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AVANCES EN LOS HALLAZGOS DE CONTROL FISCAL EN LA 
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA A TRAVÉS DE LA 
INTELIGENCIA ARTIFICIAL, UN PASO HACIA EL FUTURO 
ADVANCES IN THE FINDINGS OF TAX CONTROL IN THE COMPTROLLER 
GENERAL OF THE REPUBLIC THROUGH ARTIFICIAL INTELLIGENCE, A 
STEP TOWARDS THE FUTURE 
Paola Alejandra Baena Molano 
Universidad Libre de Colombia 
E-Mail: paolaa-baenam@unilibre.edu.co 
Liliana Andrea Ibarra Méndez 
Universidad Libre de Colombia 
E-Mail: lilianaa-ibarram@unilibre.edu.co 
RESUMEN 
En el presente documento, se tiene como eje central y objetivo explicar cómo la Inteligencia 
artificial, IA, ha contribuido en la Contraloría en el estudio de riesgos de contratos estatales 
durante el año 2019-2020. Para ello, se hará una descripción somera de la definición de 
inteligencia artificial, así como el recuento histórico de la misma, aplicada ésta a la 
administración de recursos financieros desde la Contraloría al Estado Colombiano. Seguido, 
el lector encontrará una contextualización sobre qué es la corrupción y cómo actualmente se 
pueden rastrear los hallazgos respectivos, a través de la aplicación de la herramienta IA 
dentro de la CGR, el manejo adecuado y la supervisión del uso de los recursos de la República 
de Colombia. 
Finalmente, se presentan conclusiones sobre los beneficios que ofrece el uso las TICS y la 
IA en conjunto con el Estado respecto del manejo adecuado del erario. 
Palabras clave: inteligencia artificial, corrupción, contraloría general de la república, 
contratación estatal 
ABSTRACT 
In this document, we have as a central axis and as an objective to explain how AI has 
contributed to the Comptroller's Office in the study of risk of state contracts during the year 
2019-2020? For this, we will briefly see a definition of artificial intelligence, as well as its 
historical count, applied to the administration of financial resources from the Colombian 
State Comptroller's Office. Next, the reader will find a contextualization on what corruption 
is and it will be evident how it currently contributes through the application of the IA tool 
within the CGR, in the proper management and supervision of the use of the resources of the 
Republic of Colombia. 
Finally, conclusions are presented on the benefits offered using ICTs and AI in conjunction 
with the State regarding the proper management of the treasury. 
Keywords: artificial intelligence, corruption, comptroller general of the republic, state 
contracting. 
INTRODUCCIÓN Y HOJA DE RUTA: 
El presente documento tiene como objetivo resolver la pregunta: ¿Cómo avanza el control 
fiscal implementado en el año 2019-2020 a través del uso de la Inteligencia Artificial, IA, 
como herramienta de hallazgos en la Contraloría General de la República de Colombia 
(CGR)? 
Teniendo esto en mente y para ayuda del lector, se empezará con algunas precisiones técnicas 
que, haciendo uso de la estadística y la programación, se desarrollará una revisión con 
enfoque metodológico de tipo cuantitativo enfocado a las funciones legales y 
constitucionales de la CGR. 
El presente estudio parte del informe de resultados de 2019-2020 publicado por la 
Contraloría, que explica la forma como el gobierno colombiano viene implementando 
voluntariamente mediante el sistema de Georreferenciación e Imágenes en conjunto, el 
seguimiento permanente y en tiempo real de la ejecución de los recursos públicos, y de esta 
manera confirmar directamente con los beneficiarios las transacciones originadas en ello, 
todo esto con el propósito de disminuir los índices de corrupción en el país. 
Adicionalmente, se tuvo en cuenta aspectos que evidencian la implementación de la IA, 
donde se optimizan funciones y mejoran los índices de resultados para la salvaguarda de los 
recursos públicos. 
En esta investigación también se revisó, la forma cómo se ha venido implementando los 
medios tecnológicos, TICS en las entidades del estado, más concretamente en la Contraloría 
que es la entidad encargada de salvaguardar los recursos de la República, así como la 
inspección, vigilancia y control de estos. 
Demarcado el énfasis del presente artículo, es preciso puntualizar que la función pública 
estatal de la Contraloría se ha mantenido relativamente incólume en su finalidad y regulación, 
siendo para efectos de este escrito importante, examinar cómo el avance tecnológico y la 
sofisticación de diferentes herramientas, han permitido cada vez más a la entidad acercarse 
al cumplimiento de su fin perseguido. 
Sin embargo, y aunque en la concepción de esta entidad no se había pensado el uso de 
tecnologías de punta, su paulatina aplicación a través de algoritmos y procesamiento de datos 
sofisticado se ha evidenciado el avance en el desempeño de la CGR, a través de la aplicación 
de la IA; siempre, en la búsqueda de patrones que puedan llegar a configurar irregularidades 
o conductas de corrupción en las entidades del estado, simulando el razonamiento lógico, 
propio de los seres humanos. 
Método de investigación: 
Mediante el método histórico - lógico se encontró que la definición de la IA se da en razón a 
su uso, es decir, que históricamente primero existe la herramienta y posteriormente se le da 
una limitación funcional encasillándose en un nombre y definición; es así como la 
recopilación de experiencias implementadas en el mundo, en las empresas privadas, en 
Estados a nivel administrativo, se llegó a la delimitación funcional y específica de su uso a 
la CGR. 
En la revisión de la documentación finalmente se encontró, cómo la CGR redujo grandes 
erogaciones económicas, y mejoró sus índices de productividad cumpliendo con su labor de 
vigilancia, prevención y control respecto del uso de los recursos públicos. Además, mostró 
aumento en la protección del patrimonio de la República al implementar y colocar en 
funcionamiento la DIARI como quiera que la búsqueda del uso final y efectivo de la 
inteligencia artificial es la colaboración y simplificación de la vida del ser humano, para 
lograr que los resultados de productividad se multipliquen. 
Los Pasos Hacia la Disminución de la Corrupción en Colombia. 
Breve Recuento Histórico Funcional de la Inteligencia Artificial: 
La inteligencia artificial aparece en principio, como un concepto imaginativo de los 
científicos del siglo XIX y XX quienes únicamente podían soñar con una máquina que 
lograra simular el pensamiento humano. Posteriormente, los diversos conflictos de la 
humanidad obligaron al impulso primitivo y temprano de las primeras computadoras 
mecánicas y la programación específica de algoritmos que, finalmente, lograron colocar en 
funcionamiento la inteligencia artificial, que con el paso del tiempo parece más sofisticada 
al punto que, al día de hoy, logra imitar en parte el razonamiento humano. 
El nacimiento oficial de la inteligencia Artificial lo podemos situar en el año 1956 en 
Hanover, New Hampshire en donde una docena de científicos representantes de diferentes 
disciplinas usaban la misma patente como herramienta para realizar sus investigaciones. Para 
ese entonces se halló confusión respecto a una descripción absolutamente genérica de la IA 
la cual no es usada de forma exclusiva en un campo de la ciencia. Por ello decidieron aclarar 
que “el término de inteligencia artificial ha servido para cubrir una amplia gama de campos 
de investigación que de un modo u otro se dedican a explorar la automatización del proceso 
del intelecto humano” (CALVO-FLORES, 1996). Se puede entonces observar que el uso de 
la IA es sumamente amplio tanto en el pasado como actualmente, prueba de esto es que 
diversas disciplinas hacen uso de ella y es por eso se encuentra que su definición no se 
encasilla para una actividad, profesión o disciplina especifica. Al respecto y en una situación 
particular, (FORBES, s.f.). planteó la siguiente pregunta: 
“A finales del siglo XIX e inicios del XX losmatemáticos se preguntaron ¿qué pasa si 
pasamos un montón de datos por una serie de algoritmos que vayan probando todas las 
probabilidades y vayan aprendiendo cada vez que lo prueban un poquito más? ¿cuál es la 
probabilidad más baja?”. A partir de esta inquietud se empezaron a desarrollar las primeras 
Inteligencias Artificiales. Ante esta inquietud George Boole, argumenta que el razonamiento 
lógico puede sistematizarse tal cual como se resuelven los sistemas de ecuaciones 
apareciendo con ello en 1936 el concepto del algoritmo de la mano de Alan Turing quien a 
su vez sentó las bases de la informática, pero, únicamente hasta el año 1956, se puede 
aseverar, que existe un concepto cercano a lo que actualmente concebimos como IA. 
Sólo un año después, en 1957, el psicólogo Norte Americano Frank Rosenblatt, diseña y 
define la primera red neuronal artificial; pero es en el año 2005 que, Raymond Kurzweil 
usando la Ley de Moore, nos indica cuál es la cantidad de transistores que se pueden ubicar 
en áreas determinadas (ej.: computador, televisor); con ello predijo que las máquinas estarán 
a la altura de la inteligencia humana en el 2009 y que para el 2015, ya incluso podrá superarla. 
Ejemplo de ello es que para el año 2012, la empresa especializada como buscador dentro del 
servicio de internet Google, crea una computadora que aprendió a través de YouTube a 
diferenciar gatos, de cuerpos y caras humanas. Es decir que efectivamente se puede 
programar (lo que en el equivalente humano seria enseñar) a las computadoras para reconocer 
rápidamente patrones específicos. 
Hecha la anterior contextualización, es importante realizar una mención de algunos de los 
usos que ya se están dando en la administración pública en diferentes latitudes; es decir que 
la IA no solo contribuye al procesamiento de la información sino también representa 
ganancias económicas para aquellos que hacen uso de ella o impide la disminución 
patrimonial de los mismos. 
“Así, son diversas las administraciones públicas que utilizan la inteligencia artificial para 
analizar los datos que están a su disposición en tareas tan distintas como predecir el riesgo 
de incendio de los edificios (Atlanta) o de riadas (Hampton) o identificar los locales que 
serán objeto de inspección (Las Vegas, Chicago). También se utiliza el procesamiento del 
lenguaje natural y los algoritmos de aprendizaje automático para revisar las solicitudes 
formuladas por los ciudadanos (Portal Federal Business Opportunities). Una aplicación 
específica del análisis de datos a través de la inteligencia artificial en las administraciones 
públicas la encontramos en la detección de irregularidades, fraudes y casos de corrupción” 
(Martínez, 2019) 
Tal cual como lo señala Agustí Cerrillo Martínez en el extracto de su artículo, las 
administraciones públicas de diversas latitudes han empezado a implementar la IA como 
herramienta no solo para hacer más eficaz su labor, sino también para que sus índices de 
corrupción sean calificados de forma satisfactoria. 
Muy a pesar de la renuencia de los Estados para permitir que sean máquinas quienes 
investiguen y definan los lineamientos a seguir en investigaciones criminales al igual que la 
atención de los ciudadanos, se ha logrado aumentar la eficiencia al responder solicitudes en 
línea, vía Chat o inclusive mediante medios telefónicos y asistentes que tienen preguntas y 
respuestas pregrabadas y que aumentan la eficiencia y evitan eventuales direccionamientos a 
seccionales incorrectas. Aun así, no es posible negar a los países implementar metodologías 
y directrices que abordan temas con mayor precisión y que logran una disminución en el 
tiempo de respuesta a los requerimientos entre entidades o a la ciudadanía a sabiendas de ser 
uno de los tópicos más importantes e innovadores en investigación para la resolución de uno 
de los conflictos que más amenazan al Estado social de Derecho, es decir, la corrupción, 
como acto trasgresor de los Derechos Humanos. 
Para el caso concreto que nos ocupa, y hablando en términos de control y vigilancia de los 
recursos públicos del Estado, los gobiernos a lo largo del planeta han buscado mejorar esos 
índices por cuanto una calificación baja significa para ellos una menor inversión, al igual que 
un descontento social mucho mayor. Es mediante la IA que estos encuentran una forma de 
avanzar y aumentar su eficacia. 
Corrupción como acto violatorio de los Derechos Humanos: 
Cuando hablamos de corrupción en el sector público, el término nos refiere: 
“es una práctica que consiste en aprovechar para beneficio privado, económico o de otra 
índole, los recursos públicos por parte de gobernantes, funcionarios y personas, empresas 
u organizaciones del sector privado o no gubernamental; en el caso de los gobernantes se 
trata, además, de un mal uso del poder encomendado.” (Copello, 2021) 
Como práctica es común que las personas en altos cargos de gobierno ejerzan este tipo de 
actos al tener que pagar los favores políticos que los llevaron al cargo donde se encuentran o 
por la simple facilidad que representa su función dominante respecto a la administración de 
los recursos, haciendo que esté acción sea aún más despreciable. 
Si se revisan los lazos que existen entre la corrupción y los DH y partiendo de que aquella 
nace donde hay una tendencia y oportunidad, la orientación social debería coadyuvar a 
disminuir las posibilidades para el actuar infecto y su correspondiente sanción. 
Una vez se evidencie que el acto de corrupción atenta contra los DH se lograría persuadir al 
Estado en la estrategia de anticorrupción. Si las personas conocen realmente del perjuicio 
que ocasiona la corrupción a los intereses de los individuos y de la ciudadanía en general, el 
impacto sería bajo; sin embargo, en el mundo real, no es así. Los actos de política conveniente 
van mucho más allá de la defensa y preservación de los intereses del pueblo. 
“En los últimos sesenta años, luego de la adopción de la Declaración Universal de los 
Derechos Humanos (DUDH), se han creado muchos mecanismos para buscar la 
responsabilidad de los Estados y de los individuos en caso de violaciones de los derechos 
humanos. Por ejemplo, además de mecanismos judiciales, los informes parlamentarios 
son instrumentos importantes en muchos países, igualmente el monitoreo de la sociedad 
civil que es cada vez más amplio. Las instituciones intergubernamentales también se han 
desarrollado y además de los mecanismos principales de las Naciones Unidas ahora 
encontramos una serie de mecanismos regionales como la Corte Europea de Derechos 
Humanos (CtEDH), la Corte Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos (ACtHPR) 
y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Es igualmente significativa la 
evolución de las instituciones nacionales de derechos humanos” (SAIJ, 2020) 
Aun así no se encuentra que exista una especial observancia o sanción por parte de 
organismos supranacionales por el contrario al no ser un delito de lesa humanidad y no estar 
específicamente tipificado estas organizaciones son casi inútiles respecto a la protección del 
erario, si bien es cierto los aparatos gubernamentales de DH no sustituyen a los dispositivos 
tradicionales de lucha contra la corrupción, si puede lograr evidenciar a los mandatarios 
corrompidos que hacen un mal uso de sus cargos e instituir una mentalidad que desencadene 
un resultado persuasivo. 
“Desde el punto de vista de los derechos humanos los gestores de políticas públicas deben 
preguntarse de qué manera el diseño o la implementación de los programas anticorrupción 
afectarán a las personas marginadas, o víctimas de discriminación social o en desventaja 
en algún otro aspecto. Adherirse a los principios de los derechos humanos implica 
identificar y superar obstáculos (tales como diferencias lingüísticas y culturales, racismo 
y discriminación de género) que hacen que estaspersonas sean especialmente vulnerables 
a la corrupción. Aunque pareciera existir acuerdo en que la corrupción tiene impactos 
concretos específicos en los grupos más vulnerables o desventajados de la sociedad, la 
incorporación de criterios de vulnerabilidad y género en el diseño de los programas 
anticorrupción es aún limitada y excepcional. Utilizar plenamente los derechos humanos 
puede ayudar a fortalecer estas dimensiones de las políticas públicas. El principio de no-
discriminación puede ser, especialmente, útil como guía para alcanzar este objetivo”. 
(SAIJ, 2020). 
Es así como previamente se mencionó, cómo las organizaciones supranacionales no tienen 
autoridad real y no pueden realizar mayores actos frente a la desviación de recursos que 
realizan las personas en altos cargos. 
Entonces es, mediante la desviación y/o apropiación de recursos públicos, que se afecta de 
forma grave a la ciudadanía pues la inversión en la misma disminuye en razón a los sobre 
costos particularmente en los contratos. Lo anterior significa que, no solamente el gobernante 
de turno se está lucrando de su posición, sino que afecta directamente a la población en 
general acentuando los niveles de desigualdad: 
“La corrupción implica una diferencia de trato arbitraria, al colocar en una situación de 
ventaja a la persona que brinde los recursos económicos o incentivos para acceder a 
determinados bienes y servicios, los cuales pueden estar vinculados al contenido esencial 
de derechos económicos, sociales y culturales. Igualmente, dicha diferencia de trato 
arbitraria se puede visibilizar en la posición de ventaja que tiene la persona que brinda 
tales “beneficios”, teniendo por resultado un estímulo u obstrucción” (instituto de estudios 
constitucionales, 2018) 
El autor nos muestra que el abuso del poder provoca un trato desigual (discriminación) entre 
aquellas personas en situación de poder vs la ciudadanía pues está en juego la prestación de 
servicios públicos o el acceso a bienes o servicios de uso esencial. 
Ahora bien, es importante señalar que una calificación baja significa para ellos una menor 
inversión al igual que un descontento social mucho mayor, lo que se traduce en una menor 
capacidad de empleabilidad y capacidad de emprendimiento y es por ello que mediante la IA 
los Estados encuentran una forma de disminuir los índices de corrupción y aumentar su 
eficacia en la supervisión del uso de los recursos. 
El Estado Colombiano, es uno de los países del mundo con los índices más altos de 
corrupción que se mide a través de un score internacional llamado Índice de Percepción de 
la Corrupción, publicado por parte de (TRANSPARENCIA INTERNACIONAL, 2020) 
ONG encargada de medir los índices en el sector público de más de 180 países, marcando la 
corrupción de 100 a 0 en donde 100 puntos es corrupción inexistente y entre más bajo el 
score, mayor es el índice de corrupción. 
Para el año 2020 Colombia quedó calificada con un valor de 39, razón por la cual 
Transparencia Internacional concluye que el Estado Colombiano no registra ningún avance 
con relación a una lucha real y efectiva contra la corrupción, además de mencionar: 
“Por último, nuestra investigación indica que la corrupción continúa socavando la 
democracia incluso en plena pandemia. Los países con altos niveles de corrupción suelen 
ser los principales culpables de acciones contra la democracia y el estado de derecho en 
la gestión de la crisis de la covid-19.” (TRANSPARENCIA INTERNACIONAL, 2020) 
La estadística elevada en las prácticas de corrupción en Colombia, ha provocado la existencia 
de condiciones laborales extremadamente desfavorables, inversión baja, índices de 
desnutrición infantil elevados, que afectan directamente a los estratos más bajos del país y 
que lo resalta como el generador de acciones que más atentan contra el Estado de Derecho la 
democracia y la ciudadanía lo cual afecta sustancialmente los derechos fundamentales de 
todos los ciudadanos, tanto de forma directa como indirecta y ocupando dando como 
resultado el puesto número 32 del estudio realizado. 
En los últimos años Colombia ha sufrido un detrimento patrimonial de por lo menos 23,1 
millones entre obras inconclusas y elefantes blancos, según el reporte aproximado del 
Contralor General de la República realizado en entrevista del 20 de marzo de 2021 para el 
periódico el tiempo, sin contar las inversiones inadecuadas de las regalías y la evasión de 
impuestos. 
Uso de la Inteligencia Artificial en Colombia 
Como se puede observar, la inteligencia artificial pretende emular la inteligencia humana y 
es por ello por lo que, mediante los algoritmos, se busca lograr un análisis contractual mucho 
más expedito en diversas bases de datos para con ello lograr en cuestión de una décima de 
tiempo, lo que generalmente realiza un grupo de 10 personas en una semana. 
En los diversos sistemas informáticos de los cuales está dotada la Contraloría como lo son 
SIRECI y SICA, aparece la DIARI como nueva dependencia implementada que desarrolla 
un nuevo modelo de análisis integral de datos que usa la inteligencia artificial para controlar 
el fisco de manera preventiva y coordinada la cual haciendo uso de las TICS como 
herramienta principal, realiza el análisis y procesamiento de altos volúmenes de información. 
Gracias a ello se logró conectar aproximadamente 700 fuentes de información de 171 
entidades del Estado, realizando un seguimiento especial de los recursos públicos de 12 
entidades que estaban relacionadas con la emergencia sanitaria causada por el COVID 19; 
asimismo, uno de los que, en nuestro parecer, es de los más importantes y que corresponde 
al cruce de datos de 30 fuentes diferentes de información donde se procesan 10 millones de 
registros relacionados con las diversas ayudas sociales, como lo son Familias en Acción, 
SISBEN 3, Jóvenes en Acción, Devolución del IVA, Ingreso Solidario, Adulto Mayor, entre 
otros, y donde también se lograron clasificar más de 1100 correos conexos a la Urgencia 
Manifiesta. Es así como, de todo este análisis diferencial y clasificatorio de datos, el 
programa realiza un reporte que informa los presuntos daños o detrimentos patrimoniales 
causados al Estado Colombiano. 
La Inteligencia Artificial, está basada en la utilización de algoritmos que se acomodan para 
identificar o dar respuesta a diversos patrones de distribución de indicadores destacados 
como son 
“la frecuencia o el valor de los contratos debido al tiempo, la geografía, los objetos 
contractuales, los contratistas que los suscriben, los sujetos de control o las Contralorías 
Delegadas Sectoriales que los vigilan. Se trata de una aproximación exploratoria de los 
riesgos a través de las marcas de prórrogas, adiciones, sanciones, procesos de 
responsabilidad fiscal, presuntos sobrecostos identificados, contratación en el marco de 
declaratorias de urgencia manifiesta, presunta falsedad en documentos, o relaciones 
riesgosas en como Interactúan contratos, contratistas y contratantes.” (CONTRALORIA 
GENERAL DE LA REPUBLICA, 2021) 
De tal modo que, tomando como base el modelo de algoritmos, también se creó un programa 
o modelo predictivo el cual tiene como tarea básica la clasificación los contratos públicos 
según el nivel de riesgo de daño fiscal. 
Este modelo predictivo está basado en el sistema binario el cual, dependiendo de su 
clasificación siendo 1 o 0, identifica si es de alto riesgo o si no lo es. Si obtiene una 
clasificación 1, significa que el contrato, por sus características intrínsecas, calidad del 
contratista, cesión o prórroga del contrato además de entidad contrate, incluso procesos de 
responsabilidad fiscal, es un contrato de alto riesgo; y si obtiene 0, significa que no existe 
riesgo elevado. 
Esta herramienta también permite una identificación en el sentido de hallar cualquier proceso 
de licitación o selección abreviada de menor cuantía,en su etapa precontractual que pueda 
representar algún tipo de riesgo patrimonial. Asimismo, mediante su aplicación, se logra 
inclusive una identificación tipo árbol para asemejar las características de los contratantes y 
contratos al punto de hacer un análisis social de las juntas directivas de la entidad. 
Es tal la capacidad de este algoritmo que es posible realizar el cálculo de la cadena de recursos 
donde se logran identificar potenciales dilaciones en el gasto del presupuesto o contratos con 
destinaciones presupuestales diversas, y es ahí cuando emite alertas por presuntos 
sobrecostos para atender. En el caso puntual, la contingencia del COVID -19 permite 
evidenciar que, de los 38.789 contratos revisados, se generaron 2302 alertas preventivas al 
31 de mayo de 2020, por sobrecostos por valor de $464.465 millones, es decir, el 21% del 
monto destinado atender la contingencia sanitaria. Si bien es cierto la cantidad de alertas 
preventivas no son ni la mitad de los contratos revisados estos si equivalen a un alto 
porcentaje en daño fiscal, es decir, los contratos con montos más altos fueron aquellos en los 
cuales se encontraron sobrecostos. 
De igual manera, se diseñó un programa o modelo de riesgo en el uso de los recursos del 
Sistema General de Regalías el cual realiza un estudio precontractual de los proyectos de 
inversión, derivado del estudio de la DIARI en donde se renegociaron contratos que 
presentaban sobre costos por 287.701 millones reduciéndolo a $6.353 millones y contratos 
con alertas de $79.002 millones se redujeron a $46.879 millones, el hecho de que las diversas 
administraciones se encontraran en la obligación de renegociar los contratos 
disminuyéndolos a menos del 50%, inclusive como se pude observar en el monto de los sobre 
costos de hasta 45 veces menos del precio negociado inicialmente. 
Ya haciendo uso de las TICS, se logró reducir sustancialmente el tiempo para generar 
hallazgos, logrando obtener resultados sin precedentes y por un costo relativamente bajo. Lo 
anterior, debido a que el algoritmo es mucho más rápido en sus predicciones y estudios de 
mercado y evita el desgaste humano y los posibles fraudes o tras papeleo de contratos. En un 
tiempo de estudio relativamente corto de apenas 1 mes y medio, la DIARI logró cumplir con 
la función esencial de la Contraloría que no es de investigar, evidenciar y sancionar los 
detrimentos patrimoniales si no por el contrario, proteger el patrimonio de la República para 
así poder invertir y aumentar el gasto que se destina a la ciudadanía. 
En Colombia, una de las medidas más importantes e innovadoras fue la creación de la 
“Dirección de Información, Análisis y Reacción Inmediata (DIARI) creada mediante el 
Decreto Ley 2037 de 2019 adscrita al despacho del Contralor General de la República. 
Está conformada por las siguientes Unidades: a. Información, b. Análisis de la 
Información y c. Reacción Inmediata.” (CONTRALORIA GENERAL DE LA 
REPUBLICA, 2021). La DIARI tiene como objetivo el seguimiento de los recursos 
públicos, como también la acción de control fiscal con oportunidad e inmediatez, garantías 
de la defensa y cuidado de lo público teniendo como herramienta principal el uso de la IA. 
Para lo anterior, ahondaremos acerca de las funciones de la DIARI, por la Contraloría 
respecto al uso de esta herramienta innovadora, examinando si cumple de manera eficaz y 
veraz con la identificación del ciclo integral de los recursos del Estado, así como analizar si 
mediante el uso de algoritmos específicamente creadas para el desarrollo de la herramienta 
de la IA. Es importante establecer si es posible determinar acertada y anticipadamente 
sucesos o el indebido manejo del patrimonio estatal que impliquen su pérdida o gasto 
arbitrario y dilucidar si en el lapso en que la DIARI incorporó a sus funciones el uso de la 
herramienta de la IA e informes de análisis de datos, se ha hecho más efectiva la vigilancia, 
control y evidencia fiscal dentro de los procesos de la Contraloría de la República. 
Perfeccionar procesos, acceder a datos en tiempo real y considerar aspectos que podrían 
salirse de la órbita o del control humano, son solo unos de los efectos que ha surtido el uso 
de la Inteligencia Artificial en lo que atañe a la contratación Estatal, dentro del control y 
vigilancia ejercido dentro de la CGR a través de la DIARI. A grandes luces se pudo observar 
que, las TICS han sido una herramienta esencial en el desarrollo del control fiscal, al 
incorporar la IA como se puede observar en el informe de resultados 2019-2020 de la 
(CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA, 2021), 
La revolución tecnológica representada dentro de los últimos 30 años ha crecido a pasos 
agigantados y es por ello la implementación de la inteligencia artificial como lo señala 
(Martínez, 2019). 
 “persigue emular las facultades intelectuales humanas en máquinas para que éstas puedan 
realizar tareas propias de los seres humanos. En el estado actual de desarrollo de la 
inteligencia artificial únicamente consigue realizar tareas específicas como traducir textos, 
conducir vehículos sin conductor o reconocer imágenes (es lo que se conoce como 
inteligencia artificial limitada) siendo aún un mito, para muchos inalcanzable, conseguir 
que los ordenadores puedan tener una conducta tan avanzada como una persona respecto 
a un amplio conjunto de tareas cognitivas (es decir, inteligencia artificial general)” 
(Martínez, 2019). 
A partir de esto se puede encontrar que el procesamiento de datos recolectados de diversas 
Bases de Datos logra demostrar que, aunque la IA aún no puede realizar una amplia gama de 
tareas de forma simultánea no significa que no puedan ser programadas para tareas 
específicas tal como lo realiza hoy día la DIARI. 
Dentro de la revisión del uso de IA se encontraron casos que muestran la capacidad que tiene 
de emular posibles escenarios frente a alertas. Por ejemplo, frente a los contratos de 
emergencia por COVID 19 se pudo definir la necesidad de renegociar contratos por alertas 
preventivas como se ve en el gráfico siguiente: 
El cuadro anterior señala las alertas preventivas por presuntos sobrecostos y el uso de esta 
información para ser analizada posteriormente por IA (CONTRALORIA GENERAL DE LA 
REPUBLICA, 2021). En este se puede observar los beneficios obtenidos con la 
implementación de la IA y la DIARI en la CGR., encontrando una evidencia clara de 
productividad gracias a las alertas arrojadas que buscan salvaguardar los recursos, situación 
que hubiera sido dispendiosa realizar en caso de no existir la IA y por lo tanto difícil de 
pensar en una posible cancelación y renegociación por sobre costos en los contratos estatales 
analizados. 
Aproximaciones normativas: 
Dentro de las facultades con las cuales está dotada la contraloría en el Artículo 267 de la 
Constitución Política de Colombia, encontramos una reforma implementada mediante el 
Acto Legislativo 4 del 2019 en donde la: 
“función de advertencia es ahora un medio de vigilancia institucionalizada que le indicará 
a la administración los riesgos detectados por el organismo de control fiscal en procesos 
anómalos u operaciones en ejecución, con el fin de prevenir la ocurrencia de un daño. La 
finalidad de la advertencia es que el gestor fiscal adopte las medidas que considere 
procedentes para evitar que el daño se materialice o se extienda en el evento en el que ya 
se hubiere presentado.” (LEE, 2020) 
Es en razón a la entrada en vigor de la función de advertencia explicada de forma simple por 
el autor que con la implementación de la IA se logran materializar de forma más rigurosa 
pero eficiente las funciones de la CGR para salvaguardar realmente el erario. De esta manera 
se encuentras los esfuerzos realizados el gobierno colombiano dentro de las diversas políticas 
públicas para disminuir los niveles de corrupción. 
Una de ellas fue la implementaciónde pliegos tipo para que con ello se pudiera evitar que las 
contrataciones estén direccionadas y que, por el contrario, aquel que tenga las condiciones 
técnicas exigidas sea el contratista idóneo para la ejecución del proyecto o contrato. 
Finalmente, no menos importantes e innovadora es la creación de la DIARI, instituida 
mediante el Decreto Ley 2037 de 2019 y desarrollada por el Decreto 403 de 2020, adscrita 
al despacho del Contralor General de la República. 
Conclusiones 
La IA como invento reciente de la humanidad es una herramienta sumamente útil que puede 
ser programada para el desarrollo de actividades específicas, con un índice de productividad 
que ningún ser humano podría igualar. 
La IA en prospectiva es una herramienta que puede ampliar aún más sus funciones y/o 
actividades como lo hace el ser humano, y de esta manera monitorear con mas precisión 
acciones de posible corrupción. 
Si bien es cierto los Estados son celosos respecto al deber de cuidado que tienen con la 
información de este, también con su correcto uso los índices de productividad incrementan 
sustancialmente y pueden ejercer de forma más eficaz sus funciones respecto al uso de los 
recursos humanos. 
Gracias a que la CGR hoy día ya puede realizar advertencias a las diferentes entidades 
estatales respecto a sobre costos e indebida contratación, se evitan o se controlan los 
detrimentos patrimoniales al Estado e inclusive, aunque ya esté en curso un contrato lesivo 
para la administración, puede ser interrumpida su ejecución para evitar mayores daños. 
De igual manera, evidenciamos que, con la programación adecuada, la CGR de Colombia ha 
dado un gran paso pues haciendo uso de información pública, como lo son Colombia Compra 
Eficiente por medio de la Tienda Virtual del Estado Colombiano, los directos fabricantes o 
prestadores de servicios en sus páginas web se pueden revisar y comparar los datos para 
arrojar el mejor oferente del producto o servicio a contratar, sin que los actos de corrupción 
estén a la vista. 
Gracias al sistema de alertas arrojadas por la IA a la DIARI por medio del análisis de bases 
de datos es que se puede ejercer una integra función de vigilancia y control de los recursos 
por parte de la CGR, ya que no es una labor únicamente posterior, es decir cuando el daño 
ya ha sido materializado, si no también antes de que se ocasione e incluso durante la ejecución 
del contrato. 
En la vida actual, la IA está sublevando la manera mediante la cual el ser humano despliega 
su vida en sociedad. El acelerado progreso de esta ciencia aplicada, cambia costumbres y 
maneras de relacionarse en todos los aspectos. Nacen vías jurídicas, leyes, derechos y 
deberes, y por sobre todas las cosas, se reconstruyen los principios, y los propios dogmas. 
Las futuras generaciones evidenciarán si la IA alcanzará los anhelados cambios propuestos, 
reparando la ciudadanía y consiguiendo el mundo de corrupción inexistente o casi 
imperceptible sentada sobre la justicia e igualdad 
Referencias 
Calvo-flores, m. D. (1996). La inteligencia artificial un mito moderno. Cartuja -granada: 
universidad de granada. 
Contraloría general de la república. (2021). Informe de gestión 2019 2020. Bogotá: 
contraloría general de la república. 
Copello, a. M. (2021). Lineamientos y recomendaciones para elaborar políticas 
territoriales de lucha contra la corrupción. Bogotá: departamento nacional de 
planeación. 
El tiempo. (2020). Obtenido de https://www.eltiempo.com/tecnosfera/novedades-
tecnologia/casos-de-exito-de-inteligencia-artificial-en-colombia-488062 
Forbes. (s.f.). Obtenido de https://forbes.co/2020/01/31/red-forbes/2020-el-ano-de-la-
inteligencia-artificial/ 
García, h. A. (2004). Derecho constitucional orgánico. Bogotá d.c.: ediciones doctrina y 
ley Ltda. 
Instituto de estudios constitucionales. (2018). Impacto de la corrupción en los derechos 
humanos. México: instituto de estudios constitucionales del estado de Querétaro. 
Lee, i. D. (25 de marzo de 2020). El control fiscal concomitante y de advertencia. Ámbito 
jurídico. 
Martínez, a. C. (2019). El impacto de la inteligencia artificial en el derecho administrativo 
¿nuevos conceptos para nuevas realidades técnicas? Revista general de derecho 
administrativo. 
Pavajeau, c. A. (2011). El derecho disciplinario en Colombia "estado del arte". Revista 
derecho penal y criminología, 125-126. 
Pavajeau, c. A. (2012). El derecho disciplinario como disciplina jurídica autónoma. Revista 
derecho penal y criminología. 
Quinche Ramírez, m. F. (2015). Derecho constitucional colombiano (6ta edición ed.). 
Bogotá: Temis. 
Salcedo, j. R. (2007). Estado constitucional, potestad disciplinaria y relaciones especiales 
de sujeción. Bogotá: instituto de estudios del ministerio público. 
Transparencia internacional. (2020). Índice de percepción de la corrupción 2020. Berlín: 
transparencia internacional.

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