%202012%20-%20CBN%201090.pdf. 
~ 17 ~ 
 
Todo lo anterior dentro de lo dispuesto en la Resolución 0070 de 2011 del Instituto Geográfico 
Agustín Codazzi - IGAC, que sustituyó a la Resolución 2555 de 1988 de la misma entidad, por 
razones de tecnología, optimización y calidad en los procesos catastrales, en lo cual se basa la 
nueva metodología Reconocimiento Predial Integral.7 
 
6.1.2.2- Actualización de la formación catastral 
 
La actualización de la formación catastral consiste en el conjunto de operaciones destinadas a 
renovar los datos de la formación catastral, revisando los elementos físico y jurídico del catastro y 
eliminando en el elemento económico las disparidades originadas por cambios físicos, variaciones 
de uso o de productividad, obras públicas, o condiciones locales del mercado inmobiliario. 
 
En consecuencia es prioritario para los municipios mantener debidamente actualizado y clasificado 
el inventario de los bienes inmuebles públicos y privados que permita su correcta identificación 
física, jurídica, fiscal y económica. 
 
6.1.2.3- Fases actualización de la formación catastral 
 
 Reconocimiento Predial: Consiste en hacer un recorrido por cada manzana o predio objeto 
del estudio, recopilando la información que haya cambiado respecto a los registros que a 
la fecha disponga el Catastro. En este proceso se verifican los linderos de los inmuebles, 
se verifican las áreas tanto de terreno como de construcción, se toman las nuevas 
construcciones o se corrige el área si hay demoliciones, se verifican las calificaciones 
(materiales en que están hechas las construcciones), se verifican y reasignan (de ser 
necesario) los usos de los inmuebles y se mantiene o establece un nuevo destino económico 
a los mismos. 
 
 Establecimiento de las Zonas Homogéneas Físicas: Consiste en determinar áreas o 
conjunto de predios con características similares en cuanto a la norma de uso, topografía, 
vías, servicios públicos y actividad económica (residencial, comercial, industrial, 
dotacional, recreacional, espacio público, etc.). 
 
 Establecimiento de las Zonas Homogéneas Geoeconómicas: Partiendo de las zonas 
homogéneas físicas (ZHF), este procedimiento consiste en determinar áreas o conjunto de 
predios con valores de terreno similares (dentro de dichas ZHF). Para esta actividad se 
realiza la respectiva investigación económica dentro del área de estudio o en sitios con 
características similares a dicha área. Esta investigación se soporta en el estudio y análisis 
del mercado inmobiliario del sector de estudio y de sectores comparables. 
 
 Establecimiento de los Valores de las Construcciones: Se calculan a partir de modelos 
econométricos, los cuales obedecen a fórmulas matemáticas elaboradas con base en la 
estadística, involucrando ciertas variables, que en conjunto arrojan el valor más probable 
(más cercano a la realidad económica) por metro cuadrado de construcción. 
 
 
7 Resolución 0070 de 2011, por la cual se reglamenta técnicamente la formación catastral, la actualización de la formación 
catastral y la conservación catastral. Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC). 
~ 18 ~ 
 
 Establecimiento del Avalúo Catastral: El área de terreno de los predios por su valor m2 más 
el área de construcción por su valor m2, constituyen el avalúo catastral de los inmuebles. 
Una vez cumplidos las anteriores actividades se establece el nuevo avalúo resultante del 
proceso, el cual no tienen una limitante de incremento o decremento, simplemente se asigna 
de acuerdo a la realidad física y económica de los inmuebles. 
 
 Actualización Gráfica: La información producto del estudio es llevada a un archivo gráfico 
que representa entre otros datos las áreas construidas, de terreno, nomenclatura vial y 
domiciliaria; el predio es georreferenciado de acuerdo a las coordenadas oficiales. 
 
 Suministro de la Información a las Diferentes Entidades y a los Ciudadanos: Una vez 
puesta en vigencia la información resultante de los procesos de actualización catastral, la 
Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital pone a disposición de las Entidades 
que la requieran y de sus ciudadanos.8 
 
6.1.2.4- Consejo distrital de política económica y fiscal – CONFIS 
 
El CONFIS, es un cuerpo colegiado creado mediante el Decreto Ley 1421 de 1993 de la 
presidencia de la república, como instancia rectora de la Política Económica y Fiscal y 
Coordinadora del Sistema Presupuestal de la Administración Distrital de Bogotá, cuya atribución 
principal es adoptar los planes, programas y proyectos de inversión de los organismos del sector 
central y de las entidades descentralizadas y aprobar los anteproyectos de presupuesto de la 
administración central, de los establecimientos públicos y entes autónomos universitarios antes de 
su sometimiento al concejo. 
 
De acuerdo con lo establecido en su reglamento interno, notifica de las decisiones mediante 
resoluciones cuando estas sean de carácter aprobatorio y aplicable a las entidades distritales; 
mediante oficio cuando las decisiones sean de carácter aprobatorio diferente a las anteriores o de 
carácter no aprobatorio como conceptos y autorizaciones, entre otros, y mediante circulares cuando 
la decisión deba ser conocida por el conjunto de entidades de la administración distrital incluyendo 
el nivel local.9 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
8 Decreto 3496 del 26 de diciembre de 1983. Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 14 de 1983 y se dictan otras 
disposiciones, Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC). 
9 Tomado de: http://www.sdp.gov.co/portal/page/portal/portalSDP/SeguimientoPoliticas/PoliticaEconomicaYFiscal/Decisiones 
~ 19 ~ 
 
6.1.2.5- Organigrama UAECD 
 
 
 
Figura 2. Organigrama UAECD10 
 
10 Disponible en: http://www.catastrobogota.gov.co/index.php?q=es/content/organigrama. 
~ 20 ~ 
 
6.1.3- Secretaría Distrital de Hacienda SHD 
 
La secretaría distrital de hacienda tendrá como por objeto orientar y liderar la formulación, 
ejecución y seguimiento de las políticas hacendarais (sic) y de la planeación y programación fiscal 
para la operación sostenible del distritocapital y el financiamiento de los planes y programas de 
desarrollo económico, social y de obras públicas. 
Mediante el decreto distrital 351 de 2010, se cambió la denominación de la dirección distrital de 
impuestos, por la de dirección distrital de impuestos de Bogotá - DIB. La cual se dedica a asesorar 
a las directivas de la Secretaría Distrital de Hacienda en la formulación, coordinación, ejecución y 
control de las políticas y planes en materia tributaria. 
También en la formulación y ejecución política en materia tributaria, para disminuir la evasión y 
la morosidad en el pago de las obligaciones tributarias y aumentar la cobertura del control 
tributario, de acuerdo con el Plan de Desarrollo Económico y Social y de Obras Públicas del 
Distrito Capital, de acuerdo a los lineamientos del Secretario de Hacienda y la normativa legal 
vigente. 
A la vez dirigir y controlar los procesos de recaudo, determinación, liquidación, discusión, cobro 
y devolución de los impuestos distritales con base en principios de eficiencia y eficacia y en 
concordancia con el Plan de Desarrollo Económico y Social y de Obras Públicas del Distrito 
Capital y los planes y programas vigentes. 
A parte dirigir y ejercer la representación del Distrito Capital en los procesos de concordato, 
intervención, liquidación judicial o administrativa, quiebra, concurso de acreedores, liquidación 
obligatoria de sociedades, sucesiones, acuerdos de reestructuración y demás procesos especiales, 
conforme con la normativa existente para cada caso, de tal manera que se garantice el cobro y 
obtenga el pago de las obligaciones tributarias distritales insolutas. 
Vigilar la adecuada interventoría de los contratos celebrados con cargo a la Dirección y cumplir 
los procedimientos de contratación e interventoría adoptados en el sistema de Gestión de Calidad.11 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
11 Tomado de: http://www.shd.gov.co/shd/informacion-institucional 
http://www.shd.gov.co/shd/informacion-institucional
~ 21 ~ 
 
 
 
Figura 3: Organigrama de la SHD12 
 
 
12 Tomado de: http://www.shd.gov.co/shd/informacion-institucional/organigrama 
http://www.shd.gov.co/shd/informacion-institucional
~ 22 ~ 
 
6.1.4- Uso de la construcción 
 
Es la destinación que se le da a los elementos materiales de la estructura urbana en las distintas 
actividades ciudadanas. Corresponde a la actividad económica que se le está dando a la 
construcción en un predio al momento de su reconocimiento. 
 
Los usos de la construcción están definidos mediante un código, los cuales han sido asignados 
independientemente para predios No Propiedad Horizontal (NN ó NPH) y para predios en 
Propiedad Horizontal (PH). Lista de usos de la construcción para predios tipo No Propiedad 
Horizontal (NN ó NPH) y para predios en Propiedad Horizontal (PH). 
 
Tabla 2: Usos de construcción13 
COD.USO DESCRIPCION 
01 Habitacional 
02 Habitacional 
03 Comercio Puntual 
04 Comercio En Corredor Comercial 
05 Oficinas Operativas (antes Estaciones de Servicio) 
94 Centro Comercial Pequeño 
06 Centro Comercial Mediano 
07 Centro Comercial Grande 
08 Grandes Almacenes (antes bodega comercial) 
09 Actividades Artesanal (antes industria artesanal) 
10 Industria Mediana 
11 Industria Grande 
12 Industria Puntual 
13 Colegios y Universidades de 1 a 3 Pisos 
14 Iglesias 
15 Oficinas y Consultorios (dotacional-oficina) 
16 Colegios y Universidades de 4 o Más Pisos 
17 Clínicas, Hospitales, Centros Médicos Grandes 
18 Instalaciones Militares 
20 Oficinas y Consultorios 
21 Hoteles 
22 Depósito De Almacenamiento 
23 Teatros y Cinemas 
24 Edificio de Parqueo 
25 Bodega de Almacenamiento 
26 Moteles, Amoblados, Residencias 
29 Parques de Diversión 
30 Clubes de Mayor Extensión 
31 Piscinas 
32 Coliseos 
33 Bodega Económica 
55 Cementerios 
56 Restaurantes 
64 Aulas de Clase 
65 Clubes Pequeños 
 
13 Unidad Administrativa Especial De Catastro Distrital (UAECD), Documento tecnico (manual) usos de 
la construccion y destinos economicos de los predios. Bogota D,C, enero de 2005. 
 
~ 23 ~ 
 
COD.USO DESCRIPCION 
66 Plazas de Mercado 
67 Museos 
70 Enramadas, Cobertizos, Caneyes 
71 Galpones, Gallineros 
72 Establos, Pesebreras, Caballerizas 
73 Cocheras, Marraneras, Porquerizas 
74 Beneficiaderos 
75 Secaderos 
76 Kioscos 
77 Silos 
80 Oficina en Bodega y/o Industrias 
96 Parqueadero Cubierto 
 
6.1.3.1 Comercio en corredor comercial 
 
Comercio predio a predio tales como: textiles al detal, artículos para el hogar, almacenes de 
muebles, artículos de cuero, artículos fonográficos, instrumental, repuestos eléctricos y 
electrónicos, artículos de ferretería, venta de vehículos, combustibles artículos funerarios y salas 
de vejación, insumos industriales, cafeterías, panaderías, tabernas, cafés conciertos, bolos, juegos 
de mesa permitidos. 
 
Las unidades de construcción destinadas a la atención de público de bancos, corporaciones de 
ahorro, cajas de ahorro y en general de los reconocidos como locales bancarios, también se 
consideraran dentro de este código, se EXCLUYEN para este tipo de predios las áreas 
administrativas las cuales se les asignara el código de uso de OFICINA, siempre y cuando estén 
claramente delimitadas.14 
 
6.1.4 Sistema integrado de información catastral (SIIC) 
 
La UAECD cuenta con Sistema integrado de información catastral (SIIC) que captura, procesa, 
administra y distribuye la información catastral el cuál soporta los procesos misionales.15 Y por el 
cual se puede obtener información de cada predio como lo es la dirección, chip, numero del sector, 
matricula inmobiliaria, nuevas incorporaciones, rectificaciones de áreas, mutaciones, 
calificaciones, boletines catastrales entre otros datos. 
 
Este aplicativo es una base de datos dinámica la cual constantemente está siendo actualizada por 
la información ingresada por las radicaciones o solicitudes por parte de los ciudadanos. 
 
14 Unidad Administrativa Especial De Catastro Distrital (UAECD), Documento tecnico (manual) usos de 
la construccion y destinos economicos de los predios. Bogota D,C, enero de 2005. 
15 Unidad Administrativa Especial De Catastro Distrital (UAECD), Informe Pormenorizado Del Estado Del Control Interno 
http://www.catastrobogota.gov.co/sites/default/files/files/Informe%202013_Estado%20Control%20Interno_JULIO%2010%2020
13.pdf , 2013. 
~ 24 ~ 
 
 
 
Figura 4: Sistema Integrado De Información Catastral (UAECD)16 
 
 
16 Fuente: Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, Sistema Integrado De Información Catastral(SIIC) 
~ 25 ~ 
 
6.1.5 Avalúo. 
 
6.1.5.1 Avalúo catastral. 
Como condición necesaria para el enfoque del proyecto se incluye la definición del avalúo 
catastral, la cual “consiste en la determinación del valor de los predios, obtenido mediante investigaciones y 
análisis estadístico del mercado inmobiliario. “El avalúo catastral de cada predio se determinará por la adición de 
los avalúos parciales practicados independientemente para los terrenos y para las edificaciones en él 
comprendidos”.17 
6.1.5.2 Avalúo comercial. 
Se entiende por valor comercial de un inmueble el precio más favorable por el cual éste se transaría 
en un mercado donde el comprador y el vendedor actuarían libremente, con el conocimiento de las 
condiciones físicas y jurídicas que afectan el bien.; su determinación con base en el artículo 3°, de 
mencionado decreto de la siguiente manera: “La determinación del valor comercial de los inmuebles la 
harán, a través de un avalúo, el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) , la entidad que haga sus veces o las 
personas naturales ojurídicas de carácter privado registradas y autorizadas por las lonjas de propiedad raíz del 
lugar donde se ubiquen los bienes objeto de la valoración”.18 
6.1.5.3 Avalúos masivos 
Los avalúos masivos son utilizados dentro de las metodologías necesaria para determinar el avalúo 
de cada uno de los predios pertenecientes al perímetro de la ciudad, los cuales están definidos 
como “el proceso que permite extrapolar información para un gran número de predios, teniendo como base valores 
obtenidos mediante avalúos físicos en terreno, de un número representativo de inmuebles, del total de predios que se 
pretende avaluar”. 
Es necesario determinar el valor unitario de terreno de cada uno de los predios muestra a tratar, 
por ende, se definen a continuación e los pasos necesarios a generar. El valor unitario del terreno, 
se determina con base en las zonas homogéneas geoeconómicas, definida como el espacio 
geográfico de una región con características similares en cuanto a su precio. 
Para la determinación del valor catastral de un municipio a partir del valor comercial por métodos 
masivos se deben cumplir las etapas de: 
1. Identificación predial, 
2. Determinación de zonas homogéneas geoeconómicas, 
3. Determinación de valores unitarios para los tipos de edificaciones, 
4. Liquidación de avalúos. 
 
17 Decreto 3496 del 26 de diciembre de 1983. Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 14 de 1983 y se dictan otras 
disposiciones, Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC). 
18 Decreto 1420 del 24 de Julio de 1998, artículo 3, Por el cual se reglamentan parcialmente el artículo 37 de la Ley 9ª de 1989, 
el artículo 27 del Decreto-ley 2150 de 1995, los artículos 56, 61, 62, 67, 75, 76, 77, 80, 82, 84 y 87 de la Ley 388 de 1997 y, el 
artículo 11 del Decreto-ley 151 de 1998, que hacen referencia al tema de avalúos. Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC). 
~ 26 ~ 
 
Este proceso consiste en establecer a partir de puntos de investigación económica dentro de las 
zonas homogéneas físicas, el valor en el mercado inmobiliario para los terrenos ubicados en ellas.19 
6.1.5.4 Zonas homogéneas físicas 
Las zonas homogéneas físicas rurales consideradas como el espacio geográfico de una región con 
características similares en cuanto a áreas homogéneas de tierra (condiciones agrológicas, 
topográficas, climatológicas de los suelos y en su capacidad y limitaciones de uso y manejo), 
suelos, disponibilidad de aguas, vías, uso, destino económico y los usos establecidos en los Planes 
o Esquemas de Ordenamiento Territorial debidamente aprobados. 
Como una de las metodologías producto de análisis, se encuentra la determinación del avalúo 
comercial del total de la muestra seleccionada de predios, a continuación se define valor comercial 
y lineamientos normativos correspondientes a la aplicación de métodos valuatorios a desarrollar 
en el proyecto. 
Artículo 2°: Se entiende por valor comercial de un inmueble el precio más favorable por el cual 
éste se transaría en un mercado donde el comprador y el vendedor actuarían libremente, con el 
conocimiento de las condiciones físicas y jurídicas que afectan el bien. 
Artículo 3°: La determinación del valor comercial de los inmuebles la harán, a través de un avalúo, 
el Instituto Geográfico Agustín Codazzi, la entidad que haga sus veces o las personas naturales o 
jurídicas de carácter privado registradas y autorizadas por las lonjas de propiedad raíz del lugar 
donde se ubiquen los bienes objeto de la valoración. 
Artículo 4°: La valoración comercial de los inmuebles podrá ser solicitada por las entidades que 
facultan las Leyes 9 de 1989 y 388 de 1997 y por las demás que las modifiquen y los decretos que 
las desarrollen para realizar los eventos descritos en el artículo 1 de este Decreto.20 
6.1.5.5 Método de comparación de mercados 
Debido al número de ofertas inmobiliarias encontradas y otros parámetros definidos a continuación 
fue utilizado el método de comparación de mercado, establecido por el IGAC en la Resolución 
620 de 2008 Artículo 1°, definido como “La técnica valuatoria que busca establecer el valor comercial del 
bien, a partir del estudio de las ofertas o transacciones recientes, de bienes semejantes y comparables al del objeto 
de avalúo. Tales ofertas o transacciones deberán ser clasificadas, analizadas e interpretadas para llegar a la 
estimación del valor comercial.”21 
 
19 Tomado de: Valoración con Fines Catastrales: Metodologías Utilizadas, 2010, pág. 1. 
20 Decreto 1420 del 24 de Julio de 1998, artículo 3, Por el cual se reglamentan parcialmente el artículo 37 de la Ley 9ª de 1989, el 
artículo 27 del Decreto-ley 2150 de 1995, los artículos 56, 61, 62, 67, 75, 76, 77, 80, 82, 84 y 87 de la Ley 388 de 1997 y, el 
artículo 11 del Decreto-ley 151 de 1998, que hacen referencia al tema de avalúos. Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC). 
21 Resolución 620 del 23 de Septiembre de 2008, Por la cual se establecen los procedimientos para los avalúos ordenados dentro 
del marco de la Ley 388 de 1997. Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC). 
~ 27 ~ 
 
Además de la definición anterior, a continuación son especificados a través de los artículos 10° y 
11° en mencionada resolución, cada uno de los pasos y lineamientos a seguir en la determinación 
del avalúo: 
Cuando para la realización del avalúo se acuda a información de ofertas y/o transacciones, es 
necesario que en la presentación del avalúo se haga mención explícita del medio del cual se obtuvo 
la información y la fecha de publicación, además de otros factores que permitan su identificación 
posterior. 
Para los inmuebles no sujetos al régimen de propiedad horizontal, el valor del terreno y la 
construcción deben ser analizados en forma independiente para cada uno de los datos obtenidos 
con sus correspondientes áreas y valores unitarios. Para los inmuebles sujetos al régimen de 
propiedad horizontal se debe presentar el valor por metro cuadrado de área privada de construcción 
por lo tanto, se debe verificar que los datos de áreas de terreno y construcción sean coherentes y 
en los eventos en que sea posible, se deben tomar fotografías de los predios en oferta o de los que 
se ha obtenido datos de transacción para facilitar su posterior análisis.22 
6.2 MARCO NORMATIVO 
 
6.2.1 Ley 14 De 1983 
 
Según la ley 14 del año 1983 en su artículo 3ro “las autoridades catastrales tendrán a su cargo las labores 
de formación, actualización y conservación de los catastros, tendientes a la correcta identificación física, jurídica, 
fiscal y económica de los inmuebles”. Estas autoridades catastrales tendrán la obligación de formar los 
catastros o actualizarlos en el curso de períodos de cinco (5) años en todos los municipios del país, 
con el fin de revisar los elementos físico y jurídico del catastro y eliminar las posibles disparidades 
en el avalúo catastral originadas en mutaciones físicas, variaciones de uso o de productividad, 
obras públicas o condiciones locales del mercado inmobiliario.23 
 
Según la resolución 070 de 2011 define el catastro como el inventario o censo, debidamente 
actualizado y clasificado, de los bienes inmuebles pertenecientes al Estado y a los particulares, con 
el objeto de lograr su correcta identificación física, jurídica, fiscal y económica. 
 
 Aspecto Físico. Consiste en la identificación, descripción y clasificación del terreno y de 
las edificaciones del predio, sobre documentos gráficos, tales como cartas, planos, mapas, 
fotografías aéreas, orto fotografías, espacio mapas, imágenes de radar o satélite u otro 
producto que cumpla con la misma función. 
 
 Aspecto Jurídico. El aspecto jurídico consiste en indicar y anotar en los documentos 
catastrales la relación entre el sujeto activo del derecho, o sea el propietario o poseedor, y 
el objeto o bien inmueble, mediantela identificación ciudadana o tributaria del propietario 
o poseedor, y de la escritura y registro o matrícula inmobiliaria del predio respectivo. 
 
22 Resolución 620 del 23 de Septiembre de 2008, Por la cual se establecen los procedimientos para los avalúos ordenados dentro 
del marco de la Ley 388 de 1997. Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC). articulos 10 y 11. 
23 Ley 14 del 6 de julio de 1983, por el que se establecen las normas sobre catastro, impuesto predial e impuesto de renta y 
complementarios, articulo 3, El Congreso De Colombia. 
~ 28 ~ 
 
 
 Aspecto Económico. El aspecto económico consiste en la determinación del avalúo 
catastral del predio, obtenido por la adición de los avalúos parciales practicados 
independientemente para los terrenos y para las edificaciones en él comprendidos. 
 
 Aspecto fiscal. El aspecto fiscal consiste en la preparación y entrega a los Tesoreros 
Municipales o quien haga sus veces y a las Administraciones de Impuestos Nacionales 
respectivas, de los listados de los avalúos sobre los cuales ha de aplicarse la tasa 
correspondiente al impuesto predial unificado y demás gravámenes que tengan como base 
el avalúo catastral, de conformidad con las disposiciones legales vigentes. 
 
El avalúo catastral consiste en la determinación del valor de los predios, obtenido mediante 
investigación y análisis estadístico del mercado inmobiliario. El avalúo catastral de cada predio se 
determinará por la adición de los avalúos parciales practicados independientemente para los 
terrenos y para las edificaciones en él comprendidos. 
 
 Zonas Homogéneas Físicas. Son espacios geográficos con características similares en 
cuanto a vías, topografía, servicios públicos, uso actual del suelo, norma de uso del suelo, 
tipificación de las construcciones y/o edificaciones, áreas homogéneas de tierra, 
disponibilidad de aguas superficiales permanentes u otras variables que permitan 
diferenciar estas áreas de las adyacentes. 
 
 Zonas Homogéneas Geoeconómicas. Son los espacios geográficos determinados a partir 
de Zonas Homogéneas Físicas con valores unitarios similares en cuanto a su precio, según 
las condiciones del mercado inmobiliario. 24 
 
6.2.2 Acuerdo Nº 1 de 1981 
 
En 1981, la Administración del Distrito Especial, decide mediante este Acuerdo, crear el 
Departamento Administrativo de Catastro Distrital para hacer, actualizar y conservar un catastro 
técnico, jurídico, fiscal en todo el territorio de Bogotá. 
 
6.2.3 Acuerdo 28 de 1995 
 
Por medio del cual el Concejo de Santa Fe de Bogotá, D.C, se adopta el "Plan de Racionalización 
Tributaria de Santa Fe de Bogotá, D.C.” en donde se plasman los criterios fiscales de equidad horizontal 
o universalidad, de equidad vertical o progresividad y de eficiencia en el recaudo, mediante las 
medidas de ampliación de la base de contribuyentes y de ajuste de tarifas, de simplificación de 
procedimientos y de mejoramiento administrativo para el control de la evasión y elusión tributaria, 
todas las cuales fortalecen gradualmente las finanzas distritales. 
 
 
 
 
24 Resolución 070 de 2011, Por la cual se reglamenta técnicamente la formación catastral, la actualización de la formación 
catastral y la conservación catastral, Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), articulos 3,4,5,6,7,8,51,52,53. 
~ 29 ~ 
 
6.2.4 Resoluciones UAECD 
 
 6.2.4.1 Resolución No 1726 del 27de Diciembre 2012 - UAECD 
Por medio de la cual se clausuran las labores de la actualización catastral vigencia 2013, se 
ordena la renovación de la inscripción en el catastro de todos los sectores catastrales objeto 
de actualización y sus respectivos predios, se determina la entrada en vigencia de los 
avalúos resultantes y se establece el inicio del proceso de Conservación. 
 
 6.2.4.2 Resolución No 1725 del 27 de Diciembre 2012 - UAECD 
Por medio de la cual se aprueban los estudios de las zonas homogéneas físicas y 
geoeconómicas, el valor de las edificaciones, los avalúos de los predios con características 
especiales y se ordena la liquidación de los avalúos de los predios objeto del proceso de 
actualización para la vigencia 2013. 
 
 6.2.4.3 Resolución 0072 del 31 Enero de 2013 - UAECD 
Por medio de la cual se modifica la Resolución No 1725 de 27 de Diciembre de 2012 en el 
sentido de fijar Zona Homogénea Física y Geoeconómica y valor al metro cuadrado m2 de 
terreno para un predio que fue objeto de Actualización Catastral Vigencia 2013. 
 
 6.2.4.4 Resolución 0073 del 31 Enero de 2013 - UAECD 
Por medio de la cual se modifica la Resolución No 1725 de 27 de Diciembre de 2012 en el 
sentido de fijar valor metro cuadrado (m2) de construcción de algunos predios que fueron 
objeto de Actualización Catastral vigencia 2013. 
 
 6.2.4.5 Resolución 0074 del 31 Enero de 2013 - UAECD 
Por medio de la cual se modifica la Resolución No 1725 de 27 de Diciembre de 2012 en el 
sentido de fijar valor metro cuadrado (m2) de construcción de algunos predios que fueron 
objeto de Actualización Catastral vigencia 2013. 
 
 6.2.4.6 Resolución 0089 01 febrero de 2013 - UAECD 
Por medio de la cual se modifica la Resolución No 1725 de 27 de Diciembre de 2012 en el 
sentido de fijar Zona Homogénea Física y Geoeconómica y valor al metro cuadrado m2 de 
terreno para un predio que fue objeto de Actualización Catastral Vigencia 2013. 
 
 6.2.4.7 Resolución 0087 del 1 de febrero de 2013 - UAECD 
Por medio de la cual se modifica la Resolución No 1725 de 27 de Diciembre de 2012 en el 
sentido de fijar Zona Homogénea Física y Geoeconómica y valor al metro cuadrado m2 de 
terreno para un predio que fue objeto de Actualización Catastral Vigencia 2013. 
 
 6.2.4.8 Resolución 0088 del 1 de febrero de 2013 - UAECD 
Por medio de la cual se modifica la Resolución No 1725 de 27 de Diciembre de 2012 en el 
sentido de fijar valor metro cuadrado (m2) de construcción de algunos predios que fueron 
objeto de Actualización Catastral vigencia 2013. 
 
~ 30 ~ 
 
 6.2.4.9 Resolución 0090 del 1 febrero de 2013 - UAECD 
Por medio de la cual se modifica la Resolución No 1725 de 27 de Diciembre de 2012 en el 
sentido de fijar valor metro cuadrado (m2) de construcción de algunos predios que fueron 
objeto de Actualización Catastral vigencia 2013. 
 
 6.2.4.10 Resolución 0091 del 1 febrero de 2013 - UAECD 
Por medio de la cual se modifica la Resolución No 1725 de 27 de Diciembre de 2012 en el 
sentido de fijar Zona Homogénea Física y Geoeconómica y valor al metro cuadrado m2 de 
terreno para un predio que fue objeto de Actualización Catastral Vigencia 2013.25 
6.2.5 Decreto 1421 de 1993 – Estatuto Orgánico De Bogotá 
El presente estatuto político, administrativo y fiscal tiene por objeto dotar al Distrito Capital de los 
instrumentos que le permitan cumplir las funciones y prestar los servicios a su cargo; promover el 
desarrollo integral de su territorio; y contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de sus 
habitantes. Las disposiciones del presente estatuto prevalecen sobre las normas legales de carácter 
general vigentes para las demás entidades territoriales. 
Artículo 160 “Exenciones y conciliación de deudas con la Nación. Las exenciones y tratamientos 
preferenciales contemplados en las leyes a favor de la Nación y de sus establecimientos públicos, 
respecto de los tributos distritales, quedan vigentes hasta el 31 de diciembre de 1994. 
Continuarán vigentes, incluso a partir de dicha fecha, las exenciones y tratamientos preferenciales 
aplicables a las siguientes entidades nacionales: universidades públicas, colegios, museos, 
hospitales pertenecientes a los organismos y entidades nacionales y el Instituto de Cancerología. 
Igualmente continuarán vigentes las exenciones y tratamientos preferenciales aplicables a los 
aeropuertos, las instalaciones militares y de policía,los inmuebles utilizados por la Rama Judicial 
y los predios del Inurbe destinados a la construcción de vivienda de interés social. 
La administración distrital podrá conciliar con la Nación el pago de las deudas pendientes a favor 
suyo y a cargo de ésta, mediante la compensación con otras obligaciones”. Subrayado fuera de 
texto.26. 
6.2.6 Ley 633 de 2000 
 
Por la cual se expide normas en materia tributaria, se dictan disposiciones sobre el tratamiento a los fondos 
obligatorios para la vivienda de interés social y se introducen normas para fortalecer las finanzas de la Rama 
Judicial. 
Artículo 134: Vigencia y derogatorias. La presente ley rige a partir de su promulgación y deroga 
las normas que le sean contrarias, en especial las siguientes: los artículos 115-1; 126-3; 175; 210; 
214; 240-1; la frase "lo anterior no se aplica a los servicios de radio y televisión" del literal g) del 
numeral 3 del parágrafo 3 del artículo 420; parágrafo 1º del artículo 471; parágrafo del artículo 
 
25 Tomada de: Normatividad de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, Unidad Administrativa Especial de 
Catastro Distrital (UAECD). 
26 Decreto 1421 del 21 de julio, Por el cual se dicta el régimen especial para el Distrito Capital de Santafé de Bogotá, presidencia 
de la republica de Colombia. 
~ 31 ~ 
 
473; 710 incisos 4º y 5º; los incisos 2 y 3 del parágrafo del artículo 815; 815-2; 822-1; los incisos 
2º y 3º del parágrafo del artículo 850 del Estatuto Tributario; el artículo 8º de la Ley 122 de 1994; 
el artículo 27 de la Ley 191 de 1995; los artículos 41 y 149 de la Ley 488 de 1998; la frase "de 
servicios" a que hace referencia el inciso primero del artículo 2º y los artículos 18 a 27 de la Ley 
608 de 2000; artículo 70 de la Ley 617 de 2000. 
“Exclúyase a los aeropuertos privatizados y/o que operan en concesión del inciso segundo del artículo 160 del 
Decreto 1421 de 1993”. Subrayado fuera de texto27. 
6.2.7 Ley 1430 de 2010 
 
El 29 de diciembre de 2010 fue promulgada la Ley No. 1430, por medio de la cual se dictaron 
Normas Tributarias de Control y para la Competitividad, que están contenidas en 67 artículos 
modificatorios o complementarios del Estatuto Tributario vigente. Las disposiciones contenidas 
en esta ley empezaron a regir en la próxima vigencia fiscal, es decir, a partir del primero (1°) de 
enero del 2011. Sin perjuicio de lo anterior, es importante tener presente que algunas de las nuevas 
disposiciones requieren de reglamentación por parte del Gobierno Nacional a efectos de ser 
implementadas, empezar a regir y ser de obligatorio cumplimiento por parte de los contribuyentes. 
Se señalan las principales modificaciones en materia de Impuestos, las cuales estarán divididas en 
los siguientes temas: 
 
1. Impuesto sobre la renta y retención en la fuente 
2. Impuesto al Patrimonio 
3. Impuesto sobre las ventas 
4. Gravamen a los Movimientos Financieros 
5. Procedimiento Tributario 
6. Impuestos Territoriales 
7. Otras disposiciones. 
 
Artículo 54 “Sujetos pasivos de los impuestos territoriales. Son sujetos pasivos de los impuestos departamentales 
y municipales, las personas naturales, jurídicas, sociedades de hecho, y aquellas en quienes se realicen el hecho 
gravado, a través de consorcios, uniones temporales, patrimonios autónomos en quienes se figure el hecho generador 
del impuesto. En materia de impuesto predial y valorización, igualmente son sujetos pasivos del impuesto los 
tenedores de inmuebles públicos a título de concesión…” Subrayado fuera de texto.28 
 
6.2.8 Ley 1607 de 2012 
 
La ley 1607 consta de 198 artículos que desarrollan diferentes aspectos como el impuesto de renta 
para personas naturales que sufre un cambio sustancial, el impuesto de renta para personas 
jurídicas, se crea el impuesto llamado CREE que reemplaza los aportes parafiscales aunque no del 
todo por cuanto los aportes parafiscales seguirán vigentes para algunos casos. Se modifican 
aspectos del IVA en cuanto a tarifas, bienes exentos y excluidos, el periodo gravable que incluso 
llega a ser anual para los responsables con menos movimientos. 
 
27 Ley 633 del 29 de diciembre de 2000, Por la cual se expide normas en materia tributaria, se dictan disposiciones sobre el 
tratamiento a los fondos obligatorios para la vivienda de interés social y se introducen normas para fortalecer las finanzas de la 
Rama Judicial. Congreso de Colombia. 
28 Ley 1430 del 29 de diciembre de 2010, Por medio de la cual se dictan normas tributarias de control y para la competitividad. 
Congreso de Colombia. 
~ 32 ~ 
 
 
Se modifica también el impuesto al consumo y a la gasolina y algunos aspectos relacionados con 
el procedimiento tributario llamando la atención la creación de la figura del abuso en materia 
tributaria y la fijación de una serie de principios a seguir en la aplicación de las sanciones 
tributarias por parte de la administración de impuestos. 
 
Artículo 54. Sujetos pasivos de los impuestos territoriales. Son sujetos pasivos de los impuestos 
departamentales y municipales, las personas naturales, jurídicas, sociedades de hecho y aquellas 
en quienes se realicen el hecho gravado a través de consorcios, uniones temporales, patrimonios 
autónomos en quienes se figure el hecho generador del impuesto. 
 
En materia de impuesto predial y valorización los bienes de uso público y obra de infraestructura 
continuarán excluidos de tales tributos, excepto las áreas ocupadas por establecimientos 
mercantiles. Son sujetos pasivos del impuesto predial, los tenedores a título de arrendamiento, uso, 
usufructo u otra forma de explotación comercial que se haga mediante establecimiento mercantil 
dentro de las áreas objeto del contrato de concesión correspondientes a puertos aéreos y marítimos. 
En este caso la base gravable se determinará así: 
 
a) Para los arrendatarios el valor de la tenencia equivale a un canon de arrendamiento mensual; 
 
b) Para los usuarios o usufructuarios el valor del derecho de uso del área objeto de tales derechos 
será objeto de valoración pericial; 
 
c) En los demás casos la base gravable será el avalúo que resulte de la proporción de áreas sujetas 
a explotación, teniendo en cuenta la información de la base catastral. Subrayado fuera de texto29. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
29 Ley 1607 del 26 de diciembre de 2012, Por la cual se expiden normas en materia tributaria y se dictan otras disposiciones. 
Congreso de Colombia. 
~ 33 ~ 
 
6.3 MARCO ESPACIAL 
 
6.3.1- Ubicación Aeropuerto El Dorado. 
 
Aeropuerto Internacional El Dorado, conocido como Aeropuerto El Dorado o 
simplemente Aeropuerto de Bogotá, es el principal y más importante aeropuerto de Colombia y se 
encuentra ubicado a 15 kilómetros al oeste del centro de la capital Bogotá, en medio de las 
localidades de Fontibón y Engativá. Es considerado el primer aeropuerto de Latinoamérica por 
movimiento de carga, y el cuarto en importancia por movimiento de pasajeros; también gestiona 
vuelos nacionales e internacionales; y ocupa un área aproximada de 690 hectáreas.30 
 
 
Mapa 1: Aeropuertos en Colombia31 
 
30 Tomado de: http://www.aeropuertos.net/aeropuerto-internacional-el-dorado/ 
31 Tomado de: Estudios Mercados De Aeropuertos, aeronáutica civil, pg 11, 2012 
http://www.aeropuertos.net/america-sur/colombia/
http://www.aeropuertos.net/aeropuerto-internacional-el-dorado/
~ 34 ~ 
 
 
Mapa 2: Ubicación del aeropuerto en Bogotá D.C.32 
 
Mapa 3: Plano Sector Catastral Aeropuerto33 
 
32 Tomado de: http://www.aeropuertodondeesta.com/aeropuerto-el-dorado.html 
33 Tomado de: SECTOR 005624 AEROPUERTO, plano sector catastral aeropuerto internacional el Dorado. 
http://www.aeropuertodondeesta.com/aeropuerto-el-dorado.html

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