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Sistema Dominicano de Seguridad Social
PRINCIPIOS RECTORES DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Basada en una contribución según el nivel de ingreso y acceso a los servicios de salud y riesgos laborales, sin tomar en cuenta el aporte individual realizado; de igual forma, cimentada en el derecho a una pensión mínima garantizada por el Estado en las condiciones establecidas por la presente ley.
Universalidad:
El SDSS deberá proteger a todos los dominicanos y residentes del país sin discriminación de salud, sexo, condición social, política y económica.
Solidaridad:
 
 
 
Creación del consejo e integración, Atribuciones del consejo, Menciones de ley 87-01
Contexto con respecto a IDOPRIL
02
El Instituto Dominicano de Prevención y Protección de Riesgos Laborales (IDOPPRIL), adscrito al Ministerio de Trabajo, como entidad pública, autónoma, con personería jurídica y patrimonio propio.
IDOPRIL 
Instituto Dominicano de Seguros Sociales (IDSS)
Es a partir del 11 de diciembre de 1962, que la Caja Dominicana de Seguros Sociales pasa a llamarse Instituto Dominicano de Seguros Sociales (IDSS) mediante la Ley no. 8952 del Consejo de Estado, presidido por Rafael F. Bonnelly, estableciendo una autonomía de la institución mediante la Dirección Administrativa, Técnica y Financiera de un Consejo Directivo de composición tripartita, donde estaban representados los empleadores, trabajadores y el Estado.
Distintos sectores del país abogaron por una transformación significativa en algunos aspectos del sistema, logrando el apoyo de ambas cámaras legislativas y la promulgación de la Ley 397-19, el 30 de septiembre del 2019, por el presidente de la República, Danilo Medina Sánchez, cambiando la estructura organizacional y operativa de la hasta entonces Administradora de Riesgos Laborales (ARL) y creando el IDOPPRIL, convirtiéndolo en una institución con personería jurídica y patrimonio propio y permitiendo afianzar el servicio ofrecido por la institución en beneficio de los trabajadores del país.
tanto públicos como privados e incluyendo otros servicios, como la cobertura de gastos fúnebres para trabajadores fallecidos como consecuencia de un accidente laboral y fortaleciendo otros existentes, como el aumento al 100% en las pensiones por sobrevivencia y el incremento en los rangos de las indemnizaciones.
2019
Instituto Dominicano de Prevención y Protección de Riesgos Laborales (IDOPPRIL)
Atribuciones:
La administración y pago de las prestaciones del seguro de riesgos Laborales del sistema Dominicano de seguridad Social (SDSS).
La contratación de servicios de salud para la atención de afiliados por enfermedades producto del trabajo y accidentes laborales.
La promoción sobre prevención y control de los riesgos laborales.
Promoción del estudio, conocimiento y atención integral de la salud de los trabajadores.
Misión:
Promovemos el bienestar de los trabajadores gestionando la prevención y protección de los riesgos laborales, apoyados en la promoción e investigación, con un personal comprometido con la excelencia.
Visión:
Contribuir al desarrollo de la sociedad al impactar positivamente en la calidad de vida de los trabajadores y la productividad de las empresas con una gestión innovadora.
Asegurar la satisfacción de nuestros afiliados y partes interesadas, apoyados en un personal comprometido con el servicio, generando mejora continua a los procesos y el cumplimiento de los requisitos aplicables.
Garantizar la satisfacción de nuestros afiliados (as) y partes interesadas, contribuyendo al bienestar de los trabajadores administrando los riesgos laborales con efectividad, oportunidad, equidad y trato humano, mediante el desarrollo de una cultura de innovación, transparencia, mejora continua de los procesos y el cumplimiento de los requisitos aplicables.
Política de calidad 
Beneficiarios del sistema, seguro familiar, vejez, discapacidad y sobrevivencias, Seguro contra riesgos laborales, Educación básica de SS
Beneficiarios, prestaciones y afiliación
05
Administradoras de Riesgos de Salud (ARS)
El Seguro Nacional de Salud (SNS) y las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) son entidades públicas, privadas o mixtas, descentralizadas, con patrimonio propio y personería jurídica, autorizadas por la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales a asumir y administrar el riesgo de la provisión del Plan Básico de Salud a una determinada cantidad de beneficiarios, mediante un pago per cápita previamente establecido por el Consejo Nacional de Seguridad Social, de acuerdo a la presente ley y sus normas complementarias.
Clasificación 
ARS Publica 
ARS MIXTAS 
ARS PRIVADAS
Funciones de las ARS
Asumir el riesgo de garantizar a los beneficiarios una protección de calidad, oportuna y satisfactoria
Racionalizar el costo de los servicios logrando niveles adecuados de productividad y eficiencia
Coordinar la red de Proveedores de Servicios de Salud (PSS) para maximizar su capacidad resolutiva
Contratar y pagar en forma regular a las Proveedoras de Servicios de Salud (PSS)
 Rendir informes periódicos a la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales. 
El Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) estará integrado por los siguientes regímenes de financiamiento:
a) Un Régimen Contributivo, que comprenderá a los trabajadores asalariados públicos y privados y a los empleadores, financiado por los trabajadores y empleadores, incluyendo al Estado como empleador
b) Un Régimen Subsidiado, que protegerá a los trabajadores por cuenta propia con ingresos inestables e inferiores al salario mínimo nacional, así como a los desempleados, discapacitados e indigentes, financiado fundamentalmente por el Estado Dominicano
c) Un Régimen Contributivo Subsidiado, que protegerá a los profesionales y técnicos independientes y a los trabajadores por cuenta propia con ingresos promedio, iguales o superiores a un salario mínimo nacional, con aportes del trabajador y un subsidio estatal para suplir la falta de empleador.
Contributivo, Prestaciones, Aportación del empleado y el trabajador, Exención impositiva, Cotizaciones, Salario Mínimo Nacional.
Régimen de financiamiento del SDSS
05
Regimen contributivo
 Un Régimen Contributivo, que comprenderá a los trabajadores asalariados públicos y privados y a los empleadores, financiado por los trabajadores y empleadores, incluyendo al Estado como empleador.
Seguro de vejez, discapacidad y sobrevivencia.
Seguro familiar de salud.
Seguro de riesgos laborales por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
Prestaciones del régimen contributivo
Las cotizaciones y contribuciones obligatorias de los afiliados y de los empleadores 
Los beneficios, interés y rentas provenientes de las reservas del fondo de solidaridad
El importe de las multas impuesto como consecuencia del incumplimiento de la presente ley y sus normas complementarias.
La realización de activos utilidades que produzcan bienes 
Las donaciones, herencias, legados, subsidios y adjudicaciones que se hagan en su favor
Financiamiento del régimen contributivo
Cada regimen va tener una modalidad de financiamiento que corresponde a la naturaleza y la capacidad contributiva de cada ciudadano y del estado Dominicano. Asegurando un equilibrio financiero. En donde los 3 regimenes tendran fondos separados y contabilidad independiente
La persona que de manera simultaneapercibe ingresos por actividades que corresponde a dos o mas regimenes de financiamiento tendra la obligacion de cotizar en el regimen de mayor capacidad contributiva.
Régimen de financiamiento 
El seguro de vejez, discapacidad y sobreviviente del regimen contributivo se financiera con una contizacion total de de 9.97% del salario contizable. 
8% a la cuenta personal
1 %( como maximo) para cubrir el seguro de vida del afiliado
0.4 % destinado al fondo de solidaridad social
0.5% para la comision basica por la administracion de fondos de pensiones afiliado
0.07% para financiar las operaciones de la superintendencia de pensiones.
Las aportaciones para cubrir este costo serian:
2.87 por parte del afiliado
7.10 a cargo del empleador
Costo y financiamiento del régimen contributivo 
El seguro familiar de salud (SFS) del regimen contributivo se fundamenta en un regimen financiero de reparto simple, basado en una cotizacion total del 10.13% del salario cotizable un 3.04% a cargo del afiliado y un 7.09% del empleador, distribuido.
9.53% para el cuidado de la salud de las personas
0.01% para estancias infantiles
0.43% destinado al pago de subsidios
0.07% para las operaciones de la superintendencia de salud y riesgo laborales. 
El empleador va contribuir tanto como para el seguro de la vejez, discapacidad y sobreviviencia como para el seguro familiar de salud, un 70% del costo total. Cuando el empleador contribuye 30%.
A parte a esto el empleador debe contribuir con 0.4% del salario cotizable para cubrir el fondo solidario social del sistema provisional.
Aportacion del empleador y del trabajador
Esto es un indicativo de que las cotizaciones y contribuciones a la seguridad social y las reservas y rendimientos de las inversiones que generan los fondos de pensiones de los afiliados estan exentas de todo impuesto de manera directa o indirecta.
De igual manera las pensiones cuyo monto mensual sea inferior a 5 salarios minimos tambien estaran exentas.
Excencion impositiva
Los empleadores efectuaran los pagos del sistema dominicano de seguridad social (SDSS) a mas tardar dentro de los primeros 3 dias habiles cada mes. El consejo nacional de salud CNSS disenara un formato de pago que permita a la empresa e instituciones cotizantes consignar las aportaciones a los diferentes tipos de seguro.
Plazo de los empleadores para el pago de las cotizaciones ( art. 16)
Para los trabajadores dependientes, el salario cotizable es el que se define en el articulo 192 del codigo de trabajo. En el caso de so trabajadores por cuenta propia, las base de contribucion sera el salario minimo nacional, multiplicado por un factor de acuerdo al nivel de ingreso promedio de cada segmento social de este regimen
Art. 17 Base de cotizacion 
Para fines de cotizaciones, exención impositiva y sanciones, el salario mínimo nacional será igual al promedio simple de los salarios mínimo legales del sector privado establecidos por el comité nacional de salario de la secretaría de trabajo en la República dominicana.
Art. 18 salario minimo nacional 
Régimen Subsidiado
06
Es el que protegerá a los trabajadores por cuenta propia con ingresos inestables e inferiores al salario mínimo nacional, así como a los desempleados, discapacitados e indigentes, financiado fundamentalmente por el Estado Dominicano.
Regimen subsidiado
Es el que protegerá a los profesionales y técnicos independientes y a los trabajadores por cuenta propia con ingresos promedio, iguales o superiores a un salario mínimo nacional, con aportes del trabajador y un subsidio estatal para suplir la falta de empleador.
Régimen Contributivo-Subsidiado
El Consejo Nacional de la Seguridad Social creó el plan piloto en septiembre de 2022 . Incluirlos al Sistema Dominicano de Seguridad Social, bajo el Régimen Contributivo-Subsidiado, financiado bajo un esquema de un aporte fijo, con cargo al empleador, al trabajador y al Estado.
La Resolución establece que “este plan tiene como objetivo proteger a toda persona que realice trabajo doméstico, entendiéndose por trabajo doméstico aquel realizado en un hogar, en labores de cocina, aseo, asistencia y demás, propias de un hogar o de sitio de residencia o habitación, sin lucro o negocio para empleado o sus parientes. Debiendo preferiblemente contar con un contrato de trabajo, debidamente registrado en el Ministerio de Trabajo.”
Resolución Número 551-08
Aporte fijo mensual, independientemente del salario que devengue el trabajador doméstico, será de 859.43 pesos, para financiar las prestaciones de la seguridad social. El monto será aportado de la siguiente manera: 571.50 por el empleador, 28.50 por el trabajador y 259.43 por el Estado.
Resolución Número 551-08
• • El	Régimen	Contributivo	del	Sistema	Dominicano	de	Seguridad	Social	(SDSS)	se	financia	 mediante:
 • a)	Las	cotizaciones	y	contribuciones	obligatorias	de	los	afiliados	y	de	los	empleadores. 
• b)	Los	beneficios,	intereses	y	rentas	provenientes	de	las	reservas	del	Fondo	de	Solidaridad.	
 • c)	El	importe	de	las	multas	impuestas	como	consecuencia	del	incumplimiento	de	la	presente	 ley	y	sus	normas	complementarias.
 • d)	La	realización	de	activos	y	utilidades	 que	produzcan	sus	bienes.
 • e)	Las	donaciones,	herencias,	legados,	subsidios	y	adjudicaciones	que	se	hagan	en	su	favor.
Financiamiento	del	Régimen	Contributivo
• Cada régimen tendrá una modalidad de financiamiento
en correspondencia con su naturaleza y con la
capacidad contributiva de los ciudadanos y del Estado
Dominicano, asegurando el equilibrio financiero y la
suficiencia de las prestaciones contempladas. Los tres
regímenes contarán con fondos separados y
contabilidad independiente.
• Una persona que simultáneamente perciba ingresos por
actividades que correspondan a dos o más regímenes
de financiamiento tendrá la obligación de cotizar en el
régimen de mayor capacidad contributiva
Regímenes de	financiamiento
• El	Régimen	Contributivo	cubrirá	como	mínimo	las	prestaciones	siguientes:	
• a)	Seguro	de	Vejez,	Discapacidad	y	Sobrevivencia.	
• b)	Seguro	Familiar	de	Salud	
• c)	Seguro	de	Riesgos	Laborales	por	accidentes de	trabajo y enfermedades	profesionales.
Prestaciones del	Régimen Contributivo
Financiamiento Estatal
Sistema único de afiliación 
06
 Fuente de financiamiento estatal
Las aportaciones del Estado Dominicano al Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) provendrá de las siguientes fuentes:
a)Las partidas del presupuesto del consejo nacional de seguridad social (CNSS) destinadas al cuidado de la salud de las personas.
b) Las partidas gubernamentales para programas de asistencia social, las cuales serán integradas y especializadas para financiar las prestaciones de la población indigente y de los grupos sociales con insuficiente capacidad contributiva.
c) Las partidas gubernamentales destinadas a contratar los seguros de salud y planes de pensiones de los departamentos de la Administración Pública;
d) Los ingresos de los impuestos especializados para el pago complementario de los recursos humanos del sector salud;
CONTRIBUCION DEL EMPLEADO
Supongamos que un empleado público tiene un sueldo bruto mensual de RD$25,000 y que la contribución a la Seguridad Social se calcula de la siguiente manera:
Contribución del empleado a la Seguridad Social: 
El empleado contribuye con un porcentaje de su sueldo bruto a la Seguridad Social. Este porcentajees de aproximadamente 3.04% para salud y 1.87% para pensiones, lo que da un total de alrededor de 4.91% en contribución del empleado. 
 - Calculamos la contribución del empleado: 4.91% * RD$25,000 = RD$1,227.50.
CONTRIBUCION DEL EMPLEADOR
 - El empleador también contribuye con un porcentaje adicional al fondo de la Seguridad Social. Este porcentaje varía y generalmente es más alto que la contribución del empleado. 
 - El monto de la contribución del empleador no afecta directamente el sueldo neto del empleado, ya que es un costo adicional asumido por el empleador. El sueldo neto del empleado después de deducir la contribución del empleado a la Seguridad Social sería: 
 - Sueldo bruto (RD$25,000) - Contribución del empleado (RD$1,227.50) = RD$23,772.50.
Administradora de fondos de pensiones AFP
El sistema de AFP, es uno de capitalización obligatoria que consiste en que las y los trabajadores deben depositar cada mes un porcentaje de su remuneración, sueldo o ingreso imponible en una cuenta personal en una administradora de fondos de pensiones (AFP). Esos recursos tienen como objetivo financiar la pensión futura que recibe la persona en la etapa de retiro y, en caso de fallecimiento, una pensión de sobrevivencia para sus beneficiarias y beneficiarios. 
Comisión que cobra una AFP
	AFP Capital	1,44%
	AFP Cuprum	1,44%
	AFP Habitat	1,27%
	AFP Modelo	0,58%
	AFP Planvital	1,16%
	AFP Provida	1,45%
	AFP Uno	0,68%
Las y los trabajadores independientes solo están liberados de la obligación de cotizar en una AFP en los siguientes casos:
Mujeres mayores de 50 años y hombres mayores de 55 años.
Quienes se encuentren afiliadas y afiliados a otros sistemas previsionales distintos al de la AFP.
Las y los trabajadores independientes con renta imponible anual menor a cuatro ingresos mínimos mensuales.
Aquellas personas que hayan cotizado como dependientes todos los meses del respectivo año calendario por el límite máximo imponible. 
Las y los trabajadores independientes acogidos a pension de vejez o invalidez total. 
DISEASE PROGRESSION
Incubation
Jupiter is the biggest planet of them all
Decline
Saturn is composed of hydrogen gas
Infection
Mercury is the closest planet to the Sun
Acute
Venus is the second planet from the Sun
Convalescence
Mars is actually a very cold place
01
02
03
04
05
FREQUENCY OF EPIDEMICS
Mercury
It’s the closest planet from the Sun
Mars
Despite being red, Mars is a cold place
Follow the link in the graph to modify its data and then paste the new one here. For more info, click here
Dengue
Ebola
Cholera
SOME TYPES OF EPIDEMICS
Mercury is the smallest planet
Saturn is a gas giant and has rings
Mercury is the closest planet to the Sun
Venus is the second planet from the Sun
Mars is actually a very cold place
Neptune is far away from us
Epidemics
Preparation
Venus is the second planet from the Sun
Containment
Jupiter is the biggest planet of them all
Contagion
Despite being red, Mars is a cold place
Transmission
Saturn is a gas giant and has several rings
PHASES IN AN EPIDEMIC
PROTECTION
01
The Moon is our natural satellite
Notes
02
Pluto is a 
dwarf planet
03
Neptune is far away from us
Mercury is the closest planet to the Sun and the smallest one in the entire Solar System. This planet's name has nothing to do with the liquid metal, since Mercury was named after the Roman messenger god
MOST SERIOUS EPIDEMIC DISEASES TODAY
	Tropical diseases	AIDS	Cholera
	Included under this category are diseases that can cause long-term disability, physical disfigurement, and even death. All of them are non-existent in Europe	The great global epidemic of the 20th century appeared with force in the 1980s. At the end of the 20th century, its mortality was controlled in almost the entire Western world	It’s an intestinal disease. Causes vomiting and diarrhea. During the 19th and 20th century it generated serious pandemics. Its treatment today is simple
			
RESEARCH
01
02
Earth is the third planet from the Sun
Neptune is very far away from us
Mercury is the closest planet to the Sun
Jupiter is the biggest planet of them all
Venus is hot
Venus
Mars is very cold
Mars
PEOPLE VULNERABLE TO A PANDEMIC
02
SATURN
01
Saturn is a ringed planet and a gas giant
The Earth is the only planet that harbors life
EARTH
02
Mars
01
Despite being red, Mars is a cold place
Venus has a beautiful name but it’s very hot
Venus
High priority
Low priority
150,000
Big numbers catch your audience’s attention
9h 55m 23s
Jupiter's rotation period
333,000
The Sun’s mass compared to Earth’s
386,000 km
Distance between Earth and the Moon
Venus
Venus is the second planet from the Sun
Jupiter
It’s the biggest planet in the Solar System
Mars
Despite being red, Mars is a cold place
75%
85%
90%
ORIGIN OF INFECTIONS
COMPUTER MOCKUP
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PHONE MOCKUP
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TABLET MOCKUP
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OUR TEAM
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Jenna Smith
Timmy Jimmy
CONCLUSION
Mercury is the closest planet to the Sun and the smallest one in the entire Solar System. This planet's name has nothing to do with the liquid metal, since Mercury was named after the Roman messenger god. Despite being closer to the Sun than Venus, its temperatures aren't as terribly
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