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CENTRAL: 6198 - 100 SOLUCIONARIO ÁREAS A, B y D Examen San Marcos 2019 – I Pr oh ib id a su v en ta 29 Resolución 58 normas jurídicas Constitución Política La Constitución Política del Perú establece que la Policía Nacional del Perú es la única institución que tiene competencia en el combate contra la delincuencia y la investigación del delito, lo mismo que garantiza el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y privado (Constitución Política del Perú, artículo 166). Rpta.: No, solo la Policía Nacional puede prevenir, investigar y combatir la delincuencia Pregunta 59 Luego de agotar todas las instancias procesales, el exalcalde provincial de Chimbote es condenado a 10 años de pena privativa de la libertad por el delito de corrupción de funcionarios. Sin embargo, decide postularse como gobernador regional de Áncash en las próximas elecciones regionales y municipales. De acuerdo con la Constitución Política del Perú, ¿puede el referido funcionario postular a tal candidatura? A) No, la ciudadanía se suspende por sentencia con pena privativa de la libertad. B) Sí, es nulo todo acto que prohíba al ciudadano el ejercicio de sus derechos políticos. C) No, la ciudadanía se suspende únicamente por resolución judicial de interdicción. D) Sí, el ejercicio de los derechos políticos es irrestricto en un régimen democrático. E) Sí, en tanto se haga pública la autorización de parte del Jurado Nacional de Elecciones. Resolución 59 ciudadanía Ejercicio ciudadano La Constitución Política establece tres motivos por los cuales se suspende el ejercicio de la ciudadanía (artículo 33), siendo los siguientes. • Los sentenciados a pena privativa de la libertad. • Los sentenciados con inhabilitación del ejercicio de derechos políticos. • Los declarados judicialmente incapaces (interdicción). Por lo que el exalcalde provincial de Chimbote no puede postular al cargo de gobernador regional de Áncash. Rpta.: No, la ciudadanía se suspende por sentencia con pena privativa de la libertad. Pregunta 60 El abogado José López fue elegido como miembro del Consejo Nacional de la Magistratura en representación de las universidades privadas. Sin embargo, en el ejercicio de sus funciones, incurre en falta grave. ¿Qué señala la Constitución Política del Perú al respecto? A) El Congreso de la República puede remover de su cargo al consejero José López, por haber incurrido en falta grave. B) No puede juzgársele ni sancionársele por cuanto ha sido elegido conforme lo señala la Constitución Política del Estado. C) Ningún organismo público está facultado para tomar determinaciones sobre los miembros del Consejo Nacional de la Magistratura. D) El propio Consejo Nacional de la Magistratura puede remover de su cargo al miembro consejero que ha incurrido en falta grave. E) Solo el Tribunal Constitucional, en sentencia debidamente motivada, puede disponer la remoción en el cargo de José López.
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