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1 
 
CRIPTOMONEDAS, UN NUEVO PARADIGMA TECNOLÓGICO Y 
ECONÓMICO: 
Algunos enfoques jurídicos para el tratamiento de las criptomonedas 
 
 
Oscar Alfredo Díaz Pinzón 
 
 
TESIS DE GRADO 
Pregrado Derecho 
 
 
 
DIRECTOR DE TESIS 
JUAN CARLOS VARON 
 
 
 
 
 
UNIVERSIDAD DE LOS ANDES 
BOGOTÁ, COLOMBIA 
2017-2018 
2 
 
Abstract 
La aparición de divisas electrónicas, conocidas como criptomonedas, ha causado gran conmoción 
a nivel global en el ámbito económico. Ésta tecnología disruptiva y sin mayor regulación ha 
resultado ser de gran atractivo entre los consumidores e inversionistas por su crecimiento 
exponencial en el mercado, su potencial de rentabilidad como activo de inversión y su 
funcionalidad como medio de pago. No obstante, el surgimiento de las divisas electrónicas 
también tiene serias implicaciones en la forma cómo opera y se regula el mercado, principalmente 
porque el mundo se enfrenta a un fenómeno etéreo en el que el consumidor se encuentra 
expuesto a riesgos en las transacciones que los Estados aún no han podido mitigar. 
Con el presente texto se pretende hacer una aproximación a los elementos que puedan ser 
tenidos en cuenta para construir una respuesta a la pregunta, ¿Qué enfoques jurídicos existen en 
el derecho comparado para el tratamiento de las criptomonedas que puedan ser tenidos en cuenta 
en la evaluación de, cuáles deben ser los lineamientos legales aplicables a las operaciones sobre 
las criptomonedas en el derecho colombiano?, para la cual se plantea como hipótesis que, los 
enfoques jurídicos encontrados en el derecho comparado pueden proveer lineamientos 
normativos sobre la posible regulación del uso de las criptomonedas en Colombia. Sin embargo, el 
contexto de debilidad institucional dentro del país puede obstaculizar la implementación de 
dichas regulaciones. 
Para llevar a cabo el proyecto se plantea una metodología cualitativa de tipo histórico, técnico y 
comparativo, que permita desarrollar los objetivos del texto, en tanto descripción de los 
elementos esenciales de las criptomonedas, la naturaleza de las transacciones efectuadas con las 
mismas y finalmente identificar en el derecho comparado enfoques jurídicos para el tratamiento 
de las criptomonedas. 
 
Palabras clave 
Criptomonedas, blockchains, peer-to-peer, minería de datos, bitcoin, ICO, medida de valor, capitalización, 
circulación, inversión, pago, regulación. 
 
3 
 
 
Tabla de Contenido 
I. Introducción ..................................................................................................................... 5 
A. Contextualización .................................................................................................... 5 
1. Descripción, delimitación de la situación problemática e importancia ................... 6 
B. Problema de investigación ....................................................................................... 7 
C. Pregunta de investigación ........................................................................................ 7 
2. Preguntas auxiliares ................................................................................................. 7 
D. Justificación ............................................................................................................. 8 
E. Viabilidad .................................................................................................................... 9 
F. Hipótesis .................................................................................................................... 10 
G. Metodología ........................................................................................................... 10 
II. Objetivos .................................................................................................................... 11 
H. Objetivo general ..................................................................................................... 11 
I. Objetivos específicos ................................................................................................. 11 
III. Estado del arte ............................................................................................................ 11 
J. ¿Qué son las Criptomonedas y cuáles son sus funciones económicas? .................... 11 
K. ¿Cómo funcionan las transacciones con criptomonedas (Bitcoin)? ...................... 16 
L. ¿Cómo se crean las criptomonedas (Bitcoin)? .......................................................... 17 
M. ¿Qué es un ICO? .................................................................................................... 19 
N. Principales retos y oportunidades de la economía del dato: Criptomonedas ......... 20 
O. Avances y desarrollo internacional en la aceptación y regulación de las 
criptomonedas ................................................................................................................... 23 
P. Limitantes para el uso de las investigaciones ............................................................ 31 
Q. Tendencias ............................................................................................................. 32 
4 
 
IV. Marco teórico ............................................................................................................. 32 
R. Consideraciones sobre los enfoques normativos estudiados y su aplicabilidad en 
Colombia ........................................................................................................................... 34 
V. Referencias y Bibliografía: ............................................................................................... 42 
 
 
5 
 
I. Introducción 
 
A. Contextualización 
 
Los nuevos desarrollos tecnológicos mundiales están permitiendo la aparición de 
infraestructuras que fomentan en gran medida la productividad y disminuyen a un valor casi nulo 
los costos marginales1 de amplios segmentos de la vida económica. De este modo, el mundo se 
enfrenta a un nuevo paradigma económico, lo que se conoce como la economía en red. Así pues, el 
inédito modelo financiero en cuestión tiene varios protagonistas tecnológicos, entre los cuales 
se destacan las cadenas de bloques, más conocidas como Blockchains, el Big Data y el Internet de las 
Cosas (IoT). (Rifkin, 2014) 
Es evidente que la constante innovación de los participantes tecnológicos en cuestión 
necesariamente tiene implicaciones en el mercado global. A propósito de estos cambios 
drásticos, el mercado financiero ha sido especialmente impactado, sobre todo en los temas 
concernientes a los sistemas y medios de pago. Como resultado de esta innovación, nacen lo que 
hoy se conocen como las criptomonedas (Rifkin, 2014). El concepto de criptomonedas, a pesar de ser 
tan popular, sigue siendo un fenómeno desconocido para la mayoría de las personas. Así, se 
habla del tema, pero no se sabe con exactitud qué es y cómo funciona (Espectador, 2017). 
Esta investigación es de tipo descriptiva y prospectiva, es decir que, se encuentra orientada a la 
descripción de un fenómeno económico, como lo son las criptomonedas, y pretende aproximarse 
de manera preliminar al posible futuro de las criptomonedas en términos normativos. 
 
 
 
 
1 Entendidos como la variación del costo total, ante el aumento de una unidad en la cantidad producida, en otras 
palabras, el costo de producir una unidad adicional. (Anzil, F, 2008) 
6 
 
1. Descripción, delimitación de la situación problemática e importancia 
 
El rápido avance y la inmersión en la era digital que vive la humanidad, resulta ser un fenómeno 
especialmente motivador para investigar alrededor de los principales acontecimientos que 
provocan la aparición de nuevas necesidades económicas y normativas a nivel mundial. Ahora 
bien, cuando el desarrollo tecnológico entraña la creación de nuevas divisas electrónicasy se 
adentra en un mercado como el colombiano, en el que la regulación de las mismas es 
prácticamente inexistente, es pertinente adelantar una investigación que permita identificar 
enfoques jurídicos que puedan contribuir a disminuir la incertidumbre que soportan los 
consumidores y los inversionistas en el momento de transar con las llamadas criptomonedas. 
Este proyecto es especialmente relevante en tanto que el uso creciente de las criptomonedas es una 
realidad innegable y muy seguramente harán parte del mercado financiero de nuestro país en un 
futuro cercano. Además, los precios de estas criptomonedas atraen a cada vez más consumidores e 
inversionistas que sin saber del tema deciden arriesgarse a invertir en ellas (ver gráfico 1, para el 
caso del Bitcoin). 
Gráfico 1 
 
7 
 
A través de este proyecto de investigación, será posible aportar conocimiento para sentar una 
base a investigaciones futuras y analizar las consecuencias de la aparición de este activo a nivel 
global, en términos de impacto económico y sus posibles enfoques de regulaciones legales (de 
ser convenientes y necesarias). 
 
B. Problema de investigación 
 
Identificar y analizar a nivel de derecho comparado posibles enfoques jurídicos para el 
tratamiento de las criptomonedas, que puedan ser tenidos en cuenta por las autoridades 
colombianas dentro de la evaluación de la necesidad de establecer lineamentos normativos en 
Colombia como consecuencia de este nuevo desarrollo tecnológico. 
 
C. Pregunta de investigación 
 
¿Qué enfoques jurídicos existen en el derecho comparado para el tratamiento de las criptomonedas 
que puedan ser tenidos en cuenta en la evaluación de, cuáles deben ser los lineamientos legales 
aplicables a las operaciones sobre las criptomonedas en el derecho colombiano? 
 
2. Preguntas auxiliares 
 
¿Qué son las criptomonedas y cuáles son sus elementos esenciales? 
¿Cuáles son los antecedentes históricos de las criptomonedas? 
¿Cómo es el funcionamiento del mercado de criptomonedas (Oferta y demanda, flujo 
operativo que pone en contacto a estos extremos, dónde se almacenan)? 
¿Cuáles son las funciones económicas de las criptomonedas? 
¿Cuáles son los principales avances normativos que se están presentando respecto de las 
transacciones con criptomonedas en los países escogidos? 
8 
 
¿Para proteger al consumidor y al inversionista, es suficiente regular las criptomonedas en 
Colombia, tomando en consideración que se trata de un desarrollo tecnológico 
globalizado? 
 
D. Justificación 
 
Las nuevas tecnologías introducidas al mercado han causado impacto en la sociedad colombiana. 
Constantemente la población del país se ve inmiscuida en transacciones dinerarias que 
involucran el uso de criptomonedas. Sin embargo, es también claro que el uso de estas criptomonedas 
no tiene una regulación legal y los consumidores e inversionistas se ven expuestos a riesgos que 
no están cubiertos estatalmente, máxime cuando las criptomonedas no son emitidas ni respaldadas 
por una autoridad financiera del país. De manera que, las personas están invirtiendo en un activo 
impalpable, descentralizado y no respaldado por el Banco de la República o cualquier otra 
entidad financiera del país. 
La confianza de los ciudadanos en lo que se conoce como el mundo digital, es esencial para que 
las empresas y sociedades en general puedan aprovechar el potencial económico que existe 
alrededor de la información y sus datos (Rayón, 2016). Por consiguiente, es especialmente 
preocupante la falta de claridad y de garantías que tiene la población, ya sea en el ámbito privado 
o público y, por lo tanto, se torna crucial encontrar elementos que puedan contribuir a 
determinar una solución a esta inminente necesidad. 
El presente proyecto de investigación contribuirá a resolver cuestiones básicas alrededor del 
tema desde sus dimensiones económicas, sociales y jurídicas. Claramente, la investigación 
beneficiará a aquellos interesados en adquirir criptomonedas y que están dispuestos a asumir los 
riesgos que ello implica, o bien, a quienes ya los aceptaron, al aportar elementos para un mejor 
entendimiento de la naturaleza, el funcionamiento y los riesgos de las criptomonedas, y algunos 
enfoques jurídicos para su tratamiento. 
Más específicamente se profundizará sobre las funciones económicas de las criptomonedas en tanto 
medio de pago y una inusual forma de inversión. No obstante, queda la posibilidad en futuras 
investigaciones, para que se traten temas como su equivalencia a la moneda local, los riesgos 
9 
 
operativos inherentes a las transacciones con criptomonedas, su rastreabilidad, garantías estatales, 
etc. 
 
E. Viabilidad 
 
La novedad que introduce al mercado la creación de criptomonedas permite proyectar la necesidad 
de establecer lineamientos legislativos para la acogida de estas divisas no reconocidas por las 
autoridades financieras del país. Por supuesto, el uso generalizado tomará tanta fuerza que será 
imposible ignorar sus efectos en el mercado. 
Desde un punto de vista financiero o económico, esta investigación no precisa de una alta 
inversión, más allá del tiempo dedicado a la misma. De igual manera, es claro que no será 
necesario efectuar viajes o análisis de campo para completar a satisfacción los objetivos 
propuestos. Además, se trata de un proceso que se ajusta a las restricciones de tiempo que 
impone la universidad. 
En tanto recursos humanos para el desarrollo del proyecto, será necesaria la participación de un 
director de trabajo de grado y del investigador únicamente. Ahora bien, de ser posible se acudirá 
a personas con conocimientos especializados que puedan colaborar con el proyecto, sin que 
estos sean estrictamente necesarios. 
Por último, después de un trabajo inicial de investigación y búsqueda de bibliografía en línea o 
literaria, jurisprudencia y legislación, es sorprendente que, a pesar de que el tema propuesto es 
relativamente nuevo, existe un importante número de escritos con información valiosa para 
terminar con éxito el presente documento. De hecho, en varios lugares del mundo, tales como 
el Reino Unido, Japón, Estados Unidos, Corea del Sur, Australia, Canadá, por mencionar 
algunos, ya se está materializando de manera incipiente la regulación de monedas encriptadas 
(Bitcoin, 2016). 
 
 
10 
 
F. Hipótesis 
 
Los enfoques jurídicos encontrados en el derecho comparado pueden proveer lineamientos 
normativos sobre la posible regulación del uso de las criptomonedas en Colombia. Sin embargo, el 
contexto de debilidad institucional dentro del país puede obstaculizar la implementación de 
dichas regulaciones. 
 
G. Metodología 
 
En aras de dar respuesta al problema planteado, se desarrollará una metodología de investigación 
con un componente histórico, técnico y comparativo que permita recaudar información sobre 
las criptomonedas en todas las dimensiones que se necesitan para su comprensión. Para este 
propósito, es menester evaluar este fenómeno desde sus antecedentes, por lo que se justifica el 
componente histórico planteado. Igualmente, dado que al interior del país no existe legislación 
o regulaciones sobre el uso de las criptomonedas, es preciso observar lo realizado en otros países 
para efectuar un análisis comparado de los temas más relevantes que giran en torno a la pregunta 
de investigación. 
Pues bien, para definir el concepto de criptomonedas y entender su funcionamiento general, se 
requiere realizar un análisis documental de los principales autores que traten el tema desde una 
perspectiva histórica y técnica. Con todo, será posible esclarecer las ventajas y desventajas del 
uso de esta moneda virtual y se conseguirá deducir las amenazas, oportunidades, fortalezas y 
debilidades que implica la entrada de criptomonedas en el mercado colombiano. Asimismo, será 
esencial remontarse al análisis documental del avance legislativo o regulatorioque se ha logrado 
en otros países, observando en detalle el comportamiento y el tratamiento jurídico de las 
criptomonedas, para estudiar los desarrollos normativos aplicables a la legislación colombiana frente 
al incremento en el uso de esta divisa electrónica como activo de inversión y medio de pago. En 
particular se tendrán en cuenta los desarrollos registrados en países europeos y asiáticos como 
son el Reino Unido, Japón, Corea del Sur y China. 
Se escogieron estos países con base en sus aportes normativos y el impacto global de los mismos, 
además de la diferencia sustancial en la visión que tienen estos países alrededor de las criptomonedas 
11 
 
como divisa y medio de pago, así como respecto de las regulaciones que se deben hacer para 
proteger a los consumidores de los riesgos inherentes a las divisas electrónicas. 
 
II. Objetivos 
 
H. Objetivo general 
 
Identificar a nivel de derecho comparado enfoques jurídicos para el tratamiento de las 
criptomonedas. 
 
I. Objetivos específicos 
 
Definir el concepto de criptomonedas e identificar sus elementos esenciales, para el 
entendimiento de los aspectos clave en tanto inversión y medio de pago. 
Analizar los principales enfoques jurídicos que se están presentando respecto de las 
transacciones con criptomonedas en los países escogidos (Reino Unido, Japón, China, 
Corea del Sur). 
 
III. Estado del arte 
 
J. ¿Qué son las Criptomonedas y cuáles son sus funciones económicas? 
 
Las criptomonedas datan de 1998 cuando Wei Dai, un ingeniero de la Universidad de Washington 
propuso una nueva forma de dinero que utilizaría la criptografía para controlar su creación y las 
diversas transacciones que se hacen con el mismo, en lugar de que se hiciera por medio de una 
autoridad centralizada. En la actualidad existen más de 3000 criptomonedas creadas a nivel mundial 
(Coin Ranking, 2018), sin embargo, es común que el término criptomoneda se asocie con el nombre 
12 
 
bitcoin, moneda virtual de la cual se dispone de más información y que permite dar un contexto 
por cuanto las otras monedas virtuales funcionan de manera similar a como lo hace esta. 
El bitcoin es prácticamente la primera criptomoneda que surge en el mercado (de manera totalmente 
descentralizada), y es esencialmente una colección de conceptos y tecnología que da forma a un 
ecosistema de dinero digital. Las unidades de bitcoin se usan para guardar, medir y transmitir valor 
entre quienes participan en la red del bitcoin. Estos individuos se comunican a través de lo que se 
conoce como el protocolo bitcoin en internet (Antonopoulos, 2017). Esta es una tecnología de fácil 
acceso, ya que la interacción se efectúa mediante un software que puede instalarse en una gran 
variedad de dispositivos, como celulares, tabletas y computadoras. 
Esta criptomoneda nace en el 2009 cuando Satoshi Nakamoto con la publicación de un documento 
titulado “Bitcoin: A Peer-to-Peer Electronic Cash System”, desarrolla el concepto de un sistema de 
dinero electrónico P2P o peer-to-peer (red entre pares) que permitiría el pago de bienes y servicios 
directamente de una parte a otra sin necesidad de una institución financiera mediadora. El 
comercio en internet se había fundamentado hasta entonces casi exclusivamente en instituciones 
financieras para su funcionamiento, esto es, en terceros confiables que manejaran los procesos 
de pago electrónico. Si bien es posible afirmar que el sistema tal como se conoce funciona 
relativamente bien, este sufre una debilidad inherente y es precisamente el modelo basado en 
confianza. (Nakamoto, 2008) 
Los costos de mediación que existen alrededor de las transacciones en internet son ciertamente 
altos y pueden llegar a restringir las posibilidades de los consumidores para hacer transacciones 
pequeñas. Adicionalmente, la posibilidad de que haya pagos reversibles cuando se hacen en línea, 
provoca que los consumidores y vendedores se vean expuestos a inseguridades cuando no existe 
un ente mediador de confianza que asegure el retorno de los dineros o de los bienes. La única 
manera real de evitar el costo de la incertidumbre en el pago es mediante el uso de dinero físico, 
por consiguiente, lo que no existía era un mecanismo para la realización segura de pagos sin la 
participación de un tercero. (Nakamoto, 2008) 
Es así, como nace la idea de crear un medio de pago electrónico que no se encontrara basado en 
la confianza, sino en un método criptográfico, permitiendo a las partes transar directamente, sin 
mediación alguna. En esencia, lo que se logra es la protección de posibles fraudes a los 
13 
 
vendedores y compradores, dado que resulta demasiado impráctico devolver o reversar una 
transacción con el método criptográfico que se propone.(Nakamoto, 2008) 
A diferencia de las divisas tradicionales, que suelen tener representación tanto física (billetes) 
como virtual (anotaciones en cuenta, p. ej., en los bancos), el bitcoin es completamente virtual. 
En consecuencia, no existe una moneda física, lo que ocurre es básicamente que la criptomoneda 
permite almacenar y transferir valor de una persona a otra. Para realizar estas transacciones, los 
usuarios de bitcoin poseen llaves que se basan en logaritmos, operan como mecanismos de 
identificación y prueban la propiedad de los bitcoins en la red. (Antonopoulos, 2017) 
Ahora bien, examinando en detalle las funciones económicas que cumple una criptomoneda en el 
mercado de hoy, se destacan tres formas de uso. En primer lugar, se utiliza como medida de valor; 
en segundo lugar, como medio de pago para realizar transacciones entre pares, o bien, para el 
consumo de productos y/o servicios, y, en tercer lugar, como activo de inversión. 
Para entender las criptomonedas como medida de valor, es menester profundizar sobre las variables 
económicas que determinan o definen su precio en el mercado. Una variable básica, pero de gran 
importancia resulta ser la capitalización de mercado o market cap por su nombre en inglés, 
principalmente porque resume la cantidad de dólares o dinero invertido en una determinada 
criptomoneda a nivel global. Además, resulta ser especialmente significativa porque es un buen 
indicador de la madurez del mercado en el que se desenvuelve, por ejemplo, si se compara el 
bitcoin con la empresa Apple, la criptomoneda es aproximadamente diez veces más pequeña en 
términos de capitalización. Si el bitcoin tuviese el nivel de capitalización de Apple, su valor estaría 
por encima de US$ 55.000 (Latinotoken, 2017). 
De esta manera, el precio o valor que tiene cada criptomoneda en el mercado depende en gran 
medida de la capitalización y del volumen de circulación (cantidad minada), esto es, de la oferta 
existente de la criptomoneda en el mercado en un momento específico en el tiempo. Entonces, 
partiendo de los conceptos de capitalización y circulación, el precio es el resultado de la división de 
la capitalización de mercado entre la cantidad circulante. Si las compras de bitcoin superan la 
cantidad minada, la cantidad circulante será menor y consecuentemente el precio aumentará. 
Así, en la tercera función mencionada, se observa un apetito creciente de los inversores en 
diversos países, incluido Colombia, para adquirir criptomonedas con la esperanza de lograr 
utilidades a partir del incremento de su precio en el tiempo. Actualmente, lo que se ha 
14 
 
manifestado en mayor medida y que ha causado mayor conmoción entre el público e interés por 
las criptomonedas, especialmente el bitcoin, es el cambio constante y volátil en su tasa de cambio 
versus las monedas reguladas por una entidad financiera centralizada, en particular el dólar de 
los Estados Unidos de América. Como se pudo apreciar con anterioridad en el gráfico 1, el bitcoin 
tuvo un incremento en su valor en dólares con características exponenciales. Por esta razón, 
quienes fueron lo suficientemente arriesgados para adquirir estadivisa en sus primeros 
momentos cuando se tenía aún menos conocimiento de su forma de funcionamiento, pudieron 
acumular ganancias inimaginables con respecto a su inversión inicial. 
No obstante, este es un fenómeno que parece ser coyuntural y no sostenible en el mediano y 
largo plazo, como lo sugiere el comportamiento del valor del bitcoin. El desenfrenado aumento 
en el valor de la criptomoneda en mención evidentemente deja por fuera a inversionistas potenciales 
que no tienen los recursos suficientes como para adquirir esta criptomoneda. En vista de lo anterior, 
otras criptomonedas más asequibles han adquirido relevancia dentro del mercado de criptomonedas. 
De esta forma, Ethereum (Ether), Litecoin, IOTA o Ripple (otras criptomonedas) han destacado 
por su incremento en valor, pero manteniéndose al alcance del público general. 
De igual manera, existen aquellos que piensan que el tiempo de invertir en bitcoin ya pasó. Lo 
anterior cobra sentido si se observa que desde que se llegó al tope de USD 20.089 a finales del 
2017 (ver gráfico 2), la tendencia ha sido completamente a la baja, generando las consecuentes 
pérdidas para los inversionistas, en especial aquéllos que compraron a precios superiores, a pesar 
de su volatilidad que en ocasiones causa subidas inesperadas en el valor (ver gráfico 1 y 2). Aun 
así, a corto plazo, el bitcoin parece ser una inversión cuya viabilidad no se ha visto comprometida 
totalmente por las enormes bajas en el precio. La volatilidad del valor permite comprar a un 
precio y al cabo de horas vender a un precio significativamente superior, obteniendo ganancias. 
De cualquier manera, el riesgo es elevado, por cuanto los constantes cambios en su valor pueden 
tener el efecto contrario y bajar significativamente en poco tiempo, ocasionando que los 
consumidores sufran perdidas. 
 
 
 
 
15 
 
Gráfico 2 
 
 
Finalmente, en cuanto a la función de medio de pago, las criptomonedas son cada vez más usadas para 
determinar y pagar el precio en transacciones de intercambio por bienes o servicios a partir del 
modelo propuesto por Nakamoto, sobre el cual se apoya también el funcionamiento del mercado 
de monedas virtuales como activo de inversión. 
Las razones por las que las personas naturales y jurídicas prefieren las criptomonedas como medio 
de pago por encima de las monedas centralizadas son variadas, siendo la mayoría de ellas muy 
sencillas. A primera vista, la mera naturaleza de las criptomonedas es indudablemente uno de los 
mayores incentivos para ser elegida. La tecnología blockchain sobre la cual se fundamentan la 
mayoría de las criptomonedas está construida para salvaguardar información, pues su método 
encriptado protege la información de los criminales cibernéticos. Más adelante se verá cómo 
funciona este sistema. 
Por otra parte, las transacciones entre pares son muy económicas o incluso gratuitas. Debido a 
que las transacciones no dependen de una autoridad central, no se cobra ninguna clase de recargo 
por trasladar dinero de una persona a otra. Adicionalmente, la compra, depósito y retiro de las 
16 
 
criptomonedas es fácil, esencialmente porque los únicos datos que se requieren son el usuario y la 
contraseña virtual de cada persona. 
La historia reciente ha hecho evidente la gradual disminución del pago en efectivo por parte de 
la población. Si bien a las criptomonedas aún le resta camino para equipararse con el dinero 
centralizado como medio de pago, no es anormal observar cada vez con mayor frecuencia la 
compra de objetos y servicios a través de las criptomonedas. Empresas como Apple con Apple Pay, 
Bloomberg, Shopify e incluso el club de fútbol Real Madrid han adoptado el Bitcoin como forma 
de pago virtual (Ámbito, 2018). Recibir dinero por medio de criptomonedas en un negocio o 
empresa es tan sencillo como obtener una dirección de recepción para criptodivisas, lo cual según 
TNW (The Next Web) se puede lograr de dos maneras, (i) registrarse en una billetera 
criptográfica custodiada virtualmente, por ejemplo, con CoinBase, o bien, (ii) administrar una 
billetera personalmente, controlando claves privadas (estas billeteras son casi imposibles de 
hackear o piratear). Una vez hecho esto, se generará un Código QR2 que permitirá a los clientes 
escanear y pagar sus compras desde su billetera virtual. 
 
K. ¿Cómo funcionan las transacciones con criptomonedas (Bitcoin)? 
 
El modelo propuesto por Nakamoto describe las monedas electrónicas como una cadena de firmas 
digitales. En esta cadena, cada persona tiene la posibilidad de transferir las monedas virtuales que 
posee a otra firmando digitalmente la transacción anterior y así sucesivamente. Un consumidor 
puede entonces verificar las firmas para identificar la cadena que se produce.(Nakamoto, 2008) 
En otras palabras, los consumidores pueden firmar las transacciones realizadas con las llaves que 
se tienen, desbloquear el valor de las monedas virtuales que poseen y disponer del mismo 
mediante la transferencia a un nuevo dueño. Las llaves se guardan comúnmente en billeteras 
digitales que cada persona tiene en su celular o en su dispositivo electrónico (Antonopoulos, 
2017). Así, el control sobre los bitcoins lo ejerce cada persona que controla las llaves para firmar 
las transacciones, siendo este el único prerrequisito para disponer de un bitcoin. 
 
2 Es un módulo para almacenar información en una matriz de puntos similar a un código de barras. 
17 
 
A la par con el desarrollo del referido modelo operativo y en particular del bitcoin, se ha venido 
estableciendo una red de aplicaciones, plataformas y servicios de apoyo para gestionar el 
almacenamiento y las transacciones en esta moneda virtual, tales como BitPay, Coinbase y 
GoCoin, entre otras3, que contribuyen a centralizar, ordenar y hacer más eficiente la actividad 
que se lleva a cabo en torno a las criptomonedas. De esta manera, todas las transacciones que se 
hacen en la red de criptomonedas, desde el momento de “creación” de la moneda virtual se 
almacenan en un “libro público” o public ledger por su nombre en inglés. La identidad de los 
dueños de las monedas se encuentra encriptada, por lo que el sistema usa métodos alternativos 
para asegurar la legitimidad del registro de información, por ejemplo, asegurando que las 
billeteras digitales calculen de manera precisa el monto total que se puede gastar. Adicionalmente, 
el sistema permite evaluar y asegurar que cada transacción use criptomonedas que sean propiedad 
de quien las gasta. El bitcoin, por ejemplo, llama a este libro público un transaction blockchain 
(blockchain de transacción) (Cryptocurrency Facts, 2017). 
Pues bien, la transferencia de fondos entre dos billeteras es a lo que se le llama una “transacción”. 
Una vez esta transacción es enviada al libro público, quienes realizan la avenencia deben esperar 
una confirmación y posteriormente se firma virtualmente la moneda tal como se explicó con 
anterioridad. Esta firma es en su esencia una prueba de que la transacción proviene del dueño 
de la billetera virtual. Por su parte, la confirmación puede tardar diferentes tiempos dependiendo 
de la criptomoneda (aproximadamente 10 minutos para el bitcoin). (Cryptocurrency Facts, 2017) 
 
L. ¿Cómo se crean las criptomonedas (Bitcoin)? 
 
El bitcoin, que como ya se mencionó, se distribuye en un sistema peer-to-peer, se crea por medio de 
un proceso llamado mining o minería. La minería involucra una competencia para encontrar 
soluciones a problemas matemáticos mientras que se procesan las transacciones con bitcoins. 
Específicamente, la actividad consiste en ordenar cronológicamente las transacciones e incluirlas 
en bloques de bitcoin que se encuentran (Bitcoin Magazine, 2017), lo que soluciona problema de double 
spending o doble gasto que constituye uno de los principales retos alrededor de las criptomonedas y3Véase https://www.bbva.com/es/principales-plataformas-bitcoin-mercado/ 
18 
 
que será tratado con posterioridad. En otras palabras, la minería es el proceso de confirmar 
transacciones y añadirlas al libro público, a través de la solución de problemas computacionales-
matemáticos complejos (Cryptocurrency Facts, 2017). 
De manera que, cualquier individuo que se encuentre dentro de la red de bitcoins y tenga un 
dispositivo electrónico puede operar como un “minero”, usando su computadora para procesar 
y verificar las transacciones. En promedio, para el año 2017, cada 10 minutos un minero podía 
validar suficientes transacciones para ser recompensado con una (1) unidad de bitcoin nueva. 
(Antonopoulos, 2017). Resulta impresionante el observar que, en sus inicios, el costo de producir 
una unidad adicional de moneda electrónica era esencialmente inexistente, haciendo que el 
producto fuera virtualmente gratuito (Rifkin, 2014). 
Antes de profundizar más en la actividad minera, es esencial conocer que las funciones de 
minado también se encuentran reguladas por medio de algoritmos al interior del protocolo de bitcoin. 
La dificultad de estos algoritmos es dinámica y depende del número de mineros que se 
encuentren intentando minar bitcoins (Antonopoulos, 2017). Dado el exponencial incremento en 
el mercado del bitcoin, el nivel de dificultad de la minería ha aumentado significativamente, de 
hecho, minar se ha tornado tan complicado que con un servidor común lo usual sería minar 
0.00001406 bitcoins por semana, lo que en otros términos significa que, tomaría 1367 años minar 
una (1) unidad de bitcoin. Por lo anterior, es evidente que la actividad de minería tiende a quedar 
reservada para profesionales, con recursos enormes que les permitan tener múltiples servidores 
minando al tiempo en un contexto de bajos costos de electricidad (Bitcoin Magazine, 2017). 
Teniendo claro lo anterior, es pertinente observar que la inicial situación de gratuidad ha 
cambiado con el tiempo, puesto que los niveles de dificultad de minería también incrementan la 
energía que debe ser usada para encontrar bitcoins. El modelo ilustrativo de cómo encontrar 
bitcoins explicado anteriormente, resulta ser más complejo que encontrar unidades de bitcoin 
dispersas en la red. Un minero que desea encontrar bitcoins realmente no extrae unidades de 
bitcoin, sino que encuentra los ya mencionados bloques de bitcoin en donde se encuentran incluidas 
las transacciones. Para encontrar un bloque un minero necesariamente debe usar energía y, dado 
que la situación se asemeja a ganar la lotería, igualmente la mayoría de los intentos por hallar uno 
serán fallidos (Bitcoin Magazine, 2017). 
19 
 
En este escenario, los mineros habrán desperdiciado una buena cantidad de energía para 
encontrar un bloque, lo que resulta fundamental al momento de observar el éxito del bitcoin. 
Crear un bitcoin “de la nada” no resulta ser posible, puesto que depende de un gasto de energía 
para conseguirlo. A cambio de asegurar la red y verificar transacciones (lo que representa un 
gasto de energía) los mineros añaden un bloque a la cadena de bloques o blockchain que contienen 
diferentes cantidades de bitcoin. En un principio, cada bloque contenía 50 bitcoins, cantidad que 
ha disminuido con el pasar del tiempo y el aumento en la cantidad de mineros. Así, para el 2017 
cada bloque contenía 12.5 bitcoins (Bitcoin Magazine, 2017). 
De igual manera, el protocolo tiene formas de limitar el número de bitcoins en circulación y la 
creación de nuevos bitcoins cada 4 años. De esta manera, se tiene un estimado de que para el año 
2140 la curva4 de bitcoins se aproximará a un total de 21 millones de bitcoin en la red. 
(Antonopoulos, 2017) 
 
M. ¿Qué es un ICO? 
 
Con un conocimiento básico del funcionamiento de las criptomonedas, un elemento que debe ser 
tomado en cuenta a la hora de pensar en la tecnología de blockchain y criptomonedas, son los ICO's, 
por su sigla en inglés Initial Coin Offering. Los ICO's son un modelo de recaudación de fondos 
(fundraising) para financiar la creación de criptomonedas nuevas, que ha cobrado importancia en la 
comunidad por la facilidad que presentan para conseguir dinero liquido en forma de divisa 
electrónica vigente a cambio de "tokens" encriptados5 (Bitcoin Magazine, 2017). Este tipo de 
fenómeno tiene gran acogida, pues quien invierte tiene esperanzas de que las nuevas monedas 
incrementen rápidamente en precio ganando una utilidad. 
 
 
 
 
 4 Curva que tiene una distribución logarítmica. 
5 En este caso refiriéndose a tokens de la divisa nueva. 
20 
 
N. Principales retos y oportunidades de la economía del dato: Criptomonedas 
 
La gestión de datos es un tema cada día más importante, de hecho, el 90% de los datos del 
mundo han sido creados en los últimos cuatro años (Rayón, 2016). Por consiguiente, una 
correcta gestión de datos es esencial para el mundo globalizado, en especial cuando se le da un 
valor a los mismos como ocurre con las criptomonedas. 
El crecimiento desmesurado del valor del bitcoin desde su creación en el 2009 ha excedido las 
expectativas de todos, pasando de un valor ínfimo a USD 11.488 para diciembre de 2017 y a 
USD 20.028 poco tiempo después (Infobae, 2017). Varios de los entusiastas iniciales que 
decidieron comprar bitcoins hoy son multimillonarios como consecuencia de los cambios que ha 
evidenciado el bitcoin en el tiempo de su existencia (Zohar, 2015). Es claro que una moneda 
virtual con crecimiento de estas dimensiones tiene serias implicaciones en la economía mundial 
y provoca que las autoridades bancarias enfrenten uno de los mayores retos que la tecnología ha 
traído consigo. 
El trabajo de Nakamoto (2008) que fue publicado como un proyecto abierto ha sido mantenido 
y replicado por desarrolladores de todo el planeta, causando que el ecosistema de las criptomonedas 
se haya multiplicado hasta tener la cantidad exorbitante de hoy en día. La expectativa y el interés 
en el tema de criptomonedas han causado varias fluctuaciones en su precio, especialmente el del 
bitcoin que ha pasado por varias “burbujas” de alzas y depreciaciones. De esta manera, el precio 
del bitcoin ha estado sujeto principalmente a la especulación y tiene un futuro incierto. (Zohar, 
2015) 
Pues bien, existen varios retos inherentes al uso del bitcoin que es necesario superar si es preciso 
que algún día la criptomoneda sea aceptada a nivel mundial. En primer lugar, si la operación del 
bitcoin se encuentra basada en un modelo de blockchains, distribuyendo su operación de manera 
sincronizada dentro de los nodos que se crean al interior de la red de bitcoins, uno de los retos 
que sobresalen para el protocolo es asegurar que todos los nodos se encuentren efectivamente 
sincronizados (Zohar, 2015) y así evitar cuestiones críticas como el doble pago con criptomoneda, 
de la que habla Nakamoto (2008). 
Asimismo, el debate existente alrededor del aseguramiento de la privacidad de los usuarios sin 
destruir el concepto descentralizado que se creó es crucial para brindar la confianza en los 
21 
 
desarrollos tecnológicos de la que habla Rayón (2016). Además, si el protocolo bitcoin es 
esencialmente descentralizado, no existe una organización o gobierno que controle su operación, 
es decir que, no hay posibilidades de aplicar políticas monetarias que regulen el mercado, aunado 
a que la oferta ya se delimitó a 21 millones de bitcoins (Zohar, 2015). 
Por otra parte, si se trata del pago con bitcoins de bienes y servicios (función de medio de pago), 
es claro que los sistemas de pago en línea han proliferado de manera exponencial con la demanda 
de e-commerce de baja fricción. Así, Paypal, Google Checkouty WebMoney, entre otras billeteras 
virtuales, han crecido enormemente, pero todas ellas han usado divisas reguladas como el dólar 
y se encuentran inevitablementeadministradas por una entidad centralizada (Meiklejohn et al., 
2013). Habida cuenta que el número y volúmen de transacciones de bienes y servicios a partir 
del uso del bitcoin tiende a aumentar, sobre la base del modelo de operación no intermediado 
atrás descrito, se hace relevante indagar por naturaleza jurídica de tales transacciones. En tal 
sentido, puede plantearse que se trata de una modalidad de negocios de compraventa de bienes 
y servicios realizados a través de medios virtuales, en los que el precio se denomina y pacta en la 
criptomoneda y se paga mediante la transferencia de las unidades o fracciones de esta, hecha 
directamente entre pares dentro de la red. 
A pesar de los muchos beneficios que puede traer consigo el uso de un método criptográfico y 
la tecnología de blockchain para la transacción de criptomonedas en la actualidad, también es cierto 
que existen retos y riesgos que ponen en peligro a los consumidores e inversionistas y aún a las 
naciones. En este sentido, el lavado de dinero o blanqueo de capitales surge como una 
preocupación inmediata ante el modelo de identificación de los actores de la red de criptomonedas, 
mediante llaves basadas en logaritmos. Al respecto basta con mencionar que las billeteras virtuales 
que albergan las llaves no se encuentran ligadas a la identidad de las personas dueñas de las 
mismas, lo que en la práctica conlleva una forma de anonimato en esta materia, que dificulta en 
alto grado el rastreo y la trazabilidad de los movimientos de capital, para imaginar las diversas 
posibilidades de usos criminales que se tienen con la compra de bitcoin a partir de dinero regulado. 
Adicionalmente, dado que las criptomonedas por definición no tienen una autoridad central que las 
regule, las transacciones no son registradas por los gobiernos, los bancos centrales o las entidades 
financieras. Esto ocasiona serias y graves repercusiones cuando individuos que obtienen recursos 
de manera ilegal los convierten en criptomonedas. Esencialmente, no queda rastro verificable por 
22 
 
las organizaciones gubernamentales para perseguir y castigar a aquellos que actúan de esta 
manera. 
El problema también se transfiere al ámbito de la evasión de impuestos. Personas que no 
necesariamente obtienen su dinero ilegalmente, pero que no desean pagar impuestos, pueden 
lograrlo transformando su capital a una divisa encriptada. Prácticamente, el modelo virtual 
permite a las personas reportar para efectos fiscales ingresos diferentes a los reales sin 
repercusión alguna, de hecho, dado que no existe un intermediario, y las transferencias que se 
hacen pasan inadvertidas. 
El dinero virtual puede desviarse incluso para fines terroristas. Solo era cuestión de tiempo para 
que las organizaciones criminales y delictivas se percataran de los usos que se le podían dar a este 
fenómeno mundial electrónico. No es raro encontrar noticias en las que se informa que ISIS6, 
por ejemplo, comenzó a usar bitcoin para financiar sus operaciones, especialmente cuando su 
inversión dejaba cada vez más ganancias (Express, 2017). 
Por otra parte, los riesgos de fraude se han evidenciado también para los consumidores de bitcoin. 
En Japón, uno de los países con mayor aceptación a las criptomonedas, se presentó en enero de 
2018 el desfalco más grande desde la creación del bitcoin. Mas de USD 500.000.000 fueron 
hurtados por hackers de la plataforma Coincheck7, y los expertos en el tema sugieren que deben 
esperarse más ataques cibernéticos (CNBC, 2018), por lo que las precauciones que deben tomar 
los compradores de bitcoin deben ser más estrictas. El fallo en la seguridad se produjo 
específicamente porque la plataforma guardó criptomonedas en lo que se denomina una hot wallet o 
una billetera “caliente”, cuyo funcionamiento implica un método de almacenamiento 
directamente conectado al internet8. A pesar de que existen modelos de recuperación de 
criptomonedas, estos servicios han tenido un lento desarrollo en la solución del problema dada la 
 
6 Grupo armado radical dedicado al establecimiento del régimen islámico en su región. (CNN, 2016) 
7 La principal plataforma de intercambio de divisas electrónicas de Asia y que tiene el servicio de billetera 
virtual en donde las personas depositan sus bitcoins. Véase https://www.msn.com/es-mx/dinero/noticias/roban-
530-mdd-en-criptomonedas-a-plataforma-coincheck/ar-BBJ5jPP. Previamente, en el año 2015, se registró otro 
fraude que afectó a la plataforma de bitcoin Mt.Gox, con pérdidas del orden de USD 387 millones, véase 
https://darkwebnews.com/news/mt-gox-ceo-arrested-on-fraud-charges/ 
8
El 98% del coin base (base monetaria) en los Estados Unidos se encuentra guardado en un cold storage o un 
depósito “frio”, que no tiene conexión a internet. (Gordon, 2018) 
 
https://www.msn.com/es-mx/dinero/noticias/roban-530-mdd-en-criptomonedas-a-plataforma-coincheck/ar-BBJ5jPP
https://www.msn.com/es-mx/dinero/noticias/roban-530-mdd-en-criptomonedas-a-plataforma-coincheck/ar-BBJ5jPP
23 
 
alta demanda de consumidores que se vieron afectados por el fallo en la seguridad del sistema 
(Gordon, 2018). 
Todo lo anterior resulta ser un reto para los gobiernos y a la vez una oportunidad de conocer 
sistemas diferentes a los actuales que pueden llegar a ser muy eficientes una vez se sorteen las 
dificultades inherentes al desarrollo de la actividad. 
 
O. Avances y desarrollo internacional en la aceptación y regulación de las 
criptomonedas 
 
Sin un apoyo por parte de las autoridades, la adopción del bitcoin es necesariamente lenta, de 
hecho, en Colombia puede suceder un fenómeno negativo para los consumidores que quieren 
comprar productos y servicios con la criptomoneda que acaban de adquirir. Los lugares que aceptan 
el bitcoin como una moneda transable en el país son todavía pocos y por lo tanto el adquirirlos 
en un momento inicial no resultaría tan útil (Zohar, 2015) para este propósito al menos. 
Adicionalmente, si no hay una certeza del estatus legal de la criptomoneda y un software amigable 
para los consumidores colombianos, que de hecho son poco educados en la materia (Cajiao & 
Fonseca, 2016), es obvio que se ralentice su crecimiento. 
En países más desarrollados, este aspecto negativo del bitcoin cada vez es menos significativo, 
pues los lugares que aceptan bitcoin y los cajeros automáticos que cambian bitcoins por dinero 
regulado son día a día más comunes, lo que provoca que las empresas y los negocios 
gradualmente sientan más confianza cuando se habla de criptomonedas. Por supuesto, un nivel 
mayor de aceptación o de conocimiento del funcionamiento de las criptomonedas también implica 
una mayor atención a las mismas y a la discusión sobre la necesidad de regularlas. A pesar de 
ello, la regulación no resulta ser una tarea de fácil desarrollo, por la complejidad técnica y el 
carácter globalizado de las monedas virtuales. Como ya se vio, las criptomonedas son un activo 
tecnológicamente muy complejo y globalizado, que no depende de un servidor central para 
funcionar. 
De manera general, los Estados en tanto reguladores, tienen básicamente tres opciones frente a 
las criptomonedas, a saber: prohibirlas, permitir su funcionamiento bajo ciertas regulaciones, o no 
24 
 
regularlas. A continuación, se exponen los enfoques normativos adoptados en los países 
escogidos, que han optado por regular las monedas virtuales. 
Japón 
La FSA (Financial Services Agency) ha sido uno de los principales entes que han emitido 
regulaciones o impuesto condiciones para el uso de criptomonedas en transacciones a nivel nacional 
en Japón. En junio 19 del año 2014, el Partido Democrático Liberal Japonés (el principal partido 
del país) se pronunció por primera vez sobre el bitcoin expresando estar en contra de regular esta 
divisa electrónica, pero señalando que aún mantenía las puertas abiertas para regulacionesfuturas 
(Reuters, 2014). Tiempo después, la FSA propuso legislación que reconocería a las criptomonedas 
como equivalentes a las divisas convencionales, en cuyo caso las empresas que comerciaran con 
divisas electrónicas debían registrarse con la FSA. (Perkins, 2018). No obstante, no fue sino hasta 
abril 3 de 2016 que se presentó el primer proyecto de ley en Japón con respecto a las criptomonedas. 
El proyecto de ley en mención contenía información valiosa para la regulación de las divisas 
electrónicas. En primer lugar, se definió claramente que era una “divisa electrónica” o virtual y 
los “servicios de intercambio de divisas virtuales” (Virtual Currency Exchange Services). En segundo 
lugar, se estableció la obligación a las empresas que prestasen el servicio de intercambio de 
criptomonedas de registrarse como prestadoras del mismo. En tercer lugar, creó algunas 
regulaciones sobre el negocio de los proveedores de servicios de intercambio de moneda virtual. 
Por último, en cuarto lugar, impuso obligaciones (entre ellas la identificación de consumidores) 
a los proveedores de servicios atribuyéndoles el carácter de “operador comercial especificado” 
(specified business operator) dentro de la definición de la APTCP (Act on the Prevention of 
Transfer of Criminal Proceeds). (Financial Services Agency, 2016) 
El 25 de mayo de 2016 la FSA expidió normas que incluían modificaciones al PSA (Payment 
Services Act) y al APTCP, actos en los que se quería especificar que la regulación de la 
transacción con monedas virtuales debía efectuarse por autoridades gubernamentales. Como tal, 
se creó una nueva forma de clasificación denominada VCEO (Virtual Currency Exchange 
Operator) que resulta ser una categoría que engloba a las entidades que se involucren en las 
transacciones virtuales con criptomonedas en distintos aspectos y maneras, a saber, (i) en la compra, 
venta y transacción con criptomonedas, (ii) como intermediador o agente de las operaciones del 
punto anterior y (iii) en la custodia de los servicios de negocio que involucren los numerales (i) 
25 
 
y (ii). Por consiguiente, toda entidad extranjera que se involucre en transacciones virtuales con 
criptomonedas fuera de Japón y no obtenga un registro por parte de la autoridad relevante, le queda 
prohibido negociar en los términos de los numerales (i) al (iii) con un residente japonés. 
Adicionalmente, los VCEO tienen el deber de verificar o confirmar las identidades de sus 
consumidores en el momento de la realización de cualquier transacción y de reportar al gobierno 
ante cualquier irregularidad o actuación sospechosa. (Perkins, 2018) 
Posteriormente, el 1 de abril de 2017 la FSA promulgó una nueva ley que autorizaba a las divisas 
digitales a ser un medio de pago, lo que, a ciencia cierta, les concedió el mismo estatus legal a las 
criptomonedas que a cualquier otra divisa. Obviamente, partiendo de que existen diversos retos en 
la aplicación práctica de las nuevas posibilidades, los debates posteriores a la nueva ley no 
escasearon y tuvieron como resultado varias políticas de anti blanqueo de capitales y la 
categorización del bitcoin como un instrumento de pago “prepago” (prepaid payment instrument). 
La ley permitiría dar claridad a los requerimientos de capital para las transacciones, así como las 
estipulaciones operacionales y de seguridad virtual. Por último, implicaba el desarrollo de 
capacitaciones a empleados y la obligación de realizar auditorías anuales. (Financial Services 
Agency, 2017) 
El 30 de septiembre de 2017 la FSA de Japón concedió las primeras licencias para transar con 
criptomonedas a 11 compañías. Ahora bien, para obtener una licencia, dichas compañías debían 
cumplir con una serie de estrictos requisitos que involucraban el fortalecimiento de sus sistemas 
operativos computacionales y la segregación de cuentas de usuarios de manera personalizada, 
para lo cual era necesario invertir grandes cantidades de dinero. 
Japón es hoy en día uno de los países con mayor acogida a las criptomonedas en el mundo. Ahora 
bien, esto no significa necesariamente que este sea un país liberal frente a la regulación, lo que 
ocurre realmente es que Japón ha logrado atraer en mayor medida la industria asiática de las 
criptomonedas, dado que China y Corea han propiciado entornos hostiles para las mismas. (Nelson, 
2018) 
A pesar del gran entusiasmo que tiene la población japonesa por las divisas electrónicas, el ya 
mencionado hurto en la plataforma de intercambios de criptomonedas Coincheck el 26 de enero 
de 2018, con pérdidas por encima de los 500 millones de dólares, claramente ha producido un 
retroceso de enormes proporciones en el interés de la población y una supervisión más cercana 
26 
 
de la FSA (Financial Services Agency). Después de este enorme atentado cibernético, Coincheck, 
una de las plataformas más representativas y con más poder en Asia, anunció recientemente que 
atendería las solicitudes de la FSA para mejorar la infraestructura que soporta sus operaciones 
de negocio. De manera que la plataforma restringió el depósito y los extractos de la mayoría de 
las criptomonedas hasta que se completara la investigación y se solucionaran los inconvenientes. 
(Gordon, 2018) 
Claramente, la política de reparación a los consumidores no está dada por la ley, si bien 
Coincheck aceptó regular sus operaciones, es posible pensar que no lo hace en mayor medida 
por lo expresado por la FSA, sino por consideraciones de autorregulación. Ciertamente, las 
actuaciones pueden observarse como una iniciativa propia que hubiese surgido con o sin la 
intervención de la Agencia y tiene que ver esencialmente con cuidar el negocio como lo haría 
cualquier empresario o banco que es víctima de un hurto que afecta a sus clientes. 
Reino Unido 
Mientras que el llamado Brexit tiene fecha de marzo de 2019 para que el Reino Unido (UK) se 
separe de la Unión Europea (UE), uno de los vínculos más claros que existen se origina en los 
planes para regular las criptomonedas (Nelson, 2018). Algunos periódicos de alta circulación en el 
Reino Unido como The Guardian o The Telegraph han hecho reportes sobre los planes que tiene 
la UE en conjunto con UK para regular el uso de criptomonedas. 
Observando detenidamente, cuáles han sido los pronunciamientos normativos con respecto a 
las criptomonedas, estos iniciaron desde el 2013. El 19 de junio del año en mención, la HMRC (Her 
Majesty’s Revenue & Customs) aclaró que las divisas digitales se encontraban cubiertas por el sistema 
de impuestos del Reino Unido, esto es, cuando las criptomonedas son usadas para pagar por bienes 
y servicios, la persona que realiza la transacción es considerada como comerciante y las utilidades 
recibidas necesariamente están sujetas a impuestos; así mismo, los responsables del impuesto al 
valor agregado (VAT) deben cobrarlo en estas transacciones9. (Spaven, 2013) 
Unos meses después, la misma HMRC se expresó diciendo que las transacciones e intercambios 
con bitcoin no tenían que registrarse bajo las regulaciones de lavado de dinero. No obstante, para 
 
9 El impuesto a las ventas en Europa es conocido como el Value Added Tax (VAT). Si una nación comienza a 
cobrar impuestos a las criptomonedas también podría sugerir su aceptación. (Gilson, 2013) 
27 
 
la época se reconoció que las criptomonedas se encontraban en desarrollo, por lo que sería necesario 
iniciar discusiones con la tesorería (Her Majesty’s Treasury) en relación con este mercado y si la 
HMRC sería el principal supervisor del mismo. Claramente, se tomó en consideración que la 
visión que se tenía del mercado podía cambiar drásticamente, por lo que habría que estar alerta 
ante los cambios que pudieran acontecer y en dado caso de que se reconociera al bitcoin como 
una divisa, se tendría que registrar en las regulaciones de blanqueo de capitales. (Spaven, 2013)En enero de 2014 el Reino Unido consideró reclasificar al bitcoin como una “divisa privada”. Esta 
consideración tendría serias repercusiones tributarias pues eliminaría la posibilidad de que las 
utilidades estuviesen sujetas a impuestos (Wong, 2014), a diferencia de cómo se consideraba para 
la época, un “bono negociable” (Gilson, 2013).Aun así, parecería que la clasificación que se le 
otorgó a las criptomonedas es inapropiada, puesto que estas no son emitidas por alguien, no tienen 
lo que se denomina face value o valor nominal y pueden ser redimidos por una amplia variedad 
de bienes y servicios (Gilson, 2013). Evidentemente, si el bitcoin se considera una divisa privada, 
las posibilidades de regulación serían diferentes puesto que reduciría la responsabilidad 
impositiva considerablemente. En principio, quienes son dueños de criptomonedas no serían 
responsables del impuesto sobre las ganancias de capital, aunque el VAT aún se cobraría sobre 
las transacciones (Wong, 2014). 
De otro lado, en el Reino Unido se ha planteado desde el 2015, la conveniencia de someter los 
ecosistemas de criptomonedas a estándares regulatorios semejantes a los de la industria financiera, 
en aspectos tales como las reglas de prevención de lavado de activos y financiación del 
terrorismo, la clasificación de dichos activos como valores (securities) para asegurar la integridad 
del mercado y la protección de los inversionistas bajo las normas del mercado de valores, la 
adopción de regulaciones prudenciales para las plataformas de comercialización, incluyendo 
requerimientos de capital, y la adopción de reglas para operaciones de derivados que tengan 
como subyacente las monedas virtuales (Carney, 201810). Aun así, para octubre de 2015, los 
reportes de la tesorería del Reino Unido establecían que la mayoría de las transacciones ilícitas 
que involucraban criptomonedas, se producían en mercados virtuales de venta y compra de 
sustancias controladas y armas de fuego, más que para el financiamiento del terrorismo y lavado 
 
10 Mark Carney, Gobernador del Bank of England. The Future of Money, discurso pronunciado en la 
inauguración de la Scottish Economics Conference, Edinburgh University, 2 de marzo de 2018, páginas 10 y 
11. 
28 
 
de dinero. Lo anterior se debe a que la evidencia recaudada sobre el uso de las divisas era muy 
poca para los dos últimos propósitos. 
No obstante, la información más reciente conocida (desde el 2016), indica que los gobiernos 
pretenden implementar políticas represivas, por ejemplo, al bitcoin, principalmente por las 
preocupaciones existentes alrededor del lavado de activos y la evasión de impuestos. Ahora bien, 
la regulación de AML (Anti money laundering) no aplicaría para quienes proveen billeteras virtuales 
principalmente para evitar una sobre carga en estos servicios (Higgins, 2016). 
Resulta especialmente efectivo, legislar en paralelo con políticas anti-lavado de dinero y de 
financiamiento al terrorismo, que lleven a que los traders o comerciantes revelen sus identidades, 
acabando en principio con el anonimato que ha creado interés y resulta ser substancialmente 
atractivo para actividades ilegales y de narcotráfico. Adicionalmente, las plataformas donde se 
transa este tipo de moneda serán requeridas para que reporten transacciones sospechosas, 
ciertamente en un intento por proteger a los consumidores. (The Guardian, 2017) 
Como se vio, estas políticas son claramente preventivas por parte del gobierno ante la posibilidad 
de perder el control sobre el mercado. Realmente, como ya se mencionó, no hay una amplia 
evidencia de que las criptomonedas se estén usando para el lavado de activos, simplemente se 
supone por su naturaleza “des intermediada” y el anonimato que les es propio, que el riesgo es 
inherente a las mismas y se espera que crezca. 
En noviembre de 2017, la FCA (The Financial Conduct Authority) en el Reino Unido publicó un 
aviso de advertencia a los consumidores sobre los riesgos de invertir en criptomonedas. Entre estos 
riesgos se incluye (1) la volatilidad del precio; (2) el potencial de perdida para los inversionistas; 
(3) algunas tarifas; (4) la falta de transparencia en el precio. Aun así, los consumidores se 
encuentran protegidos por la regulación de la FCA y requiere que las firmas que ofrecen CFDs 
(Contracts for differences) o contratos con criptomonedas como base de la inversión, sean vigilados por 
la FCA. De manera que los reclamos individuales de los consumidores pueden ser referidos a la 
FCA y pueden ser elegibles para acceder a un plan de compensación FSCS (Financial Services 
Compensation Scheme). (Perkins, 2018) 
Corea del Sur 
Es una tarea difícil saber por dónde comenzar a hablar de la regulación en Corea del Sur. Pues 
bien, alrededor del año 2013 el gobierno coreano, específicamente el Ministerio de Estrategia y 
29 
 
Finanzas, el Banco de Corea (Bank of Corea), la Comisión de Servicios Financieros (Financial 
Services Comission; FSC) y el Servicio de Supervisión Financiero (Financial Supervisory Service) 
expresaron que las Cryptomonedas no eran una divisa legal, dado que, según ellos, las criptomonedas 
no cumplían con los requisitos mínimos regulatorios de las transacciones con divisas. De igual 
manera, dieron avisos de advertencia sobre la alta volatilidad en el valor del bitcoin y su falta de 
valor intrínseco.(Korean Herald, 2013) 
Para el 2017 Corea constantemente buscaba proponer normatividades que fueran más estrictas 
en cuanto al uso de criptomonedas. Así, varios legisladores (entre ellos Park Yong-Jin) propusieron 
que se enmendara la EFTA (Electronic Financial Transaction Act) para regular aun más de cerca las 
criptomonedas (Zhao, 2017). De igual manera la FSC promulgó una prohibición de algunas 
características de las transacciones con bitcoin, provocando que varias empresas de seguridad 
cancelaran seminarios de seguridad para futuros inversores. Ahora bien, el gobierno coreano no 
prohibió como tal el intercambio de bitcoin, sin embargo, los ICOs si estarían sujetos a dichas 
restricciones. 
Sin embargo, en enero de 2018 surgió una ola de declaraciones sobre futuras posibles acciones 
regulatorias para la creciente industria de las monedas virtuales (Nelson, 2018). A pesar de las 
amenazas anteriores de prohibir los ICOs, las autoridades financieras coreanas han sugerido que 
se planea permitir los Initial Coin Offerings y la tecnología de blockchain. En realidad, para marzo 
del 2018, la FSC dijo que aún no se ha decidido sobre el futuro de la prohibición de los ICOs 
(The Korea Times, 2018). 
Desde el 23 de enero de 2018 los oficiales coreanos han impuesto reglas prohibitivas de la 
anonimidad de las cuentas que comercian con criptomonedas (Nelson, 2018). En realidad, lo que 
quiere decir la frase anterior en términos positivos, es que Corea del Sur va a permitir el comercio 
con criptomonedas como una actividad legal, para aquellas cuentas ligadas a los nombres reales de 
quienes transan (Gordon, 2018). Sin embargo, la FSC aún no descarta la posibilidad de cerrar 
todos los comercios virtuales de las criptomonedas, o bien, únicamente las que se encuentran 
violando la ley. 
Son 6 al menos los bancos coreanos que permitieron la apertura simultanea de cuentas para 
retiros, depósitos y transferencias de fondos desde el 30 de enero de 2018, eso sí, con 
restricciones. Los inversores deberán convertir sus cuentas digitales anónimas a cuentas 
30 
 
bancarias con nombres reales para continuar transando en el mercado virtual. De igual manera, 
las transacciones y transferencias solo podrán realizarse entre cuentas con nombres reales y con 
el mismo tipo de criptomonedas, esto es, bitcoin con bitcoin, ether con ether y así sucesivamente. Entre 
los bancos que decidieron involucrarse en este nuevo método virtual se encuentran el Nonghyup 
Bank y el Shinnan Bank. (Gordon,2018) 
Los coreanos han visto un gran potencial de inversión en las criptomonedas, se estima que el 20% 
de los bitcoins del mundo se transan en este país. Con este alto nivel de transacciones, las 
restricciones surgen cuando estas no se hacen por medio de un banco como se planteó 
anteriormente. Esencialmente, el gobierno está prohibiendo el comercio doméstico anónimo 
(Gordon, 2018). Estas prohibiciones se hacen cumplir por parte del gobierno por medio de 
inspecciones forzosas de oficiales del NTS (National Tax Service) a lugares donde se piensa hay 
comercio de criptomonedas, especialmente en los operadores más grandes como Bithumb. (Voa 
News, 2018) 
China 
China es uno de los países con mayor regulación en el mundo, no en cantidad específicamente, 
sino en lo severo y riguroso de lo que se impone por parte del gobierno. Este país asiático no ha 
hecho más que imponer medidas drásticas en todas las dimensiones del comercio con 
criptomonedas (Nelson, 2018). Comenzando por la prohibición de los ICOs, el gobierno chino 
implementó rápidamente regulaciones para esta opción de recaudación de fondos, 
principalmente porque desde la perspectiva gubernamental y del Banco Central Chino, este tipo 
de fenómenos ha afectado el orden económico y financiero (Techcrunch, 2017). Claramente el 
PBOC (People’s Bank of China) ha dicho que las criptomonedas o el bitcoin más específicamente, no 
es una divisa y que las instituciones financieras no pueden involucrarse en transacciones con 
bitcoin. Además, las páginas web que transan con criptomonedas deben registrarse con las agencias 
regulatorias apropiadas. Igualmente, el PBOC se ha dedicado a prestar especial atención a el uso 
potencial de las criptomonedas para lavado de dinero y ha educado constantemente al público sobre 
los riesgos de hacer transacciones virtuales por su falta de centralización. (The Guardian, 2013) 
Adicionalmente, China ha ordenado el congelamiento de todas las cuentas bancarias asociadas 
con el intercambio y comercio de monedas electrónicas. Esto ha tenido serias repercusiones en 
los negocios de Hong Kong, en donde más se pudo apreciar el impacto del ambiente prohibitivo 
31 
 
impuesto por el gobierno. Esto no ha sido más que un incentivo para los empresarios dedicados 
a este negocio para abrir cuentas bancarias en el exterior donde la regulación sea más laxa e 
incluso inexistente, en aras de continuar con la operación de su negocio. Los bancos que antes 
permitían transacciones quedaron en una grave situación justo en el momento en el que el bitcoin 
estaba en su cúspide. (SCMP, 2017) 
Las duras regulaciones han sacado a la fuerza a los mineros de criptomonedas, más aún cuando en 
toda la nación se implementó una restricción del uso del internet y de móviles para ingresar a 
contenido relacionado con comercio de criptomonedas. Esta es una situación bastante impactante 
para monedas como el bitcoin que tenían aproximadamente el 50% de la población minera en 
China. 
Aun así, para el 2016 el Banco Central de China contempló la posibilidad de que se contrataran 
expertos en tecnología blockchain para desarrollar una criptomoneda propia. Ahora bien, basado en 
la información que ofrece el Banco Central, el dinero virtual disponible sería controlado por el 
mismo. No obstante, no se tiene registro de la creación de alguna criptomoneda, únicamente se 
tienen noticias de que se encuentra en estado de planeación. Se espera que para el 2018 China 
imponga duras regulaciones adicionales al uso de las criptomonedas. (Reuters, 2018) 
 
P. Limitantes para el uso de las investigaciones 
 
Las limitaciones para el uso de las investigaciones evaluadas se centran especialmente en el 
componente técnico y el carácter globalizado de las criptomonedas, considerando que entender el 
funcionamiento y los conceptos sobre los que están desarrolladas requiere unas bases de 
conocimiento bastante amplias y especializadas. Igualmente, la poca información de carácter 
académico o científico, si bien es una fuente importante para conocer del tema, dificulta llevar 
este marco técnico a un lenguaje sencillo y de fácil comprensión. 
Ahora bien, en temas normativos es donde se encuentra un mayor vacío de información 
confiable. Los pronunciamientos de los entes oficiales y regulatorios en los países estudiados no 
son comprensivos, en realidad, abordan el tema de manera parcial, obligados por la fuerza 
económica de las criptomonedas, o por la ocurrencia de fraudes en la industria. 
32 
 
 
Q. Tendencias 
 
Existe una clara tendencia a considerar que el bitcoin y las criptomonedas en general es un tema de 
esencial relevancia en la era digital. Pues bien, me identifico plenamente con esta tendencia 
propuesta por la mayoría de los autores y textos consultados. 
Se dialogará entre ideas que propongan métodos diversos de regulación sobre las criptomonedas y 
las formas de aplicabilidad en Colombia basado en la normatividad o regulación de cada uno de 
los países que las han propuesto. 
De esta manera, se procurará mantener una posición objetiva e imparcial en el debate sobre las 
mejores prácticas posibles para el desarrollo del mercado de criptomonedas en Colombia, 
afrontando las lagunas y vacíos normativos por medio de la lógica y la observación de las 
actuaciones de otros países que posiblemente se encuentren mejor informados y desarrollados 
en el área. 
 
IV. Marco teórico 
 
Este apartado pretende explicar los conceptos e ideas a utilizar para resolver el problema de 
investigación planteado y los modelos teóricos que se inscriben en el proyecto. Como tal, el tema 
de las criptomonedas es bastante técnico y requiere conocer varios conceptos en aras de dar 
solución al problema de investigación. 
Existen diferentes dimensiones sobre las cuales los autores que han tratado el tema de las 
criptomonedas se han enfocado, a saber, los antecedentes e historia del bitcoin, los temas de 
seguridad y privacidad de los consumidores en las transacciones efectuadas con moneda virtual, 
las criptomonedas como forma de inversión y, por último, las transacciones realizadas como tal y 
su procedimiento. 
Dado que este es un tema relativamente nuevo en la era digital no son muchas las líneas teóricas 
las que se han desarrollado, por el contrario, quienes han investigado el tema se han dedicado a 
33 
 
describir el fenómeno y detallar algunos retos que se presentan en la cotidianidad de las 
criptomonedas. Por esta razón, es común que las posturas críticas frente al tema del bitcoin y las 
criptomonedas se encuentren principalmente en lo que se podría llamar “fuentes grises”, es decir, 
prensa y artículos de opinión. 
Ahora bien, siendo indispensable entender las criptomonedas cabalmente, es fundamental conocer 
la terminología alrededor de las mismas. En primer lugar, se estudió la procedencia del dinero 
electrónico y su cambio drástico a un modelo descentralizado y des intermediado. En otras 
palabras, de acuerdo con el trabajo de Tapscott (2016) entender cómo la tecnología detrás de las 
criptomonedas, en especial el bitcoin, está cambiando el negocio del dinero en el mundo. Lo anterior 
implicó estudiar el fenómeno de las blockchains y la minería como forma de creación de dinero 
electrónico. 
En segundo lugar, para aproximarse a los temas de la privacidad y seguridad de los consumidores 
fue necesario entender el concepto de protección criptográfica (Meiklejohn et al., 2013) y los 
diferentes modelos creados para evitar fraudes de doble pago (Nakamoto, 2008), además de la 
robustez de la red de protocolo bitcoin, en términos del riesgo de vulnerabilidad a ataques 
cibernéticos que pretendan hurtar monedas y afecten la estabilidad de la red como tal. 
De igual manera, en el tema de las transacciones fue fundamental observar cómo se obtiene y se 
trasmite valor por medio de blockchains y cuáles son los incentivos, de forma que se estructuren 
recompensasdentro del protocolo. Lo anterior también tiene repercusiones sobre el interés que 
tienen las personas para atacar al sistema, por cuanto si se tiene una gran capacidad en un 
servidor, se preferirá la producción de nuevos bitcoin a hurtar a otras personas, lo que en últimas 
solo causaría un incremento en la desconfianza de los consumidores y por lo tanto una 
devaluación de su propia riqueza (Nakamoto, 2008). 
Esta investigación es novedosa por cuanto Colombia enfrenta un nuevo paradigma que no tiene 
mayor desarrollo normativo. Por esta razón, un avance en la comprensión del tema de las 
criptomonedas y sus enfoques de regulación brinda una base para investigaciones futuras que 
quieran profundizar en estas u otras áreas que se ven involucradas en la transacción con 
criptomonedas. 
Sobre esa base, a continuación y para terminar, se exponen las consideraciones finales sobre los 
enfoques normativos estudiados y su aplicabilidad en Colombia. 
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R. Consideraciones sobre los enfoques normativos estudiados y su aplicabilidad en 
Colombia 
 
El futuro de las criptomonedas es todavía una gran incógnita. Los analistas especializados en la 
materia se encuentran divididos entre visiones optimistas, pesimistas y moderadas. Quienes 
mantienen una visión positiva frente al futuro de las criptomonedas afirman que, a pesar de la 
represión reguladora de los países, el bitcoin, por ejemplo, multiplicará su uso en por lo menos 4 
veces el actual durante el transcurso de la siguiente década. En otras palabras, según esta visión, 
las monedas electrónicas no son un fenómeno pasajero, fueron creadas y llegaron para perdurar 
en el tiempo. Eso sí, se prevé que, de las numerosas criptomonedas conocidas, subsistan como 
principales un máximo de 3, entre las cuales se encontraría el bitcoin. (La información, 2018). 
Por otra parte, en una perspectiva más negativa, se estima que la vida de estas monedas no será 
ni larga ni exitosa. Si bien las criptomonedas principales pueden incrementar su precio 
increíblemente, posiblemente hasta 60,000 USD para el caso del bitcoin, esta visión considera que 
lo más seguro es que su precio caiga luego hasta su coste de producción (que como se vio, varía 
constantemente de acuerdo con el nivel de dificultad dentro del protocolo). Para estos analistas, 
indudablemente las regulaciones y la preocupación de nuevos países que ingresen al mercado 
global de las criptomonedas son factores que contribuirían a su caída (La información, 2018). Lo 
anterior se fundamenta aún más cuando se observa que el creciente nivel de dificultad para minar 
bitcoin implica el uso de grandes cantidades de electricidad. En un momento dado, la minería 
causará un fuerte impacto en los precios del uso de energía eléctrica y los gobiernos tendrán 
otros incentivos para regular las criptomonedas. En este sentido, no será posible desatender el 
fenómeno económico. 
Por último, en una visión más neutral, otros analistas esperan que el precio de las criptomonedas, 
en especial el del bitcoin, deje atrás su volatilidad en paralelo a inversiones inteligentes de hombres 
de negocios más experimentados. Esto facilitaría en gran medida que los sistemas financieros de 
las naciones aceptaran las criptomonedas. 
Observando las regulaciones de los países analizados, es decir, el Reino Unido, Japón, China y 
Corea del Sur, es posible vislumbrar varias tendencias diferentes con respecto a la regulación de 
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las criptomonedas y las transacciones que se efectúan con ellas. Algunas prohibitivas y otras que 
imponen condiciones para su uso, pretendiendo despejar al menos ciertos aspectos en el tema 
legal. No obstante, el punto central que parece motivar la iniciativa regulativa siempre aparenta 
ser el mismo, el riesgo que existe de usar las criptomonedas con fines ilegales, la financiación del 
terrorismo, el lavado de activos, la evasión de impuestos, la corrupción, el fraude y la protección 
al consumidor. 
Aunque en la actualidad no sea posible verificar con total certeza el uso que se le da a las monedas 
virtuales, es evidente que las naciones no se han quedado en el “banquillo” observando cómo su 
poder de control se desvanece paulatinamente a medida que los sistemas P2P evolucionan y 
ganan terreno. Si se parte de que la idea fundamental del uso de una moneda virtual es la 
transacción entre pares, sin intermediarios, las actuaciones gubernamentales de los países 
estudiados, aunque quieran respetar el funcionamiento del mercado virtual, también lo 
desnaturalizan y deprecian las divisas continuamente con cada regulación impuesta, por más 
pequeña que parezca. 
Ante todo, debe quedar claro que el freno que se le pretende imponer a las criptomonedas es a 
través de la regulación de lo que podría llamarse la “economía sumergida”, es decir, aquella que 
no es visible para los Estados. Por consiguiente, en ocasiones resulta ser inefectiva, precisamente 
por su carácter soterrado derivado del favorecimiento que implica el anonimato. No obstante, 
lo evidente es que la transacción con criptomonedas conlleva riesgos no solo para los gobiernos, 
sino también para los consumidores e inversionistas. De manera que por más difícil que parezca, 
las naciones del mundo en donde abunda el uso de criptomonedas están realizando esfuerzos por 
regular y controlar su utilización. 
Así pues, dentro de los “movimientos regulatorios” observados, que en principio nacen de 
iniciativas individuales de cada estado, a menudo se manifiestan cambios en el mercado global 
de criptomonedas, máxime cuando las iniciativas se coordinan medianamente bien entre varios 
Estados como ocurre en el caso del Reino Unido y la Unión Europea. Sin embargo, es innegable 
que las regulaciones no son suficientes por sí solas para ejercer un control total de las 
criptomonedas. En China, primer país en adoptar una prohibición de los ICOs y una estricta visión 
frente al comercio de moneda digital, los inversionistas hallaron múltiples maneras para 
comercializar con criptomonedas y comprar ICOs (Coin Telegraph, 2017). 
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Lo anterior no quiere decir que las regulaciones no tengan el impacto deseado en cada país, sin 
embargo, el efecto de la imposición normativa puede ser limitado. Aun así, a nivel global, fue 
evidente el golpe al precio del bitcoin cuando China comenzó a imponer sus medidas prohibitivas. 
Siendo uno de los países con mayor número de mineros, el precio del bitcoin paso de 20.089 USD 
a estar por debajo de los 7.000 USD en la actualidad, sin embargo, la actividad transaccional 
continuó. Obviamente, por la volatilidad del precio del bitcoin es muy posible que este importe 
se vuelva a remontar. No obstante, este incremento nunca visto, parece encontrarse con más y 
más obstáculos (regulaciones). 
Bajo ese marco de análisis, claramente la solución no es la prohibición total, especialmente 
porque su efectividad sería muy dudosa ante la fuerza y expansión creciente de la industria a 
nivel global y el disímil grado de coordinación entre Estados con distintas condiciones de 
desarrollo. Las criptomonedas por ser activos globalizados pueden operar desde cualquier país y los 
empresarios pueden migrar constantemente tal como ocurrió en China. En teoría se necesitaría 
que el mundo entero gozara de regulación sobre las monedas virtuales y que en todo lugar tuviese 
un mismo nivel de restricción para que este modelo de represión funcionara. 
Ahora bien, la posibilidad real que tienen los países para hacer cumplir las prohibiciones o 
regulaciones impuestas también depende en gran medida de la fortaleza de sus instituciones. En 
naciones con gran poderío gubernamental, las regulaciones prohibitivas cobran mayor sentido 
práctico, puesto que es posible controlar al total de la población o a la mayoría de esta. Sin 
embargo, en países como el nuestro, con mayor debilidad institucional, la tarea de hacer cumplir 
la normatividad es más complicada.

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